VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 1 de 13 Informe General DATOS GENERALES Fecha de Informe 25/08/2021 No. De Informe UAJ-020-2021-DD17D10-C-PM Contacto Nombre Extensión Cargo Funcionario Responsable de Correo Electrónico Informe Telefónica Jefe Distrital de Patricia Páez Guerra 104 patricia.paez@educación.gob.ec Asesoría Jurídica Contacto Nombre Extensión Cargo Correo Electrónico Telefónica Informe dirigido a: Directora Distrital de Educación 17D10 nancy.chimarro@ MSc. Nancy Chimarro 102 Cayambe-Pedro educacion.gob.ec Moncayo – Educación. 1. BASE LEGAL La Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 26 prescribe que, “La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado, la sociedad y la familia, área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir, y que es responsabilidad del Estado definir y ejecutar políticas que permitan alcanzar estos propósitos”. La norma suprema, en su artículo 27 establece que, “La educación deberá estar centrada en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar”. En la misma Carta Magna establece: “Art. 343.- El sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población, que posibiliten el aprendizaje, y la generación y utilización de conocimientos, técnicas, saberes, artes y cultura. El sistema tendrá como centro al sujeto que aprende, y funcionará de manera flexible y dinámica, incluyente, eficaz y eficiente. (…)”. En la norma incoada se lee: “Art. 347.- Será responsabilidad del Estado:1. Fortalecer la educación pública y la coeducación; asegurar el mejoramiento permanente de la calidad, la ampliación de la cobertura, la infraestructura física y el equipamiento necesario de las instituciones educativas públicas”. La Ley Orgánica de Educación Intercultural en su Artículo. 5 indica: “La educación como obligación del Estado. - El Estado tiene la obligación ineludible e inexcusable de garantizar el derecho a la educación, a los habitantes del territorio ecuatoriano y su acceso universal a lo largo de la vida, para lo cual generará las condiciones que garanticen la igualdad de oportunidades para acceder, permanecer, movilizarse y egresar de los servicios educativos. VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 2 de 13 Informe General El Estado ejerce la rectoría sobre el Sistema Educativo a través de la Autoridad Nacional de Educación de conformidad con la Constitución de la República y la Ley. El Estado garantizará una educación pública de calidad, gratuita y laica”. La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en su artículo 3, expresa respecto a los Contratos Financiados con Préstamos y Cooperación Internacional que "en las contrataciones que se financien, previo convenio, con fondos provenientes de organismos multilaterales de crédito de los cuales el Ecuador sea miembro o, en las contrataciones que se financien con fondos reembolsables o no reembolsables provenientes de financiamiento de gobierno a gobierno; u organismos internacionales de cooperación, se observará lo acordado en los respectivos convenios. Lo no previsto en dichos convenios se regirá por las disposiciones de esta ley." 1. ANTECEDENTES. La República del Ecuador y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) – Banco Mundial suscriben el Contrato de Préstamo Nro. BIRF-8542-EC el 28 de enero de 2016, con el objetivo de financiar el Proyecto “Apoyo a la Reforma Educativa en los Circuitos Focalizados (PARECF).” Mediante ACUERDO Nro. MINEDUC-ME-2016-00009-A de 14 de enero de 2016. El 02 de enero de 2020, se suscribe la Primera Enmienda al Contrato de Préstamo Nro. BIRF-8542EC, en la cual se establece que para financiar el Proyecto “Apoyo a la Reforma Educativa en los Circuitos Focalizados” (PARECF), se requieren los siguientes ajustes: (i) reducción del monto del préstamo a USD $138 millones de dólares; (ii) traspaso de ejecución de obras del co-ejecutor (SECOB) al ejecutor Ministerio de Educación, y (iii) la inclusión del INEVAL como co-ejecutor del proyecto. El 25 de marzo de 2020, se suscribe la Segunda Enmienda al Contrato de Préstamo Nro. BIRF- 8542EC, en la cual se establece que el Impuesto de Valor Agregado (IVA), será financiado con recurso del Préstamo Nro. BIRF-8542-EC. En el Manual Operativo del Proyecto, Anexo V.6 Marco de Políticas de Reasentamiento, se establece lo siguiente: “Los escenarios en los cuales NO se activaría este marco de reasentamiento, constituyen: (…) Repotenciaciones que se realicen sobre los predios de propiedad del Ministerio de Educación sin adquisición de fracciones de predio adicional al de la institución educativa. (…)” En la planificación de obras financiadas por este proyecto, se encuentra considerada la construcción de la U.E. “Natalia Jarrín”, por lo cual, el Ministerio de Educación levantó la Ficha de censo de reasentamiento involuntario, en el predio previsto para su implantación el 23 de noviembre del 2015, confirmando que se activó la política operacional de Reasentamiento involuntario. Luego, el 13 de octubre del 2015, se desarrolló la Evaluación Económica a las familias, vinculada al predio en calidad de expropietarios, obteniendo como resultado una afectación menor de tipo parcial en la fuente de sus ingresos económicos. VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 3 de 13 Informe General Con esta información, se desarrolla el documento Plan Abreviado de Reasentamiento (PAR) para la construcción de la Unidad Educativa Natalia Jarrín, que se ha fundamentado en el Marco de Políticas de Reasentamiento, el Marco Legal Ecuatoriano y la Política Operacional 4.12: Reasentamiento Involuntario del Banco Mundial. Han participado en su elaboración funcionarios de la Dirección Distrital de Educación 17D10 Cayambe – Pedro Moncayo, funcionarios del equipo base de reasentamiento del Ministerio de Educación y la participación de la población vinculada al predio. Este documento presentado Banco Mundial, en julio de 2016, fue aceptado en el mismo año y actualizado y publicado en la página del Ministerio de Educación en enero de 2017. En este PAR, se establece de manera general los posibles impactos y sus medidas de compensación y mitigación. Y es de estricto apego a lo dispuesto en la Constitución de la República del Ecuador y demás normas conexas para estos casos y el Marco de Políticas de Reasentamiento convenido entre el Estado Ecuatoriano y el Banco Mundial; se asegura a las personas afectadas por el proyecto de construcción de la Unidad Educativa “Natalia Jarrín”, la garantía y/o restitución de sus derechos de manera progresiva, garantizando que sus condiciones Socioeconómicas posteriores al reasentamiento sean mejores o iguales a las que tenían antes de su desplazamiento. 2. OBJETIVO DEL INFORME Elevar el Informe Técnico para el Cierre del Plan Abreviado de Reasentamiento Involuntario de la Unidad Educativa “Natalia Jarrín”. 3. DESARROLLO DEL PROCESO: DETALLE DE ACCIONES REALIZADAS POR FAMILIA: Fecha Características Acciones Realizadas Compensaciones Detalle De Quejas Familiares Costos (Composición, Uso Del Predio) Mar 2016 Local N° 1 Ana Firma de acta de entrega Ninguna 0 NO Cristina recepción Gaibor Mar 2016 Local N° 2 Firma de acta de entrega Ninguna 0 NO Carlos recepción Alfonso Farinango Quilumbaquin VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 4 de 13 Informe General Mar 2016 Local N° 3 Evaluación socio Se permite 0 NO Blanca económica que permanecer en Rosario determina el estado de uso del Imbaquingo vulnerabilidad bien hasta Chalco, condición que mejore vulnerable su situación. Mar 2016 Local N° 4 Firma de acta de entrega Ninguna 0 NO Ketty recepción Azucena Cadena Romero Mar 2016 Locales N° 5 y 6 Firma de acta de entrega Ninguna 0 NO Janeth recepción Floripes Ulcuango Sept 2017 Sr. Alberto Jorge Evaluación socio Ninguna 0 NO Tipán económica e informe Sangucho respectivo. Jul 2020 Local N° 3 Verificación del Ninguna 0 NO Blanca estado de Rosario vulnerabilidad, el cual Imbaquingo refleja que el local Chalco, comercial no forma parte de sus ingresos económicos y se procede a la entrega del local En base a los antecedentes expuestos, la Dirección Distrital 17D10 Cayambe-Pedro Moncayo desde el año 2015 viene trabajando en la aplicación del Plan de Reasentamiento de la Unidad Educativa “Natalia Jarrín” y se ha realizado el seguimiento respectivo considerando todos los aspectos sociales y económicos de la población afectada y tutelando los derechos de los ciudadanos. Se procedió a efectuar las actas de acuerdo con la población afectada por el reasentamiento involuntario y el Estado ecuatoriano, las mismas que se efectuaron en el primero y segundo momento se procedió a levantar el reporte de la situación socio económica con la evaluación diagnóstica respectiva con las personas que se detallan a continuación: Alberto Jorge Tipán Sangucho por posible afectación, Ana Cristina Gaibor Delgado, Carlos Alfonso Farinango Quilumbaquin, Blanca Rosario Imbaquingo Chalco, Ketty Azucena Cadena Romero, Janeth Floripes Ulcuango Arroyo de los cuales se confirmó la afectación. VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 5 de 13 Informe General Se procedió a realizar el acta de primer momento en diciembre del 2015 donde se observó las garantías y derechos de la población afectada en función de la normativa nacional; el 28 de enero del 2016 se suscribe el contrato de préstamo No. BIRF-8542-EC con el Banco Mundial, por lo cual en febrero del 2016 se suscribe con la población afectada las actas del segundo momento en donde se observó las garantías y derechos en cumplimiento de las políticas operacionales de salvaguardas acordadas con el Banco en el Manual Operativo del Proyecto PAREF y el Marco de Políticas de Reasentamiento. Para el caso del Sr. Alberto Jorge Tipán Sangucho, se confirmó por evaluación socio económica y su respectivo reporte de septiembre de 2017, que no existía afectación en su lugar de vivienda, dado que el señor Tipán no pernoctaba ni vivía en la institución educativa “Natalia Jarrín” y tiene una vivienda propia en la cual vive con su familia. De la misma manera se procedió a efectuar las Actas de Entrega – Recepción con fecha 03 de marzo del 2016 de los bienes inmuebles con las personas que pertenecieron a la población afectada, las personas que entregaron los locales comerciales fueron: Local No. 1 Ana Cristina Gaibor Delgado, Local No. 2 Carlos Alfonso Farinango Quilumbaquin, Local No. 4 Ketty Azucena Cadena Romero, Locales No. 5 y 6 Janeth Floripes Ulcuango Arroyo. Con las evaluaciones y fichas socio económicas implantadas a la población afectada se detectó la condición vulnerable de la señora Blanca Rosario Imbaquingo Chalco, ante su situación, y como medida para mitigar su condición se permite permanecer en uso del bien hasta que mejore su medio socio económico. Con el levantamiento de la ficha socio económica y verificando que el bien inmueble utilizado por la Sra. Blanca Imbaquingo con la actividad comercial no forma parte de sus ingresos económicos, se procede a entregar el Local No. 3 con fecha 24 de julio del 2020. 4. REGISTRO DE ACTIVIDADES CUMPLIDAS En referencia a la ejecución de actividades cumplidas se ha consolidado en la siguiente tabla la información de cumplimiento: Primer Acta de Fechas de Acta de Acta de Reporte Entrega Nómina de los contrato Acuerdo Acuerdo Cartas de Id de Recepción Arrendatarios de Primer Segundo Situación desistimiento de arriendo Momento Momento económica inmueble Alberto Jorge Tipán N/A N/A 1 N/A 13/10/2015 N/A 30/11/2017 Sangucho* Ana Cristina Gaibor 2 17/05/2004 03/12/2015 02/02/2016 13/10/2015 03/03/2016 03/03/2017 Delgado VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 6 de 13 Informe General Carlos Alfonso Farinango 03/12/2015 02/02/2016 13/10/2015 03/03/2016 3 27/07/2011 19/10/2018 Quilumbaquin Subarrendataria: Blanca 03/12/2015 02/02/2016 13/10/2015 24/07/2020 4 10/08/2004 02/06/2020 Rosario Imbaquingo) Ketty Azucena Cadena 03/12/2015 02/02/2016 13/10/2015 03/03/2016 5 22/04/2007 26/07/2019 Romero Janeth Floripes Ulcuango 18/04/2007 Arroyo 6 03/12/2015 02/02/2016 13/10/2015 03/03/2016 30/11/2017 Janeth Floripes Ulcuango 01/10/2012 Arroyo Elaborado por: Equipo de Reasentamiento Distrital y Ministerio de Educación 5. CONCLUSIONES  Se procedió a aplicar la evaluación socioeconómica diagnóstica en la Unidad Educativa “Natalia Jarrín”, en la misma se detectó que la población afectada eran los arrendatarios de 6 locales comerciales con los cuales se efectuó la evaluación socioeconómica a cada una de las personas vinculadas al predio, y se determinó las medidas de mitigación con el fin de no conculcar los derechos en estricta observancia a la ley.  Se evidenció que existen 5 familias con afectación en la fuente de ingresos económicos, nivel parcial, por lo que se activó la política de reasentamiento involuntario.  Con la población afectada se desarrolló el plan abreviado de reasentamiento involuntario de la Unidad Educativa “Natalia Jarrín”, en la cual se acordaron diferentes medidas de mitigación de acuerdo con su nivel socio - económico.  La población afectada por el reasentamiento involuntario de la Unidad Educativa “Natalia Jarrín” procedieron a entregar los bienes inmuebles utilizados como locales comerciales (4 personas) en el año 2016.  La Sra. Blanca Imbaquingo quien por su condición se determinó como vulnerable, después de la respectiva evaluación y al verificar que el local comercial ya no representaba el medio de subsistencia y forma parte de sus ingresos económicos procedió a entregar el bien inmueble en el año 2020.  En la Unidad Educativa “Natalia Jarrín”, el Ministerio de Educación ha cumplido con lo establecido en el Plan Abreviado de Reasentamiento involuntario, en total acuerdo con la población en estricto apego a la normativa legal vigente. 6. RECOMENDACIONES Institucionalizar la política de reasentamiento involuntario en el Ministerio de Educación, mediante este instrumento se ha permitido mitigar el impacto socio económico de la población afectada en cumplimiento a la Constitución de la República del Ecuador y demás normas conexas emitidas para estos casos y en irrestricta observancia del Marco de Políticas de Reasentamiento convenido entre el Estado Ecuatoriano y el Banco Mundial. VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 7 de 13 Informe General DESARROLLO DEL DOCUMENTO Nombre Firma Fecha Patricia Páez Guerra 25/08/2021 JEFE DISTRITAL DE ASESORÍA JURÍDICA APROBACIÓN DEL DOCUMENTO Nombre Firma Fecha MSc. Nancy Rocío Chimarro Chimarro DIRECTORA DISTRITAL 17D10 CAYAMBE PEDRO 25/08/2021 MONCAYOEDUCACION VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 8 de 13 Informe General VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 9 de 13 Informe General VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 10 de 13 Informe General VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 11 de 13 Informe General VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 12 de 13 Informe General VERSIÓN: 3.0 Ministerio de Educación PÁGINA: 13 de 13 Informe General