Evaluación social y de género Ministerio de Justicia y Derechos Humanos República del Perú Mejoramiento del desempeño de los servicios de justiciar no penales (P162833) Julio 2018 Tabla de contenido I. Introducción....................................................................................................................................... 1 A. Antecedentes .............................................................................................................................. 1 B. Operación de crédito del BM ..................................................................................................... 2 C. Metodología del estudio ............................................................................................................. 3 II. Situación actual de los servicios de justicia para población vulnerable ........................................ 6 A. Marco legal ................................................................................................................................ 6 B. Estructura general de los servicios de defensa pública y de jueces de paz .............................. 12 C. Principales barreras de acceso a la justicia .............................................................................. 14 D. Principales hallazgos ................................................................................................................ 20 III. Recomendaciones de actividades ................................................................................................ 49 A. Servicios diferenciados y estandarizados en los centros ALEGRA ........................................ 49 B. Prestación de servicios de justicia itinerantes .......................................................................... 50 IV. Participación de partes interesadas .............................................................................................. 52 V. Anexo I: Esquema de procesos de mayor impacto ...................................................................... 55 VI. Anexo II: Cuadro comparativo centros Mega ALEGRA visitados ............................................. 62 VII. Anexo III: Cuadro comparativo centros ALEGRA visitados ...................................................... 65 Índice tablas Tabla 1. Instancias relevantes para el acceso a la justicia ...................................................................... 11 Tabla 2. Patrocinios defensa pública y ALEGRA por distrito judicial (2017) ....................................... 21 Tabla 3. Patrocinios ALEGRA por distrito judicial (2017) .................................................................... 23 Tabla 4. Defensa Pública y ALEGRA: tipo de servicio (2017) ............................................................. 24 Tabla 5. ALEGRA: asistencia legal (2017) ............................................................................................ 25 Tabla 6. ALEGRA: defensa víctimas (2017) ......................................................................................... 27 Tabla 7. ALEGRA: tipo de servicio por materia (2017) ........................................................................ 29 Tabla 8. Usuarios por sexo (2017) .......................................................................................................... 30 Tabla 9. Ubicación centros ALEGRA según incidencia de pobreza monetaria ..................................... 34 Tabla 10. Servicios de defensa legal....................................................................................................... 38 Tabla 11. Casos atendidos por DEMUNA según materia (2017) .......................................................... 40 Tabla 12. Juzgados de paz por distrito judicial (2017) ........................................................................... 41 Tabla 13. Magistrados y jueces de paz (2017) ....................................................................................... 43 Tabla 14. Potenciales partes interesadas en la implementación de programas para la inclusión de pueblos indígenas y de la mujer.............................................................................................................. 52 Índice figuras Figura 1. Organigrama DGDPAJ ........................................................................................................... 12 Figura 2. Barreras de acceso a la justicia - costo .................................................................................... 15 Figura 3. Barreras de acceso a la justicia - discriminación..................................................................... 17 Figura 4. Patrocinios defensa pública y ALEGRA (2017) ..................................................................... 21 Figura 5. Defensa Pública y ALEGRA: % por tipo de servicio (2017) ................................................. 25 Figura 6. Patrocinados ALEGRA según tipo de caso y sexo: asistencia legal (2017) ........................... 30 Figura 7. Patrocinados ALEGRA según tipo de delito y sexo: defensa víctimas (2017) ....................... 31 Figura 8. Diferencia patrocinados por ALEGRA: materia y sexo (2017) .............................................. 32 Figura 9. Diferencia de número patrocinios entre centros ALEGRA por materia (2017)...................... 32 Figura 10. Usuarios de ALEGRA por sexo y edad (2017) ..................................................................... 33 Figura 11. Defensores ALEGRA por sexo (2017) ................................................................................. 34 Tabla de abreviaturas AIDESEP Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana ALEGRA Atención Legal Gratuita AMAG Academia de la Magistratura ANJ Acuerdo Nacional por la Justicia BID Banco Interamericano de Desarrollo BM Banco Mundial CAAAP Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica CAD Ciudadanos al Día CAS Contrato Administrativo de Servicios CEM Centro de Emergencia Mujer CNA Confederación Nacional Agraria CNM Consejo Nacional de la Magistratura Comité Municipal por los Derechos del Niño y del COMUDENA Adolescente CONAP Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú DEMUNA Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente DB Doing Business Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la DGDPAJ Justicia EJE Expediente Judicial Electrónico Federación Nacional de Mujeres Campesinas, Artesanas, FENMUCARINAP Indígenas, Nativas y Asalariadas del Perú IDL Instituto de Defensa Legal MPI Marco de Pueblos Indígenas MEF Ministerio de Economía y Finanzas MIMP Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MINJUS Ministerio de Justicia y Derechos Humanos MP Ministerio Público ONAJUP Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y ONAMIAP Amazónicas del Perú ONG Organización No Gubernamental PJ Poder Judicial Red Interinstitucional de Prevención y Atención de La RIPAVF Violencia Familiar y Sexual RLI Rule of Law Index SER Asociación de Servicios Educativos Rurales TC Tribunal Constitucional TIC Tecnología de la Información y las Comunicaciones UNCA Unión Nacional de Comunidades Aymaras I. Introducción A. Antecedentes 1. En octubre de 2016 el Gobierno del Perú solicitó al Banco Mundial (BM) el apoyo técnico y financiero para la preparación de una nueva operación de crédito para el mejoramiento de los servicios de justicia. Como resultado de esta solicitud, y ante el pedido del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de utilizar de la manera más adecuada los recursos provenientes entre los diferentes cooperantes internacionales, en el año 2017 se realizaron cinco misiones conjuntas entre el BM y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Durante estas misiones se trabajó en el diseño conjunto y articulado de dos programas de apoyo al sector justicia para el mejoramiento de los servicios de justicia a la ciudadanía. 2. Los programas del BM y el BID buscarán apoyar los esfuerzos realizados por las entidades que conforman el Sistema de Administración de Justicia (SAJ) para una reforma de los servicios de justicia. Por un lado, el BM apoyará el mejoramiento de los servicios de justicia no penales. Por el otro, el BID centrará sus esfuerzos en el mejoramiento de los servicios de justicia penales. Bajo este escenario, los beneficiarios del apoyo técnico y financiero del BM serán la Academia Nacional de la Magistratura (AMAG), el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS), el Poder Judicial (PJ) y el Tribunal Constitucional (TC). 3. El apoyo del BM se enmarca dentro de los lineamientos establecidos por el Acuerdo Nacional por la Justicia (ANJ). El ANJ contiene los principales lineamientos en materia de medidas de política pública que deberán ser tomadas para mejorar el desempeño del SAJ. En noviembre de 2016, cinco de las entidades del Sector Justicia acordaron una agenda específica de las principales políticas y medidas que servirían de lineamiento para la operación del SAJ. Este documento, firmado por las cabezas de la AMAG, el CNM, el MINJUS, el Ministerio Público-Fiscalía de la Nación (MP) y PJ, resaltó la relevancia de llevar a cabo esfuerzos conjuntos que permitan garantizar el acceso a la justicia y los derechos humanos. Declararon que la defensa de los derechos ciudadanos debe basarse en la igualdad, efectividad, eficiencia y transparencia para tener éxito en la consolidación de un sistema de administración de justicia confiable. En este marco, la ANJ definió los grandes temas en los que deberán trabajar las entidades del SAJ, las medidas urgentes que deberán ser emprendidas y un conjunto de políticas concretas que acompañarán sus declaraciones generales. Posteriores discusiones han permitido agrupar las líneas de trabajo en torno a cuatro grandes ejes de acción: (i) reforma institucional, (ii) lucha contra la corrupción, (iii) acceso a la justicia y (iv) capacitación, formación y selección. 4. Siguiendo los lineamientos generales, las entidades del SAJ acordaron trabajar en cinco temas. Primero, luchar contra la corrupción mediante acciones conjuntas, concretas y sistemáticas, incluyendo el mejoramiento del actual marco legal y procedimental. Segundo, establecer un sistema interconectado que facilite el desarrollo de las funciones de todas las entidades, poniendo para ella a disposición todas las bases de datos, sistemas de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (TIC) y la información relevante de las diferentes entidades. Tercero, mantener un diálogo interinstitucional permanente que permita fortalecer la capacidad de respuesta del SAJ en los temas más urgente. Cuarto, establecer un espacio de trabajo permanente entre las entidades para crear y tener una agenda común respecto a temas relevantes y urgentes que pueden 1 solucionarse de forma articulada. Quinto, establecer un mecanismo de coordinación interinstitucional para coordinar la agenda y acuerdos del ANJ. 5. Igualmente, mediante el ANJ, las entidades expresaron su deseo de tomar medidas urgentes en seis asuntos. En primer lugar, identificar los procesos con mayores demoras en cada entidad. Segundo, desarrollar acciones concretas para reducir la carga procesal a nivel nacional. Tercero, fortalecer la capacitación de los operadores jurídicos a nivel nacional. Cuarto, preparar medidas legislativas que puedan mejorar los procesos judiciales. Quinto, desarrollar políticas de transparencia y buenas prácticas de acceso a los servicios de justicia dentro de cada entidad de SAJ. Por último, ejecutar las iniciativas concretas y urgentes del ANJ. 6. Las políticas propuestas dentro del marco de las declaraciones de la ANJ se centran prioritariamente en la eficiencia, el acceso y la transparencia del sistema de justicia. Dentro de estas políticas se encuentra, entre otros: (i) generar decisiones judiciales transparentes, efectivas y oportunas; (ii) fortalecer la capacitación de magistrados en asuntos de derechos humanos y de género; (iii) fortalecer la capacitación de magistrados en el uso de herramientas TIC; (iv); diseñar iniciativas legislativas para fortalecer y optimizar el uso de los recursos humanos; (v) generar transparencia en las decisiones del CNM; (vi) prevenir efectivamente la corrupción; y (vii) ampliar y fortalecer los servicios de justicia prestados a los ciudadanos. B. Operación de crédito del BM 7. Con base en las prioridades identificadas en el ANJ, las entidades beneficiarias, con el apoyo técnico del BM, definieron las principales actividades a financiar. La operación propuesta tendrá un costo aproximado de 168 millones de dólares, de los cuales alrededor de 85 millones provendrán de financiación dada por el BM y los 83 millones restantes tendrán como fuente contrapartidas del Gobierno del Perú. Con estos recursos se espera mejorar el desempeño general de los servicios de justicia no penales en el Perú. Así mismo, como se mencionó anteriormente, se está tramitando un apoyo complementario para otra operación con el BID por un monto similar, pero centrado en servicios de justicia penal. 8. El principal objetivo de la operación es mejorar la eficiencia, el acceso, la transparencia y la satisfacción de los usuarios con la prestación de los servicios de justicia no penales. Esto implica que mediante el cumplimiento del objetivo se deberá contar con procesos no penales más agiles, transparentes y accesibles. Como resultado se espera poder tener impacto sobre la satisfacción general de los usuarios, la cual es baja. Así mismo, la operación busca mejorar el acceso a la justicia de población vulnerable, con un énfasis especial en las mujeres y pueblos indígenas. 9. La operación busca mejorar el desempeño de los servicios no penales a través de cuatro componentes. El primer componente se centra en diseñar e implementar un nuevo modelo organizacional para las entidades involucradas en la prestación de servicios no penales. Este nuevo modelo girará en torno al Expediente Judicial Electrónico (EJE), el cual se espera que reduzca el tiempo que toma resolver una disputa, así como hacer el proceso de decisión más transparente. El segundo componente consiste en fortalecer la capacidad del personal que presta servicios de justicia no penales para la adecuada implementación del nuevo modelo organizacional. Esto se hará principalmente a través del fortalecimiento del modelo de capacitación y las capacitaciones correspondientes. El tercer componente busca mejorar la capacidad de gestión y el acceso a la información a usuarios y ciudadanos en general. Este componente apoyará la creación y uso adecuado de nuevos sistemas de monitoreo, así como de 2 estrategias tendientes a comunicar de manera más adecuada los resultados obtenidos por quienes están vinculados a la solución de controversias no penales. Por último, el cuarto componente pretende mejorar el acceso a la justicia de la población vulnerable, incluyendo la promoción y fortalecimiento de servicios de justicia externos al sistema formal de las Cortes. C. Metodología del estudio 10. Como parte de la preparación de la operación anteriormente resumida, y como parte de las políticas de salvaguardas del BM, se solicitó elaborar una evaluación social y de género que permitiera identificar, evitar y minimizar potenciales afectaciones a las personas y el medioambiente. Estas políticas solicitan que los gobiernos receptores de apoyo del BM aborden ciertos riesgos sociales y ambientales en el marco de la financiación de proyectos. Adicionalmente, en este caso en particular, abordar el tema del acceso a la justicia para población vulnerable contribuye a avanzar hacia el cumplimiento de las metas del BM de reducir la pobreza y compartir la prosperidad aumentando el bienestar de los pobres. Dado el alcance nacional de este proyecto, y la alta población indígena del país, se activaron las políticas OP/BP4.10 –Política de Pueblos Indígenas- y OP/BP 4.20 –Política de Género y Desarrollo. 11. El objetivo de la presente evaluación social es proporcionar evidencia empírica que permita informar mejor el diseño de la operación en lo concerniente al mejoramiento del acceso a la justicia de población vulnerable. Así mismo, se espera que este estudio permita maximizar los potenciales impactos positivos sobre la población vulnerable y pobre. De igual manera, debe proporcionar suficiente información y evidencia para que el Gobierno del Perú pueda preparar un Marco de Pueblos Indígenas (MPI) a nivel nacional. Finalmente, la evaluación pretende identificar algunas barreras que enfrenta la población vulnerable al intentar acceder a los servicios de justicia. 12. Dadas las entidades beneficiarias, la evaluación centró su atención principalmente en los centros de Atención Legal Gratuita (ALEGRA) y los jueces de paz. Sin embargo, el equipo identificó y tomo en cuenta otras instancias que también pueden servir como espacios a los cuales acuden los ciudadanos para intentar resolver sus controversias. Dentro de otros actores relevantes se pudieron identificar consultorios jurídicos gratuitos, las Defensorías Municipales del Niño y Adolescente (DEMUNA) y Centros de Emergencia Mujer (CEM). 13. Para identificar la situación actual de los servicios de justicia se utilizaron fuentes tanto cuantitativas como cualitativas. Las fuentes cuantitativas consistieron principalmente de la información estadística brindada por la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia (DGDPAJ) del MINJUS y de la información suministrada por la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena (ONAJUP) del PJ. Las fuentes cualitativas consistieron en entrevistas semiestructuradas realizadas a funcionarios de la defensa pública, del PJ, de centros ALEGRA, de DEMUNAs, de CEMs, de consultorios jurídicos y a jueces de paz. Así mismo, se realizaron reuniones con grupos de interés de la sociedad civil, organizaciones indígenas, organizaciones de mujeres, Organizaciones No Gubernamentales (ONG), académicos y centros de investigación. 14. Complementario a las entrevistas realizadas en Lima, se realizaron cinco viajes a otras regiones para conocer de primera mano diferentes experiencias. Los criterios para seleccionar las zonas a visitar obedecieron a características que tomaran en cuenta la diversidad regional (norte, centro, sur, costa, sierra y selva) incluyendo además a los denominados mega-alegras (Ayacucho y 3 Arequipa) y que no solo incluyeran capitales de departamento (Camaná y Lampa). Así mismo, se seleccionaron solamente lugares en donde hubiera centros ALEGRA. Se realizaron visitas a Arequipa y Ayacucho dado que eran lugares en donde existían centros Mega ALEGRA. Así mismo se visitaron diferentes zonas de Loreto, Ucayali y Puno. Loreto fue seleccionado debido a que se encuentra en la selva norte del Perú y, en especial, porque es la región con mayor población indígena en el país (alrededor de 105.900 habitantes, que representa el 31,8% del total de la población). Ucayali fue seleccionado debido a que tenía el mayor número de patrocinios para asuntos de familia, y de casos en general, de los centros ALEGRA a nivel nacional. Por último, Puno fue seleccionado debido a que se encuentra en la zona sur y tiene una alta población indígena. 15. A pesar de la amplia colaboración de las entidades involucradas, el estudio tiene algunas limitaciones debido al tiempo y calidad de la información disponible. En primer lugar, el estudio fue de duración corta. El tiempo contemplado para el mismo fue de tres meses y, por prácticas del sector, varios funcionarios clave tomaron vacaciones durante este periodo. Además, el Ministerio de Justicia tuvo un período de cambios de autoridades tanto en la alta dirección como en la titularidad de las contrapartes del estudio. Esto tuvo como consecuencia que el trabajo de campo fue limitado, con pocas visitas a regiones, y no siempre se pudo contar con la información necesaria en los tiempos deseados. 16. En segundo lugar, las bases de datos tenían importantes limitaciones en cuanto a la información disponible y la calidad de la misma. Las bases de datos de los centros ALEGRA tenían algunos aspectos por mejorar que llevaron a que no fuera posible utilizar toda la información disponible. De manera concreta, se contó con información confiable limitada, correspondiente solamente al año 2017. El sistema de seguimiento de casos fue creado para el seguimiento de casos de la Defensa Pública, posteriormente se adecuó para el seguimiento de casos de los ALEGRA. En ese sentido la base de datos ha tenido algunos problemas como, por ejemplo, el registro de casos de ALEGRA en zonas donde no existen esas oficinas (Amazonas y La Libertad). Para la presentación de los datos se ha ajustado la información, aunque existen algunos casos en los que no se puede diferenciar claramente entre Defensa Pública y ALEGRA, como en el caso de Tarapoto. Pese a ello la información que presentamos dan una idea de las tendencias que se ha encontrado en campo en el trabajo de los centros ALEGRA. Así mismo, hubo información que, si bien existía, no fue posible conseguir por los tiempos de respuesta o, principalmente, porque dependían de la Oficina General de Recursos Humanos del MINJUS1. 17. En tercer lugar, no se contaba con información suficiente sobre los jueces de paz. Por un lado, no existe información cuantitativa para el sistema de justicia de paz, en gran medida porque siguen conservándose muchos registros manuales. Por el otro lado, los datos de contacto de los jueces estaban muchas veces desactualizados. Esto, junto con el hecho que en algunos casos las zonas en donde se encuentran los jueces son de difícil acceso, llevó a que el número de jueces de paz contactados fuera limitado. 1 La información solicitada no disponible estaba relacionada principalmente con el perfil de los defensores públicos, así como años de creación, presupuesto, objetivo para el cual se creó, criterios de selección de los lugares, población objetivo, calidad de los inmuebles (propio, alquilado o cedido), antigüedad y número de funcionarios, entre otros, de los diferentes centros ALEGRA. 4 18. En cuarto lugar, la información sobre usuarios existentes y potenciales usuarios es escasa. A la fecha, la única información disponible es la que se registra al momento de llevar un patrocinio, limitándose en gran medida a registrar sus datos de identificación y motivo por el que va. Así mismo, las actas elevadas por los jueces de paz contienen detalles menores sobre las partes (nombre, identificación, domicilio, entre otros), pero dicha información no se encuentra registrada. Adicionalmente, el presente estudio no se enfocó en los usuarios como tal, por lo cual no se cuenta con información cualitativa de los mismos. Por último, no existe en el Perú una identificación de necesidades jurídicas insatisfechas para poder identificar potenciales usuarios cuyas demandas no están llegan a las instancias respectivas. 5 II. Situación actual de los servicios de justicia para población vulnerable A. Marco legal 19. Diversos instrumentos internacionales reconocen el acceso a la justicia, incluyendo una justicia efectiva, como un derecho de toda persona. Por ejemplo, la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce el derecho de toda persona a tener recursos efectivos para garantizar sus derechos, así como a ser oída públicamente, en condiciones de igualdad y con justicia por un tribunal independiente e imparcial para la determinación de sus derechos y obligaciones. A nivel regional, la Convención Americana de Derechos Humanos, de la cual el Perú es parte, reconoce el derecho de toda persona a acceder a un sistema con las garantías correspondientes (incluyendo el derecho a ser oída por un juez o autoridad competente imparcial) que le permita resolver sus problemas dentro de un plazo razonable. Este mismo cuerpo normativo reconoce también el derecho de toda persona a tener un recurso sencillo y efectivo ante jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la Convención. 20. En el Perú, el derecho de acceso a la justicia se encuentra reconocido a nivel constitucional. El artículo 139 numeral 3 y 16 de la Constitución Política del Perú señala que son principios y derechos de la función jurisdiccional: la observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva, así como el principio de gratuidad de la administración de justicia y defensa gratuita para las personas de escasos recursos; y, para todos, en los casos que la ley señala. Si bien el derecho de acceso a la justicia no se menciona expresamente, sí forma parte del contenido de garantías que ofrecen la tutela jurisdiccional efectiva y el debido proceso, pues, como ha señalado el Tribunal Constitucional peruano, estos derechos albergan “múltiples garantías y derechos fundamentales que condicionan y regulan la función jurisdiccional”2. Dentro de este derecho se encuentra el de acceso a la justicia el cual, señalan, “implica la garantía de que los ciudadanos puedan acceder a los órganos jurisdiccionales para que se resuelva una situación jurídica, conflicto de derechos o presentación de reclamos en un proceso judicial”3, siendo este, además, un derecho de configuración legal, “toda vez que acceder a un proceso está condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley especial de la materia”4. 21. Como se puede notar, el Estado peruano contempla, en diversas normas de rango constitucional, el derecho de toda persona, sin distinción, a poder acceder a un tribunal de justicia para resolver controversias, debiendo contar para ello con un recurso efectivo, que pueda tutelar razonablemente y de manera oportuna los derechos que buscan proteger. La tutela jurisdiccional efectiva se enmarca en este contexto, no solo como un derecho de las personas, sino también, 2 Tribunal Constitucional de Perú. Sentencia del 21 de marzo de 2012, recaída en el expediente N.º 00044-2012-PA/TC, sobre recurso de agravio constitucional interpuesto por Marco Antonio Preciado. FJ 5. 3 Tribunal Constitucional de Perú. Sentencia del 03 de marzo de 2016, recaída en el expediente N.º 01873-2014-AA/TC, sobre recurso de agravio constitucional interpuesto por Anaximandro Díaz Irigoín, FJ 5. 4 Tribunal Constitucional de Perú. Sentencia del 21 de marzo de 2012, recaída en el expediente N.º 00044-2012-PA/TC, sobre recurso de agravio constitucional interpuesto por Marco Antonio Preciado. FJ 6. 6 como señala la Constitución, como un principio de la función jurisdiccional que el Estado debe garantizar. Sin embargo, este marco general sobre el acceso a la justicia puede no ser suficiente para asegurar el goce pleno de este derecho para un conjunto de personas en situación de vulnerabilidad. Al respecto, las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad, considera que estas últimas son aquellas que por diversas razones “encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico”. Entre las causas que originan esta situación de vulnerabilidad se encuentra –entre otras– la pertenencia a comunidades indígenas o a minorías, así como el género. No obstante, es necesario que cada país determine esta condición de vulnerabilidad de acuerdo a sus características específicas, o a su nivel de desarrollo social y económico. 22. Las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad, reconocen que la discriminación que sufre la mujer en determinados ámbitos constituye un obstáculo para el acceso a la justicia. Este efecto se potencia cuando esta situación es concurrente con otra causa de vulnerabilidad, como es el caso de las mujeres indígenas. Del mismo modo, existe una particular preocupación por la violencia contra la mujer. Esta última es “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado, mediante el empleo de la violencia física o psíquica”. El Perú se ha comprometido a “impulsar las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer en el acceso al sistema de justicia para la tutela de sus derechos e intereses legítimos, logrando la igualdad efectiva de condiciones”. Finalmente, el indicado instrumento internacional considera necesario prestar especial atención en los supuestos de violencia contra la mujer; el Estado debe establecer mecanismos eficaces destinados a la protección de sus bienes jurídicos, al acceso a los procesos judiciales y a su tramitación ágil y oportuna. 23. El Perú ha ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer compromete a los Estados Partes a establecer protección jurídica de los derechos de la mujer, sobre una base de igualdad con los del hombre y a garantizar, a través de los tribunales nacionales o competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación. En ese mismo sentido, la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, también conocida como la Convención de Belem do Para, apunta a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Esta Convención reconoce el derecho de toda mujer al respeto de su dignidad y la de su familia, a la igualdad de protección ante la ley y de la ley, así como a un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos. Para concretar el ejercicio de estos derechos se establecen diversas obligaciones que los Estados Partes se comprometen a cumplir teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer en razón de su raza, condición étnica, entre otros. 24. En cumplimiento de estas obligaciones, el 2015 el Estado peruano promulgó la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, Ley 30364. Un año después, publicó su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP. Este marco normativo, crea el Sistema Nacional para la 7 Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y establece los mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección de las víctimas. Todas las denuncias por actos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar serán reguladas por estas normas y solo de manera supletoria por otras leyes procesales y especiales. Dentro de este marco normativo se establece que toda víctima tiene derecho a recibir plena información y asesoramiento adecuado con relación a su situación personal, a través de servicios organismos u oficinas del Estado en sus tres niveles de gobierno. Asimismo, el Estado deberá brindar asistencia jurídica en forma inmediata, gratuita, especializada y en su propia lengua, a todas las víctimas de violencia, debiendo proporcionarles los servicios de defensa pública a través del MINJUS. Es derecho de la víctima que su declaración se reciba por parte de personal especializado y en un ambiente adecuado que resguarde su dignidad e intimidad. Igualmente, está prohibida la confrontación y la conciliación entre la víctima y el agresor. Es importante señalar que la intervención de los pueblos indígenas u originarios en casos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar se sujeta a lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución Política, que establece que las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona. 25. En lo que concierne a los Pueblos Indígenas, las Reglas de Brasilia señalan que “las personas integrantes de las comunidades indígenas pueden encontrarse en condición de vulnerabilidad cuando ejercitan sus derechos ante el sistema de justicia estatal”. Por dicha razón, los estados deben promover “las condiciones destinadas a posibilitar que las personas y los pueblos indígenas puedan ejercitar con plenitud tales derechos ante dicho sistema de justicia, sin discriminación alguna que pueda fundarse en su origen o identidad indígenas”. El Poder Judicial peruano, en tanto adherente a las Reglas de Brasilia, ha confirmado su misión de desarrollar políticas judiciales adecuadas a las necesidades de las personas y grupos en situación de vulnerabilidad por razones étnicas o culturales, asegurando que el trato que reciban los pueblos indígenas por parte de la administración de justicia “sea respetuoso con su dignidad, lengua y tradiciones culturales”. Por otro lado, en concordancia con los instrumentos internacionales en materia de pueblos indígenas, las Reglas de Brasilia plantea la conveniencia de “estimular las formas propias de justicia en la resolución de conflictos surgidos en el ámbito de la comunidad indígena, así como propiciar la armonización de los sistemas de administración de justicia estatal e indígena basada en el principio de respeto mutuo y de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos”. Además, deben considerar medidas de adecuación cultural fundamentales: la resolución de conflictos fuera de la comunidad indígena por parte del sistema de administración de justicia, abordar los temas relativos al peritaje cultural y asegurar el derecho de los pueblos indígenas a expresarse en su propia lengua. 26. El Perú es parte del Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169). El artículo 8 de este tratado establece que al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados el Estado deberá tomar debidamente en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario. De otro lado, deben respetarse las instituciones de justicia propias, en tanto no sean incompatibles con los derechos fundamentales. Por otro lado, y siempre que sea necesario, el Estado deberá establecerse procedimientos para solucionar los conflictos que puedan surgir en la aplicación de este principio. En consecuencia, en tanto respeten los derechos humanos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros. Finalmente, la aplicación de la ley penal a los indígenas 8 deberá tomar en cuenta sus características económicas, sociales y culturales, dando preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento. Por último, conforme al artículo 12 del convenio, los pueblos indígenas deberán tener protección contra la violación de sus derechos, y poder iniciar procedimientos legales, sea personalmente o bien por conducto de sus organismos representativos, para asegurar el respeto efectivo de tales derechos. También el uso de la lengua resultada fundamental, debiendo facilitarse, de ser necesario, intérpretes u otros medios eficaces. 27. En el mismo sentido, el artículo 149° de la Constitución Política del Perú establece que las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con el apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona. La Constitución indica que mediante una ley deben establecerse las formas de coordinación de dicha jurisdicción especial con los Juzgados de Paz y con las demás instancias del Poder Judicial. En dicho marco debe entenderse el acuerdo plenario 1-2009/CJ-116, que reconoce el pluralismo jurídico, y discute la intervención jurisdiccional de las rondas campesinas y su contacto con el derecho penal. Del mismo modo, aún no cuenta el país con una Ley de Coordinación intercultural de la justicia. Por otro lado, el Poder Judicial cuenta desde 2012 con una «Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural», Resolución Administrativa N° 499-2012-P-PJ, en la cual se establecieron lineamientos para la reestructuración de la Justicia de Paz, para mejorar la capacitación intercultural, así como para mejorar la coordinación entre las distintas instancias de justicia. Otras herramientas son el “Protocolo de Coordinación entre Sistemas de Justicia”, que estableció los principios, pautas y estrategias de coordinación interforal; y el “Protocolo de Actuación en Procesos Judiciales que Involucren a Comuneros y Ronderos”, orientado a implementar la pertinencia cultural en el servicio que brinda el Poder Judicial cuando tanto comuneros como ronderos se encuentren inmersos en procesos ordinarios, estableciendo algunas garantías relacionadas con los derechos culturales y lingüísticos, así como disposiciones para mejorar la actuación de las autoridades estatales frente a estos ciudadanos y sus colectivos. Estos protocolos fueron aprobados mediante la Resolución Administrativa N° 333-2013-CE-PJ. Finalmente, en 2013, a través de la Resolución Administrativa N°156-2015-CE-PJ, se aprobó el “Protocolo de Atención y Orientación Legal con Enfoque Intercultural a Funcionarios del Sistema Estatal de Justicia”, cuya finalidad es mejorar las condiciones de acceso a la justicia de comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas, asegurando su adecuada atención y orientación legal. 28. También debe mencionarse que, en 2014, el MINJUS publicó el Protocolo de atención y orientación legal con enfoque intercultural dirigido a funcionarios de Ucayali y Loreto, que parte de la estrategia de Acceso al Derecho para comunidades nativas. Tiene como objetivo guiar a los funcionarios estatales del Poder Judicial, de la Defensa Pública, del Ministerio Público y de la Policía Nacional del Perú, en el cumplimiento de su deber de brindar atención a los integrantes de las comunidades nativas, en sus requerimientos vinculados a la operatividad concreta del sistema jurídico nacional, así como en su función de orientación de las acciones, que dichos comuneros deberán tomar, para canalizar sus peticiones y proteger sus derechos en el marco del sistema de justicia estatal 29. Los jueces de paz son autoridades que tienen competencia para resolver conflictos y controversias de una determinada localidad, ya sea mediante conciliación o a través de decisiones judiciales; estas últimas dictadas de acuerdo a los criterios de la comunidad, no siendo obligatorio fundamentarlas jurídicamente y respetando siempre los valores de la Constitución. 9 La forma ordinaria en la que los jueces de paz acceden a ese cargo, es a través de la elección popular. Solo por excepción podrán ser seleccionados por el Poder Judicial (con la activa participación de la población organizada). El cargo dura cuatro años, pudiendo el juez ser reelegido o seleccionado nuevamente. Teniendo en cuenta las formas de elección pueden ser revocados (si accedieron por elección popular) o removidos (si son seleccionados). El juez o la jueza de paz no pertenecen a la carrera judicial y se sujetan al régimen establecido en la Ley N.º 29824. Por regla general, su actuación es gratuita pudiendo el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de modo excepcional, reglamentar aranceles por diligencias y actividades especiales que deba realizar el juez de paz. De acuerdo con la norma, para el adecuado cumplimiento de sus funciones, el juez o jueza deberá recibir el apoyo del Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, las Fuerzas Armadas, el Ministerio del Interior, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, las Comunidades Campesinas, las Comunidades Nativas y las Rondas Campesinas. No puede ser juez de paz el funcionario público, el que ocupa un cargo político ni el que pertenece a las fuerzas armadas o a la Policía. Así también existe incompatibilidad entre el cargo de juez de paz, por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, y por matrimonio o unión de hecho con: jueces superiores del distrito judicial, jueces especializados o mixtos de la provincia en donde se ubique el juzgado de paz, el juez letrado del distrito, el juez de paz de otra nominación del mismo centro poblado o localidad. 10 Tabla 1. Instancias relevantes para el acceso a la justicia Instrumento(s) Instancia Objetivo principal Servicios prestados creación/modificación Ejecutar actividades que se enmarquen en el Servicio de defensa pública campo de la promoción de un mayor y más en materia de familia, civil, Resolución Ministerial ALEGRA efectivo Acceso a la Justicia y de defensa de víctimas, así 323-2004-JUS acercamiento de la justicia en favor del como centros de conciliación ciudadano de escasos recursos gratuitos. Brindar información legal, orientación Servicios especializados y social, defensa judicial, apoyo psicológico y Decreto supremo 036- gratuitos de atención y CEM acciones preventivas promocionales con la 2007-PCM prevención de la violencia población a fin de evitar que la violencia se familiar y sexual siga extendiendo y afecte a más personas -Conciliaciones extrajudiciales -Fomento reconocimiento voluntario filiación -Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que Brindar un servicio gratuito de atención trabajan Ley No. 27.337 integral en aquellos casos en que los DEMUNA -Brindar orientación Ley No. 27.972 derechos de los niños, niñas y adolescente se multidisciplinaria a la encuentran amenazados o vulnerados familia para prevenir situaciones críticas -Denuncia ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes Resolver conflictos y controversias de una Ley No. 29824 determinada localidad, ya sea mediante Jueces de paz Decreto Supremo 007- Solución de conflictos conciliación o a través de decisiones 2013-JUS judiciales Módulo Judicial Integrado en Atender los procesos al amparo de la Ley Violencia Resolución para Prevenir, Sancionar y Erradicar la contra las Administrativa 046- Solución casos Violencia Contra las Mujeres y los Mujeres e 2018-CE-PJ Integrantes del Grupo Familiar Integrantes del Grupo Familiar Fuente: elaboración propia 11 B. Estructura general de los servicios de defensa pública y de jueces de paz 30. La DGDPAJ es el área encargada dentro del MINJUS de asegurar la protección efectiva del derecho constitucional a la defensa de los ciudadanos. Esta dirección depende directamente del despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia. Tiene a su cargo garantizar el acceso a la justicia y el derecho de defensa de toda persona a través de servicios de Defensa Pública, Conciliación Extrajudicial y Arbitraje Popular. Estos servicios son prestados a través de las Direcciones Distritales de Defensa pública y Acceso a la Justicia, así como cuatro direcciones especializadas: Defensa Penal; Asistencia Legal y Defensa de Víctimas; Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos; y Servicios Multidisciplinarios (ver Figura 1). Figura 1. Organigrama DGDPAJ Fuente: Ministerio de Justicia. Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia 5 31. La DGDPAJ brinda asistencia legal gratuita en asuntos penales, de familia, civil y laboral, así como la defensa de personas cuyos derechos han sido vulnerados. Dada su naturaleza, los servicios se dirigen a personas en condición de vulnerabilidad, ya sea por pertenecer a un grupo de protección especial (menores, discapacitados, mujeres y ancianos, entre otros) o porque no cuenten con recursos económicos suficientes para cubrir un abogado particular. Con la finalidad de atender a la mayor cantidad de población posible, brinda servicios a través de las sedes de defensa pública y centros ALEGRA, así como puestos de atención en las sedes del Poder Judicial, dependencias policiales y establecimientos carcelarios. 32. Los centros ALEGRA brindan asesoría legal gratuita principalmente en asuntos de familia y civil, defensa de víctimas y, en menor medida, laborales. Sin embargo, los asuntos laborales 5 El organigrama ha sido tomado de: https://www.minjus.gob.pe/defensapublica/interna.php?comando=1014 12 consisten principalmente en resolver consultas, más que llevar casos propiamente dicho. A la fecha existen 43 centros, de los cuales tres son Mega ALEGRA6. Adicionalmente se ha implementado un piloto para asuntos laborales, ubicado en el distrito de Independencia7. 33. A diferencia de otros servicios de asesoría legal, los centros ALEGRA solamente atienden población de escasos recursos. Así mismo, el servicio es totalmente gratuito siempre. Esto quiere decir que, a diferencia de otros servicios, la persona que tenga los medios económicos no podrá ser atendida, así ofrezca pagar por su defensa en un centro ALEGRA. Para ello, antes de prestar los servicios, se realiza una evaluación socioeconómica para acceder al servicio. Dicha evaluación se hace solicitando inicialmente copia de: (i) las dos últimas boletas de pago; (ii) las dos últimas declaraciones a SUNAT o copia del pago de tributo mensual con su respectivo pago; (iii) recibo de luz; (iv) cronograma de pago de préstamos, si tiene; (v) certificado médico, receta médica y/o análisis clínicos, si el usuario o familiar tuviera alguna enfermedad. 34. La Justicia de Paz constituye la instancia jurisdiccional del Poder Judicial de mayor cercanía a la ciudadanía, en particular de las personas de escasos recursos y principalmente en zonas rurales. En este nivel encontramos a los jueces de paz letrados y jueces de paz (anteriormente conocidos como jueces de paz no letrados). Mientras que los primeros son personal calificado, en la carrera Judicial y nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura, los jueces de paz, por lo general, son ciudadanos que no han tenido formación jurídica y que acceden al cargo mediante elección popular. Las labores de coordinación y fortalecimiento de las labores de estos jueces la cumplen la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena (ONAJUP) y las Oficinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz (ODAJUP). 35. Los jueces de paz tienen la labor de resolver conflictos que se presenten en sus comunidades remitiéndose a reglas básicas de convivencia. No es obligatorio que fundamenten sus decisiones en base a las leyes. De acuerdo al artículo 16 de la Ley Nº 29824 –Ley de Justicia de Paz– dentro de sus competencias se encuentran los conflictos de alimentos, problemas patrimoniales, faltas y violencia familiar en ausencia de un juez de paz letrado, dictar órdenes provisionales y urgentes sobre tenencia o guarda de menores y otros casos que correspondan de acuerdo a ley. 6 Las principales diferencias entre un centro ALEGRA y un Mega ALEGRA están asociados a temas de infraestructura y personal. Por un lado, los Mega ALEGRA, dado que buscan captar mayor número de usuarios, tienen instalaciones de mayor tamaño. Así mismo, dado que las principales usuarias son madres, cuentan en general con espacios adecuados para los niños mientras esperan a ser atendidas. Por otro lado, los Mega ALEGRA cuentan con un mayor número de abogados y con un equipo multidisciplinario permanente, conformado por médicos y psicólogos. 7 Este ALEGRA fue inaugurado en 2015 para atender a población de nueve distritos de Lima Norte y nació como parte de un convenio entre la Defensa Pública y la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. 13 C. Principales barreras de acceso a la justicia 36. En Perú todavía persisten importantes barreras que evitan el acceso de la población a la justicia según los diversos índices internacionales. En la Figura 2 se presentan dos indicadores que ilustran barreras de acceso a los servicios de la justicia. En primer lugar, el costo de la reclamación como porcentaje de la demanda acorde a la medición adelantada por el Doing Business (DB) para la justicia mercantil8, que muestra los altos costos en que incurre la población peruana para lograr reclamar una deuda, tanto usando estándares latinoamericanos como comparándolo con países de mayor ingreso en otras regiones. Al emplear un segundo indicador, como es el de acceso y posibilidad de costear el ingreso a la justicia civil proporcionado por el Rule of Law Index (RLI), el panorama se mantiene negativo9. 8 El costo se registra como un porcentaje de la reclamación realizada (200 % del ingreso per cápita o USD $5,000, lo que sea mayor). Registra tres tipos de costo: los costos en la corte (incluye los costos para el demandante al interior de la corte, sin incluir cualquier costo en que deba incurrir por fuera de la misma; y los costos en que incurre la corte misma o tasas pagadas a peritos), los costes de ejecución (incluye todos los gastos incurridos por el demandante para hacer cumplir la sentencia) y las tasas medias de abogado. 9 Se construye con base a cinco variables: a) La población es consciente de las opciones disponibles, b) La población puede acceder y costear asesoramiento legal y representación; c) Procedimientos; d) accesibilidad (idioma y ubicación geográfica); e) Costo. 14 Figura 2. Barreras de acceso a la justicia - costo Costo de la reclamación (%) - Justicia mercantil 10% 20% 30% 40% 50% 60% Doing Business 10% 20% 30% 40% 50% 60% Porcentaje 0 0 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 Perú Argentina Perú Francia Brasil Chile Alemania Polonia Colombia Ecuador Corea Singapur México Uruguay España La población puede acceder y costear - Justicia civil Rule of Law Index 1 1 .1 .2 .3 .4 .5 .6 .7 .8 .9 .1 .2 .3 .4 .5 .6 .7 .8 .9 RLI 0 0 2013 2014 2015 2013 2014 2015 Perú Argentina Perú Francia Brasil Chile Alemania Polonia Colombia Ecuador Corea Singapur México Uruguay España 15 37. La discriminación dentro del sistema de justicia es otra importante barrera que dificulta el acceso a la justicia en el país. En la Figura 3 se presenta, acorde con el RLI, si la justicia civil y penal están libres de discriminación. La barrera por discriminación dentro del sistema civil10 peruano es de las que más afecta a la población entre los países de la región y aún más negativo en un comparativo con otras regiones. No obstante, al mirar dicho indicador para la justicia penal, el panorama es bastante diferente. Si bien, al compararlo con países de otras regiones, se sigue presentando como una importante barrera, en la región Perú es de los países donde la barrera por discriminación en el sistema penal es de las que menos impactan a la población. Complementario a lo anterior, dado el centralismo del PJ, en ocasiones se ve limitado el acceso de personas de zonas remotas y pobres, por lo que se puede generar exclusión en sectores vulnerables como mujeres, indígenas y menores11. 10 Construida con base a siete variables: 1) En su opinión, ¿qué probabilidades cada uno de los siguientes criterios puede poner a una persona en desventaja ante un tribunal de primera instancia civil o comercial? a) ser una persona pobre; b) ser una mujer; c) ser miembro de una minoría étnica; d) ser miembro de una minoría religiosa; e) ser extranjero (inmigrante); f) ser homosexual; y 2) ser una persona marginada (discriminación basada en el estatus social o económico) influye en la decisión de las personas de ir o no ir a los tribunales para resolver una disputa en la ciudad donde vive? 11 Poder Judicial del Perú. Plan de Desarrollo Institucional 2009-2018. Lima: Poder Judicial del Perú, 2011. 16 Figura 3. Barreras de acceso a la justicia - discriminación Justicia civil es libre de discriminación Rule of Law Index 1 1 .1 .2 .3 .4 .5 .6 .7 .8 .9 .1 .2 .3 .4 .5 .6 .7 .8 .9 RLI 0 0 2013 2014 2015 2013 2014 2015 Perú Argentina Perú Francia Brasil Chile Alemania Polonia Colombia Ecuador Corea Singapur México Uruguay España Justicia penal es libre de discriminación Rule of Law Index 1 1 .1 .2 .3 .4 .5 .6 .7 .8 .9 .1 .2 .3 .4 .5 .6 .7 .8 .9 RLI 0 0 2013 2014 2015 2013 2014 2015 Perú Argentina Perú Francia Brasil Chile Alemania Polonia Colombia Ecuador Corea Singapur México Uruguay España 38. En un país diverso como el Perú, existen barreras lingüísticas importantes. En parte por la estructura colonial, en donde los indígenas no siempre estaban obligados a aprender castellano, y dejaban que diversas decisiones fueran tomadas por las propias autoridades indígenas, existe un porcentaje importante de la población que sigue empleando el quechua, aimara, omagua y 17 otras lenguas como su principal medio de comunicación. A pesar de esto, desde la Independencia, el idioma oficial ha sido el castellano y, a la fecha, sigue siendo la única lengua oficial y se sigue administrando justicia en la mayoría de regiones del país sin siempre considerar las restricciones de la población de ciertas regiones para comunicarse en castellano. Igualmente, sigue siendo relativamente común que las personas consideren que pueden ser menospreciados o perder credibilidad si hablan en un idioma diferente al castellano. A pesar de los esfuerzos de los últimos años por incorporar funcionarios bilingües, que dominen los diferentes lenguajes utilizados en las regiones donde prestan sus servicios, esta sigue siendo una barrera importante del sector justicia en Perú y las normas y mayoría de actuaciones siguen manejándose solamente en castellano.12 39. Así mismo, se siguen manteniendo barreras culturales. Complementario a los problemas de comunicación por razones lingüísticas, todavía persiste un desconocimiento por gran parte de los administradores de justicia de las costumbres y sistemas de normas de los grupos indígenas y campesinos.13 Esto lleva a que se presenten situaciones en las que miembros de una comunidad tienen problemas legales al desplazarse a otras zonas diferentes a las de su comunidad. En diversas regiones ocurre, por ejemplo, que hombres tienen problemas debido a que llegan a las ciudades con sus parejas menores de edad, incluso en ocasiones por razones de embarazos. Si bien esto puede ser aceptado en sus comunidades, las autoridades no siempre entienden esto y proceden a judicializar este tipo de conductas. A pesar de los esfuerzos realizados por el Poder Judicial por promover la justicia intercultural, este sigue siendo un reto importante y una barrera para acceder a una justicia efectiva en el país. 40. Otra barrera es la geográfica. A pesar de esfuerzos por buscar ampliar la cobertura de juzgados, fiscalías y oficinas de defensa pública, estos servicios siguen concentrándose en gran medida en grandes y medianas ciudades. Este panorama lleva a que haya barreras geográficas para acceder a los servicios de justicia en dos aspectos. Por un lado, en los contextos urbanos, hay limitaciones en la oferta; las sedes son todavía insuficientes. Por otro lado, al estar los servicios concentrados, los habitantes de zonas rurales o lejanas a las ciudades deben recorrer distancias largas para llegar a una sede que pueda atender sus requerimientos. En algunas regiones esto se ve agravado por las restricciones en cuanto a condición de las vías o medios de comunicación; esto sin considerar que a los costos y tiempos de desplazamiento debe sumarse los costos asociados a tener que interrumpir las labores cotidianas por varios días.14 Adicionalmente, hay notorias desconexiones en varios departamentos; en general las carreteras, particularmente en la zona andina, han sido construidas para conectar la costa con las diferentes provincias, pero no para mejorar la comunicación entre ellas. Dado el contexto peruano, este tipo de barreras pueden tener un mayor impacto sobre las mujeres, quienes muchas veces no tienen recursos propios y siguen siendo vistas en muchas regiones del país como las responsables de diversas labores domésticas y del cuidado de los hijos.15 Lo anterior se ve agravado por el hecho de que la competencia geográfica de las diferentes entidades que hacen parte del sector justicia no siempre obedece siempre a 12 Wilfredo Ardito. La promoción del acceso a la justicia en zonas rurales. Lima: Poder Judicial, 2011. 13 Antonio Peña Jumpa. “Barreras de Acceso a la Justicia, y la Justicia Comunal como Alternativa en el Perú”, en Derecho & Sociedad (38): 360-368. 14 Acuerdo Nacional por la Justicia. Nota conceptual. Lima: ANJ, 2017. 15 Wilfredo Ardito. La promoción del... Op. Cit. 18 cercanía geográfica sino más a limites políticos; esto puede llevar a que la oficina de defensa pública o juzgado más cercano no tenga competencia territorial.16 Complementario a esto, las instituciones tienden a tener presupuestos reducidos para desplazarse a diferentes zonas dentro de su distrito, llevando a que sean los usuarios quienes deban asumir los costos del transporte propio o incluso de los funcionarios.17 41. Complementario a las barreras geográficas se encuentran las barreras económicas. Además de los costos anteriormente señalados (transporte, dejar de realizar actividades económicas regulares, etc.), hay una serie de aspectos adicionales a considerar, incluso en aquellos casos en que la defensa es proveída por un defensor público. En cuanto a los costos de acceder a la justicia, la literatura especializada ha identificado tres grandes categorías. En primer lugar, están los costos directos, correspondientes a los gastos asociados a presentarse a un juzgado, tales como los servicios de abogados, notificaciones, aranceles, entre otros. Respecto a la población vulnerable, varios de estos costos son asumidos por el Estado. En segundo lugar, están los costos indirectos, los cuales incluyen costos que no están relacionados con la administración de justicia propiamente dicha, pero que si hacen parte de los requisitos para acceder. Dentro de esta categoría se incluyen costos de transporte, alimentación, ausencias de labores cotidianas o trabajo, hospedajes, entre otros. Por último, están los costos de oportunidad. Estos corresponden a efectos colaterales de la administración de justicia, incluyendo principalmente los efectos de una decisión que no se da dentro del plazo esperado o ideal. Adicional a estos costos, podrían agregarse algunos costos asociados a prácticas irregulares, tales como sobornos.18 42. En el contexto peruano, la indocumentación puede ser otra barrera relevante que impide el acceso a la justicia. Perú tiene un número alto de ciudadanos sin su respectivo documento de identidad. Según estimaciones del PNUD, alrededor de 760.000 peruanos están indocumentados. Esta situación genera barreras importantes dado que un ciudadano indocumentado no puede, por ejemplo, casarse, reconocer a sus hijos, presentar demandas, entre otros. Esta situación se ve agravada por el hecho que, en el año 2005, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) emitió una resolución en la que prohibía a los funcionarios públicos la atención de un ciudadano sin un documento de identificación vigente. Teniendo en cuenta que la indocumentación es alta en parte por los costos asociados a la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI) y, por consiguiente, es algo que afecta a los más pobres.19 16 Esto es algo que no solamente afecta a los usuarios sino a los mismos funcionarios que prestan servicios en zonas remotas, como los jueces de paz. Por ejemplo, los jueces de paz de Loreto en ocasiones tienen inconvenientes para llegar a las capacitaciones, o no pueden asistir a las mismas, debido a que les toca viajar una distancia mucho más larga para mantenerse dentro de su misma jurisdicción en vez de viajar desde alguna ciudad más cercana de otra región. 17 Wilfredo Ardito. La promoción del... Op. Cit. 18 Antonio Peña Jumpa. “Barreras de Acceso… Op. Cit.; Luis Pásara. “Perú: Administración de ¿Justicia?”, en La Administración de justicia en Amércia Latina. Lima: Consejo Latinoamericano de Derecho y Desarrollo, 1984. 19 Wilfredo Ardito. La promoción del... Op. Cit. 19 D. Principales hallazgos 43. El MINJUS presta sus servicios de defensa legal gratuita a través de las sedes de defensa pública y los centros ALEGRA. Ambos dependen, en el nivel local, de la Dirección Distrital de Defensa Pública y, en el nivel nacional, de la DGDPAJ. Los 43 centros ALEGRA20 tuvieron el 7,91% del total de casos en 2017, mientras que las sedes de defensa pública tuvieron la amplia mayoría de los mismos (92,09%, como lo muestra la Figura 4). En términos de carga, mientras que los centros ALEGRA tuvieron 22.845 patrocinios, las 359 sedes de defensa pública llevaron 266.016 casos a nivel nacional. De esta forma, mientras que el promedio de casos por ALEGRA es de 531,28, el número asciende a 740,99 por sede de defensa pública. 20 Aunque en total son 44 centros, se optó por incluir información de 43 dado que el centro restante es un piloto para asuntos laborales solamente. 20 Figura 4. Patrocinios defensa pública y ALEGRA (2017) 7.91% Defensa Pública Alegra 92.09% Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 44. El distrito judicial en el que hay menor diferencia entre la carga de los centros ALEGRA y las sedes de defensa pública es Lima Sur. En este distrito, el 38,24% de los casos son llevados por los centros ALEGRA y el 61,76% por sedes de defensa pública (ver Tabla 2). Sin embargo, las sedes de defensa pública siguen recibiendo proporcionalmente más casos dado que en este distrito judicial hay cuatro sedes de defensa pública y tres ALEGRA. Al compararlo con un Mega ALEGRA, la proporción varía. Por ejemplo, mientras que 13 sedes concentran un poco más del 70% de la carga del distrito judicial de Lima, un solo Mega ALEGRA concentra cerca de un tercio del total del distrito judicial. Tabla 2. Patrocinios defensa pública y ALEGRA por distrito judicial (2017) Distrito Judicial Defensa Pública Alegra Lima Sur 61,76% 38,24% Lima 72,56% 27,44% Apurímac 79,41% 20,59% Madre de Dios 81,56% 18,44% Ayacucho 82,41% 17,59% Cajamarca 82,63% 17,37% Ucayali 84,06% 15,94% Huancavelica 86,95% 13,05% Pasco 87,42% 12,58% 21 Ancash 88,35% 11,65% Ica 89,57% 10,43% Ancash-Santa 90,03% 9,97% Puno 90,47% 9,53% Lima Este 90,61% 9,39% Arequipa 91,07% 8,93% Tumbes 91,23% 8,77% Callao 92,17% 7,83% Junín 92,44% 7,56% Lima Norte 93,13% 6,87% Huánuco 93,92% 6,08% San Martín 94,63% 5,37% Lima-Cañete 95,42% 4,58% Loreto 97,44% 2,56% Lambayeque 98,63% 1,37% Cusco 98,81% 1,19% Lima-Huaura 98,93% 1,07% Amazonas 100,00% La Libertad 100,00% Moquegua 100,00% Piura 100,00% Tacna 100,00% Lima Noroeste-Ventanilla 100,00% Piura-Sullana 100,00% Total 92,09% 7,91% Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 22 45. Los tres distritos judiciales con mayor cantidad de patrocinios concentran cerca de un cuarto del total de patrocinios del país. Estos tres distritos concentran mayor cantidad de casos que los 14 distritos judiciales con menor número de patrocinios. A su vez, el Mega ALEGRA de Lima por sí solo tiene un mayor número de patrocinios que los nueve distritos judiciales con menor carga. Tabla 3. Patrocinios ALEGRA por distrito judicial (2017) Alegras Patrocinios Porcentaje Lima 2.464 10,79 Ayacucho 1.848 8,09 Lima-Sur 1.772 7,76 Cajamarca 1.648 7,21 Ica 1.449 6,34 Arequipa 1.438 6,29 Apurímac 1.301 5,69 Ucayali 1.261 5,52 Ancash 1.240 5,43 Huánuco 898 3,93 Puno 889 3,89 Madre de Dios 811 3,55 Ancash-Santa 779 3,41 Junín 743 3,25 Lima Este 717 3,14 San Martín 658 2,88 Lima Norte 532 2,33 Tumbes 484 2,12 Callao 409 1,79 Huancavelica 381 1,67 Lambayeque 272 1,19 Lima-Cañete 219 0,96 23 Pasco 197 0,86 Loreto 189 0,83 Cusco 160 0,70 Lima-Huaura 86 0,38 Total 22.845 100,00 Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 46. La mayor cantidad de casos que son atendidos por la defensa pública tienen que ver con asuntos penales, mientras que los centros ALEGRA atienden mayoritariamente casos de asistencia legal (principalmente asuntos de familia). Como lo muestra la Tabla 4, el 76,18% de los casos de las sedes de defensa pública corresponden a casos de defensa penal; esto corresponde a su vez al 70,15% del total de casos a cargo del MINJUS. Por su lado, para los centros ALEGRA el 76,32% de casos tiene que ver con asistencia legal. En cuanto a la defensa de víctimas, ésta representa proporcionalmente una carga mayor de los centros ALEGRA. Tabla 4. Defensa Pública y ALEGRA: tipo de servicio (2017) Defensa Alegra Total Pública Recuento 202.650 - 202.650 Defensa penal % dentro de entidad Defensa Pública - 76,18% 0,00% 70,15% Alegra Recuento 44.021 17.436 61.457 Asistencia legal % dentro de entidad Defensa Pública - 16,55% 76,32% 21,28% Alegra Recuento 19.345 5.409 24.754 Defensa de víctimas % dentro de entidad Defensa Pública - 7,27% 23,68% 8,57% Alegra Recuento 266.016 22.845 288.861 Total % dentro de entidad Defensa Pública - 100,00% 100,00% 100,00% Alegra Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 47. A pesar de que los centros ALEGRA tienen un porcentaje mucho mayor de casos de asistencia legal y de defensa víctimas respecto al total de su carga, al comparar por cada tipo de servicio el porcentaje de la carga de las sedes de defensa pública siguen siendo notoriamente mayor al de los centros ALEGRA. Como lo muestran la Tabla 4 y la Figura 5, mientras que los casos de asistencia legal representan el 76,32% de la carga de los centros ALEGRA, esto tan solo representa el 28,37% del total de casos de asistencia legal. Así mismo, aunque los casos de 24 defensa de víctimas representan solamente el 7,27% del total de casos de las sedes de defensa pública, esto corresponde al 78,15% del total de casos de defensa de víctimas. Figura 5. Defensa Pública y ALEGRA: % por tipo de servicio (2017) 100.00% 100.00% 90.00% 78.15% 80.00% 71.63% 70.00% 60.00% 50.00% Defensa Pública 40.00% Alegra 28.37% 30.00% 21.85% 20.00% 10.00% 0.00% Defensa penal Asistencia legal Defensa de víctimas Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 48. Más de la mitad de los patrocinios corresponde a casos de asistencia legal en todos los centros ALEGRA. Como lo muestra la Tabla 5, el centro ALEGRA que menor porcentaje de casos de asistencia legal tiene es Tambopata, con 51,79%. Así mismo, más de la mitad de los centros ALEGRA tienen cargas superiores al 75% de patrocinios de asistencia legal. Tabla 5. ALEGRA: asistencia legal (2017) Asistencia legal Alegra % respecto al total Número de patrocinios Alegra Tumbes 484 100,00% Alegra Imperial 219 100,00% Alegra Satipo 203 100,00% Alegra Belén 189 100,00% Alegra Chuquibambilla 137 100,00% Alegra Huacho 86 100,00% Alegra Manchay 4 100,00% Alegra Callao 408 99,76% Alegra Angaraes 272 99,63% 25 Alegra Pasco 195 98,98% Alegra San Juan de Miraflores 514 98,66% Alegra Chincha 190 93,60% Alegra Huaraz 803 91,25% Alegra Comas 478 89,85% Alegra Villa El Salvador 451 89,84% Alegra Coronel Portillo 1.106 87,71% Alegra Acobamba 93 86,11% Alegra Nuevo Chimbote 208 85,95% Alegra Yauli - La Oroya 91 85,05% Mega Alegra Lima Centro 1.972 80,03% Alegra Villa María del Triunfo 593 79,60% Alegra Tarapoto 522 79,33% Alegra Camaná 197 76,36% Alegra Jaén 207 76,10% Alegra San Juan de Lurigancho 540 75,31% Alegra QhapaqÑan 814 75,23% Alegra Andahuaylas 315 72,41% Alegra San Francisco de Ayna 387 71,67% Alegra Cajabamba 404 71,38% Alegra Majes 126 68,48% Alegra Huamanga 888 67,89% Alegra Abancay 325 67,29% Alegra Ica 835 67,01% Alegra Chimbote 348 64,80% Alegra Lampa 118 64,13% Alegra Arequipa 636 63,86% 26 Alegra Apurímac Itinerante 153 62,20% Alegra Puno 432 61,28% Alegra Caraz 219 60,83% Alegra Huancayo 250 57,74% Alegra Huánuco - Amarilis 515 57,35% Alegra Cusco 89 55,63% Alegra Tambopata 420 51,79% Total 17.436 76,32% Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 49. Respecto a la defensa de víctimas, llama la atención que cerca del 16% de los centros ALEGRA no cuenten con abogados de víctimas. Este es el caso de los centros ALEGRA de Tumbes, Imperial, Satipo, Belén, Chuquibambilla, Huacho y Manchay. De igual manera, cerca de un tercio de los centros ALEGRA no tienen más de 16 casos de defensa de víctimas. Al verificar cuántos centros tienen menos de 100 casos de víctimas, el porcentaje sube a 55% del total de ALEGRA. Tabla 6. ALEGRA: defensa víctimas (2017) Defensa de víctimas Alegra % respecto al total Número de patrocinios Alegra Tambopata 391 48,21% Alegra Cusco 71 44,38% Alegra Huánuco - Amarilis 383 42,65% Alegra Huancayo 183 42,26% Alegra Caraz 141 39,17% Alegra Puno 273 38,72% Alegra Apurímac Itinerante 93 37,80% Alegra Arequipa 360 36,14% Alegra Lampa 66 35,87% Alegra Chimbote 189 35,20% Alegra Ica 411 32,99% 27 Alegra Abancay 158 32,71% Alegra Huamanga 420 32,11% Alegra Majes 58 31,52% Alegra Cajabamba 162 28,62% Alegra San Francisco de Ayna 153 28,33% Alegra Andahuaylas 120 27,59% Alegra QhapaqÑan 268 24,77% Alegra San Juan de Lurigancho 177 24,69% Alegra Jaén 65 23,90% Alegra Camaná 61 23,64% Alegra Tarapoto 136 20,67% Alegra Villa María del Triunfo 152 20,40% Mega Alegra Lima Centro 492 19,97% Alegra Yauli - La Oroya 16 14,95% Alegra Nuevo Chimbote 34 14,05% Alegra Acobamba 15 13,89% Alegra Coronel Portillo 155 12,29% Alegra Villa El Salvador 51 10,16% Alegra Comas 54 10,15% Alegra Huaraz 77 8,75% Alegra Chincha 13 6,40% Alegra San Juan de Miraflores 7 1,34% Alegra Pasco 2 1,02% Alegra Angaraes 1 0,37% Alegra Callao 1 0,24% Alegra Tumbes - Alegra Imperial - 28 Alegra Satipo - Alegra Belén - Alegra Chuquibambilla - Alegra Huacho - Alegra Manchay - Total 5.409 23,68% Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 50. Al desagregar por materia los patrocinios de asistencia legal y defensa de víctimas, se puede observar que la amplia mayoría de casos corresponden a aspectos asociados a alimentos. Como se muestra en la Tabla 7, más del 60% de los casos corresponden a alimentos. Este porcentaje podría subir a cerca del 70% si se tiene en cuenta que el tercer caso más frecuente es filiación y alimentos. Si se ve esta materia solamente para temas de asistencia legal, alimentos solos corresponden al 67,71% del total de casos, pero sube a 77,51% si se incluye en un mismo grupo éste y los casos de filiación y alimentos. Es importante considerar igualmente que el segundo caso más frecuente, correspondiente a ejecución de acta de conciliación, tiene un alto componente de casos de alimentos que fueron conciliados. Sin embargo, aunque así fue identificado por los diferentes funcionarios de los centros ALEGRA entrevistados, no se cuenta con información desagregada para poder determinar el número exacto de casos que corresponden a esta materia en concreto. Tabla 7. ALEGRA: tipo de servicio por materia (2017) Materia Asistencia legal Defensa de víctimas Total Alimentos 11.806 67,71% 2.296 42,45% 14.102 61,73% Ejecución de acta de conciliación 1.950 11,18% - 1.950 8,54% Filiación y alimentos 1.708 9,80% - 1.708 7,48% Filiación, tenencia 1.110 6,37% - 1.110 4,86% Violencia de género y familiar 103 0,59% 719 13,29% 822 3,60% Violación - 432 7,99% 432 1,89% Lesiones 1 0,01% 644 11,91% 645 2,82% Varios 758 4,35% 1.318 24,37% 2.076 9,09% Total 17.436 100,00% 5.409 100,00% 22.845 100,00% Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 51. La amplia mayoría de usuarios de los centros ALEGRA son mujeres. Como se puede ver en la Tabla 8, el 94,8% de los casos de asistencia legal y el 81,8% de los casos de defensa de víctimas 29 tienen como usuario a mujeres. Esto contrasta con el hecho que el 89,3% de los casos de defensa penal corresponden a usuarios hombres. Tabla 8. Usuarios por sexo (2017) Defensa penal Asistencia legal Defensa de víctimas Entidad Hombre Mujer Hombre Mujer Hombre Mujer Defensa Pública 89,3% 10,7% 5,2% 94,8% 18,2% 81,8% Alegra 4,8% 95,2% 17,0% 83,0% Total 89,3% 10,7% 5,1% 94,9% 18,0% 82,0% Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 52. Al desagregar los casos de asistencia legal, se puede observar que las mujeres son las usuarias para las tres materias de mayor frecuencia. En efecto, como lo muestra la Figura 6, las mujeres son más del 95% de usuarios en las materias de alimentos, filiación y alimentos y de ejecución de acta de conciliación. Así mismo, son más del 90% de los usuarios en materias de violencia y lesiones.21 Figura 6. Patrocinados ALEGRA según tipo de caso y sexo: asistencia legal (2017) 100.0% 96.8% 99.1% 96.7% 100.0% 90.3% 90.0% 81.6% 77.3% 80.0% 70.0% 60.0% 50.0% 40.0% 30.0% 22.7% 18.4% 20.0% 9.7% 10.0% 3.2% 3.3% 0.9% 0.0% Alimentos Filiación y Fililación, Ejecución de Violencia de Lesiones Varios alimentos tenencia acta de género y conciliación familiar Hombre Mujer Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 53. Al desagregar por materias los casos de defensa de víctimas se observa igualmente un alto porcentaje de mujeres acudiendo a los servicios de los centros ALEGRA. Como lo muestra la 21 En el Anexo I: Esquema de procesos de mayor impacto se ha incluido un esquema de los procesos de alimentos, violencia sexual y lesiones. 30 Figura 7, las mujeres sobrepasan el 95% de usuarios en los casos de alimentos. Así mismo, representan el 87,2% en los casos de violencia. Figura 7. Patrocinados ALEGRA según tipo de delito y sexo: defensa víctimas (2017) 100.0% 96.2% 90.0% 87.2% 77.8% 80.0% 70.6% 70.0% 60.4% 60.0% 50.0% 39.6% 40.0% 29.4% 30.0% 22.2% 20.0% 12.8% 10.0% 3.8% 0.0% Alimentos Violencia de Violación Lesiones Varios género y familiar Hombre Mujer Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 54. A pesar de los altos porcentajes totales por caso y sexo, hay variaciones importantes para algunos casos entre uno y otro centro ALEGRA. La Figura 8 permite ver que en los casos de alimentos, filiación y alimentos y, en menor medida, en la ejecución de acta de conciliación hay una tendencia que se mantiene en general en los diferentes ALEGRA. Sin embargo, para los casos de filiación y tenencia, violencia de género y familia y, en mayor medida, en violación y lesiones hay diferencias importantes entre los diferentes centros tanto para hombres como mujeres. 31 Figura 8. Diferencia patrocinados por ALEGRA: materia y sexo (2017) 100.00% 90.00% 80.00% 70.00% 60.00% 50.00% 40.00% 30.00% 20.00% 10.00% 0.00% Mujer Mujer Mujer Mujer Mujer Mujer Mujer Mujer Hombre Hombre Hombre Hombre Hombre Hombre Hombre Hombre Alim Fil y alim Fil y ten Ejec conc Violencia Violación Lesiones Varios gén y fam Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 55. Al comparar el número de patrocinios, puede verse que hay pocas variaciones en general entre los diferentes centros ALEGRA, pero sí existe para algunos temas relevantes. Como lo muestra la Figura 9, hay poca variación respecto al total de patrocinios para todos los temas, salvo para los casos de alimentos. Sin embargo, teniendo en cuenta que la mayor carga de los ALEGRA es precisamente respecto a casos de alimentos, que la diferencia sea justo en este caso permite concluir que sí hay una diferencia entre diversos centros, pero que puede obedecer a altas cargas de algunos ALEGRA en particular. Por ejemplo, el Mega ALEGRA de Lima por sí solo representa cerca del 11% del total de patrocinios de los ALEGRA. A su vez, si se agrega el Mega ALEGRA de Ayacucho, sube a casi el 17% del total de casos. Figura 9. Diferencia de número patrocinios entre centros ALEGRA por materia (2017) 1,600 1,400 1,200 1,000 800 600 400 200 - Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 32 56. Si se agrega la edad de los usuarios, se puede observar que la mayoría de usuarias mujeres tienen entre 30 y 39 años, mientras que la mayoría de usuarios hombres tienen entre 40 y 49 años. Sin embargo, al observar los mayores porcentajes en los cuales las mujeres son usuarias (Figura 10), se puede constatar que el 75,5%, más de tres cuartos del total, corresponden a mujeres entre 18 y 49 años. Figura 10. Usuarios de ALEGRA por sexo y edad (2017) 35.0% 31.3% 30.0% 25.5% 25.0% 18.7% 19.3% 20.0% 17.4% 17.4% 15.5% 16.1% 15.0% 12.8% 11.1% 10.0% 4.9% 5.0% 3.2% 3.7% 3.1% 0.0% Menor a 18 De 18 a 29 De 30 a 39 De 40 a 49 De 50 a 59 De 60 a 69 De 70 a más años años años años años años años Hombre Mujer Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 57. A pesar de que la gran mayoría de usuarios de los centros ALEGRA son mujeres, y en los cuales muchas veces se tratan asuntos que requieren cierta empatía y cercanía con el abogado defensor, la distribución de defensores hombres y mujer son muy similares. La Figura 11 permite ver que hay un porcentaje mínimo mayor de mujeres defensoras (50,4%) frente a los hombres defensores (49,6%); mientras que hay 11.506 defensoras, hay 11.339 defensores. 33 Figura 11. Defensores ALEGRA por sexo (2017) 49.6 Mujer 50.4 Hombre Fuente: Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 58. Si bien los servicios de los centros ALEGRA se centran en la población vulnerable, no siempre están atendiendo en las zonas más pobres del país. La Tabla 9 presenta la condición de pobreza en los lugares en los que se encuentran ubicados los centros ALEGRA. Como se puede ver, Cajabamba (Cajamarca) es el distrito más pobre en el cual se encuentra un ALEGRA, siendo el municipio 239 más pobre de un total de 1943 distritos analizados. A su vez, el distrito menos pobre en el cual se encuentra un centro ALEGRA es en Wanchaq, en Cusco. Este se encuentra en la posición 1939, superado únicamente por los distritos menos pobres de Lima (San Isidro, Miraflores y San Borja) y por Pacocha, en Ilo. Del total de distritos en los que hay ALEGRA, solamente nueve se encuentran en la mitad inferior respecto a pobreza económica, concentrados en cuatro departamentos: Cajamarca (Cajabamba, Cajamarca y Jaén), Apurímac (Andarapa, Pacobamba, Chuquibambilla y Kaquiabamba), Ayacucho (Ayna) y Huancavelica (Lircay). Tabla 9. Ubicación centros ALEGRA según incidencia de pobreza monetaria Ubicación pobreza Distrito Judicial Departamento Provincia Distrito total Cajamarca Cajamarca Cajabamba Cajabamba 239 Apurímac Apurímac Andahuaylas Andarapa 338 Ayacucho Ayacucho La Mar Ayna 478 Apurímac Apurímac Andahuaylas Pacobamba 557 Apurímac Apurímac Grau Chuquibambilla 636 Cajamarca Cajamarca Cajamarca Cajamarca 651 Huancavelica Huancavelica Angaraes Lircay 808 34 Apurímac Apurímac Andahuaylas Kaquiabamba 813 Lambayeque Cajamarca Jaen Jaen 920 Puno Puno Lampa Lampa 1.138 Loreto Loreto Maynas Belén 1.212 Apurímac Apurímac Andahuaylas Andahuaylas 1.223 Ancash Ancash Huaylas Caraz 1.278 Ancash-Santa Ancash Santa Nuevo Chimbote 1.284 Arequipa Arequipa Caylloma Majes 1.292 Ucayali Ucayali Coronel Portillo Callería 1.306 Pasco Pasco Pasco Chaupimarca 1.384 Callao Callao Callao Callao 1.478 Lima Este Lima Lima Pachacamac 1.479 Lima Sur Lima Lima San Juan de Miraflores 1.490 Ayacucho Ayacucho Huamanga Ayacucho 1.556 Apurímac Apurímac Abancay Abancay 1.568 Junín Junín Huancayo Huancayo 1.596 Tumbes Tumbes Tumbes Tumbes 1.605 Junín Junín Satipo Satipo 1.611 Huánuco Huánuco Huánuco Amarilis 1.630 Lima-Sur Lima Lima Villa El Salvador 1.640 Lima-Cañete Lima Cañete Imperial 1.699 Junín Junín Yauli La Oroya 1.714 Lima Lima Lima San Juan de Lurigancho 1.757 Lima Sur Lima Lima Villa María del Triunfo 1.758 35 Lima Lima Lima Lima 1 1.774 Lima Norte Lima Lima Comas 1.778 Arequipa Arequipa Camaná Camaná 1.795 Puno Puno Puno Puno 1.812 Ancash Ancash Huaraz Huaraz 1.815 San Martín San Martín San Martín Tarapoto 1.831 Ica Ica Chincha Chincha Alta 1.839 Lima-Huaura Lima Huaura Huacho 1.871 Ica Ica Ica Ica 1.915 Madre de Dios Madre de Dios Tambopata Puerto Maldonado 1.917 Arequipa Arequipa Arequipa Arequipa 1.937 Cusco Cusco Cusco Wanchaq 1.939 Fuente: INEI. Mapa de pobreza provincial y distrital 2013 y Sistema de Seguimiento de Casos – Datamart - DGDPAJ, 2018 59. Las condiciones en las cuales se prestan los servicios en los centros ALEGRA presentan ciertos retos para poder cumplir completamente su función. En primer lugar, hay una alta inestabilidad laboral de la mayoría de defensores, quienes se encuentran vinculados por medio de Contratos Administrativos de Servicios (CAS); es decir, tienen seguridad de permanencia limitada en el tiempo. En segundo lugar, se pudo identificar que en algunos lugares visitados los sueldos eran menores a otros funcionarios de su nivel en el mismo sector justicia, tales como jueces o fiscales, lo cual incentiva a muchos dejar las tareas de defensa cuando se abren posibilidades en dichos sectores22. A pesar de esto, hay un alto compromiso de diversos defensores, quienes llevan más de 10 años trabajando en la entidad. En tercer lugar, no todas las vacantes previstas estaban cubiertas al momento de las visitas. Algunas vacantes incluso se encuentran sin llenar desde hace más de dos años. En cuarto lugar, se pudo identificar que la infraestructura física y tecnológica en general tiene bastantes carencias. La infraestructura para atención a usuarios es mínima, muchas veces teniendo tan solo unas pocas sillas para los usuarios que deben esperar a ser atendidos. Igualmente, las condiciones físicas en varias sedes son precarias, teniendo incluso casos en que las paredes y techos están ya rajándose. También hay una carencia en equipamiento y mobiliario. Así mismo, los espacios disponibles no han sido diseñados para atender al público, salvo los Mega ALEGRA y algunos pocos centros ALEGRA. 60. Hay diversas entidades ofreciendo servicios similares a los centros ALEGRA, dándose en varios casos traslapes de funciones. Dentro de los servicios de defensa legal gratuita pudieron 22 La carga promedio de un defensor es de 161 casos. 36 identificarse por lo menos tres grupos diferentes a los centros ALEGRA. Por un lado, se encuentran los consultorios jurídicos, los cuales están ubicados en universidades, el mismo poder judicial o en los colegios de abogados. Por otro lado, están los CEM del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP). Por último, se encuentran las DEMUNA23. La Tabla 10 resume los tipos de servicios de defensa legal que se ofrecen en las diferentes regiones. 23 Las DEMUNAs son oficinas que están presentes en todas las municipalidades del Perú. Sus labores se centran en proteger y promover los derechos de los niños y adolescentes en su respectiva municipalidad. Adicionalmente, se espera que conozcan la situación general de niños y adolescentes para poder intervenir adecuadamente. Así mismo, parte importante de sus esfuerzos se centran en promover que se realicen reconocimientos voluntarios de filiación y el fortalecimiento de los lazos familiares en procura del interés superior del menor. También realizan labores de conciliación y orientación que permitan resolver situaciones críticas dentro de las familias, incluyendo casos de alimentos, régimen de visitas, maltrato, violencia familiar, entre otros que puedan afectar los derechos de los niños y adolescentes. 37 Tabla 10. Servicios de defensa legal Personal Sector o Defensa Defensa No Servicio Víctimas Conciliación profesional Número Ministerio Penal Penal no jurídico Defensa Todos Todos Todos No No 310 Pública Ministerio de Justicia Mega Civil, Centros ALEGRA: No Familia y Todos Sí 48 Alegra Médico y Consultas Psicólogo Ministerio de la Víctimas de 245 CEM Centros de Mujer y violencia Emergencia No No No Psicólogo 50 CEM Poblaciones familiar y Mujer Comisaría Vulnerables sexual Defensoría Niños y Municipal Familia En algunos adolescentes del Niño y (protección casos Municipalidades No que son Sí 1264 del de niños y cuentan con víctimas de Adolescente adolescentes) psicólogo delitos DEMUNA Consultorio Jurídico Gratuito: varía según los casos, pero en general realizan el servicio en convenio con las facultades de Derecho Oficina de Orientación Poder Judicial Consultas Consultas Consultas No No 14 Jurídica Gratuita Varía según oferta universitaria, Consultorios atendiendo por lo general consultas de Universidades Jurídicos personas en vulnerabilidad y No No Gratuitos defendiendo casos que involucren derechos humanos Consultorios Colegios de Varía según oferta de los colegios, pero Jurídicos No No Abogados por lo general atienden casos civiles gratuitos Fuente: elaboración propia 61. Los CEM prestan diversos servicios especializados y gratuitos para víctimas de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar. Estos centros brindan asesoría legal, defensa judicial, apoyo para conseguir albergues temporales a mujeres víctimas que no pueden regresar a su hogar por los peligros que conllevaría, así como apoyo psicosocial. Complementario a los centros existentes, recientemente se han implementado 50 CEM en comisarías de policías para poder reaccionar inmediatamente en casos de violencia contra la mujer; igualmente, al estar en una 38 comisaría, brindan servicio las 24 horas del día. Así mismo, los CEM realizan actividades de prevención mediante capacitaciones y campañas informativas. A diferencia de otros servicios que restringen su público por diferentes criterios socioeconómicos, los CEM atienden a cualquier persona que se vea afectada por violencia familiar y sexual, sin importar su condición social, edad o sexo. 62. Las DEMUNA, a pesar de no brindar asesoría legal propiamente dicha, dado que no llevan casos, sirven como mecanismo de solución de controversias a través de servicios de conciliación, principalmente de alimentos. Éstas están articuladas funcionalmente con la Sub-dirección de defensorías de la Dirección de niñas, niños y adolescentes del MIMP. Sin embargo, administrativa y económicamente dependen de cada municipalidad. Debido a esta relación con el MIMP y la municipalidad, toda institución u organización que cuente con una Defensoría debe solicitar su inscripción ante el MIMP. Si bien la mayoría de defensorías existen en las municipalidades24, también existen en organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas y/o privadas. En algunas localidades, como en Huamanga, la DEMUNA funciona en un edificio que alberga diferentes instituciones vinculadas con la defensa de mujeres, niños, niñas y adolescentes, como la Comisaría de la Familia, el CEM. Ahí se encuentran además las oficinas de la fiscalía y juzgado25. La DEMUNA provincial cuenta con psicólogo y oficinas internas. La sala de espera es pequeña. El edificio cuenta con un patio interno amplio y al interior cuenta con diferentes señaléticas (toda en español). Las DEMUNA principalmente reciben consultas de usuarias mujeres respecto a temas de alimentos, tenencia, régimen de visita y pocos casos por violencia. En general reciben capacitaciones por parte del MIMP, llegando en algunas localidades a tener módulos de capacitación mensuales. 24 Según la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el gobierno local (distrital o provincial) debe organizar e implementar el Servicio de Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente – DEMUNA, de acuerdo a la legislación sobre la materia. 25 Es el Centro de Atención Socio emocional para víctimas de violencia familiar y sexual, RIPAVF (Red Interinstitucional de Prevención y Atención de La Violencia Familiar Y Sexual) y COMUDENA (Comité Municipal por los Derechos del Niño y del Adolescente). 39 Tabla 11. Casos atendidos por DEMUNA según materia (2017) Fuente. Extraído de: https://www.mimp.gob.pe/webs/mimp/dgnna/dna/directorio/data_dna_2017.html 40 63. Los jueces de paz constituyen otro mecanismo de acceso a la justicia de población vulnerable26. Son elegidos democráticamente en sus jurisdicciones mediante aclamación o, en el caso de localidades de más de tres mil habitantes, por intermedio de un proceso electoral con la intervención de los órganos correspondientes. Actualmente el periodo que cumplen en el cargo es de cuatro años con posibilidad de reelección. Si bien se trata de una labor que realizan de manera gratuita, pueden recibir sumas de dinero por la realización de funciones notariales que se encuentran dentro de su ámbito de competencia. 64. Actualmente existen 5.839 juzgados de paz en todo el territorio nacional. Como lo muestra la Tabla 12, los distritos judiciales con mayor número de juzgados de paz son Junín (489 jueces de paz), Huánuco (472), Cajamarca (465), Ancash (446) y Puno (421). Lima no cuenta con jueces de paz y tienen un número reducido de jueces de paz Lima sur (4), Callao (5), Ventanilla (22), Madre de Dios (23), Lima norte (28 y Tumbes (30). Tabla 12. Juzgados de paz por distrito judicial (2017) Distrito Judicial Juzgados Junín 489 Huánuco 472 Cajamarca 465 Ancash 446 Puno 421 Ayacucho 387 Lambayeque 323 Cusco 320 Apurímac 270 Arequipa 233 La Libertad 225 Huancavelica 224 Piura 190 San Martín 182 Amazonas 179 Loreto 133 Huaura 119 Cañete 93 26 Actualmente no existe un diagnóstico sobre las labores y características de los jueces de paz. Las visitas evidenciaron la existencia de importantes matices tanto entre regiones como dentro de las mismas regiones que merecen ser explorados con mayor detalle, por lo que las conclusiones presentadas son parciales y basadas solamente en las entrevistas realizadas. 41 Del Santa 93 Moquegua 83 Sullana 73 Ica 70 Lima Este 64 Tacna 58 Ucayali 58 Pasco 57 Tumbes 30 Lima Norte 28 Madre de Dios 23 Ventanilla 22 Callao 5 Lima Sur 4 Lima 0 TOTAL 5.839 Fuente: ONAJUP, 2018 65. Los jueces de paz son el principal mecanismo jurisdiccional de acceso a la justicia en múltiples distritos. Como lo muestra la Tabla 13, a nivel nacional la proporción entre jueces de paz27 y magistrados es de más de 6 a 1; del total de mecanismos jurisdiccionales, 66,26% corresponde a jueces de paz mientras que los magistrados son tan solo el 33,74%. Por su lado, del total de 33 distritos judiciales, en más del 20% de los distritos el porcentaje de jueces de paz es superior al 80% del total de oferta jurisdiccional; esto ocurre en siete distritos: Huánuco (85,82%), Cajamarca (84,85%), Ancash (84,63%), Huancavelica (84,21%), Puno (82,39%), Ayacucho (80,63%) y Apurímac (80,36%). A su vez, tan solo en cuatro distritos ese porcentaje está por debajo del 20%: Lima Norte (19,58%), Callao (6,85%), Lima Sur (4,55%) y Lima (0%). 27 Si bien en ocasiones puede no ocurrir así, podemos asumir en general que existe un juez de paz por cada juzgado de paz existente. 42 Tabla 13. Magistrados y jueces de paz (2017) Jueces de paz Distrito Judicial Magistrados28 Jueces de paz29 Total Magistrados (%) Total (%) Amazonas 51 179 230 22,17% 77,83% 100,0% Ancash 81 446 527 15,37% 84,63% 100,0% Apurímac 66 270 336 19,64% 80,36% 100,0% Arequipa 153 233 386 39,64% 60,36% 100,0% Ayacucho 93 387 480 19,38% 80,63% 100,0% Cajamarca 83 465 548 15,15% 84,85% 100,0% Callao 68 5 73 93,15% 6,85% 100,0% Lima-Cañete 36 93 129 27,91% 72,09% 100,0% Cusco 137 320 457 29,98% 70,02% 100,0% Huancavelica 42 224 266 15,79% 84,21% 100,0% Huánuco 78 472 550 14,18% 85,82% 100,0% Lima-Huaura 63 119 182 34,62% 65,38% 100,0% Ica 103 70 173 59,54% 40,46% 100,0% Junín 137 489 626 21,88% 78,12% 100,0% La Libertad 153 225 378 40,48% 59,52% 100,0% Lambayeque 143 323 466 30,69% 69,31% 100,0% Lima 415 0 415 100,00% 0,00% 100,0% Lima Este 135 64 199 67,84% 32,16% 100,0% Lima Norte 115 28 143 80,42% 19,58% 100,0% Lima Sur 84 4 88 95,45% 4,55% 100,0% 28 Fuente: Poder Judicial. Sub Gerencia de Estadística - Gerencia de Planificación. Sub Gerencia de Remuneraciones y Beneficios - Gerencia de Personal y Escalafón judicial. 29 Fuente: Poder Judicial. ONAJUP. 43 Loreto 56 133 189 29,63% 70,37% 100,0% Madre de Dios 36 23 59 61,02% 38,98% 100,0% Moquegua 40 83 123 32,52% 67,48% 100,0% Pasco 22 57 79 27,85% 72,15% 100,0% Piura 91 190 281 32,38% 67,62% 100,0% Puno 90 421 511 17,61% 82,39% 100,0% San Martín 84 182 266 31,58% 68,42% 100,0% Ancash-Santa 80 93 173 46,24% 53,76% 100,0% Piura-Sullana 44 73 117 37,61% 62,39% 100,0% Tacna 51 58 109 46,79% 53,21% 100,0% Tumbes 42 30 72 58,33% 41,67% 100,0% Ucayali 50 58 108 46,30% 53,70% 100,0% Lima-Ventanilla 51 22 73 69,86% 30,14% 100,0% Total por distrito 2973 5839 8812 33,74% 66,26% 100,0% judicial 66. Los jueces de paz, en cuanto no reciben remuneraciones por su labor, deben dedicarse a otras actividades adicionales. En los distritos visitados, los jueces de paz se dedicaban principalmente a labores agropecuarias, docentes, carpintería, limpieza, trabajos eventuales o eran comerciantes. Que hayan dedicado parte importante de su vida a estas otras labores implica que pueden tener retos importantes, como el no estar tan acostumbrados a manejar escritos o labores de oficina. A pesar de esto, los jueces tienen diferentes recursos a su disposición para entender y darse a entender con otros miembros de la comunidad. De esta forma pueden administrar justicia, buscar conciliaciones y, eventualmente, dictar sentencias gracias a que el sistema establecido para los jueces de paz es flexible. 67. Complementario a un nivel general de formación, los jueces de paz entrevistados manifestaron una serie de dificultades que les impide desempeñar de manera más adecuada sus labores. En primer lugar, debido a que por lo general estos jueces no han tenido formación judicial, el aprendizaje de sus funciones y competencias, si bien resulta esencial para su desempeño, en muchos casos no suele ser el más apropiado. En parte por este motivo, todos los jueces de paz entrevistados valoran mucho las capacitaciones que reciben en el PJ, las cuales, en algunos casos, constituyen la única fuente de información sobre sus funciones. Debido a restricciones presupuestales, varios jueces tienen problemas para recibir capacitación posterior, pero en la amplia mayoría de los casos se les hace por lo menos un proceso de inducción. Por este motivo, muchas veces la formación de capacidades termina dándose en el día a día a través del apoyo del coordinador o coordinadora de la ODAJUP. Complementario a la capacitación del PJ, también 44 reciben en ocasiones capacitaciones desde el MIMP, a través de los CEM o de la estrategia rural, en temas de violencia familiar y de género. 68. En segundo lugar, la carga de trabajo puede resultar excesiva debido a una serie de factores. En muchos casos los jueces de paz son encargados de distribuir notificaciones que son enviadas a personas de sus jurisdicciones, labor fundamental para el desarrollo de todo proceso judicial y por la que están sujetos a que les inicien un proceso de no realizar adecuadamente esta labor. En tercer lugar, si bien se dice que los jueces tienen que ejercer su labor de acuerdo con su mejor entendimiento, es común encontrar problemas porque los jueces letrados o los fiscales no suelen aceptar los escritos que ellos elaboran; en general, algunos consideran que los jueces de paz tienen falta de legitimidad y, por ello, no siempre reciben colaboración de otras autoridades. Aparte de esta transferencia inicial, en algunos distritos visitados se pudo constatar que incluso el juez anterior sigue aconsejando posteriormente al juez actual. 69. En tercer lugar, no siempre se dan procesos de transferencia entre el juez de paz saliente y el entrante. En algunos casos los jueces anteriores no brindan la asistencia necesaria a los nuevos en el proceso de transferencia e incluso se han identificado casos en los que los antecesores no han querido proporcionarles la documentación de los procesos. Sin embargo, en otros casos, principalmente en los que el juez entrante ha tenido relación con el juez saliente, resulta más fluida. En varias de las localidades visitadas fue así debido a que, por ejemplo, el juez de paz entrante había sido accesitario del juez de paz anterior, por lo que conocía cómo realizar el trabajo. Igualmente, en casos como el de Masisea, la transferencia se hizo fácilmente porque el juez saliente instruyó al entrante. También se pudo ver casos, como el del Asentamiento Humano 8 de octubre, en los que el juez anterior firmó la transferencia y dejó los documentos tirados a la intemperie. 70. En cuarto lugar, las demás autoridades judiciales no siempre reconocen la autoridad del juez de paz. Si bien se dice que los jueces de paz tienen que ejercer su labor de acuerdo a su mejor entendimiento, es común encontrar problemas porque los jueces letrados o los fiscales no suelen aceptar los escritos que ellos elaboran porque tienen errores procesales. Según los jueces de paz, tanto los jueces como fiscales buscan el mínimo error en sus escritos, pero si son ellos (jueces o fiscales) los que se equivocan, no se hace nada. 71. En diversos distritos, los jueces de paz no cuentan con la infraestructura adecuada. En general los jueces pueden trabajar en locales que les dan las comunidades o la municipalidad. En algunos casos se trata de construcciones de material noble, pero varias están bastante descuidadas o con poca seguridad30. En otras zonas cuentan con mobiliario inadecuado, como en Ucayali donde los escritorios son de un material-melamine- que no resiste el clima de la región. A pesar de que algunos jueces tienen sedes propias para el juzgado de paz, en muchos distritos los jueces tienen que seguir atendiendo en sus casas. 72. La falta de recursos es un reto importante para que los jueces de paz puedan desarrollar sus labores de manera adecuada. Por un lado, las ODAJUP no tienen recursos para hacer capacitaciones continuas a los jueces que más lo requieren, muchos que se encuentran en las zonas más alejadas y que suelen tener como lengua materna una lengua originaria diferente al 30 En el caso de Carmen Alto han asaltado la oficina en dos ocasiones y recientemente la municipalidad ha colocado una puerta más segura. El local está en el segundo piso del mercado de Carmen Alto, según el juez el mercado es del pueblo, pero lo administra la municipalidad. 45 castellano. Por otro lado, la falta de recursos de los propios jueces para la labor que les solicitan, como la entrega de notificaciones que supone que los jueces deben invertir dinero en trasladarse a las viviendas de la persona notificada, gasto que no es reconocido por el Estado. En algunos casos estos costos pueden ser compensados por el dinero que reciben de las labores notariales o de los exhortos que autoriza el nuevo reglamento, pero no todos los jueces saben cómo realizar el procedimiento para solicitar la devolución. Por último, los jueces que están en comunidades alejadas en general no tienen los medios para ir a las ciudades o encuentros de jueces, o incluso no tienen forma de comunicarse de manera relativamente sencilla con su coordinador distrital y pedir capacitación. 73. Complementario a los jueces de paz, existen otras iniciativas para atender a la población vulnerable y rural. En el año 2011 se creó el programa Programa Justicia en tu Comunidad31. Desde su inicio, el programa tuvo tres grandes líneas de acción: (i) proyección educativa, para promover valores democráticos y de cultura de paz entre los menores y jóvenes; (ii) proyección informativa o social, para promover el ejercicio de los derechos y responsabilidades entre ciudadanos; y (iii) una estrategia interinstitucional, para promover la articulación de esfuerzos públicos y privados con miras a lograr un mayor desarrollo institucional del sistema judicial. Este programa fue la respuesta a la disposición del Poder Judicial de adherirse a la implementación de las 100 reglas de Brasilia y la obligación de su cumplimiento por todos los jueces, incluidos los jueces de paz32. Estas reglas, aprobadas en la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana en 2008, consagraron estándares básicos para garantizar el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, entre otros puntos señala que el usuario del servicio de administración de justicia debe ser el centro de atención de la labor jurisdiccional y se debe lograr la satisfacción plena de las necesidades de las personas en condiciones de vulnerabilidad. 74. Con la finalidad de fortalecer las estrategias de atención a la población vulnerable, en el año 2016 el Poder Judicial creó el Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad33. Este programa surgió ante la necesidad de institucionalizar y fusionar los programas de acceso a la justicia de las personas vulnerables y de Justicia en tu Comunidad para acercar a la justicia a las personas en condición de vulnerabilidad. Para el primer año de funcionamiento, el programa tuvo un presupuesto de 2.850.000 soles, del cual se ejecutó el 93% (2.645.496 soles). Ese mismo año se lanza el Plan Nacional de Acceso a la Justicia de Personas en condición de Vulnerabilidad, Poder Judicial 2016 - 2021. Complementario a lo anterior, en marzo de 2017 el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crea la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad34, a la que se le encarga la responsabilidad del funcionamiento del Programa35. 31 Resolución Administrativa N° 037-2011-CE-PJ 32 Resolución Administrativa N° 266‐2010‐CE‐PJ 33 Resolución Administrativa N° 028-2016-CE-PJ 34 https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/AJPVyJC/s_ajpvcyjc/as_acceso_justicia_inicio/as_creacion/ 35 Los integrantes de la Comisión son: Presidenta: Jueza Suprema Titular, Janet Ofelia Tello Guilardi, Vicepresidente: Juez Supremo (p) Carlos Calderón Puertas, Integrantes: Jueza Superior de la Corte de Justicia de Lima, Elvira Alvarez Olazábal, Jueza Maruja Hermosa Castro, Sexto Juzgado Contencioso Administrativo de Lima, y Sara Gaspar Pacheco, jueza del Octavo Juzgado de Paz Letrado de Lima. 46 75. El Plan Nacional de Acceso a la Justicia de Personas en condición de Vulnerabilidad, Poder Judicial 2016 – 2021 señala los principales beneficiarios de las estrategias de acceso a la justicia para población vulnerable. De manera general, este programa se enmarca en la perspectiva de promoción de “la cultura jurídica en las poblaciones vulnerables: Niños, Adolescentes, Mujeres, personas con habilidades diferentes (Discapacidad), Adultos mayores, personas privadas de la libertad, migrantes y poblaciones rurales”. 36 Así mismo, establece 11 ejes de acción para atender las necesidades de la población vulnerable en materia de acceso a la justicia: (i) niños, niñas y adolescentes; (ii) adolescentes en conflicto con la ley penal; (iii) adulto mayor; (iv) discapacidad; (v) pueblos indígenas y otros grupos rurales, incluyendo comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas; (vi) victimización; (vii) migración y desplazamiento interno; (viii) género; (ix) privación de la libertad; (x) servicio al usuario en condición de pobreza y otras causales de vulnerabilidad; y (xi) eficacia de las reglas. 76. Desde el año 2016 cada Corte Superior comienza a implementar el Plan, dentro del cual se incluye el lanzamiento del Programa de Justicia Itinerante, en convenio con el Programa Tambos. En el sistema implementado, los operadores de justicia voluntarios instalan sus mesas itinerantes para atender demandas y absolver consultas sobre pensión de alimentos, filiación extramatrimonial y rectificación de partidas de nacimiento, las que son canalizadas a las diferentes instancias del proceso judicial, hasta la emisión de sentencias. Actualmente, se viene aplicando un plan piloto de justicia itinerante en los distritos judiciales de Ayacucho, Huancavelica, Huánuco, Lima Este, San Martín, Puno y Ventanilla, con la finalidad de propiciar un mayor acceso a este servicio de las personas en condición de vulnerabilidad. Una de las estrategias que mejores resultados de implementación ha tenido es el caso de Ayacucho, a través del Programa Llapanchikpaq Justicia. Este programa ha tenido dos etapas. La primera etapa consistió en realizar ferias informativas, en donde se convocaba a las instituciones que pudieran proveer servicios a la población vulnerable. La primera feria se realizó en enero de 2017, pero solamente con la participación de la Corte Superior de Ayacucho. Durante la segunda etapa se buscó formar un colectivo más estructurado, incluyendo desde un inicio a la Defensa Pública, que era uno de los aliados más importantes para brindar soluciones efectivas a las demandas de justicia de la población vulnerable en zonas rurales37. Posteriormente se realizó una alianza estratégica con RENIEC, Defensa Pública y el Programa País-Tambos. Luego se unió el ejército, la policía, los programas sociales y la Defensoría del Pueblo. Actualmente la corte lidera, convoca y asegura las condiciones para que lleguen las otras instituciones y la población participante. Si bien no todas las instituciones son parte de la red, se convocan a autoridades de los gobiernos locales, otros programas sociales del Estado, dependiendo las necesidades de la zona que visitan, y algunas ONG que trabajan allí. 77. Como parte de las estrategias de justicia itinerante, se realizan varias visitas a un mismo lugar. En una primera visita se brinda la información general a la población sobre sus derechos y los servicios que brindan las diferentes entidades. En una segunda visita se resuelven los casos. Dentro de la dinámica de cada visita se consideran aspectos que permitan generar cercanía entre las autoridades y los miembros de las comunidades. Por ejemplo, las madres de las comunidades llegan con su comida propia para compartir; los jueces que van, por su lado, incluso si no saben 36 https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/AJPVyJC/s_ajpvcyjc/as_nosotros/ 37 Para solucionar los casos de la población vulnerable se necesita abogados de oficio. En algunos casos actúan los abogados de la DEMUNA, pero si se necesita algo más especializado se requiere a los abogados de oficio. 47 hablar quechua (para el caso de Ayacucho), tratan de ir de manera sencilla y usar sombreros típicos o algún tipo de vestimenta que los acerque a la población. 78. Como parte de la segunda etapa de justicia itinerante, buscaron estrategias para llevar justicia a los Tambos, a las comunidades más alejadas, y en los distritos en los asentamientos humanos. Para ello, ubicaron dónde funcionan los Tambos y, una vez identificados, como el Programa País es parte del colectivo, ellos son los que convocan a toda la población vulnerable; su tarea es asegurar que la población vulnerable se beneficie de todos los servicios y programas. Igualmente, como el Poder Judicial no tiene personal ni recursos para desplazarse a comunidades lejanas, decidieron capacitar a todos los programas sociales, DEMUNA, gobierno local, registradores civiles y jueces de paz y jueces mixtos en cómo va a ser la ruta de atención de justicia intercultural en los tambos. Se socializa la herramienta de fichas de atención previamente, asegurándose que las fichas de atención sean sencillas y fáciles de aplicar para cualquier persona que sepa leer y escribir; es decir, cualquier miembro de alguna institución estatal puede llenar esa ficha y detectar un caso. Por ejemplo, el gestor de Juntos no solo trabaja en el Tambo sino que se desplaza a las comunidades y por tanto puede detectar un caso y posteriormente el usuario o usuaria puede llegar al Tambo en la fecha que Llapanchikpaq realiza la visita. Como se les ha capacitado recogen los casos y lo centralizan en el Tambo, en el Tambo se hace el tamizaje general: van los jueces del poder judicial, defensa pública, RENIEC, los programas sociales y se valida la información. Los jueces ven allí qué documentos faltan y luego programan una nueva fecha, que se denomina la fiesta de la justicia, y en esa fecha se hacen las audiencias. Todo el proceso va acompañado de su respectiva sensibilización. 48 III. Recomendaciones de actividades A. Servicios diferenciados y estandarizados en los centros ALEGRA 79. Como parte de la estrategia para mejorar la prestación de servicios de justicia en ámbitos urbanos se recomienda fortalecer el modelo de atención de usuarios de los centros ALEGRA. Actualmente estos centros no están prestando un servicio notoriamente diferenciado al de otras sedes de defensa pública. Sin embargo, frente a modelos como los Mega ALEGRA, sí se puede evidenciar un valor agregado, ya que estos cuentan con equipos multidisciplinarios, que incluyen profesionales en psicología y médicos, para brindar apoyo psicosocial en caso de ser necesario. Esto implicaría que, para brindar una atención diferenciada, se requiere que los centros ALEGRA cuenten con equipos multidisciplinarios, como ocurre con algunos Mega ALEGRA. Esto es particularmente relevante para la atención integral de casos de violencia de género y doméstica, los cuales son una de las principales razones detrás de los casos de demandas por alimentos, que constituyen el 90% de las atenciones en los centros ALEGRA. 80. Además del reforzamiento del tipo de personal de los centros ALEGRA, se hace necesario tener una mayor estandarización de los procesos en estos centros. Esto por supuesto no implica desconocer las diferencias que puede haber en cada zona, particularmente frente a asuntos de lenguas, diversidad cultural38 o problemáticas locales. Sin embargo, sí implicaría que existan ciertos parámetros de atención generales para todos los centros. Por ejemplo, determinar cómo será la atención inicial del usuario ya que en algunos centros pasan directamente al abogado y en otros al conciliador, dependiendo del criterio del coordinador o auxiliar administrativo del centro. Así mismo, determinar aspectos básicos sobre cuándo deben remitir un caso a otra autoridad. 81. Así mismo, es necesario establecer con mayor claridad la planta básica que requiere cada ALEGRA, así como mecanismos claros de reemplazo de funcionarios ante ausencias temporales o definitivas. Por ejemplo, actualmente hay centros que no cuentan con abogados de víctimas. Igualmente hay otros que, a pesar de tener cargas importantes de trabajo, cuentan con solamente un abogado o no tienen conciliadores. En otros casos, hay funcionarios que han renunciado o a quienes no se les renovó el contrato hace varios años y no ha sido llenada la vacante. También hay centros en donde, a pesar de tener una planta de personal completa, los funcionarios no pueden atender a todos los usuarios debido a sus cargas de trabajo. Estos son aspectos que tienen un impacto directo sobre los ciudadanos y la calidad del servicio que se brinda a la población vulnerable. 82. Como parte del modelo de atención fortalecido, es importante determinar con mayor claridad el perfil de los funcionarios que atenderán en los centros ALEGRA. De manera particular, se debería hacer un análisis más detallado sobre los casos más frecuentes y las cualidades que requiere un abogado o conciliador dadas las temáticas que involucran. Dado que 9 de cada 10 usuarios son mujeres resulta pertinente evaluar el hecho que solamente la mitad de los abogados sean mujeres y se fortalezcan las capacitaciones en enfoque de género. Así mismo, del trabajo de campo realizado, se pudo identificar que las usuarias en general se sentían más cómodas tratando 38 Los detalles de este punto se encuentran en el Marco de Pueblos Indígenas 49 sus temas con otras mujeres, en especial en el caso de víctimas; lo cual contrasta con que algunos centros ALEGRA no contaban ni con una mujer dentro de los funcionarios que atendían. 83. Del mismo modo, es clave desarrollar e implementar una estrategia de prevención de violencia de género y doméstica, la cual contemple el incremento y la calidad de servicios prestados en relación a estas problemáticas. La ampliación de servicios por violencia de genero y domestica de los MEGAALEGRA a los ALEGRA, así como el mejoramiento de protocolos de atención y la ampliación de servicios de apoyo a víctimas de violencia de genero y domestica serian un avance importante en el mejoramiento de acceso a servicios de justicia de mujeres vulnerables, así como un avance importante en la reducción de la violencia de genero en el Perú. 84. Complementario a lo anterior, se requiere buscar mecanismos de coordinación que reduzcan el impacto de las ausencias de los defensores de los centros ALEGRA por programación de audiencias judiciales. En algunos casos hay altos tiempos de desplazamiento para los defensores a un juzgado, dado que los centros ALEGRA pueden ubicarse en zonas alejadas de algunas Cortes. Para algunos casos sería importante considerar algún mecanismo que permita concentrar las audiencias de los defensores para así minimizar el impacto sobre el usuario. En algunas zonas se ha establecido, a través de acuerdos informales, que la citación a audiencias de los defensores de centros ALEGRA se haga solamente en determinados días de la semana. Con esto se ha logrado programar mejor los horarios de atención a usuarios de los defensores, concentrar las audiencias y maximizar el tiempo de atención de consultas. 85. Para la toma de decisiones como las anteriormente señaladas, es importante fortalecer el sistema de seguimiento y control de los centros ALEGRA. Actualmente los datos existentes tienen problemas en su registro, a pesar de que gran parte de las actuaciones se ya se registran de forma electrónica. Sin embargo, a la hora de consolidar los resultados se sigue haciendo de manera manual y de forma agregada para todo el sistema de defensa pública. Esto ha generado importantes errores de registro e inexactitudes de las bases de datos. Por ejemplo, a pesar de no tener competencia sobre asuntos penales, varios abogados de centros ALEGRA reportan casos penales a su cargo. Por casos como este, resulta importante fortalecer el sistema de registro aún más para así poder mejorar el proceso de toma de decisiones. Complementario a la falta de información confiable, sería de gran importancia establecer mecanismos periódicos de seguimiento de los resultados finales y satisfacción de usuarios. Si bien se realizan algunas encuestas en este sentido actualmente, son encuestas generales para la defensa pública, no diferenciando los resultados para los centros ALEGRA. Adicionalmente, no se hacen en todos los distritos judiciales ni es claro cómo se determina quién llena la encuesta o no. B. Prestación de servicios de justicia itinerantes 86. Como parte de la estrategia para mejorar la prestación de servicios de justicia en ámbitos rurales se recomienda fortalecer los programas de justicia itinerante. Actualmente existe en Ayacucho, como parte del Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad, una iniciativa de oferta interinstitucional itinerante, denominada Llapanchikpaq, que podría ser replicada en otras zonas del país. A través de esta iniciativa, liderada por la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, se ha logrado tener una presencia de diversas instituciones con cierta regularidad en zonas alejadas de los principales centros urbanos. Dentro de las entidades que participan en esta iniciativa se encuentran la Defensa Pública, el RENIEC y el Programa País-Tambos (Colectivo Llapanchikpaq Justicia). 50 87. Actualmente existe la posibilidad de implementar estas medidas sin mayores cambios normativos dado que existe un Protocolo de Justicia Itinerante para el Acceso a la Justicia de Personas en condición de Vulnerabilidad39. Este protocolo establece los principales criterios para que pueda operar adecuadamente este mecanismo, incluyendo: (i) la elección de los lugares en los que hay población en situación de pobreza; (ii) la difusión de actividades; (iii) la realización de campañas itinerantes de promoción y sensibilización de derechos; (iv) la instalación de mesa de partes itinerantes; y (v) el procedimiento a aplicar para desarrollar adecuadamente las diferentes etapas procesales. Así mismo, contiene definiciones de conceptos centrales para definir las estrategias a adoptar, tales como persona en condición de vulnerabilidad, justicia itinerante, campaña itinerante, mesa de partes itinerante, y audiencia itinerante. Por último, establece las reglas de implementación, entre las cuales se encuentran los criterios de ubicación geográfica, los criterios para la selección de la población beneficiaria, la coordinación interinstitucional necesaria, la difusión de las actividades, la promoción del uso de formularios simples para la elaboración de la demanda, los pasos y alternativas para notificar efectivamente, el desarrollo de la audiencia itinerante y, por último, la emisión de la sentencia. 88. A pesar de los grandes avances que se han realizado en la promoción de la justicia itinerante, todavía existen retos importantes a considerar. En primer lugar, la implementación de este tipo de iniciativas sigue dependiente en alto grado de la voluntad de las autoridades locales, más que ser un programa nacional estructurado con aplicación en todos los distritos judiciales. En segundo lugar, relacionado con esto, la sostenibilidad del programa depende en gran medida de la continuidad que haya entre un presidente y el siguiente de la corte superior de justicia. En tercer lugar, si bien cuentan con un presupuesto específico para el programa, éste se distribuye de manera similar en los diferentes distritos sin contemplar las diferencias regionales. En algunos casos, esto tiene impacto sobre la posibilidad de implementar medidas debido a que los costos se suben mucho por, por ejemplo, los costos de transporte, que son mucho más costosos y difíciles en algunas regiones que en otras. En cuarto lugar, la estrategia recae en gran medida en los Tambos. Sin embargo, estos tienen una jurisdicción y no todas las comunidades quedan incluidas dentro de ésta. Por ellos, los jueces han tenido que buscar estrategias alternativas, como ir de casa en casa hablando con las familias y, si requieren realizar alguna denuncia o presentar un caso, los recopilan y programan una feria en un plazo máximo de un mes. 39 Resolución Administrativa N° 264-2017-CE-PJ 51 IV. Participación de partes interesadas 89. Las partes interesadas en la implementación de programas para la inclusión de pueblos indígenas y de la mujer pueden agruparse en tres grandes sectores. Por un lado, están las ONG que trabajan temas de justicia, ciudadanía, inclusión de poblaciones rurales y de las mujeres. Por otro lado, están las organizaciones indígenas, que centran su trabajo en comunidades campesinas e indígenas en diferentes zonas del país. Por último, se encuentran las entidades estatales que tiene algún rol relevante en la vigilancia, desarrollo o promoción de estrategias de inclusión de población vulnerable. La Tabla 14 resume el sector y las entidades identificadas como más relevantes y como potenciales aliados estratégicos, así como el o los temas relevantes que trabajan para conseguir la inclusión de población vulnerable. Tabla 14. Potenciales partes interesadas en la implementación de programas para la inclusión de pueblos indígenas y de la mujer Sector Entidad Temas relevantes -Litigio estratégico Instituto de Defensa Legal (IDL) -Seguimiento política acceso a la justicia -Ciudadanía en zonas Asociación Servicios Educativos Rurales (SER) rurales -Seguimiento de política Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP) pública población indígena amazónica -Promoción mejores prácticas de atención a Ciudadanos al Día (CAD) ciudadanos en prestación de servicios del Estado ONG -Promoción inclusión políticas de género en Manuela Ramos prestación de servicios del Estado -Promoción inclusión políticas de género en Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán prestación de servicios del Estado -Promotores de la cultura Centro de Culturas Indígenas del Perú - CHIRAPAQ y derechos indígenas, con énfasis en temas de mujer -Asesoría y litigio en Sociedad Peruana de Derecho Ambiental materia de derechos ambientales e indígenas -Promoción de la Organizaciones Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas participación de las Indígenas del Perú (ONAMIAP) mujeres indígenas en los espacios de decisión 52 -Representación campesinos y Confederación Nacional Agraria (CNA) agricultores a nivel nacional -Promoción de la Federación Nacional de Mujeres Campesinas, Artesanas, Indígenas, participación de las Nativas y Asalariadas del Perú (FENMUCARINAP) mujeres indígenas en los espacios de decisión -Representación de Confederación Campesina del Perú comunidades campesinas a nivel nacional -Representación de comunidades nativas y Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) pueblos indígenas de la Amazonía -Representación de comunidades nativas y Confederación de nacionalidades amazónicas del Perú (CONAP) pueblos indígenas de la Amazonía -Representación de Unión Nacional de Comunidades Aymaras (UNCA) comunidades campesinas Aimaras -Seguimiento de quejas sobre el funcionamiento de los servicios estatales. De particular interés, la Defensoría del Pueblo adjuntía para los derechos de la mujer y el Programa de pueblos indígenas -Entidad rectora en materia de políticas indígenas. De particular interés, el Viceministerio Ministerio de Cultura Estado de Interculturalidad y la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas -Entidad rectora en temas de género y de políticas de igualdad de oportunidades. De especial interés, la Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables estrategia de Prevención, Atención y Protección frente a la Violencia Familiar y Sexual en Zonas Rurales 53 Poder Judicial ONAJUP Fuente: elaboración propia 54 V. Anexo I: Esquema de procesos de mayor impacto Proceso alimentos A partir de información recogida en Alegra en Ayacucho y en Lima ALEGRA Poder Judicial Consulta Atención Documentación solicitada Demanda La usuaria llega al De acuerdo al turno Si es la primera vez les solicitan los Una vez que El defensor lleva la demanda al centro Alegra: va con el abogado siguientes documentos: tiene todos los juzgado y la entrega en mesa de En mesa de partes, que esté libre. Por documentos, el partes. • Copia de DNI ejemplo, en abogado hace la dependiendo de la La demora va a depender del • consulta, la derivan Ayacucho solo Partida de nacimiento (original o demanda. Y la juez: tienen dos abogados copia simple legalizada o realiza el con alguno de los certificada40). El juez tiene que notificar y abogados. Si es por de asistencia legal. mismo día. Si plantear la fecha para la tema de alimentos la Aunque cuentan con hay muchos • Relación de gastos que pudiera audiencia secigristas que son usuarios a más derivan con el haber realizado la usuaria abogado o abogada un apoyo. tardar será al (mamá). Esto le sirve al defensor día siguiente. de familia. para establecer el monto a A veces para admitir la demanda solicitar. Si no hay señalan la fecha. En algunos casos, muchos inclusive la misma • Si el niño tiene más de 3 o 4 años usuarios es en auxiliar de mesa de la constancia de que está el momento de A veces corren traslado y una partes le hace la estudiando41. su turno vez que conteste el demandado consulta sobre si es por alimentos le • Aquí hay una diferencia muy plantean la fecha. orienta que debe de importante dependiendo de si el traer algunas cosas. demandado (habitualmente el padre) tiene un trabajo formal. Si 40 Como la partida original es costosa, le sugieren entregar copia legalizada por notario (en Ayacucho dicen que el costo por este servicio en Notaría es de dos soles). También la puede certificar un juez de paz o incluso hacerla “fedatar” en la municipalidad. Solo tiene que haber algu na constancia de que la usuaria tiene la partida original. 41 A medida que el niño crece se entiende que tiene más necesidades y por tanto el monto es mayor. 55 así a la siguiente se es así, esto permitiría seguir con Los procesos de alimentos los ve le atiende más una medida cautelar (anticipada) el juez de paz letrado, o el juez rápido sobre la remuneración del de familia o en todo caso el juez demandado. Pero de no ser el civil. caso (que es la gran mayoría de A la persona que situaciones), deberá seguirse todo llega a la Alegra se el proceso para que sea el juez el Se supone que es un proceso le explica las que ordene el pago de alimentos. sumarísimo, y según la norma características del debe ser 30 días. Sin embargo, a servicio y se le veces demora hasta un año, entrega los formatos porque el obligado vive en otro de la ALEGRA departamento y todo demora (Sobre la situación hasta que sea notificado, vía económica). edictos, vía exhortos. Incluso en Lima –con diferencias entre los jueces– el tiempo que demora el juez en calificar la demanda dura más de 10 días. Incluso llegando a 30 días. En ocasiones el juez pide subsanar problemas en la demanda, que muchas veces no existen. Esto atrasa un mes más el proceso. Luego, al correr traslado de la calificación, la notificación demora otros 30 días. Luego hay demoras tras la eventual contestación de la demanda. 56 En cualquier caso, si no hay contestación, se sigue el juicio en rebeldía. Finalmente, el juez declara la fecha de la audiencia y tras ella dicta sentencia o decide hacerlo después. En este último caso, puede demorar un mes más. Y luego hay que notificar la sentencia (un mes más). Luego hay que hacer la liquidación de los devengados. Y si el demandado apela, esto subirá al Juzgado de Familia donde el proceso puede demorar entre 4 a 5 meses más. Tras ello, si la sentencia favorece al demandante, se corre traslado al demandado para que pague bajo apercibimiento de ser sancionado penalmente. Como es posible observar, los principales problemas que se enfrentan son de carácter procesal en las instancias judiciales. Aún con la máxima 57 diligencia en la atención de los abogados defensores, el proceso no puede reducir significativamente sus tiempos. 58 Proceso violación sexual A partir de información recogida en la Alegra Ayacucho. Interviene la fiscalía, que es quien hace la investigación. A veces la fiscalía notifica a la Defensa Pública para que asuma la defensa de la agraviada En Ayacucho no se acercan mucho al Alegra directamente cuando son víctimas de violación, es cuando hacen campañas y salen al campo o cuando se hacen charlas en los colegios, en ese momento van al Alegra. Alegra Fiscalía Alegra Fiscalía Poder Judicial Denuncia Pruebas e investigación Investigación y monto Derivan a PJ de reparación La persona llega a la Alegra y Fiscalía recibe la denuncia de La Defensa Pública Todo depende de la se le explica las características Alegra e inmediatamente la asume la defensa técnica investigación y que del servicio y se le entrega los Fiscalía debe disponer la y coadyuvan a la vaya al Poder formatos de la ALEGRA realización del examen del médico investigación. Judicial. (Sobre la situación legista. Más o menos económica). Establecen que el monto demora unos seis El problema es que tienen que de reparación civil sea meses. Cuando la agraviada hace la esperar el turno de la cámara adecuado y que la denuncia, se recibe la denuncia Gessell. persona sea sancionada y Alegra presenta escrito a la En el distrito de Ayacucho tienen de acuerdo a norma. Fiscalía. dos cámaras Gessell Eso tiene que ser Se ha creado uno en tambo y es inmediatamente. para todo el resto de la región de No hay necesidad de presentar Ayacucho. medio probatorio. Ni bien se recibe la denuncia El problema es que las agraviadas se debe hacer el tienen que llegar desde distritos reconocimiento médico legal lejanos. en la fiscalía. 59 Proceso de Lesiones Información recogida en la Alegra de Lima Alegra Fiscalía Alegra Fiscalía Poder Judicial Denuncia Pruebas e investigación Investigación y monto de Derivan a PJ reparación La persona llega a la Alegra La Fiscalía suele remitir el trabajo Además de las labores de Una vez que la Esta etapa y se le explica las de recolección de las evidencias a apoyo en la recolección de fiscalía decide puede características del servicio y la PNP. Por lo tanto, el abogado pruebas y en el diseño de la formular denuncia demorar otros se le entrega los formatos de la Alegra coordina con ella. En estrategia para asegurar una todo va al Poder 2 años. Y de la ALEGRA (Sobre la este proceso, entrega las pruebas debida indemnización para Judicial, en donde los luego, de situación económica). que considera pueden ayudar a la la víctima, el abogado hace jueces volverán a apelarse su víctima. Solo excepcionalmente un seguimiento periódico evaluar toda la sentencia, es la propia fiscalía la que realiza del caso y de las evidencias información que esto puede Luego se analiza en qué esta tarea, caso en el cual los o acciones que realicen los consta en el implicar 2 etapa del proceso se abogados coordinan directamente actores involucrados expediente y se años más en encuentra el caso: ya hubo con el Ministerio Público. Todo (abogados del demandado, volverá a llamar a las la siguiente denuncia ante la Policía este proceso puede demorar hasta la fiscalía y la policía partes para recoger instancia. Nacional del Perú, el caso 2 años. nacional). sus declaraciones. ya lo tiene la fiscalía o este ya demandó penalmente y En el caso se encuentra en el situaciones Poder Judicial. extremas, hay casos que vienen Lo mínimo es contar con la litigándose denuncia ante la PNP. En por 12 y 14 caso no existiera aún, los años desde la abogados ayudan a denuncia de formularla. lesiones. 60 Los abogados acompañan a la víctima en las audiencias donde va a declarar y evalúan en qué pueden ayudar: elaboración de pericias (forenses y psicológicas). 61 VI. Anexo II: Cuadro comparativo centros Mega ALEGRA visitados Lima Arequipa Ayacucho Ubicación y Jr. Contumaza N° 846 oficina 401 - 4to piso - Avenida Independencia N° 927 - 933, distrito, Av. 26 de Enero Nº 401-407. Distrito características Cercado de Lima. provincia y departamento de Arequipa. Ayacucho del local Ubicado en el centro de la ciudad en un lugar Ubicado muy cerca del centro de la ciudad en Es una construcción moderna de dos pisos, que muy asequible desde diversos puntos de la una avenida amplia y de fácil acceso. es alquilada. En el primer piso funciona el ciudad a través del Metropolitano, la Avenida Mega Alegra y en el segundo piso la Defensa Tacna/Garcilazo de la Vega (Línea Azul) y Penal. por la Avenida Abancay. El local es amplio, siendo ocupado Queda a diez minutos en mototaxi del centro exclusivamente por el Centro Alegra y la de la ciudad. Defensa Pública. Cuenta con dos plantas. El ambiente es amplio. El edificio es antiguo pero pensado para usarse como oficinas. El acceso es a través de un ascensor amplio y cómodo. Infraestructura Antigua pero en buen estado de conservación. Moderna. Moderna Instalaciones, El ambiente ha sido adaptado para el trabajo El ambiente ha sido adaptado para el trabajo de El lugar es relativamente pequeño. Tiene mobiliario, de oficina, con pequeños cubículos para los oficina, con cubículos para el trabajo de los cubículos similares a los que encontramos en equipo abogados y algunos ambientes reservados abogados, y una oficina para la atención de las el Mega Alegra de Lima. para la atención de las personas que acuden al conciliaciones, y salas de reuniones para el Hay espacio como para que alcancen diez sillas Centro. El equipo multidisciplinario cuenta trabajo con las personas que acudan al centro. de espera. Sin embargo queda muy poca área con oficinas independientes. libre entre la puerta de la entrada y las sillas. También cuenta con un área para niños bien El mobiliario luce adecuado y en buen estado implementada, pero que no se estaba usando ni Cuenta con una pequeña sala cerrada para de conservación. contaba con nadie a cargo al momento de la audiencias de conciliación, visita. Hay un área de recepción con sillas Tiene un área para niños, similar a la que tiene suficientes para la espera. No vimos a Existe un área de recepción y una sala de el Mega Alegra de Lima pero es más pequeña ninguna persona parada. Todas podían espera, en buenas condiciones de y no se usa mucho. sentarse. conservación. No obstante, no orientan desde el principio sino que hay que esperar a acercarse a la barra de atención. 62 Lima Arequipa Ayacucho Aunque existe un área para niños y niñas, no Tanto el mobiliario como el equipo de los era usado por nadie y no tenía a nadie a cargo. abogados lucen en buenas condiciones. El equipo de los defensores también luce en buenas condiciones para el trabajo de oficina. Personal 2 médicos forenses (un hombre y una mujer) La Alegra cuenta con 11 abogados. 4 ven El Megra Alegra cuenta con: temas de víctimas (2 mujeres y dos hombres) y 2 psicólogos forenses (dos mujeres) 2 abogados (hombres y quechuahablantes) de 7 familia (4 mujeres y 3 hombres). Además asistencia legal 2 peritos criminalísticos (2 hombres) está la conciliadora. Existen además 2 conciliadoras en otros distritos. La trabajadora 4 abogados de víctimas 2 responsables del trabajo social (2 mujeres) social que trabaja con ellos viene del área de 1 Conciliadora (entiende quechua pero no 1 conciliadora defensa pública (es decir, los apoya). habla el idioma) 1 médico legista (de Lima, no habla quechua) Defensores El centro contaba con un equipo multidisciplinario. Pero tanto el médico legista 1 Perito criminalista (no habla quechua) Asistencia Legal: 12 como el psicólogo renunciaron porque eran 1 Psicóloga (sí habla quechua) 3 hombres y 9 mujeres CAS y no era un régimen laboral atractivo. La única miembro que queda es la conciliadora. 1 Trabajadora social (sí habla quechua) 1 Asistente (habla quechua y ayuda a traducir Víctimas: 8 cuando una persona quechuahablante se quiere Reciben secigristas. 1 en el Centro Alegra, y 2 comunicar con algún profesional que no 1 hombre y 7 mujeres en otras áreas. conoce el idioma. Además cuentan con el apoyo de dos Además hay un secigrista, una persona en secigristas que colaboran con los abogados de 2 abogados hablan quechua (aunque señalan recepción y una persona en mesa de partes. asistencia legal. que rara vez lo usan). NOTA: 3 abogados renunciaron Nota: Todos los abogados de asistencia legal y recientemente que eran del área de víctimas, la conciliadora trabajan desde hace más de mientras que otro defensor está apoyando a la cinco años en el centro. dirección general, razón por la cual el número es de solo 8 frente a los 12 de asistencia legal. Cercanía de Mencionan que sus relaciones con los CEM Las oficinas de los abogados de Defensa Afirman que las DEMUNA les derivan casos, otros servicios son esporádicas, y que solo en contadas Pública están en el mismo local (segundo principalmente la DEMUNA de la e interacción ocasiones coordinan. Sin embargo, sí reciben 63 Lima Arequipa Ayacucho con otros eventualmente a personas que han sido piso), razón por la cual se brindan apoyo, Municipalidad Provincial de Ayacucho y la de servicios remitidas por los CEM. incluso con personal (trabajadora social). San Juan Bautista. Si bien tienen buena relación con el CEM (el local queda a pocos metros) no existe una derivación de casos.. Otros Señalaron que uno de los principales Realizan ferias, pero estas son más un Reciben capacitación desde la Dirección problemas para la celeridad en los casos lo instrumento para hacer consultas y difundir la general de Lima para la Defensa Púbica en constituye la demora en las notificaciones existencia del servicio. Desde Lima les piden general, no específicamente para Alegra. judiciales. hacer al menos 5 campañas al año. A veces las También tienen capacitación interna según hacen sábado y domingos fuera del horario plan de la dirección distrital, pero como laboral. Tienen un gran éxito. Pero no hay defensa pública. compensación económica. Hacen mega campañas cada dos meses (de acuerdo a las directivas de Lima) y también participan en campañas organizadas por otras instituciones. Participan en el colectivo Llapanchikpaq Justicia que lidera la Corte Superior de Ayacucho 64 VII. Anexo III: Cuadro comparativo centros ALEGRA visitados Comas SJL VES Camaná Lampa Puno Coronel Portillo Belén Ubicación y Psje. Neptuno Jr. San Martin Av. Revolución Prolongación Jr. B. Aguirre Jr. Ramis 359, Jr. Sucre 778 – Calle Miraflores características S/N - Año N°675. Urb. San s/n- - Parroquia Mariscal S/N 4ta cuadra, Centro Calleria S/N - PP.JJ 9 de del local Nuevo Km. 14.5 Rafael - Cristo Salvador Castilla, esquina 2da Planta del Comercial Octubre - de la Av. Túpac Agencia - Sector 1- con la Av. Mercado Ramis - 2do. Distrito Belén. Amaru - Centro Municipal Grupo 13- Villa Quilca, segundo Municipal. Piso. Es un local Comunal N°01, segundo El Salvador. piso. Distrito de amplio ubicado INABIF Año piso. Camaná, frente a un Ubicado dentro Nuevo Provincia de El local es un El lugar es un mercado. de la Está ubicado en Camaná. mercado de centro Municipalidad El local es Está ubicado en un punto muy abastos en el comercial que de Belén. De alquilado y Es un local un lugar de céntrico del medio de la ocupan varias relativo fácil funciona el moderno, relativamente distrito, cerca de El local se ciudad. De muy entidades acceso dado que centro Alegra cedido por fácil acceso para los servicios del encuentra en fácil acceso. públicas, no llega junto con la INABIF. un sector de San Poder Judicial y pleno centro de incluyendo al transporte Defensa Penal. Juan de relativamente la ciudad, con Ministerio público Si bien el centro Lurigancho. Sin cerca de la muy fácil Público. El local directamente, Alegra funciona embargo, es estación del acceso por ha sido cedido salvo por moto- en el primer muy lejano para Tren Eléctrico. varias avenidas en “cesión de taxi. Sin piso, para otras zonas de principales. uso” por la embargo, se ingresar hay que Lima Este. Municipalidad encuentra cerca subir una de Puno. de vías de escalera de amplia menos de diez circulación. escalones y no se observa ninguna rampa El local es para el ingreso amplio y de personas en ocupado silla de ruedas. solamente por el centro ALEGRA, El local no aunque diversas cuenta con oficinas de la señaléticas en Municipalidad quechua, pero se encuentran a varios su alrededor, profesionales y haciendo que el personal acceso inicial 65 Comas SJL VES Camaná Lampa Puno Coronel Portillo Belén administrativo pueda ser algo atienden en confuso. quechua. Infraestructura El local es una Es una oficina El ambiente es Los locales que Las oficinas son Es una Debido a las oficina dentro dentro de un de oficina, con utilizan han sido tres tiendas construcción condiciones de un local local parroquial, tres ambientes pensados como independientes semi-moderna climáticas y los municipal. Es pequeño pero en independientes oficinas y son ubicadas en el (estructura demateriales un área amplia buen estado. y una pequeña amplios y segundo nivel material nobleutilizados para dentro del Las oficinas se área de cómodos. de una galería. su adecuación, pero divisiones segundo piso. El encuentran en el recepción. Constituyen internas con el local se acceso es por primer nivel. varias oficinas tabiquería encuentra La oficina más una escalera que independientes Cuenta con una deteriorado, amplia es la de hace difícil el con una pequeña área de principalmente la conciliadora, acceso a pequeña área de espera en la El ingreso para zonas sin techo pues cuenta con personas con espera en la parte externa. el centro Alegra adecuado y una sala para las dificultades parte externa. se da por una grietas en las conciliaciones. físicas (no hay calle (Jr. Sucre paredes. ascensor). La ubicación es Nº 778) y el La ubicación es en el segundo ingreso para la La ubicación en en el segundo piso, lo cual Defensa Pública el segundo piso piso, lo cual hace difícil el se da por otra hace difícil el hace difícil el acceso a (Jr. Teniente acceso de las acceso a personas con Carlos López Nº personas que personas con dificultades 1121). A través acuden al centro dificultades físicas (no hay de un pasadizo que tienen físicas (no hay ascensor). se interconectan dificultades ascensor). ambas oficinas físicas (no hay y la oficina del ascensor). director está ubicada al centro del local. Instalaciones, Dadas las El lugar está Los ambientes, Las oficinas Los defensores El ambiente ha mobiliario, características bien adaptado al estar tienen paredes no tienen sido adaptado equipo estrechas del como oficinas. separados, lucen de vidrio, por lo oficinas, ni de acuerdo a las local, el amplios y que la atención siquiera tienen necesidades del personal ocupa bastante carece de cubículos, solo centro. Tiene pequeñas El equipamiento ordenados. privacidad. cuentan con su habilitados oficinas y hay de mobiliario y Además el escritorio y un espacios 66 Comas SJL VES Camaná Lampa Puno Coronel Portillo Belén una muy equipos lucía en El mobiliario pequeño tamaño archivador para independientes pequeña área de buenas luce en buenas de las oficinas – guardar sus para cada recepción. condiciones de condiciones. originalmente expedientes. abogado y para conservación. Del mismo tiendas de el conciliador; modo los galería- hace en total tiene El mobiliario y equipos parecen que el El mobiliario y cuatro espacios equipos están en estar en buen mobiliario luzca las divisiones se independientes buenas estado de abarrotado. ven desgastadas, y un espacio condiciones conservación. También nos el director amplio de pero es indicaron que señala que tanto recepción de insuficiente. algunos equipos el local como el usuarios. Una secigrista informáticos mobiliario están no tenía estaban sin cambios muebles para obsoletos y el desde el año El mobiliario trabajar. equipo era 2012. está en general además en buenas insuficiente. condiciones. Sin Tienen un embargo, hace pequeño espacio falta contar con para los niños, mejores equipos pero durante la tecnológicos y visita, que fue conexión a por la tarde, la internet. única niña presente solo estaba junto con No cuenta con su madre. apoyo interdisciplinari El local cuenta o ni hay con señaléticas entidades en idioma relativamente nativo. cerca que presenten este tipo de servicios. Personal 6 abogados (3 2 abogados de Hay dos 3 abogados: 3 abogados de 3 abogados de Aunque está de víctimas, familia abogados, uno Uno víctimas, víctimas (2 asistencia legal habilitado para hombres, 3 en (mujeres), 1 de víctimas otro familia y hombres y 1 (2 hombres y tener tres familia -2 abogado de (hombre) y una mujer) una mujer) abogados, un 67 Comas SJL VES Camaná Lampa Puno Coronel Portillo Belén hombres y 1 víctimas conciliadora una 1 abogada conciliador y un mujer). Además (hombre) y 1 (mujer). Una conciliadora. (mujer) de auxiliar 2 abogados de 1 médico conciliadora. plaza adicional víctimas administrativo, familia (1 forense (que Además de una quedó libre por el centro cuenta hombre y 1 1 conciliadora está por el tema secigrista. el fallecimiento Todos hablan con solamente mujer) de las de su titular. quechua pero 1 trabajadora una abogada de esterilizaciones Además hay un casi no lo usan. social. familia forzadas) y un asistente que actualmente. conciliador acaba de El centro de conciliación no (hombre) retornar de Ninguno de los es parte del pasar un período profesionales centro. de trabajo en habla idioma Arequipa. nativo (shipibo u otro). 2 de las abogadas estaban en condición de “repuesta” vía una acción judicial (medida cautelar). 4 abogados hablan quechua. 1 aimara. Pero casi no lo usan. Cercanía de El Centro de El Centro de La Oficina de No hay otro No tienen La DEMUNA otros servicios Emergencia Emergencia Defensa Pública servicio cercano relación con queda justo al e interacción Mujer está al Mujer está en el está al lado. otros servicios, frente de la con otros lado, pero casi primer piso. Tienen una salvo con la Municipalidad servicios no tienen Tienen poca relación Corte Superior de Belén. Sus relación. relación. cercana. de Ucayali con labores están la que coordinan relacionadas, acciones y pero no recientemente interactúan; de acordaron un hecho, tienen horario de criterios audiencias para diferentes sobre 68 Comas SJL VES Camaná Lampa Puno Coronel Portillo Belén los defensores temas de la Defensa relevantes, Pública como fijación de cuotas alimentarias, pero no lo han abordado. Otros Mencionaron su Las abogadas La carga de los El espacio para participación en señalaron que abogados de el local fue el programa las mujeres familia es muy cedido por la Justicia con la suelen preferir alta, por esa Municipalidad Comunidad del ser atendidas razón tanto la de Belén y Poder Judicial por ellas. abogada de posteriormente en colaboración víctimas como adecuado. Dado con el abogados de que tiene mejor Ministerio de Defensa Penal infraestructura Justicia. El apoyan en las que los demás programa se consultas. espacios, han realiza con el Cuando una intentado apoyo de los usuaria se quitarle el Tambos en un acerca por espacio. convenio entre primera vez el PAIS ellos se (Plataforma de encargan de Acción para la absolver sus inclusión social) consultas y y el Minjus. luego los derivan (de ser el caso) con los abogados de familia. 69