DEV30 Spanish COMITE PARA EL DESARROLLO NUMERO TREINTA Cuestiones relativas al desarrollo Exposiciones presentadas en la XLIV reunión del Comité para el Desarrollo celebrada en la ciudad de Washington, el 21 de septle de 1992 ~ILECóY I Cuestiones relativas al desarrollo Exposiciones presentadas en la XLIV reunión del Comité para el Desarrollo celebrada en la ciudad de Washington, el 21 de septiembre de 1992 Comité Ministerial Conjunto de las Juntas de Gobernadores del Banco y del Fondo para la transferencia de recursos reales a los países en desarrollo (Comité para el Desarrollo) Copyiight i 1992 Banco Mundial 1818 H Street, N.W. Washington, D.C. 20433, EE. UU. Reservados todos los derechos Hecho en los Estados Unidos de América Primera edición, octubre de 1992 El Comité para el Desarrollo fue establecido el 2 de octubre de 1974 mediante resoluciones paralelas aprobadas por las Juntas de Gobernadores del Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial. Su nombre oficial es Comité Ministerial Conjunto de las Juntas de Gobernadores del Banco y del Fondo para la transferencia de recur- sos reales a los países en desarrollo. Es el único órgano ministerial conjunto del FMI y el Grupo del Banco Mundial y presta atención especial a los problemas de los países en desarrollo. En su calidad de tal, proporciona el punto focal de la estructura de la cooperación económica internacional para ir formando una visión global y completa de las diversas actividades internacionales en la esfera del desarrollo, de modo que las cuestiones correspondientes puedan ser consideradas pronta y eficazmente, y se coordinen los esfuerzos internacionales tendientes a resolver los problemas de financiación del desarrollo. Es atribución del Comité asesorar e informar a las Juntas de Gobernadores del Banco Mundial y el FMI sobre to- dos los aspectos de la cuestión general de la transferencia de recursos a los países en desarrollo en relación con los arreglos ya existentes o en perspectiva entre países, incluidos los referentes al comercio y los pagos internaciona- les, las corrientes de capital, las inversiones y la asistencia oficial para el desarrollo. Formula sugerencias para la consideración de quienes corresponda én cuanto a hacer efectivas sus conclusiones, y analiza en forma constante la marcha del cumplimiento de sus recomendaciones. Los veintidós miembros del Comité, normalmente ministros de hacienda, son nombrados alternativamente, pa- ra períodos sucesivos de dos años, por los países o grupos de países representados en los Directorios Ejecutivos del Banco Mundial o del Fondo Monetario Internacional. El Comité está dirigido por un Presidente elegido entre sus miembros, que cuenta con la asistencia de un Secretario Ejecutivo que es elegido por el Comité. En El Comité para el Desarrollo: Origen y logros, 1974-1990 (Washington, D.C.: Banco Mundial, 1991) puede encon- trarse más información sobre el origen y logros del Comité desde su creación. ISBN 0-8213-2274-5 ISSN 0256-6125 INDICE Página 1. Declaraciones del Sr. Alejandro Foxley, Presidente del Comité para el Desarrollo y Ministro de Hacienda, Chile a) Declaraci¿n Escrita ..................................... 1 b) Observaciones Orales .................................... 5 2. Informe del Sr. Lewis T. Preston, Presidente del Banco Mundial.8 3. Declaraci¿n del Sr. Michel Camdessus, Director Gerente del Fondo Monetario Internacional .................... 21 4. Declaración del Sr. Ahmadu Abubakar, Presidente del Grupo de los Veinticuatro ................................ 30 5. Flujos de recursos a los paises en desarrollo ................ 32 6. Marco jurídico para el tratamiento de la inversi¿n extranjera (Directrices relativas al tratamiento de la inversión extranjera directa) .......................... 72 7. Evoluci¿n de la política comercial ........................... 105 8. Resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo ...................... 115 9. Comunicado de prensa del Comité para el Desarrollo ........... 123 10. Informe del Presidente del Comité para el Desarrollo ante las Juntas de Gobernadores del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial ............................ 128 Apéndice A. Temario de la XLIV reuni¿n del Comit¿ para el Desarrollo, celebrada en la ciudad de Washington, el 21 de septiembre de 1992 ............ 132 Apéndice B. Miembros del Comité para el Desarrollo .133 Ap¿ndice C. Observadores del Comité para el Desarrollo .137 Ap¿ndice D. Autores de los documentos del Comit¿ para el Desarrollo .138 iii PREFACIO En su XLIV reunión celebrada en la ciudad de Washington el 21 de septiembre de 1992, el Comité para el Desarrollo analizó varias cuestiones fundamentales relativas al desarrollo. Uno de los dos principales puntos del temario fue el análisis del documento preparado por el Banco Mundial y el FMI para el Comité titulado "Flujos de recursos a los paises en desarrollo". Los ministros reconocieron que era necesario continuar el estudio de este tema amplio centrándose en algunos aspectos seleccionados en las reuniones futuras. Por consiguiente, el Comité convino en examinar, en la próxima reunión de mayo de 1993, las perspectivas de aumento de las corrientes de recursos privados y el mejoramiento del acceso de los paises en desarrollo a los mercados mundiales en materia de préstamos y participaciones en el capital social. Este estudio abordará la función catalizadora y de fomento de dichas corrientes que cabe a las instituciones financieras internacionales y la dimensión de todo obstáculo subsistente impuesto por los paises, tanto en desarrollo como industriales, a estas corrientes de recursos. El segundo punto importante fue el informe preparado por el Grupo del Banco Mundial sobre el marco jurídico para el tratamiento de la inversión extranjera. Dicho documento incluía un conjunto de directrices relativas al tratamiento de la inversión extranjera directa. Toda vez que la creación y mantenimiento de un marco jurídico adecuado constituye parte importante del proceso de atraer inversión extranjera, el Comité señaló estos documentos a la atención de los paises miembros como parámetros útiles para la admisión y tratamiento de la inversión extranjera directa en sus territorios. Los ministros también tomaron nota de los informes sobre la marcha de las actividades en el ámbito de la evolución de la política comercial, que incluía la situación actual de las negociaciones de la Ronda Uruguay, y de los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y las medidas de seguimiento planificadas. El Informe del Presidente del Banco Mundial se refirió, entre otros temas, a la situación de las negociaciones relativas a la décima reposición de los recursos de la Asociación Internacional de Fomento (AIF), que llevan a cabo sus Suplentes. En vista del interés general que despiertan estos temas, los documentos preparados para esta reunión ahora se publican en este folleto que aparece en tres idiomas: inglés, francés y español, para beneficio de un público más amplio. Peter Mountfield Secretario Ejecutivo Septiembre de 1992 iv DECLARACIONES DEL SR. ALEJANDRO FOXLEY, PRESIDENTE DEL COMITE PARA EL DESARROLLO Y MINISTRO DE HACIENDA, CHILE A. DECLARACION ESCRITA Esta reunión de septiembre del Comité para el Desarrollo revestirá gran importancia. Después de haber deliberado hace un año sobre las prioridades en materia de desarrollo para el decenio de 1990, en esta oportunidad haremos el primer examen exhaustivo que se realiza en siete años acerca de la totalidad de las transferencias de recursos a los paises en desarrollo. Tendremos también con nosotros el valioso documento sobre "Directrices relativas al tratamiento de la inversión extranjera directa" y los informes habituales sobre la marcha de las actividades. Antecedentes económicos. Como nos recuerda el Informe del Presidente del Banco Mundial, Sr. Preston, los paises en desarrollo en conjunto han logrado resultados razonablemente buenos en los dos últimos años a pesar de la escasa actividad de la economía mundial, aunque ciertas regiones, en especial de Africa, no han sido participes de esta experiencia. Dado que sin duda examinaremos este tema en el marco del Comité Provisional y de las Reuniones Anuales que siguen a la nuestra, creo que no deberíamos dedicar demasiado tiempo de esta reunión del Comité para el Desarrollo a hablar del clima económico en términos generales. Por el contrario, creo que nuestro Comité debería concentrarse en las medidas concretas que podemos tomar para adaptarnos a ese clima. Esta es la razón de que el documento sobre las transferencias de recursos sea tan importante. Transferencias de recursos. Los miembros recordarán seguramente los antecedentes de este documento. En su reunión de Bangkok, los Ministros del Grupo de los Veinticuatro manifestaron gran preocupación acerca de la tendencia persistente de transferencias netas negativas del Banco Mundial a los paises en desarrollo y pidieron que se realizara un estudio sobre este fenómeno. Con el aliento del Sr. Preston, el Comité decidió encargar tal estudio, pero ampliando sus limites a fin de incluir todas las formas de flujos de fondos hacia esos paises. El estudio abarca en verdad un panorama amplísimo. A continuación se exponen mis reacciones a este documento, algunas de las cuales desearía quedasen reflejadas en nuestro comunicado. a) El ahorro interno reviste importancia crucial. Quizás un titulo como "Financiamiento para fines de desarrollo" seria más apropiado para este documento, ya que en él se nos recuerda que en los paises en desarrollo la inmensa mayoría de las inversiones se financian con recursos internos (a través de los impuestos o el ahorro). Si tomamos a todos estos paises en conjunto, la contribución de la asistencia oficial para el desarrollo (AOD), la inversión extranjera directa y otras formas de transferencia de fondos tiene importancia, pero secundaria; es valiosa tanto por lo que trae consigo (por ejemplo, asistencia técnica, aptitudes de gestión y acceso a la tecnología y los mercados) como por su valor monetario. b) Un país con una cuenta corriente sólida no necesita transferencias de recursos externos en la misma escala que los que experimentan déficit crónicos. Ahora más que nunca es necesario ayudar a los paises en desarrollo a ayudarse a si mismos, proporcionándoles mayor acceso a los mercados mundiales para sus exportaciones. 1 c) La desagregación es importante. El documento demuestra las pautas muy diferentes de transferencias de recursos que se observan en distintos grupos de paises, según regiones y niveles económicos. En última instancia, cada país debe ser considerado individualmente, aunque caben algunas generalizaciones regionales. Por ejemplo, Africa al Sur del Sahara difiere de la mayoría de las demás regiones en desarrollo en que el 90% de los flujos de recursos externos que recibe toman la forma de AOD --que actualmente equivale a un 8% del producto interno bruto (PIB) regional--- y los pagos de intereses correspondientes a préstamos obtenidos en el pasado han representado en los últimos años una pequeña parte de sus déficit totales en cuenta corriente. Esta pauta es completamente diferente a la que se observa en América Latina, por ejemplo. Las generalizaciones relativas a la totalidad de los paises en desarrollo pueden ser sumamente peligrosas si llevan al error de pedir que se adopten medidas globales para corregir lo que en esencia son problemas regionales o nacionales. d) La AOD se va a convertir en un recurso muy escaso, y es posible que una parte de ella se desvie en el futuro de los beneficiarios tradicionales hacia otros nuevos solicitantes. Por ello, me complació ver que en la reunión en la cumbre del Grupo de los Siete celebrada recientemente en Munich se conviniera en la necesidad de encauzar más la asistencia oficial para el desarrollo hacia los paises más pobres, y que los mandatarios allí reunidos prometieran continuar haciendo los mayores esfuerzos posibles para incrementar la cantidad y la calidad (el énfasis es mio) de la AOD. De igual modo, a los paises en desarrollo les incumbe la grave responsabilidad de asegurarse de que la ayuda se emplee mejor que en el pasado. e) Los organismos multilaterales ---y en particular el Banco Mundial-- desempeñarán un papel cada vez más relevante en la coordinación y reorientación del esfuerzo de asistencia. Es importante que el Banco mantenga la corriente de recursos hacia los paises receptores que todavía necesitan capital en préstamo y que están en condiciones de utilizarlo de forma apropiada. Por supuesto, los paises más pobres seguirán necesitando asistencia en condiciones altamente concesionarias o a titulo de donación, en vez de préstamos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), a fin de evitar nuevas transferencias negativas en el futuro. f) Los préstamos de consorcios de bancos comerciales, del tipo de los que llevaron a la crisis de la deuda de 1982, son cosa del pasado (a excepción de unos pocos casos especiales). Ninguno de nosotros quiere que se repita una situación de dependencia tan fuerte de la deuda a tasas de interés variables. En el caso de un pequeño número de paises en desarrollo, el financiamiento mediante emisiones de bonos ofrece una alternativa aceptable. Aunque los bonos son instrumentos generadores de deuda, si los fondos obtenidos por ese medio se invierten con tino (y no se usan simplemente para financiar un déficit en cuenta corriente), el servicio de esa deuda se puede atender sin dificultad. Ahora bien, no deberíamos considerar el financiamiento bancario o mediante bonos como una fuente general de fondos para fines de desarrollo, y todavía menos para fines de balanza de pagos. Tampoco deberíamos pedir modificaciones imprudentes de las normas necesarias de disciplina y control, puesto que a todos interesa contar con un sistema 2 bancario internacional fuerte y saludable; no obstante, quizás sea posible cierta flexibilidad en el margen, sobre todo en la esfera crucial del financiamiento del comercio. g) La inversión extranjera directa ha aumentado pronunciadamente en los tres últimos años, pero todavía sigue concentrada en gran medida en un puñado de paises. No cabe duda en cuanto a los beneficios que puede aportar a los paises receptores. El Comité ya ha deliberado en el pasado acerca de cuáles son los mejores medios de crear un ambiente interno favorable a ese tipo de inversión. En general, esos medios son también los que sirven para alentar la inversión interna. Cuando el ambiente general es propicio, muchos inversionistas buscarán las oportunidades rentables de invertir y las aprovecharán, sin preocuparse demasiado de las salvaguardias legales concretas, pero es indudable que un tratamiento jurídico más transparente y ecuánime de los inversionistas extranjeros contribuirá a darles sensación de seguridad. Esta es la razón de que sea tan importante el documento sobre "Directrices relativas al tratamiento de la inversión extranjera directa". También el cofinanciamiento con los bancos de desarrollo multilaterales y las garantías del tipo de las que proporciona el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI) tienen un papel destacado que desempeñar, y quizás podríamos considerar si la gama actual de instrumentos disponibles es completa. Al respecto, tal vez deberíamos reconsiderar la necesidad de que las instituciones multilaterales ofrezcan garantías limitadas (en apoyo de reformas de políticas) en esta esfera. h) Las inversiones de cartera brindan menos ventajas inmediatas en términos de conocimientos de gestión, nueva tecnología o acceso a los mercados, pero hay argumentos a favor de alentarlas en mayor medida, no sólo porque contribuyen al aprovechamiento de otras fuentes de fondos (la inversión institucional en particular), sino también por el estimulo que dan a los mercados de capital nacionales. Creo que deberíamos examinar más detenidamente el uso de los fondos mutuos para inversiones en países específicos, a los que la Corporación Financiera Internacional (CFI) ha imprimido ya un impulso muy útil. Esto nos lleva otra vez al problema de fomentar y movilizar el ahorro interno, lo cual requiere un estudio detenido de la política fiscal (con inclusión del márgen para reducir el gasto público improductivo), la política monetaria y las instituciones financieras nacionales. Este es un campo en el que el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial han ofrecido en el pasado mucho asesoramiento valioso. Este documento contiene una gran cantidad de material detallado que plantea cuestiones importantes a las que quizás el Comité desee referirse de nuevo en una reunión futura. Directrices para la inversión extranjera directa. La adopción de un marco jurídico firme que rija la inversión extranjera directa es una condición necesaria, aunque no suficiente, para alentar la inversión de ese tipo. Las directrices propuestas parecen un primer paso útil en la dirección de ofrecer a los posibles inversionistas unas condiciones más predecibles, y al mismo tiempo salvaguardan los intereses esenciales de los Estados soberanos 3 receptores. No son tan amplias como algunos quisieran, pero representan mucho más que el menor denominador común que ofrecen las reglas existentes. Suponen la declaración más coherente que probablemente podemos lograr en este momento sobre la "práctica óptima" contemporánea. En esta etapa se proponen en calidad de recomendaciones no vinculantes, y no como reglas. No obstante, comparto la esperanza de que progresivamente se vayan concretando en algo que tenga un carácter más obligatorio. Creo que lo mejor es considerarlas como una fase en la evolución hacia un tratamiento más amplio de este tema en algún momento en el futuro. Con ese carácter, me complace recomendarlas al Comité. En la nota de transmisión, los autores señalan que estas directrices representan una destilación del tratamiento que los gobiernos anfitriones han de dar a los inversionistas extranjeros. Muchos críticos creen que tendrían que tener como contrapartida las condiciones aplicables a las propias empresas extranjeras. Sin embargo, dado que las Naciones Unidas han realizado ya una labor considerable sobre el código de las empresas transnacionales, y se proponen continuar esa tarea el próximo año, no veo razón para duplicar sus esfuerzos en este foro. Comercio exterior. Es decepcionante constatar lo poco que ha sucedido en el campo del comercio exterior desde nuestra reunión de abril, y para los paises en desarrollo es frustrante sentarse a esperar el resultado de la Ronda Uruguay, que en esta etapa está dominada por los paises industriales. No creo que el Comité para el Desarrollo pueda resolver el punto muerto en que se encuentran las negociaciones, pero si deberíamos una vez más llamar la atención al perjuicio que está causando a los paises en desarrollo y unir nuestra voz a aquellos que --como los mandatarios del Grupo de los Siete reunidos en Munich--- piden que se llegue a una conclusión rápida y constructiva de las conversaciones. Deuda. Después de nuestra última reunión, en la mencionada cumbre del Grupo de los Siete se pidió que las condiciones de Toronto mejoradas se extiendan, considerando cada caso por separado, a determinados paises de ingreso mediano más bajo muy endeudados. Por supuesto, en nuestro comunicado deberíamos expresar nuestra complacencia ante esta evolución de los acontecimientos. Asociación Internacional de Fomento (AIF). Como se nos recuerda en el Informe del Presidente del Banco Mundial, todavía no se ha llegado a un acuerdo sobre la magnitud de la décima reposición de los recursos de la AIF. Ha de celebrarse una reunión más de los Suplentes de la AIF inmediatamente antes de la nuestra, y confio en que en nuestro comunicado podamos dar cuenta de nuevos avances, si bien tengo entendido que las decisiones definitivas no se tomarán hasta noviembre. Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD). El informe sobre este tema termina con un resumen de las medidas que el Banco y el Fondo han de tomar como resultado de los acuerdos adoptados en la CNUMAD, en Rio de Janeiro. Deberíamos tomar nota con agrado de estos acontecimientos. 4 B. OBSERVACIONES ORALES Nos reunimos hoy día en una época de grandes cambios y cierto grado de turbulencia en la economía mundial. El fin del mundo bipolar y la tendencia hacia políticas económicas con orientación de mercado brindan posibilidades de que mejoren considerablemente el comercio y las finanzas internacionales. Al mismo tiempo, el lento crecimiento en gran parte del mundo, las políticas macroeconómicas coordinadas en forma deficiente y el estancamiento de las negociaciones comerciales amenazan anular gran parte del progreso logrado en los últimos años. Ambas tendencias tienen importantes repercusiones en los paises en desarrollo. A medida que avanzamos en el decenio de 1990, existe el peligro de que repitamos algunos de los errores cometidos en los años ochenta. Consideremos nuevamente los primeros meses de 1982. Hace diez años, el mundo occidental se felicitaba por el éxito en reciclar el superávit de los ingresos derivados del petróleo de los años setenta, represtado en gran parte por los bancos occidentales a los paises en desarrollo. Al mismo tiempo, aquí en los Estados Unidos las autoridades demostraban satisfacción por haber controlado las presiones inflacionarias mediante un marcado aumento de las tasas de interés. Fue la combinación de estos dos acontecimientos --siendo cada uno en forma aislada una respuesta correcta a la crisis externa--- la que provocó la crisis de la deuda más adelante en 1982, que tuvo consecuencias totalmente imprevistas para la prosperidad del sistema bancario mundial y también para los paises en desarrollo. Me pregunto si estos sucesos nos enseñan una lección. Analicemos la situación económica mundial que enfrentamos actualmente. En los Estados Unidos, vemos una economía que aún trata de recuperarse de la recesión, y somos testigos de la reducción de las tasas de interés a niveles sin precedentes en un intento por acelerar el proceso de recuperación. En Europa Occidental, en cambio, observamos un grupo de economías estrechamente vinculadas que desearían de igual modo reanudar un crecimiento más rápido, pero se ven obligadas, por la amenaza que plantea la inflación renovada, a realinear constantemente sus tasas de interés y tipos de cambio. En muchos paises, tanto en Norte América como en Europa, observamos también déficit fiscales más cuantiosos de los que requieren la estabilidad de precios y el crecimiento. Las presiones resultantes en los tipos de cambio y en las perspectivas de recuperación de algunos de los paises europeos producen divergencias que aún no se han resuelto, como lo confirman claramente los actuales acontecimientos. La tendencia al alza de los tipos de cambio en algunos paises da lugar también a solicitudes renovadas de proteccionismo, y es uno de los factores que ha llevado al actual impasse en las negociaciones de la Ronda Uruguay. Este impasse en materia de políticas ha tenido efectos no deseados en las perspectivas económicas de los paises en desarrollo. Por ejemplo, en el aspecto comercial, el hecho de que no haya una mayor liberalización en los mercados de los paises desarrollados significa que los en desarrollo pierden una oportunidad única de aumentar sus exportaciones. Sin los beneficios que reporta el aumento de las exportaciones, a los paises les resulta difícil aprovechar plenamente la oportunidad de liberalizar sus propias economías 5 --de hecho algunos también amenazan con volver a adoptar políticas proteccionistas. Estas a su vez significan que los paises industrializados corren el riesgo de perder mercados, y toda la economía mundial gira en una espiral descendente en lugar de iniciar el circulo virtuoso de la expansión. De igual manera, las políticas monetarias adoptadas por muchos de los paises industriales han tenido la consecuencia totalmente indeseada de precipitar un flujo de capital especulativo a corto plazo en las economías de ingreso mediano de América Latina, ejerciendo presión en los tipos de cambio y haciendo que la política monetaria sea muy difícil de manejar. Esta situación ha tenido también la consecuencia de desacelerar el proceso de crecimiento mundial y afectar negativamente las economías de los propios paises industriales. Estoy tratando de señalar algo muy simple. Las políticas macroeconómicas acertadas de los paises industrializados y un mayor grado de coordinación de políticas redundan en el interés de todos. En este sentido, no es necesario que los países en desarrollo apelen a la justicia social o hagan un llamamiento a la caridad. Beneficia a los países industriales mismos considerar las consecuencias indirectas y también directas de sus acciones. La interdependencia de la economía mundial actualmente es tal que las medidas que adopte un gobierno en relación con lo que más le conviene, pueden tener consecuencias completamente imprevistas para sus propios ciudadanos y también para el resto del mundo. A medida que nos acercamos a la mitad de los años noventa, vemos otro elemento de la ecuación. Por primera vez tenemos que tomar en cuenta a los antiguos paises socialistas de Europa Oriental y la antigua Unión Soviética como miembros de pleno derecho de la comunidad económica mundial. Si bien naturalmente acogemos esto con agrado y sin reservas, su llegada al escenario plantea nuevos problemas. Examinemos algunos aspectos: los países en desarrollo tradicionales están privados de una de las fuentes de asistencia de la que han dependido durante muchos años. Al mismo tiempo, las consideraciones geopolíticas que han motivado tanta asistencia occidental revisten menos urgencia que antes, lo que amenaza reducir el volumen total de la asistencia para el desarrollo. Lo que es peor, hay un riesgo evidente de que los fondos se desvien en apoyo de las economías en transición que han surgido recientemente, y no favorezcan a los beneficiarios tradicionales de la ayuda. Por otra parte, la reducción de la tensión mundial significa que los donantes tradicionales pueden dedicar más recursos a la asistencia, si existe todavía la voluntad política para hacerlo. En esta etapa, no está claro dónde se establecerá el equilibrio. Este Comité, que se preocupa de la transferencia de recursos reales, debe confiar en que los paises donantes seguirán estimando que redunda en sus propios intereses mantener, e incluso aumentar, sus corrientes de ayuda. Sin embargo, no son sólo los países más ricos los responsables de que prospere la economía mundial. En los países en desarrollo debemos enfrentar nuestra propia parte de responsabilidad. Hoy vamos a referirnos a la transferencia de recursos hacia los paises en desarrollo. El documento que tenemos ante nosotros destaca un punto muy importante que a menudo se olvida. Lo mencioné en la declaración escrita que les distribuí antes de la reunión, y quiero hacer hincapié en ello nuevamente hoy. La inmensa mayoría de los recursos para inversión proviene de los 6 recursos internos de los propios paises en desarrollo. Es nuestra responsabilidad aprovechar estos recursos de la manera más eficiente posible, lo que significa que debemos aprender a movilizar nuestro propio ahorro interno y también hacer que nuestros mercados resulten más atrayentes para el capital fugado que retorna y para los inversionistas extranjeros. Quiere decir que debemos examinar las medidas institucionales a fin de asegurar que nuestros bancos e instituciones de ahorro ofrezcan un lugar seguro para el ahorro y el rendimiento de las inversiones que les alienten a crecer. Significa que debemos ayudarles a reinvertir estos ahorros en los sectores más dinámicos de nuestras economías. En general, como Ministros de Hacienda, no somos muy eficientes para identificar estas oportunidades. Nuestra tarea es ayudar a los mercados a descubrir las oportunidades que les sean más rentables. Pero, como Ministros de Hacienda tenemos dos responsabilidades que no podemos eludir. Una es regular los mercados para evitar el monopolio. La otra es adoptar políticas fiscales sensatas que aseguren el crecimiento sostenible sin inflación. Hasta que controlemos con firmeza nuestras políticas fiscales y demostremos ser capaces de generar considerable ahorro público, ninguna transferencia de recursos será suficiente para satisfacer nuestras necesidades de desarrollo. Naturalmente, los cambios en la economía mundial han afectado a los países en desarrollo de maneras muy diferentes. Si observamos las cifras relativas a los paises en desarrollo como grupo, parece que nos ha ido sorprendentemente bien en los últimos dos años, mientras que el resto del mundo estaba en recesión. Como Ministro chileno, supongo jue tenemos poco de que quejarnos con respecto al ambiente económico externo. Nuestros problemas actualmente consisten en tratar de contener las posibles consecuencias inflacionarias de una considerable entrada de capital externo e inversiones extranjeras. Muchos de mis colegas latinoamericanos tienen preocupaciones similares. Diez años atrás, al comienzo de la crisis de la deuda, pocos de nosotros hubiéramos podido predecir esta situación. Pero cuando hablo con los ministros africanos hoy día en esta sala, sé muy bien que los problemas son muy diferentes, aunque muchos de ellos han tenido bastante éxito en los últimos dos años, aun partiendo de una base mucho más baja. La verdad es que los paises en desarrollo no constituyen un grupo homogéneo. Si bien a menudo nos conviene hablar como si lo fuéramos, todos enfrentamos problemas diferentes y en cierta medida por fuerza tenemos que buscar soluciones distintas. Pero aun cuando no debemos restar importancia a las diferencias que hay entre nosotros, tampoco debemos pasar por alto nuestras crecientes similitudes. El consenso emergente --y las dosis crecientes de pragmatismo-- en la estrategia de desarrollo que siguen muchos paises en desarrollo se refleja en las políticas cada vez más semejantes que adoptamos. La dependencia de los mercados para la asignación de recursos, la prioridad dada a ampliar el comercio y la mayor importancia otorgada a los programas sociales focalizados y la formación de capital humano constituyen tres ejemplos de políticas que actualmente adopta un número cada vez mayor de paises. Eso significa, entre otras cosas, que enfrentamos muchos de los mismos problemas. Resultaría muy ineficiente que cada uno de nosotros tratara de reinventar la rueda y proponer soluciones completamente nuevas a problemas comunes y bien conocidos. En el mundo actual, los paises pueden aprender unos de otros --de nuestros éxitos, pero también de nuestros errores. Es en este contexto que comités como éste son especialmente útiles. 7 Informe del Sr. Lewis T. Preston, Presidente del Banco Mundial 21 de Septiembre de 1992 I. INTRODUCCION 1. En su reunión de abril de 1992 el Comité para el Desarrollo se ocupó de los principales problemas planteados en el ámbito internacional con posterioridad a la guerra fría. La presente reunión se centra en la cuestión de las corrientes de capital hacia los paises en desarrollo, algo que reviste importancia fundamental para poder solucionar toda una gama de problemas mundiales urgentes. Sin recursos suficientes, el crecimiento no se puede sostener, la pobreza no se puede reducir y el medio ambiente no se puede proteger, y sin acceso a volúmenes sustanciales de financiamiento externo tampoco pueden las naciones que antes integraban la Unión Soviética efectuar con éxito la transición a la economía de mercado. Si bien los fondos necesarios deben provenir en su mayor parte de los esfuerzos de movilización de recursos internos de los propios paises en desarrollo, el capital externo debe desempeñar una destacada función complementaria. Considerando el mandato básico de este Comité, es apropiado y oportuno que haga un examen amplio de las corrientes actuales de recursos financieros hacia los paises en desarrollo, a fin de poder resaltar los principales asuntos que requieren la atención de todos los que en la comunidad internacional se ocupan del desarrollo. 2. Los funcionarios del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional (FMI) han preparado un documento de exposición de problemas para su consideración por los Ministros. No es necesario repetir aquí cuáles son los aspectos principales que toca y las conclusiones a que llega. Sin embargo, es importante que queden claras cuáles son las cuestiones de mayor pertinencia e interés para el Banco y cuáles son las medidas que todos --el Banco y otros--- han de tomar para garantizar un flujo suficiente de recursos hacia los paises en desarrollo durante el presente decenio. 3. Este informe comienza con un examen de las corrientes de fondos en condiciones concesionarias. Este es el campo en el que los gobiernos pueden hacer más de forma directa y que reviste importancia fundamental para la gran mayoría de los paises pobres, que disponen de escasas o nulas fuentes alternativas de financiamiento externo. Es también un campo en el que el Banco --a través de la Asociación Internacional de Fomento (AIF)-- ha desempeñado siempre una función destacada. El examen se sirve de dos informes: uno sobre la situación actual de las negociaciones sobre la décima reposición de los recursos de la AIF, y el otro (del que también hay un documento separado para que los miembros lo consideren) consistente en una evaluación de las consecuencias de la reciente Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD) en lo que atañe al financiamiento futuro en condiciones concesionarias de las actividades de protección ambiental. La principal conclusión del primero de estos informes es que la AIF necesita una reposición de recursos de magnitud sustancial a fin de poder seguir desempeñando con eficacia sus responsabilidades cada vez más numerosas para con los paises de ingreso bajo, que dependen en medida crucial de su financiamiento. 8 4. El informe se refiere también brevemente a los acontecimientos recientes en materia de flujos de fondos en condiciones no concesionarias y a las consecuencias que tienen para el Banco Mundial. Su conclusión principal es que el Banco tendrá que seguir desempeñando una destacada función de financiamiento en la década actual, incluso a medida que se producen cambios significativos en la composición de sus prestatarios y en la índole de las necesidades de fondos de éstos. 5. Por último, el informe proporciona a los miembros información actualizada sobre dos cuestiones de ámbito regional que tienen repercusiones financieras importantes. Una es la transformación económica en progreso en los paises que integraban la Unión Soviética y la situación actual de las actividades del Banco relativas a esa región, incluido su programa de operaciones crediticias en ella. La segunda es la sequía cada vez peor que padece Africa Meridional y Oriental, la cual requiere la movilización de considerables fondos del exterior para ayudar a los paises afectados a proteger a sus poblaciones de los efectos de la misma, que pueden ser devastadores. El Banco, de consuno con otras entidades, está realizando un importante esfuerzo a este respecto. II. CORRIENTES DE FONDOS EN CONDICIONES CONCESIONARIAS 6. Uno de los principales puntos en los que hemos de centrar nuestras deliberaciones es el de la necesidad de mayores corrientes de fondos en condiciones concesionarias. Las limitaciones financieras que experimentan muchos paises donantes dificulta el que consideren incrementar sus presupuestos de ayuda exterior, a pesar de las considerables reducciones de los gastos de defensa como consecuencia del final de la guerra fría. En numerosos paises se están intensificando las presiones políticas --que siempre han sido fuertes--- a favor de dedicar recursos adicionales a solucionar problemas económicos y sociales internos. Aún más, en la mayoría de los paises donantes, las legislaturas y el público en general exigen ahora nuevas pruebas de que la ayuda exterior "da resultado' y merece que se le otorgue elevada prioridad en los programas nacionales. Cada vez más, es responsabilidad de todos informar acerca de los progresos logrados en los paises en desarrollo, las mejoras conseguidas en materia de salud y educación, los empleos creados, el aumento de la producción y la eficiencia, y la modernización de las economías y las propias naciones. Queda mucho por hacer para eliminar la pobreza y acrecentar las oportunidades de los habitantes de los paises en desarrollo, en especial los de ingreso bajo, pero la ayuda exterior ---a pesar de sus deficiencias--- ha demostrado su eficacia una y otra vez. 7. El suministro de volúmenes considerables de asistencia en condiciones concesionarias sigue siendo de alta prioridad en la era posterior a la guerra fría. La necesidad de ayuda no disminuye, sino que va en aumento como consecuencia del mayor número de paises que dependen de ella, de las tareas inacabadas del desarrollo y de la aparición de nuevos retos de ámbito mundial. La declinación de la capacidad crediticia y los ingresos per cápita ha hecho que dependan de la asistencia en condiciones concesionarias paises que antes utilizaban principalmente flujos de fondos no concesionarios. Ha 9 aumentado el número de paises de ingreso bajo que emprenden programas de ajuste amplios con la finalidad de restablecer y sostener su crecimiento económico, y esos paises necesitan un fuerte apoyo en condiciones concesionarias a fin de que sus reformas perduren. Además, son cuantiosas las necesidades de financiamiento que se derivan del compromiso renovado respecto de la reducción de la pobreza y el fortalecimiento de la protección del medio ambiente. 8. La mayor parte de los fondos necesarios para alcanzar objetivos prioritarios de desarrollo debe provenir de fuentes internas. El financiamiento externo puede desempeñar solamente un papel complementario, por lo que los paises en desarrollo deben intensificar sus esfuerzos de movilización de recursos. Al mismo tiempo, debemos procurar acrecentar la eficacia tanto en el suministro como en la utilización de los recursos concesionarios. El fortalecimiento de la coordinación de la ayuda exterior es un aspecto del esfuerzo encaminado a mejorar la calidad de la asistencia para fines de desarrollo. También se deberían seguir activamente otras avenidas orientadas a este fin, tales como el aumento de la proporción de la asistencia otorgada a titulo de donación y la mayor desvinculación de la ayuda. 9. Pero incluso con el máximo de esfuerzo por aumentar el nivel de ahorro interno y por usar el capital externo en la forma más eficaz posible, las necesidades de asistencia en condiciones concesionarias aumentarán. A menos que se incremente el suministro de asistencia oficial para el desarrollo (AOD), nuestro compromiso respecto de la importancia del crecimiento, la reducción de la pobreza y la protección del medio ambiente será en gran medida pura retórica. Es innegable que las limitaciones que experimentan los donantes bilaterales son formidables, pero a pesar de ello el aumento de los compromisos de asistencia debería ser fácil de conseguir. La ayuda exterior representa una proporción pequeña de los gastos presupuestarios globales de los donantes; como promedio, es menos de 2% de los presupuestos de los gobiernos centrales. Cualesquiera que sean las opiniones ---y son muy diversas--- acerca de las virtudes de la meta fijada para la AOD, de 0,7% del producto nacional bruto (PNB), lo cierto es que tan sólo cinco de los 20 paises miembros del Comité de Asistencia para el Desarrollo (CAD) de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) la han alcanzado al cabo de más de 25 años de promesas y exhortaciones. La proporción global sigue siendo de sólo 0,34%. El avance hacia el logro de la meta de 0,7% del PNB por parte de los paises que aún no la han alcanzado representaría una contribución importante a asegurar que haya financiamiento suficiente para respaldar los esfuerzos de desarrollo de los paises de ingreso bajo. Los gastos militares de los principales paises industriales donantes siguen excediendo por un enorme margen al volumen de asistencia en condiciones concesionarias que proporcionan para fines de desarrollo económico, y los subsidios a la agricultura son otro gasto en gran medida innecesario. No cabe duda de que la ayuda podría aumentarse en medida significativa si hubiera suficiente voluntad política y si la gravedad de los nuevos retos de ámbito mundial que surgen --incluidos los que plantean los flujos de emigrantes y refugiados--- tuviera como contrapartida un compromiso igualmente serio de recursos para ayuda exterior. 10 10. En los últimos años se ha podido constatar en algunos paises una disminución en la proporción de sus presupuestos totales de ayuda exterior destinada a asistencia multilateral. No creo que esto sea indicativo del criterio de los donantes bilaterales acerca de la eficacia de la asistencia multilateral; no obstante es de lamentar. Los programas bilaterales y multilaterales deben considerarse complementarios, no en competencia entre si. Los donantes bilaterales tienen con frecuencia conocimientos especializados en sectores específicos, han cultivado relaciones continuas y armoniosas con determinados beneficiarios a lo largo de muchos años, y a menudo han estado en la vanguardia de las nuevas orientaciones de las actividades de desarrollo. El suministro de ayuda es un aspecto importante de la política exterior. 11. Por la misma razón, los organismos multilaterales de desarrollo ofrecen ventajas ampliamente reconocidas, que fueron las que llevaron en primer lugar a su creación y crecimiento. Por lo común, pueden mantener un panorama completo y bien informado de las condiciones sectoriales y de la economía en general de una amplia variedad de paises. En mayor medida que la mayoría de los donantes bilaterales, pueden dar más peso a los criterios de desarrollo en la distribución de los recursos entre los distintos paises y dentro de éstos, y están en mejor posición para sostener el diálogo con los beneficiarios en materia de políticas y para coordinar las actividades de estos últimos y de los donantes. Esto les permite crear en los paises beneficiarios un entorno de políticas propicio para acrecentar la eficacia general de la ayuda. 12. Al enfrentar los retos que plantea el desarrollo en la década de 1990, será más importante que nunca el que los donantes bilaterales y multilaterales colaboren estrechamente y fortalezcan la coordinación de su ayuda, con vistas a acrecentar la contribución global de ésta al desarrollo. Repercusiones para la décima reposición de los recursos de la AIF y situación en que se encuentran las negociaciones 13. La AIF es un buen ejemplo. En los últimos años, tanto los donantes como los receptores de ayuda han pedido a la AIF que asuma numerosas responsabilidades adicionales, entre las que se cuentan el apoyo para los programas de ajuste estructural y las reformas de políticas que contribuirán a fomentar el crecimiento, para reducción de la pobreza y, recientemente, para protección del medio ambiente. Además, el número de paises con derecho a los recursos de la AIF va en aumento. Desde que entró en vigor la novena reposición, en el ejercicio de 1991, nueve paises han venido a engrosar las filas de los receptores de créditos de la AIF, y todas las probabilidades apuntan a que habrá más paises que reúnan las condiciones para ello. 14. Sin embargo, las mayores demandas de ayuda de la AIF no han ido acompañadas de un aumento de las contribuciones de los donantes. El reciente incremento de sus desembolsos netos es atribuible en su totalidad a los reembolsos de fondos a la Asociación y a la transferencia de un monto sustancial de los ingresos netos anuales del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) a la AIF, dado que durante el pasado decenio los nuevos compromisos de los donantes con la AIF han estado estancados. 11 Esas mayores demandas, unidas a un volumen fijo de recursos, han puesto a la AIF en la difícil situación de tener que decidir cómo asignar los escasos fondos a los distintos paises y tipos de actividades. 15. En la reunión del Comité para el Desarrollo del pasado mes de abril, los Ministros solicitaron un nuevo informe del Presidente del Banco sobre la marcha de las negociaciones en curso relativas a la décima reposición. Desde esa última reunión del Comité se han recibido manifestaciones de apoyo a una reposición de magnitud considerable provenientes de varias fuentes importantes, y en la reunión en la cumbre celebrada en Munich los gobiernos de los paises que integran el Grupo de los Siete pidieron una décima reposición de los recursos de la AIF de volumen "sustancial'. 16. Los Suplentes de la AIF a cargo de las negociaciones sobre la décima reposición se reunieron en Dublin los días 1 y 2 de julio (y lo volverán a hacer el 17 y 18 de septiembre en Washington) para tratar las cuestiones, estrechamente relacionadas entre si, de la magnitud de la reposición y de la distribución de la carga. A pesar de las presiones presupuestarias que enfrentan casi todos los paises donantes, en esas reuniones se hicieron bastantes progresos, aunque todavía quedan por resolver algunos asuntos importantes. (En la reunión de septiembre del Comité incluiré en mi presentación oral a los miembros un breve informe sobre esa segunda sesión de negociaciones de los Suplentes.) 17. Se han analizado dos hipótesis relativas al tamaño de la décima reposición: i) DEG 13.000 millones, cantidad con la que se mantendría el valor real de la novena reposición, y ii) DEG 16.250 millones, monto con el que se podrían atender las necesidades de los nuevos paises miembros y de aquellos en los que se reanuden las operaciones, y que incluiría además un "incremento para la Tierra' destinado a ayudar a los prestatarios a sufragar los costos adicionales de emprender actividades de desarrollo sostenibles desde el punto de vista ambiental. Si bien muchos donantes se inclinan a favor de una décima reposición de DEG 13.000 millones como mínimo --con lo que por lo menos se igualaría el volumen de la novena reposición en términos reales--, varios donantes importantes siguen sin tomar una decisión firme al respecto. Aún más, el "incremento para la Tierra" lo apoyan sólo unos pocos donantes, quienes han expresado esa intención siempre que el monto sea moderado y el reparto de la carga adecuado. Para considerar nuevamente el tema de dicho incremento habrá que esperar ahora a que se resuelva la cuestión del volumen básico de la décima reposición. 18. Los Suplentes de la AIF se reunirán de nuevo a mediados de noviembre. A pesar de los obstáculos aún no superados, la seriedad de sus deliberaciones sobre la décima reposición ha sido alentadora, y me siento optimista en cuanto a que los problemas pendientes, si bien difíciles, podrán resolverse. Es de importancia crucial llegar a un acuerdo antes de que finalice el año natural en curso, a fin de que el mes de julio del año próximo no haya solución de continuidad en la facultad de la AIF para contraer compromisos. Se requiere con urgencia una reposición de volumen por lo menos igual al de la novena en términos reales y, por las razones antes 12 indicadas, la décima reposición debería representar un incremento real considerable respecto del nivel de la anterior. La CNUMAD y sus consecuencias en cuanto al financiamiento en condiciones concesionarias 19. Los Suplentes de la AIF se han mostrado generalmente de acuerdo en cuanto a que en el marco de la décima reposición se deberían mantener los mismos objetivos básicos de desarrollo convenidos con ocasión de la novena reposición, poniendo el acento en la profundización e integración de la labor de la AIF en esferas prioritarias. Una de estas esferas de actividad creciente de la AIF es la asistencia a los beneficiarios de sus créditos para que éstos puedan alcanzar sus objetivos nacionales en materia de protección ambiental. Las necesidades de financiamiento de la AIF para este fin fueron objeto de extenso análisis en la histórica "Cumbre para la Tierra" celebrada el pasado mes de junio. En ella se examinaron también otras iniciativas de financiamiento para fines ambientales, y quisiera ofrecer a los miembros del Comité información actualizada sobre las mismas. (Véase también el informe adjunto sobre los principales resultados de la "Cumbre para la Tierra" y sus consecuencias para el Banco Mundial y el FMI.) 20. En la CNUMAD se expresó apoyo a una serie de iniciativas que los Ministros habían ya respaldado anteriormente en la reunión del Comité para el Desarrollo del pasado mes de abril. Cabe citar los puntos siguientes: * Hubo acuerdo en la Conferencia en cuanto a que los fondos necesarios para respaldar tanto los planes de acción nacionales en favor del medio ambiente como los objetivos mundiales en esta materia deberían proporcionarse a través de las instituciones existentes, más bien que por medio de nuevos mecanismos de financiamiento. * Se pidió prestar atención especial a la necesidad de una décima reposición de los recursos de la AIF de volumen sustancial, a fin de permitir a la Asociación ayudar a los beneficiarios de sus créditos a alcanzar objetivos nacionales en la esfera ambiental, así como a la conveniencia de que esa reposición incluya un "incremento para la Tierra". * En la Conferencia se manifestó también respaldo a la labor del Fondo para el Medio ambiente Mundial (FMAM) --actividad conjunta del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y el Banco Mundial-- y se convino en que, con una reestructuración adecuada, es el mecanismo más apropiado para atender los costos adicionales de actividades pertinentes para lograr progresos en relación con varios problemas ambientales de carácter mundial. * También se expresó apoyo al sistema existente de consorcios de ayuda, tales como los grupos consultivos que preside el Banco Mundial y las mesas redondas que organiza el PNUD, considerándose que son mecanismos por medio de los cuales los objetivos 13 ambientales y otras metas de desarrollo se pueden integrar de forma coherente, con la debida atención a sus necesidades de financiamiento. 21. Son conclusiones importantes y de gran alcance. Ahora, después de la CNUMAD, viene la enorme tarea de conseguir el financiamiento necesario y avanzar hacia una integración cada vez más eficaz de las actividades de desarrollo y los esfuerzos encaminados a la protección del medio ambiente. El Banco está plenamente comprometido en este empeño. El volumen adicional de financiamiento que se necesitará para detener la degradación del medio ambiente a nivel tanto nacional como mundial será en verdad considerable, y es evidente que una gran parte del mismo tendrá que suministrarse en condiciones concesionarias. En vista de la recomendación de la CNUMAD, los Suplentes de la AIF deberían volver a considerar la cuestión del "incremento para la Tierra" una vez que se haya fijado el nivel básico de la décima reposición (a fin de asegurar que sea verdaderamente adicional a ésta). Los paises más pobres experimentan ya graves problemas ambientales a los que será costoso hacer frente. Para que su desarrollo sostenible sea una realidad, van a necesitar considerable asistencia en condiciones concesionarias. 22. A nivel mundial, es importante avanzar en lo referente a la reposición de fondos del FMAM, de modo que los paises en desarrollo puedan atender sus compromisos respecto de los problemas ambientales de alcance mundial una vez terminada la fase experimental. En Rio de Janeiro hubo una reacción muy favorable a mi petición de reponer los fondos del FMAM durante 1993; en declaraciones hechas en sesión plenaria, los jefes de Estado de varios paises industriales expresaron su apoyo a un incremento de dichos fondos al doble o el triple. III. CORRIENTES DE FONDOS EN CONDICIONES NO CONCESIONARIAS 23. Los flujos de fondos en condiciones concesionarias son de importancia crítica para los paises en desarrollo más pobres, pero su escasez significa que es preciso hacer esfuerzos especiales para incrementar las corrientes de fondos de otro tipo hacia todos los paises. Las transferencias de recursos de índole no concesionaria plantean toda una serie de problemas cada vez más complejos y difíciles. Quisiera llamar brevemente la atención del Comité hacia éstos y sus consecuencias para el BIRF. 24. Las actividades de movilización de recursos internos revisten también importancia crucial en los paises que utilizan principalmente corrientes de fondos no concesionarios. Su dependencia del financiamiento externo es mucho menor que la de los paises que obtienen créditos en condiciones concesionarias y, con la aplicación de políticas internas apropiadas, deberían poder conseguir acceso a los recursos externos complementarios no concesionarios, de fuentes tanto privadas como oficiales, que necesitan para sus actividades de desarrollo. Sin embargo, hay una serie de factores de otro tipo --entre ellos el deficiente crecimiento económico de los paises industriales, las dificultades para atender el servicio de la deuda y las barreras al comercio--- que han actuado como obstáculos a la recuperación de la capacidad crediticia y el crecimiento. Se requieren ,4 esfuerzos adicionales para llevar a buen término acuerdos de reducción de la deuda entre los paises de ingreso mediano y de ingreso mediano más bajo gravemente endeudados que emprendea programas de ajuste y sus acreedores de la banca comercial, con la asistencia del Banco Mundial y el FMI en los casos apropiados. También un mayor crecimiento económico en los paises industriales haría mejorar en gran medida las perspectivas de crecimiento, exportaciones y servicio de la deuda de los paises en desarrollo. Por lo que se refiere al comercio exterior, la conclusión con éxito de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales reviste importancia suprema, ya que aportaría ventajas sustanciales a muchos paises de ingreso mediano que tienen capacidad y potencial de exportación considerables. 25. En los últimos años ha habido cambios importantes en las fuentes de las corrientes de recursos no concesionarios hacia los paises en desarrollo. Uno de ellos ha sido el considerable desplazamiento observado de la financiación mediante endeudamiento hacia la inversión en capital social. En 1985, la inversión extranjera directa representaba menos de 8% del financiamiento total y apenas poco más de 20% de los flujos de fondos de fuentes privadas hacia los paises en desarrollo. En cambio, en 1990 ese tipo de inversión ascendía a más de 22% del total de las corrientes de fondos y a más de 50% de las de fuentes privadas, evidentemente como consecuencia en gran medida de la disminución de los préstamos bancarios comerciales. En respuesta a la solicitud del Comité, formulada en su reunión de abril de 1991, se ha preparado un documento sobre el marco jurídico para el tratamiento de la inversión extranjera directa. Adjunto al mismo se presenta a los paises miembros, para su recomendación, un conjunto de directrices en la materia. Estas directrices han sido elaboradas por el Consejero Jurídico General del Banco, la Corporación Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI), tras amplias consultas con organizaciones internacionales, consejos empresariales y asociaciones de derecho internacional, y en ellas se han aprovechado los comentarios que los Directores Ejecutivos del Banco y el OMGI hicieron sobre las versiones preliminares de las mismas. 26. Un segundo acontecimiento significativo ha sido el uso renovado de instrumentos financieros más antiguos (por ejemplo, las inversiones de cartera) y la proliferación de otros nuevos (como la conversión de deuda en capital, los bonos con características especiales, el financiamiento estructurado para proyectos y otros mecanismos financieros innovadores, tales como los valores con rendimiento vinculado al precio de un producto básico). 27. Si bien esta evolución es bienvenida, está lejos de ocurrir en todos los paises. Como se indica en el documento sobre las transferencias de recursos preparado para esta reunión del Comité, la inversión extranjera directa sigue concentrada en gran medida en un número relativamente pequeño de paises. Desde 1981 a 1991, el 50% de los flujos de inversión extranjera directa fue a parar a los cinco mayores receptores de ésta, y el 90% correspondió a 20 de esos paises. Como cabía suponer, concentraciones similares se registran también en relación con algunos de los nuevos tipos de transferencias de recursos; por ejemplo, hay una fuerte tendencia a que éstas se dirijan hacia los paises más solventes del grupo de ingreso mediano. 15 28. Estos y otros factores han llevado a una situación en la que el conjunto de paises receptores de flujos de fondos no concesionarios se ha ido decantando en grupos cada vez más diferenciados. Las circunstancias económicas --y, por lo tanto, la capacidad de acceso a los mercados de capital-- varian enormemente de unos paises a otros. Como ya se ha señalado, algunos han mejorado de forma espectacular su acceso al capital privado y ahora dependen poco de las corrientes de fondos no concesionarios de fuentes oficiales (como el BIRF); varios de los paises de Asia Oriental se encuentran en este grupo. Otros, incluidos varios de los llamados "paises del plan Brady", han conseguido reestructurar su deuda sustancialmente, introduciendo al mismo tiempo ajustes significativos en sus economías a fin de poder lograr acceso a los mercados de capital en condiciones comerciales. Sin embargo, otros muchos paises de ingreso mediano y de ingreso mediano más bajo tienen capacidad crediticia limitada y hallarán que su acceso al financiamiento externo privado depende en medida crucial de que continúen sus reformas de políticas. Actualmente, su demanda y capacidad acrecentadas de obtención de préstamos deben atenderse en gran parte con fondos no concesionarios de fuentes oficiales, ya que en su mayoría tienen escaso acceso a las corrientes de fondos en condiciones concesionarias. Además, cabe esperar que una serie de paises de ingreso bajo que pueden obtener financiamiento combinado (es decir, fondos del BIRF y de la AIF) aumenten su utilización de financiamiento oficial no concesionario a medida que su crecimiento continúe, que tengan éxito en la reducción de la pobreza y que sigan introduciendo reformas de políticas que mejoren progresivamente su capacidad para atender el servicio de la deuda en condiciones más duras; sin embargo, su acceso a los mercados de capital comercial sigue siendo limitado. Las necesidades de capital externo de los paises que integraban la Unión Soviética son otro factor en este panorama cada vez más complicado de grupos de receptores de fondos. Algunas consecuencias Rara el Grupo del Banco Mundial 29. Todos estos acontecimientos tienen una serie de consecuencias para la labor futura del Grupo del Banco Mundial. Normalmente, la proporción relativa del financiamiento correspondiente al Banco debería declinar en los paises en los que la pobreza se ha reducido y el acceso al capital privado ha mejorado. De hecho, hacia finales del decenio algunos de ellos dependerán exclusivamente de los mercados de capital internacionales. La situación es diferente en los numerosos paises en los que la capacidad crediticia ha empeorado y el acceso al capital privado es todavía relativamente limitado; para ellos, los préstamos del BIRF siguen siendo una fuente importante de financiamiento. Además, puesto que es evidente que la persistencia en la reforma de las políticas es fundamental para el restablecimiento de la capacidad crediticia, el Banco debe desempeñar una función destacada de ayuda a sus prestatarios para que emprendan las reformas necesarias, a través de un diálogo constructivo en esa materia, respaldado por estudios económicos y sectoriales y asistencia técnica. En medida cada vez mayor, los paises buscan el asesoramiento del Banco en lo referente a las políticas; el consenso creciente acerca de la índole de las reformas de esta clase que son apropiadas en los paises prestatarios ha servido para dar mayor relevancia a la función del Banco al respecto. Además, el papel que el Banco desempeña como catalizador de flujos de recursos de otras fuentes, en especial las privadas, adquirirá necesariamente importancia adicional en el futuro, y el 16 papel creciente de la CFI apunta asimismo a una contribución cada vez más significativa en esta esfera. 30. Si bien el volumen de los préstamos del BIRF está estancado desde 1982, medido en dólares constantes, al haber declinado los flujos de capital de fuentes privadas ese financiamiento ha representado desde entonces una proporción mucho mayor del total. Los préstamos del BIRF se han ido haciendo cada vez más diferenciados y condicionados a las circunstancias y políticas de cada país en particular. Las situaciones que caracterizaron a los paises durante el pasado decenio --como el exceso de empréstitos de muchos de ellos en los mercados de capital internacionales; el deterioro del entorno exterior como consecuencia de la recesión mundial y la crisis de la deuda, con la consiguiente reducción de la inversión pública y privada, y la insuficiencia de los esfuerzos de reforma iniciales de algunos paises--- limitaron de forma pronunciada la capacidad del Banco para financiar operaciones productivas en ellos. Es menos probable que esos factores actúen en el decenio actual, por lo que cabe esperar que mejoren las oportunidades de aumento de los préstamos del BIRF y, por ende, que un programa en expansión de operaciones crediticias del BIRF pueda hacer una contribución esencial a satisfacer las necesidades de financiamiento externo de los paises que aplican programas de reforma. IV. LOS ACONTECIMIENTOS EN LOS PAISES DE LA ANTIGUA UNION SOVIETICA Y LA FUNCION DEL BANCO MUNDIAL 31. En el Informe del Presidente al Comité para el Desarrollo del pasado mes de abril se expusieron a grandes rasgos las medidas que el Banco se proponía tomar para hacer frente a los trascendentales acontecimientos que estaban teniendo lugar en las nuevas naciones surgidas tras la disolución de la antigua Unión Soviética. Desde entonces, los sucesos se han desarrollado con gran rapidez. Hasta la fecha, ocho paises que antes formaban parte de la Unión Soviética han ingresado como miembros del Banco (algunos también han ingresado en la AIF y en la CFI) y se prevé que el resto, cuyas solicitudes están en tramitación, también lo harán en el futuro próximo. 32. Todos los paises de la antigua Unión Soviética enfrentan enormes dificultades en materia de desarrollo, si bien la índole y gravedad de éstas varian de uno a otro. El producto económico de la antigua URSS ha declinado en alrededor de 25% durante el año pasado y el comercio entre las repúblicas ha disminuido en quizás más de 50% en el curso de los dos últimos años. Está muy próxima una crisis económica grave, caracterizada por cuantiosos déficit presupuestarios, tasas de inflación en aumento y un considerable deterioro de los niveles de vida. Debido a las distorsiones estructurales muy arraigadas en sus economías, el camino del progreso será probablemente largo y difícil para estos paises. 33. El Banco se ocupa activamente en ayudar a esas nuevas naciones a hacer la transición a la economía de mercado, coordinando sus actividades en esta esfera muy de cerca con las que realiza el FMI, lo que ha facilitado en gran medida el proceso de asistencia. También existe estrecha colaboración con otras partes involucradas en ayudar a las nuevas naciones en sus esfuerzos de reforma. La contratación de personal del Banco para los puestos 17 creados con objeto de llevar a cabo las actividades en esa región se ha acelerado y está prácticamente concluida, lo que supone un logro notable en tan corto tiempo. Se van a abrir misiones regionales en cuatro lugares, a fin de facilitar la labor de aplicación de la estrategia de asistencia del Banco. A plazo mediano, esta estrategia contiene una serie de elementos prioritarios, como, por ejemplo: detener el precipitado declive económico, y luego invertir esa tendencia; ayudar a la transformación estructural de las economías de la región en sistemas con orientación de mercado; respaldar reformas en sectores específicos a fin de acrecentar la capacidad productiva, inicialmente con atención especial a aquellos campos en los que es esencial una reacción rápida de la oferta (sobre todo los de energía y agricultura); reforzar los mecanismos de seguridad social para proteger a los grupos desfavorecidos durante el proceso de reforma y ayudar en la tarea de reestructuración de la fuerza laboral, y fortalecer las capacidades, institucionales y de recursos humanos, que se necesitan para sostener una economía basada en las leyes del mercado. También revestirá importancia ayudar en la formulación y aplicación de una amplia gama de reformas del sector financiero. 34. Este esfuerzo supone un compromiso considerable de realización de estudios económicos y sectoriales, así como de prestación de asistencia técnica, en cada una de las nuevas naciones. En julio se publicó un amplio memorando económico sobre Rusia, e informes económicos introductorios similares sobre cada país se distribuirán al Directorio Ejecutivo del Banco antes --o al mismo tiempo-- de la presentación a éste de la primera operación de préstamo del Banco en el país respectivo. Esos informes ayudarán a establecer una base objetiva y analítica sólida para el diálogo con cada nuevo prestatario en materia de políticas. 35. Es evidente que hay riesgos muy numerosos en el camino. Entre ellos cabe citar el de que se debilite el compromiso político respecto de la reforma, lo que podría llevar a demoras en la aplicación de las medidas, la insuficiente capacidad de ejecución y la escasez del financiamiento externo disponible. Las dificultades son inusitadas y formidables, pero el Banco está dispuesto a colaborar estrechamente con las nuevas naciones a fin de hacerles frente con éxito. 36. La asistencia a estos nuevos miembros del Banco supondrá un programa sustancial de operaciones crediticias; para el presente ejercicio se contempla un programa de alrededor de US$2.500 millones. El 6 de agosto el Directorio Ejecutivo aprobó el primer préstamo del Banco a Rusia, por un monto de US$600 millones, para un programa de rehabilitación y para respaldar los actuales esfuerzos de reforma. Están en avanzada etapa de preparación otros préstamos a Rusia y a los paises del Báltico y de Asia Central. Como se indicó en el Informe del Presidente al Comité para el Desarrollo del pasado abril, el programa global de operaciones crediticias del Banco en las nuevas naciones podría aumentar a un nivel de US$4.000 millones a US$5.000 millones al año para el ejercicio de 1995. Esto depende, por supuesto, de que se mantenga el impulso de reforma. 37. Asimismo, es necesario organizar mecanismos apropiados de coordinación de la asistencia externa para los nuevos prestatarios que emprenden reformas estructurales de importancia. En unión del FMI, se están 18 estudiando diversos sistemas institucionales, algunos de ellos siguiendo los lineamientos de los grupos consultivos que el Banco preside para muchos de sus paises miembros en desarrollo. Los integrantes de cada grupo se determinarían caso por caso. 38. Al tiempo que emprende esta amplia variedad de actividades en los nuevos paises miembros, el Banco sigue centrando su atención en sus responsabilidades a escala mundial. La contribución del Banco --muy sustancial-- a la empresa de satisfacer las necesidades financieras de sus nuevos miembros se hará sin reducir los recursos disponibles para los paises en desarrollo que son sus prestatarios tradicionales. Sin embargo, la tarea de ayudar a los paises de la antigua Unión Soviética a lograr su transformación económica es una de las más arduas que el Banco haya podido enfrentar en toda su historia. El Banco aportará a ella el inmenso acervo de experiencia y conocimientos acumulado en el curso de muchos años de trabajo en todo el mundo en desarrollo. Cabe esperar contratiempos y decepciones a lo largo del camino, pero al final pueden esperarse grandes beneficios de la integración de las nuevas naciones en el sistema económico internacional. Lo que es más, esos beneficios revertirán en todos los paises del mundo, y no sólo en los que efectúen las reformas. V. POBREZA Y SEQUIA EN AFRICA MERIDIONAL Y ORIENTAL 39. Un ejemplo claro del compromiso perdurable del Banco respecto de sus prestatarios de todo el mundo en desarrollo es su reacción a la sequía que aflige actualmente a la región de Africa Meridional y Oriental. Esta sequía no hace sino exacerbar las condiciones que ya prevalecían en muchos paises de Africa al Sur del Sahara, donde ya iba en aumento el número de personas que viven en la pobreza. (Se calcula que el número de personas en condiciones de pobreza en el conjunto de la región aumentará probablemente a 265 millones para el año 2000, frente a 180 millones en 1985.) La sequía demuestra una vez más lo expuesta que está esa región a los desastres naturales que engrosan las filas de los pobres. A medida que se afianzan los devastadores efectos de la sequía, las condiciones siguen deteriorándose en los paises afectados de Africa Meridional, donde al menos 18 millones de personas corren el riesgo de perecer a causa del hambre y las enfermedades. Se calcula que esos paises tienen este año necesidades de importaciones de alimentos que ascienden a 11,5 millones de toneladas, frente a menos de 2 millones de toneladas en un año normal. También existen condiciones de sequía grave en varios paises de Africa Oriental, exacerbadas en algunos de ellos por conflictos civiles enconados. 40. El Banco participa de forma activa en la tarea de ayudar a los paises de la región afectados por la sequía y colabora estrechamente con las Naciones Unidas, que con razón han sido universalmente elogiadas por su función de coordinación. El Banco tomó parte en la reunión de emergencia de las partes interesadas sobre Africa Meridional, celebrada en Ginebra a principios de junio, en la que se prometieron recursos adicionales por un monto de US$526 millones para alivio de la situación creada por la sequía. Continúan los esfuerzos para que esa cifra alcance la meta fijada de US$900 millones, y es importante que se vean coronados por el éxito. Sin embargo, 19 no hay lugar para la autosatisfacción. Los gobiernos tendrán que desmantelar urgentemente las reglamentaciones y barreras que impiden la libre circulación de mercancías, mejorar los sistemas de distribución interna, aumentar su colaboración con las organizaciones no gubernamentales y dejar de lado las diferencias políticas a fin de asegurar que los alimentos lleguen a los que los necesitan. Los donantes tendrán que dar curso a los compromisos específicos y convertir éstos rápidamente en suministros de ayuda. Los organismos internacionales tienen que mejorar la coordinación de sus actividades en apoyo de sectores específicos, en particular el de transportes, y asegurarse de que la asistencia llegue a aquellos a quienes va destinada. 41. Por su parte, el Banco está aumentando su propia asistencia a los paises afectados; hacia fines del ejercicio de 1992, por ejemplo, el Banco comprometió US$310 millones adicionales para asistencia de rápido desembolso en las condiciones de la AIF a Malawi, Mozambique, Zambia y Zimbabwe. Prevemos la continuación de esa ayuda en el ejercicio de 1993, tanto a esos paises como a otros afligidos por la sequía, basándonos en las operaciones de ajuste y de inversión planeadas y, a solicitud de los prestatarios, reasignando fondos disponibles de los proyectos ya aprobados. El Banco coopera estrechamente con las Naciones Unidas y con instituciones regionales, como la Conferencia para la Coordinación del Desarrollo de Africa Meridional (SADCC) y la Autoridad Intergubernamental de asuntos relacionados con la sequía y el desarrollo (IGADD), y seguirá observando de cerca la situación y notificando las necesidades adicionales a través del mecanismo de los grupos consultivos, en contacto directo con los organismos de ayuda bilateral, y en sus relaciones interactivas con las autoridades de los paises afectados. VI. RESUMEN Y CONCLUSIONES 42. La enorme variedad actual de problemas de desarrollo no tiene precedente. Los nuevos asuntos de interés a escala mundial traen consigo muchas responsabilidades adicionales, al tiempo que las tareas tradicionales de asegurar el crecimiento económico y reducir la pobreza siguen ocupando un lugar prominente en la lista de prioridades de desarrollo. El mensaje fundamental de este informe es que contar con un mayor volumen de recursos externos será un elemento de importancia crucial para garantizar el que podamos hacer frente con éxito a los complicados retos de nuestro tiempo. Esos recursos no pueden sustituir a los esfuerzos decididos de los propios paises del mundo en desarrollo, pero si pueden hacer que la balanza se incline a favor de resultados satisfactorios. Si colaboramos en estrecho contacto con nuestros prestatarios, confio en que lograremos el éxito en ayudarlos a superar los obstáculos que actualmente impiden a muchos paises alcanzar sus objetivos de desarrollo. 20 Declaracion del Sr. Michel Camdessus, Director Gerente del Fondo Monetario Internacional ante el Comite para el Desarrollo en relacion con la situacion economica mundial y las tendencias economicas de los paises en desarrollo Se espera que mejore el entorno económico para la mayoría de los paises en desarrollo en el segundo semestre de 1992 y en 1993, gracias a la reactivación prevista de las economías industriales, la expansión más firme del comercio mundial, la persistencia de bajas tasas internacionales de interés y cierta recuperación de los precios de los productos básicos no petroleros. Se prevé que los precios del petróleo se mantendrán en los niveles actuales relativamente bajos, lo cual contribuiría a evitar un aumento de los costos de importación para la mayoría de los paises en desarrollo. La evolución cautelosamente optimista de las perspectivas del producto y el comercio mundiales supone que los paises en desarrollo que están aplicando políticas de estabilización y reforma estructural seguirán haciéndolo y que habrá una aceleración del crecimiento económico de los paises industriales. No obstante, hay gran incertidumbre en cuanto a las perspectivas de los paises industriales. Hasta ahora, la recuperación de estos paises ha sido débil y dispareja, y es posible que pase algún tiempo antes de que cese la actual atonía económica y que el crecimiento de los paises industriales sea suficientemente firme para afianzar la recuperación de los precios de los productos básicos. También se supone en las proyecciones que se evitará un aumento de la protección comercial mediante convenios y de otros obstáculos al comercio y que se seguirán haciendo esfuerzos por lograr un sistema multilateral más abierto. La actividad económica mundial mostró signos de recuperación en el primer semestre de 1992, tras el estancamiento de 1991 y el crecimiento del 2,25% registrado en 1990. Se prevé un aumento del producto mundial del 1% en 1992 y del 3% en 1993, niveles cercanos al promedio de las últimas dos décadas (cuadro 1). La desaceleración económica mundial de 1991 reflejó el crecimiento más lento en los paises industriales en conjunto (incluida la recesión de Estados Unidos, el Reino Unido y Canadá), el estancamiento del Oriente Medio y la brusca contracción del producto en Europa oriental y la antigua U.R.S.S. Se prevé que la tasa de crecimiento económico de los paises industriales se elevará al 1,75% en 1992 y al 3% en 1993, y se espera que la recuperación cobrará impulso en los próximos doce meses. Tras la expansión de cerca del 6,5% registrada en 1989, la tasa de crecimiento del volumen del comercio mundial se redujo del 4% registrado en 1990 al 2,25% en 1991, lo cual refleja la desaceleración cíclica de la demanda de importación de los paises industriales y el colapso del comercio entre los paises de Europa oriental y la antigua Unión Soviética. Es probable que la tasa de crecimiento del comercio mundial se eleve al 4,5% 21 en 1992 y al 6,5% en 1993, debido en parte a la prevista reactivación paulatina de la economía de los paises industriales. La relación de intercambio agregada de los paises en desarrollo se deterioró en el equivalente del 3,5% en 1991, debido en gran parte a una baja de los precios del petróleo del 17% y una disminución de los precios de los productos básicos no combustibles del 4,5%. Se prevé que en 1992 la relación de intercambio de estos paises sufrirá un nuevo deterioro, esta vez equivalente al 1,75%, debido a un aumento de los precios de importación, y pese a que se prevé un pequeño aumento de los precios de los productos básicos no combustibles y que no se prevén variaciones de los precios mundiales del petróleo. La fluctuaciones de los precios de los productos básicos combustibles y no combustibles en 1992 implican diversas variaciones de la relación de intercambio de los distintos grupos de paises. Los paises que exportan principalmente productos básicos no combustibles registrarán, por cuarto año consecutivo, un deterioro de la relación de intercambio que representará una pérdida acumulativa del 19%. Se prevé que la relación de intercambio de los paises exportadores de combustible sufrirá un deterioro equivalente al 3,25% en 1992, tras una baja del 13% en 1991, que contrarrestará en gran medida el notable mejoramiento de 1989-90. En cambio, se prevé que la relación de intercambio de los paises que exportan principalmente manufacturas sólo sufrirá un leve deterioro, tras haber registrado una pequeña mejora en 1991. Las tasas de interés en la mayoría de los mercados internacionales de capital bajaron considerablemente en el último año. El promedio del LIBOR a seis meses, en dólares, bajó del 8,5% registrado en 1990 al 6% en 1991 y alcanzó un nivel del 3,25% en julio de 1992. La baja de las tasas de interés refleja una reacción en materia de política económica a las condiciones económicas en general desfavorables y a la situación más favorable en lo que respecta a la inflación en los paises industriales. Las tasas de interés a corto plazo bajaron considerablemente en el primer semestre de 1992 en Estados Unidos, Japón y Canadá. En cambio, siguieron afirmándose en Alemania, Francia e Italia. En general, en los principales paises industriales las tasas a largo plazo disminuyeron, aunque mucho menos que las tasas a corto plazo. Se prevé que las tasas de interés variarán relativamente poco durante los próximos doce meses. Tendencias económicas de los paises en desarrollo El producto de los paises en desarrollo aumentó un 3,25% en 1991, y se prevé que aumentará un 6,25% tanto en 1992 como en 1993, respaldado por un crecimiento más firme de los paises industriales, una reducción de los costos del servicio de la deuda relacionada con la baja de las tasas internacionales de interés, una reactivación de la economía del Oriente Medio y los efectos del mejoramiento de la política económica. Se prevé que seguirá registrándose un rápido crecimiento económico en Asia, suponiendo que la actual desaceleración económica de Japón no afectará gravemente al crecimiento de la exportación de los paises en esa región. Se prevé cierto afianzamiento del crecimiento económico en África, si bien la gravedad de la sequía en la región austral de ese continente probablemente seguirá 22 afectando de manera adversa a la región, y el crecimiento proyectado para África seguirá siendo inferior al de las demás regiones. Se prevé que la tasa de crecimiento de los paises de América se elevará a un 3,25% en 1992-93, en relación con un 2,75% registrado en 1991 y un promedio de menos del 0,5% en 1988-90. Esta mejora refleja, en gran medida, la adopción de una política acertada en muchos paises de esa región. La tasa de inflación media de los paises en desarrollo se redujo a la mitad, alcanzando un 40% en 1991-92, y se prevé que se reduzca aún más, a un 30% en 1993; se prevé que la mediana más representativa de las tasas de inflación se reducirá del 8,5% en 1991 al 6% en 1993. La inflación ha disminuido notablemente en América como resultado de los programas de ajuste y la consolidación fiscal en varios paises. La inflación de Asia se ha mantenido en general sin variación en los últimos dos años; las presiones alcistas sobre los precios en varios paises, originadas por las limitaciones de capacidad de producción y la excesiva expansión del crédito han sido compensadas por una baja de la inflación en varios otros paises a raíz de la adopción de una política monetaria restrictiva. También se prevé una baja de la inflación en los paises del Oriente Medio, a los niveles anteriores al conflicto bélico ocurrido en la región. En África se prevé que la tasa de inflación se mantendrá relativamente elevada en 1992 debido en parte a los aumentos de los precios administrados y al cuantioso déficit del sector público en varios paises. También se prevé que la sequía de la región austral creará presiones alcistas sobre los precios. Tras un aumento del 5% registrado en 1990, el volumen de la exportación de los paises en desarrollo aumentó cerca del 8% en 1991, ya que el pronunciado aumento de la exportación intrarregional de los paises asiáticos compensó con creces la desaceleración del crecimiento de la exportación en otras regiones. El volumen de exportación de los paises que exportan principalmente manufacturas aumentó un 11,25% en 1991, en tanto que el volumen de exportación de los paises que exportan principalmente productos básicos aumentó un 3,5% en 1991. Se prevé que la exportación de los paises en desarrollo aumentará nuevamente, esta vez un 8,75%, en 1992-93, al acelerarse la actividad económica de los paises industriales. Es probable que en 1992-93 se estabilice el crecimiento de la exportación, en niveles aproximados del 10,75% en el caso de los exportadores de manufacturas, 6,75% en el caso de los exportadores de productos básicos no combustibles, y 5% en el caso de los exportadores de combustibles. El déficit agregado en cuenta corriente de los paises en desarrollo aumentó pronunciadamente, de US$14.000 millones en 1990 a US$78.000 millones en 1991. Aunque influyeron en él la evolución cíclica de los paises industriales y el deterioro de la relación de intercambio, el aumento se debió sobre todo a los efectos de la crisis del Oriente Medio. También se produjo un gran aumento del déficit de los paises de América, que reflejó en parte una apreciación del tipo de cambio real y un pronunciado aumento de la importación de bienes de capital. Se prevé que el déficit en cuenta corriente de los paises en desarrollo se reducirá a un promedio de US$52.000 millones en 1992-93. Si bien se prevé una gran disminución del déficit en cuenta corriente de los paises del Oriente Medio, como resultado 23 1 1~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ de la normalización de la producción de petróleo, se prevé un aumento del déficit en cuenta corriente de muchos otros paises en desarrollo, en parte como reacción ante la gran afluencia de capital. La deuda externa total de los paises en desarrollo aumentó en un 6,25% en 1991, alcanzando US$1 billón 362.000 millones. En 1991, el coeficiente deuda/exportación prácticamente no se modificó, manteniéndose en un 125%. Se prevé que dicho coeficiente disminuirá en 1992-93 hasta situarse en un promedio del 118%. La reducción de dicho coeficiente ha sido considerable desde 1986, debido a la mejora de los resultados económicos, a la disminución de los empréstitos y a las operaciones de reducción de la deuda. La reducciones más pronunciadas han tenido lugar en los paises de América. En África, sin embargo, la mejora ha sido mucho menor, debido en parte al crecimiento relativamente lento de los ingresos de exportación. Desde 1986, la reducción del coeficiente del servicio de la deuda de los paises en desarrollo también ha sido muy pronunciada, pasando del 23% en 1986 al 14,5% en 1991. La disminución ha sido especialmente acentuada en el grupo de los quince paises muy endeudados, algunos de los cuales se han beneficiado del plan Brady. El coeficiente del servicio de la deuda de estos paises disminuyó, pasando del 45% en 1986 al 31% en 1991. Durante 1992-93, es probable que los coeficientes del servicio de la deuda se mantengan, en general, al mismo nivel, ya que el aumento de los coeficientes en los paises de América y de África serán contrarrestados por la disminución de los mismos en Asia y en Oriente Medio. En los paises de África, es probable que aumente dicho coeficiente como consecuencia de la acumulación de atrasos y del bajo crecimiento de los ingresos de exportación debido al deterioro de la relación de intercambio y a la demora en la aplicación de reformas económicas en varios paises. Durante el primer semestre de 1992, varios paises en desarrollo concertaron acuerdos de reestructuración de la deuda con sus acreedores. En junio, Argentina y representantes de bancos acreedores anunciaron que se habían acordado las condiciones definitivas para reducir la deuda a mediano y largo plazo con bancos extranjeros y los intereses en mora. Filipinas también firmó un acuerdo con bancos comerciales para recibir nuevo respaldo financiero, reestructurar la deuda existente y efectuar recompras de deuda. Durante el primer semestre del año, Nigeria concertó un acuerdo de reestructuración de la deuda que ha permitido reducir la deuda externa a mediano plazo en US$3.400 millones. Brasil ha llegado a un acuerdo en principio sobre un plan de reducción de la deuda y del servicio de la deuda que abarca las obligaciones a mediano y largo plazo ante bancos comerciales extranjeros, que ascienden a US$44.000 millones. En junio de 1992, México anunció la cancelación de US$7.000 millones de deuda externa que había adquirido en gran parte mediante acuerdos de recompra y conversiones de deuda. Además, doce paises en desarrollo concertaron acuerdos de reestructuración de la deuda con acreedores oficiales, consolidándose más de US$17.000 millones en obligaciones del servicio de la deuda. En los últimos años, el éxito con el que varios paises de ingreso mediano han logrado gestionar sus problemas de deuda ha confirmado que la 24 clave para dejar paulatinamente de depender del financiamiento excepcional es la adopción de políticas económicas firmes de manera sostenida. Con el respaldo de importantes acuerdos de reducción de la deuda y del servicio de la deuda, que han actuado de agente catalizador, estos paises han recuperado el acceso al financiamiento privado y han mejorado las perspectivas de crecimiento en el futuro. Muchos otros paises siguen teniendo graves problemas para atender el servicio de la deuda. En este grupo figuran algunos paises de ingreso mediano bajo cuyos desequilibrios macroeconómicos han sido particularmente importantes, que han adoptado políticas económicas de manera irregular y cuyo volumen de deuda contraída con acreedores oficiales es particularmente elevado. Además, en general, los paises de bajo ingreso han avanzado lentamente en la normalización de su situación, incluso aquéllos que han conseguido poner en práctica políticas económicas firmes de forma relativamente vigorosa. Tendencias económicas en Europa oriental y en la antigua U.R.S.S. En EuroRa oriental, la situación económica mejoró durante el primer semestre de 1992 en la República Federal Checa y Eslovaca, en Hungría y en Polonia. Se registró un aumento considerable de las exportaciones de estos paises a mercados de divisas convertibles y varias industrias empezaron a competir con éxito con las importaciones. Ello indica que en estas economías la oferta está reaccionado ante las reformas sistémicas adoptadas y la apertura al comercio internacional y la inversión recibida en los dos últimos años. En cambio, el producto siguió cayendo en otros paises de la región, debido a las persistentes dificultades en el proceso de transformación y, en el caso de Yugoslavia, a la guerra civil. Se prevé que en 1993, y por primera vez desde 1988, el crecimiento en toda Europa oriental será moderado, ya que los nuevos mercados de exportación y la mejora de la situación económica interna estimularán la producción en varios sectores. Tras una ligera disminución en 1991, la tasa de inflación aumentó en 1992, como consecuencia del aumento de los déficit fiscales de algunos paises, la mayor liberalización de los precios y los efectos de la guerra en Yugoslavia. Sin embargo, se prevé que la inflación disminuirá en 1993, como resultado de la reducción de los efectos de la liberalización de los precios, la política monetaria más restrictiva y los controles salariales. Se prevé que el déficit agregado en cuenta corriente de Europa oriental disminuirá de US$6.500 millones en 1991 a US$3.000 millones en 1992. En 1991, el déficit fue más bajo que el proyectado porque disminuyeron las importaciones debido a la falta de financiamiento externo y a la desaceleración de la demanda interna. Se prevé una reducción del déficit en 1992 que obedecería al aumento relativamente fuerte de las exportaciones de Polonia, Checoslovaquia y Hungría, y a la disminución de las importaciones debido a las persistentes restricciones financieras vigentes en otros paises. 25 Se prevé que los flujos financieros netos aumentarán de US$2.250 millones en 1991 a US$3.500 millones en 1992, alcanzando los US$6.250 millones en 1993. La inversión directa extranjera, aunque siguió siendo moderada, aumentó en 1991 y el primer semestre de 1992 en Hungría y Checoslovaquia, pero se mantuvo a un nivel bajo en la mayoría de los demás paises. La mayoría de las entradas de capital provienen todavía de acreedores oficiales, pero algunos paises han mejorado su situación general y solvencia crediticia, así como sus posiciones de reserva, y ello les ha permitido acceder a fuentes privadas de capital. En general, la deuda externa total de los paises de Europa oriental se mantuvo al mismo nivel en 1991, debido a que los efectos derivados del acuerdo de reestructuración de la deuda de Polonia con los acreedores del Club de Paris contrarrestaron el aumento de los empréstitos de otros paises de la región procedentes de fuentes oficiales. La situación económica en la antigua U.R.S.S. siguió deteriorándose, y se prevé que el producto de la región disminuirá en un 18,25% en 1992, tras una reducción similar del 9% en 1991. Se estima que el producto real de Rusia se ha reducido un 14% en el primer semestre de 1992 con respecto al año anterior. Se prevé que el producto de Ucrania disminuirá más de un 20% en el primer semestre de 1992. En los estados bálticos, el producto disminuyó fuertemente en 1991, debido en parte a la escasez de productos petrolíferos procedentes de Rusia. Se prevé una nueva disminución de cerca del 30% en 1992 1/. La liberalización de la mayoría de los precios al consumidor y al productor a principios de 1992 provocó una nueva alza del nivel general de los precios tras fuertes aumentos en 1991. En Rusia, se estima que los precios al por menor han aumentado en más de ocho veces en el primer semestre de 1992. Recientemente, se han adoptado políticas económicas para lograr la consolidación fiscal que contribuirán a amortiguar el aumento de los precios durante el segundo semestre del año, aunque la inflación probablemente seguirá siendo muy alta. Según los datos declarados, las exportaciones procedentes de Rusia a paises que no forman parte del territorio de la antigua Unión han disminuido un 30% en los cinco primeros meses de 1992. Sin embargo, la disminución real puede ser mucho menor, ya que es posible que una proporción creciente de las exportaciones no se refleje en las estadísticas oficiales. Se estima que las importaciones se han reducido en un 14%. Según las proyecciones iniciales, el déficit combinado en cuenta corriente de los 15 paises de la antigua Unión Soviética será de US$15.750 millones en 1992 y de US$20.500 millones en 1993. Estos pronósticos se aplicarían en caso de que se recibiera ayuda financiera externa de cierta cuantía. Se prevé que los flujos financieros netos ascenderán a US$21.000 millones en 1992, tras situarse en US$9.250 millones en 1991. El 1/ No se dispone de proyecciones desagregadas sobre la antigua Unión Soviética correspondientes a 1993. 26 aumento se atribuye a las transferencias procedentes de Alemania, relacionadas con la repatriación del personal militar de la antigua U.R.S.S, y al volumen considerable de empréstitos de Rusia procedentes de acreedores oficiales previstos en el plan de asistencia respaldado por la comunidad internacional. También se supone que aumentarán de forma moderada las tenencias de divisas, tras la drástica reducción ocurrida en 1990. La deuda externa total aumentó en 1991, alcanzando unos US$66.000 millones. Sin embargo, el coeficiente deuda/exportación pasó del 53% al 85% debido al colapso del comercio. Se prevé que el coeficiente de la deuda aumentará de nuevo en 1992. 27 Cuadro 1. Paises industriales, paises en desarrollo y antiguas economías de planificación central: Principales indicadores económicos; 1989-93 (Variación anual porcentual, salvo que se indique otra cosa) 1989 1990 1991 1992 1993 Crecimiento deL PIS real 3,3 2,3 0,1 1,1 3,1 Voltunen deL comercio exterior 6,8 3,9 2,3 4,4 6,5 Precios del comercio exterior Combustibles 21,5 28,3 -17,0 0,0 -0,6 Productos básicos no combutibles 1/ -0,6 -7,8 -4,5 1,4 2,8 Manufacturas -0,2 9,0 -0,5 4,6 3,5 LIBOR a seis meses en dolares (porcentaje) 9,3 8,4 6,1 3,9 4,2 Paises industriales Crecimiento del PIO real 3,3 2,4 0,6 1,7 2,9 infLación 4,4 4,9 4,4 3,3 3,2 Crecimiento del voLumen de importación 7,3 4,5 2,4 4,1 4,9 Paises en desarrollo Crecimiento del PIB real 3,7 3,6 3,2 6,2 6,2 Inflación 70,2 80,2 42,5 42,4 27,7 InfLación , saWm su origen, 19e0-t ~ 3 de5 NOMINALES REALES (mies de millones de US$) (mies de milones de US$ constantesde 1991) Indice valor Inversibn unitario de Inveribn Monto Donadones Prbstamos Prestamos extranIera las Monto Donaciones Prbtamos Prhstamos extanjem glol oficiales ofidales prvados directa importaciones1 global oficiales oficales pivados d¡recta 1980 37,6 12,6 15,1 15,1 (5,2) 81,3 46,3 15,5 18,6 18,6 (6,4) 1981 46,4 11,4 17,0 19,8 (1,8) 81,3 57,1 14,1 21,0 24,3 (2.3) 1982 29,2 10,5 17,4 4,6 (3,2) 82,2 35,6 12,7 21,2 5,5 (3,9) 1963 13,7 10,0 15,7 (8,9) (3,1) 79,8 172 12,5 19,7 (11,1) (3.9) 1984 (0,2) 11,5 12,6 (22,0) (2,2) 78,6 (0,2) 14,6 16,0 (28,0) (2,8) 0 1985 (4,5) 13,3 9,6 (27,3) (0,2) 76,6 (5,9) 17,3 12,6 (35,6) (0,2) 1986 (7,3) 14,1 8,2 <29,2) (0,4) 77,5 (9,4) 18,2 10,5 (37,6) <0,5) 1987 (12,4) 14,9 5,8 (35,5) 2,3 82,3 (15,1) 18,1 7,1 (43,1) 2,8 1988 (6.5) 17,4 2,2 (33,7) 7,6 87,1 (7,4) 20,0 2,5 (38,7) 8,7 1989 3,2 18,1 4,2 (29,3) 10,2 89,7 3,5 20,2 4,6 (32,7) 11,4 1990 10,9 21,4 4,2 (25,8) 11,1 9S,4 11,3 22,2 4,3 (26,8) 11,5 1991 13,5 19,8 4,4 (22,8) 12,1 100,0 13,5 19,8 4,4 (22,8) 12,1 'El índice del valor unitario de ls irportaciones,elaborado por el FMI (base de datosde Perspectlvasde la econom a mundial), se ponder utizando el valor en dbares de EE.UU. de las imporlaciones de cada pa fs en desarroio. Fuentes: Banco Mundial, FMI. CUADRO A4. Trsend netas (obales r ( o pazo). por rega~e y Wupos de k .igreso. 1981AI k 4 de 5 (miles de milones de US$ constantesde 1991) REGIONES GRUPOS DE INGRESOS SELECCIONADOS Pa fses de Pa fses de America Oriente Pa Sses del ingreso Ingreso Pa ises Africa al Latina Medio y Programa bajo mediano de Monto Sur del Asia Asia y el Norte de Europa y el especial de gravemente gravemente ingreso global Sahara Meridional Oriental Caribe Africa Mediteráneo asistencia endeudados endeudados bajo 1980 46,3 7,3 5,9 3,4 8,9 8,2 10,2 4,8 7,9 12,8 13,8 1981 57,1 9,9 5,4 4,3 22,9 6,8 5,8 4,4 10,9 23.0 13.7 1982 35,6 11,1 6,2 4,3 4,3 7,1 0,6 4,1 12,2 5,6 18,7 1983 17,2 8,2 4,3 7,8 (11.5) 7,4 (1,0) 4,0 9,6 (10,7) 15,2 1984 (0.2) 6,1 5,9 4.3 (19.7) 3,9 (3,2) 5,0 7,5 (20,1) 14,4 1985 (5.9) 5,8 4,8 4'4 (25,7) 6,6 (4,9) 4,6 7,2 (25.1) 16,8 1986 (9.4) 8,5 6,0 (2,1) (26,1) 6,9 <5,4) 6,3 10,1 (23,5) 23,1 1987 (15,1) 10,2 5'9 (10.9) (20,5) 6,0 (9,0) 6,1 10,7 (16,2) 26,0 1988 (7.4) 8,9 8,3 (1,6) (24,0) 2,7 (5,0) 6,2 9,2 (22,2) 25,5 1989 3,5 13,2 7,2 4,1 (19.0) 1,1 (3.0) 6,7 10,4 (21.3) 25.0 1990 11,3 10,9 4,2 8,4 (6,5) (1,5) (3,8) 8,7 12,7 (10.0) 27,6 1991 13,5 9,5 5,8 8,1 (6,1) 1,7 (5,4) 5,8 11,7 (13,4) 21.8 Fuentes: Banco Mundial, FMI. CUADROA5. Couhntesol s en oconceuor aha bs pa fsesen desairo. por moddades, 198041 Ao 5 de 5 (mies de mfllones de US$) 1980 1981 1982 1983 1984 1985 1986 1987 1988 1989 1990 1991 E Asistenciaoficlal para el desarrolo 235 241 225 214 204 243 261 306 309 332 363 341 Pr~stamosbiaterales 82 94 83 79 52 70 74 102 81 97 86 80 Prestamos multlateraIes 27 33 37 35 37 40 46 55 54 54 63 63 Donadonesofidales1 126 114 105 100 115 133 141 149 174 181 214 198 Partidas de memorando: AOD en terminos reales2 289 297 273 268 259 317 337 372 355 371 377 341 AOD en trminos reales3 380 410 393 377 369 436 371 376 353 385 376 341 1 No nduyen donadones de cooperacbn tbcnca ni condonadonesde deuda estimadas. 2 Basada en el Indice del valor unitajio de las knportadones (Fuente: FMI, Perspectivas de la econom fa mundiao. 3Basada en el defactor del PNB de la OCDE. E Denota que las cifas son estimacones. Fuentes: OCDE, Banco Mundial, FMI. MARCO JURIDICO PARA EL TRATAMIENTO DE LA INVERSION EXTRANJERA Informe para el Comité para el Desarrollo sobre el marco jurídico para el tratamiento de la inversión extranjera OBSERVACIONES PRELIMINARES 1. El presente documento ha sido elaborado en respuesta a la solicitud del Comité para el Desarrollo, hecha con ocasión de su reunión del mes de abril de 1991 por iniciativa de Francia, de que se preparara un informe sobre "un marco jurídico general que incorpore los principios esenciales en la materia con objeto de promover la inversión extranjera directa." Sucede a un informe sobre la marcha de las actividades en torno al marco jurídico en cuestión presentado al Comité en la reunión de abril de 1992, en el que se describía el enfoque que se habría de seguir y su justificación, y se esbozaba el ámbito de aplicación del marco propuesto. 2. Las actividades que se reflejan en este informe difieren de la labor realizada a partir de 1977 por el Centro de las Naciones Unidas sobre las Empresas Transnacionales por lo menos en dos aspectos. En primer lugar, el presente informe abarca los principios generales que se recomiendan para orientar el comportamiento de los gobiernos frente a los inversionistas extranjeros; no incluye reglas de buena conducta para estos últimos. En las disposiciones negociadas del proyecto de código de conducta de las Naciones Unidas para las empresas transnacionales, que se encuentra en proceso de revisión en vista del "nuevo entorno económico internacional,", se refleja un conducto de reglas al respecto. Tal como habían sido elaboradas originalmente, "[e]sas disposiciones tenían el objetivo común de maximizar la contribución de las empresas [transnacionales] al desarrollo económico y social de los paises receptores, y de minimizar sus efectos negativos"2. Específicamente, se refieren a los siguientes temas: divulgación de información por las empresas extranjeras, protección del medio ambiente y de los consumidores, prácticas comerciales restrictivas, abstención de utilizar prácticas corruptas, fijación de precios de transferencia, relaciones entre las empresas matrices y sus afiliadas, y relaciones laborales y condiciones de trabajo. Si bien en el contexto del presente informe no se reiteran los principios aludidos, la finalidad de las directrices propuestas es que se apliquen a inversiones privadas bona flid, en las que los inversionistas actúan de buena fe y en un todo de acuerdo con las leyes y reglamentaciones del Estado receptor3. En ellas también se dispone que las restricciones aplicables a las inversiones nacionales por razones de orden público, salud pública y protección del medio ambiente regirán igualmente para las inversiones extranjeras4. Además, en las directrices propuestas se recomienda a todos los Estados que adopten medidas adecuadas para evitar y oponerse al uso de prácticas comerciales corruptas y para promover la responsabilidad y 72 transparencia en las negociaciones que celebren con inversionistas extranjeros, así como que cooperen con los demás Estados en la creación de procedimientos y mecanismos internacionales encaminados a tal fin5. 3. En segundo lugar, el presente informe no pretende ser una codificación de normas de derecho internacional, que esencialmente son convenidas y de cumplimiento obligatorio. Más bien intenta reflejar las que en estos momentos constituyen normas internacionales generalmente aceptables que cumplen el objetivo especificado en la solicitud del Comité para el Desarrollo, es decir, la promoción de la inversión extranjera directa. Afortunadamente, la brecha que pudiese existir entre principios generalmente aceptados como normas de derecho internacional jurídicamente obligatorias y las directrices que se adjuntan al presente informe se está reduciendo como consecuencia de la evolución observada prácticamente en todos los paises en desarrollo en lo que se refiere a realidades y percepciones relativas al entorno en materia de políticas que atañe a la inversión extranjera, y de la intensificación de la labor normativa registrada en los últimos años en este campo, tanto a nivel regional como mundial. Ahora bien, se reconoce que aunque algunas de las normas formuladas en el presente documento no representan la última aspiración de la comunidad internacional en la materia, si reflejan normas en ciernes ---y no ya establecidas--- en el marco del derecho internacional contemporáneo. Por esta razón, en varios aspectos ellas representan lo que se considera aconsejable, más que la práctica común. Dado que su objetivo es proporcionar los elementos constitutivos de un marco internacional que en el futuro pueda traducirse en normas generalmente aceptadas, las directrices propuestas tampoco deberían interpretarse como una política primordial recomendada para todo país interesado en atraer la inversión extranjera. La situación de un país determinado bien puede requerir que se siga un enfoque más liberal, adecuado a las circunstancias reinantes, que el que ofrecen las que en estos momentos se consideran normas internacionalmente aceptables. 4. El propósito de formular normas internacionales generalmente aceptables para promover la corriente de inversión extranjera es a la vez oportuno y útil. Resulta oportuno en razón de la mayor importancia que está revistiendo la inversión extranjera directa privada en los paises en desarrollo. Se ha observado un aumento considerable de la corriente de inversión extranjera puesto que el nivel registrado en 1991 fue casi tres veces superior al de 19866, y en la actualidad la inversión extranjera representa alrededor del lOX de la inversión privada total en esos paises7. También es muy posible que en el decenio de 1990 se registre otro aumento importante, en comparación con el incremento moderado que se prevé en la asistencia oficial y el financiamiento en condiciones comerciales. Esta labor es igualmente oportuna en vista de la profunda transformación que se ha registrado en los paises de Europa Oriental, Asia Central y, sin duda, en muchas naciones en desarrollo, que de tener economías orientadas hacia el interior --basadas en el dirigismo ejercido por el sector público y movidas por políticas de sustitución de importaciones--, pasaron a ser economías de mercado orientadas hacia el exterior, basadas en el fomento del sector privado y la competencia abierta. Junto con esta transformación, operaciones como la nacionalización de inversiones extranjeras son cada vez menos frecuentes y, con el cambio de la composición de corrientes de inversión 73 extranjera, las clasificaciones acostumbradas de país "de origen" y "receptor" y las distinciones entre éstos, en parte han perdido importancia, lo que a su vez indica la aplicación de un enfoque más equilibrado en lo que respecta a las cuestiones relativas a la inversión extranjera9. 5. Este proceso de transformación y la tendencia generalizada a atraer la inversión extranjera hacen que sea particularmente útil tratar de llegar a un entendimiento general acerca de un marco normativo conveniente destinado a orientar la conducta de los gobiernos en el futuro en lo tocante a la inversión extranjera. En este, como en otros ámbitos, es esencial contar con un marco jurídico acertado, en términos de normas generales claras, estables y razonables, como también de mecanismos equitativos y eficientes de aplicación y ejecución de las normas, y de arreglo de diferencias. Evidentemente, no se puede esperar que un marco de esta índole, por más necesario que sea, produzca por si solo un cambio importante en las condiciones de los mercados de inversión o en la actitud de los inversionistas hacia ellos. En consecuencia, el establecimiento de un marco jurídico normativo y reglamentario acertado debe considerarse como uno de tantos requisitos básicos que, en conjunto, pueden modificar las decisiones y las tendencias en materia de inversión. Los siguientes requisitos también son esenciales para que el marco jurídico apropiado permita obtener los resultados deseados, en lo que se refiere no sólo al aumento de la inversión extranjera, sino también al fomento del sector privado en general, a saber: estabilidad política; la reducción de los desequilibrios macroeconómicos, de la incertidumbre económica y de las distorsiones de los precios; el fortalecimiento de las instituciones financieras; el mejoramiento del funcionamiento de los mercados de factores en general y de la infraestructura física y la administración pública; la seguridad de que pueda contarse con mano de obra calificada y disciplinada --incluidos oficinistas y supervisores-- y con la información yertinente, además de la presencia de prósperos inversionistas extranjeros' . La necesidad de que existan normas jurídicas internacionales aumenta al procurarse mejores climas para la inversión a escala mundial y al existir incertidumbre en torno a las normas de derecho internacional al respecto. Tal como se indica en el último informe del Centro de las Naciones Unidas sobre las Empresas Transnacionales, I[y]a no se trata de si debe o no haber normas internacionales, sino de saber si el marco internacional actual es suficiente o adecuado para que en el nuevo marco económico y político las inversiones extranjeras sean estables, fiables y mutuamente beneficiosas"11. 6. Mientras el Centro de las Naciones Unidas sobre las Empresas Transnacionales sigue tratando de codificar normas internacionalmente convenidas por las que se rija el comportamiento de los inversionistas extranjeros y los paises receptores en el futuro, este informe y las directrices propuestas que se adjuntan intentan identificar un conjunto de principios que, es de esperar, sean aceptables en vista de las últimas tendencias observadas y, al mismo tiempo, tengan posibilidades de mejorar las perspectivas de las corrientes de inversión hacia los paises en desarrollo. En consecuencia, las directrices recomendadas pueden servir de orientación para la labor futura en la materia a nivel nacional e internacional. En la medida en que la conducta de los Estados esté en consonancia con estas directrices y refleje la convicción general acerca de su obligatoriedad, 74 ellas podrán influir efectivamente en la evolución del derecho internacional consuetudinario en la medida en que no reflejen ya sus normas. Si bien las directrices podrían servir estos importantes propósitos, por cierto que no se pretende que constituyan parte de la condicionalidad de los préstamos del Banco Mundial ni que entrañen que el Banco ha asumido una función legislativa que no le cabe. 7. El resto del presente informe contiene notas explicativas sobre las directrices propuestas y tiene por objeto facilitar la comprensión de las mismas y contribuir a preparar el camino para que tengan aceptación general. Para la lectura de estas directrices, es particularmente importante tener en mente los siguientes factores: i) Las directrices propuestas están dirigidas a todos los Estados miembros y la intención es que sean aplicables a todos ellos y, es más, a toda la comunidad internacional en general; no están destinadas solamente a los paises en desarrollo ni a un grupo regional homogéneo de paises en concreto. ii) Las directrices propuestas abordan la conducta de los Estados frente a los inversionistas extranjeros y no la de estos últimos. La exclusión mencionada no se debe a que el tema carezca de importancia o pertinencia; sólo refleja el entendimiento acerca de la solicitud hecha por el Comité para el Desarrollo y un anhelo de evitar la duplicación de las tareas de gran alcance cumplidas por el Centro de las Naciones Unidas sobre las Empresas Transnacionales y, anteriormente, por la OCDE en esta esfera. iii) Dado que fueron elaboradas para un fin práctico y no teórico, las directrices propuestas están redactadas con realismo, teniendo en cuenta los instrumentos legales vigentes y las prácticas aconsejabes que guardan armonía con las políticas del Grupo del Banco Mundial. iv) La finalidad de las directrices propuestas es presentar un marco general que complemente, aunque no pueda sustituirla, la extensa variedad de instrumentos internacionales, consistente en tratados bilaterales de inversión, convenios regionales y otros instrumentos de aplicación más amplia elaborados por organizaciones especializadas, como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y la Comunidad Europea (CE), con miras a asegurar condiciones estables para la inversión en sus paises miembros. En este sentido, de ser adoptadas, las directrices serian aplicables en caso de que no existieran este tipo de tratados bilaterales y otros instrumentos, o de que en ellos no se abordaran cuestiones contempladas en las directrices. En consecuencia, si bien las directrices constituyen un avance más en materia de actividades generales en el plano internacional con miras a mejorar el clima para las inversiones y, en lo que se refiere a la evolución constante en la esfera del mejoramiento de las normas de aplicación en la materia, también sirven de base para la creación de otros instrumentos, en especial tratados bilaterales. v) Por último, aunque no por ello es menos importante, la finalidad de las directrices recomendadas es servir el propósito de promover y 75 favorecer las inversiones extranjeras, de modo que aumenten en volumen y se extiendan al mayor número de paises posible, y que su flujo sólo se rija por consideraciones económicas y no se vea obstaculizado por factores que no sean de índole comercial y que puedan evitarse. ABITO DE APLICACION DE LAS DIRECTRICES PROPUESTAS 8. En la Directriz I se describe el alcance y propósito de las directrices propuestas. Ellas podrían ser aplicadas por los miembros del Grupo del Banco Mundial y otros Estados en su empeño por atraer un mayor volumen de corrientes de inversión extranjera privada. Sin embargo, las directrices carecerían por si solas de fuerza legal o carácter obligatorio. Esto queda claro con la distinción que se hace en la Sección 1 de la Directriz I entre las directrices y los instrumentos de cumplimiento obligatorio, como los tratados bilaterales y multilaterales pertinentes. Las directrices propuestas estarán sujetas a todo tratado de esa naturaleza y facilitarán la celebración de otros tratados bilaterales de inversión. Al mismo tiempo, pueden ser útiles para complementar instrumentos de carácter obligatorio que se usan en el ámbito de la inversión extranjera. Como ya se indicó, las directrices recogen las enseñanzas que ha dejado la experiencia adquirida con prácticas y políticas que pueden favorecer la creación de un clima atrayente para la inversión. 9. Como se indica en la Sección 1 de la Directriz I, en la práctica las directrices tal vez contribuyan sobre todo a ayudar a formular normas jurídicas nacionales sobre inversión extranjera. Para los encargados de redactar los anteproyectos de leyes nacionales en esa materia, según las circunstancias, necesidades y políticas del país en cuestión, las directrices pueden servir como guía de las disposiciones que seria aconsejable incluir en dichas leyes o simplemente de la clase de cuestiones que seria conveniente abordar en ellas. En este sentido, también podrían ayudar a coordinar la prestación de asistencia técnica a los paises para la preparación de leyes sobre inversiones, tomando como base un mínimo de normas generalmente aceptables. Lo que es más importante, las directrices pueden ser útiles para la formulación progresiva de principios y normas internacionales sobre inversión extranjera por parte de árbitros y especialistas y, con el tiempo, pueden verse reflejadas en la conducta de los Estados que todavía no se rigen por normas similares. Las directrices adquieren un mayor valor desde el punto de vista práctico, en todos los aspectos mencionados, por el hecho de que en ellas se encuentran además plasmados principios generales y tendencias actuales extraídos de estudios exhaustivos de antecedentes en los que se comparan tratados bilaterales de inversión, tratados multilaterales y otros instrumentos relativos a la inversión extranjera, laudos arbitrales internacionales, trabajos de especialistas en derecho internacional y códigos nacionales de inversiónU2. Por lo tanto, si bien en si no tienen carácter obligatorio, como para su formulación se tuvieron en cuenta instrumentos legales vigentes, las directrices propuestas tal vez no resulten incompatibles con las que, según algunas fuentes, pueden considerarse normas establecidas de derecho internacional. Con todo, se recomienda su adopción 76 sin perjuicio de las diferentes posiciones que puedan adoptar los Estados y especialistas acerca de lo que el derecho internacional puede exigir o dejar de exigir en esta etapa de su evolución. 10. Ahora bien, tal como se previó en la solicitud del Comité para el Desarrollo, los diversos aportes posibles de las directrices son de naturaleza esencialmente jurídica. En consecuencia, si bien las directrices propuestas se redactaron en gran medida en forma normativa (aun cuando se haya empleado un lenguaje lo más sencillo y claro posible), naturalmente que ello no les confiere por si solo fuerza legal alguna. Como ya se recalcó, la finalidad de las directrices propuestas no es, ni podría serlo, reemplazar por si mismas instrumentos de cumplimiento obligatorio tales como leyes nacionales o tratados. Por el contrario, las directrices sólo podrían adquirir en definitiva fuerza legal si los Estados las incorporaran en las leyes nacionales o en el derecho internacional en la forma señalada antes. 11. El propósito de las directrices es que rijan para la inversión extranjera privada. No obstante, los principios generales amplios establecidos en ellas se aplican igualmente a las inversiones que efectúan organismos públicos extranjeros, tales como empresas estatales extranjeras u organizaciones intergubernamentales. Evidentemente, también revisten importancia para las inversiones que realizan los nacionales de los Estados y que en ese sentido son inversiones nacionales, pero con fondos provenientes 13 del exterior 12. Como las directrices tienen por objeto ayudar a promover la inversión extranjera privada en general, se las ha concebido con un alcance amplio. Por lo tanto, si bien en muchos aspectos pueden ser particularmente pertinentes para la inversión extranjera directa privada'4, no hay razones para limitarlas a ellas y excluir de su ámbito de aplicación a las inversiones de cartera. 13. De hecho, más allá de especificar que la inversión debe ser privada y extranjera, las directrices propuestas no incluyen restricciones en cuanto a la naturaleza de las inversiones comprendidas. En este sentido, serian similares a la mayoría de los tratados bilaterales de inversión e instrumentos multilaterales, que adoptan definiciones amplias de las inversiones comprendidas o bien no las califican en absoluto15. En consecuencia, las directrices se aplicarían a inversiones tanto indirectas como directas, inversiones contractuales modernas y otras modalidades nuevas de inversión en las que la manera en que se suministran los fondos, equipos, tecnología y en que se prestan los servicios cambia constantemente, mientras la rentabilidad para los inversionistas depende total o parcialmente de la prosperidad de la empresa; también regirían para los tipos acostumbrados de inversión extranjera, como aportes de capital social y concesiones. Las directrices propuestas podrían aplicarse asimismo, en general, tanto a inversiones en moneda nacional o divisas como a inversiones en especie y en dinero. Del mismo modo, no incluyen restricciones en cuanto a los propios inversionistas extranjeros comprendidos, que pueden ser tanto empresas como personas naturales'6. 77 14. Estado y nacionales son términos de uso frecuente en las directrices propuestas. En asuntos relacionados con inversión extranjera, como en otros campos, los Estados generalmente actúan a través de sus organismos responsables u otras entidades públicas. Por otra parte, el término nacionales de un Estado comprende no sólo a personas naturales que poseen la nacionalidad de un Estado en particular, sino también a empresas y órganos similares establecidos en su territorio. Para evitar malas interpretaciones, en la Sección 1 de la Directriz I se especifica que en general las directrices se proponen abarcar la conducta de los Estados (o cualquier subdivisión de los mismos o institución que actúe en calidad de organismo o agente de ellos) frente a las personas naturales o jurídicas que posean la nacionalidad de otro Estado, con arreglo a la ley del primero . 15. Dado que su finalidad es establecer un marco general para el tratamiento de los inversionistas extranjeros por parte de los Estados receptores, las directrices se refieren a cada una de las principales esferas en la materia, a saber: la admisión de inversiones extranjeras, normas relativas al tratamiento y transferencia de capital e ingresos netos; expropiaciones e indemnizaciones pertinentes y arreglo de diferencias. Como se explicó antes, si bien no se abordan las reglas relativas a la conducta de los inversionistas extranjeros en los Estados receptores, las directrices sólo contemplan inversiones realizadas de buena fe en un todo de acuerdo con la legislación local. En la Sección 2 de la Directriz I se hace referencia especial a este supuesto fundamental, que a menudo se ve plasmado en los instrumentos multilaterales vigentes sobre el tratamiento de la inversión extranjera, y en la Sección 9 de la Directriz IV también se le presta relativa consideración. 16. Existen diferencias evidentes entre la situación de los inversionistas extranjeros y la de los nacionales. Por ejemplo, normalmente se establecen medidas para la repatriación final del capital de inversión y los ingresos pensando solamente en los inversionistas extranjeros. Empero, la situación de ambas clases de inversionistas puede ser similar en muchos otros aspectos. La experiencia indica que, en la medida en que los inversionistas extranjeros y nacionales se encuentren en circunstancias esencialmente similares, el tratamiento equitativo y, por lo tanto, la competencia en igualdad de condiciones, son factores importantes para crear un clima propicio para la inversión. La práctica de otorgar a los inversionistas extranjeros prerrogativas especiales injustificadas en razón de la situación especial en que se encuentran puede distorsionar el comercio y la competencia y, en última instancia, hacer muy poco por atraer la inversión extranjera. Tal como se recalca en la Sección 3 de la Directriz I, las directrices no se proponen respaldar el otorgamiento de dichos privilegios especiales a los inversionistas extranjeros. Sin embargo, ello no quita que en algunos aspectos la índole extranjera de la inversión o del inversionista puedan justificar un trato diferente, como se señaló antes. 78 ADNISION 17. En la Directriz II se aborda el tema de la admisión o ingreso de inversiones extranjeras en los paises receptores. Al igual que en las disposiciones preliminares de la mayoría de los tratados bilaterales de inversión y muchos instrumentos multilaterales y códigos nacionales de inversión, en la Sección 1 de la Directriz II se explicita la necesidad de que los paises receptores alienten la inversión extranjera. Al respecto, en esa sección se destaca el hecho de que seria provechoso fomentar la inversión extranjera que revista la forma no sólo de aportes de capital, sino también de transferencia de tecnología, conocimientos y aptitudes que suele acompañar a la inversión extranjera directa y acrecentar el valor que representan para la eficiencia y la competitividad del país receptor 18. En la Sección 2 de la Directriz II se expresa en forma práctica el principio general señalado en la Sección 1. Al igual que las disposiciones de muchos tratados bilaterales y multilaterales de inversión y códigos nacionales en la materia, la Sección 2 contempla que los paises receptores faciliten la admisión y el establecimiento de inversiones extranjeras. A este respecto, se hace especial referencia a la necesidad de evitar la reglamentación excesiva de la admisión y la imposición de obstáculos burocráticos innecesarios a ésta. En este sentido, las directrices propuestas se pueden comparar con muchos códigos nacionales modernos de inversión que procuran eliminar en principio los procedimientos de admisión y, en los casos en que éstos sean necesarios, perfeccionarlos a través de mecanismos tales como los "organismos de centralización de trámites" para la aprobación de inversiones19. 19. Sin embargo, en todos los sistemas jurídicos la admisión se halla reglamentada de alguna manera. En la Sección 3 de la Directriz II se deja en claro que los Estados conservan el derecho de establecer reglamentaciones. En este sentido, las directrices están en consonancia con la mayoría de los tratados bilaterales y multilaterales de inversión que también reconocen que la admisión de la inversión extranjera es, primordialmente, un asunto sujeto a la decisión y reglamentación de cada Estado en ejercicio de su soberanía20. 20. No obstante, en la Sección 3 de la Directriz II se hace una advertencia respecto a la adopción de un enfoque restrictivo y, en particular, de la inclusión en dichas reglamentaciones en ciertos requisitos (como un mínimo de participación nacional en la propiedad local y de personal, o el cumplimiento de metas de exportación) como condiciones para la admisión de la inversión extranjera. Tal como se explica en la sección, la experiencia indica que la imposición de tales requisitos puede frenar las inversiones o dar lugar a abusos. La experiencia adquirida señala que estos tipos de requisitos son cada vez menos frecuentes en las leyes nacionales de inversión. El enfoque que se adopta cada vez más en dichas leyes es hacer de la admisión un proceso automático en gran medida, limitando las exclusiones o las exigencias para su aprobación a tipos específicos de inversiones para los que se considera que hace falta dicho control21. En la Sección 3 de la Directriz II se respalda este enfoque, señalándose que el hecho de que una determinada inversión no requiera aprobación específica evidentemente no la 79 exime del cumplimiento de las leyes y reglamentaciones del Estado receptor que, por lo general, exigen la inscripción de tales inversiones y prevén el cumplimiento cabal de las normas aplicables. 21. En las Secciones 4 y 5 de la Directriz II se mencionan tipos de exclusiones especialmente importantes que los Estados pueden hacer legítimamente conforme al enfoque liberal que se respalda en la Sección 3. En consecuencia, los Estados pueden admitir inversiones sin supeditarlas a la obtención de una aprobación previa, y también prohibir en su territorio inversiones extranjeras que constituyan una amenaza para la seguridad nacional conforme a exigencias claramente definidas, o correspondan a sectores que las leyes del Estado reservan a sus nacionales por motivos relacionados con objetivos de desarrollo económico del Estado o con necesidades de interés nacional. Por otra parte, pueden prohibirse otros tipos de inversiones, tanto nacionales como extranjeras. Dichas exclusiones se refieren a inversiones que son contrarias al orden público, es decir, inversiones que trasgreden valores fundamentales de la sociedad del país en cuestión y que se definen en sus leyes y en la jurisprudencia, e inversiones que tienen un efecto nocivo en el medio ambiente o la salud pública. Estos tipos limitados de exclusiones son comunes a todas las leyes nacionales de inversión. Sin embargo, es importante señalar que el Estado receptor no debe establecer prohibiciones en materia de inversiones extranjeras a la ligera, sino que ellas deben ser más bien excepciones limitadas que hayan sido consideradas detenidamente. Este punto se vuelve a tratar en la Sección 4 de la Directriz II. 22. En las leyes de inversión también suelen reservarse a los nacionales las inversiones en sectores en los que se considera que los intereses nacionales demandan que exista control nacional sobre los mismos. Empero, como sucede en algunos de los códigos más recientes, este tipo de restricciones debería limitarse a los sectores que por su naturaleza normalmente son en todo caso de interés primordialmente nacional. En la Sección 4 de la Directriz II se admite que dichas restricciones limitadas tal vez sean inevitables, es decir, no se sugieren como regla, sino como excepción. 23. Las decisiones de los inversionistas que tienen intenciones serias de concretar inversiones en un país siempre son precedidas de una evaluación del clima local para las inversiones. A fin de atraer inversiones extranjeras, puede resultar provechoso que los Estados faciliten activamente las evaluaciones que realicen los posibles inversionistas. En este sentido, reviste especial importancia identificar con precisión las normas jurídicas y las políticas locales aplicables que estén en vigencia. El problema del idioma y las diferencias culturales pueden hacer de ésta una tarea particularmente onerosa para los inversionistas extranjeros, que en parte puede facilitarse si se reúnen en una sola publicación las principales normas aplicables a los inversionistas extranjeros. En un manual sobre inversiones de este tipo se pueden resumir las reglas aplicables, hacer referencia a todas las leyes y reglamentaciones pertinentes y proporcionar las demás informaciones que normalmente necesitan los posibles inversionistas, ya sea que estén o no codificadas22. Aparte del gran interés de los inversionistas extranjeros en una publicación de este tipo, su preparación también puede 80 brindar a los Estados receptores la oportunidad de evaluar el grado de acierto de sus regímenes de inversión extranjera. Algunos Estados receptores ponen a disposición de los interesados estos manuales u otros resúmenes y en la Sección 6 de la Directriz II se recomienda la adopción de este enfoque. TRATAMIENTO 24. En la Directriz III se abordan tanto las normas generales sobre trato que los Estados receptores deben dar a los inversionistas extranjeros, como algunos de sus aspectos particulares, en especial la transferencia de capital de inversión e ingresos. 25. Por definición, una norma sobre el trato a dispensarse es un principio general. Sin lugar a dudas, podría perder gran parte de su valor si sólo se aplicara a algunas de las actividades de los inversionistas extranjeros. De hecho, al parecer los tratados bilaterales y los instrumentos multilaterales de inversión que establecen normas generales sobre el trato a dispensarse nunca restringen el alcance de la norma de esta manera. En consecuencia, en la Sección 1 de la Directriz III se deja en claro que el tratamiento recomendado cubrirá no sólo el establecimiento de la inversión, sino también los diversos aspectos de sus alternativas posteriores y las actividades relativamente conexas, incluida la disposición final de la inversión23. Al respecto, en esa sección se recuerda que se pretende que las directrices sean aplicables simultáneamente a todos los Estados. También se hace hincapié en que las normas minuciosas incluidas en las Directrices están sujetas a los tratados bilaterales, convenios multilaterales y otros instrumentos internacionales de cumplimiento obligatorio aplicables, como también a las normas generalmente aceptadas de derecho internacional consuetudinario. 26. En casi todos los tratados bilaterales de inversión y diversos instrumentos multilaterales en esta materia se prescribe como norma objetiva dar un trato "justo y equitativo" a los inversionistas extranjeros. En la Sección 2 de la Directriz III se sigue este ejemplo y se establece una relación entre dicha norma y el conjunto de las directrices. 27. En la mayoría de los tratados bilaterales de inversión también se dispone que los Estados deben brindar a los inversionistas extranjeros un trato que, además de ser justo y equitativo, sea tan favorable como el que dispensan a sus propios nacionales. En muchos instrumentos multilaterales y códigos nacionales de inversión también se estipula una norma complementaria relativa al trato que se debe dar a los nacionales. Un aspecto importante de dicha norma es que los inversionistas extranjeros también deben recibir la protección y seguridad que se brinda a los nacionales, por ejemplo, con respecto a la salvaguardia de su persona o sus intereses patrimoniales. Otra consecuencia importante de la norma es que a los inversionistas extranjeros no se los debe dejar, en comparación con los nacionales, en una posición de desventaja competitiva en materia de acceso a los permisos o autorizaciones necesarios para llevar a cabo actividades empresariales en el país en cuestión. Todos estos factores se consideran en el literal a) de la -Sección 3 de la Directriz III, en que se explica en detalle el principio de 81 "protección y seguridad" y se recomienda que, al aplicarlo, se brinde a los inversionistas extranjeros un trato tan favorable como el que se concede a los nacionales, siempre que, naturalmente, por ese intermedio se protejan plenamente, en todos sus aspectos relativos a propiedad, control y beneficios, los intereses y derechos de los inversionistas sobre sus bienes, incluida la propiedad intelectual, y que, en términos generales, el trato también sea justo y equitativo. 28. En el literal a) de la Sección 3 de la Directriz III se vuelve a mencionar que los extranjeros pueden asimilarse a los nacionales en la medida en que ambos grupos se encuentren en circunstancias similares. Como se señaló antes, las diferencias evidentes entre la situación de los extranjeros y los nacionales pueden exigir la aplicación de un trato diferente en ciertas esferas. En el literal b) de la Sección 3 de la Directriz III se recomienda que, en ese caso, las normas del Estado receptor no deben hacer discriminaciones entre los inversionistas extranjeros de distinta procedencia en razón de su nacionalidad. En este sentido, las directrices propuestas se parecen a diversos instrumentos multilaterales relativos a inversiones formulados en foros de paises tanto industriales como en desarrollo, y prevén una disposición equivalente a la de la "cláusula de nación más favorecida", que es la fórmula que normalmente se usa en los tratados bilaterales. 29. Al mismo tiempo, muchos tratados bilaterales de inversión en particular permiten hacer distinciones en el trato que se concede a los inversionistas extranjeros sobre la base de su participación en sistemas tales como uniones aduaneras y zonas de libre comercio. En la Sección 4 de la Directriz III se reconoce esta excepción común que, en la situación reinante en estos momentos, puede considerarse como otra aplicación del principio de que las directrices propuestas están sujetas a los tratados aplicables. Sin embargo, en consonancia con el enfoque adoptado en el marco del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), como resultado de ello a los inversionistas de terceros países no les debe dispensar un trato menos favorable que el que recibían antes de la formación de la unión aduanera u otro sistema comparable. 30. Además de las normas generales sobre el trato a dispensarse, las directrices propuestas ofrecen varios ejemplos concretos acerca del trato adecuado para atraer la inversión extranjera. Entre éstos figura el otorgamiento oportuno de las autorizaciones necesarias para el desarrollo sin tropiezos de las operaciones de inversión. En este sentido, las directrices reflejan el espíritu de los códigos nacionales modernos de inversión, cuyas disposiciones en general procuran facilitar y agilizar el otorgamiento de dichas autorizaciones24. Estos códigos a veces siguen exigiendo que los inversionistas extranjeros contraten en el ámbito del país en cuestión un mínimo de personal. Sin embargo, este enfoque se está abandonando cada vez más para ser reemplazado por el que hace hincapié en la libre contratación con arreglo a las reglas del mercado. Si bien en el literal b) de la Sección 5 de la Directriz III se hace referencia a la práctica normal de seguir ciertos procedimientos para determinar la necesidad de contratar personal extranjero, allí también se recomienda seguir un enfoque flexible como lo más acertado para estimular la inversión extranjera. Se reconoce la importancia que reviste la flexibilidad del mercado en ésta y otras esferas, 82 y se hace especial hincapié en la libertad del inversionista para llenar los cargos directivos sin interesar la nacionalidad de las personas. Esa flexibilidad se traducirá normalmente en la contratación de un elevado porcentaje de personal nacional en razón de que la contratación de extranjeros entraña un costo relativamente mayor. 31. Otro aspecto fundamental a considerar en el tratamiento de la inversión extranjera es la transferencia de fondos al exterior. Estos incluyen los sueldos y ahorros del personal extranjero, utilidades provenientes de la inversión, recursos necesarios para atender el servicio de deudas y otras obligaciones contractuales de la empresa inversionista, así como también el importe de la liquidación o venta de la inversión. La eliminación al mínimo de las restricciones a la transferencia de dichos fondos es el sello distintivo de los instrumentos vigentes que se ha plasmado en las directrices propuestas. En consecuencia, muchos tratados bilaterales de inversión contemplan que los inversionistas extranjeros deben tener libertad para repatriar sus utilidades netas, y --al igual que en diversos instrumentos multilaterales--- en el inciso 1) de la Sección 6 de la Directriz III también se prevé lo mismo. Evidentemente, esta libertad puede estar sujeta a excepciones estipuladas en instrumentos internacionales de cumplimiento obligatorio, como el Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional (FMI) (que prevalece sobre estas Directrices)25. Al igual que en diversos tratados bilaterales de inversión y en más de una decena de códigos nacionales de inversión, en el inciso 1) de la Sección 6 se contempla la misma libertad con respecto a las remesas de sueldos y ahorros del personal extranjero y al servicio de las deudas y otros pagos necesarios en virtud de contratos. En general, los instrumentos bilaterales y multilaterales de inversión y los códigos nacionales sobre la materia estipulan la misma libertad de transferencia con respecto a los fondos provenientes de la liquidación de una inversión. En vista del elevado monto a que pueden ascender dichos fondos, en algunos tratados bilaterales y códigos nacionales de inversión se prevé una excepción a la transferencia de los fondos provenientes de las liquidaciones durante un periodo limitado (de hasta cinco años), especificado en muchos tratados, en razón de la situación de la balanza de pagos de los paises en cuestión. Del mismo modo, en el inciso 1) de la Sección 6 de la Directriz III se contempla esta excepción --sólo en el contexto de la repatriación de fondos provenientes de la liquidación o venta de las inversiones--, a la regla de la libre transferencia de fondos cuando sea necesario en razón de la falta de divisas en el banco central (u organismo equivalente) en el momento de solicitarse la transferencia y, en todos los casos, sujeto al pago de intereses. Por último, en el mismo inciso también se hace referencia a la libre transferencia de otras sumas, como aquéllas a las que un inversionista pueda tener derecho como indemnización en caso de expropiación o en virtud de una decisión judicial o arbitral. 32. Los tratados bilaterales de inversión y diversos instrumentos multilaterales contienen disposiciones destinadas a asegurar que las sumas sean transferidas en monedas que el inversionista pueda utilizar. En este sentido, en el inciso 2) de la Sección 6 de la Directriz III, en forma similar a lo establecido en tratados bilaterales de inversión, se mencionan las monedas ingresadas por los inversionistas (si éstas siguen siendo 83 convertibles), las monedas determinadas por el FMI como de libre uso, o las monedas aceptadas por los inversionistas. Evidentemente, los dos últimos métodos sólo se aplican a las inversiones distintas de los aportes monetarios. En los tratados bilaterales de inversión también se especifica que las transferencias se hacen al tipo de cambio vigente. En este sentido, algunos de estos tratados mencionan los tipos de cambio oficiales; otros, los tipos de cambio determinados de conformidad con las reglamentaciones del FMI, y por último otros, el tipo de cambio del mercado. En materia de inversiones extranjeras, es probable que el tipo de cambio de mercado sea, en general, una medida especialmente confiable del valor real de la moneda nacional en cuestión. En consecuencia, al recomendar que se autoricen transferencias a los tipos de cambio vigentes en la fecha en que éllas se lleven a cabo, el inciso 2) de la Sección 6 de la Directriz III se refiere al tipo de cambio del mercado aplicable a la transacción en cuestión. 33. En el inciso 3) de la Sección 6 de la misma directriz también se recomienda el pago de intereses sobre las sumas en moneda nacional recibidas por las autoridades bancarias del país receptor, por concepto de cualquier demora en la realización de las transferencias requeridas. Sobre todo, estos intereses servirán de indemnización al inversionista por las demoras en la transferencia de la suma en moneda nacional correspondiente a los fondos provenientes de la liquidación en los casos excepcionales en que, tal como se contempla en el literal d) del inciso 1) de la Sección 6 de la Directriz III, dicha transferencia pueda hacerse en cuotas. En algunos tratados bilaterales de inversión, aunque no en todos, se pueden encontrar disposiciones similares respecto del pago de intereses por concepto de demoras en las transferencias. 34. De conformidad con las leyes aplicables, que normalmente serán las del Estado receptor, el inversionista puede tener derecho a recibir una indemnización por concepto de pérdidas o daños sufridos como consecuencia de conflictos internacionales o civiles, como guerra o revolución. En el inciso 4) de la Sección 6 de la Directriz III se recomienda que las disposiciones sobre transferencia de capital también deberían aplicarse a la transferencia del monto de cualquier indemnización de este tipo a que el inversionista pudiera tener derecho. Al respecto, las directrices propuestas pueden equipararse a las disposiciones de muchos tratados bilaterales de inversión en los que se prevé la libre transferencia de este tipo de indemnizaciones. 35. Sin lugar a dudas que por lo general lo más beneficioso para el Estado receptor es que los ingresos provenientes de las inversiones y la liquidación de las mismas sean reinvertidos en ese país, si el inversionista optara por ello, en lugar de ser repatriados26. En consecuencia, en la Sección 7 de la Directriz III se recomienda que los Estados receptores permitan y propicien dicha reinversión. Ello de ninguna manera significa que el Estado deba imponer obstáculos a la libre transferencia. 36. A continuación de la disposición de la Sección 8 de la Directriz III sobre la necesidad de evitar y oponerse al uso de prácticas comerciales corruptas (a que se hace referencia en el párrafo 2 de estas observaciones preliminares), en la Sección 9 de la misma se formulan recomendaciones sobre "prácticas óptimas" en otra esfera, la de las exenciones impositivas y otros 84 incentivos fiscales. En la sección se previene a los Estados receptores acerca de este tipo de exenciones e incentivos, práctica que, en medida creciente, tiene su origen en la competencia entre Estados receptores. Se recordará que estas exenciones o incentivos a menudo representan sacrificios injustificados para los Estados receptores o bien no constituyen un sustituto adecuado de políticas globales acertadas en materia de inversiones. En efecto, los inversionistas extranjeros se pueden sentir desalentados por la inestabilidad o imprevisibilidad de un sistema que incorpora treguas tributarias y otras medidas de ese tipo, seguidas de fuertes aumentos de las tasas impositivas para compensar los ingresos que el Estado receptor en un principio dejó de percibir. Como se explica en la Sección 9 de la Directriz III, la aplicación de tasas impositivas razonables y estables constituye un mejor incentivo para los inversionistas. Para los casos en que el Estado receptor determine que, a pesar de todo, se justifica aplicar exenciones tributarias, en la Sección 9 se recomienda que, en consonancia con otras partes de las directrices propuestas, dichas exenciones se otorguen para los tipos de actividades que se han de fomentar a inversionistas extranjeros y nacionales por igual, y con un mínimo de facultades burocráticas discrecionales en la materia. Por otra parte, en la Sección 10 de la Directriz III se mencionan varias medidas27 que algunos paises de origen de los inversionistas adoptan en respaldo de las corrientes de inversión hacia los paises en desarrollo; en este sentido, en la sección se reconoce que para alentar dichas corrientes tal vez resulte eficaz que los respectivos Estados de origen de los inversionistas otorguen a éstos incentivos financieros. EXPROPIACION, MODIFICACION O RESCISION UNILATERAL DE LOS CONTRATOS 37. En la Directriz IV se trata el tema de la expropiación de las inversiones extranjeras. También se abordan las modificaciones unilaterales que los gobiernos receptores introducen en los contratos celebrados con inversionistas extranjeros por razones ajenas a las de índole comercial, tema que suele vincularse y sujetarse a varios de los principios que rigen la expropiación. Si bien se trata de polémicas, los estudios de antecedentes en los cuales se basan en parte las directrices propuestas revelan que existe un grado importante de consenso en torno a la mayoría de los temas en cuestión. Teniendo en cuenta este acuerdo y la práctica óptima, las directrices propuestas ofrecen soluciones prácticas y se abstienen de seguir enfoques ideológicos que en el pasado dieron origen a gran parte de la controversia. 38. Muchos códigos nacionales de inversión, prácticamente todos los tratados bilaterales sobre la materia y la mayoría de los instrumentos multilaterales pertinentes contienen disposiciones que prevén que los Estados receptores pueden expropiar inversiones extranjeras únicamente siguiendo los procedimientos legales pertinentes, por causa de utilidad pública y contra el pago de una indemnización. Por lo general, estas disposiciones son suficientemente amplias y comprenden la expropiación tanto parcial como total. Además, a menudo las disposiciones de los tratados bilaterales e instrumentos multilaterales de inversión no sólo abordan expresamente la expropiación por antonomasia, sino también ciertas medidas, como la aplicación constante de impuestos excesivos o medidas normativas, que tienen 85 un efecto confiscatorio de facto en el sentido de que sus repercusiones combinadas se traducen de hecho en privar al inversionista de la propiedad, el control o beneficios sustanciales de su empresa, aun cuando la adopción de cada medida en forma independiente no tenga el mismo efecto (las llamadas "expropiaciones progresivas")28. Otro elemento que suele incluirse en los tratados bilaterales e instrumentos multilaterales de inversión es que las expropiaciones de inversiones extranjeras por el Estado receptor no deben ser discriminatorias en razón de la nacionalidad de los inversionistas. Los laudos arbitrales internacionales o trabajos de especialistas en la materia también respaldan estos criterios, que se encuentran incorporados en su totalidad en la definición de expropiaciones permitidas que consta en la Sección 1 de la Directriz IV que, en beneficio de la claridad, agrega que la causa de utilidad pública que se invoque para efectuar las expropiaciones debe esgrimirse de buena fe 39. En lo que se refiere a las condiciones que deben reunir las expropiaciones permitidas, el aspecto sobre el que hay gran desacuerdo es el del monto de las indemnizaciones correspondientes. La mayoría de los tratados bilaterales de inversión y muchos autores occidentales han empleado la fórmula conocida que exige una indemnización "pronta, adecuada y efectiva". En muchas leyes nacionales (de paises tanto industriales como en desarrollo) y en casi todos los instrumentos multilaterales se emplean términos más generales para describir la indemnización correspondiente, aludiéndose a ella como "justa" o "apropiada". Naturalmente que estos dos enfoques no se excluyen mutuamente; por ejemplo, una indemnización pronta, adecuada y efectiva también puede ser la más apropiada. Tal como se señala en los laudos arbitrales internacionales pertinentes, en esta esfera mucho depende de las circunstancias del caso en cuestión. Teniendo esto presente, en las directrices propuestas se adopta un enfoque práctico, empleándose en primer lugar el término que engloba a todos los demás --apropiada-- para la norma general que se recomienda en materia de indemnizaciones en la Sección 1 de la Directriz IV, y aplicándoselo más adelante específicamente en la Sección 2, donde se establece que, en el contexto de la expropiación de una inversión específica por un Estado, la indemnización se considerará apropiada si es "adecuada, efectiva y pronta". En las Secciones 3-6 de la Directriz IV se analiza más a fondo esta recomendación, proporcionándose detalles prácticos importantes emanados de la experiencia judicial y arbitral. De especial valor en este sentido son las conclusiones de los laudos arbitrales internacionales que aclaran las disposiciones con frecuencia poco precisas de las normas generales que se incluyen en tratados, otros instrumentos internacionales y en la legislación de los paises. 40. En consecuencia, de conformidad con muchos de estos laudos --y con un número apreciable de tratados bilaterales e instrumentos multilaterales de inversión y algunos códigos nacionales sobre la materia-- en la Sección 3 de la Directriz IV se explica que el monto de la indemnización correspondiente a tales expropiaciones se considerará "adecuado" si se basa en el valor justo de mercado de los bienes en cuestión inmediatamente antes de que tenga lugar el desapoderamiento o de darse a conocer públicamente la decisión del país de expropiar tales bienes. En la Sección 4 de la misma directriz se alienta a los Estados y los inversionistas extranjeros a convenir la manera de determinar ese valor. Para el caso de que las partes no logren llegar a un 86 acuerdo al respecto, en la Sección 5 de la Directriz IV, nuevamente siguiendo el precedente de los laudos arbitrales internacionales, se expresa que el valor justo de mercado se puede establecer determinando el precio que un comprador interesado en la inversión normalmente estaría dispuesto a pagar a un vendedor interesado en venderla, después de haber tomado en cuenta todas las circunstancias pertinentes, como la naturaleza y duración de la inversión. En todos los casos se aplicarían criterios razonables para determinar el valor de mercado de la inversión. 41. Si bien las directrices no procuran imponer criterios rígidos ni reglas estrictas al respecto, y difícilmente podrían hacerlo, sobre la base de la experiencia adquirida con los arbitrajes internacionales en particular, en la Sección 6 de la Directriz IV se presentan diferentes métodos de valoración para distintos tipos de bienes como ejemplos de la manera apropiada de determinar el valor de mercado de una inversión30. 42. En la Sección 6 de la Directriz IV se sugiere que el método de actualización de los flujos de fondos puede ser un método aceptable de valoración en caso de tratarse de una empresa en plena actividad y crecimiento, es decir, que cuente con activos rentables y que haya desarrollado sus operaciones durante un periodo suficiente como para que pueda extraerse la información necesaria para establecer su rentabilidad y calcular, con razonable certeza, sus ingresos en los años venideros (en el supuesto de que no hubiera expropiación). Conforme a este método, un activo que genera ingresos se valora estimando el flujo de caja neto que, ajustándose a la realidad, se prevé que podría generar en el curso de su vida útil. y aplicando luego a dicho flujo de caja neto un factor de actualización que refleje el valor temporal del dinero, la inflación prevista y el riesgo asociado al flujo de fondos. Este método se considera apropiado para valorar empresas con una sólida rentabilidad, puesto que reconoce que el valor económico de este tipo de empresa para su propietario está en función del dinero que se prevé que puede generar en el futuro. Empero, este método debería aplicarse con especial cautela, ya que la experiencia muestra que los inversionistas tienden a exagerar mucho el monto de la indemnización pretendida por concepto de pérdida de utilidades futuras31. Las indemnizaciones en el marco de este método no vienen al caso cuando se trata de daños remotos o indeterminados32, o de utilidades pretendidas que no se pueden devengar legitimamente de conformidad con las leyes y reglamentaciones del país receptor 43. En la Sección 6 de la Directriz IV se presenta el ejemplo de un método de valoración adecuado para las empresas no rentables, que se basa en el valor de liquidación de los activos. Con este método, el valor de una empresa con probada falta de rentabilidad se calcula como la suma de los valores a los que se podría vender cada activo que conforma la empresa, menos todas las obligaciones que ésta tuviera que atender. 44. En caso de tratarse de otros bienes, se puede recurrir al método del valor de reposición, que establece su valor basándose en la cantidad de efectivo que se habría requerido para comprar los distintos bienes expropiados en el estado en que se encontraban a la fecha de la expropiación. Evidentemente, con este método se parte del supuesto --no siempre cierto-- de 87 que los activos en cuestión son reemplazables. Además, es posible que el valor de reposición no siempre refleje el valor que el conjunto de los diferentes bienes podrían haber tenido en la empresa. Este problema se puede abordar empleando el método del valor contable. El valor contable es la diferencia entre el activo y el pasivo de una empresa, según constan en sus estados financieros, o el monto del bien expropiado que aparece en el balance de la empresa, una vez deducida la depreciación acumulada de conformidad con principios contables generalmente aceptados. En las directrices propuestas, este método de valoración sólo se recomienda para el caso de que el valor contable haya sido determinado recientemente y, en consecuencia, se pueda considerar como un sustituto adecuado del valor de reposición. De cualquier manera, el "valor contable" no puede constituir la metodología adecuada si no guarda relación alguna con el valor de mercado. 45. En las Secciones 7 y 8 de la Directriz IV se tratan los otros dos elementos de la recomendación general relativa a los requisitos que debe reunir la indemnización pagadera por la expropiación de inversiones especificas para que se la considere apropiada, a saber, efectividad y prontitud, a cuyo respecto se reiteran las recomendaciones formuladas en las directrices propuestas acerca de la transferencia de capital. En este contexto cabe mencionar que en algunos códigos nacionales y en varios tratados bilaterales de inversión se vinculan expresamente las disposiciones relativas a la indemnización pagadera en caso de expropiación con las que se refieren a las transferencias. Análogamente a lo dispuesto en materia de transferencias en el inciso 2) de la Sección 6 de la Directriz III, en la Sección 7 de la Directriz IV se considera, en consecuencia, que el pago efectivo de la indemnización es el que se efectúa en la moneda ingresada originalmente al país por el inversionista (si sigue siendo convertible al momento de hacerse la transferencia), en otra moneda determinada por el FMI como de libre uso o en cualquier otra moneda aceptada por el inversionista; los dos últimos métodos sólo se aplican a inversiones distintas de los aportes monetarios. 46. Como ya se señaló, muchos tratados bilaterales de inversión exigen que la indemnización por concepto de expropiación se pague prontamente o sin demora. Naturalmente que dichos tratados sólo son de cumplimiento obligatorio para los Estados que son partes. Los demás paises no siempre aceptan como exigencia legal el pago pronto. Muchos otros tratados bilaterales e instrumentos multilaterales reconocen que pueden producirse demoras razonables en el pago de las indemnizaciones y, en consecuencia, sólo se niegan a admitir las demoras indebidas. Al tratar este tema con más detalle, en varios tratados se admite que en los paises receptores puede haber escasez de divisas y, por lo tanto, se permite el pago de las indemnizaciones en cuotas, con sujeción al pago de los intereses correspondientes por pago diferido. En la Sección 8 de la Directriz IV, estas circunstancias y posibilidades se aceptan, con limitaciones en cuanto a su duración, únicamente como excepciones a la regla general de pago oportuno cuando estén justificadas. En este contexto, en dicha sección se mencionan casos de arreglos para el uso de recursos del FMI o circunstancias objetivas similares de escasez demostrada de devisas. Esta explicación está bien justificada, ya que en la Sección 8 de la Directriz IV, al tratar el tema de la indemnización por expropiación, aborda las consecuencias de una 88 decisión deliberada por parte del Estado34. Sin embargo, conforme a las Directrices III y IV, ambas a dos, se debería interpretar que estas excepciones obedecen al reconocimiento de que pueden darse circunstancias apremiantes inevitables, y no que autorizan a abstenerse de realizar transferencias inmediatas cuando se esté en condiciones de hacerlas. 47. Existe la posibilidad de que los principios generales señalados antes, que contemplan expropiaciones comunes de inversiones especificas, no sean aplicables en su totalidad a algunos otros tipos de expropiaciones. Por ejemplo, un inversionista extranjero puede tener derecho a una indemnización menor, o no tener derecho a indemnización alguna cuando la expropiación sea conseauencia de la violación de las leyes del Estado receptor, por ejemplo, si la inversión se utiliza como cauce para el tráfico de drogas u otra actividad delictiva, o supone graves transgresiones a las leyes antimonopolio o de protección ambiental. Este tema se trata en la Sección 9 de la Directriz IV, que naturalmente sólo contempla el caso de sanciones impuestas debidamente por tribunales de justicia y supone la aplicación acertada del principio de proporcionalidad (según el cual un delito menor, por ejemplo, no debe servir de fundamento a una medida drástica como el desapoderamiento). En este contexto, en la sección se plantea la posibilidad de que cualquier reclamación que presente el inversionista posteriormente por el cobro de una indemnización se someta a los mecanismos de arreglo de diferencias mencionados en la Directriz V. 48. También se debe establecer una distinción clara entre las expropiaciones de inversiones especificas y las nacionalizaciones generales no discriminatorias, como las que se llevan a cabo en el contexto de las reformas sociales profundas que siguen a situaciones excepcionales como cambios revolucionarios, guerra y otras similares. Muchos especialistas én derecho internacional reconocen que en tales casos a los Estados solamente se les puede exigir el pago de una indemnización parcial35. Las expropiaciones de este tipo en general pueden tener gran importancia política a nivel tanto internacional como nacional, pues, en la práctica, los acuerdos acerca del monto de la indemnización en circunstancias tan poco corrientes con frecuencia han sido negociados entre los Estados de origen de los inversionistas y los Estados receptores, traduciéndose en los hechos en una indemnización parcial36. Sin sugerir necesariamente ninguna conclusión particular en estas circunstancias, en la Sección 10 de la Directriz IV se observa que la indemnización por concepto de tales expropiaciones puede determinarse más acertadamente a través de negociaciones entre los Estados en cuestión o, en caso de que éstas fracasen, sometiendo el caso a arbitraje internacional. Esta disposición se refiere a circunstancias que ahora son poco frecuentes y que, según puede preverse, en el futuro serán aun menos corrientes. 49. De conformidad con la legislación de casi todos los paises, los Estados que celebran contratos comerciales con nacionales extranjeros en términos generales contraen las mismas obligaciones que contraerían en virtud de ellos otras partes que no fuesen un Estado. No obstante, en muchos sistemas jurídicos, un Estado puede, en el ejercicio de sus facultades soberanas, es decir, cuando actúa en ejercicio de su soberanía y no meramente como parte contratante, modificar, rescindir o desconocer unilateralmente el 89 contrato. Se trata de una práctica aceptada cuando el Estado procede de buena fe en aras del bien público, y no por razones de índole comercial, y con sujeción al pago de una indemnización justa. En la Sección 11 de la Directriz IV se recomienda someter esta práctica a las mismas condiciones que la expropiación y, en tales circunstancias, otorgar a los inversionistas extranjeros una indemnización de conformidad con principios similares a los establecidos en las directrices propuestas con referencia a la expropiación de inversiones específicas. Al respecto, las directrices propuestas reflejan las conclusiones de diversos laudos arbitrales y opiniones de especialistas en derecho internacional. ARREGLO DE DIFERENCIAS 50. Particularmente en el contexto de los acuerdos establecidos con los Estados, las diferencias por lo general se resuelven a través de negociaciones y, muy pocas veces, mediante procedimientos contenciosos. En la Sección 1 de la Directriz V se alienta todavía más la resolución negociada de las diferencias entre inversionistas extranjeros y Estados receptores. Si fracasaran las negociaciones, los tribunales del Estado receptor normalmente serán competentes para entender en las diferencias que pudieran surgir respecto de las inversiones efectuadas en ese país, salvo disposición en contrario. Sin embargo, en casi todos los paises los Estados y los inversionistas extranjeros pueden someter el arreglo de diferencias a otros mecanismos, como la conciliación o el arbitraje vinculante, si las partes así lo convinieran para el caso. En el ámbito de las inversiones extranjeras, las partes con frecuencia convienen en someter sus diferencias especialmente a arbitraje, práctica que se respalda en la Sección 1 de la Directriz V. 51. Una de las ventajas del arbitraje es que ofrece a las partes un gran margen de libertad para configurar el procedimiento de arreglo de la diferencia conforme lo estimen conveniente. Sus decisiones al respecto se incorporarán en el acuerdo de recurrir al arbitraje. En este contexto, los Estados en particular pueden sujetar su consentimiento para someter a arbitraje las diferencias que surjan con los inversionistas extranjeros a que éstos agoten primero las vías administrativas o judiciales locales antes de recurrir al arbitraje. Si bien esta posibilidad se reconoce en instrumentos como el Convenio que crea el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) y diversos tratados bilaterales relativos a inversiones, en las directrices no se alude a ella puesto que rara vez se da en la práctica. 52. El arbitraje que se contempla en la Directriz V como posible alternativa al sometimiento de las diferencias a los tribunales nacionales de hecho es un arbitraje imparcial o independiente. Se reconoce ampliamente que en la esfera del arbitraje internacional relativo a inversiones en particular, los árbitros deben ser, y ser considerados, personas imparciales e independientes3. Por otra parte, en general los árbitros son nombrados por las partes en la diferencia en cuestión. Una de las ventajas que se ve en arbitraje es, de hecho, la oportunidad que brinda a las partes de que su diferencia sea resuelta por jueces elegidos por ellas mismas. En lo que se refiere a la designación de los árbitros, es natural que las partes quieran 90 seleccionar a personas que quepa esperar que sean condescendientes con sus posiciones. A fin de garantizar la debida imparcialidad del tribunal arbitral en su conjunto, éste normalmente está integrado por un árbitro nombrado por cada parte y uno, que actúa como presidente, nombrado de común acuerdo por las partes o por una autoridad neutral designada por éstas. Una alternativa que evita a las partes el costo que supone un tribunal constituido por tres árbitros es someter la diferencia a un árbitro único nombrado por ambas partes, o por un tercero en el que éstas hayan confiado dicho nombramiento. Sin embargo, cuando fuera sólo una de las partes la que efectúa el nombramiento de un árbitro único o de la mayoría de los árbitros, bien cabria poner en duda la independencia del tribunal. En la Sección 2 de la Directriz V se destaca la importancia que reviste abstenerse de dicho procedimiento y se excluyen de la definición de arbitraje independiente los tribunales constituidos de esta manera. 53. En las reglas del CIADI, el foro internacional de conciliación y arbitraje patrocinado por el Banco Mundial y creado especialmente para resolver las diferencias que surjan entre Estados e inversionistas extranjeros38, se hace especial hincapié en la independencia e imparcialidad de los árbitros. Las disposiciones relativas a la solución de tales diferencias en los tratados bilaterales de inversión, códigos nacionales sobre la materia y los distintos acuerdos de inversión suelen referirse a los procedimientos de arbitraje del CIADI. Su amplia aceptación, que queda en claro por la gran cantidad de paises (120) que hasta la fecha han firmado el Convenio del CIADI, y por la referencia que se hace al arbitraje del Centro en cientos de importantes contratos de inversión no sólo puede atribuirse a su costo relativamente bajo, sino al hecho de que es la única forma de arbitraje en que los laudos no son sometidos a examen judicial posterior en los paises miembros del Centro. De hecho, el CIADI ofrece dos tipos de procedimientos de arbitraje independiente: los procedimientos de arbitraje en el marco del Convenio del CIADI, en los casos en que tanto el Estado de origen como el Estado receptor de la inversión sean partes en el Convenio, y procedimientos de arbitraje en el marco del denominado mecanismo complementario del CIADI, en los casos en que uno de los dos no sea parte en el Convenio. A menudo, en las disposiciones antes mencionadas de los tratados bilaterales de inversión y códigos nacionales sobre la materia se incluyen referencias a ambos tipos de procedimiento. En la Sección 3 de la Directriz V también se alienta el uso de los procedimientos en el marco del Convenio o bien en el del mecanismo complementario, según corresponda. 91 NOTAS 1. Informe del Presidente del Cuadragésimo Sexto Periodo de Sesiones de la Asamblea General, 23 de julio de 1992. 2. Centro de las Naciones Unidas sobre las Empresas Transnacionales, Marco Internacional para las Empresas Transnacionales, Informe del Secretario General, E/C 10/1992/8, 13 de enero de 1992 (en adelante denominado Informe del Centro de las Naciones Unidas sobre las Empresas Transnacionales), párrafo 24. Además, en 1976 los paises miembros de la OCDE adoptaron directrices para las empresas multinacionales que sirvieron de base para las normas por las que habrían de regirse las actividades de dichas empresas. Véase el Anexo de la declaración de los Gobiernos de los paises miembros de la OCDE sobre inversiones internacionales y empresas multinacionales, de fecha 21 de junio de 1976, en OCDE, "The OECD Declaration and Decisions on International Investment and Multinational Enterprises: Basic Texts 9"' (1992). 3. Véase la Sección 2 de la Directriz I, en las directrices propuestas que se adjuntan al presente informe. Como se indica en el comentario sobre esa sección (párrafo 15), con frecuencia este principio se refleja en los instrumentos multilaterales vigentes relativos al tratamiento de la inversión extranjera, como el IV Convenio de Lomé y el proyecto de código de conducta de las Naciones Unidas para las empresas transnacionales. 4. Sección 4 ii) de la Directriz II. 5. Sección 8 de la Directriz III. 6. BIRF, División de Deuda y Finanzas Internacionales, Financial Flows to Developing Countries: Current Developments, marzo de 1992, página 9. 7. Pfeffermann, Guy P. y Andrea Madarassy) "Trends in Private Investment in Developing Countries, 1992 edition". Documento para discusión No. 14, CFI, capitulo 2. 8. Véase BIRF, Global Economic ProsRects and the DeveloRing Countries, páginas 38 y 39 y Cuadro 3.5 (1991). 9. Informe del Centro de las Naciones Unidas sobre las Empresas Transnacionales, nota 2 supra, párrafo 7. 10. Véase Shihata, "Factors Influencing the Flow of Foreign Investment and the Relevance of a Multilateral Guarantee Scheme", 21/3 The International JLawer 671 (1987); Shihata, "MIGA and Foreign Investment" (1988), y Shihata, "Promotion of Foreign Direct Investment -- A General Account, with Particular Reference to the Role of the World Bank Group", 6 ICSID Review-Foreign Investment Law Journal, pág. 484 (1991). Véanse también, CFI, nota 7 supra, págs. 5 y 6; Mody y Srinavasan, "Trends and Determinants of Foreign Direct Investment: An Empirical Analysis of U.S. Investment Abroad" (Documento de trabajo del Banco Mundial, diciembre de 1991). 92 11. Informe del Centro de las Naciones Unidas sobre las Empresas Transnacionales, nota 2 supra, párrafo 34. 12. Estos estudios se incluyeron en el documento del Grupo del Banco Mundial titulado Legal Framework for the Treatment of Foreign Investment (Marco Jurídico para el tratamiento de la inversión extranjera), Vol. I. En ellos se basaron las consideraciones generales que aparecen en este informe acerca de los tratados bilaterales de inversión, instrumentos multilaterales, códigos nacionales de inversión, laudos arbitrales internacionales y trabajos de especialistas en la materia. 13. Compárese con el Articulo 13 c) del Convenio Constitutivo del OMGI, que abre la posibilidad de asimilar los nacionales de los Estados a los inversionistas extranjeros habilitados para recibir garantías del Organismo en caso de que los primeros sean inversionistas que transfieren desde el exterior activos al país receptor. 14. En el párrafo 408 del Manual de Balanza de Pagos del FMI (cuarta edición, 1977) la inversión extranjera directa se define como aquella "cuyo objeto sea adquirir una participación permanente y efectiva en la dirección de una empresa explotada en una economía que no sea la economía del inversionista". 15. Por ejemplo, en muchos tratados bilaterales de inversión las inversiones comprendidas se definen como aquellas que incluyen toda clase de bienes. De conformidad con el Convenio Constitutivo del OMGI (Articulo 12), las inversiones admisibles para recibir garantías del OMGI pueden incluir prácticamente cualquier "forma de inversión a mediano o largo plazo". En el Convenio del CIADI (Articulo 25 1)), que al igual que las directrices propuestas adopta el enfoque más amplio, el término "inversión" se deja intencionalmente sin definir. 16. Al dar cabida a estos diversos tipos de inversión e inversionistas, las directrices propuestas admiten comparación con el Convenio Constitutivo del OMGI (Artículos 12 y 13) y el Reglamento de las Operaciones del Organismo (párrafos 1.01-1.19). 17. Del mismo modo, de conformidad con lo estipulado en el Convenio del CIADI (Articulo 25), los Estados que sean parte de una diferencia pueden comprender cualquiera de sus organismos o subdivisiones, y los nacionales de los Estados pueden comprender personas tanto jurídicas como naturales de ellos. (Conforme a lo dispuesto en las normas generales del derecho internacional, un nacional del Estado receptor que también tenga la nacionalidad de otro Estado o de otros Estados, se considera nacional del Estado receptor, salvo que se acepte que se lo trate de otra manera.) 18. Véase Shihata, "Factors Influencing the Flow of Foreign Investment and the Relevance of a Multilateral Guarantee Scheme", nota 10 supra. 19. Véase. por ejemalo. Mahmassani, "The Legal Framework for Investment in Poland", 3 ICSID Review-Foreign Investment Law Journal 286, 297 (1988). 93 20. También en las leyes nacionales de inversión, todos los Estados se reservan la decisión final relativa a la admisión de inversiones extranjeras. 21. Véase. Ror elemplo. Pogany, lRecent Developments Relating to Foreign Investment in Hungary", 6 ICSID Review-Foreign Investment Law Journal 114 (1991). 22. Compárese con Walde, lInvestment Policies and Investment Promotion in the Mineral Industries", 6 ICSID Review-Foreign Investment Law Journal 94, 112 (1991). 23. Al respecto cabe señalar que el alcance de algunos tratados bilaterales de inversión se amplia expresamente con el objeto de abarcar no sólo las inversiones en si sino también las actividades relacionadas con ellas. 24. Véase el texto principal en el que se consignó la nota 19 supra. 25. Entre estas últimas excepciones figuran restricciones cambiarias vigentes en el momento en que el país ingresó como miembro en el FMI, mantenidas en régimen transitorio, así como también restricciones aprobadas por el FMI. Para mayores detalles, véase Silard, 'Exchange Controls and External Indebtedness; Are the Bretton Woods Concepts Still Workable? -- A Perspective from the International Monetary Fund", 7 Houston Journal of International Law 53 (1984). 26. El Convenio Constitutivo del MIGA (inciso ii) del literal c) del Articulo 12) entre otros, alienta la reinversión para evitar que se produzcan efectos negativos en la balanza de pagos del país receptor. 27. Véase también el documento sobre Flujos de recursos a los paises en desarrollo, preparado por el personal del Banco Mundial y del FMI para ser presentado al Comité para el Desarrollo en septiembre de 1992. 28. Véase. Ror ejemplo, Dolzer, lIndirect Expropriation of Alien Property", 1 ICSID Review-Foreign Investment Law Journal 41 (1986). 29. En una disposición del Reglamento de las Operaciones del OMGI (párrafo 1.36) relativa al riesgo de expropiación se alude expresamente en forma similar a la buena fe. 30. Con respecto a la experiencia relativa a arbitrajes internacionales en la materia, véase, en particular, Friedland y Wong, "Measuring Damages for the Deprivation of Income-Producing Assets: ICSID Case Studies", 6 ICSID Review-Foreign Investment Law Journal 400 (1991). 31. Véase el cuarto estudio del documento Legal Framework for the Treatment of Foreign Investment, Vol I, nota 12 m~pa, pág. 146. Véanse también Westberg, "International Transactions and Claims Involving Government Parties--Case Law of the Iran-U.S. Claims Tribunals" 252 (1991), y Amerasinghe, 'Issues of Compensation for the Taking of Alien Property in the 94 Light of Recent Cases and Practice", 4 International and Comparative Law Ouarterlj 22 (1992). 32. Véanse Chorzow Factory Case, PCIJ Ser. A, No. 17, 1928, pág. 51, Amoco International Finance Corporation v. Iran, 15 Iran-U.S. C.T.R., pág. 238. 33. Véase A. de Laubadére, 2 Traité de Contrats Administratifs 556 y 1327 (1984). En un laudo dictado hace poco por el CIADI se refleja el mismo principio. 34. Véanse los párrafos 31 y 33 de las observaciones preliminares. 35. Véanse. Ror ejemplo, American Law Institute, Restatement (Third) of Foreign Relations Law § 712 cmt. (1987) (en que se sugiere que en circunstancias especiales se puede justificar apartarse un poco de la norma relativa a la indemnización total, y se menciona en este contexto el apoderamiento de bienes de extranjeros en situaciones de guerra u otras similares); 1 Oppenheim, International Law 352 (8a. edición, Lauterpacht, 1955) (en que se señala que, cuando se producen cambios fundamentales en el sistema político y la estructura económica del Estado, o cuando la introducción de reformas sociales de amplio alcance entraña una ingerencia de gran magnitud en la propiedad privada, es probable que, en consonancia con los principios jurídicos, la solución deba buscarse en el pago de una indemnización parcial). Véanse también otros autores citados en el documento Legal Framework for the Treatment of Foreign Investment, Vol. I, en 142, nota 12 supra. 36. Véase. por ejemplo, Lillich, "Lump Sum Agreements", 8 EncvcloRedia of Public International Law 367 (1985) (en que se hace referencia a alrededor de 200 acuerdos de pago de sumas globales negociados por Estados de origen y receptores desde la segunda guerra mundial, en virtud de los cuales los Estados receptores, en pago de reclamaciones originadas por situaciones de guerra, programas de nacionalización, revoluciones, etc., han abonado sumas fijas a los Estados de origen para su distribución entre los demandantes). 37. Véase. Ror ejemplo. Redfern y Hunter, Law and Practice of International Commercial Arbitration 213-25 (2a. edición, 1991). 38. Véanse los artículos 14 1) y 40 2) del Convenio del CIADI; Shihata, "The Experience of ICSID in the Selection of Arbitrators", 6 News from ICSID, No. 1, pág. 4 (1989). Para descripciones generales del CIADI y de los arbitrajes en el marco de dicho Centro, véanse, por ejemplo, Broches, Arbitration Under the ICSID Convention (publicación del CIADI, 1991); Shihata, Towards a Greater DeRoliticization of Investment DisRutes: The Roles of ICSID and MIGA (publicación del CIADI, 1992), y Paulsson, "ICSID's Achievements and Prospects", 6 ICSID Review-Foreign Investment Law Journal 380 (1991). 95 Directrices relativas al tratamiento de la inversión extranjera directa El Comité Rara el Desarrollo Considerando que la existencia de mayores corrientes de inversión extranjera directa reporta importantes beneficios a la economía mundial y las economías de los paises en desarrollo en particular, en términos del aumento de la eficiencia a largo plazo del país receptor a través de la mayor competencia, transferencia de capital, tecnología y conocimientos de gestión gerencial y mejoramiento del acceso al mercado, y en términos de la expansión del comercio internacional; que la promoción de la inversión extranjera privada constituye un objetivo común del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones; que estas instituciones han perseguido este objetivo en sus operaciones, servicios de asesoramiento e investigaciones; que, a solicitud del Comité para el Desarrollo, y tras examinar los instrumentos legales vigentes y la bibliografía sobre la materia y estudiar las prácticas óptimas identificadas por estas instituciones, un grupo de trabajo creado por el Presidente de estas instituciones e integrado por sus respectivos Consejeros Jurídicos Generales ha formulado un conjunto de directrices que representan un marco general aconsejable que comprende principios esenciales destinados a promover la inversión extranjera directa para el beneficio común de todos los miembros; que estas directrices, que son fruto de un proceso de consultas amplias tanto dentro como fuera de estas instituciones, constituyen un avance en el proceso evolutivo en que varias iniciativas internacionales buscan crear un entorno propicio para las inversiones, exento de riesgos no comerciales en todos los paises y, con ello, fomentar la confianza de los inversionistas extranjeros, y que estas directrices no constituyen normas concluyentes sino un avance en el proceso de formación de normas internacionales generalmente aceptables, que complementan los tratados bilaterales de inversión, pero no los sustituyen, Ipor lo tanto, se señala a los paises miembros que las directrices siguientes son parámetros útiles en relación con la admisión y tratamiento de la inversión extranjera privada en sus territorios, sin perjuicio de las normas de derecho internacional de carácter obligatorio en esta etapa de su evolución. 96 Ambito de aplicación 1. Los paises miembros de las instituciones del Grupo del Banco Mundial podrán aplicar estas directrices a la inversión extranjera privada en sus respectivos territorios como un complemento de los tratados bilaterales y multilaterales y otros instrumentos internacionales aplicables, en la medida en que no sean incompatibles con dichos tratados e instrumentos de carácter obligatorio, y como una posible fuente en que se pueda basar la legislación de los paises relativa al tratamiento de la inversión extranjera. La referencia al "Estado" en estas directrices, salvo que el contexto indique otra cosa, incluye al Estado o cualquier subdivisión política del mismo o cualquiera de sus organismos o agentes, y la referencia a los "nacionales" incluye a las personas naturales o jurídicas que tengan la nacionalidad del Estado. 2. La aplicación de estas directrices se extiende a las inversiones nuevas y existentes que hayan sido establecidas y funcionen en todo momento como inversiones extranjeras privadas bona fide, en un todo de acuerdo con las leyes y reglamentaciones del Estado receptor. 3. Las directrices se basan en la premisa general de que el trato igualitario de todos los inversionistas que se encuentren en una situación similar y la libre competencia entre ellos son requisitos previos para la existencia de un clima propicio para la inversión. Por lo tanto, ninguna de las recomendaciones de estas directrices debe interpretarse en el sentido de que los inversionistas extranjeros deberían recibir un trato privilegiado que se niegue a inversionistas nacionales que se encuentren en circunstancias similares. Admisión 1. Todo Estado alentará a los nacionales de los demás Estados a invertir capital, tecnología y conocimientos de gestión en su territorio y, a tal fin, se espera que admita dichas inversiones de conformidad con lo estipulado en las disposiciones que se enumeran a continuación. 2. Con arreglo al mencionado principio, todo Estado: a) facilitará la admisión y el establecimiento de inversiones hechas por nacionales de otros Estados, y b) evitará imponer reglas de procedimiento indebidamente engorrosas o complicadas, o condiciones innecesarias, a la admisión de tales inversiones. 3. Los Estados conservan el derecho de establecer reglamentaciones relativas a la admisión de inversiones extranjeras privadas. En la formulación y aplicación de dichas normas, los Estados tendrán en cuenta que la experiencia indica que la imposición de ciertos requisitos como condiciones para la admisión suele ser contraproducente y que un enfoque 97 mucho más eficaz al respecto es el de una admisión abierta, posiblemente sujeta a una lista negativa de inversiones (que estén prohibidas o sujetas a un proceso de selección y autorización). Muchas veces los requisitos impuestos como condiciones frenan la realización de inversiones por parte de los inversionistas extranjeros en el Estado en cuestión o alientan la evasión y la corrupción. Con el sistema de la lista negativa, las inversiones en actividades que no figuran en ésta, que se llevan a cabo sin necesidad de autorización, permanecen sujetas a las leyes y reglamentaciones aplicables a las inversiones en el Estado de que se trate. 4. Sin perjuicio del enfoque general de libre admisión que se recomienda en la Sección 3, cualquier Estado puede, como excepción, rechazar la admisión de una inversión propuesta que: i) en opinión razonada del Estado, no esté en armonía con exigencias claramente definidas en materia de seguridad nacional, o ii) corresponda a sectores reservados por la legislación del Estado a sus propios nacionales en razón de los objetivos de desarrollo económico del país o por estrictas razones de interés nacional. 5. Las restricciones aplicables a las inversiones nacionales por razones de orden público, salud pública y protección del medio ambiente se aplicarán igualmente a la inversión extranjera. 6. Se alienta a todo Estado a que publique, en forma de manuales u otros medios de fácil acceso para los demás Estados y sus inversionistas, información apropiada y actualizada periódicamente sobre su legislación, reglamentaciones y procedimientos relacionados con la inversión extranjera y otros datos relativos a sus políticas en materia de inversiones, incluidos, entre otros, una indicación de las clases de inversiones que el Estado considere que correspondan a las descripciones señaladas en las Secciones 4 y 5 de esta directriz. III Tratamiento 1. A fin de promover la cooperación económica internacional a través de la inversión extranjera privada, el establecimiento, funcionamiento, administración, control y ejercicio de derechos en tales operaciones, como así también otras actividades conexas necesarias para éstas o relacionadas con ellas, guardarán armonía con las normas que se enuncian más adelante, cuya aplicación simultánea en todos los Estados se propone, sin perjuicio de las disposiciones de los instrumentos internacionales aplicables, y las reglas de derecho internacional consuetudinario firmemente arraigadas. 2. Todo Estado brindará un trato justo y equitativo a las inversiones que establezcan en su territorio nacionales de cualquier otro Estado, de conformidad con las normas recomendadas en estas Directrices. 98 3. a) Con respecto a la protección y seguridad de su persona, derechos de propiedad e intereses, al otorgamiento de permisos, licencias de importación y exportación y la autorización para emplear personal, la emisión de las visas de ingreso y permanencia necesarias para su personal extranjero, y otros asuntos legales relativos al tratamiento de los inversionistas extranjeros, según se lo describió çn la Sección 1, dicho tratamiento será, con sujeción a la exigencia de trato justo y equitativo mencionada antes, tan favorable como el que concede el Estado a los inversionistas nacionales que se encuentren en circunstancias similares. En todos los casos, se protegerán y garantizarán plenamente, en sus aspectos relativos a propiedad, control y beneficios sustanciales, los derechos del inversionista sobre sus bienes, incluida la propiedad intelectual. b) En lo que respecta a otros asuntos que no atañen a los inversionistas nacionales, la legislación y reglamentaciones del Estado no deben hacer discriminaciones en el trato de los inversionistas extranjeros en razón de su nacionalidad. 4. Ninguna disposición de esta directriz autorizará automáticamente a los nacionales de otros Estados a acogerse a normas que prevean el trato más favorable de nacionales de determinados Estados en virtud de su participación en un sistema de unión aduanera o zona de libre comercio. 5. Sin restringir la generalidad de lo expuesto, todo Estado: a) extenderá prontamente las licencias y permisos y otorgará las concesiones que sean necesarias para el desarrollo ininterrumpido de las operaciones de las inversiones admitidas, y b) en la medida de lo necesario para el funcionamiento eficiente de la inversión, autorizará el empleo de personal extranjero. Si bien un Estado puede exigirle al inversionista extranjero que exprese los motivos razonables por los que no puede contratar personal local, por ejemplo, mediante la publicación de anuncios a nivel nacional antes de proceder a contratar personal extranjero, se reconoce que la flexibilidad del mercado laboral en ésta y otras esferas es un elemento importante de un entorno favorable a las inversiones. En este sentido, reviste especial importancia la libertad del inversionista para contratar a los directivos, sin interesar su nacionalidad. 6. 1) Con respecto a la inversión privada en su territorio por nacionales de otros Estados, todo Estado: a) Permitirá la libre transferencia periódica de una parte razonable de los sueldos y salarios del personal extranjero; y, al liquidar la inversión o en caso de poner término anticipado a contratos de empleo, 99 permitirá la transferencia inmediata de todos lo.; ahorros provenientes de tales sueldos y salarios; b) Permitirá la libre transferencia de los ingresos netos provenientes de la inversión; c) Permitirá la transferencia de las sumas que sean necesarias para el pago de deudas contraídas, o el cumplimiento de otras obligaciones contractuales contraídas en relación con la inversión, a medida que éstas vayan venciendo; d) Al liquidar o vender la inversión (ya sea total o parcialmente), permitirá la repatriación y transferencia del importe neto de dicha liquidación o venta y de todas las acrecencias relativas a éstas en forma inmediata; en los casos excepcionales en que el Estado encare escasez de divisas, dicha transferencia podrá hacerse en cuotas dentro de un periodo lo más corto posible que, en ninguna circunstancia, podrá exceder de cinco años a partir de la fecha de liquidación o venta, sujeto al pago de intereses, como se dispone en el párrafo 3) de la Sección 6 de esta directriz, y e) Permitirá la tansferencia de cualesquiera otras sumas a que tenga derecho el inversionista, como las pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Directrices IV y V. 2) Conforme a lo dispuesto en el párrafo 1) de la Sección 6 de esta directriz en relación con las transferencias, éstas se harán a) en la moneda ingresada por el inversionista si ésta sigue siendo convertible, en otra moneda determinada por el Fondo Monetario Internacional como de libre uso, o en cualquier otra moneda aceptada por el inversionista, y b) al tipo de cambio del mercado vigente al momento de efectuar la transferencia. 3) En el caso de las transferencias mencionadas en el párrafo 1) de la Sección 6 de esta directriz, y sin perjuicio de lo dispuesto en las Secciones 7 y 8 de la Directriz IV en los casos en que éstas se apliquen, cualquier demora en las transferencias que deban hacerse a través del banco central (u otra autoridad pública autorizada) del Estado receptor estará sujeta al pago de intereses, a la tasa normal aplicable a la moneda nacional de que se trate, por el período que medie entre la fecha en que dicha moneda local haya sido proporcionada al banco central (u otra autoridad pública autorizada) para su transferencia y la fecha en que ésta se lleve efectivamente a cabo. 4) Las disposiciones establecidas en esta directriz con respecto a la transferencia de capital también regirán para la transferencia de cualquier indemnización en caso de pérdidas o daños sufridos como consecuencia de una guerra, lucha armada, revolución o insurrección, en la medida en que dicha indemnización pueda debérsele al inversionista de conformidad con lo dispuesto en la ley aplicable. 100 7. Todos los Estados permitirán y facilitarán la reinversión en su territorio de las utilidades provenientes de las inversiones y de los fondos provenientes de la venta o liquidación de las mismas. 8 Todo Estado adoptará las medidas adecuadas para evitar y oponerse al uso de prácticas comerciales corruptas y para promover la responsabilidad y transparencia en las negociaciones que celebren con inversionistas extranjeros, así como también cooperará con los demás Estados en la creación de procedimientos y mecanismos internacionales que permitan asegurar tales objetivos. 9. Ninguna de las disposiciones de esta directriz debe interpretarse como una recomendación de que el Estado debería conceder exenciones impositivas u otros incentivos fiscales a los inversionistas extranjeros. En los casos en que el Estado los considere justificados, en la medida de lo posible deberán concederse en forma automática, vincularse directamente al tipo de actividad que se ha de fomentar y otorgarse también a inversionistas nacionales que se encuentren en circunstancias similares. No se recomienda que exista competencia entre los Estados con respecto al otorgamiento de dichos incentivos, en particular exenciones impositivas. Se estima que la aplicación de tasas impositivas razonables y estables es mejor incentivo que el otorgamiento de exenciones seguidas de tasas inciertas o excesivas. 10. Los Estados desarrollados y con superávit de capital no deberán obstaculizar las corrientes de inversión procedentes de sus territorios hacia los Estados en desarrollo y se los alienta a adoptar medidas adecuadas que propicien dichos flujos, con inclusión de acuerdos tributarios, garantías de inversiones, asistencia técnica y entrega de información. Se reconoce en particular que los incentivos fiscales que otorgan los gobiernos de algunos inversionistas a fin de alentar la inversión en los Estados en desarrollo son un elemento posiblemente eficaz para promover tales inversiones. Iv Expropiación y modificación o rescición unilateral de contratos 1. Un Estado no puede expropiar, ni proceder al desapoderamiento, total o parcial, de una inversión extranjera privada establecida en su territorio, ni adoptar medidas que tengan efectos similares, excepto que ello se haga de conformidad con los procedimientos legales aplicables, por una causa de utilidad pública esgrimida de buena fe, sin discriminar entre los inversionistas en razón de su nacionalidad y con sujeción al pago de una indemnización apropiada. 2. De conformidad con los pormenores que se exponen a continuación, la indemnización correspondiente de una inversión específica expropiada por el Estado se considerará "apropiada" si es adecuada, efectiva y pronta. 3. La indemnización se considerará 'adecuada' si se basa en el valor justo de mercado de los bienes expropiados, determinado inmediatamente antes de que tenga lugar el desapoderamiento o de darse a conocer públicamente la decisión de expropiar. 101 4. La determinación del "valor justo de mercado" será aceptable si se lleva a cabo siguiendo un método convenido entre el Estado y el inversionista extranjero (en lo sucesivo, las partes) o por un tribunal u otro órgano designado por las partes. S. Si dicha determinación no es convenida por las partes, o no se basa en un acuerdo entre éstas, el valor justo de mercado será aceptable cuando el Estado lo determine de conformidad con criterios razonables relacionados con el valor de mercado de la inversión, es decir, si corresponde a la suma que un comprador interesado en la inversión normalmente estaría dispuesto a pagar a un vendedor interesado en venderla después de haber tomado en cuenta la naturaleza de la inversión, las circunstancias en que funcionaría en el futuro y sus características especificas, incluido el tiempo que lleve en operaciones, la proporción de activo físico en la inversión total y otros factores de importancia pertinentes a las circunstancias especificas de cada caso. 6. Sin suponer la validez exclusiva de un criterio único para la justa fijación del monto de la indemnización, y para ilustrar la determinación razonable por el Estado del valor de mercado de la inversión en virtud de lo señalado en la Sección 5, tal determinación se considerará razonable si se lleva a cabo de la siguiente manera: i) en caso de tratarse de una empresa en plena actividad y crecimiento, cuya rentabilidad esté demostrada, sobre la base del valor de la actualización de los flujos de fondos; ii) en el caso de tratarse de una empresa que, no estando en plena actividad y crecimiento, demuestre falta de rentabilidad, sobre la base del valor de liquidación; iii) en caso de tratarse de otros bienes, sobre la base de a) el valor de reposición o b) el valor contable, si el mismo se hubiera determinado recientemente o en la fecha de la expropiación y, en consecuencia, pudiera considerarse que representa un valor de reposición razonable. A los efectos de esta disposición: * una "empresa en plena actividad y crecimiento" significa una empresa que tenga activos rentables y que haya desarrollado sus operaciones durante un periodo suficiente como para que pueda extraerse la información necesaria para calcular sus ingresos en los años venideros, y, respecto de la cual, de no haberse procedido a su expropiación por el Estado, podría haberse previsto con razonable certeza que habría seguido produciendo ingresos legítimos en el curso de su vida económica en circunstancias normales. * 'valor de la actualización de los flujos de fondos" significa los ingresos de caja que se prevé de manera realista que la empresa habría de obtener en cada año siguiente de su vida 102 económica, conforme a una proyección razonable, menos los gastos en efectivo previstos para ese mismo año, luego de haberse aplicado a este flujo de caja neto correspondiente a cada año un factor de actualización que refleje el valor temporal del dinero, la inflación prevista y el riesgo asociado con dicho flujo de fondos en circunstancias ajustadas a la realidad. Dicha tasa de actualización puede medirse examinando la rentabilidad, en el mismo mercado, de las inversiones alternativas de riesgo comparable sobre la base de su valor actual; * "valor de liguidación" significa los montos en los que se podrían vender distintos activos de la empresa, o la totalidad de éstos, en condiciones de liquidación a un comprador dispuesto a comprar, menos todas las obligaciones que la empresa tenga que atender; * "valor de reRosición" significa el monto en efectivo que se requiere para reemplazar los distintos bienes de la empresa en el estado en que se encuentren a la fecha de la expropiación, y * "valor contable" significa la diferencia entre el activo y el pasivo de la empresa, según constan en los estados financieros, o el monto del bien expropiado que aparece en el balance de la empresa, que representa su costo una vez deducida la depreciación acumulada de conformidad con principios contables generalmente aceptados. 7. La indemnización se considerará "efectiva" si se paga en la moneda ingresada por el inversionista, si sigue siendo convertible; en otra moneda determinada por el Fondo Monetario Internacional como de libre uso, o en cualquier otra moneda aceptada por el inversionista. 8. La indemnización se considerará 'pronta" en circunstancias normales si se paga sin demora. En los casos en que el Estado encare situaciones excepcionales, como las que dan lugar a un acuerdo para hacer uso de los recursos del Fondo Monetario Internacional, o circunstancias objetivas similares de probada escasez de divisas, la indemnización en la moneda señalada en la Sección 7 podrá pagarse en cuotas, dentro de un periodo lo más breve posible y que en ningún caso podrá exceder de cinco años a partir de la fecha de la expropiación, siempre que se paguen intereses razonables por pago diferido y en la misma moneda, calculados a la tasa de mercado. 9. El pago de indemnizaciones de conformidad con los criterios antedichos no será procedente o bien será reducido, en caso de que el Estado expropiara la inversión como sanción aplicable a un inversionista que haya infringido las leyes y reglamentaciones del Estado vigentes con anterioridad a la expropiación, transgresión que deberá haber sido determinada por un tribunal de justicia. Otras diferencias relacionadas con pedidos de indemnización en este tipo de casos serán resueltas de conformidad con lo establecido en las disposiciones de la Directriz V. 103 10. En el caso de nacionalizaciones generales no discriminatorias que se lleven a cabo como parte de un proceso de reformas sociales profundas en circunstancias excepcionales como revolución, guerra y otras situaciones similares, la indemnización podrá determinarse mediante negociaciones entre el Estado receptor y el Estado de origen del inversionista y, si éstas fracasaran, mediante arbitraje internacional. 11. Las disposiciones de la Sección 1 de esta directriz se aplicarán respecto de las condiciones en virtud de las cuales un Estado pueda, unilateralmente, rescindir, modificar o de alguna otra manera desconocer una obligación contraída en virtud de un contrato celebrado con un inversionista privado extranjero, por razones que no sean de índole comercial, es decir, en caso de que el Estado actúe en ejercicio de su soberanía y no como parte contratante. En estos casos, la indemnización pagadera al inversionista se determinará teniendo en cuenta lo dispuesto en las Secciones 2 a 9 de esta directriz. La responsabilidad por el desconocimiento de un contrato por razones de índole comercial, es decir, en los casos en que el Estado actúa como parte contratante, se determinará de conformidad con lo dispuesto en la ley aplicable por la que se rige el contrato. V Arreglo de diferencias 1. Las diferencias que surjan entre los inversionistas extranjeros privados y el Estado receptor por lo general se resolverán mediante negociaciones entre éstos y, en caso de que fracasaran, por intermedio de tribunales nacionales u otros mecanismos convenidos, incluidos la conciliación y el arbitraje independiente cuyos laudos son de cumplimiento obligatorio. 2. A los efectos de esta directriz, el arbitraje independiente comprenderá cualquier arbitraje a hoc o institucional convenido por escrito por el Estado y el inversionista, o entre el Estado y el Estado de origen del inversionista, en el cual la mayoría de los árbitros no sean nombrados por una sola de las partes en la diferencia. 3. En caso de que se convenga en someter la diferencia a arbitraje independiente, se aconseja a todo Estado aceptar que la diferencia se someta a arbitraje en el marco del Convenio que establece el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), si el Estado fuera parte de dicho Convenio, o en el marco del mecanismo complementario del CIADI si no fuera parte del mismo. 104 INFORME SOBRE LA EVOLUCIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL (Preparado conjuntamente por el personal del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial) I. INTRODUCCIÓN 1. En su reunión de abril de 1992, el Comité para el Desarrollo examinó con cierto detalle las vinculaciones entre la política económica de los paises industriales y en desarrollo, haciendo especial hincapié en los aspectos relativos al comercio. En este documento se actualiza la información sobre la política comercial de los paises y sobre el estado de las negociaciones de la Ronda Uruguay (en el momento de prepararse el documento). En el documento de referencia sobre cuestiones de comercio exterior preparado para la reunión de abril del Comité para el Desarrollo, se examinó el papel que desempeñan el Fondo y el Banco en la liberalización del comercio entre los paises miembros de las dos instituciones mediante asistencia financiera y técnica y asesoramiento en materia de política económica. En este informe se describe la colaboración de las instituciones de Bretton Woods con el GATT y, en un anexo, se ilustra la función de supervisión que desempeñará el GATT mediante el nuevo Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales (MEPC), destacándose los puntos principales de las evaluaciones de la política comercial de los paises industriales. II. EVOLUCIÓN DE LA POLtTICA COMERCIAL 2. La evolución reciente de la política comercial de los paises industriales ha seguido caracterizándose por los enfoques unilaterales y bilaterales encaminados a mantener o ampliar la participación de los paises en el mercado internacional y por una creciente tendencia al regionalismo, todo ello en un contexto de dificultades económicas y considerable incertidumbre con respecto a los resultados de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales encaminadas a mejorar el acceso al mercado y afianzar la disciplina multilateral. Al persistir las pronunciadas tensiones en el comercio internacional, han proliferado las disputas, y muchas de éstas siguen encarándose en un plano bilateral. Sin embargo, se recurre más que antes al mecanismo de solución de diferencias establecido por el GATT. Si bien se adoptan con mayor frecuencia las recomendaciones de los paneles del GATT desde que se simplificaron los procedimientos, sigue siendo desalentadora la escasa puesta en práctica de dichas recomendaciones. En el caso de más de dos tercios de los informes de paneles aprobados desde que se inició la Ronda Uruguay, la puesta en práctica de las recomendaciones ha sido nula o insuficiente. Muchas de las fricciones comerciales tienen lugar entre los propios paises industriales (por ejemplo, la disputa entre Estados Unidos y la Comunidad Europea --CE-- con respecto a las subvenciones de la CE a las semillas oleaginosas, que ha sido tratada de manera multilateral en el marco del GATT, ha tenido como resultado la amenaza de sanciones y contrasanciones). Ciertos casos han involucrado algunos paises en desarrollo (por ejemplo, en abril de 1992, Estados Unidos designó a India, Tailandia y Taiwan para la investigación prevista en la regla especial 301 sobre derechos de propiedad intelectual). Otros casos de fricciones comerciales han involucrado tanto paises industriales como paises en desarrollo (por ejemplo, en marzo de 1992 se suspendieron los intentos de negociar normas en el marco del acuerdo 105 multilateral relativo al acero, cuya creación se había propuesto, y la industria siderúrgica de Estados Unidos ha presentado recientemente amplias quejas contra ciertas importaciones --que son, según se sostiene, objeto de dumping o subvenciones--- provenientes de muchos paises, incluidos Alemania, Brasil, Corea, Francia, Japón y México). Las exportaciones que son de interés para los países en desarrollo --tales como los textiles y el vestido, el calzado, los productos agropecuarios, los productos petroquímicos y los productos electrónicos--- siguen sometidas a considerables obstáculos no arancelarios en los mercados de los paises industriales, incluidos los acuerdos especiales concertados fuera del sistema multilateral. 3. En general, los paises industriales han frenado las medidas de liberalización unilateral ante la expectativa de poner en práctica medidas negociadas multilateralmente en el marco de la Ronda Uruguay, actualmente en su sexto año. Cabe destacar como excepciones Australia, Nueva Zelandia y Suecia. Este último país, por ejemplo, eliminó todas las restricciones cuantitativas a la importación de textiles, vestido y calzado en 1991-92. El Acuerdo Multifibras (AMF), que reglamenta el comercio de textiles y prendas de vestir, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 1992, esperando que en 1993 ya haya entrado en vigor un acuerdo establecido en el marco de la Ronda Uruguay. Se sigue recurriendo con frecuencia a las medidas de protección y a las subvenciones en el sector agrícola. En efecto, en un estudio reciente de la OCDE se estima que en 1991 la subvención a la producción representó el equivalente (como porcentaje de los precios al productor) de 66% en Japón, 49% en los paises de la CE y 30% en Estados Unidos. Un hecho positivo fue el acuerdo de la CE, establecido en junio de 1992, con respecto a una reforma considerable de la Política Agrícola Común (PAC). Los elementos principales de la reforma son: i) llevar los precios internos de respaldo a la agricultura a un nivel más cercano al de los niveles mundiales en los próximos tres años; ii) pasar de las subvenciones mediante respaldos a los precios al respaldo directo al ingreso, y iii) inducir una reducción del área de productos alimenticios subvencionados. La reciente reforma de la PAC contribuirá a reducir las distorsiones en la agricultura, especialmente si se lleva adelante y se consolida como parte de un proceso dinámico de liberalización de ese sector. 4. Un rasgo notable de la política comercial de los paises industriales ha sido el que se haya hecho extensivo el trato de nación más favorecida o el Sistema Generalizado de Preferencias --o ambos--- a las antiguas economías de planificación centralizada. En efecto, en abril de 1992, muchos paises de la OCDE habían concedido uno de esos dos tratos, o ambos, a la mayoría de los paises de Europa oriental, los Estados bálticos y algunos de los Estados de la antigua Unión Soviética. Varios paises de Europa oriental están sujetos ahora a menos restricciones comerciales cuantitativas por parte de muchos paises industriales. Los nuevos avances en esta dirección revestirán importancia para las perspectivas comerciales de Europa oriental y de otros paises. 5. El rasgo más notable de la política comercial de muchos paises en desarrollo sigue siendo la liberalización comercial unilateral, generalmente 106 como parte de un conjunto de medidas de reforma orientadas a la apertura del mercado y a menudo respaldadas por el Banco y el Fondo. Estas medidas de reforma han incluido la reducción o eliminación paulatina de restricciones cuantitativas, el remplazo de éstas por aranceles y la armonización del régimen arancelario a fin de reducir la dispersión de los aranceles y establecer una estructura de aranceles más bajos y más uniformes. En muchos casos, se ha reducido considerablemente el alto grado de complejidad y de restricción que caracterizó el régimen comercial previo a las reformas. En 1991-92, además de la liberalización emprendida en el contexto de las adhesiones al GATT de El Salvador y Guatemala y la renuncia a prevalerse del Articulo XVIII:B del GATT (restricciones comerciales por razones de balanza de pagos) por parte de Argentina, Brasil, Colombia y Perú, se anunciaron o se pusieron en práctica nuevas medidas de liberalización comercial en Europa oriental y en los paises en desarrollo de Asia, África y América Latina (por ejemplo, Argelia, India, Indonesia, Marruecos, Sri Lanka, Túnez, Uruguay y Venezuela). En el caso de Europa oriental, las reformas han significado una reorientación fundamental de los regímenes cambiario y comercial hacia los mecanismos de mercado. Se han iniciado reformas similares en los paises de la antigua Unión Soviética, al sustituirse el comercio estatal por la actividad del sector privado y al utilizar moneda convertible para las operaciones comerciales. Sin embargo, las restricciones a la exportación introducidas frente a las diferencias del ritmo de liberalización de los precios en las diversas repúblicas y la falta de un mecanismo de pagos eficiente muestran claramente las dificultades de transición que surgen al establecerse rápidamente un marco institucional basado en el mercado para respaldar la integración deseada de estos paises al sistema mundial de comercio. 6. El avance hacia la integración regional se ha intensificado. En Europa, el Programa de Mercado Único de la CE está haciendo progresos al prepararse los paises miembros a eliminar los obstáculos dentro de la CE; sin embargo, en algunos casos, el remplazo de las restricciones nacionales por medidas que abarcan toda la CE entraña el peligro de un aumento de las restricciones externas (por ejemplo, las cuotas a la importación de bananas de proveedores no preferenciales). La Asociación Europea de Libre Intercambio (AELI) está preparándose para la creación del espacio económico europeo en 1993, y varios de sus paises miembros están tratando de ingresar en la CE. La AELI y la CE están concertando acuerdos de asociación con algunos paises de Europa oriental, previéndose, entre otras cosas, la creación de una zona de libre comercio con estos paises, si bien algunos sectores "delicados", como el agro, están sujetos a disposiciones especiales; también se están estableciendo o discutiendo acuerdos de comercio y cooperación con los Estados bálticos y con algunos de los Estados de la antigua Unión Soviética. Algunos paises de Europa oriental están discutiendo la creación de una zona de libre comercio, y los Estados bálticos están estudiando las perspectivas de una unión aduanera entre ellos. En América, han concluido las negociaciones relativas al Acuerdo de Libre Comercio entre los Paises de América del Norte (ALCAN), que incluye a Canadá, Estados Unidos y México. Estados Unidos ha establecido también una serie de acuerdos bilaterales con paises latinoamericanos, en los que se prevé la eliminación paulatina de los obstáculos al comercio en el contexto 107 de la Iniciativa para las Américas. Otros ejemplos de avance hacia una mayor integración son el Pacto Andino, el MCCA, Caricom y Mercosur. En Asia, se convino recientemente en un marco para la creación de la zona de libre comercio de la ASEAN, en tanto que en África se ha avanzado en la consolidación de la integración regional, incluidos la ZCP, la UDEAC y los Estados de África occidental 1/. Los acuerdos comerciales regionales pueden complementar el sistema de comercio multilateral si mantienen una orientación hacia el exterior y conllevan una liberalización intrarregional de amplio alcance. El peligro de que el sistema multilateral se vea obstaculizado por la formación de bloques regionales podría aumentar si fracasa la Ronda Uruguay. III. RONDA URUGUAY 7. Desde que se presentó el informe en la reunión de abril, la Ronda Uruguay prácticamente no ha avanzado. Si bien parece haberse logrado un acuerdo sobre una serie de elementos del proyecto de acta final 2/ presentado en diciembre de 1991, los intentos por progresar en las negociaciones fundamentales sobre la liberalización del acceso al mercado han dado escasos resultados en los últimos meses. El proceso sigue frenado por la persistente falta de entendimiento entre los principales participantes en lo que respecta a la agricultura, pese al avance logrado en la solución de diferencias tras el acuerdo de reforma de la PAC. Si bien este último representa un paso importante en la solución de cuestiones relacionadas con las medidas de respaldo interno, subsisten problemas relacionados con el volumen de exportaciones subvencionadas y la liberalización del acceso al mercado. 8. Las negociaciones han llegado a un punto en que sólo una firme resolución política puede hacer avanzar el proceso. Entre las cuestiones fundamentales que no se han resuelto, figuran los regímenes de exportación y el acceso al mercado en la agricultura, el problema de los que se benefician sin asumir carga alguna y las exclusiones en los servicios, así como la duración permisible de los períodos de transición en el terreno de la propiedad intelectual. Otros puntos de dificultad podrían resolverse a nivel de negociadores una vez que se haya logrado un entendimiento político con respecto a los asuntos fundamentales. En la reciente reunión cumbre del Grupo de los Siete, celebrada en Munich, se reafirmó la necesidad de concluir con éxito la Ronda en 1992. 1/ MCCA - Mercado Común Centroamericano; Caricom - Comunidad del Caribe; Mercosur - Mercado Común del Sur; ASEAN - Asociación de Naciones del Asia Sudoriental; ZCP - Zona de comercio preferencial para los Estados de Africa oriental y de Africa austral; UDEAC - Unión Aduanera y Económica del África Central. 2./ El proyecto de acta final se describe en detalle en el documento que se preparó para las reuniones de abril ("Vinculaciones entre la política económica de los paises industriales y en desarrollo, con especial hincapié en los aspectos relativos al comercio", DC/92-5, 3-IV-92). 108 9. Se ha vuelto más clara la percepción (especialmente de parte de las empresas) de los beneficios que aportará la Ronda y del peligro que entrañaría su fracaso. En muchos paises, un amplio sector de la industria ha citado la liberalización del acceso al mercado y la mayor previsibilidad que se lograría si tiene éxito la Ronda Uruguay como razones para que la conclusión de la Ronda sea un punto importante del temario de deliberaciones internacionales sobre política económica. Los cambios positivos que se han puesto en práctica con antelación al término de la Ronda podrían desbaratarse si la conclusión de las negociaciones sigue postergándose. Entre dichos cambios, figuran la consolidación, en un marco multilateral, de los importantes pasos unilaterales hacia la liberalización comercial en muchos paises en desarrollo y algunos paises industriales; la simplificación del sistema de solución de diferencias establecido por el GATT, y la moderación observada durante las negociaciones --aunque con éxito sólo parcial--- en lo que respecta a la adopción de nuevas medidas restrictivas. El fracaso de la Ronda entrañaría el riesgo de que haya un retroceso en estos logros y que surja una tendencia al regionalismo orientado hacia el interior. IV. COSTOS DE LA PROTECCIóN 10. La protección implica costos tanto para el país que la establece como para los paises con que éste comercia. La estimación de los costos de la protección varia ampliamente según la cobertura, los supuestos y la metodología aplicada, de modo que debe utilizarse con precaución. La mayoría de los estudios indica que la liberalización entraña, a mediano y largo plazo, un considerable aumento del bienestar social, si bien, a corto plazo, puede haber pérdidas en este terreno para los productores en los sectores industriales que se encontraban amparados por mecanismos de protección o de subvención, o por ambos tipos de mecanismo. Cabe hacer notar que en muchos estudios sólo se estiman los beneficios estáticos de la liberalización del comercio; sin embargo, es probable que los beneficios dinámicos sean más importantes. En algunos estudios recientes se investigan los efectos que tendría un acuerdo logrado en la Ronda Uruguay. En un estudio reciente del Centro de Desarrollo de la OCDE 1/ se indica que, suponiendo una reforma parcial que implique una reducción del 30% de las medidas aplicadas en frontera (con lo cual se llegaría aproximadamente a los niveles del proyecto de acta final de 1991 de la Ronda Uruguay), el aumento del ingreso mundial en el año 2002 seria de US$195.000 millones (en dólares de 1992), de los cuales US$104.000 millones corresponderían a los paises de la OCDE y US$91.000 millones a los paises en desarrollo y las antiguas economías de planificación centralizada. Un desmantelamiento total de las medidas de protección agrícola y los aranceles para la industria daría por resultado un aumento del ingreso mundial de US$477.000 millones, de los cuales US$256.000 millones corresponderían a los paises de la OCDE y US$221.000 millones a los paises en desarrollo y las antiguas economías de planificación centralizada. Los incrementos del ingreso varian, por 1/ Goldin, Ian y Dominique van der Mensbrugghe, Trade Liberalization: What's at Stake? (Centro de Desarrollo de la OCDE: Paris, 1992). 109 ejemplo, entre 0,8% y 3X en el caso de los paises de la CE y la AELI, y Japón; entre 0,2% y 0,3% en el caso de Estados Unidos; entre 0,3% y 1,5% en el caso de América Latina, y entre 2,6X y 7,9% en el caso de los paises de la ASEAN. Algunos paises en desarrollo importadores de productos alimenticios podrían sufrir pérdidas inicialmente si los precios de estos productos se elevan de acuerdo con las estimaciones; se destaca en el estudio que las pérdidas potenciales serian relativamente pequeñas en valores absolutos y que la ganancia global seria mayor, pudiéndose establecer mecanismos de compensación. Según las estimaciones del personal del Fondo 1/, la eliminación de los aranceles que los paises industriales aplican a las manufacturas podrían dar lugar a incrementos del PNB de los paises en desarrollo que alcanzarían un promedio anual aproximado del 1,5%. Según estimaciones del Banco Mundial 2I, una reducción del 50% de los obstáculos arancelarios de la CE, Estados Unidos y Japón daría lugar a un incremento de US$50.000 millones de la exportación de los paises en desarrollo. En un estudio del Instituto de Desarrollo Exterior, de Londres (Overseas Development Institute - ODI) i./ se evalúa la repercusión que tendría un acuerdo logrado en la Ronda Uruguay, específicamente en ciertas categorías de paises en desarrollo. Suponiendo, entre otras cosas, que todas las cuotas del AMF lleguen a eliminarse y que el respaldo a la agricultura se reduzca más del 30%, la exportación de los paises en desarrollo aumentaría un 3%. Este incremento correspondería por entero al sector de los textiles y principalmente a los exportadores asiáticos, registrándose aumentos menores en los paises africanos, contrarrestados en parte por pérdidas que ocasionaría la reducción de los márgenes de preferencia que se aplican a los paises de África, el Caribe y el Pacifico. Sin embargo, estos resultados excluyen la repercusión de un acuerdo multilateral en lo que respecta a la eficiencia y el ingreso. En cuanto a los efectos sectoriales, en un estudio de los obstáculos no arancelarios de Estados Unidos á/ centrado en ciertos bienes industriales, se estima que los costos de la protección --en forma de reducción del bienestar-- ascienden a US$10.000 millones anuales (en dólares de 1984) en el sector de los automóviles y una suma igual en el sector de los textiles, y US$1.000 millones en el sector del acero; se estima que el costo anual por empleo protegido es cinco veces la remuneración anual por trabajador en los sectores de los textiles y el vestido, y 1,7 veces en los sectores de los automóviles y el acero. 11. En las estimaciones ilustrativas indicadas se subestima la importancia de lograr un acuerdo en la Ronda Uruguay, puesto que sólo se evalúa la repercusión de una reducción de los niveles actuales de protección; de 1/ FMI, Perspectivas de la economla mundial (Estudios económicos y financieros, octubre de 1990). 2. Banco Mundial, Global Economic Prospects and the Developing Countríes 1992 (Banco Mundial, 1992) ./ Page, Sheila, Michael Davenport, y Adrian Hewitt, The GATT Uruguay Round: Effects on Developing Countries (ODI: Londres, 1991). i/ Jaime de Melo y David Tarr, A General Equilibrium Analysis of U.S. Forelgn Trade Policy (MIT Presa, 1992). 110 hecho, es probable que, de no llegarse a un acuerdo, aumenten las presiones en pro de la protección y que, finalmente, los niveles de protección se eleven con la consiguiente reducción del bienestar social. V. COLABORACIÓN CON EL GATT 12. Las instituciones de Bretton Woods mantienen una larga tradición de colaboración con el GATT, y comparten con éste objetivos y principios comunes. Existen eficaces mecanismos de colaboración entre el personal de estos organismos. El Director General del GATT asiste como observador invitado a las reuniones de nivel ministerial del Fondo y del Banco. A su vez, el Banco y el Fondo envían observadores a las sesiones de las PARTES CONTRATANTES DEL GATT, al Consejo de Representantes del GATT y a varios comités permanentes del GATT. El hecho de que los controles cambiarios y las medidas comerciales puedan utilizarse como sustitutos ha creado, desde el comienzo, un vinculo especial entre el GATT y el Fondo, estipulado en los Artículos XIV y XV del GATT. La colaboración entre el Fondo y el GATT se ha canalizado como participación del Fondo en las consultas del GATT con las partes contratantes que mantienen restricciones al comercio por razones de balanza de pagos conforme a los Artículos XII y XVIII:B del GATT. Entre otros ejemplos de colaboración institucional figuran los estudios preparados por el personal del Fondo a solicitud del GATT (por ejemplo, sobre los efectos de las fluctuaciones cambiarias en el comercio mundial). Recientemente, tuvo lugar un seminario --bajo los auspicios del GATT, la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, y el Banco Mundial--- con el fin de elaborar un programa de trabajo para mejorar la calidad de las estadísticas de comercio internacional. Se siguen haciendo esfuerzos para mejorar la colaboración entre los tres organismos. 13. El Fondo y el Banco han prestado firme respaldo a la Ronda Uruguay. El personal del Fondo y del Banco asisten como observadores a las reuniones de ciertos grupos de negociación de la Ronda. El asesoramiento del Fondo y del Banco, en el contexto del uso de sus recursos y en el ejercicio de las funciones de supervisión, respalda los principios multilaterales. Las deliberaciones de la Ronda repercutirán en una mayor colaboración con las instituciones de Bretton Woods. Se prevé que la propuesta Organización Multilateral de Comercio (OMC), que se creará en el marco de la Ronda Uruguay, mantendrá y afianzará la colaboración con las instituciones de Bretton Woods. En lo que respecta a los servicios, el Fondo tiene jurisdicción en el terreno de los pagos, de modo que es de interés de la institución el que todas las nuevas normas que se establezcan sean consecuentes con la jurisdicción del Fondo. El personal del Fondo ha seguido de cerca las discusiones del Grupo de Negociaciones sobre Servicios (GNS) en el marco de la Ronda, ha proporcionado asesoramiento técnico en cuanto a la función del Fondo en el campo de los servicios, y se ha mantenido en contacto con el personal del GATT con respecto a estos asuntos. 14. La supervisión de la política comercial es una función central del GATT (y esta función seria transferida a la OMC). En el examen de mitad de periodo de la Ronda Uruguay, efectuado en 1988, los participantes decidieron afianzar la supervisión mediante la creación del Mecanismo de Examen de las 111 Políticas Comerciales (MEPC), en cuyo marco se examinará periódicamente la política comercial de cada país miembro; el acuerdo definitivo con respecto al MEPC será parte de los resultados de la Ronda Uruguay. El MEPC entró en funcionamiento en 1989 y ha contribuido a aumentar la transparencia de los regímenes comerciales y ---mediante la publicación de los exámenes--- se ha logrado una mejor comprensión de los problemas por parte de un público más amplio. Todos los paises industriales han sido objeto de examen al menos una vez, en tanto que un número creciente de paises en desarrollo también son objeto de examen. Dada la gran importancia de los paises industriales en el sistema de comercio mundial, en el anexo se presentan algunos aspectos importantes de los exámenes de estos paises, sin que ello constituya un resumen exhaustivo de los exámenes efectuados en el marco del MEPC. 112 ANEXO POLíTICA COMERCIAL EN LOS PAISES INDUSTRIALES En este anexo se presentan algunos de los principales aspectos de los exámenes de la política comercial de los paises industriales que se han llevado a cabo periódicamente en el marco del Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales (MEPC) del GATT, desde 1989, año en que se creó este mecanismo. El informe que sigue se basa en las declaraciones de cada país miembro del GATT durante los exámenes y en la documentación proporcionada por la Secretaria del GATT y por el país objeto de examen. Se ha reconocido, en el curso de estos exámenes, que la mayoría de los paises industriales mantiene bajos niveles de protección y, con algunas excepciones, una alta proporción de aranceles consolidados 11 en lo que respecta a los productos industriales. La protección se concentra en sectores específicos y se aplica, entre otras formas, mediante restricciones cuantitativas, uso defensivo de mecanismos anti-dumping y derechos compensatorios, así como presiones unilaterales, sobre todo en forma de mecanismos de restricción; también se consideran un problema los máximos arancelarios, la progresividad arancelaria 2/, y las prácticas restrictivas en el mercado interno. También se ha expresado inquietud, en el curso de los exámenes, ante la elevada y creciente proporción del comercio exterior de muchos paises industriales que está siendo objeto de acuerdos preferenciales. Cada país ha aprovechado la oportunidad de estos exámenes para explicar el funcionamiento de su régimen comercial y los fundamentos de éste y para reiterar su compromiso con respecto a la liberalización multilateral en el marco de la Ronda Uruguay. Los problemas señalados con mayor frecuencia en los exámenes de la política comercial de los diversos paises son los siguientes: i) La comolelidad del sistema luridico o del sistema arancelario. o de ambos, en algunos casos (Estados Unidos, Canadá), reduce la transparencia e incrementa el costo del comercio; en otros casos se ha citado la falta de transparencia (Japón). ii) Las subvenciones y los resRaldos al ingreso, en la agricultura, han sido ampliamente criticados por su amplitud y duración, incluidos algunos casos de gran respaldo (la PAC de la CE), respaldo selectivo (por ejemplo, el sector de productos lácteos de Canadá y Estados Unidos), y respaldo a pequeños productores (en los paises de la AELI y Japón). También se han señalado los niveles relativamente elevados de asistencia a sectores industriales en decadencia (Australia, CE) y, de manera creciente, ¡/ Los aranceles consolidados representan obligaciones contraídas en el marco del GATT, en virtud de las cuales el país se compromete a no elevar los aranceles sobre determinados productos más allá de cierto nivel sin reducir otros aranceles en forma de compensación. 2/ La progresividad arancelaria se refiere a una estructura de aranceles tal que las tasas arancelarias suben junto con el grado de elaboración de los productos. Los máximos arancelarios son aranceles de un nivel muy superior al promedio. 113 ANEXO a sectores más dinámicos, tales como la alta tecnología y algunos campos con un alto componente de investigación y elaboración tecnológica (la CE). iii) Protección en frontera. Se ha elogiado a la mayoría de los paises industriales por los bajos aranceles y las amplias consolidaciones arancelarias aplicadas a los productos industriales (Canadá, la CE, Estados Unidos, Noruega, Suecia y Suiza); sólo unos pocos mantienen una proporción relativamente baja de aranceles consolidados (Australia, Finlandia, Nueva Zelandia). Se han emprendido algunas medidas de liberalización unilateral en el contexto de la desreglamentación económica global (Australia, Nueva Zelandia y Suecia). Sin embargo, se ha aplicado una gran protección a sectores específicos mediante aranceles no consolidados, derechos variables y diversas restricciones cuantitativas, que afectan principalmente a los productos agrícolas, así como a los textiles y el vestido. Los máximos arancelarios (especialmente en los sectores de la agricultura y de la alimentación) y la progresividad arancelaria (textiles y vestido) han sido frecuentes en sectores de especial interés para. los paises en desarrollo. Se ha destacado en los exámenes el creciente recurso al comercio regulado, sobre todo mediante acuerdos bilaterales en campos como el acero, los automóviles, los semiconductores y los productos de alta tecnología, tanto por parte de los proponentes (CE, Estados Unidos) como' por parte de los aceptantes (Japón). Si bien se han utilizado restricciones cuantitativas a la importación, principalmente en el sector agrícola (fuera de las incluidas en el Acuerdo Multifibras), el recurso a las licencias de importación ha empezado a declinar tras las importantes medidas de desreglamentación (Nueva Zelandia). iv) El uso prolongado y la aplicación imprevisible de medidas antidumping y derechos compensatorios se han considerado un problema (CE, Estados Unidos), así como las interpretaciones unilaterales de las disposiciones relativas a esos mecanismos y la falta de transparencia de los mecanismos de examen de daños y de la determinación de los márgenes de dumping. Algunos paises han recurrido apenas a ese tipo de medidas (Finlandia, Nueva Zelandia, Noruega), algunos no las han aplicado en absoluto (Japón, Suiza) y al menos uno (Australia) ha reducido el uso de ese tipo de medidas. v) También se ha expresado inquietud ante el uso de prácticas restrictivas en el comercio interno que han producido, de hecho, un nivel de protección secundario, que ha incluido prácticas anticompetitivas (Japón, Suiza), cartelización y supervisión de precios (Austria), y ante el alto grado de libertad de las administraciones locales en la fijación de normas y el otorgamiento de asistencia a la industria (Australia, Canadá, Estados Unidos). 114 INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DE LA CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO (Preparado por los funcionarios del Banco Mundial en consulta con los del Fondo Monetario Internacional) I. INTRODUCCION 1. Con base en el documento de exposición de problemas titulado "Interacción entre las políticas ambientales y de desarrollo", en la última reunión del Comité para el Desarrollo celebrada en abril se analizó la función cada vez más amplia que tiene el Banco Mundial en la integración de las políticas ambientales y de desarrollo en el mundo. En especial, el Comité tomó nota de los esfuerzos redoblados del Grupo del Banco Mundial para ajustar sus programas en marcha a fin de ocuparse de asuntos ambientales, abordar intereses conexos en sus actividades de asistencia técnica, fortalecer el diálogo sobre políticas con los paises en desarrollo y profundizar las investigaciones en torno al desarrollo sostenible. Habida cuenta de la importancia de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD) y sus repercusiones en las labores del Banco, el Comité solicitó un informe sobre los resultados de la Conferencia y las medidas de seguimiento planificadas. 2. La CNUMAD tuvo lugar en Rio de Janeiro, Brasil, del 3 al 14 de junio de 1992. Constituyó la conferencia mundial más representativa que ha tenido lugar hasta ahora y la mayor reunión de dirigentes mundiales (con la asistencia de 172 paises, de los cuales 115 participaron a nivel de jefe de Estado o de gobierno). Sin embargo, su importancia perdurable bien puede ser el proceso que se inició hacia una nueva ética del medio ambiente y el desarrollo y el plan de acción mundial (Programa 21) que se adoptó por consenso para hacer frente al problema del desarrollo sostenible. 3. La Conferencia fue la culminación de un proceso de preparación de dos años que se llevó a cabo bajo la dirección de los señores Tommy Koh, Presidente del Comité Preparatorio y Maurice Strong, Secretario General de la Conferencia. El Banco desempeñó una función importante en los preparativos de la Conferencia. Se reconoció ampliamente que el Informe sobre el Desarrollo Mundial 1992 dedicado al medio ambiente y el desarrollo era un aporte analítico importante para la CNUMAD. Su mensaje principal subraya la necesidad de integrar las consideraciones ambientales en la formulación de las políticas de desarrollo. Al analizar esta doble relación, se sostiene en el Informe que las políticas ambientales vigorosas complementan y refuerzan el desarrollo, y que el continuo crecimiento económico y el perfeccionamiento de los recursos humanos son sostenibles y pueden ser compatibles con el mejoramiento de las condiciones ambientales, pero que para ello será preciso que se produzcan cambios importantes en materia de políticas, programas e instituciones. 4. Los principales resultados logrados en la CNUMAD fueron los siguientes: * Aprobación de la Declaración de Rio de Janeiro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. 115 * Apoyo a los convenios internacionales sobre cambio climático y diversidad biológica. * Aprobación de principios para un consenso mundial sobre los bosques. * Acuerdo para negociar una convención sobre la desertificación. * Aprobación del Programa 21. 5. La mayoría de los observadores consideraron que la CNUMAD constituyó un éxito, y reconocieron que sus resultados reflejan las concesiones mutuas que son necesarias para lograr consenso, y que la Conferencia representa el comienzo, no el fin, de un largo proceso. Como observó la Primera Ministra de Noruega, Sra. Bruntland, uno de los principales arquitectos de la CNUMAD: "Nuestro deber con el mundo es ser sinceros acerca de lo que hemos logrado aquí: progreso en muchas esferas, demasiado poco progreso en la mayoría de los ámbitos, y ningún progreso en algunos... Pero se habrá fijado el rumbo hacia donde nos dirigimos". II. SESION PLENARIA 6. La sesión plenaria, en la que participaron más de 100 jefes de Estado o de gobierno, ofreció muchas perspectivas útiles sobre las oportunidades que brinda la CNUMAD a los gobiernos y también a las instituciones multilaterales de desarrollo. Varios temas recurrentes son dignos de destacar. Los paises acordaron que las medidas concertadas y la responsabilidad compartida son elementos fundamentales para tratar las vinculaciones entre el desarrollo y el medio ambiente. El tema de las nuevas asociaciones, basadas en derechos y responsabilidades compartidos --entre los donantes y los receptores de ayuda y entre los gobiernos y la ciudadanía-- fue notable por su universalidad. Sin embargo, se observaron claras diferencias entre los grupos de paises. 7. Aunque los paises en desarrollo apoyaron los objetivos de la CNUMAD, se demostraron evidentemente cautelosos ante cualquier posible transgresión de sus derechos soberanos. Además, procuraron obtener promesas bien definidas de los paises industriales, en especial las relacionadas con la asistencia financiera nueva, adicional y previsible que se requiere para llevar a cabo programas ambientales, el acceso a tecnologías apropiadas desde el punto de vista ambiental en condiciones concesionarias y preferenciales, y cambios importantes en las modalidades de consumo y producción de los paises industriales en apoyo del desarrollo sostenible. Los paises en desarrollo también expresaron preocupación porque las prioridades de los desarrollados parecían centrarse excesivamente en cuestiones de carácter mundial, en especial en el cambio climático, el agotamiento de la capa de ozono y la diversidad biológica, y restar importancia a las prioridades nacionales del desarrollo y protección del medio ambiente y la reducción de la pobreza. Por otra parte, los paises desarrollados tendían a dar mayor relevancia a las cuestiones de población y al uso más eficaz de los recursos existentes de AOD en los esfuerzos acelerados por abordar problemas de alivio de la pobreza y de protección del medio ambiente de ámbito mundial. 116 8. Se manifestaron diferencias evidentes en el enfoque que aplican los paises desarrollados a los compromisos con fechas limite para cumplir las metas de AOD del 0,7X del PNB establecidas desde hace tiempo, y también los aportes financieros específicos para la ejecución del Programa 21. Los paises de la Comunidad de Estados Independientes se demostraron especialmente interesados en que su situación especial de economías en transición se tome en cuenta en cualquier obligación derivada de la CNUMAD. 9. Muchos gobiernos reconocieron que la Conferencia ha recibido el impulso de la opinión pública internacional movilizada por la red independiente de organizaciones no gubernamentales (ONG) y los medios de comunicación mundiales, y que éstos desempeñarán una importante función en el seguimiento de la ejecución del Programa 21. El papel en general constructivo y de participación que desempeña la comunidad de las ONG fue una de las características más notables de la etapa preparatoria de la Conferencia y de la Conferencia misma; más de 1.400 ONG fueron oficialmente acreditadas en la CNUMAD. 10. El Sr. Preston en su declaración en la sesión plenaria destacó la necesidad de aplicar un enfoque integrado al desarrollo, la aminoración de la pobreza y la protección del medio ambiente, y de forjar estrechas vinculaciones operacionales entre las medidas orientadas a encarar cuestiones de ámbito nacional y los esfuerzos conexos para solucionar problemas a nivel mundial. También señaló la disposición del Banco a ejercer el liderazgo (en especial a través de los grupos consultivos, la AIF y el FMAM) para reunir los recursos financieros adicionales que se requieren a fin de ayudar a los paises en desarrollo, sobre todo a los más pobres, a lograr el desarrollo sostenible. 11. El Director Gerente del Fondo también hizo uso de la palabra en la sesión plenaria de la CNUMAD, y destacó la relación entre el crecimiento económico y la protección del medio ambiente. Señaló que cualquier estrategia de crecimiento, para ser sostenible, debe respetar el medio ambiente, y que la protección ambiental, para que sea eficaz, debe formar parte de una estrategia viable de crecimiento. En este contexto destacó la importancia de la función del Fondo en fomentar políticas económicas acertadas que facilitan el logro de los objetivos ambientales. III. PRINCIPALES RESULTADOS DE LA CNUMAD 12. La Declaración de Rio de Janeiro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo: La Declaración de Rio consta de 27 principios básicos cuyo objetivo es servir de orientación a las políticas nacionales e internacionales. Estos principios abarcan una amplia gama de cuestiones, entre las que figuran las vinculaciones entre el medio ambiente y el desarrollo; el derecho soberano de los Estados a explotar sus propios recursos (sin causar daños a otros); la cooperación internacional para eliminar la pobreza; la función de las mujeres en el desarrollo sostenible, y la utilización de instrumentos económicos en las políticas ambientales y de desarrollo. Si bien la Declaración de Rio no está a la altura de los altos ideales asociados con la Declaración Universal de Derechos Humanos de las 117 Naciones Unidas (conforme a la cual se redactó), su aprobación, sin embargo, refleja un compromiso al más alto nivel político con los objetivos de la CNUMAD. 13. Los convenios sobre el cambio climático y la diversidad biológica: Estos convenios, aprobados recientemente en forma separada por Comités Intergubernamentales de Negociación, se abrieron a la firma de los participantes en la CNUMAD; al final de la Conferencia, 154 paises habían firmado ambos convenios. El reciente acuerdo respecto a la reestructuración del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) fue decisivo en lograr el consenso sobre la designación de dicho Fondo como el mecanismo financiero provisional que utilizarán los paises en desarrollo para atender las obligaciones derivadas de la convención sobre el cambio climático y el convenio sobre la diversidad biológica. 14. La Convención sobre el Cambio Climático: Esta Convención tiene por finalidad estabilizar las concentraciones de gases causantes del efecto de invernadero que contribuyen al calentamiento de la Tierra. En forma específica, en ella se reconoce la necesidad de volver a los niveles anteriores de emisión, y se sugieren los registrados por los paises en 1990 como un posible punto de referencia. Aunque la Convención fija plazos y limites aproximados en cuanto a emisiones, no hay una conexión evidente entre estos dos objetivos. Esta aparente ambigüedad refleja la oposición de algunos paises a metas y cronogramas específicos, y a la utilización de impuestos sobre la energía para reducir los gases que producen el efecto de invernadero, al aducir que los limites obligatorios impedirían el crecimiento económico y la competitividad, y que es probable que las medidas de eficiencia que se están adoptando logren resultados similares. Las obligaciones de los paises en desarrollo de cumplir sus compromisos están asociadas a los recursos financieros y a la tecnología de que disponen, tomando en cuenta sus prioridades fundamentales de desarrollo económico y social y de reducción de la pobreza. 15. EL Convenio sobre la Diversidad Biológica: Los principales objetivos de este Convenio son proteger y sostener los recursos vivientes y los ecosistemas de la Tierra y compartir los beneficios derivados del uso de los recursos genéticos. Gran parte de la diversidad biológica mundial está en los paises en desarrollo, en tanto que la industria de la biotecnología que explota estos recursos se encuentra en los paises desarrollados. Por consiguiente, el punto fundamental de las negociaciones fue el control sobre el acceso a los recursos y los beneficios adecuados para los paises en desarrollo. Entre las características más importantes del tratado están las siguientes: i) el suministro de apoyo financiero y técnico de los paises desarrollados para ayudar a los en desarrollo a conservar sus recursos vivientes, y ii) la distribución equitativa de los resultados de la investigación y el desarrollo biotecnológico entre los inversionistas y los paises en desarrollo en los cuales se originó la investigación. Aunque varios paises desarrollados expresaron dudas en razón del control insuficiente sobre la utilización de los recursos financieros proporcionados y la protección de las patentes de los inversionistas, los Estados Unidos es el único país que ha declarado su intención de no firmar el Convenio. 118 16. Principios para llegar a un consenso mundial sobre los bosques: Se llegó a un acuerdo respecto a un marco general de principios aplicables a los bosques después de negociaciones prolongadas y contenciosas. El objetivo rector de estos principios es conciliar las metas posiblemente conflictivas de fomentar la ordenación, la conservación y el desarrollo prudente de los bosques de todo tipo, tomando en cuenta los usos tradicionales y también el potencial de desarrollo mediante la ordenación sostenible de los bosques. 17. Convenio sobre la desertificación: La CNUMAD acordó solicitar a la Asamblea General, en su próximo periodo de sesiones de septiembre, que establezca un comité intergubernamental para que negocie un convenio internacional de lucha contra la desertificación, sobre todo en Africa. 18. Programa 21: El principal resultado operacional de la CNUMAD, el Programa 21, es un plan de acción ambicioso que abarca más de 100 esferas (por ejemplo, clima, contaminación marina, desertificación, recursos humanos, agricultura sostenible) en las que se integran el medio ambiente y el desarrollo, que tendrán el apoyo de recursos financieros nuevos y adicionales, el mejor acceso en condiciones favorables a tecnologías apropiadas desde el punto de vista ambiental, y la capacidad institucional fortalecida en los paises en desarrollo. Se solicitó a los Estados que preparen planes nacionales de desarrollo sostenible señalando sus propios problemas ambientales y también sus estrategias, programas y prioridades para poner en práctica el Programa 21. Se acordó en la Conferencia que el financiamiento externo en apoyo de estos programas se organizaría mediante una variedad de mecanismos existentes en lugar de crear otros nuevos. Estas fuentes de financiamiento incluirían a los bancos multilaterales de desarrollo, entre ellos los bancos regionales, el FMAM reestructurado, los programas de asistencia bilateral, con inclusión de mecanismos de alivio de la deuda y aportaciones voluntarias a través de las ONG que actualmente representan cerca de un lOX de la AOD total. El Programa 21 también prevé explorar modalidades innovadoras para generar nuevas corrientes públicas y privadas, en especial diversas modalidades de alivio de la deuda, que comprenden la mayor utilización de sa de deudas, incentivos económicos y fiscales, la viabilidad de permisos negociables, nuevos planes para obtener fondos a través de fuentes privadas y no gubernamentales y la reasignación de recursos militares al proceso de desarrollo. Se solicitó a los consorcios de ayuda, los grupos consultivos y las mesas redondas que apoyen estos programas para paises específicos mediante la integración de las estrategias de asistencia en materia de protección del medio ambiente y desarrollo, la movilización de recursos nuevos y adicionales, la utilización más eficaz de los recursos existentes y los cambios en su composición y sus operaciones para facilitar este proceso. 19. Con respecto al financiamiento del Programa 21 y otros resultados de la Conferencia, en la CNUMAD se solicitó el máximo de recursos nuevos y adicionales, utilizando todas las fuentes y mecanismos de financiamiento disponibles. En relación con esto, se subrayó la importante función que desempeñará la AIF en la ejecución del Programa 21 y se instó a que "entre diversas cuestiones y opciones que los Suplentes de la AIF examinarán en el marco de la décima reposición que tendrá lugar próximamente, se preste especial consideración a la declaración del Presidente del Banco Mundial en la sesión plenaria de la Conferencia en el sentido de ayudar a los paises más 119 pobres a alcanzar sus objetivos de desarrollo sostenible". En la CNUMAD también se respaldó el plan para reestructurar el FMAM, y se acordó que este era el mecanismo apropiado para sufragar los costos incrementales de actividades pertinentes orientadas a lograr beneficios de alcance mundial en virtud del Programa 21. 20. En la última reunión de los participantes, que tuvo lugar los días 29 y 30 de abril de 1992, se acordaron los principios más importantes en base a los cuales se llevará a cabo la reestructuración del FMAM. Si bien su misión básica será continuar proporcionando financiamiento en condiciones concesionarias y adicionales a los costos incrementales convenidos para lograr beneficios ambientales en sus cuatro puntos fundamentales (limitar las emisiones de gases de efecto de invernadero, conservar la diversidad biológica y proteger las aguas internacionales y la capa de ozono), el FMAM reestructurado: * apoyarla las actividades relacionadas con los problemas de degradación de los suelos (fundamentalmente desertificación y deforestación) en lo que se refieren a los cuatro puntos fundamentales; * aseguraría la eficacia en función de los costos de las actividades que realiza para abordar las cuestiones focalizadas de protección del medio ambiente mundial; * financiarla programas y proyectos de acuerdo con las necesidades de los países compatibles con las prioridades nacionales cuya finalidad es apoyar el desarrollo sostenible; * seria transparente y responsable ante los donantes y los beneficiarios por igual, y * tendría suficiente flexibilidad para adoptar modificaciones en caso necesario. La administración del FMAM reestructurado reflejarla estos principios, y la participación universal se considera clave para su éxito. 21. En las medidas institucionales adoptadas para el seguimiento eficaz de los resultados de la Conferencia se prevé que la Asamblea General de las Naciones Unidas establecerá una Comisión sobre Desarrollo Sostenible. Dicha Comisión servirá de foro intergubernamental de alto nivel para vigilar el progreso de los gobiernos y los organismos internacionales (incluidas las instituciones financieras multilaterales) en la aplicación del Programa 21 y los convenios ambientales. También estudiará los problemas contenidos en los informes nacionales sobre desarrollo sostenible proporcionados por los gobiernos (por ejemplo, los relativos a recursos financieros o transferencia de tecnología), y fomentará la coordinación a través de la participación destacada en las labores de organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas y las ONG. 120 22. En su próximo período de sesiones de septiembre, la Asamblea General de las Naciones Unidas determinará las modalidades de organización y operaciones de la Comisión, que dependerá de un Consejo Económico y Social "revitalizado". Los miembros consistirán en Estados elegidos "con la debida consideración a la distribución geográfica' y tendrán el apoyo de una secretaria de alto nivel bajo la dirección del Secretario General de las Naciones Unidas. IV. ACONTECIMIENTOS PARALELOS 23. Además de las reuniones de carácter oficial, los sectores independientes patrocinaron numerosas reuniones. Digno de especial mención es el "Foro Mundial 1992" auspiciado por las ONG, en que el FMAM y el Banco Mundial se contaban entre los cientos de participantes. El personal técnico efectuó presentaciones que tuvieron muy buena acogida acerca del Informe sobre el Desarrollo Mundial 1992, el FMAM, y políticas conexas del Banco (por ejemplo, el desarrollo urbano, la industria, la pobreza, el medio ambiente y el desarrollo participatorio) ante una variedad de grupos que representaban círculos empresariales e industriales, funcionarios locales, mujeres, jóvenes, indígenas y ONG con intereses generales en cuestiones de desarrollo. También se celebraron conferencias de prensa sobre el programa del Banco en materia de medio ambiente y desarrollo y el FMAM. V. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS DEL BAUCO MUNDIAL 24. La función cada vez más amplia del Banco en la integración de las políticas ambientales y de desarrollo en todo el mundo ha resultado fortalecida por los acuerdos logrados en la CNUMAD. Además, la Conferencia sirvió para un amplio intercambio de opiniones sobre políticas y medidas conexas del Banco entre varios grupos presentes en Rio. La reestructuración del FMAH constituye un programa de trabajo importante para el futuro, al igual que la integración más sistemática de los resultados del Informe sobre el Desarrollo Mundial 1992 en las operaciones del Banco; la ayuda a los paises en desarrollo, en especial a los más pobres, para que definan sus objetivos ambientales, y la movilización de los recursos necesarios para su ejecución, incluido el fortalecimiento de los grupos consultivos. Dentro del sistema más amplio de las Naciones Unidas, el Banco tendrá una participación destacada en el Grupo Especial sobre el Desarrollo y el Medio Ambiente, creado recientemente por el Secretario General de las Naciones Unidas (presidido por el señor Edouard Saouma, Director General de la FAO), que estudiará las directrices para la división del trabajo entre organismos en la ejecución del Programa 21, incluidas las medidas para mejorar la coordinación. También colaborará con los organismos de las Naciones Unidas en la Comisión sobre Desarrollo Sostenible recientemente propuesta. VI. FUNCION DEL FMI 25. La orientación actual de las labores del Fondo apoya el Programa 21. El FMI continúa brindando asesoría a los paises miembros sobre políticas macroeconómicas que, entre otras cosas, los alienta a adoptar políticas de 121 precios basadas en el mercado y sistemas cambiarios y comerciales abiertos. En la medida en que los precios de mercado no reflejan los efectos externos ambientales, los enfoques orientados a los precios (con inclusión de las políticas tributarias) para reducir los efectos externos negativos son más eficientes que los controles directos o las restricciones cuantitativas. Dichas medidas propician intrínsecamente la utilización óptima de los recursos, que incluye el uso más económico de los recursos naturales no renovables y la protección del medio ambiente. Además, el Fondo ha asignado personal encargado de establecer enlace con otros organismos (como el Banco Mundial, el PNUMA, la OCDE y gobiernos nacionales) con capacidades y responsabilidad en la esfera ambiental, y para seguir la marcha de las investigaciones pertinentes en esta materia. Su finalidad es asegurar que el material apropiado preparado fuera de la institución se divulge dentro del Fondo en apoyo de sus actividades operacionales, y contribuya así a la comprensión de los efectos de la política macroeconómica en el medio ambiente, lo que está de acuerdo con el Programa 21 que alienta a las autoridades nacionales a considerar los aspectos ambientales de sus políticas macroeconómicas. De igual manera, en la medida en que el Programa 21 contiene diversas propuestas para la adopción de medidas internas que tienen repercusiones financieras, será necesario que el personal estudie estas propuestas con las autoridades nacionales a fin de asegurar su coherencia con el marco de políticas macroeconómicas orientadas a fomentar el crecimiento equilibrado y sostenible. 122 COMITE PARA EL DESARROLLO COMITE MINISTERIAL CONJUNTO DE LAS JUNTAS DE GOBERNADORES DEL BANCO Y DEL FONDO PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS REALES A LOS PAISES EN DESARROLLO 1818 H Street, N.W., Washington, D.C. 20433 Téléfono: (202) 458-2980 Fax: (202) 477-1906 21 de septiembre de 1992 COMUNICADO DEL COMITÉ PARA EL DESARROLLO 1. La XLIV reunión del Comité para el Desarrollo se celebró en la ciudad de Washington el 21 de septiembre de 1992, bajo la presidencia del Excmo. Sr. Alejandro Foxley, Ministro de Hacienda de Chile 1/. Después de efectuado un examen del panorama económico mundial, la reunión se centró en la manera de aumentar los recursos para el desarrollo. El Comité dio la bienvenida a los paises que han ingresado como nuevos miembros del Banco y el Fondo desde la celebración de su última reunión. 2. OBJETIVOS DE DESARROLLO. Los Ministros mencionaron nuevamente el acuerdo a que habían llegado en la reunión celebrada en Bangkok acerca de los objetivos en materia de desarrollo en los años noventa, a saber: la reducción de la pobreza y el logro de un desarrollo sostenible, y que las medidas encaminadas a la protección del medio ambiente son esenciales para alcanzar ambos objetivos. Analizaron los recursos necesarios para la consecución de estos objetivos y las medidas requeridas para incrementar su volumen y mejorar su eficacia. 3. RECURSOS INTERNOS. Observaron que casi todos los paises en desarrollo 21 financian la mayor parte de sus inversiones con ahorro interno, público y privado. Por lo tanto, convinieron en que la máxima prioridad para estas naciones es aumentar en lo posible el volumen de dicho ahorro y hacer de él un uso más eficiente. Para ello será necesario adoptar y mantener en vigencia políticas macroeconómicas adecuadas; restringir los ]1/ Participaron en la reunión los Sres. Lewis T. Preston, Presidente del Banco Mundial; Michel Camdessus, Director Gerente del Fondo Monetario Internacional; Ahmadu Abubakar, Ministro de Hacienda de Nigeria y Presidente del Grupo de los Veinticuatro, y Peter Mountfield, Secretario Ejecutivo. Asistieron también a la reunión observadores de muchos otros organismos internacionales y regionales, y de Suiza. 21 En adelante en este Comunicado, la expresión "países, o naciones, en desarrollo" abarca las economías en transición. 123 programas antieconómicos e improductivos, y contar con sistemas financieros y bancarios eficientes. 4. COMERCIO EXTERIOR. Los Ministros convinieron en que si bien un régimen de comercio mundial mucho más libre será beneficioso para todos los paises, para las naciones en desarrollo reviste importancia trascendental. En el marco de las corrientes de recursos, estas naciones necesitan aumentar los ingresos provenientes del comercio exterior a fin de financiar las importaciones, atender el servicio de la deuda y promover un desarrollo económico interno sostenible. Al existir más oportunidades de exportación en los paises en desarrollo, éstos despertarán el mayor interés de los inversionistas. En consecuencia, hicieron hincapié una vez más en la necesidad de llegar pronto a un acuerdo respecto de las cuestiones pendientes en la Ronda Uruguay y señalaron que ello redundará en un régimen de comercio más amplio, liberal y estable y proporcionará a muchos paises en desarrollo mayor acceso al mercado. Coincidieron en que, en los acuerdos regionales de comercio, se debe hacer hincapié en la creación de oportunidades de comercio más que en la desviación de las corrientes comerciales, en consonancia con los principios del multilateralismo, y se deben asegurar oportunidades de comercio para los paises en desarrollo. 5. INVERSIóN EXTRANJERA. En la mayoría de los paises en desarrollo los ingresos provenientes del comercio exterior deben complementarse con recursos externos. Actualmente en un número creciente de ellos gran parte de estos recursos son suministrados por inversionistas extranjeros privados en forma directa. Los Ministros observaron el reciente aumento de las inversiones de cartera, si bien admitieron que, por su elevado nivel de liquidez, éstas tienen efectos distintos de los de la inversión extranjera directa. Los Ministros consideraron las medidas necesarias para atraer más corrientes privadas, y llegaron a la conclusión de que probablemente las medidas encaminadas a fomentar la inversión interna también despierten el interés de los inversionistas extranjeros y alienten el retorno de los capitales fugados. Sacaron en conclusión que para ello es esencial mantener la estabilidad macroeconómica y crear un clima propicio para las empresas, tanto para atraer más inversiones como para elevar el número de paises receptores de las corrientes de fondos externos. 6. DIRECTRICES PARA LA INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA. Tal vez se necesiten más medidas encaminadas a atraer inversión extranjera, y la creación y el mantenimiento de un marco jurídico adecuado pueden ser parte importante del proceso de adopción de las mismas. Por lo tanto, los Ministros analizaron con interés el documento sobre las directrices relativas al tratamiento de la inversión extranjera directa que se publicará dentro de poco, así como también las observaciones aclaratorias, que señalan a la atención de los paises miembros. Estas directrices se han preparado a solicitud del Comité para el Desarrollo a fin de promovar la aplicación de normas internacionales justas y equitativas para el tratamiento general de toda inversión extranjera directa cuando no existen tratados en la materia, y serian especialmente valiosas para los paises en desarrollo. Los Ministros esperan que las directrices constituyan un paso importante en el desarrollo 124 progresivo de la práctica internacional en esta esfera y confían en que contribuirán a un mayor avance a través de tratados bilaterales e instrumentos similares. También señalaron la labor conexa que se está desarrollando en otros foros a fin de formular principios relativos a la conducta de los inversionistas extranjeros. 7. PRÉSTAMOS DE LOS BANCOS COMERCIALES Y DEL MERCADO. Los Ministros expresaron su beneplácito ante el mayor acceso que están teniendo algunos paises en desarrollo a los mercados financieros internacionales, especialmente las naciones que están aplicando reformas económicas sostenibles y que han celebrado acuerdos relativos a la deuda y al servicio de la misma con los bancos comerciales. Si bien estimaron que tal vez se produzca cierto aumento del volumen de financiamiento proporcionado por los bancos para las operaciones de comercio y para proyectos, señalaron que es muy poco probable que el nivel de operaciones crediticias de los bancos privados con los paises en desarrollo vuelva a ser el de períodos anteriores. Observaron el papel activo cumplido por el Banco Interamericano de Desarrollo y otros bancos regionales en lo que se refiere a la promoción de reformas efectivas en materia de inversiones que resultan esenciales para fomentar la estabilidad de la coyuntura financiera. Estimaron que las instituciones financieras internacionales deben seguir alentando la movilización eficiente de recursos financieros mediante la promoción de reformas efectivas en materia de inversiones, privatizaciones y el sector financiero. Los Ministros señalaron el mejor desempeño económico que tuvieron los países en desarrollo después de realizar operaciones de reducción de la deuda y de su servicio, y por lo tanto instaron a que más naciones lleven oportunamente a término negociaciones al respecto con los bancos privados. 8. AUMENTO DE LAS CORRIENTES DE FONDOS EN CONDICIONES NO CONCESIONARIAS. Los Ministros convinieron en analizar en la próxima reunión las perspectivas de aumento de las corrientes de recursos privados y el mejoramiento del acceso de los paises en desarrollo a los mercados mundiales en materia de préstamos y participaciones en el capital social. Los miembros coincidieron en que es necesario obtener información precisa y oportuna acerca del volumen y las corrientes de capital privado hacia las naciones en desarrollo y evaluar las repercusiones de estos hechos. Solicitaron al Banco y al Fondo que preparen un documento conjunto a tal fin, en el que también se aborde la función catalizadora y de fomento de dichas corrientes que cabe a las instituciones financieras internacionales y la dimensión de todo obstáculo subsistente impuesto por los paises, tanto en desarrollo como industriales, a las corrientes de recursos. 9. DEUDA. Los Ministros admitieron que es preciso respaldar los esfuerzos realizados por muchos paises en desarrollo mediante la reprogramación de la deuda y, en algunos casos, con medidas de reducción de la deuda, tanto pública como privada, y de su servicio. Los Ministros se mostraron complacidos ante los avances alcanzados en lo que se refiere a la estrategia internacional ante la deuda, incluidos los acuerdos a los que se llegó este año con Argentina, Bolivia y Brasil, entre otras naciones. En la actualidad 125 son 12 los paises que han celebrado acuerdos de ese tipo, por un monto equivalente al 90X de la deuda de las principales naciones deudoras frente a los bancos privados. Instaron al Club de Paris a reconocer la situación especial en que se encuentran algunos paises de ingreso mediano bajo fuertemente endeudados, atendiendo a las circunstancias de cada caso. Los Ministros también acogieron con beneplácito el mayor alivio de la deuda otorgado por el Club de Paris a los paises más pobres y observaron que este club de acreedores ha convenido en estudiar el volumen de la deuda, en determinadas circunstancias, tras un periodo de entre tres y cuatro años. Instaron al Club de Paris a que siga analizando la estrategia ante la deuda. Reconocieron que los paises muy endeudados que, gracias a la adopción de políticas enérgicas de ajuste no han recurrido a la reprogramación de su deuda, siguen necesitando apoyo. 10. ASISTENCIA BILATERAL. Los paises en desarrollo más pobres seguirán necesitando durante muchos años un volumen importante de asistencia en condiciones concesionarias. En los últimos tiempos, varios paises más se han convertido en posibles beneficiarios de este tipo de ayuda, al tiempo que las nuevas exigencias, especialmente las relacionadas con el medio ambiente, han hecho que la necesidad de dicha asistencia sea mayor. El Comité señaló que el Banco Mundial y el FMI consideran que para satisfacer esas necesidades será de vital importancia complementar los esfuerzos realizados por los paises en desarrollo con un mayor volumen de recursos externos. En consecuencia, los Ministros invitaron a los donantes bilaterales, especialmente a aquellos cuyos programas de ayuda aún se encuentran por debajo de la meta del 0,7% del PNB, a incrementar en la medida de lo posible su nivel de asistencia, en particular para los paises que están aplicando políticas acertadas, y encomiaron la contribución de aquellos cuyo nivel de ayuda está muy por encima de esa meta. Hicieron hincapié en la necesidad de que los donantes y beneficiarios pongan énfasis en la calidad y eficacia de la ayuda, y destinen una proporción mayor de la misma a mejorar las condiciones de vida de los pobres, a los paises más pobres y a los que están decididamente empeñados en reducir la pobreza. 11. CORRIENTES MULTILATERALES. Los Ministros reconocieron la necesidad de que la labor de los donantes bilaterales se complemente con actividades multilaterales. Hicieron referencia a las negociaciones en curso con relación a la décima reposición de los recursos de la AIF. Instaron a los Suplentes de la AIF a lograr progresos importantes en la materia en su reunión de noviembre de 1992 a efectos de asegurar que para fines de año se llegue a un acuerdo sobre un volumen sustancial para la décima reposición de los recursos de la AIF. Los Ministros también coincidieron en que se debe seguir considerando un "incremento para la Tierra" para fines ambientales. Expresaron su satisfacción por la prórroga, hasta noviembre de 1993, del periodo para los compromisos en el marco del servicio financiero reforzado de ajuste estructural (SRAE) del Fondo y por la intención del Directorio Ejecutivo de analizar la eficacia de los programas del SRAE y examinar las opciones y las modalidades operativas de un posible servicio financiero que lo suceda. Instaron a dar término a esta tarea oportunamente, antes de noviembre de 1993. Se mostraron complacidos ante la seguridad dada por el 126 Banco acerca de que en la actualidad la base de capital del BIRF es suficiente para mantener y aumentar el volumen de financiamiento destinado a los países miembros prestatarios, y al mismo tiempo proporcionar un respaldo importante a los esfuerzos de reforma y ajuste económicos de los paises de la antigua Unión Soviética. Los Ministros convinieron en analizar en una futura reunión la eficacia de las operaciones crediticias del Banco Mundial. 12. MEDIO AMBIENTE. Los Ministros expresaron su beneplácito por el consenso logrado respecto de una amplia gama de cuestiones en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD). Reconocieron las necesidades financieras planteadas a raíz del Programa 21. También observaron que la CNUMAD solicitó que se encauce un volumen mayor de financiamiento a través de las instituciones ya existentes, incluido el Fondo para el Medio Ambiente Mundial, que será reestructurado con arreglo a lo que convengan las partes signatarias. Los Ministros instaron al Banco Mundial a participar activamente en la puesta en práctica de las conclusiones de la CNUMAD con la colaboración de otros organismos del sistema de las Naciones Unidas y los bancos regionales, y a dar cuenta de los progresos alcanzados en su reunión de septiembre de 1993. 13. SEQUÍA, HAMBRE Y GUERRAS. El Comité expresó su profunda preocupación por los problemas de la sequía que padece África meridional y oriental, la hambruna grave que azota a Somalia, las inundaciones que afectan a gran parte del subcontinente indio y los problemas que afligen a varios paises afectados por la guerra. Se mostró complacido por la acción internacional coordinada que se está desarrollando para aliviar el sufrimiento en muchas de estas zonas, y solicitó la cooperación activa de todos los gobiernos y organismos competentes, tanto para superar los problemas inmediatos como para sentar las bases de la recuperación y el desarrollo futuros. 14. ALEJAMIENTO DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ PARA EL DESARROLLO. El Comité dejó constancia en actas de su especial agradecimiento por el distinguido desempeño del Excmo. Sr. Alejandro Foxley durante los dos años de su mandato como Presidente del Comité. 15. REUNIÓN DEL SEGUNDO TRIMESTRE. El Comité conivino en reunirse nuevamente en la ciudad de Washington el 1 de mayo de 1993. 127 Informe del Excmo. Sr. ALEJANDRO FOXLEY, Presidente del Comité Ministerial Conjunto de las Juntas de Gobernadores para la transferencia de recursos reales a los paises en desarrollo (Comité para el Desarrollo) ante las Juntas de Gobernadores del FMI y del Banco Mundial El Comité para el Desarrollo se reunió dos veces durante el ejercicio que estamos examinando y analizó una amplia gama de cuestiones relativas al desarrollo. Comenzamos con un debate muy amplio sobre las prioridades del desarrollo en la década de 1990. El Comité convino en que los objetivos prioritarios eran: i) reducir la pobreza y ii) lograr el crecimiento sostenible. También convino en que las medidas orientadas a proteger el medio ambiente eran fundamentales para ambos objetivos e hizo hincapié en que la tarea principal consistía actualmente en cumplir esos objetivos. Hubo un consenso extraordinariamente amplio en torno a lo que se requiere hacer; un consenso mayor de lo que podríamos haber logrado incluso cinco años atrás. El Comité estuvo de acuerdo en que el éxito para lograr estos objetivos dependerá de las políticas económicas que adopten los paises en desarrollo y los industriales; la creación de un ambiente favorable a las políticas de mercado; el caudal de recursos humanos de los paises en desarrollo; la disponibilidad de estos recursos, y también las funciones complementarias de los sectores público y privado. Los Ministros reconocieron la necesidad de continuar adoptando reformas económicas orientadas al crecimiento para movilizar recursos internos, atraer inversión extranjera directa y aumentar la eficiencia de la utilización del capital. El Comité solicitó al Banco Mundial y al FMI que continúen considerando la mejor manera de apoyar los esfuerzos de reforma de los paises que aplican medidas de ajuste y enfrentan problemas a corto plazo que requieren medidas apropiadas de protección social. 128 El Comité hizo hincapié en que la reforma económica en los países en desarrollo debe ser complementada con mejoramientos en las políticas comerciales, energéticas, industriales y agrícolas de los paises industriales. En especial el Comité señaló que era fundamental un acceso más amplio a los mercados mundiales. Por consiguiente, a los Ministros les inquietaba el persistente atraso de la Ronda Uruguay, y destacaron la urgente necesidad de que llegue a feliz término. El Comité exhortó a desplegar todos los esfuerzos posibles encaminados a aumentar las corrientes de AOD donde era necesario, en especial ahora que la disminución de las tensiones internacionales hace posible reducir los gastos militares. Los Ministros reconocieron que los paises acreedores podrían continuar progresando en lo relativo a la deuda pendiente. El Comité instó a los Gobernadores a aprobar el aumento del capital de US$1.000 millones de la CFI. Los Ministros admitieron que era preciso que los Suplentes de la AIF llegaran a un acuerdo para fines de 1992 respecto de la décima reposición de los recursos de la AIF, preferentemente de un volumen mucho mayor que la novena. Los Ministros convinieron en que una de las prioridades del Grupo del Banco Mundial era la importancia dada al desarrollo del sector privado. A algunos de nuestros miembros les preocupa mucho que en los últimos años las transferencias netas del Banco Mundial a la totalidad de los paises en desarrollo se han tornado negativas. Para que continúen los esfuerzos orientados al desarrollo, el Comité destacó la necesidad de mantener transferencias netas positivas a los paises que aún se encuentran en el proceso de ajuste. Fue éste el debate que nos impulsó a considerar nuevamente el volumen total de las transferencias de recursos a los paises en desarrollo, tema que debatimos el día lunes. Los Ministros dieron la bienvenida a los Estados de la antigua Unión Soviética que ingresaron a las instituciones de Bretton Woods, y tomaron nota de las seguridades dadas por el Banco Mundial en el sentido de que podrá prestar asistencia a los paises de Europa oriental y central al mismo tiempo que continuará apoyando los esfuerzos de sus paises miembros prestatarios tradicionales. El Comité expresó su complacencia ante la reciente ampliación de la lista de paises que podían recurrir al servicio financiero reforzado de ajuste estructural (SRAE), y las operaciones del FMI en respaldo de las medidas de ajuste. Los Ministros instaron a los paises miembros que aún no han aprobado el aumento de las cuotas del Fondo a adoptar medidas inmediatas al respecto. Cambiando la atención desde objetivos generales a actividades específicas, el segundo tema importante era el Rerfeccionamiento de los recursos humanos. El Comité reafirmó la conclusión del Banco Mundial de que el perfeccionamiento de los recursos humanos es la clave de toda estrategia para lograr los objetivos convenidos de reducir la pobreza y 129 estimular el crecimiento económico. Hizo hincapié en que para lograr estos objetivos es preciso que los donantes y los receptores cooperen en el campo social. Con respecto a las instituciones de Bretton Woods, el Comité respaldó el cambio reciente de la estructura de los préstamos del Banco Mundial y las proyecciones para los ejercicios de 1992-94 que señalan una mayor proporción (de un 6% a principios de los años ochenta a cerca del 15%) destinada al perfeccionamiento de los recursos humanos. El Comité también alentó a que el FMI continuara dando mayor importancia a los aspectos sociales del ajuste. Como les informé el año pasado, el Comité ha decidido llevar a cabo un examen anual de las vinculaciones entre la política económica de los paises industriales y en desarrollo centrado en el comercio. Si bien los Ministros expresaron su complacencia ante los esfuerzos trascendentales realizados por muchos paises en desarrollo para emprender la reforma comercial y liberalizar sus mercados, alentaron a los paises industriales a complementar estas medidas acelerando el ritmo de sus esfuerzos encaminados a la liberalización. Los Ministros exhortaron una vez más a todos los participantes a tomar conciencia de la importancia internacional de la Ronda Uruguay y a trabajar con un sentido de urgencia en pos de un resultado que redunde en una disminución considerable de las barreras comerciales. Los Ministros reconocieron la necesidad de que se vigilen los posibles daños que podría sufrir el medio ambiente, pero convinieron en que ese interés legitimo no debería ser esgrimido por ningún país para justificar la aplicación de obstáculos nuevos al comercio o la persistencia de los ya vigentes. También sugerimos que el Banco Mundial y el FMI deberían realizar y publicar evaluaciones periódicas de los efectos de los cambios de estructura del comercio mundial en los paises en desarrollo; las instituciones deben continuar apoyando los esfuerzos de los paises en desarrollo en esta esfera, y colaborar con el GATT en fomentar la aplicación de políticas de libre comercio. El tema final era la interacción entre las políticas ambientales y de desarrollo en preparación para la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD) celebrada en Rio de Janeiro. El Comité reconoció que el crecimiento económico y el perfeccionamiento de los recursos humanos puede ser compatible con el mejoramiento de las condiciones ambientales, pero para ello será preciso que se produzcan cambios importantes en las esferas de políticas, programas e instituciones a fin de abordar los problemas del medio ambiente a nivel nacional y mundial. 130 Al especificar los elementos de una estrategia a nivel nacional, los Ministros admitieron que muchos paises en desarrollo seguirán necesitando más ayuda externa a fin de abordar los problemas del medio ambiente a nivel nacional, y se mostraron de acuerdo en que el apoyo oficial debe brindarse a través de las instituciones de desarrollo existentes en lugar de establecer un Fondo Verde separado. Los Ministros consideran que el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) debe desempeñar una función de liderazgo a fin de proporcionar recursos financieros nuevos y adicionales, y su dirección debe asegurar la representación y participación efectivas de todos los paises. El Comité solicitó a los participantes del FMAM que adopten a la brevedad una decisión acerca del campo de acción del FMAM, su dirección y el financiamiento en el futuro; naturalmente esto ya se ha hecho. Los Ministros expresaron su complacencia ante la información proporcionada por el Banco Mundial acerca de sus actividades en la esfera del medio ambiente y ante la labor conexa del FMI. Los Ministros también convinieron en que se debería considerar un "incremento para la Tierra" especial en las aportaciones a la décíma reposición de los recursos de la AIF; como ustedes saben, las negociaciones relativas a esta reposición aún continúan. Señor Presidente, esta es la última reunión de mi periodo de dos años como Presidente del Comité para el Desarrollo. Deseo finalizar estas observaciones agradeciendo a los miembros y a los observadores del Comité para el Desarrollo por sus valiosas contribuciones a nuestros debates. También deseo agradecer a las instituciones de Bretton Woods y a sus directivos por el apoyo inquebrantable que han brindado a nuestras actividades. 131 Apéndice A. Agenda para la XLIV reunión del Comité para el Desarrollo Washington, D.C., 21 de septiembre de 1992 1. Los principales documentos que se someterán a debate son los siguientes: a) Flujos de recursos a los paises en desarrollo (DC/92-16) 1/; b) Marco jurídico para el tratamiento de la inversión extranjera (DC/92-13) 2/. 2. Informes (para conocimiento de los miembros): a) Progresos en materia de política comercial (DC/92-17) i/; b) Resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (DC/92-18) i/, c) Situación de las negociaciones sobre la décima reposición de los recursos de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) 1/. 3. Otros asuntos Notas / Véase el párrafo 3 del comunicado de octubre de 1991, y la última seccion del comunicado de abril de 1992. 2/ Véase el párrafo 8 del comunicado de abril de 1991, y la última seccion del comunicado de abril de 1992. 2/ Véase la solicitud contenida en la primera sección del comunicado de abril de 1992. i. Véase la segunda sección del comunicado de abril de 1992. 2./ El Informe del Presidente (DC/92-15) incluirá una sección sobre este tema. 132 APENDICE B. MIEMBROS DEL COMITE PARA EL DESARROLLO Lista de paises representados por ellos y los Directores Ejecutivos del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, 21 de Septiembre de 1992 1. Mohammad Abalkhail Ibrahim A. Al-Assaf Arabia Saudita Ministro de Hacienda (Banco) y Economia Nacional Muhammad Al-Jasser Arabia Saudita (Fondo) Miembro Suplente Hamad Al-Sayari Governador Agencia Monetaria de Arabia Saudita Arabia Saudita 2. Ibrahim Abdul Karim Fawzi Hamad Al-Sultan Bahrein, Egipto, Emiratos Ministro de Hacienda y (Banco) Arabes Unidos, Jordania Economía Nacional Mohamed Finaish Kuwait, Libano, Maldivas, Bahrein (Fondo) Omán, Pakistán, Qatar, República Arabe Siria, República de Yemen 3. Anwar Ibrahim Aris Othman Fiji, Indonesia, Malasia, Ministro de Hacienda (Banco) Myanmar, Nepal, República Malasia J.E. Ismael Democrática Popular Lao, (Fondo) Singapur, Tailandia, Tonga, Viet Nam 4. Piero Barucci Rosario Bonavoglia Grecia, Italia, Malta Ministro del Tesoro (Banco) Polonia, Portugal, Italia Renato Filosa (Albania) (Fondo) 5. Mohamed Berrada Mohamed Benhocine Afganistán, Argelia, Ministro de Hacienda (Banco) Ghana, Jamahiriya Arabe Marruecos Abbas Mirakhor Libia Popular y (Fondo) Socialista, Marruecos, República Islámica del Irán, Túnez 6. Nicholas F. Brady E. Patrick Coady Estados Unidos Secretario del Tesoro (Banco) Estados Unidos Thomas C. Dawson II (Fondo) 133 7. Alemayehu Daba Jabez A. Langley Angola, Botswana, Ministro de Hacienda (Banco) Burundi, Etiopía, Gambia, (Interino) L.B. Monyake Guinea, Kenya, Lesotho Etiopía (Fondo) Malawi, Mozambique, Namibia, Nigeria, República de Liberia, Seychelles, Sierra Leona, Sudán, Swazilandia, Tanzan$a, Uganda, Zambia, Zimbabwe 8. John Dawkins John H. Cosgrove Australia, Corea, Islas Tesorero (Banco) Salomón, Kiribati, Australia E.A. Evans Nueva Zelandia, Papua (Fondo) Nueva Guinea, Samoa Occidental, Vanuatu Islas Marshall, (Mongolia) 9. Kablan D. Duncan Jean-Pierre Le Bouder Benin, Burkina Faso, Cabo Ministro a cargo de (Banco) Verde, Camerún, Comoras, Economía, Hacienda Corentino V. Santos Cote d'Avoire, Chad, Comercio y (Fondo) D3ibouti, Gabón, Guinea- Planificación Ecuatorial, Madagascar, Cote d'Avoire Mali, Mauricio, Mauritania, Niger, República Centroafricana, República del Congo, Rwanda, Santo Tome y Principe, Senegal, Somolia, Togo, Zaire 10. Alejandro Foxley F¿lix Alberto Camarasa Argentina, Bolivia, Ministro de Hacienda (Banco) Chile, Paraguay, Perú Chile Alejandro Vegh Uruguay (Fondo) 11. Tsutomu Hata Yasuyuki Kawahara Japón Ministro de Hacienda (Banco) Japón Hiroo Fukui (Fondo) 12. W. Kok Eveline Herfkens Bulgaria, Chipre, Israel, Viceprimer Ministro y (Banco) Paises Bajos, Rumania, Ministro de Hacienda G. A. Posthumus Yugoslavia, (Georgia, Paises Bajos (Fondo) Moldova, Ucrania 134 Miembro SuRlente J. P. Pronk Ministro de Cooperación para el Desarrollo Ministerio de Relaciones Exteriores Páises Bajos 13. Norman Lamont David Peretz Reino Unido Ministro de Hacienda (Banco y Fondo) Reino Unido 14. Philippe Maystadt Bernard Snoy Austria, Bélgica, Ministro de Hacienda (Banco) Checoslovaquia, Hungría, Bélgica Jacques de Groote Luxemburgo, Turquía, (Fondo) (Belarús, Kazajstán) 15. Donald Mazankowski Frank Potter Antigua y Barbuda, Viceprimer Ministro y (Banco) Bahamas, Barbados, Ministro de Hacienda C. Scott Clark Belice, Canadá, Dominica, Canadá (Fondo) Granada, Cuyana, Irlanda, Jamaica, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía 16. Wendell Mottley Ernest Leung Brasil, Colombia, Ministro de Hacienda (Banco) Ecuador, Filipinas, Trinidad y Tabago Alexandre Kafka Haiti, República (Fondo) Dominicana, Suriname, Trinidad y Tabago 17. Michel Sapin Jean-Pierre Landau Francia Ministro de Economía (Banco y Fondo) y Hacienda Francia 18. Manmohan Singh J. S. Baijal Bangladesh, Bhután, Ministro de Hacienda (Banco) India, Sri Lanka India G. K. Arora (Fondo) 19. Carlos Solchaga Moisés Naim Costa Rica, El Salvador, Ministro de Economía (Banco) España, Guatemala, y Hacienda Angel Torres Honduras. México, (Fondo) Nicaragua, Panamá, Venezuela 20. Carl-Dieter Spranger Fritz Fischer Alemania Ministro Federal de (Banco) Cooperación Económica Bernd Goos (Fondo) 135 21. Wang Bingqian Wang Liansheng China Consejero de Estado y (Banco) Ministro de Hacienda Che Peiqin China (Fondo) 22. Anne Wibble Jorunn Maehlum Dinamarca, Finlandia, Ministro de Hacienda (Banco) Islandia, Noruega, Suecia Suecia I. Fridriksson (Fondo) Miembro SuRlente Sigbjoern Johnsen Ministro de Hacienda Noruega 136 Ap¿ndice C. Observadores del Comlt¿ para el Desarrollo Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio GATT Banco Africano de Desarrollo BAfD Asociado: Banco Arabe para el Desarrollo Económico de Africa BADEA Banco Asiático de Desarrollo BAsD Banco Interamericano de Desarrollo BID Banco Islámico de Desarrollo BIaD Comisión de las Comunidades Europeas CCE Asociado: Banco Europeo de Inversiones BEI Fondo Arabe de Desarrollo Económico y Social FADES Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola FIDA Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional Naciones Unidas UN Asociados: Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo UNCTAD Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD Organización de Cooperación y Desarrollo Económico OCDE Asociado: Comité de Asistencia para el Desarrollo CAD Secretaria del Commonwealth Suiza 137 Apéndice D. Autores de log documentos del Comité para el Desarrollo Titulo del documento Autor 1. Documento de exposición de Ronald Johannes, División de problemas titulado "Flujos de Deuda y Finanzas Internacionales recursos a los paises en Kwang Jun, División de Deuda desarrollo" (preparado y Finanzas Internacionales conjuntamente por el personal Banco del Banco Mundial y del Fondo Anthony R. Boote Monetario Internacional) Charles V.A. Collyns Michael G. Kuhn FMI 2. Marco jurídico para el Este informe fue preparado tratamiento de la inversión por un grupo de estudio extranjera integrado por los Consejeros Jurídicos Generales del Banco Mundial (BIRF y AIF), la CFI y el OMGI, y presidido por el Sr. Ibrahim F.I. Shihata, Vicepresidente y Consejero Jurídico General 3. Informe sobre los resultados Carlston Boucher, División de la Conferencia de las de Relaciones Económicas Naciones Unidas sobre el Medio Internacionales Ambiente y el Desarrollo Jane Pratt, Oficina del Director, Asuntos Externos Banco Mundial 4. Informe relativo a la evolución Patrick Low, División de de la política comercial Comercio Internacional (preparado conjuntamente por el Banco Mundial personal del Banco Mundial y del Naheed Kirmani y Fondo Monetario Internacional) Joslin Landell-Mills FMI 138 a r. 1.í t', 1.~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ f X t~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ F~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ Comité Ministerial Conjunto de las Juntas de Gobernadores del Banco y del Fondo para la transferencia de recursos reales a los países en desarrollo (Comité para el Desarrollo) 1818 H Street, N.W., Washington, D.C. 20433 EE. UU. Teléfono: (202) 477-1234 Télex: WUI 64145 WORLD BANK RCA 248423 WORLDBK Dirección cablegráfica: INTBAFRAD WASEIINGTONDC ISBN 0-8213-2274-5