SFG2734 REV Programa Integral de Hábitat y Subsidio a la Vivienda MARCO NACIONAL DE PLANIFICACIÓN PARA PUEBLOS INDIGENAS Diciembre 2016 SIGLAS Y ABREVIATURAS BIRF Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento CIA Comunidades Indígenas Afectadas CPI Consejo de Participación Indígena ECPI Encuesta Complementaria de Pueblos Indígenas INAI Instituto Nacional de Asuntos Indígenas MARRC Mecanismos de Atención de Reclamos y Resolución de Conflictos MGAS Marco de Gestión Ambiental y Social MPPI Marco de Planificación para Pueblos Indígenas MPR Marco de Política de Reasentamiento OP/PO Operational Policy/ Política Operacional PI Poblaciones Indígenas PJ Personería Jurídica PPI Plan para Pueblos Indígenas RENACI Registro Nacional de Comunidades Indígenas SDHyPC Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural SSDUyV Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda SSHyDH Subsecreataría de Hábitat y Desarrollo Humano SVyH Secretaría de Vivienda y Hábitat UCN Unidad coordinadora nacional UEM Unidad Ejecutora Municipal UEP Unidad Ejecutora Provincial 1 INDICE DE CONTENIDOS 1. Introducción ................................................................................................................................... 4 2. Probables riesgos e impactos del Programa en los Pueblos Indígenas ......................................... 7 3. Marco jurídico e institucional de los pueblos indígenas de Argentina........................................ 10 3.1 Marco General de Derechos ................................................................................................ 10 3.2 Marco Normativo Provincial ................................................................................................ 14 3.3 Marco Jurídico sobre la Tierra Indígena ............................................................................... 19 3.4 Brecha de la Normativa Nacional con respecto a la OP 4.10............................................... 20 3.5 Marco Institucional .............................................................................................................. 23 4. Pre-diagnóstico e identificación de Pueblos indígenas ............................................................... 25 4.1 Principales datos demográficos e indicadores sociales ....................................................... 25 4.2 Posesión y Propiedad Comunitaria de la Tierras ocupadas por los pueblos indígenas ....... 29 4.3 Áreas productivas y principales actividades ........................................................................ 31 4.4 Urbanización de Pueblos Indígenas de la Argentina ............................................................ 34 5. Preparación de Planes de Pueblos Indígenas .............................................................................. 35 5.1 Arreglos y Responsabilidades Institucionales ...................................................................... 36 5.2 Evaluación Social .................................................................................................................. 39 5.3 Consultas previas, libres e informadas del Plan de Planificación de Pueblos Indígenas ..... 40 5.4 Actividades vinculadas a la implementación del presente MPPI......................................... 42 6. Plan de pueblos indígenas ........................................................................................................... 43 7. Divulgación y Socializacion del Marco ......................................................................................... 50 8. Revisión y Monitoreo ................................................................................................................... 55 9. Incorporación de futuros proyectos y comunidades ................................................................... 57 10. Apéndices ..................................................................................................................................... 58 TABLAS Tabla 1: Comparativa de normativas y legislaciones provinciales ..................................................... 16 Tabla 2: Responsabilidades y atribuciones de ejecución de los Planes de Pueblos Indígenas .......... 46 Tabla 3 : Objetivos, Indicadores a relevar y responsables según etapa de proyectos ....................... 56 2 ILUSTRACIONES Ilustración 1: Población Indígena o descendiente de pueblos indígenas u originarios sobre el total de población en viviendas particulares, según provincia. Total País. Año 2010 ................................ 26 Ilustración 2: Población Indígena o descendiente de pueblos indígenas u originarios por pueblo según distribución geográfica. Total País. Año 2010 .......................................................................... 27 Ilustración 3: Circuito para la aprobación de futuros proyectos ........... Error! Bookmark not defined. 3 1. Introducción El presente Marco de Planificación para Pueblos Indígenas (MPPI) es parte del Marco de Gestión Ambiental y Social (MGAS) correspondiente al Programa Integral del Hábitat y Subsidio a la Vivienda. El Programa Integral de Hábitat y Subsidio a la Vivienda tiene como objetivo reducir la fragmentación socio- espacial y el déficit habitacional existente a nivel nacional. Para ello se plantean dos objetivos específicos: (i) mejorar el acceso a la vivienda formal para los sectores de ingresos medios y bajos; y (ii) mejorar las condiciones de habitabilidad en barrios precarios ubicados en áreas urbanas. El Programa se ha diseñado en un esquema de cuatro componentes: • Componente 1: Subsidio a la Vivienda. El objetivo del componente es incrementar el acceso a la vivienda formal para hogares de ingresos medios y bajos a través de un crédito hipotecario con subsidio al capital (bono otorgado por el organismo ejecutor) en el marco del Subprograma PROCREAR Solución Casa Propia. Específicamente, se financiarán acciones destinadas a la compra de primera vivienda nueva o existente para aquellas familias cuya relación cuota – ingreso sea como máximo del 25%. • Componente 2: Mejoramiento Integral del Hábitat. A través del componente se financiará procesos de mejoramiento del hábitat. En tal sentido, se promoverá la ejecución de proyectos integrales que incluyan: (a) La provisión de infraestructura de servicios básicos urbanos (redes y nexos de agua potable, cloaca, drenaje pluvial, desagües de alcantarillado o solución alternativa, distribución de gas 1, tendido eléctrico con sus conexiones intra-lote y alumbrado público) (b) Mejoramiento del espacio público e inversión en equipamiento comunitario (espacios públicos y áreas verdes, equipamiento urbano, equipamiento comunitario, y obras complementarias y de mitigación ambiental, construcción de red vial y peatonal) (c) Fortalecimiento del desarrollo humano a través de la promoción de actividades de integración socio-urbana centradas en la capacitación, educación y empoderamiento de la comunidad como participante activo de las intervenciones 1 Según acuerdo con el operador responsable de la distribución. 4 (d) Reducción del déficit de títulos de propiedad y promoción de la seguridad de tenencia de la tierra (asistencias técnicas para la regularización en las áreas de intervención, trabajos de mensura y registros catastrales). Este componente iniciará con intervenciones en los aglomerados de Gran Córdoba, Gran Mendoza, San Salvador de Jujuy – Palpalá, Mar del Plata – Batán y San Miguel de Tucumán – Tafí Viejo. Sin embargo, la presente selección podrá ampliarse posteriormente e incluir proyectos de otros centros urbanos del país en los que se identifiquen barrios precarios 2 y que cumplan con los criterios de elegibilidad y priorización establecidos en el Perfil del Programa. • Componente 3: Fortalecimiento Institucional. Bajo este componente se enmarcarán las actividades de capacitación y fortalecimiento institucional de los equipos de los Institutos Provinciales de Vivienda, así como también de las autoridades locales para la formulación, implementación y gestión de proyectos, las asistencias técnicas para la generación de diagnósticos y análisis de resultado y el establecimiento de las bases para el diseño e implementación de un Plan Nacional Urbano y de Hábitat con la integración de autoridades locales. Finalmente, se contempla el financiamiento de actividades que permitan mejorar los procesos de regularización dominial. • Componente 4: Gestión del Programa. El programa financiará los gastos asociados con el funcionamiento, equipamiento y gestión de la unidad ejecutora. El organismo ejecutor del Programa será la Secretaría de Vivienda y Hábitat (SVyH) dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, asistido técnicamente por la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano (SSHyDH) y por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SSDUyV) según corresponda, que asumirán distintas responsabilidades según las etapas del ciclo de vida de los proyectos. La Unidad Coordinadora Nacional (UCN) dependerá orgánicamente de la SVyH y la ejecución del Programa se realizará en forma centralizada en el caso del componente 1 y descentralizada en el caso del componente 2, llevándose a cabo a través de Unidades Ejecutoras Provinciales o Municipales (UEPs, UEMs), en calidad de organismos subejecutores del programa. 2 La SSHyDH establece que un barrio es precario cuando presenta déficit de infraestructura sanitaria (agua y cloaca), vehicular y peatonal, baja calidad o ausencia de espacios públicos, déficit habitacional y tenencia irregular de la propiedad. Suelen ser el resultado de la falta de planificación y de la fragmentación socio-espacial. 5 En este contexto y dado que el Componente 2 (Mejoramiento Integral del Hábitat), podría involucrar intervenciones en áreas donde podría identificarse la presencia de comunidades indígenas o en donde podría existir un apego colectivo hacia las mismas, se elabora el presente Marco de Planificación para Pueblos Indígenas (MPPI). Así, el MPPI constituye una guía para la Unidades Ejecutoras (UEPs, UEMs) con la coordinación de la Secretaria (SVyH), en la preparación, implementación, monitoreo y evaluación de Planes para Pueblos indígenas (PPI), en caso de los mismos se requirieran. Asimismo, el presente documento también incluye algunos lineamientos en referencia al Componente 1 (Subsidio a la Vivienda) ya que a pesar de que no se espera que el mismo tenga impactos negativos sobre pueblos indígenas, se buscará no solamente evitar cualquier tipo de proceso de exclusión de personas pertenecientes a estos grupos en caso de que las mismas sean elegibles para acceder a los beneficios financiados por ese Componente. El término “pueblos indígenas” (denominados pueblos originarios en la normativa argentina) se emplea en este MPPI en sentido genérico para hacer referencia a grupos vulnerables con una identidad social y cultural diferenciada (sin importar su número) que, en mayor o menor grado, presenten las siguientes características: a) Su propia identificación como miembros de un grupo determinado de cultura indígena y el reconocimiento de su identidad por otros b) Un apego colectivo a hábitats geográficamente definidos o territorios ancestrales en la zona de los proyectos a desarrollar en el marco del Programa y a los recursos naturales de esos hábitats o territorios c) Instituciones consuetudinarias culturales, económicas, sociales o políticas distintas de las de la sociedad y cultura dominantes d) Una lengua indígena, con frecuencia distinta de la lengua oficial del país o región. Como se desprende de la Política Operacional 4.10 (en adelante OP 4.10) del Banco, es importante remarcar que grupos que hayan perdido el “apego colectivo a hábitats geográficamente definidos o territorios ancestrales en la zona de los proyectos” debido a una separación forzosa siguen siendo elegibles para ser cubiertos por el presente Marco. Por último, cabe mencionar que el componente 1: Subsidio a la Vivienda, se encuentra enfocado a individuos y/o grupos familiares de ingresos medios (formales), que sean sujetos de crédito de la banca formal y se encuentren comprendidos en el rango de ingresos de entre dos (2) y cuatro (4) Salarios Mínimos Vitales y 6 Móviles (SMVyM) (quintiles 2-3-4). Quienes quieran acceder al mismo no solamente deben tener ahorros por el 10% del valor de la vivienda para propiedades de hasta $1.000.000 y del 15% para propiedades de más de $1.000.000 hasta $1.500.000 antes de solicitar el crédito, sino también tener la voluntad de obtener un crédito hipotecario y la capacidad de pago necesaria para afrontar los costos vinculados al mismo. En esta línea, la experiencia internacional indica que cuando se ha dado acceso a este tipo de programas de crédito a personas o grupos familiares cuyos ingresos son demasiado bajos, sufren intermitencias de estacionalidad, o de alguna manera encuentran dificultades para saldar la deuda, esto termina siendo doblemente perjudicial ya que no solamente se pierde la propiedad, sino que al mismo tiempo se pierde todo el dinero invertido, motivo por el cual el resultado es mucho peor que la situación previa. En este contexto, es importante destacar que las personas pertenecientes a pueblos originarios en Argentina están entre los más vulnerables de la población. Estas poblaciones se caracterizan por tener en su mayoría ingresos bajos y muchas veces de carácter informal; motivos por los cuales en su mayoría no están incluidos en la población objetivo de este componente. Por estos motivos, este componente no activará la salvaguarda de pueblos indígenas. Sin embargo, en transcurso de la implementación del componente, se realizarán acciones a fin de facilitar la inclusión de aquellas personas pertenecientes a pueblos indígenas que siendo elegibles para el crédito, no se vean afectadas por ningún tipo de discriminación por parte de las entidades financieras que pudiera generar barreras de acceso a la hora de aplicar al mismo 3. 2. Probables riesgos e impactos temporales del Programa en los Pueblos Indígenas El principal objetivo del Programa de Hábitat y Subsidio a la Vivienda es contribuir al proceso de universalizar el acceso a la vivienda de calidad y al mejoramiento integral del hábitat a nivel nacional. En cuanto al Componente 2, se espera que los impactos de las intervenciones previstas sean mayormente positivos, teniendo particularmente en consideración la etapa de operación de las mismas. Sin embargo, podrían presentarse ciertos impactos adversos asociados con la implementación de los proyectos de infraestructura, tanto en la etapa de construcción como de operación. Si bien aún no se conocen las áreas específicas de intervención del componente de mejoramiento integral del hábitat, las características 3A estos fines, se promoverá desde la Secretaría de Vivienda y Hábitat, como parte integrante del Comité Ejecutivo de PROCREAR cartelería específica para informar a las personas que pertenecen a grupos que podrían ser objeto de discriminación acerca de canales de contacto que se conformarán para que pudieran elevar su queja, reclamo y/o sugerencia ante la Secretaría de Vivienda y Hábitat. 7 provinciales respecto a poblaciones indígenas permiten inferir que dichas comunidades podrían encontrarse presentes en las áreas donde se lleven a cabo las obras. Dadas las características propias de los pueblos indígenas anteriormente especificadas (principalemente el apego colectivo a hábitats geográficamente definidos) estas comunidades pueden resultar particularmente afectadas por dichas intervenciones. Sin embargo, se prevé que dichos impactos 4 sean temporales, localizados, no irreversibles y en general, fácilmente mitigables, aplicando las medidas de mitigación que se incluyen en el MGAS y que se podrán detallar en los Planes de Pueblos Indígenas, en caso de corresponder. Todas las intervenciones serán consensuadas con las comunidades indígenas presentes en el área a través de su participación en las Mesas de Gestión, tal como se indica en la sección 5.1. También puede ocurrir que algunas de las intervenciones bajo el Componente 2 requieran el desplazamiento físico y/o económico de personas, incluyendo personas pertenecientes a pueblos indígenas. A fin de gestionar esos potenciales procesos, el Proyecto ha preparado un Marco d e Política de Reasentamiento que tiene como objetivo garantizar que, una vez agotadas las alternativas económicas y técnicas para reducir o minimizar la relocalización de familias o actividades económicas de personas o firmas, las actividades de reasentamiento sean concebidas y ejecutadas como programas de desarrollo. Esto significa que las personas o comunidades que resultaran desplazadas por un proyecto puedan participar en los beneficios del mismo, recibir apoyo en sus esfuerzos por mejorar sus medios de subsistencia y sus niveles de vida o al menos restituir los niveles que tenían antes de ser desplazados o antes del comienzo de la ejecución del proyecto. En el caso de que haya procesos de reasentamiento que afecten a personas pertenecientes a pueblos indígenas, el proyecto buscará que los mismos se lleven delante de una forma culturalmente apropiada. Tal como se mencionara más arriba, un Pueblo Indígena se considerará afectado si sus miembros se encuentran presentes en el área de influencia del proyecto o tienen un apego colectivo a territorios dentro de dicha área. En todos los casos, el análisis de impactos sobre PI considerará los posibles efectos positivos y adversos, directos e indirectos, temporales o permanentes, que podrían darse durante la etapa constructiva y de operación del proyecto. Las estadísticas presentadas a continuación responden a una desagregación a nivel provincial de la información provista por el último Censo Nacional 5. En este aspecto, es interesante mencionar que en el caso 4 Impactos mayoritariamente asociados a las obras, tales como restricción del tránsito de peatones y generación de polvo y ruidos. 5 Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda 2010. 8 de las Provincias en donde existirán posibles intervenciones se ha identificado la presencia de poblaciones indígenas con altos niveles de urbanización: • Córdoba: con un grado de urbanización de aproximadamente 91% (Censo 2010), el 1,5% de la población de la provincia de Córdoba se reconoce indígena. Se trata de 51.142 personas sobre un total de 3.308.876 habitantes. Ese porcentaje es inferior a la media nacional de 2,4%. El 33,9% de los mencionados 51.142 habitantes se autorreconocen perteneciente al pueblo Comechingón, el 9,7% al Mapuche y el 8,6% al Diaguita-Calchaquí, siendo estos los pueblos autorreconocidos mayoritarios. • Jujuy: con un grado de urbanización de aproximadamente 67% (Censo 2010), el 7,8% de la población de la provincia de Jujuy se reconoce indígena. Se trata de 52.545 personas sobre un total de 673.307 habitantes. Ese porcentaje es más del triple de la media nacional de 2,4%. El 52,5% de esos 52.545 habitantes se autorreconoció perteneciente al pueblo Kolla, el 12,3% al Guaraní y el 11,7% al Omaguaca, siendo estos los pueblos autorreconocidos mayoritarios. • Buenos Aires: con un grado de urbanización de aproximadamente 92% (Censo 2010), el El 2% de la población del interior de la provincia de Buenos Aires se reconoce indígena. Se trata de 112.671personas sobre un total de 5.708.369 habitantes. Ese porcentaje es inferior a la media nacional de 2,4%. El 32,6% de esos 112.671 habitantes se autorreconoció perteneciente al pueblo Mapuche, el 12% al Toba, y el 11,9% al guaraní, siendo estos los pueblos autorreconocidos mayoritarios • Mendoza: con un grado de urbanización de aproximadamente 73% (Censo 2010), el 2,4% de la población de la provincia de Mendoza se reconoce indígena. Se trata de 41.026 personas sobre un total de 1.738.929 habitantes. Cuando analizamos la composición de la población indígena por pueblo de pertenencia encontramos que el 48,7% pertenece al pueblo Huarpe, el 14,9% al Mapuche, el 10,7% al Quechua y el 4,6% al Kolla. En cuanto a la nacionalidad de los mismos el 92,2% nació en la Argentina y el 7,8% nació en otro país. De los nacidos en la Argentina, sólo el 12,3% es nació fuera de la provincia de Mendoza, siendo estos los pueblos autorreconocidos mayoritarios. • Tucumán: con un grado de urbanización de aproximadamente 60% (Censo 2010), el 1,3% de la población de la provincia de Tucumán se reconoce indígena. Se trata de 19.317 personas sobre un total de 1.448.188 habitantes. Ese porcentaje es inferior a la media nacional de 2,4%. El 72,2% de esos 19.317 habitantes se autorreconoció perteneciente al pueblo Diaguita-Calchaquí, el 4,8% al Toba, el 3,4% al Lule y el 3,4% al Quechua, siendo estos los pueblos autorreconocidos mayoritarios. En relación al Componente 1, también se espera que los principales impactos sean positivos. En ese sentido, el foco de las acciones vinculadas a este componente en relación a los Pueblos Indígenas, estará en la 9 prevención de cualquier potencial situación de exclusión de personas pertenecientes a estos grupos para acceder a los beneficios del Componente (siempre que cumplan con las condiciones de elegibilidad), basada en la discriminación de estos grupos. 3. Marco jurídico e institucional de los pueblos indígenas de Argentina 3.1 Marco General de Derechos En la República Argentina existe un cuerpo normativo que protege y garantiza la identidad y los derechos colectivos de los pueblos indígenas, tanto en la Constitución Nacional como a través de Leyes Nacionales, Provinciales y Convenios Internacionales suscriptos por el país. Conviene aclarar que las normativas provinciales, tan diversas como provincias tiene el país, no pueden desconocer los derechos amparados por la Constitución Nacional, las Leyes Nacional y los Tratados Internacionales (incluyendo las internacionales incorporadas al derecho interno). Por lo tanto, en caso de colisión, las normas de carácter nacional prevalecerán por sobre las locales. La reforma de la Constitución Nacional del año 1994, con la sanción del artículo 75, inciso 17, que incorpora los derechos de los pueblos indígenas, constituyó un significativo avance en la política de reconocimiento de la diversidad étnica y cultural de la Argentina. A partir del reconocimiento constitucional se ha configurado para los pueblos indígenas una situación de derecho específico y particular que consagra nuevos derechos de contenido esencial. Las principales normativas jurídicas a nivel nacional sobre derechos de pueblos indígenas son: a) Ley Nº 23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes b) Decreto Nº 155/89 Reglamentario de la Ley Nº 23.302 c) Ley Nº 24.071 ratificatoria del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. Este Convenio promueve el respeto por las culturas, las formas de vida, las tradiciones y el derecho consuetudinario de los pueblos indígenas y tribales. d) Ley Nº 24.375 Convenio de diversidad Biológica e) Resolución Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) Nº 4811/96 que establece los requisitos para la inscripción de las Comunidades Indígenas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI). 10 f) Resolución INAI Nº 152/2004 y su modificatoria Nº 301/2004 que establece la conformación del Consejo de Participación Indígena (CPI) g) Ley Nº 25.517 deberán ser puestos a disposición de los pueblos indígenas y/o comunidades de pertenencia que lo reclamen, los restos mortales de aborígenes, que formen parte de museos y/o colecciones públicas o privadas. h) Ley Nº 25.607 Campaña de difusión de los derechos de los pueblos originarios. i) Ley Nº 26.210, Decreto Reglamentario y Programa RETECI. j) Decreto 700/2010 se crea la Comisión de análisis e instrumentación de la propiedad comunitaria indígena. k) Decreto 701/2010 establece al INAI como encargado de coordinar, articular y asistir al seguimiento y estudio del cumplimiento de las directivas y acciones dispuestas en la Ley Nº 25.517. l) Decreto 702/2010 Incorporación al INAI de la Dirección de afirmación de los derechos indígenas. A su vez, el Estado Argentino suscribe la normativa internacional sobre la problemática y los derechos indígenas. Los principales convenios y tratados son: a) OIT Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes b) ONU Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas c) ONU Convención internacional sobre la eliminación de todas formas de Discriminación Racial d) CBD-ONU Convenio Internacional sobre la Diversidad Biológica e) ONU Declaración de los Derechos Humanos f) UNESCO Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural g) UNESCO Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos Ley Nº 23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes 67 La Ley define los principios fundamentales de la política relativa a los pueblos indígenas (denominados aborígenes en la normativa argentina). Contiene tres capítulos principales que tratan, respectivamente, de la adjudicación de las tierras (Arts. 7 a 13), de los planes de educación (Arts. 14 a 17) y de los planes de salud (Arts. 18 a 21). El Art. 2 de la ley reconoce a las comunidades indígenas personería jurídica, que se obtiene mediante inscripción en el Registro de comunidades indígenas, y las relaciones entre los miembros de las comunidades 6 Ley Nº 23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes 7 Reseña realizada por la Organización Internacional del Trabajo 11 indígenas se regirán de acuerdo a las disposiciones de las leyes de cooperativas, mutualidades u otras formas de asociación. La ley especifica que los los planes de adjudicación de las tierras, de corresponder, serán elaborados por el Poder Ejecutivo. La adjudicación de las tierras se llevará a cabo por transferencia de las tierras fiscales de propiedad de la Nación a las comunidades, y de no haber tales tierras, mediante transferencia de tierras fiscales de propiedad provincial y comunal, o, de ser necesario, por expropiación de tierras de propiedad privada al Poder Ejecutivo. La adjudicación de tierras se efectuará a título gratuito, quedando los beneficiarios exentos de pago de impuestos nacionales y libres de gastos o tasas administrativas, y para tal efecto se abrirán líneas de crédito preferenciales para el desarrollo de las explotaciones. Paralelamente, se sujeta a diversas limitaciones el régimen de propiedad de las tierras y su enajenamiento por las comunidades aborígenes. Los planes de educación prevén la enseñanza en la lengua indígena correspondiente. Por lo que respecta al campo de la salud, se declaran prioritarias las medidas de medicina preventiva y el saneamiento y la salubridad de los lugares de emplazamiento de las comunidades. La ley crea el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), entidad con participación indígena encargado de la aplicación de la presente ley. El Convenio N° 169 de la OIT 8 Con la aprobación del Convenio N° 169 de la OIT, a fines de la década del ’80, se produce un viraje sustancial en materia de los derechos de los Pueblos Indígenas en el plano internacional. Este instrumento jurídico que tiene la forma de un tratado, reconoce a los pueblos indígenas como sujetos colectivos portadores de derechos específicos. La decisión de dar este tratamiento a los indígenas se reconoce en el reemplazo del término “poblaciones”, que se utilizaba en el Convenio 107 del año 1957, por el de “pueblos” lo que indica, de hecho, un reconocimiento a la existencia de sociedades organizadas con identidad propia en lugar de agregados de individuos con ciertas características comunes. En el caso de la Argentina, el Convenio fue incorporado a la legislación nacional mediante la ley N° 24.071 de 1992 y ratificado por el Poder Ejecutivo Nacional el 3 de julio del año 2000. Cada una de las disposiciones sustantivas del Convenio genera obligaciones cuyo cumplimiento debe certificarse mediante memorias periódicas que los gobiernos envían a la OIT. Este Convenio promueve el respeto por las culturas, las formas de vida, las tradiciones y el derecho consuetudinario de los pueblos indígenas y tribales. Asume que los Pueblos Indígenas seguirán existiendo 8 Convenio N° 169, "Sobre pueblos indígenas y tribales", Organización Internacional del Trabajo (OIT), 1989. 12 como parte de sus sociedades nacionales, manteniendo su propia identidad, sus propias estructuras y tradiciones. Asimismo, se funda en el principio de que estas estructuras y formas de vida tienen un valor intrínseco que necesita ser salvaguardado. El artículo 6 requiere que los gobiernos definan los medios que permitan a los pueblos indígenas participar en la toma de decisiones toda vez que se programen medidas que puedan afectarlos directamente. Al mismo tiempo exige que la consulta se realice mediante procedimientos adecuados y a través de la participación de sus instituciones representativas. Se definen además las condiciones que debe reunir la consulta: “Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.” (Art. 6.2.). Que la consulta a los pueblos interesados sea de buena fe y de manera apropiada, implica que al momento de emitir su opinión y adoptar decisiones los pueblos indígenas deben disponer de la información apropiada y completa, y que la misma pueda ser comprendida plenamente por ellos. Los procedimientos para llevar adelante la consulta deben ser cuidadosamente diseñados en función de involucrar a las organizaciones reconocidas por los pueblos indígenas. Las consultas deben encaminarse con organizaciones genuinamente representativas y culturalmente legitimadas para tomar decisiones o hablar en nombre de las comunidades. Más adelante, y en relación a los derechos de los pueblos indígenas a los recursos naturales disponibles en sus tierras, se establece la obligación de los gobiernos de establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serian perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras (Art. 15.2). En el artículo 7 se sostiene que los pueblos interesados tendrán el derecho a decidir sus propias prioridades de desarrollo atendiendo a que el proceso de desarrollo tiene efectos en sus vidas, creencias, instituciones y en las tierras que poseen. En aquellos casos en que planes y programas de desarrollo regional o nacional los afecten, ellos deberán tomar parte en la formulación, ejecución y evaluación de los mismos. Asimismo, los planes de desarrollo económico de las regiones donde habitan, deberán diseñarse atendiendo al mejoramiento de las condiciones de vida y trabajo y del nivel de salud y educación de los pueblos interesados (Art. 7.2). Por último, plantea como obligación de los gobiernos, la adopción de medidas en cooperación con los pueblos interesados, tendientes a la protección y preservación del medio ambiente de los territorios habitados por ellos. 13 En la Parte III del Convenio (artículos 13, 14, 15, 17, 18 y 19), referente a Tierras, se obliga a los gobiernos a “respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los casos, que ocupan o utilizan de alguna manera, y en particular los aspectos colectivos de esa relación” (Art. 13.1.). El reconocimiento de derechos especiales para los pueblos indígenas sobre las tierras se dirige a asegurarles una base adecuada para el desarrollo de sus iniciativas económicas, sociales y culturales, y asegurar asimismo las condiciones para su superviviencia futura. El Convenio viene a cuestionar el orden jurídico procedente de las Constituciones del siglo diecinueve que ignoraron completamente las diferentes concepciones que con respecto a la tierra sustentaban los pueblos indígenas. En efecto, para las culturas indígenas la tierra es parte esencial de su identidad, siendo por ello comunitaria, perteneciendo al grupo y no al individuo, y no puede ser considerada como mercancía susceptible de ser sometida a actos de compra y venta. El reconocimiento del derecho a la propiedad y posesión se complementa con la obligación de los gobiernos en cuanto a tomar “medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no están exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia” (Art. 14.1.). El objeto de esta cláusula era atender a las situaciones en las cuales los pueblos indígenas y tribales han ejercido derechos de pastoreo o de caza y recolección en tierras sobre las cuales no tienen el título de propiedad. El Convenio dispone que los gobiernos reconozcan que cuando hay una ocupación tradicional, los pueblos indígenas tienen derechos sobre las tierras en cuestión. El Convenio también regula sobre otros temas específicos (sobre traslados y reubicación –artículo 176-, sobre contratación y formas de empleo –Art. 22 y 23-, sobre formación profesional y actividades económicas tradicionales –Art. 21 al 23-, sobre educación y medios de comunicación –Art. 26 al 31-, sobre seguridad social y salud –Art. 24 y 25- y sobre los contactos y la cooperación a través de las fronteras –Art. 32- respecto a los cuales no nos extenderemos aquí. 3.2 Marco Normativo Provincial Dado el alcance nacional del Programa y, en particular, de las áreas identificadas como prioritarias, se presenta un listado de normativa aplicable. En su gran mayoría, dichas legislaciones se referencian a las 14 distintas leyes nacionales como la Ley N° 23.302 sobre política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes. De todos modos, como se mencionara anteriormente, las Provincias no pueden desconocer los derechos amparados por la Constitución Nacional, las Leyes Nacional y los Tratados Internacionales (incluyendo las internacionales incorporadas al derecho interno). Así, en caso de colisión, las normas de carácter nacional prevalecerán por sobre las locales. 15 Tabla 1: Comparativa de normativas y legislaciones provinciales Buenos Aires Jujuy Mendoza Tucumán Córdoba El Art. 36 inciso 9 “De los El Art. 50 de la - En el Art. 149 de su Carta - indígenas” de la Constitución provincial Magna la provincia : Constitución Provincial establece que "La A) Reconoce la establece que “La Provincia deberá proteger preexistencia étnico- Provincia reivindica la a los aborígenes por cultural, la identidad, la existencia de los pueblos medio de una legislación espiritualidad y las indígenas en su territorio, adecuada que conduzca a instituciones de los garantizando el respeto a su integración y progreso Pueblos Indígenas que sus identidades étnicas, el económico y social" habitan en el territorio desarrollo de sus culturas, provincial. y la posesión familiar y B) Garantiza la educación comunitaria de las tierras bilingüe e intercultural y que legítimamente el desarrollo político ocupan" cultural y social de sus comunidades indígenas, teniendo en cuenta la especial importancia que Constitución Provincial para estos Pueblos reviste la relación con su Pachamama. C) Reconoce la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regulará la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. 16 D) Asegura su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. La Ley N° - Ley N° 5754,, sancionada - Por medio de la Ley N° 11.331 establece la en 1991 establece la 8085, sancionada en adhesión adhesión a la Ley Nacional octubre de 1991, la Adhesión a la Ley 23.302 provincia de Córdoba Nacional N° 23.302 adhirió a la Ley nacional N° 23.302 sobre Política Indígena y apoyo a las Comunidades Indígenas. Decreto 3225/04 de 2004 - - - Recientemente, en establece la creación del noviembre de 2015, la Registro Provincial De provincia de Córdoba Creación del Registro Comunidades Indígenas sancionó la Ley N° 10316 Provincial de en la cual se crea, en el Comunidades Indígenas ámbito de la Agencia Córdoba Cultura el Registro de Comunidades de Pueblos Indígenas. A) Decreto 1859/2004 A) Ley 4.467 establece el A) La Ley N° 6920 - - Derechos de los pueblos otorgamiento de créditos reconoce la preexistencia indígenas. Difusión y especiales a comunidades étnica y cultural del promoción. Adhesión. del interior para la pueblo Huarpe Milcallac Autoridad de aplicación adquisición de equipos de la provincia de Otra normativa B) Ley 12.917 de 2002 receptores de señales de Mendoza relevante plantea la adhesión a la televisión. B) La Ley N° 7351 ley nacional 25.517 de B) Ley 4.616 de 1992 establece el día 9 de comunidades indígenas establece el convenio agosto como fecha C) Ley 13.115 de 2003 entre el Gobierno de la conmemorativa del "Día plantea la adhesión al Provincia de Jujuy y el 17 régimen de la ley 25.607 Consejo Federal de Internacional de las sobre Campaña de Inversiones Poblaciones Indígenas” Difusión de los Derechos C) Ley 5.030 de 1997 de los Pueblos Indígenas establece la aprobación D) Decreto 798/2005 de del convenio de 2005 plantea el Convenio regularización y Marco de Colaboración y adjudicación de tierras a Asistencia Técnica con la la población aborigen de Secretaría de Derechos Jujuy Humanos y el Instituto D) Ley 5.122 Dirección de Nacional de Asuntos Asistencia Social – Área de Indígenas (INAI). Promoción y Gestión Social, forma parte del Consejo de Asesoramiento para la Preservación, Promoción y Desarrollo de Artesanías Jujeñas E) “Comunidad Aborigen de Pastos Chicos- Los Manatiales”, Departamento Susques, Mensura y Adjudicación 18 3.3 Marco Jurídico sobre la Tierra Indígena En el contexto de demandas por la tenencia de tierra y de datos sobre los regímenes de la tierra, incluyendo el de comunidades indígenas, el marco legal más reciente está constituido por la Constitución Nacional, la Ley Nº 26.210, su Decreto Reglamentario y el Programa Nacional Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas (RETECI). El Art. 75, Inc. 17, de la Constitución Nacional, la Ley Nacional Nº 26.160 ―Emergencia en materia de la posesión y propiedad comunitaria indígena‖ y su Decreto Reglamentario Nº1122/07, facultando al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas a aprobar los programas para su implementación, y la Resolución Nº 587/07 de la misma a través de la cual se crea el RETECI, constituyen el marco legal más reciente en la materia. La ley 26.160 establece entre otros aspectos: a) Que la personería jurídica de las comunidades indígenas haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de cuatro años (Art.1) b) Suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos de desalojo o desocupación de las tierras (Art.2) c) Crea un Fondo Especial para la asistencia de las comunidades indígenas (Art.4) d) Asignándolo al INAI (Art.5) para el relevamiento y labores profesionales en causas judiciales y extrajudiciales, y los programas de regularización dominial. El Programa Nacional RETECI tiene por objetivos: a) Crear condiciones para la implementación de los derechos constitucionalmente reconocidos con relación a las tierras y territorios b) Garantizar la participación indígena a través del Consejo de Participación Indígena en la elaboración, ejecución y seguimiento de los proyectos que deriven del Programa c) Realizar el relevamiento técnico, jurídico y catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas 19 3.4 Brecha de la Normativa Nacional con respecto a la OP 4.10 9 En términos generales, la legislación y prácticas nacionales son compatibles con los principios de la OP 4.10. Como Apéndice 4 se presenta una tabla comparativa que resume las similitudes y diferencias entre la normativa nacional y la PO 4.10. No obstante ello, se detallan a continuación los temas que requieren atención para lograr una equivalencia completa entre el sistema de legislación nacional y el diseño PPIs y los principios de la OP 4.10: • Existen dificultades prácticas para realizar la evaluación preliminar requerida por la OP 4.10. La información disponible sobre población indígena no alcanza el mismo nivel en todas las jurisdicciones. Es posible obtener datos sobre la presencia de población indígena para aquellas comunidades que poseen Personería Jurídica (PJ) o que están tramitándola. En este sentido también el dato es limitado en algunas jurisdicciones a la cantidad de familias, sin disponer de datos sobre cantidad de habitantes. Por otra parte, debido a que el proceso de auto identificación es dinámico la información oficial censal y de la Encuesta Complementaria de Pueblos Indígenas (ECPI) puede variar notablemente. De acuerdo a información de ONGs este dato podría al menos duplicarse. Algunos de los factores que inciden en estas limitaciones son: falta de documentación personal (niños no inscriptos por falta de dinero y alta tasa de indocumentados adultos), temor a la discriminación al completar formularios, y otros. • En lo relativo al reconocimiento de la identidad por otros, conviene recordar que la política emplea la expresión “Pueblos Indígenas” en sentido genérico para hacer referencia a grupos vulnerables con una identidad social y cultural diferenciada que, en mayor o menor grado, presentan las siguientes características: a) su propia identificación como miembros de un grupo determinado de cultura indígena y el reconocimiento de su identidad por otros; b) un apego colectivo a hábitats geográficamente definidos o territorios ancestrales en la zona del proyecto y a los recursos naturales de esos hábitats o territorios; c) instituciones consuetudinarias culturales, económicas, sociales o políticas distintas de las de la sociedad y cultura dominantes, y d) una lengua indígena, con frecuencia distinta de la lengua oficial del país o región. De tal manera, en el sistema país, si bien se dispone de un marco legal, puede decirse que se presentan dificultades en la falta de conocimiento de las normativas por parte de funcionarios provinciales y nacionales relacionadas a esta temática o sobre su abordaje. 9Presentación del análisis de la brecha normativa nacional y provincial con respecto a la OP. 410 realizado por especialistas del Banco Mundial (2011). 20 • Vinculado con una de las características referidas en el párrafo anterior, es decir que los pueblos indígenas mantengan una lengua indígena, distinta a la lengua oficial del país, es dable hacer referencia a algunas de las circunstancias que limitan o condicionan el mantenimiento de este rasgo característico. Las unidades educativas que tienen el 80% de su matrícula indígena y/o hablante de lengua indígena, se consideran bajo la modalidad intercultural bilingüe. Aun cuando en todas las jurisdicciones se cuenta con al menos una escuela con esta modalidad, ello no alcanza a cubrir las necesidades. Muchos niños y jóvenes indígenas fracasan no solo por la falta de maestros bilingües sino porque los maestros no están capacitados para trabajar en contextos interculturales. No todas disponen de los recursos para traducir y/o adecuar culturalmente los planes y/o programas para población indígena. Tampoco todas las comunidades indígenas disponen de este tipo de escuelas y/o docentes interculturales. • Vinculado con el principio de consulta previa, libre e informada, es posible que la mayor brecha se encuentre entre la enunciación normativa y la aplicación práctica tanto a nivel nacional como provincial. Al requerirse la consulta a las poblaciones indígenas, una dificultad frecuente es la accesibilidad territorial a las comunidades y el gasto que este ocasiona, ya que en la mayoría de los casos la gente debe viajar todo un día para poder participar y los miembros de las comunidades no pueden financiarse los gastos de traslados y estadía, además, pierden ese día laboral que representa el sustento diario de la familia. Por otra parte, las escasas oportunidades de consultas que pueden realizarse, con frecuencia resultan en procesos de catarsis que no siempre los funcionarios pueden vehiculizar. Una de las preocupaciones que suelen exponer los funcionarios, es qué respuesta están habilitados a dar frente a preguntas que exceden el proyecto, o cómo se financiarán las consultas y el proceso de consulta, y cómo se convalida. No obstante cabe resaltar el esfuerzo de los funcionarios y miembros de las comunidades para ser parte del proceso de consulta teniendo la oportunidad de expresar sus coincidencias y disidencias. • Adicionalmente es de hacer notar que los proyectos no cuentan frecuentemente con presupuesto para la realización de la evaluación social que se requiere previa a la entrada en vigencia del proyecto o que las provincias emitan sus leyes de presupuesto. Llevar adelante la misma representa un gasto y un tiempo que en general excede el tiempo para realizarlo en territorio, previo a la negociación o a la emisión de las leyes presupuestarias. Sostener este aspecto a lo largo de la ejecución de un proyecto, debe ser considerado en los presupuestos de los Planes para Pueblos Indígenas, así como prever los recursos necesarios para llevar a cabo una evaluación social que vaya más allá que una revisión de escritorio. • Al analizar las eventuales restricciones del acceso a los parques y áreas protegidas por parte de la población indígena, conviene comentar, entre otros, el ejemplo de trabajo entre comunidad indígena 21 y Administración de Parques Nacionales de Argentina que constituye el Co manejo del Parque Nacional Lanín. También el Proyecto Desarrollo de Capacidades Nacionales para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Áreas Protegidas es mencionable en tanto ha evaluado la participación de los Pueblos Indígenas en el Parque Nacional Baritú, Parque Nacional Calilegua, Reserva Nacional El Nogalar, Parque Nacional Los Cardones, Parque Nacional Río Pilcomayo, Parque Nacional Talampaya; Parque Nacional Sierra de las Quijadas, Parque Nacional Campo de los Alisos; Parque Nacional Campo del Tuyú, Parque Nacional Perito Moreno y Parque Nacional Tierra del Fuego. La evaluación social ha considerado que las áreas protegidas nacionales que tienen relación con Pueblos Indígenas son Parque Nacional Río Pilcomayo, Parque Nacional Calilegua, Parque Nacional Baritú y Parque Nacional Sierra de las Quijadas. A pesar de no constituir una brecha en el sentido estricto de la palabra, un aspecto que conviene mencionar por las implicancias que ello tiene a la hora de establecer el principio de apego a la tierra, es el hecho de que las comunidades han logrado avanzar en la titularidad de sus tierras. Sin embargo, persiste una importante proporción de población indígena que aún se mantiene sin ella, manteniendo sus reclamos. • De acuerdo a la información relevada, los proyectos que involucran a población indígena, financiados por el Banco que están actualmente en vigencia no han comprometido el desarrollo comercial de los recursos culturales o conocimiento de los PI, sino que los han promovido, conforme a los requerimientos de los mismos expresados en las consultas públicas. Sin embargo cabe señalar que aunque las comunidades indígenas tienen un alto potencial de desarrollo social y productivo, está limitado por: (i) el acceso a la información y financiamiento, (ii) los servicios públicos e infraestructura; dificultades de conexión a la red vial, limitando las capacidades competitivas de la población y al acceso a otros servicios públicos como salud y justicia, (iii) situación educativa, el analfabetismo supera el 5% y carencia de educación bilingüe, y (iv) situación de la tenencia de la tierra. • La divulgación de las acciones del proyecto conteniendo las gestiones para proteger los derechos de los pueblos originarios (Plan de Pueblos Indígenas), incluyendo la documentación del proceso de consulta, de manera oportuna antes de la evaluación inicial formalmente, en un lugar accesible y en una forma y lenguaje que sea comprensible para las partes interesadas clave es uno de los aspectos que mayor dificultad presenta en su implementación. Por un lado, suele presentarse escaso tiempo para la realización de las consultas previa a la negociación entre el Gobierno y el Banco. Por otro, la falta de presupuesto para llevarla adelante y la dificultad de acceso a la información por parte de los Pueblos Indígenas mencionada en párrafos anteriores. De la información relevada se puede observar que este aspecto ha ido mejorando notablemente en una etapa temprana del ciclo del proyecto y de la experiencia adquirida a través de la implementación de otros proyectos. 22 • Finalmente es importante hacer notar la falta de presupuesto para las acciones de Monitoreo y Evaluación de los Planes. Además, no siempre es posible encontrar o disponer de expertos en ciencias sociales que hayan trabajado con la Política de Salvaguarda del Banco, o que conozcan las normativas nacionales o ambas. 3.5 Marco Institucional El Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INAI) es la institución del Estado Nacional que tiene la responsabilidad de crear canales interculturales para la implementación de los derechos de los Pueblos Indígenas consagrados en la Constitución Nacional (Art. 75, Inc. 17). Como ya fuera mencionado el Instituto fue creado a partir de la sanción de la Ley N° 23.302, en septiembre de 1985 como entidad descentralizada con participación indígena y reglamentada por el Decreto N°155/89. Sus principales funciones son: 1. Disponer la inscripción de las comunidades indígenas en el RENACI. Para ello coordina su acción con los gobiernos provinciales y presta el asesoramiento necesario a las comunidades mediante el desarrollo de talleres de capacitación a los efectos de facilitar los trámites. 2. Arbitrar todos los mecanismos disponibles para cumplir con el imperativo constitucional de “(…) reconocer la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan (...)” y regular, además, la entrega de otras tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano (Art. 75, Inc. 17, de la Constitución Nacional). 3. Promover la participación indígena en la formulación y ejecución de proyectos de desarrollo con identidad, dando el apoyo técnico y financiero necesario. 4. Coordinar programas de apoyo a la educación intercultural, pedagogías aborígenes, acciones de recuperación cultural e investigaciones históricas protagonizadas por las comunidades. 5. Promover espacios de mediación y participación indígena en las temáticas afines a los intereses de sus comunidades, como recursos naturales y biodiversidad, desarrollo sustentable, políticas de salud, comunicación y producción, gerenciamiento y comercialización de artesanías genuinas. A su vez, la Ley Nacional Nº 23.302, sobre “Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes” establece en su artículo 5º que en el INAI se constituirá el Consejo de Coordinación integrado por representantes de los ministerios nacionales, representantes de cada una de las Provincias que adhieran a la ley y los representantes elegidos por las Comunidades Indígenas cuyo número, requisitos y procedimientos 23 electivos está determinado por la Resolución INAI Nº 152/2004. Con el objetivo de hacer efectiva la representación indígena en el Consejo de Coordinación, el INAI ha dictado la Resolución Nº 152/2004 y su Modificatoria Nº 301/04 impulsando la conformación del Consejo de Participación Indígena (CPI), cuyas funciones son: 1. Asegurar la posterior participación indígena en el mencionado Consejo de Coordinación y determinar los mecanismos de designación de los representantes ante el mismo y, 2. las funciones señaladas en el artículo 7º del Decreto Nº 155/89, reglamentario de la ley Nº 23.302, de la adjudicación de las tierras. La elección de los representantes se efectúa a través de la convocatoria a asambleas comunitarias, las cuales, a través de los métodos tradicionales de cada comunidad, eligen un representante titular y uno suplente por pueblo y por provincia. Las funciones de los representantes titulares del CPI son: 1. Acompañar a las Comunidades Indígenas de los Pueblos que representan en la formulación de proyectos participativos de desarrollo comunitario. 2. Fortalecer a las Comunidades Indígenas en la organización e inscripción de su Personería Jurídica. 3. Promover la Participación de las Comunidades Indígenas en el Programa Nacional de "Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas" (ejecución Ley Nº 26.160, Decreto 1.122) y en el proceso de regularización dominial del territorio que tradicionalmente ocupan. 4. Formular propuestas de Política Indígena ante los Delegados Indígenas delConsejo de Coordinación para su evaluación e impulso en dicho Consejo. 5. Articular las líneas de trabajo con su representante regional en el Consejo de Coordinación aportando, de esta manera, la información de su pueblo y provincia al indicado Consejo. Durante el año 2008 se conformó el Consejo de Coordinación (CC) y se creó el Consejo Asesor, órgano consultor de este Instituto. Dicho Consejo está presidido por el Presidente del INAI e integrado por treinta representantes indígenas (1 representante por pueblo y por región) pertenecientes a 25 pueblos presentes en las regiones Noroeste, Litoral, Centro y Sur de nuestro país, catorce representantes de los Estados Provinciales adheridos a la Ley 23.302, y seis representantes del Estado Nacional (Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo, Ministerio del Interior, Ministerio de Economía, y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos). 24 A su vez, en mayo de 2016 el Gobierno nacional creó mediante el Decreto 672/2016 10 el Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblos Indígenas de la Argentina bajo la órbita de la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Entre sus principales objetivos, el Consejo deberá proponer un proyecto de reglamentación del derecho de consulta previa, libre e informada, de los pueblos indígenas, establecido en el convenio 169 de la OIT, e impulsar el relevamiento y ordenamiento del territorio para “la efectiva posesión de las tierras por las comunidades”. Además deberá impulsar una reforma de la Ley sobre Política Indígena y apoyo a las Comunidades Aborígenes (N° 23.032) que proponga una reglamentación al derecho a la consulta previa, libre e informada que se establece en el convenio 169 de la Organización Mundial del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales. 4. Pre-diagnóstico e identificación de Pueblos indígenas 4.1 Principales datos demográficos e indicadores sociales En el año 2001 el Censo Nacional de Población y Vivienda incorpora por primera vez la temática de los pueblos originarios. El último Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas del año 2010 permitió identificar en cada hogar las personas que se reconocían pertenecientes o descendientes de un pueblo originario y el nombre del pueblo de pertenencia. Asimismo, fueron los propios integrantes de estas comunidades quienes llevaron adelante el operativo censal. El Censo 2010 contabilizó una población originaria autorreconocida como tal de 955.032 personas, lo que representa un 2,4% del total de la población nacional. De este total, 481.074 son varones y 473.958 son mujeres, dato que resulta significativo porque la proporción entre varones y mujeres en la población originaria es inversa a la que se observa en el total de la población argentina: en esta última los varones representan el 48,7% y las mujeres el 51,3%; mientras en la población indígena el 50,4% son varones y el 49,6% son mujeres. De la comparación de la pirámide de población total respecto de aquella indígena, en particular, se destaca que la población tiene una mayor importancia relativa en los grupos que van de los 5 a los 24 años. Respecto a la composición de la población indígena por edades, el 65.7% corresponde a población en edad de trabajar 10Decreto 672/2016. Creación del Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblos Indígenas de la República Argentina, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 25 que comprenden las edades que van de los 15 a los 64 años. El valor observado es muy similar al del total de la población argentina. Las estadísticas sobre la población indígena del país se encuentran atravesadas por un dinámico proceso de autorreconocimiento, lo cual contribuye con la visibilización de dichas poblaciones. En muchos lugares del país existen personas que se encuentran recuperando su identidad indígena, a través de la memoria grupal e incluso han resurgido pueblos que se consideraban hasta hace poco "extinguidos" o casi extinguidos, como por ejemplo los Ona, los Huarpes, o los Diaguita, quienes actualmente se están organizando como comunidades. En los siguientes gráficos se muestra la distribución de la población indígena en el país por provincia y por pueblo autorreconocido: Ilustración 1: Población Indígena o descendiente de pueblos indígenas u originarios sobre el total de población en viviendas particulares, según provincia. Total País. Año 2010 En el siguiente gráfico se puede apreciar que es el pueblo Mapuche el más numeroso, seguido por el Toba y el guaraní. Como ya se mencionó, en una dinámica de auto reconocimiento en ascenso las presentes cifras están en constante cambio. A su vez, en la siguiente imagen se puede apreciar la distribución geográfica de los distintos pueblos indígenas del país. Cabe mencionar que en el país, fenómenos como la expansión de la frontera agrícola obligan a muchos de estos pueblos en migrar hacia y entre los grandes centros urbanos en busca de nuevas oportunidades. 26 Ilustración 2: Población Indígena o descendiente de pueblos indígenas u originarios por pueblo según distribución geográfica. Total País. Año 2010 Fuente: Programa Nacional Mapa Educativo Nacional. Ministerio de Educación de la Nación En el caso de la población indígena rural dispersa, existen un conjunto de factores históricos, sociales, políticos y económicos que dificultan que dicha población se perciba a sí misma como indígena e incluso utilice alternativamente la identidad indígena y/o la campesina de acuerdo al contexto en que se encuentre a pesar de que un conjunto de características lingüísticas y culturales podrían permitir su definición como indígena. Según la ECPI 2004-2005 entre un 2% y un 28% de personas no se reconoce como perteneciente a su pueblo aun cuando sus padres se auto reconocen como tales. En Argentina algunos de los pueblos indígenas suelen conservar su lengua originaria en el ámbito familiar y comunitario, si bien la mayoría entiende y habla el español, especialmente los varones y en mucho menor grado las mujeres. La lengua propia del pueblo se mantiene al interior de las comunidades, por tradición oral, y no todas las lenguas tienen su referencia escrita. Todos los pueblos auto reconocidos reivindican el derecho 27 a la educación e información en su lengua y la necesidad de resguardarla como parte sustantiva de su patrimonio cultural e identidad. Los últimos datos con los que se cuenta en relación a las condiciones de vida de la población indígena corresponden a la Encuesta Complementaria de Pueblos Indígenas (ECPI) de los años 2004-2005. Aunque estos datos pueden resultar desactualizados, constituyen una referencia importante a la hora de describir las características de este sector de población. El 23,5% de los hogares se encuentran con necesidades básicas insatisfechas, una proporción muy alta comparada con el resto de los hogares (13,8%) y el total nacional (9,1% según el Censo 2010). Otra característica registrada por la ECPI es que el 16.5% de los hogares son rurales. En los hogares sin integrantes que se auto reconozcan como indígenas este valor desciende a 9.2% y alrededor del 10% para la población total del país según el Censo 2001. En cuanto a las características de las viviendas donde habita la población indígena o descendiente, el Censo 2010 registra cerca de un 11% de hogares que habitan en ranchos, casillas y otros, más del 50% de hogares no tiene acceso a gas de red (valor que constituye un 44% en la población total) y más del 20% no tiene acceso a la red pública de agua potable (16% en la población total). En cuanto a las características educativas, se observa que la tasa de analfabetismo para la población indígena de 10 años o más es del 3,7% según el Censo 2010, valor que duplica la tasa de analfabetismo nacional de 1,9% según datos del mismo censo. Sin embargo, estos valores ocultan grandes divergencias a nivel provincial, ya que por ejemplo, la tasa de analfabetismo de la población Mbyá Guaraní en Misiones, así como las de la población indígena de Chaco y Formosa superan el 12% (14,9%, 14,3% y 12,6% respectivamente). Al mismo tiempo, se ocultan las diferencias presentes entre los valores de analfabetismo de varones y mujeres indígenas que se reproducen de forma ampliada a nivel provincial: 3,2% de varones analfabetos indígenas frente a 4,1% de mujeres analfabetas indígenas en el total nacional; 11,9% de varones analfabetos indígenas frente a 18,3% de mujeres analfabetas indígenas en Misiones; 8,6% de varones analfabetos frente a 16,7% de mujeres analfabetas indígenas en Formosa o 6,8% de varones analfabetos frente a 11% de mujeres analfabetas indígenas en la provincia de Salta. La ECPI 2004-2005 aporta un dato adicional a tener en cuenta: el 78.2% de la población indígena de 15 años y más tienen como máximo el secundario incompleto, mientras que un tercio (33.1%) no completó la primaria o no tiene instrucción. Los pueblos indígenas que se encuentran en una situación más crítica son: Mbyá guaraní de Misiones, Wichí de Chaco, Formosa y Salta, Chorote de Salta, Toba de Chaco , Formosa y Santa Fe y Pilagá de Formosa. En todos los casos, el porcentaje de población de 15 años y más que tiene como máximo 28 estudios primarios incompletos supera el 60% y la proporción de los tienen hasta secundario incompleto supera el 90%. 4.2 Posesión y Propiedad Comunitaria de la Tierras ocupadas por los pueblos indígenas Una de las demandas más fuertes de los Pueblos indígenas en Argentina – como en otros países latinoamericanos - es el reconocimiento de la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan. La relación de los pueblos indígenas con su tierra es muy especial, su cosmovisión habla de la tierra como un espacio religioso, lugar de la esperanza y de la identidad, base y sustrato de su cultura 11. Estas demandas de los pueblos indígenas son comunes a las de los pequeños productores no indígenas en un contexto en el cual la concentración de la tierra, la sobreexplotación y falta de políticas de preservación del medio ambiente y el acceso limitado a la titulación de tierras rurales los afectan. La mayoría de las comunidades indígenas, como la de pequeños productores, se encuentran en territorios sin título de propiedad, cuyos regímenes de ocupación son los siguientes: 1. Ocupantes con o sin permiso de tierras fiscales 2. Ocupantes que viven y trabajan en tierras que son propiedad de alguna persona física o jurídica, titulares registrales de la propiedad, que generalmente la han abandonado 3. Ocupantes de campos comuneros, que son cesiones de derecho y acciones sucesorias y posesorias que se llevan a cabo con personas que tienen documentos de diversa calidad jurídica lo que facilita las invasiones y titulaciones falsas 4. Ocupantes de aparcerías precarias en las que las relaciones son generalmente asimétricas —formales o no — entre el propietario de la tierra y quien la explota 5. Ocupantes de sucesiones indivisas o juicios sucesorios sin partición, juicios sucesorios en curso o no comenzados, situaciones sucesorias nunca resueltas 6. Productores —generalmente pobres — que no logran el permiso de uso de estas tierras en áreas naturales protegidas En un estudio de PROINDER 12 con datos del Censo Agropecuario Nacional 2008, aborda el impacto de las transformaciones macroeconómicas estructurales y coyunturales a inicios de los ’90 sobre la pequeña 11CEA. Conferencia Episcopal Argentina (2006). ―Una Tierra para Todos.‖ 12 Ministerio de Economía y Producción Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos. Dirección de Desarrollo Agropecuario. PROINDER. Situaciones Problemáticas de Tenencia de la Tierra en Argentina. Slutzky, Daniel. Serie Estudios E Investigaciones Nº 14. Buenos Aires, 2008 El trabajo analiza las situaciones problemáticas de tenencia de la tierra, particularmente las que afectan a la pequeña producción familiar. 29 producción y la tenencia de la tierra para los pequeños productores e indígenas. Dos aspectos son considerados: 1. La situación de los pequeños productores frente al mercado: a) Cambio sub-valuado adverso a la exportación; b) Aumentos significativos de los costos de producción, debido en algunos casos a las privatizaciones c) Altas tasas de interés d) Desregulación del comercio de granos y eliminación de las Juntas Nacionales de Granos y de Carnes, Juntas Reguladoras del Algodón, de la Yerba Mate, Consejo Agrario Nacional (ya en 1980 y que eliminó la compra de tierras) y de otros instrumentos de intervención como los ―precios sostén‖ y otros subsidios e) Reforma tributaria y aumento de la presión impositiva sobre el agro f) Reducción de aranceles a la importación de maquinaria e insumos agropecuarios 2. La expansión de la frontera agropecuaria pampeana en el NOA, NEA y Mesopotamia así como la incorporación productiva de nuevas áreas hasta el momento marginales productivamente afectando a los pequeños productores. El Informe 2008 reporta que extensas superficies de monte son deforestadas para ser incorporadas a la producción agrícola, con predominio de la soja. Las provincias de Tucumán, Salta, Santiago del Estero, Chaco, Formosa y norte de Santa Fe, prácticamente duplicaron el área agrícola entre 1988 y 2002, proceso que continúa en la actualidad. En otras provincias, Misiones y Corrientes, la revalorización de sus tierras es vehiculizada por el desarrollo de la foresto-industrial, convirtiéndolas en territorio de disputa entre las grandes empresas agrícolas, forestales y los ocupantes de las tierras. Este proceso de expulsión de población ha impactado fuertemente en la dinámica de las comunidades y pueblos indígenas del país, generando un renovado proceso migratorio hacia las ciudades, cuya característica principal pareciera ser que dichas migraciones se producen hoy en día con mayor intensidad hacia las ciudades intermedias o capitales provinciales y no casi exclusiva y masivamente hacia el Conurbano bonaerense (Gran Buenos Aires) o Rosario como sucedía en la década de los años sesenta y setenta. No existen datos que permitan dar cuenta fehacientemente de este fenómeno con relación a las comunidades indígenas en particular, pero sí es posible analizarlo en función del crecimiento exponencial que presentan las periferias de ciudades como Resistencia, Santa Fe, Tartagal, Neuquén, entre otras. 30 Independientemente de este fenómeno estructural, las comunidades indígenas rurales intentan resistir, aunque en condiciones desiguales a semejante dinámica expulsiva, reclamando los territorios que son, según una célebre frase “su almacén primitivo de víveres” y al mismo tiempo garantía de su supervivencia como pueblos originarios. Es por ello que la territorialidad es parte constitutiva de las principales demandas de las comunidades y pueblos indígenas rurales. Sin embargo, y a pesar del reconocimiento constitucional del derecho a la propiedad de la tierra que usufructúan las comunidades indígenas, el proceso de entrega de las mismas es mínimo y no se cuentan, salvo excepciones, con datos sistemáticos que reporten sobre el estado de situación de la cuestión. 4.3 Áreas productivas y principales actividades 13 Se pueden distinguir 3 grandes regiones con sus propias características prototípicas: región del Gran Chaco (Formosa, Chaco, parte de Salta y Jujuy, Santiago del Estero, y Santa Fe), región Norandina (parte de Jujuy y Salta, Tucumán y Catamarca) y región Patagónica (La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz). Para dichas regiones se presenta a continuación una descripción de las actividades productivas de los diferentes pueblos indígenas junto con sus principales problemáticas sociales y económicas. Región Gran Chaco Las actividades productivas principales de las comunidades indígenas en esta región son la pesca, recolección de frutos, mieles y leña, caza de pequeños animales, artesanía, empleo estacional y/o trabajo asalariado, empleo estatal y agricultura doméstica y comunitaria. De todas estas actividades, solo la agricultura comunitaria se desarrolla en el lugar de residencia. En lo que al trabajo estacional respecta, se desarrolla generalmente en las plantaciones agrícolas linderas a la Ruta 14 (en el caso de las comunidades del Chaco Salteño), en las plantaciones de algodón (en el caso de las comunidades del Chaco Formoseño) o en plantaciones hortícolas (en el caso de las comunidades del interior de Jujuy). Los principales problemáticas sociales y económicas de los pueblos indígenas identificados en esta gran región son los siguientes: a) Falta de regularización dominial y entrega de título de propiedad comunitaria. En los casos de entrega de tierras en forma de tenencia o usufructo, han sido en tierras improductivas e insuficientes. 13 Elaborado en base al artículo "La cuestíon indígena en Argentina, un estudio de Actualización" Cervera Novo, 2010. 31 b) Avance de la frontera agrícola que trae aparejado: reducción de las tierras de usufructo comunal y extra comunal; revalorización de la tierra; renovado interés de agroindustrias y desalojos y desmontes a gran escala. c) Falta de consulta en la elaboración y diseño de los proyectos que se aplican. d) Destrucción y contaminación de recursos naturales dado el avance de la explotación gasífera y petrolífera, la tala de monte, la extracción de madera y el tendido de alambrados Región Norandina En esta región se identifican tres ambientes, muy diversos entre sí a partir de la amplitud de alturas y regímenes de precipitaciones de la zona: la Puna, la Quebrada de Humahuaca y los Valles de altura. La Puna corresponde a un gran altiplano con producción preponderante de la cría de ganado menor, seguido por la cría de camélidos, producción de papas andinas y hortalizas para el auto consumo. La economía de los productores se generaliza en la combinación de producción de auto subsistencia con producción de diferentes productos para mercados locales y extra locales. Al mismo tiempo existe una fuerte dependencia en los ingresos extra prediales (cosecha de la zafra en ingenios azucareros, minería, cosecha de algodón, etc.). Existen en último lugar una serie de emprendimientos productivos surgidos en los últimos diez años gracias al financiamiento de distintas agencias estatales que incluyen: tallado de laja, telar rústico, tejidos regionales, gastronomía ancestral, alfarería, talla en madera, cuero crudo y curtido, instrumentos musicales, metales, asta y hueso, entre otros. En la zona de Quebrada se encuentra primordialmente un modelo productivo agro pastoril, con mayor incidencia de una u otra actividad de acuerdo a la distancia a la Ruta Nacional N° 9 y a la altura sobre el nivel del mar, en la que se ubica cada área de cultivo. A pesar de haber sido desplazados durante mucho tiempo por la horticultura comercial, los cultivos andinos (papa y maíz) poseen un renovado interés, gracias a las oportunidades comerciales generadas recientemente. Los Valles de Altura presentan diferentes sistemas de acuerdo a la accesibilidad a cada zona. La producción preponderante es la cría de ganado mayor y menor y en la mayoría de las comunidades se producen cultivos andinos (papa, maíz y tubérculos microtérmicos, oca y papa lisa). En algunos valles como los de Iruya (Salta) existe una importante extensión destinada a la horticultura comercial de los cultivos de arveja y haba. La producción de papa andina y tubérculos microtérmicos presenta en estos valles una importante actividad 32 comercial. En los valles más aislados del departamento de Tilcara la producción de tubérculos andinos se destina fundamentalmente al autoconsumo, siendo su única actividad comercial la cría de ganado mayor. Los principales problemáticas económicas y sociales que afrontan las comunidades indígenas en esta región son: a) Territorios en conflicto por estar titulados a nombre de particulares, en algunos casos deben pagar arriendos para seguir viviendo en sus tierras, o son desalojados sin poder ejercer ningún reconocimiento legal de la posesión comunitaria. b) Contaminación ambiental y enfermedades por explotación de minas. c) Superposición de títulos y otorgamiento fraudulento de los mismos que permiten: Expropiaciones, desalojos, acciones judiciales a familias; alambrados de campos, parcelas, ríos y caminos por parte de particulares; escasez de agua para riego, mecanismos de distribución de agua por cuota manejados por latifundistas; destrucción de sembradíos familiares; tala indiscriminada de montes (de algarroba); destrucción de sitios sagrados. d) Procesos de revalorización de la tierra que generan conflictos y dificultades en la entrega de tierras. e) Falta de consulta en la elaboración y diseño de los proyectos que se aplican. Región Patagónica En esta región los pobladores Mapuche y Tehuelche están distribuidos en terrenos de escaso valor para la actividad agropecuaria, en donde las unidades domésticas se han dedicado desde hace décadas a la crianza de animales menores (caprinos y ovinos) en forma extensiva, participando del mercado mediante la venta de pelo de caprino, lana de ovino, cueros y animales en pie. Los “frutos” de los mismos (pelo y lana) son comercializados a partir de su vinculación con intermediarios itinerantes. En la actualidad, con la creciente importancia de la actividad turística, las áreas ocupadas por muchas de las comunidades mapuches de la región, de un alto valor paisajístico, adquirieron un renovado interés inmobiliario. Esto ha impactado diversificando las actividades productivas. Algunas unidades domésticas continúan con la crianza de animales menores en especial caprino y ovino, con trabajos temporarios en forestación y en la esquila en estancias y/o también como trabajadores de la construcción, o permanentes en escuelas, usinas, puestos sanitarios (todas instituciones al interior de las comunidades). Sin embargo, hay que destacar que en los últimos años, en especial a partir de las 33 intervenciones institucionales, han comenzado nuevas prácticas agrícolas como los cultivos en invernadero (horticultura), fruta fina y forestación para la venta de productos en los circuitos turísticos (dulces, fruta, cosecha de hongos silvestres, plantas medicinales) y/o la prestación de servicios como cabalgatas guiadas. También se destacan las artesanías en madera, plata y tejidos (telares). Los principales problemáticas económicas y sociales que afrontan las comunidades indígenas en esta región son: a) Falta de regularización dominial y entrega de título de propiedad comunitaria. En los casos de entrega de tierras en forma de tenencia o usufructo, han sido en tierras improductivas y sin contemplar las dinámicas estacionales de la actividad pastoril (tierras de invernada y veraneada). b) Contaminación de aguas y napas subterráneas por empresas petroleras, actividad turística, cría de peces, etc. c) Conflictos con diversos actores: Ejército Argentino, Administración de Parques Nacionales, empresas transnacionales (explotación maderera, minera, turística, represas hidroeléctricas). d) Construcción de obras de infraestructura para turismo en los territorios demandados. e) Conflictos en torno al acceso a los ríos y lagos. f) Desalojos, relocalizaciones y otorgamiento de tierras a particulares sin respetar la posesión ancestral de la tierra. g) Consecuencias de la exploración de minas de oro y plata, que distintas empresas están llevando a cabo y a quienes los gobiernos provinciales autorizan a desarrollar tareas contraviniendo las disposiciones legales. h) Falta de consulta en la elaboración y diseño de los proyectos que se aplican. i) Producción agrícola escasa y poco diversificada. 4.4 Urbanización de Pueblos Indígenas de la Argentina La ECPI 2004-2005 proporciona información que permite analizar el grado de urbanización de los pueblos indígenas de la Argentina. Al concentrar la atención en los pueblos más numerosos, se constata que los pueblos indígenas más urbanizados son los guaraníes (85,8%) y mapuches (79,9%). En una posición intermedia están los pueblos tobas (68,6%) y diaguita/diaguita calchaquí (66,4%). Finalmente, muy por debajo de estas cifras se encuentra el porcentaje urbano de los pueblos kolla (55%) y wichí (34,6%). No obstante, al desagregar la información según región muestral se observa que, con excepción del pueblo wichi, cada uno de estos pueblos tiene sectores totalmente urbanos; precisamente, los que residen en la ciudad de Buenos Aires y los 34 24 partidos del conurbano bonaerense. En contrapartida, hay sectores de estos pueblos que son más rurales, aquellos que viven en regiones que coinciden con núcleos ancestrales de poblamiento. En la actualidad, las ciudades se han convertido en uno de los principales lugares de residencia de la población indígena de la Argentina, sitios a los que por diferentes motivos se han visto forzados a migrar desde sus comunidades. El 82% de la población indígena del país vive en áreas urbanas, hecho que constituye un caso excepcional en Latinoamérica, superando a los porcentajes ya de por sí altos observados en los pueblos indígenas de Chile y Bolivia. En términos regionales, el grado de urbanización de la población indígena de Argentina se encuentra en relación inversa con los núcleos ancestrales de poblamiento. En este sentido, el porcentaje de población indígena en áreas urbanas se incrementa en la región Pampeana (95%), se iguala en Cuyo y la Patagonia (aproximadamente 79%), y disminuye en el Noroeste (59%) y el Noreste (53%). En la provincia de Chaco desde su centro hacia el este su capital predomina ampliamente los Toba, que acostumbran migrar fuera de su territorio, encontrándose asentados en los cordones alrededor de las ciudades de Rosario, Santa Fé y Buenos Aires. En aquella provincia conviven con un pequeño grupo étnico Mocoví, cuyo principal asentamiento poblacional se localiza en los alrededores de la ciudad de Villa Ángela. Al analizar la integración de las comunidades aborígenes al medio urbano, existe el riesgo de minimizar el valor de las expectativas étnicas y sus concepciones tradicionales en ese proceso de cambio cultural. Las descripciones y análisis sobre los pobladores indígenas u originarios urbanos o urbanizados, en general, sintetizan sus características identificándolos como marginales y asalariados no calificados. Esta categorización disuelve la identidad cultural de dichas comunidades, su existencia. Sin negar el impacto cultural que provoca la urbanización en su estilo de vida tradicional, el análisis de sus actividades de subsistencia debería incorporar los factores que promueven la permanencia de ciertas prácticas económicas, o al menos la tendencia a que éstas persistan. Las expectativas de quienes proyecten acciones de promoción comunitaria, gestionadas en el marco de políticas sociales y bajo la urgencia de conseguir resultados no pueden desconocer la racionalidad de las estrategias que los pueblos originarios, urbanizados, elaboran según su horizonte cultural y empírico. Mayor información sobre la integranción urbana de los pueblos indígenas presentes en las provincias y en los aglomerados de intervención del Programa es presentada en el Apéndice 3. 5. Preparación de Planes de Pueblos Indígenas En virtud de que aún no se encuentran definidas las intervenciones del Programa y, consecuentemente, su localización, este MPPI se desarrolla como base para la preparación, implementación, monitoreo y 35 evaluación de los Planes de Pueblos Indígenas (PPIs) que deban elaborarse (de corresponder) para cumplir con los requerimientos de la legislación nacional y provincial argentina, los tratados internacionales a los que el país suscribe y la política operacional de Pueblos Indígenas (OP 4.10) del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (en adelante Banco o Banco Mundial). 5.1 Arreglos y Responsabilidades Institucionales Se presentan seguidamente los arreglos institucionales definidos para la implementación del Programa, con énfasis en la estructura y responsabilidades específicas para la gestión social y ambiental. El organismo ejecutor será la Secretaría de Vivienda y Hábitat (SVyH) perteneciente al Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, asistido técnicamente por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SSDUyV) en el Componte 1 y por la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano (SSHyDH), en el Componente 2, que asumirán distintas responsabilidades según las etapas del otorgamiento de subsidios y del ciclo de vida de los proyectos. La SVyH tendrá la responsabilidad institucional y el control presupuestario para la ejecución del Programa y, conjuntamente con la SSDUyV y la SSHyDH, cumplirá las funciones estratégicas y de organización de la ejecución del Componente 1 y del Componente 2, respectivamente. Específicamente, la Unidad de Coordinación Nacional (UCN), que dependerá orgánicamente de la SVyH, desempeñará la coordinación administrativa del Programa y la supervisión financiera de los proyectos. Debido a la especificidad de las acciones a realizar, la UCN contará con la asistencia técnica y estratégica de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SSDUyV) que cumplirá la función de la ejecución del Componente 1 “Subsidio a la Vivienda”; y de la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano (SSHyDH) que implementará los proyectos en el ámbito del Componente 2 “Mejora Integral del Hábitat”. A continuación, se ofrece detalle de la estructura planteada. La SSDUyV tendrá la responsabilidad de la ejecución específica del Componente 1. Entre sus funciones se encuentran la comunicación y difusión del Subprograma PROCREAR Solución Casa Propia y la selección de los beneficiarios que, habiendo cumplido con los requisitos establecidos en las bases y condiciones del Subprograma y habiendo sido seleccionados de acuerdo al sistema de puntaje del Subprograma, hayan concretado operaciones de crédito con alguno de los bancos adheridos. Asimismo, funcionará como enlace 36 institucional con los actores intervinientes en el Subprograma de asignación de subsidios. Finalmente, deberá confeccionar la justificación de la elegibilidad de los beneficiarios de los subsidios, controlar su aplicación y elaborar la documentación necesaria para que la UCN realice la posterior rendición del gasto ante el Banco Mundial. El esquema general de ejecución del Componente 1 se realizará a través de intermediarios financieros y utilizando la estructura del Fideicomiso PROCREAR. Al respecto, se fondeará el Fideicomiso PROCREAR en el marco del subprograma Casa Propia. El Fiduciario es el Banco Hipotecario. A su vez, la operatoria del Componente 1 contempla la función de Nación Fideicomiso S.A. (NFSA) como agente de pago y custodia (para tal fin se suscribirá un convenio entre PROCREAR y NFSA). NFSA recibirá los fondos de PROCREAR (tanto del Tesoro Nacional como del Banco Mundial, los cuales estarán en cuentas separadas) y asignará los subsidios a la vivienda para concretar el crédito hipotecario con bancos privados que adhieran a la colaboración mediante un convenio con NFSA. Fideicomiso Nación será el nexo entre PROCREAR y los bancos privados, siendo el agente de pago de los subsidios. A su vez, deberá llevar un registro y comunicación de las operaciones concretadas a PROCREAR y a la SVyH-SSDUV. Por su parte, la SSHyDH tendrá la responsabilidad de la identificación y priorización de los proyectos a financiar, y asistirá técnicamente en la formulación de los proyectos y su gestión socio-ambiental, en la supervisión de las obras y en la implementación de sus Planes de Gestión Ambiental y Social (PGAS) en lo relativo al Componente 2. La ejecución del Componente 2 del Programa se realizará en forma descentralizada a través de las Unidades Ejecutoras Provinciales y/o Municipales (UEPs y/o UEMs), según corresponda, en calidad de organismos subejecutores del Programa, para lo cual la Secretaría de Vivienda y Hábitat suscribirá los Convenios Marco de Adhesión (CMA) a través de los cuales el Poder Ejecutivo Provincial o la Administración Municipal aceptarán las condiciones del Programa y las del Convenio de Préstamo suscrito entre la Nación y el BIRF. Los recursos para le ejecución del Programa serán transferidos por intermedio de la UCN y tendrán carácter de no reembolsable. La gestión de los proyectos estará a cargo de las UEP y/o UEM. Este esquema prevé una alta participación de las mismas, quienes realizarán la formulación y seguimiento de los proyectos, los procesos de adquisición, la certificación de los avances de obra, el seguimiento financiero de las obras y el procedimiento de pago. Asimismo, deberán garantizar el mantenimiento de las obras y la sostenibilidad de los servicios. A tal efecto 37 las UEP o UEM contarán con equipos técnicos interdisciplinarios que garanticen el cumplimiento de sus obligaciones. A fin de establecer mecanismos ágiles de aprobación, gestión y articulación, necesarios para la formulación, ejecución, operación y mantenimiento del proyecto, la UEM/UEP convocará a una Mesa de Gestión que estará conformada por representantes de los actores institucionales vinculados con el proyecto (Provincia, Municipio, organismos responsables de la regularización dominial a nivel provincial y/o municipal, empresas prestatarias de servicios, colegios de escribanos, de ingenieros y otras entidades profesionales, organismos de control provinciales o municipales, ONG, programas federales de vivienda y otros programas que se articulen con el Programa), así como representantes directos del barrio. En caso de detectarse la presencia de comunidades indígenas en el área de intervención, se deberá garantizar su representación en la Mesa de Gestión. Las Mesas de Gestión establecerán mecanismos ágiles de aprobación, gestión y articulación necesarios para la formulación, ejecución, operación y mantenimiento del proyecto Con los acuerdos alcanzados luego de la primera reunión de la Mesa de Gestión, se firmará un Acta Acuerdo (AA) con los compromisos específicos para el desarrollo de la intervención. Dicha AA permitirá identificar posibles desvíos y acciones correctivas, con responsables y plazos, que complementarán el AA. Para la autorización de la realización de obras se firmarán Convenios Específicos de Obra con las empresas que resultaran adjudicatarias del proceso de licitación una vez que se haya obtenido la aprobación de la elegibilidad del proyecto por parte del Banco Mundial. Finalmente, la ejecución de la obra finalizará al realizar el traspaso de la infraestructura pública a los prestatarios de servicios, suscribiendo un Convenio de Transferencia de Obra (CTO) con las empresas prestadoras de servicios incluyendo el compromiso de operar y mantener las inversiones de acuerdo al marco regulatorio vigente en la respectiva provincia o municipio. Tanto la UCN como las UEP y UEMs tienen experiencia previa relativa al proceso de preparación de documentos enfocados en población indígena ya que tienen a su cargo la implementación del Programa de Mejoramiento de Barrios (PROMEBA) y el Programa de Desarrollo Social en Áreas Fronterizas del Noroeste y el Noreste Argentinos (PROSOFA); ambos programas con financiamiento externo y con lineamientos similares en relación a la gestión de los riesgos ambientales y sociales. 38 Por las características del Programa se espera que la preparación de Planes para Población Indígena (PPI), en caso de que sea necesaria, tendrá lugar en relación a actividades financiadas bajo el Componente 2. En este sentido, las potenciales tareas de elaboración, implementación y monitoreo de los PPI serán llevadas a cabo por la Unidad Ejecutora (Provincial o Municipal según corresponda) con coordinación y supervisión de la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano. Dicha Unidad preparará un PPI para cada proyecto de mejoramiento integral del hábitat que afecte a pueblos indígenas, positiva o negativamente, según las consignas de la OP 4.10. Los PPI se prepararán para asegurar que: • Los pueblos indígenas afectados por el proyecto reciban beneficios sociales y/o económicos, apropiados desde el punto de vista cultural. • Y si se identifican posibles efectos adversos sobre los pueblos indígenas, dichos efectos se eviten, se reduzcan lo más posible, se mitiguen o se compensen. 5.2 Evaluación Social La evaluación social se llevará a cabo para cada una de las CIA y tendrá como objetivos: 1. Identificar la presencia de poblaciones indígenas en las áreas de intervención del Programa, basándose en los lineamientos de la OP 4.10 del Banco Mundial. 2. Identificar los potenciales impactos de los distintos proyectos sobre las poblaciones indígenas previamente identificadas, así como posibles acciones en pos de beneficiar a dichas comunidades. 3. Sentar las bases para la elaboración de un PPI a fin de mitigar y/o compensar los impactos negativos y potenciar aquellos positivos. Para la elaboración del mismo, resulta requisito indispensable realizar una evaluación social informada y consultada con las comunidades indígenas identificadas. En la evaluación social se combinan los hallazgos analíticos de los estudios sociales juntamente con los resultados de las consultas a las CIA. Este informe recogerá el análisis, las conclusiones y recomendaciones sobre la necesidad de medidas de mitigación/potenciación de impactos, planteará estas medidas, y sus resultados definirán la necesidad de preparar un Plan de Pueblos Indígenas y las formas que este Plan puede tomar. Determinará los posibles efectos positivos o negativos de los proyectos del Programa en los Pueblos Indígenas, y examinará obras o intervenciones alternativas cuando los impactos negativos sean importantes. El alcance, la profundidad y el tipo de análisis practicado en la evaluación social serán proporcionales a 39 la naturaleza y dimensión de los posibles efectos del proyecto sobre los Pueblos Indígenas, ya sean efectos positivos o negativos. Para llevar a cabo la evaluación social, se contratarán especialistas en ciencias sociales con conocimientos especializados sobre los grupos sociales y culturales de la zona del proyecto. La evaluación social servirá como línea de base para el desarrollo de los PPI. En caso de que existan pueblos indígenas en el área del proyecto o que éstos tengan un apego colectivo a dicha zona, se deberá realizar una evaluación social a fin de determinar los posibles efectos positivos o negativos del proyecto sobre dichas poblaciones. Esta acción permitirá examinar alternativas de proyecto, particularmente en el caso de que existan impactos negativos significativos sobre los pueblos indígenas. La evaluación social deberá tener los siguientes contenidos mínimos: i. Un examen detallado del Marco jurídico e institucional aplicable a las comunidades afectadas por los proyectos. ii. Una recopilación de documentación de las principales características demográficas, sociales, culturales y políticas de las CIA, y sobre la tierra y los territorios que poseen tradicionalmente, o que usan u ocupan habitualmente, y los recursos naturales de los que dependen. iii. Identificación de las principales partes interesadas y elaboración de un proceso de consulta apropiado culturalmente con las CIA, en cada etapa de la preparación y ejecución de los proyectos. iv. Una evaluación, basada en consultas previas, libres e informadas con las CIA por los posibles efectos negativos y positivos del proyecto considerado; la determinación de los posibles efectos negativos en función al análisis de la vulnerabilidad relativa de las comunidades indígenas afectadas y de los riesgos a los que pueden exponerse, dadas sus especiales circunstancias y los estrechos lazos que mantienen con la tierra y los recursos naturales, así como su falta de acceso a las oportunidades en comparación con otros grupos sociales de las comunidades, regiones o sociedades nacionales en las que habitan. 5.3 Consultas previas, libres e informadas del Plan de Planificación de Pueblos Indígenas En todos los casos en que un proyecto comprendido en el Programa afecte positiva o negativamente a un Pueblo Indígena, y deba desarrollarse un Plan para Pueblos Indígenas, la Unidad Ejecutora (Provincial o Municipal según corresponda) con asistencia y supervisión de la Secretaría de Vivienda y Hábitat, asistida técnicamente ésta última por la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano en lo concerniente al componente II y por la Subsecretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano en lo concerniente al componente I, 40 celebrará consultas previas, libres e informadas con dichas comunidades en las áreas de intervención de los distintos proyectos contenidos en el marco del Programa a fin de corroborar que las intervenciones propuestas tienen amplio apoyo por parte de las comunidades indígenas con presencia en el área de ejecución del proyecto. Para asegurar el éxito de la consulta, se deberá: a) Publicar y diseminar los Planes para Poblaciones Indígenas junto a otras documentaciones que puedan ser relevantes entre los miembros de las comunidades indígenas con presencia en el área de intervención del proyecto con antelación para permitir la lectura de los documentos (i.e. por lo menos 30 días antes de la fecha de la consulta). b) Asegurar que los procedimientos de consulta favorezcan la inclusión intergeneracional (niños, jóvenes y adultos) y de género. c) Crear oportunidades para que las comunidades indígenas afectadas y demás organizaciones de la sociedad civil puedan expresar sus preocupaciones relativas a las obras o intervenciones durante la preparación y ejecución de las mismas en el ciclo del proyecto. d) Facilitar la participación de organizaciones que representen a las comunidades afectadas en los procesos de consultas. e) Contar con personal calificado e idóneo en el trato y conocimiento de comunidades y pueblos indígenas. f) Emplear métodos de consulta adecuados a los valores sociales y culturales de las comunidades indígenas afectadas, prestando especial atención a las inquietudes y a que todos aquellos puedan acceder a las oportunidades y ventajas de desarrollo de las comunidades que pueda propiciar el proyecto considerado. g) Facilitar a las comunidades indígenas afectadas toda la información pertinente sobre el proyecto durante su preparación y ejecución (incluyendo información sobre los posibles efectos negativos del proyecto en las comunidades indígenas afectadas) de una manera culturalmente apropiada. h) Incluir un programa de información y comunicación que contemple, en caso de ser necesario, la preparación de material y/o la vinculación de un local, para presentar el proyecto y las actividades del Plan en lenguaje bilingüe. Este programa deberá considerar las formas organizativas de la comunidad y sus autoridades ancestrales y líderes y se desarrollara por canales previamente acordados con estos. 41 5.4 Actividades vinculadas a la implementación del presente MPPI Uno de los principales objetivos del MPPI (y de la política operativa 4.10 del Banco Mundial) es garantizar que las comunidades o pueblos indígenas se beneficien de los proyectos, por lo que abajo se especifican las acciones que el proyecto va a llevar a cabo para garantizar este mandato. Las actividades específicas de cada PPI se definirán conjuntamente con las comunidades o pueblos beneficiarios, a través del proceso de socialización y consulta directa, tal y como se establece en este Marco. Sin embargo, aquí se establecen las actividades generales que se propone el proyecto para garantizar que se remuevan las barreras de acceso para la participación indígena. Entre otras, estas actividades podrían incluir—pero no se limitarán a— acompañamiento a las comunidades, servicios legales/administrativos, programas de comunicación y relacionamiento culturalmente apropiados, así como un análisis adecuado para entender y eliminar las barreras que podrían estar limitando la inclusión de las comunidades indígenas, así como para identificar oportunidades para el desarrollo exitoso de este Marco. Las cuatro líneas prioritarias de acción definidas en el contexto de este Marco son: a) Análisis de capacidades en la SVyH y en las UEPs para incluir comunidades indígenas y de otras minorías vulnerables en el proyecto: con el apoyo del Banco, el proyecto relevará experiencias previas de las unidades ejecutoras y del SVyH para identificar necesidades de fortalecimiento y oportunidades existentes en torno a las minorías vulnerables. Entre otros, este análisis incluirá un relevamiento de las capacidades institucionales y las experiencias relevantes que hayan tenido lugar en el marco del PROMEBA con comunidades indígenas urbanas, así como de otras experiencias que hayan desarrollado las municipalidades involucradas en el proyecto. De este análisis debían surgir propuestas concretas que permitan escalar las buenas practicas identificadas y mejorar la capacidad técnica de intervención en contextos indígenas urbanos, de manera culturalmente apropiada—e.i. que incluyan estrategias de comunicación y relacionamiento, asesoría legal/administrativa, y acompañamiento del tipo que fuere necesario durante el diseño y ejecución de los Planes para Pueblos Indígenas, así como un análisis de las capacidades y deficiencias en la recolección y suministro de datos desagregados por etnicidad, que permitan hacer seguimiento a la implementación de este MPPI. b) Análisis de barreras y brechas de acceso que limitan la inclusión de comunidades indígenas u otros grupos vulnerables al proyecto: a partir de la pre-identificación de las comunidades presentes en las 42 áreas actuales o futuras de intervención del proyecto (i.e. las áreas potencialmente beneficiarias del proyecto dentro de los conglomerados seleccionados), se llevará a cabo un análisis para identificar las condiciones específicas de las comunidades en estos aglomerados, haciendo énfasis en los criterios de selectividad de PROMEBA, con la finalidad de identificar barreras de acceso y plantear acciones específicas para eliminarlas. Este análisis debe incluir, pero no limitarse a, un perfil socio-económico de las comunidades identificadas, aspectos de selectividad del PROMEBA (e.g. temas legales), formas de organización comunitaria, y planes de autodesarrollo en marcha o en diseño (a fin de identificar oportunidades de sinergia), entre otros. c) Plan de implementación y monitoreo del MPPI: a fin de contribuir al fortalecimiento de la SVyH y de las UEP, así como para el desarrollo de los estudios señalados arriba y la implementación de las recomendaciones que arrojen, el proyecto reservara un presupuesto no menor de USD 500.000 14. vinculado a este MPPI. Este presupuesto permitirá también asistir a las comunidades indígenas seleccionadas durante la implementación del proyecto, para fortalecer aspectos organizativos, técnicos y/o logísticos que podrían limitar su inclusión en el proyecto y que exceden los límites habituales de las operaciones del PROMEBA. El monto propuesto será revisado una vez se conozcan las actividades recomendadas por los estudios arriba mencionados. d) Monitoreo y reporte de la implementación del MPPI: en línea con las actividades descritas arriba, el proyecto generará y proveerá al Banco con información desagregada por etnicidad, que permita evaluar el avance de MPPI, así como aprender de las buenas prácticas y sugerir correctivos, donde hiciere falta. El cumplimiento de este MPPI será evaluado en base al número y/o calidad de los PPI implementados. 6. Plan de pueblos indígenas 6.1 Objetivos Los Planes de Pueblos Indígenas (PPIs) se prepararán para asegurar que los pueblos indígenas afectados por el proyecto reciban beneficios sociales, económicos y no económicos apropiados desde el punto de vista cultural y, si se identifican posibles efectos adversos sobre los mismos, dichos efectos se eviten, se reduzcan lo más posible, se mitiguen o compensen. Además, dado el carácter proactivo de la OP 4.10, se elaborarán 14 El número final se ajustará en base a los hallazgos de los análisis mencionados arriba. 43 Planes para mejorar, de una forma culturalmente apropiada para cada comunidad, las condiciones de vida de dichas comunidades. 6.2 Contenidos En línea con los objetivos estipulados por la OP 4.10 y el presente MPPI, los Planes para Pueblos Indígenas deberán comprender: a) Un resumen de los principales resultados de la evaluación social; b) Un resumen de los resultados de las consultas previas, libres e informadas con las comunidades indígenas afectadas que se hayan realizado durante la preparación del proyecto, y de las que resulte un amplio apoyo al proyecto por parte de estas comunidades; c) Procedimientos que aseguren que se lleven a cabo consultas previas, libres e informadas con las comunidades indígenas afectadas durante la ejecución de la obra sobre temas no considerados en consultas anteriores o situaciones que surjan en esta etapa; d) Un plan de acción con las medidas necesarias para asegurar que se maximicen los beneficios de las obras para los Pueblos Indígenas y que tales beneficios sean culturalmente adecuados. A su vez, en caso que se identifiquen posibles efectos negativos sobre los PI, se requerirá una plan similar con las medidas necesarias para evitar, reducir lo más posible, mitigar o compensar los efectos adversos e) Un presupuesto con estimación de costos para dicho Plan. f) Procedimientos accesibles y adecuados al proyecto para resolver las quejas y/o consultas de las CIA durante la ejecución del proyecto; g) Mecanismos adecuados al proyecto para el seguimiento, la evaluación y la presentación de informes de ejecución del PPI. 6.3 Programas específicos y consideraciones para la elaboración de los PPI Los distintos programas que integren el Plan deben contemplar medidas necesarias para asegurar que se maximicen los beneficios de las obras para los Pueblos Indígenas y que tales beneficios sean culturalmente adecuados. A su vez, en caso que se identifiquen posibles efectos negativos sobre los PI, se requerirá un plan similar con las medidas necesarias para evitar, reducir lo más posible, mitigar o compensar los efectos adversos. 44 A su vez, en la última sección de la OP 4.10 se detallan consideraciones especiales que deberán ser tenidas en mente a la hora de elaborar los distintos Planes para Pueblos Indígenas que la implementación del Programa requiera. Dichas consideraciones son presentadas en el Apéndice 3 del presente Marco. Programa de información y comunicación El presente programa contempla la preparación de material y/o la vinculación de un especialista social para la presentación del proyecto y las actividades del Plan en el lenguaje de las comunidades indígenas afectadas. Estas acciones deberán desarrollarse considerando las formas organizativas de la comunidad y concertando las actividades con sus autoridades ancestrales y líderes. Programa de mitigación de afectaciones negativas Los PPI deberán incluir el detalle de las acciones convenidas con los pueblos indígenas consultados en el proceso de divulgación de información, consulta y participación informada a fin de prevenir, minimizar y mitigar los potenciales efectos adversos en los pueblos indígenas y potenciar los impactos positivos asociados al Programa. En este sentido, se deberán detallar las medidas a ser adoptadas, los plazos de acción, las responsabilidades y el cronograma de implementación acordado con dichas poblaciones (quién lo hará, cómo, dónde y cuándo). En todos los casos en los que sea viable, se deberá conceder prevalencia a las medidas preventivas o de evitación por sobre aquellas de mitigación o compensatorias. Programa de gestión comunitaria de recursos naturales Los PPI deberán asegurarse, en todos los casos en los que resulte pertinente, de que se garantice la continuidad de las actividades esenciales para la supervivencia de estas comunidades y de sus prácticas tradicionales y culturales. Así, los planes deberán disponer claramente qué acciones se llevarán a cabo a fin de conservar, manejar y utilizar en forma sostenible los recursos naturales de los cuales dependen las comunidades afectadas y los hábitats y áreas geográficamente diferenciados donde aquellos se encuentran. Programa de mejora de las oportunidades La UEP/UEM, asistida por la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano, deberá diseñar, en consulta permanente con las comunidades afectadas de pueblos indígenas, medidas específicas que se orienten a asegurar que los pueblos indígenas aprovechen las oportunidades generadas por el Programa. Del mismo 45 modo, se buscará que dichas acciones contribuyan con la conservación y manejo sostenible de la utilización de los recursos naturales de los que dichas poblaciones dependen. Para el diseño de estas medidas, la unidad subejecutora deberá contratar un especialista social que se cerciore que dichas medidas sean culturalmente adecuadas. 6.4 Presupuesto y Financiamiento Las actividades comprendidas y la compra de equipamientos requeridos para la ejecución de los Planes de Pueblos Indígenas podrán ser financiadas con los recursos de la Unidad Ejecutora Provincial o Municipal (UEPs, UEMs) y/o del Programa. La siguiente tabla pretende ser un instrumento de referencia para la elaboración de presupuestos y controles de costos de los futuros Planes de Pueblos Indígenas que deban elaborarse. Tabla 2: Responsabilidades y atribuciones de ejecución de los Planes de Pueblos Indígenas Actividad UEM/UEP SsHyDH Preparación del PPI X Ejecución de las actividades X Monitoreo de la ejecución del PPI X 6.5 Mecanismo de atención de reclamos y resolución de conflictos El sistema de reclamación vigente en la República Argentina comprende reclamos ante la Administración (Poder Ejecutivo) y ante los tribunales de Justicia (Poder Judicial). A estas instancias se suma la posibilidad de presentar reclamos ante el Defensor del Pueblo de la Nación (Ombudsman), designado por el Poder Legislativo. En cuanto se refiere a las reclamaciones por un acto administrativo, éstas pueden canalizarse a la entidad de competencia de la Administración. En todos los casos, resulta de aplicación la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos aprobada por Ley 19.549 y su reglamento. Por actos administrativos emanados del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, cualquier reclamo podrá ser realizado frente al propio Ministerio, dependiendo del caso. Este procedimiento es general, emana de la ley nacional de procedimientos administrativos y es aplicable a cualquier otro acto de la administración pública. 46 Del mismo modo, un particular podrá recurrir directamente ante sede judicial, aplicándose el sistema general vigente en el país con base en lo previsto por la Constitución Nacional. Al respecto, todo conflicto entre partes adversas debe ser resuelto por un juez imparcial en base a las reglas de competencia. Paralelamente, podrán presentarse reclamos ante la Defensoría del Pueblo de la Nación quien tiene la obligación de darle trámite y resolverlo. Para ello, podrá realizar los pedidos de información que se consideren pertinentes para luego emitir una recomendación al respecto. Como consecuencia de la adopción de un sistema de ejecución descentralizada, el mecanismo de reclamación se adecuará al vigente en cada jurisdicción, conforme a la normativa local. En el marco del Programa se propiciará la consecución de un amplio conocimiento y participación de la comunidad en las distintas etapas del mismo. El objetivo del Programa deberá ser garantizar el consenso entre los distintos actores y aprovechar las distintas dificultades que puedan generarse como posibles aprendizajes. Si bien en la concepción de los distintos proyectos comprendidos en el Programa se prevé la participación de la comunidad en una Mesa de Gestión15 en la cual se la participará en la formulación y concepción de los mismos, los proyectos deberán contar con un Mecanismo de Atención de Reclamos y Resolución de conflictos (MARRC). El MARRC deberá arbitrar los medios y mecanismos transparentes para facilitar la recepción de inquietudes (consultas, reclamos, quejas) de las partes interesadas del proyecto y responder a las mismas a fin de solucionarlas y de anticipar potenciales conflictos. En los casos en los que no sea posible evitar conflictos, deberá promover la negociación y esforzarse en alcanzar la resolución del mismo de forma que todos los actores involucrados (incluyendo el proyecto) se vean beneficiados con la solución. Se deberá elegir el canal más adecuado según el contexto del proyecto a analizar de manera de resulte en un mecanismo accesible para todos los distintos interesados. Para el diseño del MARRC, se tendrán en cuenta los resultados de la evaluación social de cada subproyecto de manera de asegurar que estos estén culturalmente adecuados y contendrán como mínimo los elementos que faciliten la recepción de inquietudes (consultas, reclamos y quejas) de las partes interesadas del proyecto y su respuesta a fin de solucionarlas y de anticipar potenciales conflictos. La metodología que se aplique será 15La Mesa de Gestión estará conformada por representantes de los actores institucionales vinculados con el proyecto: Provincia, Municipio, organismos responsables de la regularización dominial a nivel provincial y/o municipal, empresas prestatarias de servicios, colegios de escribanos, de ingenieros y otras entidades profesionales, organismos de control provinciales o municipales, ONG, programas federales de vivienda y otros programas que se articulen con el Programa, así como representantes directos del barrio. En caso de detectarse la presencia de comunidades indígenas en el área de intervención, se deberá garantizar su representación en la Mesa de Gestión. 47 aquella que garantice la transparencia del proceso. Cuando corresponda, los mecanismos de Reclamos y Consultas incluirán: • Procedimientos y propuestas accesibles y adecuados de resolución de quejas o reclamos por parte de las comunidades indígenas afectadas durante la ejecución del proyecto, considerando los mecanismos legales (incluyendo derechos consuetudinario y tradicional), disponibles para la resolución de conflictos. • Mecanismos de seguimiento de los procesos de resolución de conflictos que incluyan disposiciones que posibiliten las consultas previas, libres e informadas con los pueblos indígenas afectados. • Provisión de material informativo -culturalmente adecuado- acerca de cómo y dónde efectuar los reclamos y/o consultas sobre el Proyecto. En el material deben quedar claramente establecidos los mecanismos regulares tanto para la presentación como para la resolución de quejas con los que cuentan los gobiernos provinciales, los datos del o de los organismos competentes - Ente provincial regulador de los servicios públicos, Organismos Ambientales, CPI, etc.- y los medios de comunicación fehacientes. El material también contendrá los datos del Proyecto a nivel nacional. • Provisión de material informativo acerca de cómo el Proyecto u otro organismo gubernamental de control con competencias en el área, podrían efectuar actividades de control y seguimiento del proyecto. A modo de referencia, se detalla a continuación las distintas etapas que componen el MARRC: 1) Recepción y registro de reclamos Se podrá disponer de los siguientes mecanismos: • Instalación de un buzón de reclamos en locaciones de las obras y en las oficinas de la UEM/UEP correspondiente al área de intervención. • Disposición de un teléfono e email específico. • A través de participación en las reuniones periódicas consideradas como parte de la implementación del Programa. Estos mecanismos deberán ser informados y regularmente publicitados (i.e. folletos, carteles, espacios de referencia comunitarios, etc.) y estar siempre disponibles para cualquier parte interesada que quisiera acercar un reclamo. 48 2) Evaluación de reclamos En caso de que se trate de un reclamo respecto del proyecto, el mismo deberá ser considerado y respondido. En caso de que el reclamo o la queja sean rechazadas, el reclamante deberá ser informado de la decisión y de los motivos de la misma. Para ello, deberá brindarse información pertinente, relevante y entendible de acuerdo a las características socioculturales del reclamante. 3) Respuesta a reclamos Los reclamos pertinentes al presente proyecto deberán ser respondidos con la celeridad que amerite el reclamo. La información que se brinde debe ser relevante y entendible de acuerdo a las características socioculturales de quien consulta. Los reclamos deberán ser respondidos por las administraciones locales donde se lleve a cabo las intervenciones. De no ser posible o de tratarse de una denuncia específica deben ser remitidas a los organismos provinciales pertinentes que puedan resolverla. 4) Solución de conflictos En caso de que no haya acuerdo entre el Proyecto y quien realizó la inquietud, sea por una inquietud rechazada o por no llegar a un acuerdo en la solución a implementar, se deberán arbitrar los medios y el esfuerzo para alcanzar un acuerdo conjunto entre las partes. Esto puede incluir, entre otros: promover la participación de terceros técnicos u otros estatales, invitar a mesas de diálogo, mediaciones, conciliaciones. Para el caso en el que la queja no pueda manejarse el ámbito del proyecto, el interesado podrá exponer su reclamo en sede administrativa y ante los Tribunales de Justicia de las respectivas Provincias. En todos los casos, se informará que los interesados podrán también comunicarse con las siguientes instituciones relacionadas con el proyecto, según corresponda a la jurisdicción en donde se desarrolle: - Subsecretaría Hábitat y Desarrollo Humano, Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda: Teléfono 5411-5071-9602. Página web: http://www.mininterior.gov.ar/vivienda/subsecretaria- habitat.php - Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires: Teléfono: 0800-222-5262. Página web: http://www.defensorba.org.ar 49 - Defensoría del Pueblo de la Provincia de Córdoba: Teléfono: 0800-777-0337. Página web: http://www.defensorcordoba.org.ar - Defensoría del Pueblo de la Provincia de Jujuy: Teléfono: 0388-423-7151. Página web: http://www.defensorjujuy.com - Defensoría del Pueblo de la Provincia de Tucumán: Teléfono: 0381-422-0860. Página web: http://www.defensoriatucuman.gob.ar - Defensoría del Pueblo de la Provincia de la Nación, sede Mendoza: Teléfono: 0261-437-0125/0148. Página web: http://www.defensor.gov.ar El/la especialista social de la UEP/UEM deberá asegurar el desarrollo de las diferentes etapas que componen el presente MARRC, sobre la base de los lineamientos anteriormente expuestos, garantizando que la atención de reclamos y la resolución de conflictos se lleve a cabo de una manera culturalmente adecuada cuando se trate de reclamos realizados por comunidades indígenas. Asimismo, será el/la encargado/a de supervisar el proceso, detectando desvíos y asegurando su solución. Por su parte, durante la implementación del Programa, la Unidad Ejecutora deberá contar, dentro del Equipo de Campo, con un/a profesional social (promotor) responsable de la recepción de reclamos y de su resolución tanto para población indígena como para la comunidad en general. Para tal fin, se recomienda que se sigan los mismos lineamientos que establece el presente MARRC. 7. Divulgación y Socializacion del Marco El documento del MPPI se difundirá a través de organizaciones de Pueblos Indígenas del ámbito apropiado (nacional, regional o local), para que llegue a los Pueblos Indígenas que pudieran resultar ser afectados por los proyectos del Programa. El MPPI también podrá difundirse a través de organizaciones de la sociedad civil que sean pertinentes, la página Web del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda16 y en el sitio de infoshop del Banco Mundial Argentina17. Asimismo, el documento se socializará junto con el Marco de Gestión Ambiental y Social y el Marco de Política de Reasentamiento en el transcurso del mes de diciembre de 2016. Cabe mencionar que, en cada una de las UEP correspondientes a las provincias en donde se desarrollen proyectos, se deberá contar con una copia física del presente Marco, así como de los Planes específicos que se desarrollen, en caso de corresponder. 16 http://www.mininterior.gov.ar/vivienda/subsecretaria-habitat.php 17 http://www.worldbank.org/en/publication/infoshop 50 La socialización es una actividad fundamental dentro del armado del MPPI, durante la cual la SSVyH, la SSHyDH y la SSDUyV comparten el documento no solo con los organismos nacionales específicos (INAI/CPI) sino también con otros organismos gubernamentales, OSC y público en general que potencialmente pueda ser afectado por el Programa. Su objetivo es mejorar el proceso de toma de decisiones y crear comprensión mutua, informando a las personas, los grupos y las organizaciones que tengan interés, a fin de que se conozcan los avances en la preparación del nuevo Programa y sus componentes. La socialización buscará mejorar la viabilidad a largo plazo de los futuros proyectos y aumentar sus beneficios para las personas afectadas. El proceso de socialización contó con cuatro etapas de desarrollo que fueron replicadas en los aglomerados contemplados en el Programa. La primera fue la publicación del borrador avanzado del MPPI, cuyo fin es que todo aquel que tenga interés pueda verlo y leerlo; la segunda fue la convocatoria en donde se invitarán a distintas organizaciones a participar del encuentro, la tercera fue la realización del evento de socialización propiamente dicho, y la cuerta es la publicación del MPPI final, que incorpora los ajustes resultantes del proceso de Socialización . A continuación, se detallan las cuatro etapas mencionadas: 1. Publicación inicial: El borrador avanzado del MPR fue publicado en la Web del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda el 25 de noviembre de 2016, y el borrador avanzado aprobado por el BM en la misma página y en la página Web externa del Banco Mundial el 5 de diciembre de 2016. 2. Preparación y convocatoria: Con el soporte y asesoramiento de las UEP/UEM, se realizó una convocatoria en los aglomerados contemplados en el Programa. Estas se hicieron de manera personal y por correo electrónico a las distintas organizaciones con invitaciones personalizadas a representantes de OSC, del sector ambiental, autoridades formales y tradicionales. 3. Eventos de socialización: Entre el 5 y el 16 de diciembre de 2016, se realizaron eventos de socialización en cuatro de los cinco aglomerados inicialmente contemplados en el Programa: Mar del Plata, Mendoza, Córdoba y Tucumán, con una participación de un total de 143 personas. En todos los casos se replicó la metodología detallada a continuación: • Duración: 3 Hs 51 • Lugar: Oficinas de las UEP/UEM o donde ellos consideren pertinente. • Dinámica: 1. Registro de los participantes: se hará al ingreso, indicando nombre, identificación, teléfono o correo electrónico de contacto y la organización o actor que representa (30 minutos) 2. Presentación de los participantes (30 minutos) 3. Presentación del Programa (60 minutos) 4. Preguntas y respuestas (120 minutos) Con el objetivo de dar un marco general al Programa, durante la exposición se presentaron las políticas abordadas por la SVyH. También se explicó el objetivo del encuentro y la metodología de trabajo utilizada. Asimismo, se empleó material gráfico de soporte a fin de facilitar el entendimiento del MPPI. En cuanto al proceso de socialización de los Marcos del Programa Integral de Hábitat y Subsidio a la Vivienda, se contó con la articulación interinstitucional con la Secretaria de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Representantes de dicha Secretaria acompañaron los eventos de socialización y fueron los facilitadores de los diálogos participativos que se desarrollaron en cada encuentro. 4. Publicación final: El MPPI final será publicado en la página Web del Banco Mundial y en la Web del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda y en la página Web externa del Banco Mundial a principios de enero, 2017, previo al cierre de la Evaluación del Programa. Las versiones finales de los documentos ambientales y sociales se encontrarán también disponibles en soporte físico en las sedes de las Unidades Ejecutoras pertinentes para todas aquellas personas y organizaciones que se encuentren interesadas en consultarlos. Tal como se menciona arriba, el MPPI fue presentado en las ciudades de Mar del Plata, Mendoza, Córdoba y Tucumán los días 5, 7, 14 y 16 de diciembre respectivamente. Es importante destacar que, todos los encuentros fueron moderados por un representante de la Dirección Nacional de Protección de Derechos y Resolución de Conflictos, perteneciente a la Subsecretaria de Promocion de los Derechos Humanos, del Ministerio de Justicia de la Nacion. El rol del facilitador permitio ordenar las preguntas del público presente y promover la participación de los presentes, induciendo a que se hayan despejado todas las dudas que surgieron, sin perder el foco en el objeto del encuentro. 52 Por último, cada encuentro contó con una persona responsable del registro de la actividad mediante la documentación fotográfica, la sistematización de la lista de participantes y la confección de una minuta que detalla las preguntas, dudas, inquietudes etc., así como las respuestas respectivas. A continuación se detallan las principales solicitudes e inquietudes. Entre los comentarios recibidos durante las jornadas de socialización se destacan los siguientes: (i) Se consultó por los procesos de conformación de las Mesas de Gestión para el proyecto y se destacó la importancia de la participación de los referentes de los barrios y de las organizaciones de la sociedad civil (OSC) en las mismas (Mar del Plata, Mendoza y Córdoba). (ii) Se manifestó la necesidad de articular el Programa con otros programas tanto de la SVyH como de otras dependencias y se consultó si dado que se trata de un programa con financiamiento externo hay alguna limitación para combinar financiamientos -e.g BM-Hábitat + vivienda social + generación de suelo + microcréditos- (Mendoza) También se propuso un abordaje integral para el mejoramiento del hábitat (Tucumán). (iii) Se preguntó si el Programa contempla recursos para el fortalecimiento institucional de los subejecutores (Mendoza), incluyendo financiamiento de recursos humanos (Tucumán). (iv) Se pidió información sobre la demanda esperada de proyectos y sobre el proceso de selección de los mismos (Mendoza). (v) Se hicieron consultas respecto al proceso de generación de suelo para vivienda y sobre el tratamiento que se daría a los casos de propiedad comunitaria de pueblos indígenas (Córdoba). (vi) Se manifestó preocupación en relación a los montos estimados por lote, en relación a las diferencias que hay entre distintos aglomerados por el contexto topográfico (Córdoba). (vii) Se consultó respecto al manejo de las potenciales relocalizaciones producidas por las obras a financiarse bajo el Programa (Córdoba). (viii) Se sugirió armonizar criterios de legislación ambiental provincial y los requisitos del Banco Mundial en el Plan de Gestión Ambiental y Social para agilizar los procesos. En función de las propuestas recibidas, la SVyH y las UEPS/UEM acordaron las siguientes acciones: (i) Las unidades ejecutoras se comprometieron a realizar una convocatoria plural en el proceso de conformación de las Mesas de Gestión. Asimismo, la participación de las OSC está contemplada dentro del componente de desarrollo humano, que estimula su rol activo en dichas mesas. 53 (ii) Se promoverá el trabajo articulado con los otros programas que se estén implementando en los mismos barrios (en particular otros programas de la SVyH pero también en forma interministerial) a fin de promover sinergias que impliquen una eficiencia en la inversión de recursos y mayores beneficios para los habitantes de dichos barrios. (iii) En relación al fortalecimiento Institucional, es contemplado en el Componente 3 del Programa que estará enfocado en fortalecer la capacidad de los subejecutores para la formulación de una cartera de proyectos. A su vez, también se dedicarán recursos al fortalecimiento institucional en base a las necesidades de cada UEP. (iv) Se hizo un raconto del trabajo realizado por la SSHyDH durante el año 2016 y la metodología de trabajo desarrollada para la formulación de proyectos a mayor escala. Se informó que los criterios de elegibilidad del proyecto serán difundidos y compartidos públicamente una vez que hayan sido acordados con el Banco e incluidos en la versión final del Manual Operativo. (v) Respecto del manejo de suelos, el proyecto priorizará las áreas en donde la situación dominial cumpla con los criterios de elegibilidad y permita las subdivisiones y la asignación de derechos de propiedad a las familias beneficiarias a plazos y costos razonables. (vi) En relación a la población indígena, se destacó la importancia de las Mesas de Gestión, un espacio orientado a desarrollar soluciones participativas y comunitarias para cada proyecto y área de intervención. Tienen el objetivo de garantizar la protección de derechos humanos a través de procesos de diálogo participativo con las comunidades y de la preparación de Planes para Poblaciones Indígenas, cuando corresponda. (vii) En relación al costo estimado por lote, el programa incorporará montos mínimos y máximos diferenciados por región en línea con lo que ya se realiza en el PROMEBA. (viii) Respecto de las potenciales relocalizaciones, es importante destacar que el programa no prevé realizar este tipo de procesos, salvo como último recurso. Sin embargo, en el caso de que fuera necesaria una relocalización, se preparará un Plan de Reasentamiento específico, siguiendo los lineamientos detallados en el Marco de Política de Reasentamiento del Programa. (ix) En la preparación de los Planes de Gestión Ambiental y Social se analizará la normativa nacional, provincial y municipal y las brechas entre dichas normativas y las políticas del Banco Mundial, y se incorporarán las medidas específicas que se requieran para salvar dichas brechas para cada caso en particular. Al final, se preparó un informe de la los eventos de socialización con todo el relevamiento de los encuentros y se la incluyó en el MGAS final como Anexo 11, y como Apéndice 6 en el presente documento. 54 Asimismo y tal como se indicara al inicio del presente informe, el MPPI fue trabajado en conjunto con el INAI. En tanto, hacia adelante, y en la ejecución de nuevas etapas del Programa se plantea un trabajo articulado entre la SVyH y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a fin de identificar las poblaciones indígenas una vez que se confirmen los proyectos en las potenciales áreas de intervención, además de prever un trabajo de protección de derechos humanos a través de procesos de diálogo participativo con estas comunidades, consultas, comunicación del Programa y difusión que será incorporado al Plan de Gestión específico de cada PPI. En el Ápendice 5 del presente Marco se detalla un informe sobre el proceso de socialización de los documentos del Programa, elaborado por la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralistmo Cultural (SDHyPC) perteneciente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. La SDHyPC brindó asistencia técnia en el desarrollo de las actividades de socialización del MPPI, MPR y MGAS. Asimismo, el apéndice incluye un informe preparado por la Dirección Nacional de Protección de Derechos Humanos y Prevención de Conflictos que contempla recomendaciones en materia de protección de los derechos humanos y prospectivamente ofrece pautas de articulación entre el Programa Integral del Hábitat y subsidio a la vivienda, con otras áreas de gobierno en la implementación de los proyectos y recomendaciones para establecer procesos participativos / consultas una vez que se definan los proyectos que serán financiados en el marco del Programa. Cabe señalar que se ha realizado una ardua tarea en cada uno de los encuentros y que el más que satisfactorio resultado de cada proceso de socialización es producto de la articulación entre el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Secretaria de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, con sus respectivas áreas de trabajo en la protección y promoción de derechos humanos, con respecto a poblaciones indígenas y no indígenas. Para el futuro, se destaca que esta articulación entre las áreas será un elemento clave para el éxito en las instacias de preparación e implementación del Programa, una vez que se identifiquen los proyectos a ser financiados por el BIRF. 8. Revisión y Monitoreo La evaluación, seguimiento y monitoreo del PPI constituye una herramienta insustituible para capitalizar las experiencias innovadoras y exitosas y aprender las lecciones que resultan de las dificultades y los fracasos. Los procedimientos para el seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan contribuirán tanto para introducir los cambios y correcciones oportunas en la implementación del mismo como para mejorar la gestión de las administraciones intervinientes. 55 Los Planes para Poblaciones Indígenas (PPI) deberán contar con la no objeción del Banco. Los borradores que se someterán a consulta deberán ser revisados por el equipo del Banco para confirmar que los mismos tengan los contenidos mínimos descriptos en el presente Marco. Asimismo, el PPI preliminar o borrador debe ser puesto a disposición de las comunidades involucradas identificadas en la evaluación social y conformar la base para la consulta. Las consideraciones y recomendaciones efectuadas por las comunidades consultadas deben ser expresadas en el documento del PPI final. Aquellas consideraciones o recomendaciones que no sean pertinentes de inclusión, serán detalladas junto con la justificación de su no inclusión. El PPI final incluirá las actas de apoyo de las comunidades. Las UEP/UEM deberán instrumentar las medidas necesarias que permitan a la UCN efectuar el control y monitoreo del cumplimiento del PPI en cada aglomerado y como parte de estas medidas las UEP/UEM presentarán a la UCN informes periódicos respecto a la situación de ejecución de los PPI - durante el periodo de duración de la obra. Asimismo, se realizará una evaluación ex post del PPI cuyos resultados se incluirán en un capítulo específico en el Informe Final Ambiental y Social que se prepara para cada proyecto. La siguiente tabla pretende esbozar algunos indicadores generales para las diferentes etapas del ciclo de los proyectos que integren el Programa y que se desarrollarán para cada Plan de Pueblos Indígenas en conjunto con las Comunidades indígenas afectadas: Tabla 3 : Objetivos, Indicadores a relevar y responsables según etapa de proyectos Responsable ETAPA DEL PPI Responsable OBJETIVO INDICADOR de /PROYECTO De Ejecución Supervisión Articulación de redes de apoyo - Cantidad de encuentros realizados con UEM/UEP SsHyDH con organizaciones indígenas, entidades indígenas SVyH gobiernos locales y entidades - Número de convenios u otros acuerdos Identificación, indigenistas a fin de garantizar similares con instituciones locales Diseño e una participación diversificada Implementación y eficaz a los fines del proyecto. Diseño e implementación de - Número Informes, actas u otro tipo de UEM/UEP SsHyDH Plan de Comunicación: registros escritos, fotográficos de SVyH divulgación y consulta, reuniones y distintas actividades Culturalmente apropiadas. comunitarias Participación adecuada de los - Número de organizaciones indígenas UEM/UEP SsHyDH pueblos indígenas en las que participaron en las reuniones y SVyH diversas etapas del proyecto actividades - Frecuencia de los encuentros y actividades con poblaciones indígenas y colectivos de género - Número de representantes de hogares, con al menos un integrante con autorreconocimiento indígena, que participaron en los talleres y actividades 56 Responsable ETAPA DEL PPI Responsable OBJETIVO INDICADOR de /PROYECTO De Ejecución Supervisión - Número de delegados de las comunidades indígenas y colectivos de género que participaron en las distintas actividades - Cantidad de iniciativas de las organizaciones Diseño e implementación de un - Satisfacción de los plazos establecidos UEM/UEP SsHyDH sistema de monitoreo con en el Plan SVyH tiempos, criterios y modos de monitoreo establecidos en cada - Conformidad de los costos y valores Banco una de las etapas del PPI. presupuestados con los gastos efectivos Mundial - Seguimiento y cumplimiento de las Monitoreo y actividades y obras contempladas en el evaluación Plan. - Definición de criterios y determinación de indicadores para monitoreo y evaluación del Plan. - Determinación de metas y objetivos Evaluación ex post Diseño e implementación de un - Variación en los indicadores UEM/UEP SsHyDH sistema de evaluación ex post determinados en la etapa de diseño del SVyH del PPI. mecanismo de monitoreo y evaluación. Banco - Cumplimiento de metas y objetivos Mundial preconcebidas en el Plan - Seguimiento de los impactos esperados del Plan. El objetivo de los anteriores indicadores es servir de referencia para el diseño de un mecanismo de monitoreo apropiado para realizar el seguimiento de las actividades y las mediciones del cumplimiento de las metas y objetivos propuestos en el MPPI y los PPIs los cuales fueran debidamente consensuados y compartidos con las comunidades afectadas, y realizar los ajustes que sean necesarios para la satisfacción de las necesidades de dichas comunidades. 9. Incorporación de futuros proyectos y comunidades Tal como se mencionó en la introducción respecto del Componente 2: Mejoramiento Integral del Hábitat,el Programa iniciará con intervenciones en los aglomerados de Gran Córdoba, Gran Mendoza, San Salvador de Jujuy – Palpalá, Mar del Plata – Batán y San Miguel de Tucumán – Tafí Viejo. Podrán incluirse nuevos subejecutores durante la implementación del Programa. Para su inclusión se deberá contar con una evaluación de capacidad institucional (de gestión financiera y de adquisiciones) por parte de la UCN que posteriormente será revisada por el equipo de Banco Mundial para inclusión en el Programa. 57 A su vez, en caso que se incorporasen al Programa nuevos aglomerados, el presente Marco presenta la flexibilidad necesaria para ser replicado independientemente del área urbana de la cual se trate. Más allá de ello, será la evaluación social específica de cada proyecto la que constatará la presencia de comunidades indígenas y otros grupos sociales vulnerables, así como las particulares características de cada una de las áreas de intervención. 10. Apéndices APÉNDICE 1: Proporción de población indígena o descendiente de pueblos indígenas u originarios, según provincia. Total país. 2010 Población en vivivendas particulares Provincia Población indígena o descendiente de pueblos Total indígenas u originarios (1) Total % Total del país 39.671.131 955.032 2,4 Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2.830.816 61.876 2,2 Chubut 498.143 43.279 8,7 Neuquén 541.816 43.357 8,0 Jujuy 666.852 52.545 7,9 Río Negro 626.766 45.375 7,2 Salta 1.202.754 79.204 6,6 Formosa 527.023 32.216 6,1 La Pampa 315.110 14.086 4,5 Chaco 1.048.036 41.304 3,9 Santa Cruz 261.993 9.552 3,6 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur 123.117 3.563 2,9 Mendoza 1.721.285 41.026 2,4 Interior de la provincia de Buenos Aires 5.619.706 112.671 2,0 Buenos Aires 15.482.751 299.311 1,9 Catamarca 362.307 6.927 1,9 24 partidos del Gran Buenos Aires 9.863.045 186.640 1,9 San Luis 428.406 7.994 1,9 Córdoba 3.256.521 51.142 1,6 Santa Fe 3.164.038 48.265 1,5 Tucumán 1.440.568 19.317 1,3 Santiago del Estero 867.779 11.508 1,3 Misiones 1.091.318 13.006 1,2 La Rioja 331.674 3.935 1,2 San Juan 673.297 7.962 1,2 Entre Ríos 1.223.631 13.153 1,1 Corrientes 985.130 5.129 0,5 (1) Se considera población indígena a las personas que se autorreconocen como descendientes (porque tienen algún antepasado), o pertenecientes a algún pueblo indígena u originario (porque se declaran como tales). Notas: (i) la población total incluye a las personas viviendo en situación de calle; (ii) Los datos que aquí se publican surgen del cuestionario ampliado, que se aplicó a una parte de la población. Los valores obtenidos son estimaciones de una muestra y por tanto contemplan el llamado “error muestral”; (iii) las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes forman parte integrante del territorio nacional argentino. Debido a que dichos territorios se encuentran sometidos a la ocupación ilegal del REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA e IRLANDA DEL NORTE, la REPÚBLICA ARGENTINA se vio impedida de llevar a cabo el Censo 2010 en esa área. Estas islas pertenecen al departamento "Islas del Atlántico Sur". De este departamento, fue censada sólo la base que se encuentra en la Isla Laurie, que pertenece a las Islas Orcadas del Sur. La Base Antártica Orcadas situada en dicha isla es la más antigua de las bases antárticas en funcionamiento que pertenecen a la República Argentina. Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010. 58 Población de un pueblo indígena, por pueblo indígena y región muestral. Años 2004-2005. Población que se reconoce perteneciente y/o Pueblo indígena Región muestral (1) descendiente en primera generación de pueblos indígenas (2) 2004-2005 Atacama Total del país 3.044 Jujuy 2.805 Resto del país (..) Ava guaraní Total del país 21.807 Jujuy y Salta 17.592 Corrientes, Entre Ríos, Misiones y Santa Fe 418 Ciudad de Buenos Aires y 24 Partidos del Gran Buenos Aires 3.268 Resto del país 529 Aymara Total del país 4.104 Chané Total del país ... Salta 2.099 Resto del país ... Charrúa Total del país ... Entre Ríos 676 Resto del país ... Chorote Total del país 2.613 Salta 2.147 Resto del país 466 Chulupí Total del país 553 Formosa y Salta 440 Resto del país 113 Comechingón Total del país 10.863 Córdoba 5.119 Resto del país 5.744 Total del país 31.753 Diaguita/ Diaguita calchaquí Jujuy, Salta y Tucumán 14.810 Catamarca, Córdoba, La Rioja, Santa Fe y Santiago del Estero 6.138 Ciudad de Buenos Aires y 24 Partidos del Gran Buenos Aires 6.217 Resto del país 4.588 Guaraní Total del país 22.059 Jujuy y Salta 6.758 Corrientes, Entre Ríos, Misiones y Santa Fe 2.372 Ciudad de Buenos Aires y 24 Partidos del Gran Buenos Aires 9.089 Resto del país 3.840 Huarpe Total del país 14.633 Mendoza, San Juan y San Luis 12.710 Ciudad de Buenos Aires y 24 Partidos del Gran Buenos Aires 1.136 Resto del país 787 Kolla Total del país 70.505 Jujuy y Salta 53.106 59 Ciudad de Buenos Aires y 24 Partidos del Gran Buenos Aires 10.829 Resto del país 6.570 Lule Total del país 854 Maimará Total del país ... Jujuy 178 Resto del país ... Mapuche Total del país 113.680 Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego 78.534 La Pampa y Resto de la Provincia de Buenos Aires 20.527 Ciudad de Buenos Aires y 24 Partidos del Gran Buenos Aires 9.745 Resto del país 4.874 Mbyá guaraní Total del país 8.223 Misiones 4.083 Resto del país 4.140 Mocoví Total del país 15.837 Chaco y Santa Fe 12.145 Resto del país 3.692 Omaguaca Total del país 1.553 Jujuy 1.374 Resto del país (..) Ona Total del país 696 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur 391 Ciudad de Buenos Aires y 24 Partidos del Gran Buenos Aires 114 Resto del país 191 Pampa Total del país 1.585 Pilagá Total del país 4.465 Formosa 3.948 Resto del país 517 Quechua Total del país ... Jujuy y Salta 561 Resto del país ... Querandí Total del país 736 Rankulche Total del país 10.149 La Pampa 4.573 Ciudad de Buenos Aires y 24 Partidos del Gran Buenos Aires 1.370 Resto del país 4.206 Sanavirón Total del país ... Córdoba 528 Resto del país ... Tapiete Total del país ... Salta 484 Resto del país ... Tehuelche Total del país 10.590 Chubut y Santa Cruz 4.351 Ciudad de Buenos Aires y 24 Partidos del Gran Buenos Aires 1.664 Resto del país 4.575 Toba Total del país 69.452 Chaco , Formosa y Santa Fe 47.591 Ciudad de Buenos Aires y 24 Partidos del Gran Buenos Aires 14.466 Resto del país 7.395 Tonocote Total del país 4.779 Tupí guaraní Total del país 16.365 60 Jujuy y Salta 6.444 Corrientes, Entre Ríos, Misiones y Santa Fe 195 Ciudad de Buenos Aires y 24 Partidos del Gran Buenos Aires 8.483 Resto del país 1.243 Wichí Total del país 40.036 Chaco, Formosa y Salta 36.149 Resto del país 3.887 Fuente: INDEC. Encuesta Complementaria de Pueblos Indígenas (ECPI) 2004-2005 - Complementaria del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001. (1) Región muestral integrada por la o las provincias consignadas. (2) Alrededor del 1% de estas personas tiene ascendencia indígena mixta (sus progenitores pertenecen a distintos pueblos) y no se reconocen pertenecientes a ningún pueblo específicamente. En consecuencia, en esta medición, están formando parte de uno y otro pueblo indígena. (..) Dato estimado a partir de una muestra con CV superior al 25%. ... Dato no disponible a la fecha de presentación de los resultados. APÉNDICE 2: Las tierras y sus recursos naturales Los Pueblos Indígenas están estrechamente vinculados a la tierra, los bosques, el agua, la vida silvestre y demás recursos naturales, por lo que es necesario aplicar ciertas consideraciones especiales si el proyecto afecta a estos vínculos. En esta situación, durante la evaluación social y la preparación del PPI o MPPI, el prestatario presta particular atención a lo siguiente: a) Los derechos consuetudinarios 18 de los Pueblos Indígenas, tanto individuales como colectivos, sobre las tierras o territorios que poseían tradicionalmente, o que usaban u ocupaban habitualmente, en los que el acceso a los recursos naturales resulta vital para la sostenibilidad de sus culturas y sus medios de vida; b) La necesidad de proteger dichas tierras y recursos frente a la intrusión o usurpación ilegal; c) Los valores culturales y espirituales que los Pueblos Indígenas atribuyen a dichas tierras y recursos, y d) Sus prácticas de gestión de los recursos naturales y la sostenibilidad de dichas prácticas a largo plazo. Si el proyecto implica a) actividades que dependen del reconocimiento jurídico de derechos sobre las tierras y los territorios que los Pueblos Indígenas han poseído tradicionalmente, o que han usado u ocupado habitualmente (como los proyectos de adjudicación de títulos de propiedad de las tierras), o b) la adquisición 18La expresión “derechos consuetudinarios” hace referencia, más que al título jurídico formal sobre la tierra y los recursos expedido por el Estado, a los patrones de uso comunitario prolongado de la tierra y de los recursos de acuerdo con las leyes consuetudinarias, los valores, las costumbres y las tradiciones de los Pueblos Indígenas, incluido el uso cíclico o estacional. 61 de dichas tierras, en el PPI se establece un plan de acción para el reconocimiento jurídico de la propiedad, la ocupación o el uso. Normalmente, el plan de acción se lleva a cabo antes de la ejecución del proyecto; no obstante, en algunos casos puede ser necesario llevarlo a cabo al mismo tiempo que el propio proyecto. El reconocimiento jurídico puede requerir una de las siguientes modalidades: a) El pleno reconocimiento jurídico de los sistemas consuetudinarios existentes de tenencia de la tierra por parte de los Pueblos Indígenas, o b) La transformación de los derechos consuetudinarios de uso en derechos de propiedad comunal o individual. Si la legislación nacional no permite ninguna de estas opciones, en el PPI se incluyen medidas para el reconocimiento jurídico de derechos de uso o custodia renovables, perpetuos o a largo plazo. Explotación comercial de los recursos naturales y culturales Si el proyecto implica la explotación comercial de recursos naturales (como minerales, hidrocarburos, bosques, recursos hídricos o zonas de caza o pesca) en tierras o territorios que los Pueblos Indígenas poseían tradicionalmente, o que usaban u ocupaban habitualmente, el prestatario se asegura de que, en el contexto de consultas previas, libres e informadas, las comunidades afectadas reciban información sobre: a) sus derechos sobre dichos recursos conforme a la ley y al derecho consuetudinario, b) el alcance y la naturaleza de la explotación comercial que se pretende, así como sobre las partes interesadas o implicadas en la explotación, y c) los posibles efectos de dicha explotación sobre los medios de vida y el medio ambiente de los Pueblos Indígenas y sobre el uso de los recursos. El prestatario incluye mecanismos en el PPI para posibilitar que los Pueblos Indígenas reciban una participación equitativa en los beneficios18 que resulten de la explotación comercial; como mínimo, los mecanismos del PPI deberán asegurar que los Pueblos Indígenas reciban, de manera apropiada desde el punto de vista cultural, los beneficios, indemnizaciones y derechos a un debido proceso, equivalentes, cuando menos, a los que tendría derecho cualquier propietario con pleno título legal sobre la tierra en caso de que sus tierras fueran sometidas a explotación comercial. Si el proyecto implica la explotación comercial de los recursos culturales y los conocimientos (por ejemplo, farmacológicos o artísticos) de los Pueblos Indígenas, el prestatario se asegurará de que, en el contexto del proceso de consulta previa, libre e informada, las comunidades afectadas sean informadas de a) sus derechos sobre dichos recursos conforme a la ley y al derecho consuetudinario, b) el alcance y la naturaleza de la 62 explotación comercial que se pretende, así como de las partes interesadas o implicadas en la explotación, y c) los posibles efectos de dicha explotación sobre los medios de vida y el medio ambiente de los Pueblos Indígenas y sobre el uso de los recursos. La explotación comercial de los recursos culturales y los conocimientos de estos Pueblos Indígenas está condicionada a su acuerdo previo con dicha explotación. En el PPI se refleja la naturaleza y contenido de los acuerdos, y se incluyen mecanismos para posibilitar que los Pueblos Indígenas reciban beneficios apropiados desde el punto de vista cultural, así como una participación equitativa en los beneficios procedentes de dicha explotación comercial. Desplazamiento físico de los Pueblos Indígenas Debido a la particular complejidad del desplazamiento físico de los Pueblos Indígenas, que puede tener importantes efectos negativos sobre su identidad, su cultura y sus medios de vida habituales, el Banco requiere que el prestatario estudie otros posibles diseños del proyecto que permitan evitar el desplazamiento físico de Pueblos Indígenas. Cuando, en circunstancias excepcionales, no sea posible evitar el desplazamiento, el prestatario se abstendrá de llevarlo a cabo hasta obtener amplio apoyo al mismo por parte de las comunidades indígenas afectadas, en el contexto del proceso de consulta previa, libre e informada. En tales casos, el prestatario elabora un plan de reasentamiento, de conformidad con la OP 4.12, Reasentamiento involuntario, que sea compatible con las preferencias culturales de los Pueblos Indígenas e incluya una estrategia de reasentamiento basada en el acceso a la tierra. Como parte del plan de reasentamiento, el prestatario documenta los resultados del proceso de consultas. Siempre que sea posible, el plan de reasentamiento debe prever el retorno de los Pueblos Indígenas afectados a las tierras y territorios que poseían tradicionalmente, o que usaban u ocupaban habitualmente, en caso de que dejen de existir las razones que motivaron su desplazamiento. En muchos países, las tierras reservadas como parques y zonas protegidas designados legalmente como tales pueden coincidir con tierras y territorios que poseían tradicionalmente los Pueblos Indígenas, o que los usaban u ocupaban habitualmente. El Banco reconoce la importancia de estos derechos de propiedad, ocupación o uso, así como la necesidad de una gestión sostenible a largo plazo de los ecosistemas críticos. Por consiguiente, deben evitarse las restricciones involuntarias al acceso de los Pueblos Indígenas a los parques y zonas protegidas designados legalmente como tales y, en particular, al acceso a sus lugares sagrados. En circunstancias excepcionales, cuando no es posible evitar las restricciones al acceso, el prestatario elabora, mediante consultas previas, libres e informadas con las comunidades indígenas afectadas, un marco de procedimiento según lo previsto en la OP 4.12. El marco de procedimiento establece 63 las directrices para la elaboración, durante la ejecución del proyecto, de un plan de gestión de cada parque y zona protegida y asegura que los Pueblos Indígenas tomen parte en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación del plan de gestión, y que reciban una participación equitativa en los beneficios que generen los parques y las zonas protegidas. El plan de gestión debe dar prioridad a los mecanismos de colaboración que posibiliten que los Pueblos Indígenas, como custodios de los recursos, sigan usándolos de manera ecológicamente sostenible. Los Pueblos Indígenas y el desarrollo En cumplimiento de los objetivos de esta política, el Banco puede, a petición de un país miembro, prestarle apoyo en la planificación de sus estrategias de desarrollo y reducción de la pobreza facilitándole ayuda financiera para diversas iniciativas encaminadas a los siguientes fines: a) Fortalecer la legislación local, en la medida necesaria, para establecer el reconocimiento jurídico de los sistemas consuetudinarios o tradicionales de tenencia de la tierra de los Pueblos Indígenas; b) Favorecer la inclusión de los Pueblos Indígenas en el proceso de desarrollo mediante la incorporación de sus puntos de vista en el diseño de los programas de desarrollo y las estrategias de reducción de la pobreza, y brindándoles oportunidades de beneficiarse aún más de los programas de desarrollo mediante reformas legales y normativas, capacitación, y consulta y participación previas, libres e informadas; c) Apoyar las prioridades de desarrollo de los Pueblos Indígenas mediante programas (como los programas de desarrollo impulsado por la comunidad y los fondos sociales administrados localmente) llevados a cabo por los gobiernos en cooperación con los Pueblos Indígenas; d) Abordar las cuestiones intergeneracionales y de género19 existentes en muchos Pueblos Indígenas, con atención a las necesidades especiales de las mujeres, jóvenes y niños indígenas; e) Elaborar, en forma participativa, perfiles de los Pueblos Indígenas para documentar su cultura, estructura demográfica, relaciones intergeneracionales y de género, organización social, instituciones, sistemas de producción, creencias religiosas y patrones de uso de los recursos; f) Fortalecer la capacidad de las comunidades y organizaciones de Pueblos g) Indígenas para elaborar, ejecutar, supervisar y evaluar programas de desarrollo; h) Fortalecer la capacidad de los organismos públicos responsables de la prestación de servicios de desarrollo a los Pueblos Indígenas; i) Proteger los conocimientos indígenas, incluso fortaleciendo los derechos de propiedad intelectual, y 64 j) Facilitar las alianzas entre el gobierno, las organizaciones de Pueblos Indígenas, las organizaciones de la sociedad civil y el sector privado para promover programas de desarrollo de los Pueblos Indígenas. APÉNDICE 3: En el presente Apéndice se presentan las caracterizaciones de las poblaciones indígenas de las cinco provincias en las que se encuentran los aglomerados Mendoza El 2,4% de la población de la provincia de Mendoza se reconoce indígena. Se trata de 41.026 personas sobre un total de 1.738.929 habitantes. Cuando analizamos la composición de la población indígena por pueblo de pertenencia encontramos que el 48,7% pertenece al pueblo Huarpe, el 14,9% al Mapuche, el 10,7% al Quechua y el 4,6% al Kolla. En cuanto a la nacionalidad de los mismos el 92,2% nació en la Argentina y el 7,8% nació en otro país. De los nacidos en la Argentina, sólo el 12,3% es nació fuera de la provincia de Mendoza. Las siguientes tablas y gráficos ilustran la composición de la población indígena de Mendoza: Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010. En lo que respecta a la distribución geográfica de la población indígena de Mendoza, del Censo 2010 se infiere que el 72,9% de la población indígena de la provincia de Mendoza vive en áreas urbanas y el 27,1% en áreas 65 rurales. A su vez, los tres pueblos originarios más numerosos de la provincia (Huarpe, Mapuche y Quechua) son mayoritariamente urbanos. A su vez, la siguiente tabla muestra la distribución urbana y rural de la población indígena de Mendoza: Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010. Analizando la distribución etaria de la población indígena, en comparación con la general de la provincia, verificamos que mantienen proporciones similares: en el grupo de 0 a 14 años, 25,5% frente al 25,6% provincial; en el grupo de 15 a 64 años, 68,2% frente al 64,1% provincial; y en el de 65 años y más, 6,3% frente al 10,3% provincial. Los resultados son expuestos en la siguiente tabla: Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010. 66 Desde una mirada más específica de la pirámide de los pueblos originarios de la provincia de Mendoza, se perciben diferencias respecto del total provincial. La mayor concentración de población se encuentra entre los grupos de 10 a 24 años. En los grupos de 0 a 4 años y de 60 años y más, la proporción de la población indígena es significativamente menor a la de la población provincial. En términos generales, la distribución entre sexos arroja una leve predominancia de varones, pero en la distribución por grupos es pareja. Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010. Interiorizando en las características educativas de la población indígena de Mendoza hallamos que la tasa de analfabetismo es del 3%, siendo levemente mayor entre las mujeres (3,4%) que entre los varones (2,5%). Esta leve diferencia desaparece en los totales provinciales: mujeres 2,1%; varones 2,2% como se desprende de la siguiente tabla. Población total y población indígena u originaria de 10 años y más por sexo y condición de alfabetismo. Provincia de Mendoza. Año 2010 Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010. 67 Dentro de los indicadores que relevan los niveles de asistencia y matriculación escolar encontramos que el 35,5% de la población indígena mayor de 3 años de la provincia de Mendoza asiste a un establecimiento educativo, el 60,2% asistió y el 4,3% nunca asistió. Entre los 13.982 pobladores indígenas de Mendoza que asisten actualmente a un establecimiento escolar, el mayor porcentaje está en los grupos de 6 a 11 años: 99,2% (frente al 99,4% provincial), de 12 a 14 años: 97% (frente al 96,9% del total provincial) y de 15 a 17 años: 81,1% (frente al 81,4% del total provincial). En el grupo de 18 a 24 años cae de modo significativo al 39,4% (frente al 38,5% del total provincial). El 50,8% de los indígenas que nunca asistieron a un establecimiento educativo es mayor de 30 años. Entre los indígenas que nunca asistieron a un establecimiento educativo en esos grupos de edad, es significativa la diferencia de mujeres con respecto a varones. El 94% de los 23.654 indígenas mayores de 5 años que asistieron a un establecimiento educativo tienen 20 años y más. De las 22.228 personas de 20 años y más que asistieron a un establecimiento educativo, el 17,3% tiene primario incompleto; el 25,4% primario completo; el 18,6% secundario incompleto; el 19% secundario completo y el 19,7% niveles superiores. Debe tenerse en cuenta que a partir de esta edad, en una situación ideal, esta población debería haber completado el secundario y/o estar cursando niveles superiores. El siguiente cuadro resumen algunas de las cifras mencionadas: Población indígena u originaria de 5 años y más que asistió a un establecimiento educativo por nivel de educación alcanzado y completud del nivel, según grandes grupos de edad. Provincia de Mendoza. Año 2010 Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010 En lo referido a niveles de cobertura previsional, encontramos que el 92,7% de la población indígena de 65 años y más de la provincia de Mendoza percibe jubilación o pensión (frente al 94% del total provincial). Es conveniente enfatizar que la población indígena de 65 años y más representa el 6,3% del total de indígenas provincial. Indagando sobre la situación laboral de los pueblos indígenas de Mendoza verificamos que la tasa de actividad de la población indígena de la provincia de Mendoza es del 63,8%, frente al 63,3% del total provincial y al 65,6% del nacional. Dichos valores toman diferentes niveles según sexo, en los varones es del 76,5% y en las 68 mujeres del 51,3%. Por otro lado la tasa de ocupación de la población indígena coincide con la tasa del total provincial en 58,9%. La tasa de desocupación de la población indígena de la provincia de Mendoza es del 7,6% frente al 6,9% del total provincial y el 5,9% del promedio nacional. En la discriminación por sexo, la desocupación entre los varones es del 4,9% y entre las mujeres del 11,6% frente a las tasas provinciales del 4,8% y 10% respectivamente. El porcentaje de población no económicamente activa entre los indígenas de la provincia de Mendoza es del 36,2%, (frente al 36,7% del total provincial). De ese total el 67,8% son mujeres y el 32,2% son varones. La siguiente tabla intenta resumir las cifras anteriormente mencionadas: Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010 Condiciones de la Vivienda Según los datos recabados por el Censo,el 78,9% de los hogares indígenas de la provincia de Mendoza habita en viviendas no deficitarias y el 21,1% habita en viviendas deficitarias, como muestra la siguiente tabla: Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010 69 En relación con el hacinamiento, el 16,6% de los hogares indígenas habita en viviendas con 2 a 3 personas por cuarto, frente al promedio provincial del 14%. Por su parte, el 5,5% de los hogares indígenas habita en viviendas con hacinamiento crítico (más de tres personas por cuarto), frente al promedio provincial del 3,8%. Como se aprecia en la siguiente tabla, en casi el 80% de los hogares con por lo menos un integrante auto reconocido como poblador indígena, la cantidad de habitantes del hogar era de menos de 2 integrantes. Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010 Córdoba El 1,5% de la población de la provincia de Córdoba se reconoce indígena. Se trata de 51.142 personas sobre un total de 3.308.876 habitantes. Ese porcentaje es inferior a la media nacional de 2,4%. El 33,9% de esos 51.142 habitantes se autorreconoció perteneciente al pueblo Comechingón, el 9,7% al Mapuche y el 8,6% al Diaguita-Calchaquí. Las siguientes tablas y gráficos ilustran la composición de la población indígena de Córdoba: 70 El 91% de la población indígena de la provincia de Córdoba vive en áreas urbanas y el 9% en áreas rurales. Los tres pueblos originarios más numerosos de la provincia (Comechingón, Mapuche y Diaguita-Calchaquí) son mayoritariamente urbanos. El pueblo Comechingón presenta un 89% de población urbana, el pueblo Mapuche un 93,3% y el Diaguita-Calchaquí un 94,6%. A su vez, la siguiente tabla muestra la distribución urbana y rural de la población indígena de Córdoba: Población indígena u originaria por área urbana o rural, según pueblo indígena u originario. Provincia de Córdoba. Año 2010 El análisis por grandes grupos de edad demuestra que, comparada con la población total de la provincia, la población indígena mantiene proporciones similares en los grupos de 0 a 14 años, 25,6% frente al 24,3% provincial y de 15 a 64 años, 67,7% frente al 64,5% provincial. Las diferencias se dan en el grupo de 65 años y más, donde la población indígena tiene una proporción de 6,7% frente al 11,2% provincial. Población total y población indígena u originaria por grandes grupos de edad. Provincia de Córdoba. 2010 71 Población total y población indígena u originaria por grandes grupos de edad. Provincia de Córdoba. Año 2010 Población indígena u originaria por sexo y grupo quinquenal de edad. Provincia de Córdoba. Año 2010 Desde una mirada más específica de la pirámide de los pueblos originarios de la provincia de Córdoba, se perciben diferencias respecto del total provincial. La mayor concentración de población se encuentra entre 72 los grupos de 5 a 19 años. En todos los grupos de edad a partir de los 50 años la proporción de población del total provincial supera la proporción de la población indígena; sin embargo es en los grupos de 0 a 4 años y de 65 años y más donde esas diferencias son más significativas. En términos generales la distribución entre sexos muestra una leve predominancia de mujeres en la mayoría de los grupos de edad. En el grupo de edad de 65 a 69 años el índice de masculinidad alcanza el valor más alto de 120,4. En los grupos de más de 70 años las mujeres son mayoría. Interiorizando en las características educativas de la población indígena de Córdoba El 35,9% de la población indígena mayor de 3 años de la provincia de Córdoba asiste a un establecimiento educativo, el 61,9% asistió y sólo el 2,2% nunca asistió. Entre los 17.602 indígenas que asisten actualmente a un establecimiento escolar, el mayor porcentaje de asistencia está en los grupos de 6 a 11 años: 99,8% (frente al 99,3% del total provincial), 12 a 14 años: 96,6% (frente al 95,8% del total provincial) y de 15 a 17 años: 80,5% (frente al 79,5% del total provincial). En el grupo de 18 a 24 años la proporción baja de modo significativo al 39,1% (frente al 38,8% del total provincial). El 37% de los indígenas que nunca asistieron a un establecimiento educativo es mayor de 30 años. Entre estos se percibe una marcada mayoría de mujeres. Población indígena u originaria de 5 años y más que asistió a un establecimiento educativo por nivel de educación alcanzado y completud del nivel, según grandes grupos de edad. Provincia de Córdoba. Año 2010 El 94,6% de los 30.307 indígenas, mayores de 5 años, que asistieron a un establecimiento educativo de la provincia de Córdoba tiene 20 años y más. De las 28.683 personas de 20 años y más que asistieron a un establecimiento educativo, el 10% tiene primario incompleto; el 20% primario completo; el 20% secundario incompleto; el 21,1% secundario completo y el 28,9% niveles superiores. Debe tenerse en cuenta que a partir de esta edad, en una situación ideal, esta población debería haber completado el secundario y/o estar cursando niveles superiores. 73 La tasa de actividad de la población indígena de la provincia de Córdoba es del 68,9%, frente al 65% del total provincial y el 65,6% del nacional. Diferenciada por sexo, en los varones es del 79% y en las mujeres del 58,9%. La tasa de ocupación de la población indígena de la provincia de Córdoba es del 63,9%, frente al 61,2% del total provincial. La tasa de desocupación de la población indígena de la provincia de Córdoba es del 7,2% frente al 5,9% del promedio provincial y el 5,9% del promedio nacional. En la ponderación por sexo, la desocupación entre los varones es del 4,8% y entre las mujeres del 10,5%, frente a las tasas provinciales del 3,9% y del 8,5% respectivamente. El porcentaje de población no económicamente activa entre los indígenas de la provincia es del 31,1% (frente al 35% del total provincial). De ese total el 66,2% son mujeres y el 33,8% son varones. Población indígena u originaria de 14 años y más por condición de ocupación, según sexo. Provincia de Córdoba. Año 2010 Condiciones de la Vivienda Según los datos recabados por el Censo, las viviendas deficitarias comprenden las casas tipo B y las viviendas precarias. Por otra parte, las viviendas no deficitarias incluyen las casas tipo A, los departamentos y pieza/s en hotel. Según los datos que se observan en el cuadro 8.1.1., el 88,1% de los hogares indígenas de la provincia de Córdoba habita en viviendas no deficitarias y el 11,9% en viviendas deficitarias. 74 En relación con el hacinamiento, el 13,7% de los hogares indígenas habita en viviendas con 2 a 3 personas por cuarto, frente al promedio provincial del 12,5%. Por su parte, el 3,1% de los hogares indígenas habita en viviendas con hacinamiento crítico (más de tres personas por cuarto), frente al promedio provincial del 3,2%. Hogares totales y hogares con una o más personas indígenas u originarias por hacinamiento del hogar. Provincia de Córdoba. Año 2010 Buenos Aires El 2% de la población del interior de la provincia de Buenos Aires se reconoce indígena. Se trata de 112.671personas sobre un total de 5.708.369 habitantes. Ese porcentaje es inferior a la media nacional de 2,4%. El 32,6% de esos 112.671 habitantes se autorreconoció perteneciente al pueblo Mapuche, el 12% al Toba, y el 11,9% al Guaraní. Población indígena u originaria por pueblo indígena u originario. Interior de la provincia de Buenos Aires. Año 2010 75 El 93% de la población indígena del interior de la provincia de Buenos Aires vive en áreas urbanas y el 7% en áreas rurales. Los tres pueblos originarios más numerosos (Mapuche, Toba y Guaraní) son mayoritariamente urbanos. El pueblo Mapuche presenta un 93,8% de población urbana, el pueblo Toba un 94,9% y el Guaraní un 92,6%. Población indígena u originaria por área urbana o rural, según pueblo indígena u originario. Interior de la provincia de Buenos Aires. Año 2010 El análisis por grandes grupos de edad demuestra que, comparada con la población total del interior de la provincia de Buenos Aires, la población indígena mantiene similares proporciones en los grupos: de 0 a 14 años, 25,9% frente al 24,3% del interior provincial y de 15 a 64 años, 66,8% frente al 63,7% del interior provincial; y presenta mayores diferencias en el grupo de 65 años y más, 7,3% frente al 12% del total del interior provincial. Población total y población indígena u originaria por grandes grupos de edad. Interior de la provincia de Buenos Aires. Año 2010 76 Población total y población indígena u originaria por grandes grupos de edad. Interior de la provincia de Buenos Aires. Año 2010 Población indígena u originaria por sexo y grupo quinquenal de edad. Interior de la provincia de Buenos Aires. Año 2010 Desde una mirada más específica de la pirámide de los pueblos originarios se perciben diferencias respecto del total del interior de la provincia de Buenos Aires. La mayor concentración de población se encuentra entre los grupos de 5 a 19 años. En los grupos de 0 a 4 años, 25 a 29 años y en todos los grupos luego de los 55 años, se observa menor representación respecto del promedio del interior de la provincia de Buenos Aires. En términos generales, la distribución entre sexos presenta predominancia femenina en la mayoría de los grupos de edad y se acentúa en el grupo de edad de 80 y más, con un índice de masculinidad de 69,8. Con respecto a la educación, El 94,9% de los 66.246 indígenas mayores de 5 años que asistieron a un establecimiento educativo del interior de la provincia de Buenos Aires tiene 20 años y más. 77 De las 62.899 personas de 20 años y más que asistieron a un establecimiento educativo, el 12,2% tiene primario incompleto; el 28,2% primario completo; el 18,5% secundario incompleto; el 20,7% secundario completo y el 20,4% niveles superiores. Debe tenerse en cuenta que a partir de esta edad, en una situación ideal, la población debería haber completado el secundario y/o estar cursando niveles superiores. Población indígena u originaria de 5 años y más que asistió a un establecimiento educativo por nivel de educación alcanzado y completud del nivel, según grandes grupos de edad. Interior de la provincia de Buenos Aires. Año 2010 La tasa de actividad de la población indígena del interior de la provincia de Buenos Aires es del 69%, frente al 66,6% del total del interior provincial y el 65,6% del total nacional. Diferenciada por sexo, en los varones es del 79,4% y en las mujeres del 58,9%. La tasa de ocupación de la población indígena del interior de la provincia de Buenos Aires es del 64%, frente al 62,9% del total. La tasa de desocupación de la población indígena del interior de la provincia de Buenos Aires es del 7,3%, frente al 5,5% del promedio del interior provincial y el 5,9% del promedio nacional. En la ponderación por sexo, la desocupación entre los varones es del 4,6% y entre las mujeres del 10,9%, frente a las tasas del interior provincial del 3,6% y del 8% respectivamente. El porcentaje de población no económicamente activa entre los indígenas del interior de la provincia de Buenos Aires es del 31% (frente al 33,4% del total). De ese total el 67,2% son mujeres y el 32,8% son varones. Población indígena u originaria de 14 años y más por condición de ocupación, según sexo. Interior de la provincia de Buenos Aires. Año 2010 78 Condiciones de la Vivienda Las viviendas deficitarias comprenden las casas tipo B y las viviendas precarias. Por otra parte, las viviendas no deficitarias incluyen las casas tipo A, los departamentos y pieza/s en hotel. Según los datos que se observan en el cuadro 8.1.1., el 82,9% de los hogares indígenas del interior de la provincia de Buenos Aires habitan en viviendas no deficitarias y el 17,1% en viviendas deficitarias. Hogares con una o más personas indígenas u originarias por tipo de vivienda. Interior de la provincia de Buenos Aires. Año 2010 En relación con el hacinamiento, el 15,5% de los hogares indígenas habita en viviendas con 2 a 3 personas por cuarto, frente al promedio del interior provincial del 12,8%. Por su parte, el 3,8% de los hogares indígenas habita en viviendas con hacinamiento crítico (más de tres personas por cuarto), frente al promedio del interior provincial del 2,9%. Hogares totales y hogares con una o más personas indígenas u originarias por hacinamiento del hogar. Interior de la provincia de Buenos Aires. Año 2010 79 Jujuy El 7,8% de la población de la provincia de Jujuy se reconoce indígena. Se trata de 52.545 personas sobre un total de 673.307 habitantes. Ese porcentaje es más del triple de la media nacional de 2,4%. El 52,5% de esos 52.545 habitantes se autorreconoció perteneciente al pueblo Kolla, el 12,3% al Guaraní y el 11,7% al Omaguaca. Población indígena u originaria por pueblo indígena u originario. Provincia de Jujuy. Año 2010 Población indígena u originaria por área urbana o rural, según pueblo indígena u originario. Provincia de Jujuy. Año 2010 80 El análisis por grandes grupos de edad muestra que, comparada con el total provincial, la población indígena es levemente menor en el grupo de 0 a 14 años, 28,6% frente al 29,1% provincial; y en el de 65 años y más, 5,8% frente al 7,2% provincial. En cambio, es levemente mayor en el grupo de 15 a 64 años, 65,6% frente al 63,7% provincial. Población total y población indígena u originaria por grandes grupos de edad. Provincia de Jujuy. Año 2010 Población total y población indígena u originaria por grandes grupos de edad. Provincia de Jujuy. Año 2010 81 Población indígena u originaria por sexo y grupo quinquenal de edad. Provincia de Jujuy. Año 2010 La estructura de población de los pueblos originarios de la provincia de Jujuy es muy similar a la del total provincial. La mayor concentración de población se encuentra entre los grupos de 10 a 14 años y de 15 a 19 años y se produce una baja importante en los grupos de 20 a 24 años y de 25 a 29 años. El grupo de 0 a 4 años presenta una baja pronunciada respecto al promedio provincial. En términos generales, la distribución entre sexos es homogénea. Se puede notar, sin embargo, una diferencia relevante a favor de los varones solamente en los grupos de 65 a 69 años y de 70 a 74 años: en ellos el índice de masculinidad asciende a 115,1 y 118,1 respectivamente. La tasa de alfabetismo de la población indígena de la provincia de Jujuy es de 96,3%, frente al 96,9% del total provincial. Dentro de la población indígena, la tasa de analfabetismo es mayor entre las mujeres (5,4%) que entre los varones (2%). Esta brecha de género también se verifica en los totales provinciales: mujeres 4,2%; varones 2%. 82 Población total y población indígena u originaria de 10 años y más por sexo y condición de alfabetismo. Provincia de Jujuy. Año 2010 El 39,1% de la población indígena mayor de 3 años de la provincia de Jujuy asiste a un establecimiento educativo, el 56,2% asistió y sólo el 4,7% nunca asistió. Entre los 19.793 indígenas que asisten actualmente a un establecimiento escolar, el mayor porcentaje de asistencia se da en los grupos de 6 a 11 años: 99,1% (prácticamente el mismo porcentaje que el total provincial) y de 12 a 14 años: 95,2% (frente al 97% provincial). En el grupo de edad de 15 a 17 años el porcentaje de asistencia baja a 83,9% (frente al 85,8% del total provincial). En el grupo de 18 a 24 años la asistencia a un establecimiento educativo cae en la misma proporción en la población indígena y en el total provincial: 42,6% y 42,8% respectivamente. La mitad de los indígenas que nunca asistieron a un establecimiento educativo es mayor de 30 años; en ese grupo las mujeres representan el 72,1%. El 93,9% de los 28.334 indígenas mayores de 5 años que asistieron a un establecimiento educativo de la provincia de Jujuy tiene 20 años y más. De las 26.610 personas de 20 años y más que asistieron a un establecimiento educativo, el 22,2% presenta primario incompleto; el 32%, primario completo; el 16,4%, secundario incompleto; el 16,4%, secundario completo; y el 13% alcanzó niveles superiores. Debe tenerse en cuenta que a partir de esta edad, en una situación ideal, esta población debería haber completado el secundario y/o estar cursando niveles superiores. Población indígena u originaria de 5 años y más que asistió a un establecimiento educativo por nivel de educación alcanzado y completud del nivel, según grandes grupos de edad. Provincia de Jujuy. Año 2010 83 La tasa de actividad de la población indígena de la provincia de Jujuy es del 58,8%, frente al 61,7% del total provincial y el 65,6% del nacional. Diferenciada por sexo, en los varones es del 70% y en las mujeres del 47,7%. La tasa de ocupación de la población indígena de la provincia de Jujuy es del 58,3% frente al 54,9% del total provincial. La tasa de desocupación de la población indígena de la provincia de Jujuy es levemente más alta que el promedio provincial: 6,5%, frente al 5,6% y el 5,9% del nacional. En la comparación por sexo, la desocupación entre los varones de la población indígena es de 5,3% y entre las mujeres del 8,3%, frente a los promedios provinciales del 4% y 7,6% respectivamente. El porcentaje de población no económicamente activa entre los indígenas de la provincia de Jujuy es del 41,2%, frente al 38,3% del total provincial. De ese total el 63,7% son mujeres y el 36,3% son varones. Población indígena u originaria de 14 años y más por condición de ocupación, según sexo. Provincia de Jujuy. Año 2010 Condiciones de la Vivienda Las viviendas deficitarias comprenden las casas tipo B y las viviendas precarias. Por otra parte, las viviendas no deficitarias incluyen las casas tipo A, los departamentos y pieza/s en hotel. Según los datos que se observan en el cuadro 8.1.1., el 53,1% de los hogares indígenas de la provincia de Jujuy habita en viviendas deficitarias y el 46,9% habita en viviendas no deficitarias. Hogares con una o más personas indígenas u originarias por tipo de vivienda. Provincia de Jujuy. Año 2010 84 En relación con el hacinamiento, el 19,6% de los hogares indígenas habita en viviendas con 2 a 3 personas por cuarto, frente al promedio provincial del 18,9%. Por su parte, el 7,7% de los hogares indígenas habita en viviendas con hacinamiento crítico (más de tres personas por cuarto), frente al promedio provincial del 6,7%. Hogares totales y hogares con una o más personas indígenas u originarias por hacinamiento del hogar. Provincia de Jujuy. Año 2010 Tucumán El 1,3% de la población de la provincia de Tucumán se reconoce indígena. Se trata de 19.317 personas sobre un total de 1.448.188 habitantes. Ese porcentaje es inferior a la media nacional de 2,4%. El 72,2% de esos 19.317 habitantes se autorreconoció perteneciente al pueblo Diaguita-Calchaquí, el 4,8% al Toba, el 3,4% al Lule y el 3,4% al Quechua. Población indígena u originaria por pueblo indígena u originario. Provincia de Tucumán. Año 2010 85 El 57,9% de la población indígena de la provincia de Tucumán vive en áreas urbanas y el 42,1% en áreas rurales. Del pueblo originario más numeroso, el Diaguita-Calchaquí, el 50,3% vive en áreas urbanas y el 49,7% en áreas rurales. Población indígena u originaria por área urbana o rural, según pueblo indígena u originario. Provincia de Tucumán. Año 2010 El análisis por grandes grupos de edad demuestra que, comparada con la población total de la provincia, la población indígena mantiene proporciones similares: en el grupo de 0 a 14 años, 25,8% frente al 28,1% provincial; en el de 15 a 64 años, 66,9% frente al 63,8% provincial; y en el de 65 años y más, 7,3% frente al 8% provincial. Población total y población indígena u originaria por grandes grupos de edad. Provincia de Tucumán. Año 2010 86 Población total y población indígena u originaria por grandes grupos de edad. Provincia de Tucumán. Año 2010 Población indígena u originaria por sexo y grupo quinquenal de edad. Provincia de Tucumán. Año 2010 87 Desde una mirada más específica de la pirámide de los pueblos originarios de la provincia de Tucumán, se perciben diferencias respecto del total provincial. La mayor concentración de población se encuentra entre los grupos de 10 a 14 años y de 15 a 19 años. Los grupos de 0 a 4 y 5 a 9 años presentan bajas importantes respecto al promedio provincial. En los grupos de 40 a 49 años la proporción de población indígena supera el promedio provincial, principalmente entre los varones. En términos generales, la distribución entre sexos presenta una predominancia de varones en la mayoría de los grupos de edad. En el grupo de 70 a 74 años esa predominancia es mayor: el índice de masculinidad es de 149,3. La tasa de alfabetismo de la población indígena de la provincia de Tucumán es de 96,7%, frente al 97,5% del total provincial. Dentro de la población indígena, la tasa de analfabetismo es mayor entre las mujeres (3,6%) que entre los varones (3%). Esta brecha se invierte en los totales provinciales: varones 2,8%; mujeres 2,2%. Población total y población indígena u originaria de 10 años y más por sexo y condición de alfabetismo. Provincia de Tucumán. Año 2010 El 35,6% de la población indígena mayor de 3 años de la provincia de Tucumán asiste a un establecimiento educativo, el 60,3% asistió y sólo el 4,1% nunca asistió. Entre los 6.643 indígenas que asisten actualmente a un establecimiento escolar, el mayor porcentaje está en los grupos de 6 a 11 años: 99,4% (frente al 99% del total provincial) y de 12 a 14 años: 96,6% (frente al 95,5% provincial). En el grupo de edad de 15 a 17 años el porcentaje de asistencia es de 79,9% (frente al 78,3% del total provincial). En el grupo de 18 a 24 años baja de modo significativo a 40,9% (frente al 38,5% provincial). El 42,7% de los indígenas que nunca asistieron a un establecimiento educativo es mayor de 30 años. En esos grupos, es notoria la mayoría de mujeres con respecto a los varones. El 94,2% de los 11.199 indígenas mayores de 5 años que asistieron a un establecimiento educativo de la provincia de Tucumán tiene 20 años y más. De las 10.551 personas de 20 años y más que asistieron a un establecimiento educativo, el 16,6% tiene primario incompleto; el 36,7%, primario completo; el 12,7%, secundario incompleto; el 14,8%, secundario completo; y el 19,2% alcanzó niveles superiores. Debe tenerse 88 en cuenta que a partir de esta edad, en una situación ideal, esta población debería haber completado el secundario y/o estar cursando niveles superiores. Población indígena u originaria de 5 años y más que asistió a un establecimiento educativo por nivel de educación alcanzado y completud del nivel, según grandes grupos de edad. Provincia de Tucumán. Año 2010 La tasa de actividad de la población indígena de la provincia de Tucumán es del 60%, frente al 58,9% del total provincial y el 65,6% del nacional. Diferenciada por sexo, en los varones es del 69,9% y en las mujeres del 49,5%. La tasa de ocupación de la población indígena de la provincia de Tucumán es del 55,4%, (frente al 54,2% del total provincial). La tasa de desocupación de la población indígena de la provincia de Tucumán es del 7,7% frente al 7,9% del promedio provincial y el 5,9% del promedio nacional. En la comparación por sexo, la desocupación entre los varones de la población indígena es del 5,3% y entre las mujeres del 11,2%, frente a las tasas provinciales del 5,8% y del 10,9%, respectivamente. El porcentaje de población no económicamente activa entre los indígenas de la provincia de Tucumán es del 40%, (frente al 41,1% del total provincial). De ese total el 61,1% son mujeres y el 38,9% son varones. Población indígena u originaria de 14 años y más por condición de ocupación según sexo. Provincia de Tucumán. Año 2010 Condiciones de la Vivienda 89 Las viviendas deficitarias comprenden las casas tipo B y las viviendas precarias. Por otra parte, las viviendas no deficitarias incluyen las casas tipo A, los departamentos y pieza/s en hotel. Según los datos que se observan en el cuadro 8.1.1., el 63,7% de los hogares con indígenas de Tucumán están constituidos en viviendas no deficitarias y el 36,3% en viviendas deficitarias. Hogares con una o más personas indígenas u originarias por tipo de vivienda. Provincia de Tucumán. Año 2010 En relación con el hacinamiento, el 17% de los hogares indígenas habita en viviendas con 2 a 3 personas por cuarto, frente al promedio provincial del 18,3%. Por su parte, el 4,2% de los hogares indígenas habita en viviendas con hacinamiento crítico (más de tres personas por cuarto), frente al promedio provincial del 5,6%. Hogares totales y hogares con una o más personas indígenas u originarias por hacinamiento del hogar. Provincia de Tucumán. Año 2010 90 APÉNDICE 4 A continuación, se presenta una tabla comparativa entre la normativa nacional y la OP 4.10 que surge del estudio elaborado por el Banco Mundial en el 2011. En la misma se incluyen los comentarios y propuestas que se exponen en dicho informe y que serán tenidos en cuenta a la hora de desarrollar los PPIs correspondientes. Principios Operacionales Análisis preliminar Comentarios y propuestas de equivalencia 1. Evaluación preliminar para determinar si los Censo 2001(1.000.000 de personas) y ECPI 2004-2005 La Evaluación social o sus actualizaciones debería pueblos indígenas se encuentran presentes en, o (600.329); 480.934 vive en comunidad, se incluye contemplar actualización de la población indígena. La tienen un apego colectivo a la zona del proyecto. Ciudad de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires) actualización de datos podría realizarse mediante el uso de otras fuentes como el ANSES, que incluye en sus formularios una pregunta sobre la pertenencia a un población indígena. También es posible articular con otros programas nacionales. Del mismo modo es posible conocer la actualización del número de comunidades indígenas que han obtenido su personería jurídica, anualmente. Asimismo, resulta fundamental consultar formalmente a la Autoridad de Aplicación. Los pueblos indígenas son identificados como N/A N/A poseedores de las siguientes características en diferentes grados: 91 Principios Operacionales Análisis preliminar Comentarios y propuestas de equivalencia (i) la auto identificación y Se toman los datos del Censo 2001 y de la ECPI Se recomienda que el llenado de formularios se realice en forma comunitaria preferentemente y no en escuelas u hospitales o servicios de salud. (ii) el reconocimiento de su identidad por otros Constitución Nacional y 10 Constituciones provinciales Se han obtenido resultados positivos involucrando en en forma explícita (Pcia. de Buenos Aires, Chaco, los PPIs la capacitación de la normativa relacionada Chubut, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, con PI a funcionarios nacionales y provinciales, así Neuquén, Río Negro, Salta y Tucumán). En forma como la capacitación en interculturalidad. También se implícita todas las demás jurisdicciones por debe mencionar a los talleres que se realizaron en reconocimiento de la Constitución Nacional como conjunto entre funcionarios y personas norma suprema. En forma indirecta, 3 jurisdicciones pertenecientes a los distintos PI involucrados en los reconocen en su constitución provincial a su proyectos. poblaciones indígenas por ejemplo a través de derechos implícitos, a la cultura: San Luis, Santiago del Estero y Tierra del Fuego. La Ciudad de Buenos Aires, promulgó una Ley en base al artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional. Misiones mediante una Ley reconoce la pre existencia de su PI. Córdoba a través de la Ley de bosques define a la PI. Adhieren a la Ley 23.302 sobre Políticas y apoyo a las comunidades Indígenas: Buenos Aires, Catamarca, Chubut, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Neuquén, Río negro, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego y Tucumán. Entre otras leyes nacionales y provinciales. Ley Nacional de Educación Bilingüe (adhieren 3 Se recomienda que en aquellas provincias que provincias, 5 tienen leyes, decretos o resoluciones adhieran a esta modalidad, tanto las evaluaciones provinciales (Chaco, Formosa, Entre Ríos y Santiago sociales, los PPI y las informaciones generales 92 Principios Operacionales Análisis preliminar Comentarios y propuestas de equivalencia del Estero), cuatro reconocen esta modalidad en sus respecto de cada proyecto sean traducidas a lengua constituciones provinciales (Chaco, Neuquén, Salta y originaria, más allá que el pueblo indígena entienda el Tucumán). Todas las jurisdicciones cuentan con esta español. En el Chaco las tres lenguas originarias modalidad de educación. Existen 1333 escuelas fueron declaradas oficiales por un Decreto Provincial. estatales y 31 de privadas de modalidad bilingüe en el Se debería fortalecer a los establecimientos que país. dispongan de este tipo de modalidad de enseñanza para que puedan disponer de los recursos para las traducciones y/o adecuaciones culturales que requieren los planes y/o programas para pueblos indígenas. (iii) apego colectivo a hábitats geográficamente La ECPI brinda datos sobre las poblaciones indígenas Actualización Censo 2010. Actualización INAI sobre definidos o territorios ancestrales y que viven en comunidad. También se puede obtener personería jurídica. Actualización de los PPI y datos de las comunidades que obtuvieron su evaluaciones sociales de los proyectos financiados por personería jurídica a través del INAI, ya que el el Banco. Instituto realiza previamente, entre otras, una evaluación histórico antropológica de la comunidad que requiere la personería. El INAI dispone de una base de datos que contempla a las comunidades indígenas que han obtenido su personería jurídica tanto a nivel nacional como provincial. (iv) los recursos naturales de estos hábitats y En la normativa (Constitución Nacional, Ley de Se recomienda el fortalecimiento de las capacidades territorios, la presencia de distintos costumbre ratificación del convenio 169 de la OIT, Ley de de los funcionarios públicos sobre la normativa y cultural, las instituciones económicas, sociales o Ratificación del Convenio de Biodiversidad, Ley de abordaje de la temática. Este aspecto involucra no políticos, y lengua indígena. creación del INAI, leyes provinciales) está claramente solo a la salvaguarda indígena, por lo que se debería especificada la obligación por parte del estado de dar articular con las otras salvaguardas. 93 Principios Operacionales Análisis preliminar Comentarios y propuestas de equivalencia participación a los pueblos indígenas en la gestión de los recursos naturales y en todos aquellos asuntos que los competen. 2. Llevar a cabo la consulta libre, previa e informada Ley 24.071 ratifica el Convenio 169 de la OIT. Ley Se debería entrenar tanto a funcionarios provinciales de los Pueblos Indígenas afectados para determinar su 23.702 Art. 1. Convenio de Diversidad Biológica. y nacionales sobre este convenio y su alcance, al igual amplio apoyo comunitario, para proyectos que les A nivel nacional los institutos que podrían contribuir a que sobre interculturalidad. Los proyectos deberían afecten y para solicitar su participación: (a) en el concretar este aspecto son el INAI, INADI, CEAPI. incluir explícitamente una línea presupuestaria para diseño, implementación y seguimiento de las medidas Existen entidades provinciales con participación este fin y debería considerar el día perdido por los para evitar efectos adversos, o, cuando no sea posible semiplena de representantes de los pueblos indígenas miembros de la comunidad, así como que los evitarlos, para minimizar, mitigar o compensar dichos en las provincias de Buenos Aires, Chaco, Chubut, miembros de las comunidades que podrían colaborar efectos, y (b) en la adaptación de los beneficios de una Ciudad de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Pampa, en el armado de la consulta y del proceso de consulta manera culturalmente apropiada. Misiones, Río Negro, Salta, Santa Fe. Institutos, en general están enmarcado en el trabajo informal Direcciones, Comisiones, consejos, programas, áreas con . En general se ha acordado que el representante de gobierno relacionadas específicamente a salud por del CPI tiene la facultad para convalidar una consulta, ejemplo en: Catamarca, Chaco, Chubut, Formosa, no obstante, las actas de las consultas la firman todos Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, Santiago del Estero y los participantes. Tucumán. Ley General del Ambiente N° 25.675 – Evaluación de Impacto Ambiental- y Ley de Acceso a la Información Ambiental N° 25.831. 3. Llevar a cabo una evaluación social o utilizar los Constitución Nacional, Ley 24.071 ratifica el Convenio Una opción para superar este obstáculo (evaluación mismos métodos para evaluar los impactos 169 de la OIT. Convenio de Diversidad Biológica. Ley de escritorio) ha sido la actualización de las potenciales del proyecto, tanto positivos como 23.302 y leyes provinciales. Ley General del Ambiente evaluaciones sociales, que debería realizarse no antes negativos, sobre los Pueblos Indígenas. Estudiar a 25.675 –Evaluación de Impacto Ambiental- y Ley de de los dos años de implementación del PPI, una vez fondo las opciones preferidas por los pueblos Acceso a la Información Ambiental25.831. que el proyecto está instalado en las comunidades, indígenas afectados en la provisión de las prestaciones para respetar el tiempo de discusión que las y el diseño de medidas de mitigación. Identificar los comunidades requieren. beneficios sociales y económicos de los pueblos 94 Principios Operacionales Análisis preliminar Comentarios y propuestas de equivalencia indígenas que son culturalmente apropiados y de género e inter-generacionalmente incluyente y desarrollar medidas para evitar, minimizar y / o mitigar los impactos adversos sobre los pueblos indígenas. 4. Cuando la restricción del acceso de los pueblos Ley de ratificación del convenio de diversidad De acuerdo a la información relevada, no se ha indígenas a los parques y áreas protegidas no es Biológica 24.375. Ley de ratificación del convenio 169 presentado proyectos en los que se involucre la evitable, se debe asegurar que las comunidades de la OIT 24.071. La Autoridad de Parques Nacionales restricción al acceso de los pueblos a áreas protegidas indígenas afectadas participen en el diseño, ejecución, tiene 21 Resoluciones relacionadas a la temática, o parques nacionales 19 seguimiento y evaluación de planes de gestión de incluida la Creación de un Consejo Asesor de Política estos parques y áreas protegidas y su participación Indígena de la Administración de Parques Nacionales. equitativa en los beneficios de la parques y áreas La Secretaria de Ambiente y Desarrollo sustentable protegidas trabaja este tema desde la Dirección de Pueblos Originarios. Ley General del Ambiente N° 25.675 – Evaluación de Impacto Ambiental- y Ley de Acceso a la Información Ambiental N° 25.831. 5. Establecer un plan de acción para el reconocimiento Constitución nacional. Ley 23.302 (Cap. IV de la De acuerdo a la información relevada, los proyectos legal de los derechos consuetudinarios a tierras y adjudicación de tierras). Ley 26.160 de emergencia de que involucran a pueblos indígenas que están territorios, cuando el proyecto se refiere a: (a) tierras indígenas. Ley 26.554, prórroga de la anterior actualmente en vigencia no involucran este aspecto. actividades que son contingentes en el ley hasta diciembre de 2013. Red nacional de Aunque en los PPIs se articulan acciones con establecimiento de derechos reconocidos legalmente articulación a efectos de garantizar los Derechos y diferentes áreas de gobierno nacional y provincial de a las tierras y territorios que los pueblos indígenas que participación de las comunidades durante el manera tal que se puede llegar favorecer este tradicionalmente han poseído u ocupado o utilizado transcurso del Programa, formada por: Secretaría de aspecto, desde el punto de vista de facilitar habitualmente , o (b) la adquisición de dichas tierras Derechos Humanos (Dirección nacional de Derechos información a las comunidades. En este sentido, se Económicos, Sociales, culturales y de Incidencia 19 Esta información ha quedado desactualizada. Desde la realización del Informe en 2011 se han desarrollado proyectos que han debido llevar gestiones a cabo en este sentido. 95 Principios Operacionales Análisis preliminar Comentarios y propuestas de equivalencia Colectiva); Secretaría de medioambiente y Desarrollo sugiere contemplar el fortalecimiento de estas sustentable (dirección de Pueblos Originarios), articulaciones. Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). Leyes provinciales 6. No comprometer el desarrollo comercial de los Ley 23.302 (Art. 1; atención y apoyo a las Este aspecto se podría considerar la articulación de los recursos culturales o los conocimientos de los pueblos comunidades indígenas existentes en el país y su distintos proyectos que está financiando el BM, así indígenas sin obtener previamente su acuerdo a ese defensa y desarrollo para su plena participación en el por ejemplo que las comunidades del noroeste y desarrollo proceso socioeconómico y cultural de la Nación). Ley nordeste argentinos, beneficiarias del FESP/Plan 25.799 Modificación de la ley 23302 (política indígena nacer, etc, conozcan los alcances de los proyectos y apoyo a las comunidades indígenas); se modifica el Norte Grande. Esta articulación debería realizarse en artículo 23 (planes de vivienda) y se incorpora el principio a través del CPI del INAI y de los Institutos artículo 23 bis (conservación de la cultura e inserción provinciales, así como involucrar a los distintos ONGs socioeconómica de comunidades aborígenes) del que trabajan con las PI. Se debería capacitar a capítulo VIII de la ley mencionada. funcionarios sobre la normativa correspondiente y su Ley de ratificación del convenio de diversidad abordaje intercultural y sobre conceptos de desarrollo Biológica 24.375. Ley de ratificación del Convenio 169 de los pueblos indígenas. Disponer de presupuesto de la OIT. para alcanzar el potencial de desarrollo de los pueblos Ley General del Ambiente 25.675 –Evaluación de indígenas. Impacto Ambiental- y Ley de Acceso a la Información Ambiental 25.831. 7. Preparar un Plan para los pueblos indígenas que se Ley 23.302. Ley de ratificación del Convenio 169 de la Se debería entrenar tanto a funcionarios provinciales basa en la evaluación social y se basa en los OIT. Ley sobre Campañas de difusión de los Derechos y nacionales sobre la normativa y su alcance, al igual conocimientos indígenas, en consulta con las de Pueblos Indígenas 25.607. Leyes provinciales que sobre interculturalidad. Los proyectos deberían comunidades indígenas afectadas y con profesionales incluir explícitamente una línea presupuestaria para cualificados. Normalmente, este plan incluye un este fin y debería considerar el día perdido por los marco para la consulta continua con las comunidades miembros de la comunidad. En general se ha afectadas durante la ejecución del proyecto, acordado que el representante del CPI tiene la 96 Principios Operacionales Análisis preliminar Comentarios y propuestas de equivalencia especificar lasmedidas para garantizar que los Pueblos facultad para convalidar una consulta/actualización de Indígenas reciban beneficios culturalmente PPI, no obstante, las actas de las consultas la firmaron apropiados, e identificar medidas para evitar, hasta la fecha todos los participantes. Capacitar a minimizar, mitigar o compensar los posibles efectos funcionarios en Salvaguarda Indígena. adversos, e incluyen quejas procedimientos, seguimiento y evaluación, y el presupuesto para la aplicación de las medidas previstas 8. Divulgar el proyecto de PPI, incluyendo la Ley 23.302. Ley de ratificación del Convenio 169 de la Sería recomendable que la divulgación se realizara en documentación del proceso de consulta, de manera OIT. Ley sobre Campañas de difusión de los Derechos términos descritos por la legislación incluida la de oportuna antes de la evaluación inicial formalmente, de Pueblos Indígenas 25.607. Leyes provinciales bilingüismo. Asimismo, se debería incluir una línea en un lugar accesible y en una forma y lenguaje que presupuestaria en la preparación del proyecto que sea comprensible para las partes interesadas clave involucre este aspecto. 9. Supervisar la implementación del Plan de los Ley 23.302. Ley de ratificación del Convenio 169 de la Se recomienda incluir en el presupuesto del proyecto pueblos indígenas, con expertos en ciencias sociales OIT. Ley sobre Campañas de difusión de los Derechos el M&E de los PPIs, el entrenamiento de los de Pueblos Indígenas 25.607. Leyes provinciales profesionales en ciencias sociales en el cumplimiento de la normativa nacional, provincial y en la salvaguarda indígena. 97 APÉNDICE 5: A continuación, se adjunta un informe preparado por la Dirección Nacional de Protección de Derechos Humanos y Prevención de Conflictos. Consiste en un resumen del proceso de socialización y contempla recomendaciones desde el área competente del Estado nacional en materia de protección de los derechos humanos. Además, prospectivamente ofrece las pautas de articulación entre el Programa Integral del Hábitat y subsidio a la vivienda, con otras áreas de gobierno en la implementación de los proyectos y recomendaciones para establecer procesos participativos / consultas una vez que se definan los proyectos que serán financiados en el marco del Programa. Programa Integral del Hábitat y subsidio a la Vivienda Secretaría de Vivienda y Hábitat - Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda. Informe sobre el proceso de socialización de Programa Introducción: En función de las reuniones mantenidas entre autoridades de la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural (SDHyPC) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, se acordó brindar asistencia técnica en el desarrollo de las actividades de socialización que la Secretaría de Vivienda y Hábitat, en el marco de la implementación del Programa Integral de Hábitat y Subsidio a la Vivienda. Con este objetivo, la SDHyPC dispuso de un equipo técnico de la Dirección Nacional de Protección de Derechos y Resolución de Conflictos para brindar asistencia técnica para el diseño y facilitación de los espacios de diálogo relativos a la socialización del proyecto. Los mismos, se llevaron adelante en las localidades de Mar del Plata (lunes 5 de diciembre), Mendoza (miércoles 7 de diciembre), Córdoba (miércoles 14 de diciembre), y San Miguel de Tucumán (viernes 16 de diciembre). Se destacan a continuación algunos aspectos vinculados al proceso de socialización realizado; y se efectúan algunas recomendaciones con el objeto de contribuir la implementación de las etapas siguientes. Sobre el proceso de socialización: La socialización del Programa es una instancia imprescindible para su efectiva implementación, en virtud, entre otras cosas, de la necesidad de generar un espacio de intercambio con la diversidad de actores sociales involucrados de manera directa o indirecta en el desarrollo del mismo; y de adaptarlo a las características sociales, económicas, culturales y ambientales propias del área en cuestión. En esta línea, se subraya que el Programa ha iniciado un proceso de socialización apropiado en las cuatro localidades seleccionadas. Al respecto se destacan los siguientes puntos: o Se ha contextualizado detalladamente al Programa en el marco institucional y los objetivos estratégicos que lleva adelante la Secretaría de Vivienda y Hábitat. 98 o Se han explicado los objetivos del Programa, sus principales componentes, y los marcos de acción asociados al mismo; información que fue previamente difundida vía mail. o Con respecto a los actores participantes de los eventos de socialización, se destaca que se ha contado con una participación diversa, de referentes institucionales y de organizaciones sociales con interés en la temática referida; y con experiencia en la implementación de programas similares. o Cada una de las jornadas contó con tiempo suficiente para abordar consultas, recibir comentarios y aportes de los participantes, así como también de generar un espacio de intercambio y reflexión en virtud de experiencias previas y lecciones aprendidas en la implementación de este tipo de proyectos por parte de los participantes en otras oportunidades, lo cual ha sido valorado y muy bien recibido por los mismos. En esta línea, se destaca la excelente predisposición del equipo de la Secretaría de Vivienda y Hábitat para agotar todo tipo de dudas sobre el programa; y recoger sugerencias y recomendaciones para la efectiva implementación futura del mismo. o Adicionalmente, se dispuso de un formulario en el cual los participantes podían dejar asentada su consulta o aporte, en caso de que el tiempo destinado al intercambio no alcanzara a cubrir todas las inquietudes (o se tratara de temas muy específicos), y de una dirección de e-mail para continuar recibiendo comentarios y sugerencias. o Otro aspecto que merece ser subrayado es la coordinación entre la SVyH y los gobiernos subnacionales (provincias y municipios), así como con la SDHyPC que resultó fundamental para el desarrollo efectivo de las jornadas y para generar un buen clima de diálogo con los presentes. Recomendaciones generales: A continuación se destacan algunas observaciones y/o recomendaciones para una implementación efectiva de las siguientes fases del programa: - El espacio de socialización inicial debe constituirse en un primer paso en un proceso de información y consulta a las comunidades directa o indirectamente impactadas por el programa. Este proceso de información y consulta a implementar deberá abordar tanto a las comunidades indígenas (en el marco del Convenio 169 de la OIT, y los requisitos del Banco Mundial) como también a las comunidades no indígenas. - En esta línea, y una vez definida la ubicación específica de los proyectos, será necesario realizar un mapeo de actores relevantes para complementar y/o especificar la convocatoria realizada al momento de socialización, para cerciorarse de incluir a todos los actores estratégicos vinculados al área de influencia de los mismos. - Una vez definida la ubicación de los proyectos, es necesario analizar el contexto histórico y las características económicas, sociales, culturales y ambientales específicas del área en cuestión y de la población involucrada. Esto permitirá realizar un completo análisis de riesgos y establecer las acciones preventivas y/o de mitigación correspondientes. 99 - Se deber diseñar el proceso de información y consulta de manera adecuada al análisis de actores estratégicos, contexto y riesgos potenciales, ya que esto permitirá definir la combinación de espacios, mecanismos y dispositivos de participación y acceso a la información más apropiados a cada proyecto específico en el marco del programa. - En el caso de que haya procesos de reasentamiento que afecten a comunidades (indígenas y/ o no indígenas), se deberán desarrollar estrategias adecuadas antes del comienzo de cualquier obra para prevenir y/o abordar potenciales situaciones de conflicto. En esta línea es importante que las opciones y acuerdos de relocalización se desprendan de la consulta con la población potencialmente afectada. - Se subraya la necesidad de considerar plazos razonables para la difusión de información y su análisis correspondiente, acordes a la cantidad y nivel de complejidad de la información dispuesta, como paso previo a la posibilidad de ejercer el derecho a la participación efectiva. - Adicionalmente, toda la información relevante en torno al proyecto deberá ser de acceso público, sencillo y gratuito. Esto implica que los documentos deben estar redactados de forma sencilla, breve y comprensible para cualquier persona. Por otro lado, es necesario que se arbitren los medios necesarios (capacitaciones, asistencia técnica, asesoramiento legal, dispositivos para personas con discapacidad, etc.) para hacer accesible la información a aquellos actores que revisten una situación de vulnerabilidad específica. - Una vez realizado el mapeo de actores y el análisis de contexto, se evalúa la pertinencia de convocar a instituciones y/o actores que puedan jugar los siguientes roles en pos de lograr una efectiva implementación del proyecto: o Co-convocante: Refiere al o los organismos/instituciones/referentes que podrían acompañar al convocante en la invitación a participar del proceso de información y consulta. Generalmente el co-convocante refiere a una persona/institución/organismo de naturaleza diferente al convocante, con el objetivo de contribuir a una mayor credibilidad y legitimidad al proceso. Ejemplo: La Defensoría del Pueblo, organizaciones sociales, líderes religiosos, instituciones académicas, líderes sociales, organizaciones externas, entre otros. o Observador: estará abocado a velar por que el desarrollo del proceso participativo sea transparente; y si corresponde, que se respeten y lleven adelante los acuerdos que hayan sido consagrados. Cuando este no fuera el caso, el observador estará habilitado para dar cuenta de los incumplimientos por éste verificados. o Facilitador: El facilitador es quien diseña y conduce el proceso de participación en articulación con la/s autoridad/es convocante/s. Puede ocurrir que el rol de convocante y facilitador sean asumidos por la misma institución. Se sugiere evaluar la pertinencia de designar a un facilitador interno o externo a la institución convocante, en aras de velar por la imparcialidad de su desempeño durante el proceso. - Finalmente, la SDHyPC pone a disposición del presente proyecto, el Sistema de Alerta y Respuesta Temprana para la prevención y abordaje de conflictos públicos que se encuentra actualmente elaborando. Este sistema de análisis de conflictos actuales o potenciales (que 100 incluye mapeo de actores, entrevistas con las partes, relevamiento de información normativa, técnica, etc. entre otros elementos) servirá para hacer un mapeo de situaciones problemáticas, generar alertas y definir intervenciones que permitan reaccionar de forma rápida y oportuna ante situaciones de conflicto, en función de su grado de relevancia y urgencia para alcanzar acuerdos entre las partes. Lic. Jimena Psathakis Directora Nacional de Protección de Derechos y Resolución de Conflictos. 101 Apéndice 6: Informe de Socialización 1. Introducción .......................................................................................................................4 2. Probables riesgos e impactos temporales del Programa en los Pueblos Indígenas .......7 3. Marco jurídico e institucional de los pueblos indígenas de Argentina ..........................10 3.1 Marco General de Derechos ................................................................................... 10 3.2 Marco Normativo Provincial ................................................................................. 14 3.3 Marco Jurídico sobre la Tierra Indígena ............................................................. 19 3.4 Brecha de la Normativa Nacional con respecto a la OP 4.10 .............................. 20 3.5 Marco Institucional ................................................................................................. 23 4. Pre-diagnóstico e identificación de Pueblos indígenas ..................................................25 4.1 Principales datos demográficos e indicadores sociales ........................................ 25 4.2 Posesión y Propiedad Comunitaria de la Tierras ocupadas por los pueblos indígenas ............................................................................................................................. 29 4.3 Áreas productivas y principales actividades ........................................................ 31 4.4 Urbanización de Pueblos Indígenas de la Argentina ........................................... 34 5. Preparación de Planes de Pueblos Indígenas .................................................................35 5.1 Arreglos y Responsabilidades Institucionales ...................................................... 36 5.2 Evaluación Social .................................................................................................... 39 5.3 Consultas previas, libres e informadas del Plan de Planificación de Pueblos Indígenas............................................................................................................................. 40 5.4 Actividades vinculadas a la implementación del presente MPPI ....................... 42 6. Plan de pueblos indígenas ...............................................................................................43 6.1 Objetivos .................................................................................................................. 43 6.2 Contenidos ............................................................................................................... 44 6.3 Programas específicos y consideraciones para la elaboración de los PPI.......... 44 6.4 Presupuesto y Financiamiento ............................................................................... 46 6.5 Mecanismo de atención de reclamos y resolución de conflictos ......................... 46 7. Divulgación y Socializacion del Marco ............................................................................50 8. Revisión y Monitoreo.......................................................................................................55 9. Incorporación de futuros proyectos y comunidades ......................................................57 10. Apéndices .........................................................................................................................58 1- Propósito de los eventos de socialización del MGAS y anexos: .........................................104 2- Divulgación: .....................................................................................................................104 3- Cronograma .....................................................................................................................104 4- Dinámica y alcance de los eventos de socialización ..........................................................105 6- Material Fotográfico .......................................................................................................110 I. Invitaciones a eventos de socialización de los Marcos del Programa .................. 110 102 II. Registro fotográfico de los eventos ........................................................................ 111 • Ciudad de Mar del Plata ........................................................................................ 111 • Ciudad de Mendoza ............................................................................................... 113 • Ciudad de Córdoba ................................................................................................ 117 • Ciudad de Córdoba ................................................................................................ 118 • Ciudad de San Miguel de Tucumán ...................................................................... 118 III. Publicación de documentos: Captura de pantalla Biblioteca Digital en web del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda ........................................................ 121 IV. Difusión/ Cobertura de los eventos: Extractos de la prensa ................................ 122 • Ciudad de Mar del Plata ......................................................................................... 122 • Ciudad de Mendoza ............................................................................................... 123 • Ciudad de Córdoba ................................................................................................. 124 V. Formulario digitalizado del registro de participantes de cada uno de los eventos de socialización ................................................................................................................. 125 • Ciudad de Mar del Plata ......................................................................................... 125 • Ciudad de Mendoza ............................................................................................... 128 • Ciudad de Córdoba ................................................................................................ 130 • Ciudad de Tucumán................................................................................................ 132 VI. Modelo Formulario entregado en el evento de socialización - Formularios completos digitalizados .................................................................................................... 134 • Ciudad de Mar del Plata ........................................................................................ 134 • Ciudad de Mendoza............................................................................................... 138 • Ciudad de Córdoba ................................................................................................ 150 • Ciudad de Tucumán ............................................................................................... 169 103 1- Propósito de los eventos de socialización del MGAS y anexos: Los eventos de divulgación y socialización del Marco de Gestión Ambiental y Social (MGAS) y sus marcos anexos, el Marco Nacional de Planificación para Pueblos Indígenas (MPPI) y el Marco de Política de Reasentamiento (MPR), tiene por propósito mantener informado al público en general y desarrollar una interacción fluida y de doble vía de forma objetiva, clara, transparente y oportuna con los actores gubernamentales y no gubernamentales relevantes del Programa a los eventuales beneficiarios y/o impactados por el mismo. 2- Divulgación: El viernes 25 de Noviembre de 2016, y contemplando un mínimo de 7 días de anticipación al primer evento de socialización y divulgación de los marcos (MGAS, MPPI y MPR), se publicaron los borradores finales de los documentos en la página web del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, sección Biblioteca Virtual de la Secretaria de Vivienda y Hábitat, en la siguiente URL: www.mininterior.gov.ar. A su vez se envió a las diferentes instituciones interesadas y relacionadas con el Programa, vía correo electrónico, las invitaciones a los distintos eventos de socialización y los enlaces web para la consulta y divulgación de cada uno de los documentos. El borrador avanzado aprobado por el BM fue publicado en la misma página y en la página Web externa del Banco Mundial el 5 de diciembre de 2016. Las invitaciones fueron dirigidas a actores gubernamentales, ONG, representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), asociaciones relacionadas con la temática de mejoramiento integral del hábitat, trabajo social, comunidades indígenas, medio ambiente, género, representantes de Universidades, entre otros. Se adjunta en el apartado 6-I, el modelo de invitación que fuera remitido por las Unidades Ejecutoras Provinciales vía correo electrónico a fin de convocar a los eventos. 3- Cronograma Para completar el proceso de socialización, se contempló el siguiente esquema de implementación: Hito Fecha Publicación del borrador del MGAS viernes 25/11 Publicación del borrador del MGAS aprobado lunes 5/12 por el banco Mar del Plata lunes 5/12 Mendoza miércoles 7/12 Córdoba miércoles 14/12 Tucumán viernes 16/12 Ciudad de Mar del Plata 104 • Fecha y horario: Lunes 5 de Diciembre de 2016. 13:00 horas • Lugar: Polideportivo de Colinas de Peralta Ramos, Calle Albert Einstein N°1502, Mar del Plata, Buenos Aires Ciudad de Mendoza • Fecha y horario: Miércoles 7 de Diciembre de 2016. 10:30 horas • Lugar: Nave Universitaria. Maza 250, Ciudad de Mendoza, Mendoza Ciudad de Córdoba • Fecha y horario: Miércoles 14 de diciembre de 2016. 11:00 horas • Lugar: Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento, Rivera Indarte N°33, 2do piso, SUM - Salón de Usos Múltiples, Ciudad de Córdoba, Córdoba. Ciudad de Tucumán • Fecha y horario: Viernes 16 de Diciembre de 2016. 09:30 horas • Lugar: Salón de Reuniones de la Dirección General de Rentas, 24 de Septiembre 960, San Miguel de Tucumán, Tucumán 4- Dinámica y alcance de los eventos de socialización Metodología | Diálogos Participativos Los Diálogos Participativos son instancias de encuentro y diálogo entre instituciones de gobierno y la ciudadanía. A través de su realización, es posible recibir los comentarios y observaciones ciudadanas en forma directa y presencial, con la finalidad de mejorar la formulación e implementación de las políticas, programas y proyectos que se encuentran a disposición de la ciudadanía. La instancia de socilización es considerada como un instrumento principal para establecer un proceso de intercambio de puntos de vista y expectativas entre las Unidades Ejecutoras, el organismo provincial involucrado, el gobierno provincial y los grupos de interés de la sociedad civil. La reunión de presentación y consulta de los marcos, se realizó en forma física y presencial en espacios puestos a disposición por las distintas Unidades Ejecutoras Provinciales. 105 Dinámica del evento En todos los casos se replicó la dinámica detallada a continuación: • Duración aproximada: 3 horas • Lugar: espacios a convenir, propuestos por las Unidades Ejecutoras • Etapas: 1. Registro de los participantes: se realizó al ingreso, indicando nombre, identificación y la organización o institución que representa (30 minutos) 2. Presentación de los participantes (30 minutos) 3. Presentación del Programa Integral de Hábitat y Subsidio a la Vivienda, Marco de Gestión Social y Ambiental, Marco de Política de Reasentamiento y Marco Nacional de Políticas para Pueblos Indígenas (60 minutos) 4. Diálogo Participativo: Preguntas y respuestas (60 minutos) Al inicio del encuentro, se invitó a los asistentes a completar un registro con los datos personales al ingresar al lugar del encuentro. Se puso a disposición copias impresas de los documentos del MGAS, MPPI y MPR. Asimismo, se distribuyó un formulario para que cada uno de los participantes pueda completar con sus datos y consignar los comentarios, preguntas y/o los aportes que quisieran hacer al Programa y sus marcos. En el apartado 6-VI se pone a disposición el modelo de formulario distribuido y la digitalización de los formularios completos que se compilaron a lo largo de los 4 eventos realizados. Con el objetivo de darle un marco general al Programa, durante la exposición se presentaron las políticas abordadas por la Secretaría de Vivienda y Hábitat. También se explicó el objetivo del encuentro y la metodología de trabajo. Se hizo uso de material gráfico de soporte para facilitar el entendimiento del Marco de Gestión Ambiental y Social y sus anexos. En una primera parte, se realizó una presentación, a cargo de funcionarios de la Secretaria de Vivienda y Hábitat, en representación de la UCN. La presentación abordó los distintos componentes del Programa Integral de Hábitat y Subsidio a la Vivienda, alcance y efectos esperados, además de desarrollar un resumen de los contenidos del MGAS y sus anexos, haciendo hincapié en los procedimientos a seguir, la caracterización de proyectos, estudios a realizar para cada una de las categorías, la importancia del ítem de fortalecimiento institucional, y finalmente, se remarcó la importancia de las temáticas relacionadas con los pueblos indígenas y los procesos de reasentamiento (enmarcados en el MPR y MPPI). En general, la dinámica del evento fue la siguiente: se planteó un diagnóstico sobre la problemática habitacional en el país, para luego describir sintéticamente las misiones y funciones de la SVH y de la Subsecretaria de Vivienda y Desarrollo Urbano y de la Subsecretaria de Hábitat y Desarrollo Humano, así como los programas que se están implementando. Luego se realizó la descripción general del Programa, y posteriormente se compartieron detalles del alcance de los Componentes 1 y 2. 106 Una vez concluido ello, se presentaron los documentos a socializar (MGAS, MPR y MPPI); finalizando con la descripción del sistema de atención de reclamos. Finalizada esta instancia, se abrió un diálogo participativo con los presentes. En cada encuentro se invitó a los participantes a realizar comentarios sobre los documentos. Cada uno de los encuentros fue moderado por un facilitador que ordenó las preguntas e intervenciones del público presente. Los eventos de socialización realizados contaron con la participación de dos representantes de la Dirección Nacional de Protección de Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quienes estuvieron a cargo de la conducción de los Diálogos Participativos. El rol de los moderadores y su prestancia fueron claves para el éxito en la realización de los eventos de socialización. Cabe señalar que los diálogos participativos se desarrollaron con una metodología de trabajo clara y adecuada, y la conducción de los procesos estuvo a cargo de un profesional que aportó neutralidad y dinamismo en el intercambio que marcó cada evento. Asimismo, en cada uno de los eventos de socialización se buscó promover la activa participación de los presentes, incentivando a que se despejen todas las dudas y consultas, sin perder el foco en el objeto del encuentro. A su vez, se facilitó la siguiente dirección de correo electrónico: habitat@mininterior.gob.ar, con la finalidad de recibir consultas acerca de los temas tratados en el marco del Programa Integral de Hábitat y Subsidio a la Vivienda. Para los casos en los que no se logró resolver las preguntas, por exceder la temática o bien por no coincidir con el objetivo del encuentro, se indicó que la vía pertinente para acercar consultas es a través del correo institucional. En tanto, cada encuentro contó con un registro de la actividad mediante la documentación fotográfica, la sistematización de la lista de participantes y la toma de notas para la minuta con el detalle de intervenciones, preguntas, dudas, inquietudes etc., que surgieron, así como las respuestas. • Registro de Participantes: En la Sección 7-V. se presentan los registros digitalizados de asistentes a cada uno de los eventos de socialización: Mar del Plata: 35 personas Mendoza: 44 personas Córdoba: 34 personas Tucumán: 30 personas Preguntas y Comentarios Los participantes mostraron atención a lo largo de la presentación realizada por la Directora de Desarrollo Sostenible de la Subsecretaria de Hábitat y Desarrollo Humano, y del representante de la Subsecretaria de Vivienda y Desarrollo Urbano. No hubo 107 interrupciones. Al finalizar la exposición oral, se invitó a los participantes a formar parte de un diálogo participativo. El formulario entregado al principio del encuentro se propuso una vía adicional de participación para recopilar comentarios, dudas y preguntas a los documentos marco del Programa. Si bien se previó una buena cantidad de formularios y lapiceras, no todos los participantes completaron el mencionado formulario. Los formularios completos se incluyen en el apartado 6.VI. Es importante destacar que no hubo sugerencias sobre incorporaciones a ninguno de los tres documentos presentados. A continuación son listados los comentarios más relevantes que surgieron durante los cuatro encuentros de socialización: (ix) Se consultó por los procesos de conformación de las Mesas de Gestión para el proyecto y se destacó la importancia de la participación de los referentes de los barrios y de las organizaciones de la sociedad civil (OSC) en las mismas (Mar del Plata, Mendoza y Córdoba). (x) Se manifestó la necesidad de articular el Programa con otros programas tanto de la SVyH como de otras dependencias y se consultó si dado que se trata de un programa con financiamiento externo hay alguna limitación para combinar financiamientos -e.g BM-Hábitat + vivienda social + generación de suelo + microcréditos- (Mendoza) También se propuso un abordaje integral para el mejoramiento del hábitat (Tucumán). (xi) Se preguntó si el Programa contempla recursos para el fortalecimiento institucional de los subejecutores (Mendoza), incluyendo financiamiento de recursos humanos (Tucumán). (xii) Se pidió información sobre la demanda esperada de proyectos y sobre el proceso de selección de los mismos (Mendoza). (xiii) Se hicieron consultas respecto al proceso de generación de suelo para vivienda y sobre el tratamiento que se daría a los casos de propiedad comunitaria de pueblos indígenas (Córdoba). (xiv) Se manifestó preocupación en relación a los montos estimados por lote, en relación a las diferencias que hay entre distintos aglomerados por el contexto topográfico (Córdoba). (xv) Se consultó respecto al manejo de las potenciales relocalizaciones producidas por las obras a financiarse bajo el Programa (Córdoba). (xvi) Se sugirió armonizar criterios de legislación ambiental provincial y los requisitos del Banco Mundial en el Plan de Gestión Ambiental y Social para agilizar los procesos. En función de las propuestas recibidas, la SVyH y las UEPS/UEM acordaron las siguientes acciones: 108 (x) Las unidades ejecutoras se comprometieron a realizar una convocatoria plural en el proceso de conformación de las Mesas de Gestión. Asimismo, la participación de las OSC está contemplada dentro del componente de desarrollo humano, que estimula su rol activo en dichas mesas. (xi) Se promoverá el trabajo articulado con los otros programas que se estén implementando en los mismos barrios (en particular otros programas de la SVyH pero también en forma interministerial) a fin de promover sinergias que impliquen una eficiencia en la inversión de recursos y mayores beneficios para los habitantes de dichos barrios. (xii) En relación al fortalecimiento Institucional, es contemplado en el Componente 3 del Programa que estará enfocado en fortalecer la capacidad de los subejecutores para la formulación de una cartera de proyectos. A su vez, también se dedicarán recursos al fortalecimiento institucional en base a las necesidades de cada UEP. (xiii) Se hizo un raconto del trabajo realizado por la SSHyDH durante el año 2016 y la metodología de trabajo desarrollada para la formulación de proyectos a mayor escala. Se informó que los criterios de elegibilidad del proyecto serán difundidos y compartidos públicamente una vez que hayan sido acordados con el Banco e incluidos en la versión final del Manual Operativo. (xiv) Respecto del manejo de suelos, el proyecto priorizará las áreas en donde la situación dominial cumpla con los criterios de elegibilidad y permita las subdivisiones y la asignación de derechos de propiedad a las familias beneficiarias a plazos y costos razonables. (xv) En relación a la población indígena, se destacó la importancia de las Mesas de Gestión, un espacio orientado a desarrollar soluciones participativas y comunitarias para cada proyecto y área de intervención. Tienen el objetivo de garantizar la protección de derechos humanos a través de procesos de diálogo participativo con las comunidades y de la preparación de Planes para Poblaciones Indígenas, cuando corresponda. (xvi) En relación al costo estimado por lote, el programa incorporará montos mínimos y máximos diferenciados por región en línea con lo que ya se realiza en el PROMEBA. (xvii) Respecto de las potenciales relocalizaciones, es importante destacar que el programa no prevé realizar este tipo de procesos, salvo como último recurso. Sin embargo, en el caso de que fuera necesaria una relocalización, se preparará un Plan de Reasentamiento específico, siguiendo los lineamientos detallados en el Marco de Política de Reasentamiento del Programa. (xviii) En la preparación de los Planes de Gestión Ambiental y Social se analizará la normativa nacional, provincial y municipal y las brechas entre dichas normativas y las políticas del Banco Mundial, y se incorporarán las medidas específicas que se requieran para salvar dichas brechas para cada caso en particular. 109 6- Material Fotográfico I. Invitaciones a eventos de socialización de los Marcos del Programa 110 II. Registro fotográfico de los eventos • Ciudad de Mar del Plata 111 112 • Ciudad de Mendoza 113 114 115 116 • Ciudad de Córdoba 117 • Ciudad de Córdoba • Ciudad de San Miguel de Tucumán 118 • Ciudad de San Miguel de Tucumán 119 120 III. Publicación de documentos: Captura de pantalla Biblioteca Digital en web del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda A continuación se visualiza captura de pantalla: 121 IV. Difusión/ Cobertura de los eventos: Extractos de la prensa • Ciudad de Mar del Plata 122 • Ciudad de Mendoza 123 • Ciudad de Córdoba 124 V. Formulario digitalizado del registro de participantes de cada uno de los eventos de socialización • Ciudad de Mar del Plata 125 126 • 127 • Ciudad de Mendoza 128 129 • Ciudad de Córdoba 130 131 • Ciudad de Tucumán 132 133 VI. Modelo Formulario entregado en el evento de socialización - Formularios completos digitalizados • Ciudad de Mar del Plata 134 135 136 137 • Ciudad de Mendoza 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 • Ciudad de Córdoba 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 • Ciudad de Tucumán 169 170 171 172