SFG3887 REV Proyecto de Gestión Integral de los Riesgos en el Sistema Agroindustrial Rural (GIRSAR) (Proyecto P162316) Marco de Gestión Ambiental y Social Anexo 4. Marco de Planificacion para Pueblos Indígenas Enero 2018 ÍNDICE I. PRESENTACIÓN Y OBJETIVO DEL MPPI ....................................................................................................5 II. DESRIPCION DEL PROYECTO ....................................................................................................................6 II.1. OBJETIVOS................................................................................................................................................................ 6 II.2. COMPONENTES ......................................................................................................................................................... 6 II.2.1. Componente 1: Fortalecimiento de los sistemas de información sobre el sistema agroindustrial argentino y su exposición a los riesgos agroclimáticos y de mercado ............................................................................ 6 II.2.2. Componente 2: Inversiones para la Mitigación de Riegos. ...................................................................... 6 II.2.3. Componente 3: Instrumentos de respuesta a emergencias y transferencias de riesgos agroclimáticos . 7 II.3. POTENCIALES IMPACTOS DEL PROYECTO SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS...................................................................................... 7 III. LINEAMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN SOCIAL .......................................................................................8 IV. CONSULTAS PREVIAS, LIBRES E INFORMADAS ...................................................................................... 10 V. LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA PREPARACION DE LOS PLANES DE PUEBLOS INDÍGENAS (PPI) .... 11 VI. IMPLEMENTACIÓN Y MONITOREO DEL MPPI ........................................................................................ 13 VII. CONSULTAS Y RECLAMOS ..................................................................................................................... 14 VIII. CONSULTA DEL MPPI ............................................................................................................................ 15 VIII.1. CONSULTA DEL MPPI CON EL CPI ............................................................................................................................... 15 VIII.2. CONSULTA DEL MPPI CON EL INAI .............................................................................................................................. 20 VIII.3. CONSULTA DEL MPPI CON EL CPAI ............................................................................................................................. 20 IX. APÉNDICES ............................................................................................................................................ 21 APÉNDICE I. MARCO JURÍDICO E INSTITUCIONAL NACIONAL PARA PUEBLOS INDÍGENAS ...................................................................... 22 APÉNDICE II. BREVE CARACTERIZACION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS EN ARGENTINA ........................................................................... 36 APÉNDICE III. ACTA DE LA REUNIÓN DE PRESENTACIÓN DEL GIRSAR/MGAS/MPPI AL CPI DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ............... 51 APÉNDICE IV. NOTA DE DIFUSION DE LA CONSULTA DEL MPPI REMITIDA AL INAI ............................................................................ 53 APÉNDICE V. NOTA DIRIGIDA AL CPAI Y SU RESPUESTA – PROVINCIA DE BUENOS AIRES ....................................................................... 55 ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1. Implementación y Monitoreo del MPPI. Responsabilidades ................................................................... 14 Tabla 2. Legislación nacional en materia indígena ................................................................................................ 23 Tabla 3. Normativa Indígena por provincia ............................................................................................................ 27 Tabla 4. Organizaciones integrantes del ENOTPO. 2017 ....................................................................................... 31 Tabla 5. Principales organizaciones territoriales y sectoriales de pueblos indígenas ............................................ 33 Tabla 6. Población por Pueblo Indígena. Años 2004 y 2005 .................................................................................. 36 Tabla 7. Población indígena total ........................................................................................................................... 38 Tabla 8. Comunidades indígenas por provincia ..................................................................................................... 39 Tabla 9. Comunidades indígenas por pueblo de pertenencia ............................................................................... 39 Tabla 10. Población indígena por provincia, analfabetos y analfabetos discriminados por sexo. ......................... 41 Tabla 11. Población indígena región Gran Chaco, según Pueblo y Provincia. ....................................................... 43 Tabla 12. Población indígena región Norandina, según Pueblo y Provincia. ......................................................... 44 Tabla 13. Población indígena región Patagónica, según Pueblo y Provincia. ........................................................ 46 Tabla 14. Población indígena región de Cuyo, según Pueblo y Provincia. ............................................................. 48 2 3 ÍNDICE DE FIGURAS Figura 1. Reunión de Presentación del GIRSAR/MGAS/MPPI al CPI de la Provincia de Buenos Aires – 07/12/2017. Participantes ................................................................................................................................................. 18 Figura 2. Ubicación general de los pueblos originarios reconocidos por el INAI en Argentina ............................. 40 4 I. PRESENTACIÓN Y OBJETIVO DEL MPPI El presente Marco de Planificación para Pueblos Indígenas, en adelante MPPI, corresponde al Proyecto de Gestión Integral de los Riesgos en el Sistema Agroindustrial Rural, en adelante GIRSAR. El objetivo del MPPI presentar el marco de procedimientos que se seguirá en los casos en que se determine que alguna acción o actividad del GIRSAR tiene impactos potenciales (positivos o negativos) sobre Pueblos Indígenas. Este instrumento es consistente con los Lineamientos para Pueblos Indígenas de la UCAR. Se basa asimismo en (i) la legislación argentina sobre Pueblos Indígenas, (ii) las normas aplicables de carácter internacional ratificadas por el gobierno argentino, y (iii) los principios de la Política Operacional 4.10 (OP 4.10) sobre Pueblos Indígenas del Banco Mundial. Sus disposiciones guiarán (i) la preparación de evaluaciones sociales (descripción de las características demográficas, sociales y culturales de las comunidades indígenas involucradas), (ii) las consultas con las comunidades de Pueblos Indígenas involucradas, y (iii) la preparación y ejecución de Planes para Pueblos Indígenas (PPI). Se prepararán PPI para todos los Subproyectos del GIRSAR en los que, a partir de la evaluación social, se identifiquen potenciales impactos (positivos o negativos) sobre Pueblos Indígenas1. En virtud de las diferencias en la denominación, a los fines del presente documento, se utilizará de manera genérica el vocablo Pueblos Indígenas. Se reserva el vocablo Pueblos Originarios para las denominaciones oficiales adoptadas por la República Argentina. En Argentina y otros Estados Latinoamericanos, los Pueblos Indígenas suelen denominarse “originarios” para subrayar su preexistencia a los Estados nacionales. Sin embargo, en lo jurídico se utiliza el vocablo ‘’indígenas’. La OP 4.10 del Banco Mundial toma éste último, dada su adopción en la Primera Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas, en la que se estableció este término como bandera de dignidad y para uso formal en leyes, tratados y relaciones con el Estado. Asimismo, el término “Pueblos Indígenas” que se emplea en este MPPI hace referencia a grupos vulnerables con una identidad social y cultural diferenciada que, en mayor o menor grado, presentan las siguientes características: (i) los miembros del grupo se auto-identifican como miembros de un grupo cultural distinto y ésta identidad es reconocida por otros; (ii) el grupo tiene un apego colectivo a hábitats geográficamente definidos o territorios ancestrales en el área de influencia de Subproyectos implementados en el marco del GIRSAR; (iii) las instituciones culturales, económicas, sociales o económicas del grupo son distintas que las de la sociedad y cultura dominantes, y (iv) el grupo posee un lengua propia. 1 Un pueblo indígena se considera impactado si sus miembros están presentes en el área de influencia de la intervención propuesta o tienen apego colectivo a territorios de dicha área. 5 II. DESRIPCION DEL PROYECTO II.1. OBJETIVOS El objetivo del Proyecto GIRSAR es contribuir a fortalecer la resiliencia del sistema agroindustrial, en especial entre los actores más vulnerables, a través de la reducción de la vulnerabilidad y exposición de los productores a riesgos climáticos y de mercados. II.2. COMPONENTES II.2.1. Componente 1: Fortalecimiento de los sistemas de información sobre el sistema agroindustrial argentino y su exposición a los riesgos agroclimáticos y de mercado Subcomponente 1.1. Desarrollo & Fortalecimiento de Sistemas & Herramientas. El Subcomponente 1.1. pretende consolidar e integrar información agro-meteorológica, productiva, y de precios generada por varias instituciones y entidades públicas y privadas. Con base a esta consolidación e integración se producirán, directa o indirectamente, herramientas y productos para el análisis probabilístico de riesgos de mercado y de clima. Subcomponente 1.2. Desarrollo & Fortalecimiento de Capacidades Institucionales. El subcomponente 1.2. pretende fortalecer y desarrollar capacidades de instituciones y entidades nacionales y provinciales que participan del proyecto a través del desarrollo de planes provinciales y soporte del sistema de información. Asimismo, este subcomponente promoverá la disponibilidad de datos en plataformas de open data, y fomentará el desarrollo de soluciones de software por el sector privado. II.2.2. Componente 2: Inversiones para la Mitigación de Riegos. Subcomponente 2.1. Fortalecimiento Institucional para el Manejo Integrado del Riesgo Agropecuario. El propósito de este subcomponente es fortalecer las capacidades provinciales para la gestión integrada de riesgo agro-industrial; elaborar las estrategias de cadena y planes provinciales; formular proyectos de mitigación de riesgo y estudios de pre-inversión para acciones priorizadas en las estrategias y planes. Subcomponente 2.2. Infraestructura y manejo de recursos naturales. El propósito de este subcomponente es reducir el impacto de riesgos agro-climáticos priorizados por los planes provinciales y estrategias de cadena, a través de proyectos provinciales y nacionales para la mitigación del riesgo (combinaciones de obras de infraestructura, bienes, servicios, servicios de consultoría y costos recurrentes). Subcomponente 2.3: Apoyo a Productores Vulnerables para la Adopción Tecnológica. El propósito de este subcomponente es promover la adopción a nivel de finca de tecnologías validadas para mejorar la resiliencia de los sistemas de producción agropecuarios, a través de incentivos económicos para la adopción tecnológica; capacitación y servicios de asistencia técnica; y acciones de investigación adaptativa y validación de tecnologías. 6 II.2.3. Componente 3: Instrumentos de respuesta a emergencias y transferencias de riesgos agroclimáticos Este componente busca fortalecer el marco institucional y mejorar el mecanismo de respuesta para emergencias en general, con especial énfasis en el apoyo a los estratos socioeconómicos más vulnerables. Subcomponente 3.1. Fortalecimiento del Sistema de gestión de la emergencia agropecuaria. Se financiarán acciones para el fortalecimiento institucional del Sistema, entre las que se encuentran: La actualización de bases de datos, desarrollo de plataformas de carga, consulta y visualización, capacitaciones al personal abocado a emergencias agropecuarias en el MAI, implementación del RUPE (Registro Único de Productores en Emergencia) y realización de estudios, entre otras. Subcomponente 3.2. Desarrollo de instrumentos de financiamiento del riesgo agropecuario. El propósito del subcomponente es desarrollar nuevos instrumentos de financiamiento del riesgo agropecuario asociado a la emergencia agropecuaria. Subcomponente 3.3. Pago de primas y costos relacionados con la adquisición de instrumentos financieros a ser piloteados en el marco de la Emergencia Agropecuaria. A través de este subcomponente se implementarán los pilotos para los instrumentos de financiamiento desarrollados en el Subcomponente 3.2, con el fin último de generar un efecto demostrativo. II.3. POTENCIALES IMPACTOS DEL PROYECTO SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS En relación al GIRSAR se destaca que ninguna de las inversiones y/o actividades previstas se encuentra incluida en la Lista Negativa que nombra las actividades que, por razones de riesgos ambientales y/o sociales altos, están excluidas de ser financiadas en el marco del Proyecto. Entre estas actividades excluidas se encuentra la de “proyectos que signifiquen la pérdida de hábitats naturales o áreas de uso de pueblos indígenas u otros grupos humanos en situación de vulnerabilidad importantes para su supervivencia”. Si bien las salvaguardas son aplicables a todo el Proyecto en general, considerando las acciones y actividades de todos los componentes del GIRSAR, se determinó que las que potencialmente podrían producir impactos sobre comunidades indígenas son especialmente las incluidas en el Subcomponente 2.2. Se trata de Subproyectos de infraestructura y manejo de recursos naturales que plantean una intervención territorial combinando la construcción de infraestructura para el desarrollo rural y la mitigación de riesgos agro-climáticos con la implementación de componentes blandos de transferencia de tecnología, capacitación, asistencia técnica y fortalecimiento institucional. Algunos ejemplos del tipo de las actividades que podrían financiarse a través de este Subcomponente son las relacionadas con: ordenamiento territorial, planificación del uso de suelo y manejo de cuencas, electrificación rural, sistemas de riego y drenaje, caminos rurales, entre otros. 7 3A priori no se estiman impactos adversos sobre comunidades indígenas como producto de la implementación de los Subproyectos del Subcomponente 2.2. Sin embargo, toda implementación de infraestructura rural podrá provocar impactos ambientales y sociales negativos relacionados con las tareas de construcción, y eventualmente, durante las actividades de mantenimiento y operación. Estos estarán relacionados con la afectación de la calidad atmosférica, la contaminación del suelo y el agua, afectación de la vegetación y la fauna en la zona de las obras en las áreas operativas de los Subproyectos. También pueden registrarse impactos sociales negativos de baja magnitud, vinculados a cortes de tránsito en las inmediaciones de las obra, interrupción de servicios, ruidos y molestias, alteración de la dinámica social local en general. Todos estos son impactos que pueden ser prevenidos y/o mitigados con buenas prácticas constructivas y planes, programas y medidas de protección ambiental y social específicas (incluyendo programas de comunicación social y mecanismos de registro y gestión de consultas y reclamos) y que se establecen como contenidos mínimos en los Planes de Gestión Ambiental y Social de Subproyectos previstos en el Marco de Gestión Ambiental y Social del GIRSAR, del cual el presente documento es un apéndice. En lo relativo a las comunidades indígenas, se establece que toda vez que se identifique la presencia de comunidades de Pueblos Indígenas en el área de influencia de un Subproyecto y que se determine que éstas resultan afectadas positiva o negativamente por las actividades previstas, se deberá formular, como parte de la intervención, un Plan de Pueblos Indígenas (PPI). Este Plan tiene por objeto asegurar que las actividades previstas que involucren a comunidades se lleven a cabo con absoluto respeto de su dignidad, derechos humanos, economías y culturas; así como identificar y evaluar impactos diferenciales para determinar posibles efectos positivos o negativos de la intervención sobre las comunidades. Incluye una propuesta de programas, medidas y/o capacitaciones estimados necesarios para asegurar que las comunidades indígenas obtengan beneficios sociales y económicos adecuados como resultado de la implementación de Subproyectos del Subomponente 2.2. Ver punto V “Lineamientos generales para la preparación de los Planes de Pueblos Indígenas (PPI)”. III. LINEAMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN SOCIAL Se realizará una evaluación social en todos los casos en los que se identifique presencia de Pueblos Indígenas en el área de influencia de un Subrproyecto. Un Pueblo Indígena se considerará impactado si sus miembros están presentes en el área de influencia de la intervención propuesta o tienen un apego colectivo a territorios dentro de dicha área. Antes de realizar la evaluación social completa se realizará una evaluación preliminar para determinar la presencia de Pueblos Indígenas en el área de influencia de las intervenciones. Esta se basará en consultas a organismos estatales provinciales dedicados a la cuestión indígena y al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). Adicionalmente podrá consultarse a expertos de 8 universidades y otros centros de estudio provinciales o nacionales y podrá hacerse, cuando fuera necesario, un reconocimiento de campo a través de: (i) observación directa y (ii) entrevistas a informantes clave y/o consulta con autoridades indígenas. Es importante destacar asimismo que en el formulario de perfil de Subproyecto (ver Anexo N° 9 del MGAS) uno de los aspectos a desarrollar dentro del ítem “aspectos sociales” es la identificación “en el área de influencia del Subproyecto… de presencia de pueblos indígenas de acuerdo a los registros oficiales de la Provincia”. La evaluación social es parte del proceso de formulación del Subproyecto y será responsabilidad de la provincia y/u organismo promotor del Subproyecto, quien podrá realizarla en forma directa (para lo que deberá disponer de personal especializado); a través de la contratación externa de especialistas o de convenios con instituciones públicas o universidades con experiencia en la materia, solicitando al Banco su aceptación. En el marco del GIRSAR existen fondos de pre- inversión destinados al proceso de formulación, que es supervisado por UCAR. La evaluación social determinará los posibles efectos positivos o negativos de las actividades o intervenciones previstas por el Subproyecto sobre los Pueblos Indígenas en su área de influencia, y examinará alternativas cuando los impactos negativos sean importantes. El alcance, la profundidad y el tipo de análisis practicado en la evaluación social serán proporcionales a la naturaleza y dimensión de los posibles efectos del Subproyecto sobre los Pueblos Indígenas, ya sean estos positivos o negativos. La evaluación social incluirá los siguientes elementos:  Identificación y análisis, de magnitud proporcional al Subproyecto, del marco jurídico e institucional aplicable a los Pueblos Indígenas afectados por la intervención.  Recopilación de información inicial sobre las características demográficas, sociales, culturales y políticas de las comunidades indígenas afectadas, y sobre la tierra y los territorios que poseen tradicionalmente, o que usan u ocupan habitualmente, y los recursos naturales de los que dependen.  Identificación de los principales actores interesados.  Un análisis de los posibles efectos negativos y positivos de las actividades o intervenciones propuestas por el Subproyecto, basado en consultas previas, libres e informadas con las comunidades indígenas afectadas. Para determinar los posibles efectos negativos es de capital importancia el análisis de la vulnerabilidad relativa de las comunidades indígenas afectadas y de los riesgos a los que pueden exponerse, dadas sus especiales circunstancias y los estrechos lazos que mantienen con la tierra y los recursos naturales, así como su falta de acceso a las oportunidades en comparación con otros grupos sociales de las comunidades, regiones o sociedades en las que habitan.  Identificación y evaluación, sobre la base de consultas previas, libres e informadas con las comunidades indígenas afectadas, de las medidas necesarias para evitar efectos adversos —o, si las medidas no son factibles, la identificación de las medidas necesarias para reducir lo más posible, mitigar o compensar dichos efectos—, y para asegurar que los Pueblos Indígenas obtengan del proyecto beneficios adecuados desde el punto de vista cultural. 9 IV. CONSULTAS PREVIAS, LIBRES E INFORMADAS En todos los casos en que se identifique presencia de Pueblos Indígenas en el área de influencia de un Subproyecto y que se determine que sus acciones o actividades las afectan positiva o negativamente, o cuando una intervención para acrecentar la infraestructura económica o los servicios agropecuarios beneficie a una comunidad de Pueblos Indígenas, se celebrarán consultas previas, libres e informadas con dichas comunidades. El proceso de consulta y participación es parte del proceso de formulación del Subproyecto y deberá ser ejecutado por la provincia y/u organismo promotor de la intervención, en coordinación con el/los organismo/s de gobierno con competencia específica en materia indígena, y con la supervisión y asistencia de UCAR. En el marco del GIRSAR existen fondos de pre-inversión destinados a cubrir gastos logísticos necesarios para realizar las consultas. En estas instancias se deberá contemplar un esquema que asegure que las comunidades indígenas involucradas reciban información relativa a: a) los principales aspectos de la intervención prevista; b) objetivos centrales, sus acciones y alcances; d) principales impactos negativos y/o positivos identificados; e) plan de acción propuesto, con especial énfasis en las adaptaciones culturales para las comunidades. Se deberán implementar a través de una metodología simple y acordada con las comunidades indígenas involucradas, de manera tal de garantizar que puedan: i) acceder a información de la intervención, ii) manifestar sus comentarios y sugerencias y, iii) en última instancia, brindar su apoyo mediante un mecanismo participativo y documentado. Para asegurar el éxito de la consulta, la provincia y/u organismo promotor de la intervención deberá:  Asegurar la participación de la población indígena del área de influencia en iguales condiciones que la población no indígena, en todas las instancias de participación y consulta que el Proyecto proponga y/o genere.  Asegurar que las actividades previstas se lleven a cabo con absoluto respeto de la dignidad, derechos humanos, economías y culturas de las comunidades indígenas involucradas.  Favorecer la participación de organizaciones representativas de Pueblos Indígenas del área de influencia y otras organizaciones de la sociedad civil que tengan relación con las mismas.  Emplear métodos de consulta adecuados a los valores sociales y culturales de los Pueblos Indígenas afectados y a sus condiciones locales y, en el diseño de estos métodos, prestar especial atención a aspectos intergeneracionales y de género. Asegurar que la 10 planificación se haga teniendo en cuenta las preferencias y necesidades manifiestas2 de los miembros jóvenes de la comunidad y, especialmente, de las mujeres (considerando, por ejemplo, horarios específicos que no interfieran con sus tareas productivas y reproductivas; previsión de recursos para el cuidado de los niños en el horario de las reuniones, encuentros o talleres pautados, y/o cualquier otra sugerencia que realicen las propias mujeres de la comunidad).  Las convocatorias para la participación deberán ser culturalmente apropiadas para hacer efectiva la invitación. Para ello: a) Deberán respetar la organización social de las comunidades; b) Deberán ser claras y concisas, si fuera necesario elaboradas en lengua originaria; c) Se realizarán con suficiente antelación, para garantizar los tiempos necesarios para la organización de las comunidades para participar, y d) Serán efectivizadas a través de canales y/o medios de difusión a los que las comunidades tengan acceso (por ej: radios comunitarias; tv pública; medios impresos propios de la comunidad, etc.). Deberá considerarse asimismo: a) que el lugar para llevarlas a cabo les sea accesible, en función de sus capacidades de movilidad y pautas de circulación; b) fechas y horarios acordes a patrones culturales y productivos.  Facilitar a las comunidades involucradas, en cada etapa de la preparación y ejecución de la intervención toda la información pertinente sobre la misma, incluyendo los canales para la gestión de inquietudes y potenciales quejas durante la ejecución del proyecto. V. LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA PREPARACION DE LOS PLANES DE PUEBLOS INDÍGENAS (PPI) Para aquellas intervenciones donde se determine la existencia de pueblos indígenas y eventual afectación positiva o negativa, se deberá preparar un PPI preliminar, sobre la base de consultas previas libres e informadas y los lineamientos del presente marco. El PPI preliminar deberá ser enviado al Banco para su evaluación, como parte de la EIAS que acompaña al documento principal del Subproyecto. El objetivo del PPI es asegurar que: a) las actividades previstas que involucren a comunidades de Pueblos Indígenas se lleven a cabo con absoluto respeto de la dignidad, derechos humanos, economías y culturas de las comunidades involucradas; b) que éstas tengan igualdad de oportunidades para recibir los beneficios socio económicos esperados, asegurando además que sean culturalmente apropiados e inclusivos desde el punto de vista intergeneracional y de género; y c) si se identifican posibles efectos adversos sobre los Pueblos Indígenas, dichos efectos se eviten, se reduzcan lo más posible, se mitiguen o se compensen. La formulación de los PPI será responsabilidad de la provincia y/u organismo promotor de la intervención, quien podrá realizarla en forma directa (para lo que deberá disponer de personal 2 Esto implica buscar activamente su participación y propiciar e incentivar que expresen sus opiniones y preferencias. 11 especializado); a través de la contratación externa de especialistas o a través de convenios con instituciones públicas y universidades con experiencia en la materia, solicitando al Banco su aceptación. Como se ha indicado, en el marco del GIRSAR existen fondos de pre-inversión destinados al proceso de formulación, que es supervisado por UCAR, y todas las actividades que éste implica. Luego de ser sometido a consulta con la población afectada y de su aprobación en el marco del GIRSAR, el documento del PPI será puesto a disposición del público por parte del organismo provincial competente y/o promotor de la intervención y en la página web de la UCAR. El grado de detalle del PPI dependerá de la naturaleza de los efectos que hayan de abordarse y se formulará de acuerdo a los lineamientos generales que se describen a continuación. El PPI contendrá como mínimo la siguiente información: Resumen de la Evaluación Social: Descripción de las características demográficas, sociales y culturales de las comunidades indígenas involucradas. Identificación y evaluación de impactos diferenciales: Determinación de los posibles efectos positivos o negativos de la intervención sobre las mismas y análisis de alternativas cuando los potenciales efectos negativos pueden ser significativos. El alcance, la profundidad y el tipo de análisis practicado en la evaluación social serán proporcionales a la naturaleza y dimensión de los posibles efectos de la intervención propuesta sobre las comunidades indígenas, ya sean positivos o negativos. Plan de Acción o Plan de Gestión Social: Propuesta de programas, medidas y/o capacitaciones estimados necesarios para asegurar que las comunidades indígenas obtengan beneficios sociales y económicos adecuados. Este Plan puede incluir, en caso de ser necesario, medidas para fortalecer la capacidad organizativa y productiva de las comunidades involucradas. Cuando se identifiquen posibles efectos negativos sobre los Pueblos Indígenas, el Plan de Acción deberá especificar las medidas necesarias para evitar, reducir, mitigar o compensar los efectos adversos. Cronograma de tareas: Cronograma de las acciones del PPI y su relación con las acciones de la intervención con las que se vinculan, los responsables de las tareas y, cuando correspondiera, el presupuesto asignado. Resumen de consultas: resumen de las instancias de participación y consulta celebradas con las comunidades involucradas durante la formulación del Subproyecto y del PPI, incluyendo las consideraciones y acciones resultantes de dicho proceso, y de las que resulte un amplio apoyo al Subproyecto por parte de dichas comunidades. Mecanismos de participación: Procedimiento de consulta acordado con las comunidades involucradas que asegure que se lleven a cabo instancias de consulta y participación durante la ejecución del Subproyecto. Podrá incluirse un cronograma que incluya instancias de consulta y participación de inicio, medio término y finalización del Subproyecto; con el objeto de sugerir cambios o acciones correctivas en caso de ser necesario y conocer, desde la perspectiva de los 12 involucrados, qué aspectos del PPI y su implementación fueron exitosos y qué aspectos pueden ser mejorados en otros Subproyectos. Estrategias de comunicación: Como parte del Plan de Acción se establecerán procedimientos accesibles adecuados al Subproyecto para resolver inquietudes de las comunidades involucradas durante la ejecución del mismo (Mecanismo de Registro y Gestión de Consultas y Reclamos) teniendo en cuenta la existencia de mecanismos judiciales y de derecho consuetudinario para la resolución de disputas; así como estrategias de difusión y comunicación específicas y adecuadas para los Pueblos Indígenas que garanticen el pleno conocimiento de las actividades previstas. Al respecto se preverá: (i) elaboración de material en lengua originaria, en caso de ser necesario, (ii) capacitación de agentes para la comunicación y consulta con comunidades. Presupuesto: Se incluirán estimaciones de costos y el plan de financiamiento para cada una de las actividades establecidas en el Plan del Acción del PPI, incluyendo los honorarios, viáticos y gastos de movilidad del responsable de la coordinación del mismo y otros gastos de logística y traslado considerados necesarios para la ejecución de las acciones previstas, incluyendo capacitaciones, talleres, reuniones e instancias de participación y consulta. Responsable: El PPI deberá establecer el perfil y las responsabilidades primarias respecto a las acciones involucradas en su Plan de Acción. En el marco del GIRSAR se ha establecido la figura del Gestor Social del Territorio (GST), dependiente del Coordinador de la UEP del Subproyecto, como especialista responsable de coordinar la implementación del PPI. En los casos que la envergadura del PPI o cantidad de comunidades involucradas así lo requiera, se prevé asimismo la contratación de un especialista ad hoc, supervisado por el GST. Mecanismos de evaluación y seguimiento: indicando los sistemas de seguimiento y evaluación previstos así como tipo y periodicidad de los informes de ejecución del PPI. Finalmente, se destaca que si una intervención implica el desplazamiento físico de comunidades de Pueblos Originarios, deberá asegurarse específicamente que: a) se hayan estudiado otros posibles diseños que permitan evitar el desplazamiento físico, y b) se haya obtenido amplio apoyo al mismo por parte de las comunidades indígenas afectadas, en el contexto del proceso de consulta previa, libre e informada. En estos casos se desarrollará además un Plan de Reasentamiento conforme a lo establecido en el Anexo 8 del MGAS del GIRSAR “Marco de Política de Reasentamiento”. VI. IMPLEMENTACIÓN Y MONITOREO DEL MPPI Tal como se establece en la Nota de Manifestación de Voluntad de la provincia a participar del Proyecto, todas las provincias que adhieran al GIRSAR deberán ejecutar las acciones necesarias para cumplir con lo establecido en el MGAS, incluyendo los lineamientos establecidos en el presente MPPI, tanto para la formulación como ejecución de los PPI. En este marco, la coordinación de los Planes de Acción que forman parte de los PPI y las recomendaciones y líneas de acción que de ellos emanen (ver punto V) será responsabilidad del 13 GST y, en los casos que se requiera, del especialista social contratado ad hoc. En todos los casos estos profesionales serán acompañados y supervisados por especialistas de la UGAS de UCAR. En lo relativo al seguimiento y monitoreo del MPPI, la UGAS de UCAR generará y remitirá al Banco informes anuales de implementación del presente Marco, con información de todos los PPI formulados e implementados desagregada por etnicidad, de manera tal de permitir evaluar el avance de cada PPI en particular y del MPPI en general, así como aprender de las buenas prácticas y sugerir acciones correctivas, donde hiciere falta. En dichos informes se incorporará la información que surja de las instancias de consulta y participación con las comunidades involucradas en cada PPI, para conocer qué aspectos del PPI y su implementación fueron exitosos y qué aspectos podrían ser mejorados a futuro desde la perspectiva de los involucrados. El cumplimiento de este MPPI será evaluado en base a la calidad de los PPI implementados, en términos del cumplimento de los lineamientos aquí descritos. Para tener una medida de aproximación al impacto de la implementación del MPPI y tener una noción del impacto relativo de la inversión del proyecto sobre la población indígena, se propone establecer un indicador general que ponga en relación el porcentaje comunidades alcanzadas por la implementación de Subproyectos/PPI en el marco del GIRSAR sobre el número total de comunidades registradas, por provincia. Tabla 1. Implementación y Monitoreo del MPPI. Responsabilidades Actividad Responsable Preparación de los PPI Provincia y/u organismo promotor de la intervención que da origen al PPI. Implementación de los PPI UEP Monitoreo de los PPI UGAS / UCAR Reporte anual de UGAR / UCAR implementación del MPPI VII. CONSULTAS Y RECLAMOS Como se ha indicado en el punto V, la formulación de los PPI detallará los mecanismos previstos en la normativa nacional y local y los que se diseñen específicamente en el marco del Subproyecto para el registro y gestión de consultas y reclamos así como la resolución de conflictos, que aseguren la existencia de mecanismos culturalmente adecuados. 14 En tal sentido el registro y gestión de las potenciales consultas y reclamos surgidos durante la ejecución de los PPI deberá cumplir con los lineamientos establecidos en el Mecanismo de Registro y Resolución de Consultas y Reclamos previsto en el MGAS del GIRSAR. VIII. CONSULTA DEL MPPI VIII.1. CONSULTA DEL MPPI CON EL CPI En el marco del GIRSAR el presente MPPI fue sometido a consulta con las comunidades indígenas a través del órgano de representación previsto en la legislación (Consejo de Participación Indígena3) y con el acompañamiento institucional del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). El proceso de consulta continuo se inició los primeros días del mes de diciembre de 2017 y se extendió hasta el 15 de enero de 2018. Como parte del mencionado proceso se realizó una primera instancia de consulta con representantes indígenas de la Provincia de Buenos Aires, que ha adherido al GIRSAR antes del 18 de diciembre de 2017 y tiene un Plan Provincial (PPGIRA) avanzado. La misma tuvo lugar el día 7 de diciembre de 2017 en las oficinas de la Unidad para el Cambio Rural (UCAR) del Ministerio de Agroindustria de la Nación, sito en Av. Belgrano 450 de la Ciudad de Buenos Aires. Participaron los integrantes del Consejo de Participación Indígena (CPI) de la provincia de Buenos Aires y técnicos de la Unidad de Prospectiva y Formulación de Proyectos de UCAR. Durante la reunión se brindó a los miembros del CPI información relativa a la formulación del proyecto GIRSAR en general y los instrumentos de gestión ambiental y social que están siendo elaborados para tener en cuenta en futuras acciones o intervenciones que se puedan implementar en el marco del proyecto. Asimismo se informaron las acciones del Proyecto que potencialmente pueden involucrar a comunidades indígenas, así como los lineamientos establecidos en el Marco Ambiental y Social y en el Marco de Planificación de Pueblos Indígenas, que deberán implementar las provincias que adhieran al proyecto toda vez que se determine que una acción o intervención beneficia o involucra comunidades indígenas. Se entregó documentación relativa al proyecto GIRSAR y sus instrumentos de gestión ambiental y social, informando que la misma estará publicada en la página web de UCAR (www.ucar.gob.ar), 3 El Consejo de Participación Indígena fue creado por Resolución INAI Nº 152/2004 y su modificatoria Nº 301/2004. Está conformado por un representante titular y uno suplente por pueblo, por provincia. Estos representantes son elegidos a través de los métodos tradicionales de cada comunidad, mediante la convocatoria de asambleas comunitarias. 15 así como datos de contacto para recibir cualquier duda, consulta o sugerencia antes del 15 de enero de 2018. Los miembros del CPI de la Provincia de Buenos Aires presentes fueron:  Clara Romero – Autoridad Indígena CPI – Pueblo Nación Qom - Comunidad Lma Iacia Qom, San Pedro  Rubén Sarmiento – Autoridad Indígena CPI – Pueblo Nación Qom - Comunidad Toba 19 de Abril, Marcos Paz  Virgilio Salina – Autoridad Indígena CPI – Comunidad Guaraní Yvyturusú, José C. Paz  Eduardo Borreto – Autoridad Indígena CPI – Comunidad Indígena Mbya-Apyterè, Maquinista Savio, Partido de Escobar  Víctor González – Autoridad Indígena CPI – Pueblo Mapuche - Comunidad Peñimapu, Olavarría Olga Curipán, Autoridad Indígena del pueblo Mapuche de la Provincia de Buenos Aires (Bahía Blanca) fue convocada pero no pudo estar presente en la reunión debido a un percance logístico que fue informado previo al inicio de la misma. Se brindó un juego extra de documentación al Sr. Víctor González para que sea entregado a la Sra. Curipán y asimismo se le remitió la información por correo electrónico (ruka.kimun@hotmail.com). Las preguntas de los presentes estuvieron centradas en conocer el tipo de acciones específicas que financiaría el proyecto de las que podrían ser beneficiarios y quiénes serían los interlocutores oficiales en la Provincia. Los representantes de UCAR explicaron el tipo de acciones incluidas en el Proyecto y aclararon que, además de UCAR, existen distintos interlocutores en la provincia que tendrán participación de acuerdo al subproyecto de que se trate (por ejemplo, si se trata de una obra vial del subcomponente 2.2., el organismo interviniente puede ser la Dirección de vialidad de la Provincia o del Municipio). Foto 1. Reunión con CPI Provincia de Buenos Aires – 07/12/2017 Foto 2. Reunión con CPI Provincia de Buenos Aires – 07/12/2017 16 En la Figura 1¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. a continuación se presentan las planillas de registro de participación con los datos de contacto de todos los participantes de la reunión de presentación del GIRSAR/MGAS/MPPI al CPI de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, en el Apéndice III se incluye el texto completo del acta de la reunión, con las firmas de todos los participantes. 17 Figura 1. Reunión de Presentación del GIRSAR/MGAS/MPPI al CPI de la Provincia de Buenos Aires – 07/12/2017. Participantes 18 19 Además de estas instancias, se ha previsto en una segunda etapa la consulta del presente MPPI con la Mesa de Coordinación Nacional del CPI4, en el marco de las reuniones periódicas que mantiene dicho órgano representativo de las comunidades indígenas a nivel nacional. Si bien no es posible estimar una fecha exacta se espera poder concretar la consulta durante los meses de febrero o marzo de 2018. La inclusión de esta instancia de consulta fue compartida con INAI, quien estuvo de acuerdo. A través de este procedimiento se espera poder brindar a la consulta del presente MPPI un alcance nacional; sin embargo, independientemente de esta instancia, todas las provincias que adhieran al GIRSAR deberán ejecutar las acciones necesarias para cumplir con lo establecido en el MGAS y el presente MPPI, tal como se establece en la Nota de Manifestación de Voluntad de la provincia a participar del Proyecto. Por otra parte, como se ha indicado, la versión preliminar del MGAS y todos sus anexos (incluyendo el presente MPPI) fueron publicados en la página web de UCAR (www.ucar.gob.ar) el 18 de diciembre de 2017 y fueron sometidos a consulta hasta el 15 de enero de 2018. El proceso de consulta fue documentado e incluido en el documento del MGAS, el presente Anexo y el Anexo 14 “Resumen de instancias de participación y consulta”. VIII.2. CONSULTA DEL MPPI CON EL INAI El 28 de diciembre se remitió al INAI copia del MPPI, con el objeto de informar acerca de la consulta del MGAS en general y del MPPI en particular, abierta a organismos de Estado, órganos de representación de las comunidades indígenas y otros actores y partes interesadas. En conversaciones telefónicas y presenciales con representantes del INAI de la Dirección de Afirmación de Derechos Indígenas, mantenidas entre octubre y diciembre de 2017, se consultó permanentemente sobre los pasos, mecanismos y gestiones adecuados para realizar de la mejor manera la consulta del MPPI con las comunidades indígenas. Sobre la pertinencia de presentar el MPPI en la Mesa de Coordinación Nacional del CPI, estuvieron de acuerdo. VIII.3. CONSULTA DEL MPPI CON EL CPAI El 4 de enero se remitió al Consejo Provincial de Asuntos Indígenas (CPAI) de la Provincia de Buenos Aires5 copia del MPPI con el objeto de informar acerca de la consulta del MGAS en general y del MPPI en particular (apéndice VI). En su respuesta, cuya copia se adjunta en el apéndice V, el CPAI informó sobre sus facultades, el sistema de consulta previsto en la legislación provincial y 4 Creada por Resolución INAI N°113/2011 y su modificatoria Resolución INAI N°737/2014. 5 Dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires. 20 envió el registro de comunidades indígenas elaborado por la Provincia. A partir de estos aportes, dicho registro de comunidades de la provincia se incorpora a la documentación del MGAS para ser considerado, conjuntamente con el RENACI, al momento de determinar la existencia de comunidades en el área de algún subproyecto o toda otra acción del Proyecto para la que se requiera consultar el registro de comunidades de la provincia. Finalmente, en función del procedimiento de consulta vigente en la Provincia para acciones que afecten comunidades indígenas, citado por el CPAI en su nota, se señala que en los casos de subproyectos de GIRSAR en la Provincia de Buenos Aires que afecten a comunidades indígenas, durante su preparación se dará intervención al CPAI para que informe sobre las acciones de consulta necesarias en el nivel provincial. Finalmente, se deja constancia que, en relación con el MPPI en particular, además de los canales de que dispone el Ministerio de Agroindustria en general, UCAR puso a disposición los siguientes medios para la recepción de inquietudes, consultas y sugerencias hasta el 15 de enero de 2018:  Teléfono: (011) 4349-1300  Mail: fhernandez@ucar.gov.ar  Web: http://www.ucar.gob.ar/index.php/contacto  Personalmente en: Av. Belgrano 456, C1092AAR, CABA IX. APÉNDICES Apéndice I. Marco Jurídico e Institucional Nacional para Pueblos Indígenas Apéndice II. Breve caracterización de los pueblos indígenas en argentina Apéndice III. Acta de la reunión de presentación del GIRSAR/MGAS/MPPI al CPI de la Provincia de Buenos Aires Apéndice IV – Nota de Difusión de la consulta del MPPI remitida al INAI Apéndice V – Nota de Difusión y Respuesta de la consulta del MPPI remitida al CPAI – Provincia de Buenos Aires 21 Proyecto de Gestión Integral de los Riesgos en el Sistema Agroindustrial Rural (GIRSAR) - Proyecto P162316 - Marco de Gestión Ambiental y Social Anexo 4 - Marco de Planificacion para Pueblos Indígenas APÉNDICE I. MARCO JURÍDICO E INSTITUCIONAL NACIONAL PARA PUEBLOS INDÍGENAS 1. Marco Jurídico 1.1. Constitución Nacional Establece en su Art. 75, Inc. 17 que corresponde al Congreso (…) Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible, ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afectan. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones. Finalmente, debe tenerse presente que las estipulaciones formales entre los Estados, es decir, los Tratados Internacionales que se encuentren en vigencia, constituyen derecho internacional positivo para los que son parte contratante y, en los casos establecidos específicamente en el Artículo 31, son considerados como ley nacional. Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (aprobado por Ley N° 24.071/1992). De acuerdo a lo normado por este Convenio, los gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente. Estas consultas deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas (Art. 6). En cuanto al derecho de propiedad, el Convenio expresa que deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión (art. 14) 22 1.2. Normativa Nacional En la República Argentina existe un cuerpo normativo que protege y garantiza la identidad y los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas, tanto en la Constitución Nacional como a través de Leyes Nacionales, Provinciales y Convenios Internacionales suscriptos por el Gobierno. La reforma de la Constitución Nacional del año 1994, con la sanción del artículo 75, inciso 17, que incorpora los derechos de los Pueblos Indígenas, constituyó un significativo avance en la política de reconocimiento de la diversidad étnica y cultural de la Argentina. A partir del reconocimiento constitucional se ha configurado para los Pueblos Indígenas una situación de derecho específico y particular que consagra nuevos derechos de contenido esencial que, como mínimo, deben darse por aplicables siempre. Aún a falta de un desarrollo legislativo conlleva la obligación de readecuar el marco del Estado y sus instituciones en función del reconocimiento de su pluralidad étnica y cultural. Tabla 2. Legislación nacional en materia indígena Nº de Norma Descripción Ley de Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes.  Reconoce la personería jurídica de las comunidades indígenas radicadas en el país.  Crea el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) para protección y apoyo a las comunidades aborígenes.  Dispone la adjudicación en propiedad a las comunidades indígenas existentes Ley N° en el país, debidamente inscriptas, de tierras aptas y suficientes para la 23.302/1985 explotación agropecuaria, forestal, minera, industrial o artesanal, según las modalidades propias de cada comunidad. Entiende por comunidad indígena a los “conjuntos de familias que se reconozcan como tales por el hecho de descender de poblaciones que habitaban el territorio nacional en la época de la conquista o colonización”; y como indígena, “a los miembros de dicha comunidad”. (art. 2). Reglamenta la Ley 23.302, estableciendo las atribuciones y responsabilidades del INAI. El INAI podrá coordinar, planificar, impulsar y ejecutar por sí o juntamente con organismos nacionales o provinciales, programas de corto, mediano y largo plazo, destinados al desarrollo integral de las comunidades indígenas, incluyendo planes de salud, educación, vivienda, adjudicación, uso y explotación de tierras, promoción agropecuaria, pesquera, forestal, minera, industrial y artesanal, desarrollo de la Decreto PEN N° comercialización de sus producciones, especialmente de la autóctona, tanto en 155/1989 (y mercados nacionales como externos, previsión social, entre otras. (Art. 3º) modificatorias, La norma dispone que el Registro Nacional de Comunidades Indígenas: Decreto PEN N°  Formará parte del INAI y deberá mantener actualizada la nómina de 791/2012, comunidades indígenas inscriptas y no inscriptas. Resolución INAI  Coordinará su acción con los Registros existentes en las jurisdicciones N° 270/2013) provinciales y municipales, pudiendo establecer registros locales en el interior o convenir con las provincias su funcionamiento. El registro será público. Serán inscriptas en el Registro las comunidades comprendidas en las prescripciones del artículo 2º, segundo párrafo de la Ley Nº 23.302. A tal efecto, podrán tenerse en 23 Nº de Norma Descripción cuenta las siguientes circunstancias (art. 20): a) que tengan identidad étnica. b) que tengan una lengua actual o pretérita autóctona. c) que tengan una cultura y organización social propias. d) que hayan conservado sus tradiciones esenciales. e) que convivan o hayan convivido en un hábitat común. f) que constituyan un núcleo de por lo menos TRES (3) familias asentadas o reasentadas, salvo circunstancias de excepción autorizadas por el Presidente del INAI mediante resolución fundada, previo dictamen del Consejo de Coordinación. (art. 20) Los títulos de dominio de tierras adjudicadas en virtud de la Ley Nº 23.302 y este Decreto, deberán indicar que se trata de tierras cuya titularidad es inembargable e inejecutable, no susceptible de ser vendida, arrendada o transferida, sin autorización del INAI, que sólo podrá otorgarse cuando debiera constituirse garantía real por créditos a conceder por entidades oficiales de la Nación, las provincias o los municipios. (Art. 21). La autoridad de aplicación de esta norma es el INAI, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales o municipales competentes. Ley N° Ratifica del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre 24.071/1992 Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. Resolución ex- Secretaria de Establece los requisitos para la inscripción de las Comunidades Indígenas en el Registro Desarrollo Social Nacional de Comunidades Indígenas (RE.NA.CI). N° 4811/1996 Se modifica el capítulo VIII de la Ley N° 23.302, referido a vivienda. Se establece que el INAI gestionará la habilitación de planes especiales para la construcción de viviendas rurales y urbanas para los titulares de las tierras adjudicadas por esta ley, ante organismos nacionales, e internacionales que desarrollen planes habitacionales de fomento. Y que esto se hará promoviendo la conservación de la cultura e inserción socioeconómica de comunidades aborígenes, considerando los siguientes aspectos relacionados con la generación de la infraestructura social básica y el posicionamiento Ley N° económico de base primaria: 27.799/2003 a) Desarrollo de nuevas destrezas aplicables a los proyectos sociales, a través de la capacitación laboral; b) Incorporación de mano de obra propia; y c) Desarrollo de la cultura y fomento de la autogestión comunitaria; y d) Respeto y adaptación de las técnicas y costumbres de cada comunidad. Conformación del Consejo de Participación Indígena (CPI), cuyas funciones son: Resolución INAI • Asegurar la posterior participación indígena en el mencionado Consejo de Coordinación y determinar los mecanismos de designación de los representantes N°152/2004 (y su ante el mismo y, modificatoria • Las funciones señaladas en el artículo 7º del Decreto Nº 155/89, reglamentario de N°301/2004) la ley Nº 23.302, de la adjudicación de las tierras. 24 Nº de Norma Descripción Ley de Emergencia de la Propiedad Comunitaria Indígena. Declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de cuatro años (art. 1). Suspende por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, Ley Nº cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas en el artículo 1. 26.160/2006 • El INAI deberá realizar el relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas y promoverá las acciones que fueren menester con el Consejo de Participación Indígena, los Institutos Aborígenes Provinciales, Universidades, Organizaciones Indígenas y Organizaciones No Gubernamentales. Decreto PEN N° Reglamenta la Ley N° 26.160. 1122/2007 Crea el Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas . El Programa Nacional establece entre sus objetivos generales: • Crear las condiciones para la implementación de los Derechos Constitucionales Resolución INAI consagrados, procediendo a la instrumentación del Reconocimiento N° 587/2007 Constitucional de los territorios de las comunidades de los Pueblos Indígenas que habitan en Argentina • Realizar el Relevamiento Técnico-Jurídico y Catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas en forma tradicional-actual y pública por las Comunidades Indígenas. Resoluciones INAI N° 618/07, Puesta en funcionamiento del Consejo de Coordinación (CC) dentro de la estructura 130/08; 041/08, organizativa del INAI. 042/08, 182/08 y 251/08 Por intermedio de esta Ley se prorrogan los plazos de la emergencia de la ley 26.160 Ley N° hasta el 23 de noviembre de 2013. 26.554/2009 Crea la Comisión de Análisis e Instrumentación de la Propiedad Comunitaria Indígena, la que funcionará en el ámbito del INAI, que estará integrada por representantes del Poder Ejecutivo Nacional, de los Gobiernos Provinciales nominados por las máximas autoridades, de los Pueblos Indígenas propuestos por las organizaciones territoriales indígenas y del Consejo de Participación Indígena. (art. 1) Decreto PEN N° La Comisión tendrá, entre otros, los siguientes objetivos (art. 2): 700/2010 a) Elevar al Poder Ejecutivo Nacional una propuesta normativa para instrumentar un procedimiento que efectivice la garantía constitucional del reconocimiento de la posesión y propiedad comunitaria indígena, precisando su naturaleza jurídica y características. b) b) Evaluar la implementación del Relevamiento Territorial de 25 Nº de Norma Descripción Comunidades Indígenas en el marco de la ley 26.160. Establece que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas será el encargado de coordinar, articular y asistir en el seguimiento y estudio del cumplimiento de las Decreto PEN N° directivas y acciones dispuestas por la Ley Nº 25.517, que establece que deberán ser 701/2010 puestos a disposición de los pueblos indígenas y/o comunidades de pertenencia que lo reclamen, los restos mortales de aborígenes, que formen parte de museos y/o colecciones públicas o privadas. Resolución INAI Creación del Registro Nacional de Organizaciones de Pueblos Indígenas (RE.N.O.P.I) en N°328/2010 el ámbito del INAI, para la inscripción de las organizaciones que así lo soliciten. La Res. INAI N° 113/2011 dicta el Reglamento de Funcionamiento del CPI y crea la “Mesa de Coordinación Nacional del CPI”, que es un espacio de dialogo a fin de alcanzar consensos y el diseño de estrategias para abordar distintas temáticas; tiene una frecuencia trimestral y se renueva anualmente dentro del Encuentro Nacional. Está conformada por 25 representantes distribuidos de la siguiente manera: 10 de la región NOA (Jujuy, Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca, La Rioja), 5 de la región Centro (Córdoba, Mendoza, San Juan, San Luis, La Pampa, Buenos Aires), 5 de la región Resolución INAI Sur (Neuquén, Rio Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego) y 5 de la región NEA N°113/2011 y (Misiones, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Chaco, Santa Fe). La mesa de coordinación Resolución INAI deberá informar las decisiones que se tomen al resto de los miembros del Consejo. N°737/2014 La Res. INAI N° 737/2014 estipula, entre otras cosas, que la Mesa de Coordinación Nacional del CPI tendrá reuniones con una frecuencia periódica de un mes (considerando la disponibilidad de fondos y la coordinación con otros eventos) y que la totalidad de los miembros de la Mesa se renovará cada TRES (3) años dentro del ámbito del Encuentro Nacional del Consejo de Participación indígena, pudiendo sus miembros ser reelectos. El Registro Nacional de Comunidades Indígenas se encontrará organizado de acuerdo a la siguiente clasificación: a) comunidades indígenas que ostentan una posesión comunitaria, o son titulares de una propiedad comunitaria, sobre las tierras que ocupan Resolución N° tradicionalmente en ámbitos rurales. INAI 96/2013 b) Comunidades indígenas cuyas familias se nuclean y organizan a partir de la revalorización de la identidad étnica, cultural e histórica de su pueblo de pertenencia, que ejercen una posesión o propiedad individual o comunitaria de las tierras que ocupan en ámbitos urbanos. Por intermedio de esta Ley se prorrogan los plazos de la emergencia de la ley 26.160 Ley Nº hasta el 23 de noviembre de 2017. 26.894/2013 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Crea el Consejo Consultivo y Participativo Decreto PEN de los Pueblos Indígenas de la República Argentina , que tendrá como finalidad N°672/2016 promover el respeto de los derechos previstos por la Constitución Nacional, el convenio 169 de la organización internacional del trabajo sobre pueblos indígenas y 26 Nº de Norma Descripción tribales en países independientes, aprobado por la ley N° 24.071 y la declaración de las naciones unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. 1.3. Normativa Provincial A continuación se presenta un listado no exhaustivo de la legislación provincial en materia en indígena. Tabla 3. Normativa Indígena por provincia PROVINCIA NORMATIVA BUENOS AIRES Constitución Provincial Ley N° 11.331 Adhesión a la Ley Nacional 23.302 Decreto 1859/2004 Derechos de los Pueblos Indígenas Ley N° 12.917 Adhesión a la Ley Nacional 25.517 de Comunidades Indígenas Ley N° 13.115 Adhesión al Régimen de la Ley N° 25.607 Decreto 798/2005 Convenio Marco de Colaboración y Asistencia Técnica con la Secretaría de Derechos Humanos y el Instituto Nacional de Asuntos Humanos (INAI) CATAMARCA Ley N° 5138 Adhesión a la Ley Nacional 23.302 sobre política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes San Fernando del Valle de Catamarca Ley N° 5.150 Reconocimiento a la comunidad aborigen “Los Morteritos-Las Cuevas CHACO Constitución Provincial (1994) Ley N° 1970 Régimen Funcional y Orgánico de la Dirección del Aborigen Ley N° 3258 De las Comunidades Indígenas Ley N° 4804 Registro Especial de Comunidades y Organizaciones Indígenas Ley N° 5450 Adhiere a la Ley Nacional 25.517 Ley N° 5565 Adhesión Ley Nacional 25.607 Ley N° 5089 Creación del Instituto del Aborigen CHUBUT Constitución Provincial (1994) Ley N° 3510 Reconocimiento a la Comunidades Indígenas Ley N° 3623 Adhesión a la Ley Nacional 23.302 Ley N° 3657 Creación del Instituto de Comunidades Indígenas Ley N° 3765 Instituto Autárquica de Colonización y Fomento Rural Ley N° 4384 Mejoramiento Calidad de Vida de la Comunidades Aborígenes Ley N° 4899 Adhesión Ley Nacional 25608 CORDOBA Ley N° 10.317 Adhesión Ley Nacional 25.517 CORRIENTES Sin legislación específica identificada ENTRE RIOS Sin legislación específica identificada FORMOSA Constitución Provincial (1991) Ley N° 426 Integral del Aborigen Ley N° 718 Planes de estudio para comunidades autóctonas y sectores marginales Ley N° 1261 Creación Dirección de Educación del Aborigen Ley N° 1425 Derecho de Inscripción de nombres aborígenes JUJUY Constitución Provincial (1986) Ley N° 4467 Créditos especiales a Comunidades Aborígenes Ley N° 5122 Dirección de Asistencia Social LA PAMPA Constitución Provincial (1994) Ley N° 1228 Adhesión Ley Nacional 23302 Ley N° 2122 Homenaje a los Pueblos Indígenas Ley N° 2222 Suspensión de desalojos a Comunidades Indígenas LA RIOJA Ley N° 7400 Pueblos Originarios 27 PROVINCIA NORMATIVA MENDOZA Ley N° 5754 Adhesión Ley Nacional 23302 Ley N° 6920 Reconocimiento del Pueblo Huarpe MISIONES Ley N° 2727 Creación Dirección Provincial de Asuntos Guaraníes Ley N° 3773 Registro Nombres Aborígenes Ley N° 4093 Plan de Arraigo y Colonización Ley N° 4098 Asentamiento Comunidad Aborigen Iriapu NEUQUEN Constitución Provincial (2006) Ley N° 1800 Adhiere Ley Nacional 23302 Ley N° 1884 Transferencias tierras fiscales a Agrupaciones Indígenas Ley N° 2440 Adhiere Ley Nacional 25607 Decreto 1184/02 Personería a Agrupaciones Indígenas RIO NEGRO Constitución Provincial (1988) Ley N° 2233 Tratamiento Integral situación de la Población Indígena Ley N° 2353 Instituto Nacional de Asuntos Indígenas Ley N° 2553 Consejo de Coordinación del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas SALTA Constitución Provincial (1998) Ley N° 4086 Reservas Indígenas Ley N° 6373 Promoción y Desarrollo del Aborigen Ley N° 7121 Desarrollo de los Pueblos Indígenas Ley N° 7270 Instituto Provincial de Pueblos Indígenas SAN JUAN Sin legislación específica identificada SAN LUIS Sin legislación específica identificada SANTA CRUZ Ley N° 2785 Adhesión Ley Nacional 23302 SANTA FE Ley N° 5487 Creación Dirección Provincial del Aborigen Ley N° 10375 Adhesión Ley Nacional 23302 Ley N° 12646 Convenio Marco de Cooperación Aborigen SANTIAGO DEL ESTERO Sin legislación específica identificada TIERRA DEL FUEGO Ley N° 235 Adhesión a Leyes Nacionales 14932, 23302 y 24071 Ley N° 592 Tierras Fiscales Comunidades del Pueblo Ona TUCUMAN Constitución Provincial (2006) Ley N° 4400 Transferencia Terrenos Amaicha 2. Marco Institucional El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) fue creado a partir de la sanción de la Ley 23.302, en septiembre de 1985 como entidad descentralizada con participación indígena y reglamentada por el Decreto N° 155 en febrero de 1989. Sus principales funciones son:  Disponer la inscripción de las comunidades indígenas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RE.N.ACI). Para ello coordina su acción con los gobiernos provinciales y presta el asesoramiento necesario a las comunidades mediante el desarrollo de talleres de capacitación a los efectos de facilitar los trámites.  Arbitrar todos los mecanismos disponibles para cumplir con el imperativo constitucional de “.. reconocer la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan...” y regular, además, la entrega de otras tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano (Art. 75, Inc. 17, de la Constitución Nacional).  Promover la participación indígena en la formulación y ejecución de proyectos de desarrollo con identidad, dando el apoyo técnico y financiero necesario. 28  Coordinar programas de apoyo a la educación intercultural, pedagogías aborígenes, acciones de recuperación cultural y a investigaciones históricas protagonizadas por las comunidades.  Promover espacios de mediación y participación indígena en las temáticas afines a los intereses de las comunidades, como recursos naturales y biodiversidad, desarrollo sustentable, políticas de salud, comunicación y producción, gerenciamiento y comercialización de artesanías genuinas. La Ley Nacional Nº 23.302, sobre “Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes” establece en su artículo 5º que en el INAI se constituirá el Consejo de Coordinación integrado por representantes de los Ministerios Nacionales, representantes de cada una de las Provincias que adhieran a la ley y los representantes elegidos por las Comunidades Indígenas cuyo número, requisitos y procedimientos electivos está determinado por la Resolución INAI Nº 152/2004. Con el objetivo de hacer efectiva la representación indígena en el Consejo de Coordinación, el INAI ha dictado la Resolución Nº 152/2004 y su Modificatoria Nº 301/2004 impulsando la conformación del Consejo de Participación Indígena (CPI), cuyas funciones son:  Asegurar la posterior participación indígena en el mencionado Consejo de Coordinación y determinar los mecanismos de designación de los representantes ante el mismo y,  Las funciones señaladas en el artículo 7º del Decreto Nº 155/89, reglamentario de la ley Nº 23.302, de la adjudicación de las tierras. La elección de los representantes se efectúa a través de la convocatoria de asambleas comunitarias, las cuales, a través de los métodos tradicionales de cada comunidad, eligen un representante titular y uno suplente por pueblo y por provincia. Las funciones de los representantes titulares del Consejo de Participación Indígena son: 1. Acompañar a las Comunidades Indígenas de los Pueblos que representan en la formulación de proyectos participativos de desarrollo comunitario. 2. Fortalecer a las Comunidades Indígenas en la organización e inscripción de su Personería Jurídica. 3. Promover la Participación de las Comunidades Indígenas en el Programa Nacional de "Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas" (ejecución Ley Nº 26.160, Decreto1.122) y en el proceso de regularización dominial del territorio que tradicionalmente ocupan. 4. Formular propuestas de Política Indígena ante los Delegados Indígenas del Consejo de Coordinación para su evaluación e impulso en dicho Consejo. 5. Articular las líneas de trabajo con su representante regional en el Consejo de Coordinación aportando, de esta manera, la información de su pueblo y provincia al indicado Consejo. 29 Durante el año 2008 se conformó el Consejo de Coordinación (CC) dentro de la estructura organizativa del INAI6 y se creó el Consejo Asesor, órgano consultor de este Instituto. El Consejo de Coordinación está presidido por el Presidente del INAI e integrado por (1) delegado por cada una de las etnias del país, reconocidas en el RENACI, catorce representantes de los Estados Provinciales adheridos a la Ley 23.302, y seis representantes del Estado Nacional (Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo, Ministerio del Interior, Ministerio de Economía, y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos). Las funciones del Consejo Asesor son establecidas en el Art. 15 del Decreto PEN N ° 155/89 de la ley 23.302. Este actúa como consultor del Presidente del INAI y puede solicitar opiniones a Universidades y crear o patrocinar grupos temporarios de investigación y estudios sobre aquellos temas en que hubiese sido consultado. El Consejo Asesor está compuesto por: - Un representante Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. - Un representante del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria. - Un representante del Ministerio de Economía y Producción - Secretaría de Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional. - Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto. - Un representante de la Secretaría de Seguridad - Dirección A. T. de Fronteras – Comisión Nacional de Zonas de Seguridad Ex. Comisión Nacional de Área de Frontera. En el año 2011 se dicta por Res. INAI N° 113/2011 el Reglamento de Funcionamiento del CPI y se crea la “Mesa de Coordinación Nacional del CPI”, que es un espacio de dialogo a fin de alcanzar consensos y el diseño de estrategias para abordar distintas temáticas. Está conformada por 25 representantes distribuidos de la siguiente manera: 10 de la región NOA (Jujuy, Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca, La Rioja), 5 de la región Centro (Córdoba, Mendoza, San Juan, San Luis, La Pampa, Buenos Aires), 5 de la región Sur (Neuquén, Rio Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego) y 5 de la región NEA (Misiones, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Chaco, Santa Fe). La mesa de coordinación deberá informar las decisiones que se tomen al resto de los miembros del Consejo. En el año 2012, mediante Res. INAI N° 737/2014, se estipula, entre otras cosas, que la Mesa de Coordinación Nacional del CPI tendrá reuniones con una frecuencia periódica de un mes (considerando la disponibilidad de fondos y la coordinación con otros eventos) y que la totalidad de los miembros de la Mesa se renovará cada TRES (3) años dentro del ámbito del Encuentro Nacional del Consejo de Participación indígena, pudiendo sus miembros ser reelectos. 6 Su creación está prevista en el Art. 5° de la Ley N°23.302. 30 En el año 2016 mediante el Decreto Presidencial N° 672/2016 se crea, en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblos Indígenas de la República Argentina. Entre sus objetivos figura el de proponer un proyecto de reglamentación del derecho de consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas, establecido en el convenio 169 de la OIT, e impulsar el relevamiento y ordenamiento del territorio para “la efectiva posesión de las tierras por las comunidades”. El organismo será coordinado por la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación del Ministerio de Justicia y contará con un Comité Ejecutivo conformado por cuatro vicepresidentes, un coordinador y un secretario de legal y técnica. Por fuera del ámbito estatal, en marzo de 2009 se conformó un espacio de articulación de comunidades de pueblos indígenas denominado Encuentro de Organizaciones de Pueblos Originarios (ENOTPO), conformado originariamente por 28 organizaciones territoriales que nuclean a más de 800 comunidades de todo el país. Actualmente conforman al Encuentro 44 organizaciones que se presentan en la siguiente tabla. Tabla 4. Organizaciones integrantes del ENOTPO. 2017 Organizaciones integrantes del ENOTPO 1 COORDINADORA del PARLAMENTO de PUEBLO MAPUCHE RÍO NEGRO 2 CONFEDERACIÓN MAPUCHE de NEUQUÉN 3 UNIÓN de los PUEBLOS de la NACIÓN DIAGUITA - UPND (Salta) 4 PUEBLO TOLOMBÓN - NACIÓN DIAGUITA (VALLE DE CHOROMOROS, TUCUMAN) 5 CONSEJO de la NACIÓN TONOCOTÉ “LLUTQUI” (Santiago del Estero) 6 FEDERACIÓN PILAGÁ (Formosa) 7 OCASTAFE (Santa Fe) 8 MOVIMIENTO de la NACION GUARANI “KEREIMBA IYAMBAE” (Jujuy) 9 ASAMBLEA del PUEBLO GUARANÍ (Jujuy) 10 ASAMBLEA del PUEBLO GUARANÍ (Jujuy) TRADICIONAL 11 ORGANIZACIÓN MALALWECHE de MENDOZA 12 ORGANIZACIÓN RANQUEL MAPUCHE de la PAMPA 13 AGRUPACIÓN de COMUNIDADES INDÍGENAS DTO. SAN MARTÍN (Salta) 14 ASAMBLEA del PUEBLO IOGYS de la RUTA 86 y 34 (Salta) 15 CONSEJO de CACIQUES WICHI de la RUTA 86 y 34 (Salta) 16 AGRUPACIÓN SICHET – Ruta 86, 34 y 53 (Embarcación - Salta) 17 ORGANIZACIÓN NASHILLIPI MOQOIT (Chaco) 18 ORG. MAPUCHE- TEHUELCHE. NOR FELEAL MAPUCHE. CORDILLERA, MESETA Y ZONA SUR (Chubut) 19 ASOCIACIÓN de COMUNIDADES del PUEBLO GUARANÍ (Misiones) 20 CONSEJO del PUEBLO TASTIL. Quebrada del Toro (Salta) 21 ORGANIZACIÒN TERRITORIAL HUARPE PIMKANTA (Mendoza, San Juan y San Luis) 22 INTERWICHI (Formosa) 23 OTPOC - ORG. TERRITORIAL DE PUEBLOS ORIGINARIOS - Córdoba 24 CONSEJO de DELEGADOS de COMUNIDADES ABORÍGENES del PUEBLO OCLOYA CD-CAPO(Jujuy) 25 ORG. IDENTIDAD TERRITORIAL CHEW MAPU SELK (CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO) 26 RED de COMUNIDADES del PUEBLO ATACAMA (Salta) 27 CONSEJO de PARTICIPACIÓN de SUSQUES ATACAMA (Jujuy) 28 CONSEJO INDIO PUEBLO NACIÓN CHARRUA (Entre Ríos) 29 ORG. EDUCADORES ORIGINARIOS NAN Q’OM (Formosa) 31 Organizaciones integrantes del ENOTPO 30 ORG. PUEBLO CHOROTE (Salta) 31 ORG. “ÑEMBOATI GUASU TATA OGUE MBAE” (Asamblea del fuego que nunca se apaga) 32 ORG ZONAL WICHI CHOT LHAME JENPE Ruta 81 (Morillo - Salta) 33 ORGANIZACIÓN MAPUCHE/TEHUELCHE de CUSHAMEN (Chubut) 34 PUEBLO Kolla Dpto YAVI (Jujuy) 35 PUEBLO CHICHA Dpto YAVI (Jujuy) 36 ASOCIACIÓN COMUNITARIA COLONIA ABORIGEN (Chaco) 37 ORGANIZACIÓN WICHI TEWOC Sta. Victoria (Salta) 38 ORGANIZACIÓN JATUN QUECHUA LLAJTA Sta. Catalina (Jujuy) 39 CONSEJO DE CACIQUES WICHI de METÁN Y ANTA (Salta) 40 CONSEJO DE ORGANIZACIONES ORIGINARIAS - Rinconada (Jujuy) 41 AWAWA – COMUNIDAD FINCA EL POTRERO - IRUYA (SALTA) 42 PUEBLO LULE-COMUNIDAD las COSTAS (Salta) 43 ORG. MIG TAGAN TUKUYPAJ, PUEBLOS QOM Y TONOKOTE (ALMTE. BROWN Y QUILMES, PCIA. DE BS. AS.) 44 AGRUPACIÓN COMUNIDADES WICHI RUTA 81, 34, 53 EMBARCACIÓN (SALTA) Fuente: http://enotpo.blogspot.com.ar/2012/01/ecuentro-nacional-de-organizaciones.html Esta organización de tercer grado tiene anualmente reuniones plenarias de sus miembros y reuniones mensuales de un Comité de Seguimiento conformado por d o s representantes de cada organización. En oportunidad de su primera reunión en marzo de 2009 en la localidad de Almirante Brown elaboraron un documento denominado “Bicentenario entre los Pueblos Originarios y el estado argentino: una política de interculturalidad para la construcción de un estado plurinacional” que le entregaron a la Presidenta de la Nación en una reunión que mantuvieron sus miembros en mayo de 2010. Dicho documento expresa, entre otros conceptos, las siguientes reivindicaciones: - Reglamentación de la Ley Nº 26.160 de Emergencia en Materia de Posesión y Propiedad de las Tierras que tradicionalmente ocupan las Comunidades Indígenas originarias del país; - Establecimiento de una Reparación Histórica hacia los Pueblos Indígenas; - Articulación de una efectiva participación de los Pueblos Originarios en las definiciones que los competen; - Sancionar por ley el Consentimiento Libre Previo e Informado; - Reconocimiento de sus organizaciones con sus propias autoridades; - Reconocer los territorios indígenas tradicionales como espacios culturales y con soberanía sobre el subsuelo, suelo y espacio aéreo; - Ejecución de un programa de “Planes del Buen Vivir” para las organizaciones de los - Pueblos Originarios; - Reconocimiento y Fortalecimiento de la Educación Indígena Autónoma de los Pueblos - Originarios; - Creación de una Universidad Autónoma Indígena con planes de formación de conocimientos ancestrales, culturas, historias, costumbres, espiritualidad; 32 - Propiciar la participación indígena en el poder ejecutivo, legislativo y judicial a través de una ley de cupo. Principales organizaciones indígenas territoriales y sectoriales A continuación, se presentan algunas de las principales organizaciones territoriales y sectoriales que representan a las comunidades indígenas en términos étnicos y/o regionales. Tabla 5. Principales organizaciones territoriales y sectoriales de pueblos indígenas Provincia Organización Año de Principales Objetivos/Actividades Creación CHACO Consejo Qompi 1988 Nuclea a las comunidades del Pueblo Toba en la zona de Pampa del Indio. Gestiona una escuela bilingüe e intercultural con un proyecto educativo propio. FORMOSA Federación Pilagá  Nuclea a todas las comunidades del Pueblo Pilagá en el centro de la provincia de Formosa. Participó en hechos relevantes del Pueblo Pilagá, como la demanda al Estado por la masacre de Rincón Bomba y la lucha por el Bañado La Estrella. Consejo InterToba  Nuclea a las comunidades del Pueblo Toba de la provincia, actualmente en formación InterWichí  Nuclea a las comunidades de Las Lomitas, Bazán, Mortero y Pozo del Tigre; realizó numerosas denuncias y un trabajo de relevamiento territorial para justificar la necesidad de la ley 26.160 Consejo Indígena del 2005  Organización intercomunitaria indígena, con mandato de representación Oeste de Formosa en los ámbitos zonales provinciales y nacionales. Asociación SIWAN`I  Reúne a unas 280 artesanas de 16 comunidades wichí de El Potrillo, dpto. Ramón Lista. JUJUY Consejo de  Agrupa a las comunidades del Pueblo Guaraní que habitan en el Ramal Mburuvichas Jujeño Asamblea del Pueblo  Nuclea a las comunidades que habitan en el dpto. de Ledesma, se vincula Guaraní de Jujuy con la APG de Bolivia; en caso de conflictos o reivindicaciones actúan junto con el Consejo de Mburuvichas. Consejo de 1989  Promueve la defensa y desarrollo de las comunidades en todos sus Organizaciones aspectos, propiciar, gestionar y colaborar con las entidades y Aborígenes de Jujuy organizaciones financieras para la canalización de recursos económicos Kereimba Iyambae  Nuclea a las comunidades del dpto. San Pedro y Libertador; busca crear una instancia representativa del Pueblo Guaraní en Argentina, junto con Bolivia y Paraguay. Asociación de Mujeres 1995  Sus objetivos se vinculan con los microemprendimientos productivos Warmi Sayajsungo MISIONES Consejo de Caciques 1989  Es la organización tradicional de las comunidades del Pueblo Mbyá del Pueblo Guaraní Guaraní que habita en la provincia. En la actualidad representa aproximadamente a 40 comunidades. Consejo de Ancianos 2003  Representa a la cultura y religiosidad de la Nación Mbyá Guaraní. Arandu y Guías Espirituales Asociación del Pueblo  Representa alrededor de 30 comunidades que están por fuera de las Guaraní organizaciones promovidas por la Dirección de Asuntos Guaraníes: Consejo de Caciques y el Consejo de Ancianos. NEUQUEN Confederación 1970 Representa a las comunidades del Pueblo Mapuche que habitan en la Mapuche Neuquina provincia del Neuquén; desarrolla una importante tarea en la aplicación de los derechos fundamentales del Pueblo Mapuche 33 Provincia Organización Año de Principales Objetivos/Actividades Creación Centro de Educación Se plantea recuperar el ordenamiento de vida según su cultura; busca que los Mapuche contenidos pedagógicos y metodológicos propios del Pueblo Mapuche sean Norgvbamtuleayiñ reconocidos RIO NEGRO Coordinadora del Nuclea a todas las comunidades del Pueblo Mapuche que habitan en la Parlamento del provincia de Río Negro. Trabaja en la defensa de los derechos humanos y Pueblo Mapuche de tiene presencia en todas las instancias alternativas de participación que Río Negro respondan a los intereses del Pueblo Mapuche; tiene como objetivo impulsar el diálogo y la unidad de las comunidades. Consejo Asesor Es una organización de base del pueblo mapuche; con destacada actuación en Indígena conflictos territoriales SALTA Consejo de Demandan la intervención de las autoridades para la obtención de los títulos Coordinación de las de las tierras Organizaciones de los Pueblos Indígenas de Salta Consejo de Caciques 2007 Nuclea a 28 comunidades que habitan en el departamento de Tartagal de Pueblos Indígenas Su objetivo es conformar una figura representativa como Pueblo Kolla que de Tartagal habita en la provincia de Salta a fin de ejercer la autonomía del territorio y de los recursos naturales Qullamarka: 2008 Nuclea a más de 20 comunidades del Pueblo Kolla que habitan en el municipio Coordinadora de de Santa Victoria; su objetivo es defender sus territorios y recursos naturales Organizaciones Kollas Son comunidades que están en proceso de unificarse para organizar la Autónomas defensa de sus derechos y promover las acciones de desarrollo Unión de Su objetivo es mantener su cultura como aporte a los trabajos que se vienen Comunidades desarrollando en relación al ordenamiento territorial de los bosques nativos Aborígenes Victoreñas Organización que reúne las Comunidades del Pueblo Wichí y otras que Comunidades Kollas habitan en las Ruta 53 en defensa del territorio. de Iruya Consejo de Caciques 1992 Reúne comunidades del Pueblo Wichí que habitan en los Blancos – Morillo, Wichi de la Ruta 86 Rivadavia Bda. Norte Consejo de Reúne comunidades del Pueblo Wichi que habitan en Rivadavia Banda Sur Organizaciones Wichí Nuclea a más de 32 comunidades rurales y urbanas de los pueblos de habla del Bermejo (COW) guaraní; define como intereses generales: tierra y territorio, educación bilingüe, legislación y proyectos Organización Zonal Wichí t’ chot Ihamejenpe Organización Zonal Wichí Amtee (Rivadavia Banda Sur) Asamblea del Pueblo Guaraní SANTA CRUZ Organización 2009 Nuclea a las comunidades rurales y urbanas de los Pueblos Tehuelche y Territorial Mapuche Mapuche que habitan en la provincia Tehuelche de los Pueblos Originarios de Santa Cruz SANTA FE Organización de Nuclea a comunidades rurales y urbanas de los Pueblos Mocoví y Toba; es la Comunidades organización asesora de la aplicación de la ley Nº 11.078 en la provincia Aborígenes de Santa 34 Provincia Organización Año de Principales Objetivos/Actividades Creación Fe (OCASTAFE) SANTIAGO DEL Consejo de la Nación Constituido por las autoridades de 24 comunidades del Pueblo Tonokoté de la ESTERO Tonokoté Llatquio provincia EN VARIAS Unión de Pueblos de 2005 Es una instancia de coordinación conformada por las autoridades PROVINCIAS la Nación Diaguita tradicionales de las comunidades del Pueblo Diaguita que habita en las provincias de Salta, Tucumán, La Rioja, Catamarca y Santiago del Estero para reconstruir su histórica forma de vida comunitaria, y hacer frente a problemas como desalojos, manejo de su patrimonio cultural, etc. Encuentro Nacional de 2009 Espacio de articulación política para construir una política de interculturalidad Organizaciones de que nuclea a 26 organizaciones políticas territoriales. Pueblos Originarios por un Estado Intercultural Organización de 2003 Se plantea coadyuvar a la construcción de un modelo de desarrollo con Naciones y Pueblos identidad; ordena y vigila las estrategias regionales en los procesos de Indígenas en desarrollo con identidad. Argentina (ONPIA) Comisión de Juristas 1992 Su objetivo es contribuir a la efectiva aplicación de los derechos indígenas en la República tanto en el ámbito nacional como internacional. Argentina Asociación de 1975 Realiza encuentros de comunidades con el fin de conocerse y aprender uno Comunidades de otro y hacerse conocer. Indígenas Asociación Indígena Nuclea a representantes, organizaciones y comunidades, con el objetivo de de la República recuperar la cultura Argentina (AIRA) Fuente: Canet V. (2010) 35 Proyecto de Gestión Integral de los Riesgos en el Sistema Agroindustrial Rural (GIRSAR) - Proyecto P162316 - Marco de Gestión Ambiental y Social Anexo 4 - Marco de Planificacion para Pueblos Indígenas APÉNDICE II. BREVE CARACTERIZACION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS EN ARGENTINA La población indígena de la Argentina no está bien determinada en su número poblacional ni en su ubicación geográfica. La falta de criterios homogéneos en las estimaciones, encuestas y censos para la definición de quiénes forman parte de esta población, se traduce en cifras contradictorias o marcadamente diferentes según las fuentes consultadas7. La Encuesta Complementaria de Pueblos Indígenas (ECPI) realizada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) en el periodo 2004-2005, presenta una cifra de 600.329 personas que se reconocen pertenecientes y/o descendientes en primera generación de Pueblos Indígenas. En la siguiente tabla se presenta la distribución de la población indígena por grupo étnico según la ECPI del INDEC. Tabla 6. Población por Pueblo Indígena. Años 2004 y 2005 Pueblo indígena Población Pueblo indígena Población Mapuche 113.680 Tupí guaraní 16.365 Kolla 70.505 Mocoví 15.837 Diaguita/calchaquí 31.753 Huarpe 14.633 Guaraní 22.059 Mbyá guaraní 8.223 Ava guaraní 21.807 Quechua 6.739 Comechingón 10.863 Tonocoté 4.779 7 Las razones de la inconsistencia de los estudios y censos realizados son diversas, siendo la principal la histórica invisibilización de los indígenas por parte del Estado. A esta podemos sumar las dificultades que puede presentar el criterio de auto-reconocimiento combinadas con la falta de un criterio censal unificado para la adscripción étnica voluntaria. 36 Tehuelche 10.590 Querandí 736 Rankulche 10.149 Ona 696 Charrúa 4.511 Sanavirón 563 Pilagá 4.465 Chulupí 553 Chané 4.376 Tapiete 524 Aymara 4.104 Omaguaca 1.553 Atacama 3.044 Lule 854 Chorote 2.613 Otros (*) 3.864 Pampa 1.585 No especificado (**) 92.876 Toba 69.452 Sin respuesta 9.371 Wichí 40.036 TOTAL 603.758 Fuente: INDEC. Encuesta Complementaria de Pueblos Indígenas (ECPI) 2004-2005 Complementaria del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001. Referencias: (*) Incluye, entre otros, los casos registrados con las siguientes denominaciones: abaucán, abipón, ansilta, chaná, inca, maimará, minuán, ocloya, olongasta, pituil, pular, shagan, tape, tilcara, tilián y vilela. No se brindan datos por separado para cada denominación debido a que la escasa cantidad de casos muestrales no permite dar una estimación de cada total con la suficiente precisión. (**) Incluye los casos en que la respuesta relativa al Pueblo Indígena de pertenencia y/o ascendencia en primera generación fue “ignorado” u “otro Pueblo Indígena”. Sin embargo, la información general más actualizada es la que se dispone a partir de las estimaciones del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas (CNPHyV), realizado en 2010, que indica que 955.032 personas se reconocen pertenecientes y/o descendientes de Pueblos indígenas en primera generación8. 8 Es importante destacar que la población que se reconoce perteneciente a un Pueblo Indígena está clasificada sobre la base del criterio de autorreconocimiento, independientemente del hecho que la persona censada tenga ascendencia indígena o no. Pero también en el censo se efectúa la pregunta complementaria que indaga acerca de la descendencia que posee de población indígena. El 93,4% de la población que se reconoce perteneciente a un Pueblo Indígena desciende de ese Pueblo Indígena en primera generación por parte de padre y/o de madre (INDEC, 2004- 2005 y 2010). 37 Tabla 7. Población indígena total Población Población indígena o Sexo descendiente de Pueblos Indígenas u originarios Varones Mujeres TOTAL 955.032 480.074 473.958 Fuente Censo Nacional de población. INDEC, 2010 Otro de los motivos de la falta de precisión sobre cuántos son los indígenas que habitan en Argentina surge del propio mecanismo de identificación de esta población, que consiste en un dinámico proceso de autorreconocimiento que lleva a que esta cifra varíe de manera impredecible. En muchos lugares del país hay personas que están recuperando su identidad como miembros de un Pueblo Indígena, a través de la memoria grupal. Incluso, han resurgido pueblos que se consideraban hasta hace poco "extinguidos" o casi extinguidos, como por ejemplo los Ona, los Huarpes, o los Diaguita, que se están organizando como comunidades. Por otro lado, en el caso de la población indígena rural y dispersa, existen un conjunto de factores históricos, sociales, políticos y económicos, vinculados a la discriminación, que dificultan que dicha población se auto identifique o perciba asimismo como indígena y que utilice alternativamente dicha identidad y/o la campesina -de acuerdo a los diferentes contextos donde se encuentre- a pesar de que un conjunto de características lingüísticas y culturales podrían permitir su definición como indígena. Según la ECPI entre un 2% y un 28% de personas de distintas etnias no se reconoce como perteneciente a su pueblo aun cuando sus padres se auto reconocen como tales. En Argentina algunos Pueblos Indígenas conservan su lengua originaria, pero solamente la utilizan en el ámbito familiar y comunitario, utilizando el español en el resto de su socialización. Algunas de estas lenguas se mantienen al interior de las comunidades, por tradición oral, ya que no todas tienen su referencia escrita. Todos los pueblos autorreconocidos reivindican el derecho a la educación e información en su lengua y la necesidad de resguardarla como parte sustantiva de su patrimonio cultural e identidad. El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) creó el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (ReNaCI) con el objetivo de lograr la inscripción unificada de todas las comunidades del país, ya que existen comunidades registradas a nivel provincial y/o nacional, con distintas modalidades jurídicas de asociación (comunidad, centro vecinal, cooperativa, etc.). Los datos unificados entre el ReNaCI y los registros provinciales indican la existencia de 1.079 comunidades en todo el país. 38 Tabla 8. Comunidades indígenas por provincia Provincias Cantidad de comunidades Buenos Aires 30 Catamarca 4 Chaco 95 Chubut 43 Córdoba 5 Entre Ríos 2 Formosa 142 Jujuy 217 La Pampa 11 La Rioja 2 Mendoza 15 Misiones 74 Neuquén 55 Río Negro 20 Salta 364 San Juan 3 San Luis 1 Santa Cruz 2 Santa Fe 33 Santiago del Estero 40 Tierra del Fuego 1 Tucumán 19 TOTAL 1178 Fuente: RENACI. 2014 Tabla 9. Comunidades indígenas por pueblo de pertenencia Pueblo Cantidad de Comunidades Atacama 11 Ava Guaraní 19 Chané 5 Charrúa 2 Chorote 17 Comechingón 5 Diaguita 42 Guaraní 75 Huarpe 16 Kolla 233 Lule 7 Mapuche 105 Mbya Guaraní 75 Mocoví 29 Omaguaca 33 Pilagá 20 Ranquel 11 Tastil 3 Tehuelche 4 39 Pueblo Cantidad de Comunidades Tilián 4 Toba 128 Tonokoté 24 Tupí Guaraní 9 Vilela 3 Wichí 216 Otros 82 TOTAL 1178 Fuente: RENACI. 2014 Figura 2. Ubicación general de los pueblos originarios reconocidos por el INAI en Argentina Fuente: Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) 40 En cuanto a las características educativas, la tasa de analfabetismo para la población indígena de 10 años o más es del 3,8%. En el caso de las etnias Mbyá guaraní de Misiones y Wichí de Chaco, Formosa y Salta, las tasas de analfabetismo superan el 15%. Tabla 10. Población indígena por provincia, analfabetos y analfabetos discriminados por sexo. Población Condición de alfabetismo Población de 10 años Alfabetos Analfabetos indígena o Provincia y más en descendient viviendas Mujere Varone e de 10 años Total Varones Total Mujeres particulare s s y más s Total del país 33.398.225 788.497 759.449 383.063 376.386 29.048 12.692 16.356 CABA 2.568.141 52.872 52.496 25.640 26.856 376 156 220 Buenos Aires 13.044.694 252.733 249.292 122.949 126.343 3.441 1.545 1.896 Gran Buenos Aires 8.259.132 157.927 155.861 76.876 78.985 2.066 797 1.269 Interior Pcia. Bs. As. 4.785.562 94.806 93.431 46.073 47.358 1.375 748 627 Catamarca 299.189 5.778 5.558 2.955 2.603 220 103 117 Chaco 852.752 30.700 26.313 13.847 12.466 4.387 1.963 2.424 Chubut 420.137 36.557 35.266 17.716 17.550 1.291 678 613 Córdoba 2.780.731 43.091 42.654 21.494 21.160 437 200 237 Corrientes 806.440 4.228 4.096 2.094 2.002 132 75 57 Entre Ríos 1.027.265 11.227 11.000 5.330 5.670 227 119 108 Formosa 425.344 22.970 20.082 10.657 9.425 2.888 1.003 1.885 Jujuy 548.572 43.810 42.184 21.451 20.733 1.626 445 1.181 La Pampa 266.919 11.930 11.633 5.772 5.861 297 180 117 La Rioja 273.446 3.317 3.265 1.771 1.494 52 34 18 Mendoza 1.443.490 34.816 33.787 16.881 16.906 1.029 441 588 Misiones 871.555 9.282 7.897 4.312 3.585 1.385 582 803 Neuquén 455.068 36.578 35.156 17.848 17.308 1.422 734 688 Río Negro 531.387 38.874 37.275 19.358 17.917 1.599 867 732 Salta 968.376 59.866 54.541 28.328 26.213 5.325 2.078 3.247 San Juan 549.718 6.569 6.435 3.229 3.206 134 75 59 San Luis 353.900 6.537 6.394 3.138 3.256 143 76 67 Santa Cruz 221.824 7.956 7.805 3.968 3.837 151 83 68 Santa Fe 2.704.981 40.067 38.706 19.919 18.787 1.361 662 699 Santiago del Estero 696.816 9.345 8.781 4.658 4.123 564 320 244 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del 104.126 2.888 2.865 1.462 1.403 23 18 5 Atlántico Sur Tucumán 1.183.354 16.506 15.968 8.286 7.682 538 255 283 Fuente: INDEC, Censo Nacional de Población, Vivienda y Hogares 2010 Otro dato a tener en cuenta es que el 78.2% de la población indígena de 15 años y más tienen como máximo nivel de instrucción alcanzado el secundario incompleto, mientras que un tercio (33.1%) no completó la primaria o no tiene instrucción. Si estos indicadores son comparados con los de la población general, se advierten diferencias notables. En efecto el porcentaje de personas en todo el país que tienen como máximo nivel de instrucción alcanzado el secundario incompleto es de 66.8% y el 17.9% no completó la primaria o no tiene instrucción. En este sentido, los Pueblos Indígenas que se encuentran en una situación más crítica son: Mbyá guaraní de Misiones, Wichí de Chaco, Formosa y Salta, Chorote de Salta, Toba de Chaco, Formosa y Santa Fe y Pilagá de Formosa. En todos los casos, el porcentaje de población de 15 años y más que tiene como 41 máximo nivel de instrucción alcanzado estudios primarios incompletos supera el 60% y la proporción de los que tienen hasta secundario incompleto supera el 90%. La situación socio-sanitaria de los Pueblos Indígenas del país cuenta con indicadores alarmantes con relación a las tasas de mortalidad infantil, desnutrición, enfermedades infecto-contagiosas (VIH-SIDA, TBC, Chagas, cólera), entre otras. La inaccesibilidad a servicios básicos de salud por parte de los Pueblos Indígenas, se ve agravada por la precariedad de la infraestructura y los servicios básicos en las comunidades de origen, y la falta o escasez de insumos para la atención básica de la salud. A esto se suma la discriminación y estigmatización (marco ideológico de los agentes de salud) por parte de los equipos médicos hacia la población de referencia. La población indígena en el medio rural, responde a dos situaciones típicas: a) grupos con integración a las pautas culturales de la población criolla que comparten con ella similares problemas y grado de vulnerabilidad; b) grupos que mantienen pautas culturales diferenciadas que se traducen en una mayor dependencia de los recursos naturales y una escasa o nula adopción de las prácticas productivas comunes al resto de los agricultores familiares. En cuanto a la distribución geográfica de los Pueblos Indígenas se pueden distinguir cuatro grandes regiones con sus propias características prototípicas: 1. Región del Gran Chaco (Formosa, Chaco, parte de Salta y Jujuy, Santiago del Estero, y Santa Fe), 2. Región Norandina (parte de Jujuy y Salta, Tucumán y Catamarca), 3. Región Patagónica (La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz). 4. Región Cuyo (San Luis, San Juan, Mendoza9) Por otra parte, existen las provincias que registran población indígena pero que no conforman una región más allá de cada provincia específica, las cuales conforman un cuarto grupo, siendo Misiones la más importante respecto del tamaño relativo de la población indígena. Se presenta a continuación una descripción de las actividades productivas de los diferentes Pueblos Indígenas en las tres grandes regiones mencionadas y otras provincias seleccionadas y un resumen de los principales problemas sociales y económicos que enfrentan las distintas comunidades. Región Gran Chaco En esta Región se asienta el porcentaje más grande y diverso de la población indígena del país, y presenta un ambiente relativamente homogéneo. 9 Se excluye la provincia de La Rioja. 42 Tabla 11. Población indígena región Gran Chaco, según Pueblo y Provincia. Pueblo Provincia Población Ava Guarani Salta y Jujuy 13.418 Chane Salta 18.629 Chorote Salta 1.713 Chulupí Salta y Formosa 440 Guarani Salta y Jujuy 17.312 Mocoví Chaco y Santa Fe 12.145 Pilagá Formosa 4366 Tapiete Salta 484 Qom Chaco , Formosa y Santa Fe 47.591 Tupí guaraní Salta y Jujuy 6.444 Wichi Salta, Formosa y Chaco 36.149 TOTAL 158.691 Fuente: elaboración propia en base a Cervera Novo 2010 CNP- INDEC, 2010. Las actividades productivas principales de las comunidades en esta región son la pesca, recolección de frutos, mieles y leña, proveniente de lo que queda del bosque nativo; caza de pequeños animales, artesanía, empleo estacional y/o trabajo asalariado, empleo estatal y agricultura doméstica y comunitaria. De todas estas actividades, solo la agricultura comunitaria se desarrolla en el lugar de residencia. En lo que al trabajo estacional respecta, se desarrolla generalmente en las plantaciones agrícolas linderas a la Ruta 14 (en el caso de las comunidades del Chaco Salteño), en las plantaciones de algodón (en el caso de las comunidades del Chaco Formoseño) o en plantaciones hortícolas (en el caso de las comunidades del interior de Jujuy). Los principales problemas sociales y económicos de los Pueblos Indígenas identificados en esta gran región son los siguientes: – Falta de regularización dominial y entrega de título de propiedad comunitaria. En los casos de entrega de tierras en forma de tenencia o usufructo, han sido en tierras improductivas e insuficientes. – Avance de la frontera agrícola que trae aparejado: reducción de las tierras de usufructo comunal y extracomunal; revalorización de la tierra; renovado interés de agroindustrias y desalojos y desmontes a gran escala. – Falta de consulta en la elaboración y diseño de los proyectos que se aplican. – Destrucción y contaminación de recursos naturales dado el avance de la explotación gasífera y petrolífera, la tala de monte, la extracción de madera y el tendido de alambrados. Región Norandina Según los resultados del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas (2010), el total de la población del NOA es de 4.911.412 personas, de las cuales 173.436 se autorreconocen como descendientes de, o pertenecientes a un pueblo originario. 43 En la provincia de Salta se concentra el mayor porcentaje de la población originaria de la región (45,7%), pero es Jujuy la que presenta una mayor proporción sobre el total de su población (7,8%). Tabla 12. Población indígena región Norandina, según Pueblo y Provincia. Pueblo Provincia Población Kolla Catamarca, Santiago del Estero, 46.008 Tucumán, La Rioja, Salta y Jujuy Diaguita-Calchaquí Catamarca, Santiago del Estero, 33.153 Tucumán, La Rioja Salta y Jujuy Quechuas Catamarca, Jujuy, La Rioja, Santiago 4.018 del Estero y Tucumán Atacama Catamarca, Jujuy, Santiago del Estero 4.172 y Tucumán Omaguaca Jujuy 6.146 Aymara, Maimará Jujuy 12.145 Lulues Tucumán, Santiago del Estero 1.860 Otros (Mapuches, Sanaviron, Catamarca, Santiago del Estero, 1.358 Huarpes) Tucumán, La Rioja, Salta y Jujuy TOTAL 108.860 Fuente: Elaboración propia en base al CNP – INDEC 2010 El último CNPvyH muestra que en Catamarca, Jujuy y Salta baja significativamente la representación de los grupos de 20 a 29 años tanto en la población indígena como en el total provincial. En Tucumán se observa sólo en el grupo de 25 a 29 años una significativa baja de población. Respecto al analfabetismo, en La Rioja, Jujuy, Tucumán y Catamarca los valores de la población originaria son inferiores al 4% y similares a los valores de los totales provinciales. En cambio, las provincias de Salta y Santiago del Estero presentan mayores diferencias con valores superiores al 6% con respecto a los totales provinciales que no superan el 4%. La desocupación entre la población originaria de la región, al momento del CNP oscilaba entre un 5,2% en la provincia de Santiago del Estero y 9,1% en Salta. Dadas las características socioeconómicas de la población originaria en estas provincias, es altamente probable que estas cifras hayan aumentado. Por último, en cuanto a la previsión social, los niveles de cobertura son altos tanto en la población indígena como en los promedios provinciales y en todos los casos se ubican por encima del 85%. En esta región se identifican tres ambientes muy diversos entre sí, a partir de la amplitud de alturas y regímenes de precipitaciones de la zona: la Puna, la Quebrada de Humahuaca y los Valles de altura. La Puna corresponde a un gran altiplano con producción preponderante de la cría de ganado menor, seguido por la cría de camélidos, producción de papas andinas y hortalizas para el autoconsumo. La economía de los productores se generaliza en la combinación de producción de autosubsistencia con producción de diferentes productos para mercados locales y extralocales. Al 44 mismo tiempo existe una fuerte dependencia en los ingresos extraprediales (cosecha de la zafra en ingenios azucareros, minería, cosecha de algodón, etc.). Existen en último lugar una serie de emprendimientos productivos surgidos en los últimos diez años gracias al financiamiento de distintas agencias estatales que incluyen: tallado de laja, telar rústico, tejidos regionales, gastronomía ancestral, alfarería, talla en madera, cuero crudo y curtido, instrumentos musicales, metales, asta y hueso, entre otros. En la zona de Quebrada se encuentra primordialmente un modelo productivo agropastoril, con mayor incidencia de una u otra actividad de acuerdo a la distancia a la Ruta Nacional N° 9 y a la altura sobre el nivel del mar, en la que se ubica cada área de cultivo. A pesar de haber sido desplazados durante mucho tiempo por la horticultura comercial, los cultivos andinos (papa y maíz) poseen un renovado interés, gracias a las oportunidades comerciales generadas a partir del trabajo llevado adelante por el PSA, CAUQueVa (Cooperativa Agropecuaria y Artesanal Unión Quebrada y Valles) y por el Consejo de la Microempresa. Los Valles de Altura presentan diferentes sistemas de acuerdo a la accesibilidad a cada zona. La producción preponderante es la cría de ganado mayor y menor y en la mayoría de las comunidades se producen cultivos andinos (papa, maíz y tubérculos microtérmicos, oca y papa lisa). En algunos valles como los de Iruya (Salta) existe una importante extensión destinada a la horticultura comercial de los cultivos de arveja y haba. La producción de papa andina y tubérculos microtérmicos presenta en estos valles una importante actividad comercial. En los valles más aislados del departamento de Tilcara la producción de tubérculos andinos se destina fundamentalmente al autoconsumo, siendo su única actividad comercial la cría de ganado mayor. Los principales problemas económicos y sociales en esta región son: – Territorios en conflicto por estar titulados a nombre de particulares, en algunos casos deben pagar arriendos para seguir viviendo en sus tierras, o son desalojados sin poder ejercer ningún reconocimiento legal de la posesión comunitaria. – Contaminación ambiental y enfermedades por explotación de minas. – Superposición de títulos y otorgamiento fraudulento de los mismos que permiten: Expropiaciones, desalojos, acciones judiciales a familias; alambrados de campos, parcelas, ríos y caminos por parte de particulares; escasez de agua para riego, mecanismos de distribución de agua por cuota manejados por latifundistas; destrucción de sembradíos familiares; tala indiscriminada de montes (de algarroba); destrucción de sitios sagrados. – Procesos de revalorización de la tierra que generan conflictos y dificultades en la entrega de tierras. – Falta de consulta en la elaboración y diseño de los proyectos que se aplican. Región Patagónica Según los resultados del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas (2010), el total de la población de la Patagonia es de 2.100.188 personas, de las cuales 145.126 se autorreconocen como descendientes de, o pertenecientes a un pueblo originario. Los indígenas en la región patagónica representan el 6,9% de la población total. De este modo, casi se triplica el promedio nacional y se constituye como la región con mayor proporción de población indígena de nuestro 45 país. En la provincia del Chubut se concentra el mayor porcentaje de población indígena del país (8,5%). El 80% de los indígenas de la región pertenecen al pueblo Mapuche, siendo el pueblo con mayor representación en las cinco provincias que la integran. El pueblo Tehuelche tiene también una importante representación superando el 9%. Las tasas de analfabetismo de la población indígena de la región son bajas y con valores cercanos al promedio nacional, siendo Río Negro la provincia que presenta el índice de analfabetismo indígena más alto de la Patagonia, 4,1%. La desocupación en la población indígena, al momento del CNP oscilaba entre el 6,4% y el 7,9%, y entre las mujeres alcanza valores que van de un 9% a un 11%, siempre más altos que entre los varones. Por último, los valores en relación a los hogares en viviendas deficitarias son bajos y similares a los del total del país. La población originaria siempre muestra valores superiores a los de la población total en cada provincia. Tabla 13. Población indígena región Patagónica, según Pueblo y Provincia. Pueblo Provincia Población Mapuche Chubut, Neuquén, Río Negro, 116.682 Santa Cruz Tehuelche Chubut, Neuquén, Río Negro, 13.600 Santa Cruz Selk’Nam (Ona) Tierra del Fuego 300 Quechas Chubut, Neuquén, Río Negro, 2.172 Santa Cruz Diaguita-Calchaquí Chubut, Neuquén, Santa Cruz 1.492 Kollas Chubut, Neuquén, Río Negro, 1.894 Santa Cruz Otros (Guaraníes, Chubut, Neuquén, Río Negro, 8.986 Comechingones, Pampas, Santa Cruz Huarpes, Qom, Aymaras) TOTAL 145.126 Fuente: Elaboración propia en base a CNP- INDEC 2010. Los pobladores Mapuche y Tehuelche están distribuidos en terrenos de escaso valor para la actividad agropecuaria, en donde las unidades domésticas se han dedicado desde hace décadas a la crianza de animales menores (caprinos y ovinos) en forma extensiva, participando del mercado mediante la venta de pelo de caprino, lana de ovino, cueros y animales en pie. Los “frutos” de los mismos (pelo y lana) son comercializados a partir de su vinculación con intermediarios itinerantes. En la actualidad, con la creciente importancia de la actividad turística, las áreas ocupadas por muchas de las comunidades mapuches de la región, de un alto valor paisajístico, adquirieron un renovado interés inmobiliario. Esto ha impactado diversificando las actividades productivas. 46 Algunas unidades domésticas continúan con la crianza de animales menores en especial caprino y ovino, con trabajos temporarios en forestación y en la esquila en estancias y/o también como trabajadores de la construcción, o permanentes en escuelas, usinas, puestos sanitarios (todas instituciones al interior de las comunidades). Sin embargo, hay que destacar que en los últimos años, en especial a partir de las intervenciones institucionales, han comenzado nuevas prácticas agrícolas como los cultivos en invernadero (horticultura), fruta fina y forestación para la venta de productos en los circuitos turísticos (dulces, fruta, cosecha de hongos silvestres, plantas medicinales) y/o la prestación de servicios como cabalgatas guiadas. También se destacan las artesanías en madera, plata y tejidos (telares). Los principales problemas indígenas en esta región son: – Falta de regularización dominial y entrega de título de propiedad comunitaria. En los casos de entrega de tierras en forma de tenencia o usufructo, han sido en tierras improductivas y sin contemplar las dinámicas estacionales de la actividad pastoril (tierras de invernada y veraneada). – Contaminación de aguas y napas subterráneas por empresas petroleras, actividad turística, cría de peces, etc. – Conflictos con diversos actores: Ejército Argentino, Administración de Parques Nacionales, empresas trasnacionales (explotación maderera, minera, turística, represas hidroeléctricas). – Construcción de obras de infraestructura para turismo en los territorios demandados – Conflictos en torno al acceso a los ríos y lagos. – Desalojos, relocalizaciones y otorgamiento de tierras a particulares sin respetar la posesión ancestral de la tierra. – Consecuencias de la exploración de minas de oro y plata, que distintas empresas están llevando a cabo y a quienes los gobiernos provinciales autorizan a desarrollar tareas contraviniendo las disposiciones legales. – Falta de consulta en la elaboración y diseño de los proyectos que se aplican. – Producción agrícola escasa y poco diversificada Región Cuyo Según los resultados del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010 el total de la población de Cuyo es de 2.852.294 personas, de las cuales 56.982 se autorreconocen como descendientes de, o pertenecientes a un pueblo originario. En la provincia de Mendoza se concentra el mayor porcentaje de la población indígena de la región (72%) y también, aunque en menor medida, el mayor porcentaje total de población de la región (61%). Los pueblos con mayor representación en la región son el pueblo Huarpe, con el 46% del total de los indígenas de Cuyo, seguidos por los Mapuches (13,7%), los Quechuas (9,2%) y los Comenchingones (6,6%). 47 Las tasas de analfabetismo de la región son muy bajas y prácticamente idénticas en las tres provincias, oscilando entre el 2% y 3%, siendo en la población originaria levemente más altas que las del promedio provincial. Asimismo, entre las mujeres las tasas son levemente más altas que entre los varones; con un máximo de 3,4% en Mendoza. La desocupación en las provincias de la región de Cuyo es levemente más alta que el promedio nacional (5,9%) y oscila entre el 6,9% en Mendoza y el 7,8% en San Juan. Entre las mujeres es mayor que entre los hombres, siendo esta una tendencia que no es particular de la población originaria sino que se da casi de la misma manera en la población general. Los niveles de cobertura previsional de la región son muy altos tanto para la población originaria como para los totales provinciales con valores cercanos al 90%. Tabla 14. Población indígena región de Cuyo, según Pueblo y Provincia. Pueblo Indígena Provincia Población Huarpe Mendoza, San Juan y San Luis 26.380 Mapuches Mendoza, San Juan 7.829 Quechuas Mendoza, San Juan San Luis 5.260 Kollas Mendoza 1.871 Comechingones Mendoza, San Luis 3.775 Diaguita-Calchaquí Mendoza, San Juan San Luis 2.324 Guaraníes Mendoza, San Juan San Luis 1.794 Otros Mendoza, San Juan San Luis 7.749 TOTAL 56.982 Fuente: Elaboración propia en base al CNP-INDEC 2010. La actividad de subsistencia principal de los puesteros es la crianza de cabras. En las épocas de lluvia (verano) cultivan verduras, hortalizas y frutas. Se destaca la dificultad para la comercialización de las producciones. Algunas de las problemáticas infraestructurales que no permiten la comercialización son: exigencias de las agencias de orden administrativo difíciles de cumplimentar por parte de los productores, escasez y contaminación (arsénico) del agua, falta de infraestructura vial y de transporte, entre otras. Las principales problemáticas de los Pueblos Indígenas identificadas en estas provincias son: – Falta de regularización dominial y entrega de título de propiedad comunitaria. Títulos superpuestos. – Conflictos con diversos actores económicos: Empresas Mineras, etc. – Falta de infraestructura básica (vivienda, caminos, salud, etc.) y agua (riego y consumo) – Falta de consulta en la elaboración y diseño de los proyectos que se aplican. Más allá de las diferencias que presentan las distintas regiones aquí tratadas, entre el conjunto de reivindicaciones más sostenidas por las distintas organizaciones de Pueblos Indígenas y comunidades en el país, las siguientes son algunas de las demandas comunes que surgen como prioritarias: 48 – La mejora en las condiciones y posibilidades de medios de subsistencia – Acceso real a las tierras y territorios – Los sistemas de energías alternativas – El acceso a los caminos e infraestructura – Recuperación y uso sustentable de suelo, agua, monte, fauna – La mejora en el acceso a vías formales y no formales de educación – Espacios de participación comunitaria e intercomunitaria – Condiciones de acceso a los recursos de salud – Acceso a medios de producción e infraestructura comunitaria – Acceso recursos básicos como el agua – Acceso a la cadena y red de comercialización de productos destinados al mercado – Instrucción con relación a los derechos que es posible ejercer con relación a las demandas. Provincia de Misiones Las comunidades Mbyá-Guaraní y guaraníes que habitan actualmente el territorio de la provincia de Misiones, en lo que se denomina la “región Guaranítica”, representan una población total de 10.610 personas. Según la Dirección de Asuntos Guaraníes de dicha provincia, habitan alrededor de 1.200 familias agrupadas en 75 comunidades rurales o peri-urbanas. Las viviendas y el acceso a la salud son precarios y en la mayoría de los casos no cuentan con infraestructura básica (agua potable, luz, etc.). En cuanto a la educación, en la provincia, se registran 19 escuelas y anexos con modalidad en educación intercultural y bilingüe (EIB). En los Departamentos de San Ignacio, Cainguás y Libertador General San Martín se concentra el 30% de la población. De ésta, el 45% se encuentra por debajo de los criterios que define el índice de NBI. Especialmente se distribuye en pequeños núcleos comunitarios conformados a partir de un mínimo de 6 familias y un máximo de 40 familias. El ciclo anual que garantiza la vida de los Mbyá se complementa, según el contexto de hábitat, entre una rudimentaria agricultura, caza y pesca, producción y venta de artesanías, ayuda social y prestaciones de servicio. En lo que respecta a la producción agrícola, las plantaciones son de poca envergadura10; cada familia extensa posee apenas 1/4 a 1/2 hectárea de terreno cultivado, por lo tanto no se puede considerar que cuenten con una agricultura de subsistencia, ya que ésta no satisface las necesidades alimentarias de la unidad doméstica, constituye sólo un complemento de otras actividades como la caza, la pesca, la producción y comercialización de artesanías, el trabajo transitorio en cosechas, servicios vinculados al turismo, etc. Actualmente, las principales fuentes de ingresos provienen de la venta de artesanías y la prestación de servicios. Sobre esta última, se da tanto de manera individual (como peón rural) y/o 10 Compuesta por cultivos de maíz, mandioca, batata, zapallo. 49 contratando la totalidad del grupo familiar. La contratación de mano de obra indígena se realiza por tareas cumplidas (trabajo a destajo). El ciclo anual de subsistencia se completa con Programas alimentarios provinciales y nacionales, comedores escolares y planes de empleo transitorio con contraprestación. Otra de las actividades en las que intervienen algunas comunidades es el turismo, principalmente aquellas comunidades asentadas en Reservas ecológicas y de turismo. También en la provincia hay 7 comunidades que explotan los recursos forestales con permiso de las autoridades. Las principales problemáticas de los Pueblos Indígenas en esta provincia son: – Falta de regularización dominial y entrega de título de propiedad comunitaria. – Conflictos con diversos actores: Administración de Parques Nacionales, empresas madereras, emprendimientos turísticos. – Tala indiscriminada de selva. – Expropiaciones, desalojos, relocalizaciones, acciones judiciales. – Falta de consulta en la elaboración y diseño de los proyectos que se aplican. 50 Proyecto de Gestión Integral de los Riesgos en el Sistema Agroindustrial Rural (GIRSAR) - Proyecto P162316 - Marco de Gestión Ambiental y Social Anexo 4 - Marco de Planificacion para Pueblos Indígenas APÉNDICE III. ACTA DE LA REUNIÓN DE PRESENTACIÓN DEL GIRSAR/MGAS/MPPI AL CPI DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES 51 52 Proyecto de Gestión Integral de los Riesgos en el Sistema Agroindustrial Rural (GIRSAR) - Proyecto P162316 - Marco de Gestión Ambiental y Social Anexo 14 – Resumen de instancias de participación y consulta APÉNDICE IV. NOTA DE DIFUSION DE LA CONSULTA DEL MPPI REMITIDA AL INAI 53 54 Proyecto de Gestión Integral de los Riesgos en el Sistema Agroindustrial Rural (GIRSAR) - Proyecto P162316 - Marco de Gestión Ambiental y Social Anexo 14 – Resumen de instancias de participación y consulta APÉNDICE V. NOTA DIRIGIDA AL CPAI Y SU RESPUESTA – PROVINCIA DE BUENOS AIRES 55 56 57