E1975 V.1 CONTENIDO CONTENIDO .................................................................................................................. 1 INTRODUCCIÓN............................................................................................................ 4 1. Antecedentes......................................................................................................... 5 2. Objetivo del Manual ............................................................................................... 6 2.1. El MMAyS se orienta a: ................................................................................... 6 3. Marco Institucional................................................................................................. 7 3.1. Marco Normativo............................................................................................ 10 4. Estructura Organizacional.................................................................................... 26 4.1. Recursos Humanos de la Organización del GEF .......................................... 27 4.2. Estructura organizacional para el Ciclo de Proyecto ..................................... 27 5. Implementación del Plan de Manejo Ambiental y Social (PMAyS)...................... 37 6. Mapa Organizacional........................................................................................... 40 7. Bibliografía........................................................................................................... 45 8. Autores del MMAyS ............................................................................................. 45 MÓDULO A ­ SISTEMA DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL.......................... 46 1. Guía de Relevamiento de Capacidades Institucionales ...................................... 48 1.1. Descripción .................................................................................................... 48 1.2. Formulario de Relevamiento de las Capacidades Institucionales.................. 49 1.3. Requisitos del personal existente en la administración local......................... 52 1.4. Requisitos para nuevo personal .................................................................... 53 2. Pautas para la Evaluación Ambiental y Social de los Proyectos......................... 53 2.1. Screening Preliminar...................................................................................... 53 2.2. Evaluación Expeditiva.................................................................................... 54 2.3. Criterios generales para realizar el Screening Preliminar y la Evaluación Expeditiva.............................................................................................................. 54 3. Guía para el Screening Preliminar....................................................................... 57 4. Guía para la Evaluación Expeditiva..................................................................... 63 5. Términos de Referencia para EsIAyS.................................................................. 81 6. Actividades y Responsabilidades ........................................................................ 87 MÓDULO B ­ SISTEMA DE GESTIÓN SOCIAL ......................................................... 89 1. Marco de política de reasentamiento y adquisición de inmuebles....................... 89 1.1. Presentación y descripción del proyecto ....................................................... 89 1.2. Objetivos y principios que orientan la preparación y ejecución del reasentamiento...................................................................................................... 90 1.3. Marco jurídico ................................................................................................ 92 2. Preparación del plan de reasentamiento abreviado ............................................ 99 2.1. Conformación del equipo de trabajo.............................................................. 99 2.2. Información a propietarios y residentes por reasentar................................... 99 2.3. Articulación del proceso de reasentamiento con las etapas técnicas del proyecto............................................................................................................... 101 2.4. Planificación y diseño de Planes de reasentamiento abreviados................ 102 3. Diseño del Plan de Reasentamiento Abreviado ................................................ 109 3.1. Contenidos del Plan de Reasentamiento Abreviado ................................... 110 3.2. Aprobación del Plan de Reasentamiento Abreviado ................................... 111 3.3. Ejecución del Plan de reasentamiento abreviado........................................ 111 3.4. Seguimiento y evaluación del Plan de reasentamiento abreviado .............. 111 3.5. Atención de reclamos .................................................................................. 115 3.6. Responsabilidades en la formulación y ejecución del Plan de Reasentamiento Abreviado ............................................................................................................ 115 4. Financiamiento del Plan de Reasentamiento Abreviado ................................... 116 5. ANEXO I. Glosario............................................................................................. 116 MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 1 6. ANEXO II. Modelo de matriz para la Evaluación EX - POST ............................ 117 7. GUÍA DE INFORMACIÓN Y CONSULTA PÚBLICA ......................................... 119 7.1. Marco Jurídico ............................................................................................. 119 7.2. Descripción .................................................................................................. 120 7.3. Instrumentos del Plan .................................................................................. 121 8. Procedimientos y Fases de desarrollo del Proyecto.......................................... 127 8.1. Fase Preliminar............................................................................................ 127 8.2. Fase de Planificación de la Construcción.................................................... 130 8.3. Fase de Construcción.................................................................................. 136 8.4. Fase de Operación del Proyecto ................................................................. 137 9. Actividades y Responsabilidades ...................................................................... 140 MÓDULO C ­ MANEJO DE LA VEGETACIÓN Y EL PAISAJE................................. 142 1. Introducción ....................................................................................................... 142 1.1. Descripción .................................................................................................. 142 1.2. Identificación de Impactos ........................................................................... 142 1.3. Requisitos ambientales para el Manejo de la Vegetación y el Arbolado Urbano................................................................................................................. 142 1.4. Elaboración de la Línea de Base................................................................. 143 1.5. Lineamientos previos a la realización de los tratamientos a la vegetación.. 144 2. Diagnóstico........................................................................................................ 146 2.1. Orden de abundancia de especies .............................................................. 146 2.2. Clases de altura........................................................................................... 146 2.3. Tratamientos propuestos para el manejo de la vegetación ......................... 147 3. Medidas de Manejo para la realización de los tratamientos aprobados............ 147 3.1. Poda............................................................................................................. 148 3.2. Bloqueo y traslado ....................................................................................... 149 3.3. Tala.............................................................................................................. 150 3.4. Manejo de la capa orgánica......................................................................... 150 3.5. Manejo de la avifauna en las áreas urbanas ............................................... 152 4. Diseño del paisaje con vegetación .................................................................... 153 4.1. Diagnóstico .................................................................................................. 153 4.2. Diseño.......................................................................................................... 154 4.3. Bases técnicas............................................................................................. 155 4.4. Especificaciones de la plantación................................................................ 155 4.5. Requisitos de la plantación.......................................................................... 155 5. Mantenimiento del arbolado y la vegetación del Proyecto................................. 155 5.1. Requisitos de mantenimiento para el arbolado y la vegetación................... 155 5.2. Difusión con la comunidad de las actividades de mantenimiento................ 157 5.3. Cronograma de actividades......................................................................... 158 5.4. Entrega del mantenimiento.......................................................................... 158 5.5. Costos.......................................................................................................... 158 6. Actividades y Responsabilidades ...................................................................... 158 MODULO D - MANEJO DEL TRÁNSITO Y SEÑALIZACIÓN .................................... 160 1. Manejo del Tránsito Vehicular y Peatonal ......................................................... 160 1.1. Accesibilidad de frentistas ........................................................................... 161 1.2. Centros de interés comunitario e infraestructura de emergencia ................ 162 1.3. Planes de evacuación.................................................................................. 163 1.4. Senderos peatonales transitorios ................................................................ 163 1.5. Procedimiento para su implementación en obra.......................................... 164 1.6. Circulación de vehículos y maquinarias....................................................... 165 1.7. Desvíos transitorios de tránsito.................................................................... 165 1.8. Modificación de recorridos de transporte público automotor ....................... 168 2. Manejo de la Señalización................................................................................. 169 2.1. Señalización para desvíos transitorios de tránsito....................................... 170 MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 2 2.2. Dispositivos para el control de tránsito y protección de obras en zonas urbanas................................................................................................................ 174 2.3. Señalización de obra ................................................................................... 180 2.4. Señalización de obradores .......................................................................... 183 3. Actividades y Responsabilidades ...................................................................... 184 MODULO E ­ MANEJO PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL Y HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS.................................................................................................... 184 1. Descripción........................................................................................................ 184 1.1. Objetivos...................................................................................................... 184 1.2. Marco Institucional Legal ............................................................................. 184 1.3. Identificación de Impactos ........................................................................... 184 2. Medidas de Manejo para Protección del Patrimonio ......................................... 184 3. Medidas de Manejo para Hallazgos de Interés.................................................. 184 4. Actividades y Responsabilidades ...................................................................... 184 MODULO F ­ MANEJO DE LAS ACTIVIDADES CONSTRUCTIVAS ....................... 184 1. Actas de Estado de los Predios......................................................................... 184 2. Manejo de Obradores, Campamentos y Centros de Acopio de Materiales....... 184 2.1. Descripción .................................................................................................. 184 2.2. Remoción de Edificación Existente.............................................................. 184 2.3. Interferencias con instalaciones de servicios públicos ................................ 184 2.4. Trabajos en zona de vías ferroviarias.......................................................... 184 3. Medidas de Manejo de Materiales de Construcción.......................................... 184 3.1. Identificación de Impactos ........................................................................... 184 3.2. Medidas Generales para el manejo de materiales de construcción ............ 184 3.3. Medidas de manejo para Obras de Hormigón, Asfalto y Prefabricados ...... 184 3.4. Medidas de Manejo de Agregados Pétreos (arenas, gravas, cascotes, etc.) 184 4. Medidas de Manejo para Movimientos de Suelos y Excavaciones ................... 184 4.1. Barreras fijas durante la construcción de zanjas a cielo abierto.................. 184 4.2. Forma de realizar las excavaciones ............................................................ 184 4.3. Destino del material proveniente de las excavaciones................................ 184 4.4. Transporte del material proveniente de las excavaciones........................... 184 5. Manejo Integral de Residuos Sólidos ................................................................ 184 5.1. Descripción .................................................................................................. 184 5.2. Identificación de impactos............................................................................ 184 5.3. Medidas de Manejo...................................................................................... 184 5.4. Disposición Final.......................................................................................... 184 6. Manejo Integral de Efluentes Líquidos............................................................... 184 6.1. Descripción .................................................................................................. 184 6.2. Impactos a mitigar........................................................................................ 184 6.3. Medidas de Manejo...................................................................................... 184 7. Control de Emisiones Atmosféricas................................................................... 184 7.1. Descripción .................................................................................................. 184 7.2. Identificación de impactos............................................................................ 184 7.3. Medidas de Manejo...................................................................................... 184 8. Actividades y Responsabilidades ...................................................................... 184 MODULO G ­ HIGIENE, MEDICINA LABORAL Y SEGURIDAD AMBIENTAL......... 184 1. Descripción........................................................................................................ 184 1.1. Objetivos...................................................................................................... 184 1.2. Política de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental .................... 184 1.3. Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial............................................ 184 1.4. Organización, responsabilidades y recursos ............................................... 184 1.5. Responsables del Programa de Higiene y Seguridad ................................. 184 MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 3 1.6. Identificación y evaluación de riesgos ......................................................... 184 2. Plan de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Integral................................... 184 2.1. Programa de Higiene y Medicina Laboral.................................................... 184 2.2. Programa de Seguridad............................................................................... 184 2.3. Programa de Contingencias y Emergencias................................................ 184 2.4. Programa de Entrenamiento y Capacitación ............................................... 184 3. Cronograma de Actividades............................................................................... 184 4. Actividades y Responsabilidades ...................................................................... 184 MODULO H ­ SEGUIMIENTO DE LA OBRA Y EVALUACIÓN DEL PROYECTO.... 184 1. Descripción........................................................................................................ 184 2. Seguimiento de la Obra ..................................................................................... 184 2.1. Sistema de seguimiento de obra ................................................................. 184 2.2. Informes de avances y resultados del PEMAyS .......................................... 184 2.3. Penalidades ................................................................................................. 184 3. Seguimiento y Evaluación del Proyecto............................................................. 184 3.1. Acciones de la Municipalidad de Córdoba................................................... 184 3.2. Acciones de la UEPTUBA-GEF................................................................... 184 4. Actividades y Responsabilidades ...................................................................... 184 INTRODUCCIÓN El Programa Regional del Fondo Global para el Medioambiente (conocido como GEF1 por sus siglas en Inglés) de Transporte Sustentable y Calidad de Aire representa una iniciativa regional para América Latina con el objetivo de implementar proyectos pilotos de transporte sustentable con el fin de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorar la calidad del aire. El proyecto a nivel regional incluye a doce ciudades en Argentina, Brasil y México y las ciudades participantes en la Argentina son Córdoba, Rosario, Tucumán y Posadas. Los proyectos piloto seleccionados por el GEF intentan servir como experiencias modelo con el fin de comprender las barreras institucionales, técnicas y financieras relacionadas con la implementación de soluciones de transporte sustentable. Al mismo tiempo, se intenta promover un cambio en los incentivos por parte de los gobiernos nacionales y regionales para implementar políticas e incentivos para mejorar la sustentabilidad del transporte y la calidad del aire. En la Argentina, la Secretaría de Transporte de la Nación será la responsable en lo referido a la implementación del proyecto y la ejecución será llevada a cabo por la Unidad Ejecutora que es responsable de la implementación del Proyecto de Transporte Urbano de Buenos Aires (PTUBA). El financiamiento será destinado a estudios y obras relacionadas con la coordinación de planeación y demanda de transporte, la promoción y mejora del transporte no motorizado, el mejoramiento del espacio urbano y la modernización del transporte público, incluyendo implementación de corredores segregados, ciclovías, mejoras en la accesibilidad a las estaciones y extensión de líneas existentes de transporte. 1 Global Environmental Facility: Fondo Global para el Medioambiente MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 4 1. Antecedentes La Municipalidad de Córdoba, conjuntamente con instituciones públicas, privadas y los ciudadanos, lleva adelante la implementación de un plan estratégico en un espacio participativo que garantiza la discusión y los consensos sobre la realidad local y su transformación. Actualmente, se encuentra en vigencia el Segundo Plan Estratégico de la ciudad de Córdoba (PECba) que de manera consensuada con las instituciones y ciudadanos contiene las estrategias de desarrollo y los proyectos estratégicos para materializarlas. La estrategia de actuación para la dinámica urbana está dirigida a revalorizar el área central de la ciudad, fortalecer la identidad barrial, integrar y respetar el patrimonio urbano y rural, mejorar el acceso a las redes de infraestructura y servicios públicos, todo ello con la premisa de mantener el equilibrio con el entorno natural. Una de las bases sobre las que se asienta este desarrollo integral es el mejoramiento del Sistema de Transporte Público. Desde esta perspectiva, se entiende que su diseño e implementación debe contribuir no solo al mejoramiento de la conectividad interna y externa de la ciudad sino que además y principalmente debe hacerlo contemplando el cuidado y preservación del ambiente. Actualmente, el sistema de transporte se encuentra en un periodo de recuperación después de una fuerte crisis acentuada a fines de la década de 1990. Producto de esta crisis, se produjo una gran disminución de la demanda de servicios de transporte colectivo. El corte de boletos descendió progresivamente desde 1986 hasta 2003, de 1 millón a 250 mil boletos diarios. Las empresas dejaron de prestar el servicio de transporte en muchos sectores de la ciudad. Debido a esto, las autoridades responsables en cada oportunidad ofrecieron soluciones urgentes a cada problema, generando desequilibrios en otros estamentos del sistema. Desde el año 2004, la recuperación del sistema de transporte masivo de pasajeros incluye la refuncionalización y revalorización de arterias cubiertas por los corredores centrales y peri centrales. Dentro de las políticas que se están implementando se pueden destacar la educación vial, políticas de tránsito que incluyen la liberación de avenidas centrales en horas pico y restricciones al tránsito privado y una mayor participación de la sociedad civil en la toma de decisiones. Al mismo tiempo, se están implementando acciones pertinentes para legalizar la situación de los operadores actuales. Cómo resultado de estas políticas, ha sido posible reducir a un 50% la cantidad de vehículos remises que circulaban bajo el paraguas de un servicio legal que no existía disminuyéndose de 7.000 a 3500 los remises habilitados. De igual modo fue posible erradicar los vehículos informales llamados piratas o "cospeleros" que producían una competencia desleal con un servicio de alto riesgo para los usuarios y en un número aproximado de 100 vehículos que trasladaban 10.000 mil usuarios diarios. En los últimos 3 años se ha producido un significativo incremento en el uso del transporte público masivo casi duplicándose los valores hasta llegar a abril de 2006 con 474 mil boletos MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 5 diarios. Gran parte de este incremento tuvo que ver con el esfuerzo realizado por el Municipio en la renovación de la flota y el aliento al uso del transporte masivo. Las actividades que financiará el proyecto GEF están destinadas a continuar la recuperación y mejoramiento del transporte urbano en la Ciudad de Córdoba. El objetivo general del Proyecto GEF-Córdoba es proveer un estudio de factibilidad de un Sistema de Transporte Masivo para mejorar el servicio de transporte público de pasajeros. El proyecto apoyará la racionalización, el planeamiento y el control del sistema de transporte público desarrollando en el largo plazo un sistema de transporte urbano de pasajeros sostenible para la región metropolitana, enfocándose en la sustentabilidad del sistema y con vistas a disminuir la polución generada por los sistemas de transporte y considerando la eficiencia en el uso de recursos energéticos. 2. Objetivo del Manual Se presenta este Manual de Manejo Ambiental y Social para garantizar que el proyecto GEF se desarrolle en el marco de la protección del medioambiente y sea consistente con las políticas de salvaguardia del Banco Mundial. Por lo tanto, se detallarán los procedimientos técnicos, tanto los referidos a la evaluación ambiental y social, como los correspondientes a los procesos de consulta pública. Con el uso del manual se procura mejorar la eficiencia y eficacia de los procedimientos, estudios técnicos y consultas públicas para detectar y tomar medidas para mitigar los problemas que surgen con las obras a realizar. Este Manual de Manejo Ambiental y Social (MMAyS) servirá para guiar las acciones de la Unidad Ejecutora del Proyecto PTUBA y GEF (UEPTUBAGEF), de los municipios, de los contratistas de obra y de los encargados de supervisar las mismas. El objetivo principal del MMAyS es establecer las acciones de gestión ambiental a ser implementadas en los proyectos desarrollados en el marco del Proyecto GEF. 2.1. El MMAyS se orienta a: · Ofrecer los instrumentos para identificar, ponderar y evaluar los impactos ambientales y sociales potenciales durante las diferentes etapas de los proyectos: planificación, construcción y operación. Para ello se presentan los instrumentos que conforman el primer módulo del presente manual. El Módulo A ­ Sistema de Evaluación Ambiental y Social está desarrollado para ofrecer herramientas adecuadas para la mejor evaluación ambiental y social de las obras a ejecutar por el GEF, incorporando además la dimensión institucional de los diferentes actores. · Ofrecer instrumentos para la adecuada gestión social de las obras, las cuales podrían llegar a incluir la necesidad de desplazamientos o reasentamientos de la población, además de las afectaciones indirectas a la población local. Para atender la dimensión social de las obras, se presenta el Módulo B ­ Gestión Social de las Obras que incluye el Marco de Política de MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 6 Reasentamiento y Adquisición de Inmuebles y la Guía para la Información y Consulta Pública. · Ofrecer una batería de herramientas de manejo con medidas detalladas (objetivos, metodología, procedimientos, instrumentos, etc.) para prevenir, mitigar, y/o compensar los impactos potenciales negativos y potenciar los positivos durante las diferentes etapas de los proyectos: planificación, construcción y operación. Para ello se presentan: el Módulo C ­ Manejo de la Vegetación y el Paisaje, el Módulo D ­ Manejo del Tránsito y la Señalización, el Módulo E ­ Manejo del Patrimonio Histórico Cultural, el Módulo F ­ Manejo de las Actividades Constructivas y el Módulo G ­ Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental. · En el Módulo H ­ Seguimiento y Evaluación, se presentan los instrumentos para la mejora continua de la gestión de los proyectos del GEF, en el marco de una política de desarrollo sostenible. 3. Marco Institucional Secretaría de Transporte Con base en el Decreto 1824/04, entre los objetivos de la Secretaría de Transporte de la Nación se encuentran: "1.- Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de transporte terrestre, aerocomercial, fluvial y marítimo y actividades portuarias y de las vías navegables, supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución. (...) 3.- Entender en el funcionamiento de un sistema integrado de transporte elaborando las medidas y coordinando las acciones que permitan el desarrollo de los modos aéreo, terrestre, fluvial y marítimo, así como del transporte multimodal, en condiciones de eficiencia, de conformidad con la legislación y la normativa vigente. Promover los estudios y acciones que tiendan al perfeccionamiento del sistema. (...) 7.- Coordinar la elaboración de políticas y ejecución de acciones en materia de seguridad vial. (...) 9.- Entender en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concursos y/o licitaciones, así como también entender en los procesos licitatorios que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia. (...) 11.- Intervenir en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que países y organismos internacionales ofrezcan para el cumplimiento de objetivos y políticas de la Secretaría." Unidad Ejecutora del Proyecto Dada la relación existente a nivel de financiamiento y a nivel de proyectos entre el proyecto GEF y el proyecto actualmente en etapa preparatoria de Transporte Urbano para Áreas Metropolitanas de Argentina (PTUMA) y el proyecto PTUBA, el proyecto GEF será ejecutado por la unidad MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 7 ejecutora existente encargada del proyecto PTUBA. Por lo tanto, nos referiremos a la unidad ejecutora de los proyectos con Unidad Ejecutora dla UEPTUBA-GEF (UEPTUBAGEF) Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) Es un ente autárquico que, en el ámbito de la Secretaría de Transporte, controla y fiscaliza el transporte terrestre de jurisdicción nacional. Tiene competencia en: · El transporte automotor de pasajeros: · Urbano de las líneas 1 a la 199 · Interjurisdiccional de media y larga distancia · Los trenes y subterráneos de la Región Metropolitana · Los trenes de pasajeros de larga distancia · El transporte automotor y ferroviario de cargas · La Estación Terminal de Ómnibus de Retiro La Comisión tiene como funciones el control y fiscalización de los operadores de los servicios de transporte automotor y ferroviario de jurisdicción nacional, así como la protección de los derechos de los usuarios. Su misión es Intervenir en nombre del Estado Nacional, en todo lo que sea relativo al transporte automotor y ferroviario y entender en la regulación relativa a la seguridad del transporte automotor y ferroviario en todo el territorio de la República Argentina, incluyendo los servicios cuya explotación se transfiere en concesión tanto a las Provincias como al sector privado. Nivel Municipal Secretaria de Transporte y Ordenamiento Territorial de la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba Conforme a lo establecido mediante la Ordenanza Municipal Nº 10.775/04 tiene las siguientes funciones y atribuciones: · Planificar el desarrollo y ordenamiento urbano a través de la formulación de planes, programas y proyectos de acuerdo a la planificación urbanística y de vivienda definida por el Gobierno Municipal. · Planificar, regular y controlar el servicio de transporte público y de automotores de alquiler. · Programar y proyectar las obras públicas, concesiones, permisos como otras figuras afines de competencia municipal. · Asesorar al Departamento Ejecutivo Municipal en materia de ordenamiento urbano. · Desarrollar y ejecutar planes destinados a resolver progresivamente el déficit habitacional. · Regular el uso del suelo y las autorizaciones para la obra privada." MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 8 Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba Conforme a lo establecido mediante la Ordenanza Nº 11.108/06 tiene las siguientes atribuciones y funciones: · Asistir al Departamento Ejecutivo Municipal en la implementación de la política ambiental como política de Estado. · Entender en el diseño, elaboración, implementación y monitoreo de la política ambiental del municipio. · Entender en el ordenamiento ambiental territorial y en la planificación e instrumentación de la gestión ambiental en la Municipalidad. · Entender en las autorizaciones ambientales de los proyectos y actividades de posible impacto negativo y significativo en el ambiente. · Entender en la implementación y control del cumplimiento de las normas ambientales. · Entender en la preservación, conservación, protección, defensa y mejoramiento del ambiente como ecosistema humano, biológico y natural. · Promover la adquisición de conciencia sobre la necesaria interrelación que existe entre el pilar ambiental y los demás pilares del desarrollo sustentable, que son el económico y el social. · Entender en la relación con las organizaciones de la sociedad civil que trabajen o estén interesados en la temática ambiental y fortalecer los espacios de participación ciudadana. Municipios La Constitución de la Provincia de Córdoba reconoce la autonomía municipal, definiendo en el Art. 180º la existencia del Municipio como una comunidad natural fundada en la convivencia y asegura el régimen municipal basado en su autonomía política, administrativa, económica, financiera e institucional. Los Municipios son independientes de todo otro poder en el ejercicio de sus atribuciones, conforme a esta Constitución y las leyes que en su consecuencia se dicten. De acuerdo con el Art. 181º se considera "municipio" a toda población con asentamiento estable de más de dos mil habitantes, reconociéndole el carácter de ciudad, a aquellos municipios que tienen mas de diez mil habitantes, pudiendo dictar su Carta Orgánica. Así la adopción de un régimen municipal basado en la autonomía determina que las municipalidades cordobesas son gobiernos locales y no simple administraciones públicas. La Constitución de la Provincia de Córdoba, de esta manera reconoce a todos sus Municipios autonomía política, administrativa, económica, financiera y a los que la ley le reconoce el carácter de ciudad les reconoce además, autonomía institucional, es decir, autonomía plena. En cuanto a las funciones, atribuciones y finalidades inherentes a la competencia municipal, realiza una enumeración de las mismas entre las que se puede mencionar: gobernar y administrar los intereses públicos locales MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 9 dirigidos al bien común; crear, determinar y percibir los recursos económicos financieros, confeccionar presupuestos, realizar la inversión de recursos y el control de los mismos; administrar y disponer de los bienes que integran el patrimonio municipal; realizar obras públicas y prestar servicios públicos por sí o por intermedio de particulares; Atender las siguientes materias:..... planes edilicios, apertura y construcción de calles, plazas y paseos; diseño y estética; vialidad, tránsito y transporte urbano; uso de calles y subsuelo; control de la construcción; protección del medio ambiente, paisaje, equilibrio ecológico y polución ambiental; conservar y defender el patrimonio histórico y artístico; regular y coordinar planes urbanísticos y edilicios. En cuanto a la competencia territorial de los municipios, según el Art. 185º de la Constitución de la Provincia de Córdoba, comprende la zona a beneficiarse por los servicios municipales. Luego el Art. 7º de la Ley Orgánica Municipal Nº 8102 reglamenta la Constitución y sostiene que el radio de los municipios comprenderá: la zona en que se presten total o parcialmente los servicios públicos municipales permanentes y la zona aledaña reservada para las futuras prestaciones de servicios. Con relación a la forma de gobierno todos los municipios de la Provincia de Córdoba tienen como forma de gobierno un Concejo Deliberante y un Departamento Ejecutivo 3.1. Marco Normativo Nivel Nacional2 Protección Ambiental según la Constitución Nacional En general, muchos países incorporan alguna norma referente a la protección ambiental en su Constitución, en cuanto ésta constituye la cúspide de su pirámide jurídica, lo que de alguna manera asegura a sus habitantes una apropiada utilización del medio ambiente y una adecuada calidad de vida. Esta tendencia se ha visto reforzada por la gran cantidad de naciones cuyas Constituciones, de reciente factura o reforma, han incluido a la variable ambiental. En su modificación de 1994, la Constitución Argentina ha incorporado en forma explícita, a través de su Artículo Nº 41, el contenido que antes de tal reforma figuraba implícitamente al enunciar: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y 2 Ing. Lorenzo González Videla. Marco Institucional Legal en Evaluaciones de Impacto Ambiental de distintos proyectos de infraestructura y de energía. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 10 cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radioactivos." Se trata de un derecho más social que individual, cuya reglamentación debe armonizar dos términos importantes: el derecho a un medio ambiente sano, con el derecho a desarrollar actividades productivas que obviamente repercutirán en el progreso de la comunidad y el bienestar individual. Compete al Estado y también a todos sus habitantes, pero para aquél se trata de una obligación primaria de la Nación ya que las Provincias sólo se limitarán a dictar normas complementarias a las que emanen del Gobierno Nacional. Por otro lado, el Artículo Nº 43 de la Nueva Constitución Nacional establece, entre otras cosas, la acción de amparo en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente. Aunque este recurso disfrutaba también de un amplio reconocimiento en el régimen constitucional argentino, tanto que fue reglamentado por la Ley 16.986, la jerarquía de la norma que actualmente lo reconoce refuerza su eficacia sobre todo en este tema. En otro orden de cosas, el artículo Nº 121 establece que las provincias conservan todo el poder no delegado por la Constitución al Gobierno Federal, y el que expresamente se hubieran reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación. Del reparto de competencias entre el Estado Federal y las Provincias que se mantiene en la Constitución Nacional, la materia ambiental resulta ser una facultad concurrente incluso en los municipios a los que ahora considera autónomos (Artículos 5 y 123), pero siempre dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Según el Artículo Nº 124, las provincias están capacitadas para crear regiones para el desarrollo económico y social y para establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines, pudiendo también celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno Federal o al crédito público de la Nación, con conocimiento del Congreso Nacional. Cabe destacar finalmente, que el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio corresponde, según el nuevo texto constitucional, a las provincias. Los Tratados Internacionales suscriptos por la Nación Argentina aprobados por el Congreso se encuentran en un mismo plano jerárquico con la Constitución Nacional. Puede decirse entonces que tanto la ley nacional como el tratado aprobado por el Congreso, y que ha entrado en vigor con relación al Estado Argentino, se encuentran en un mismo nivel. Los Tratados Internacionales y las correspondientes leyes nacionales aprobatorias que adquieren dicha jerarquía son, para algunos de los temas ambientales relacionados con el Proyecto, los que a continuación se indican: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 11 Ley 24.295: (7-12-93) Aprobación Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático Global. Ley 26.011 (16-12-04) Aprobación Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. Legislación Ambiental Nacional En lo que hace a la legislación nacional, cabe hacer una distinción entre la legislación de fondo, integrada por los artículos aplicables de los Códigos Civil y Penal, y los demás instrumentos normativos referidos a los distintos aspectos ambientales sujetos a dicha regulación. Legislación de Fondo Artículos del Código Civil Nuestro Código Civil, de aplicación en todo el territorio de la República Argentina por constituir una codificación de fondo, provee cierta tutela del medio ambiente, aunque sin constituir una defensa autónoma y específica del mismo, a través de las siguientes normas: Artículo 1113: Se refiere al daño causado por el riesgo o daño de la cosa, es el régimen objetivo de la responsabilidad. Esta norma presupone una actividad humana que incorpora al medio social una cosa peligrosa por su naturaleza o por su forma de utilización. Los daños típicos son los producidos por actividades que contaminan y degradan al medio ambiente, derivando su capacidad de daño de una actividad que, por sus características, genera un riesgo o peligro para terceros modificando y/o alterando el entorno o hábitat humano. La responsabilidad debe recaer sobre quien genera, fiscaliza, supervisa, controla o potencia la actividad riesgosa. La obligación del que ha causado un daño se extiende a los que causaren los que están bajo su dependencia, o por las cosas de que se sirve o tiene a su cuidado. Para eximirse de la responsabilidad, el dueño o guardián debe demostrar que de su parte no hubo culpa; si el daño hubiese sido causado por el riesgo o vicio de la cosa, podrá eximirse total o parcialmente de responsabilidad si puede acreditar que la culpa le cupo a la víctima o a un tercero por quien no debe responder. No será responsable, por otro lado, si la cosa hubiese sido usada contra su voluntad expresa o presunta. Artículo 2499: En su segunda parte, este artículo habilita a todo aquél que tema que de un edificio o de otra cosa pueda derivar un daño a sus bienes a denunciar el hecho ante el juez a fin de que se adopten las pertinentes medidas cautelares. Artículo 2618: Se refiere a las inmisiones inmateriales o incorpóreas y a las propagaciones nocivas que, provenientes de un inmueble, se difunden en otro por el ejercicio de actividades ilícitas o permitidas. Según la norma, cualquier vecino puede accionar ante las molestias que le ocasionen el humo, calor, olores, luminosidad, ruidos, vibraciones o daños similares que excedan la normal tolerancia, teniendo en cuenta las condiciones del lugar y aunque mediare autorización administrativa para aquéllas. La expresión daños similares, por su parte, permite la posibilidad MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 12 de ampliar a otros daños semejantes o análogos aunque provengan de otras causas distintas de la enumeración legal. Según las circunstancias del caso, los jueces pueden disponer la indemnización de los daños o la cesación de tales molestias. En la aplicación de esta disposición, el juez deberá contemporizar las exigencias de la producción y el respeto debido al uso regular de la propiedad, teniendo asimismo en cuenta la prioridad en el uso. Artículo 2621: Establece que no se puede construir cerca de una pared medianera o divisoria, pozos, cloacas, letrinas, acueductos que causen humedad; establos, depósitos de sal o de materias corrosivas, artefactos que se mueven por vapor u otras fábricas o empresas peligrosas a la seguridad, solidez y salubridad de los edificios o nocivas a los vecinos, sin guardar las distancias prescriptas por los reglamentos y usos del país. A falta de reglamentos se recurrirá a juicios de peritos. Artículo 2625: Establece que, aún separados de las paredes medianeras o divisorias, nadie puede tener en su casa depósitos de aguas estancadas que puedan ocasionar exhalaciones infestantes o infiltraciones nocivas, ni hacer trabajos que transmitan a las casas vecinas gases fétidos o perniciosos que no resulten de las necesidades o usos ordinarios, ni fraguas ni máquinas que lancen humo excesivo a las propiedades vecinas. Estas cuatro últimas normas prohíben el uso abusivo e irregular, anormal o antifuncional de la propiedad, hablándose de dominio con función social, no debiendo prevalecer la conducta antisocial o inadecuada, contraria al bien común, sobre el resto de la comunidad. Artículos del Código Penal El Código Penal, cuya redacción original es de 1921, cuenta con algunas disposiciones que tipifican ciertos aspectos de la problemática ambiental. Al momento de la codificación, el concepto ambiental se hallaba ligado más al concepto de "salud pública" o a la noción de "seguridad común" que a lo que hoy entendemos por ambiente. Sin embargo, en este caso es dable mencionar: Artículo 182: Este artículo establece reprensiones para: el que ilícitamente y con el propósito de causar perjuicio a otro saque aguas de represas, estanques u otros depósitos, ríos, arroyos, fuentes, canales o acueductos, o lo haga en mayor cantidad que aquélla a que tenga derecho; el que estorbe el ejercicio de los derechos que un tercero tenga sobre dichas aguas; el que ilícitamente y con el propósito de causar perjuicio a otro represe, desvíe o detenga las aguas de los ríos, arroyos, canales y fuentes o usurpe un derecho cualquiera referente al curso de ellas. La pena deberá aumentar en aquellos casos en que, para cometer los delitos antes enunciados, se rompieran o alterasen diques, esclusas, compuertas u otras obras similares en los ríos, arroyos, fuentes, depósitos, canales o acueductos a que se hiciera referencia. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 13 Artículo 200: En este caso, la acción punible es la de envenenar o adulterar, de un modo peligroso para la salud, aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales. Tanto las aguas, alimentos o medicinas deben estar destinadas al uso público o al consumo de una colectividad de personas. Existe daño potencial o situación de peligro, lo que por sí solo configuraría delito. Los vertidos de líquidos residuales podrían eventualmente quedar encuadrados en lo establecido por este Artículo 200. Por otra parte, los códigos de agua promulgados en los últimos treinta años incorporan capítulos o algunos artículos destinados a la prevención y control de la contaminación, basados en la prevalencia del interés general sobre el particular. Definen "usos comunes o domésticos" y "usos especiales". Los primeros no requieren autorización y son los referidos a la satisfacción de las necesidades mínimas. Todos los otros usos están sujetos a reglamentación, deben estar registrados y autorizados. Entre estos últimos están los vertidos de líquidos residuales. Si un usuario produce contaminación de las aguas, los Códigos autorizan al organismo de aplicación a suspender las actividades del causante. Asimismo, cabe señalar las siguientes normativas: La Ley Nº 25.675 - General del Ambiente - establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable, estipulando además que la política ambiental nacional deberá cumplir los objetivos que a continuación se enuncian: a) Asegurar la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la calidad de los recursos ambientales, tanto naturales como culturales, en la realización de las diferentes actividades antrópicas; b) Promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, en forma prioritaria; c) Fomentar la participación social en los procesos de toma de decisión; d) Promover el uso racional y sustentable de los recursos naturales; e) Mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos; f) Asegurar la conservación de la diversidad biológica; g) Prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre el ambiente para posibilitar la sustentabilidad ecológica, económica y social del desarrollo; h) Promover cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable, a través de una educación ambiental, tanto en el sistema formal como en el no formal; i) Organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a la misma; j) Establecer un sistema federal de coordinación interjurisdiccional, para la implementación de políticas ambientales de escala nacional y regional MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 14 k) Establecer procedimientos y mecanismos adecuados para la minimización de riesgos ambientales, para la prevención y mitigación de emergencias ambientales y para la recomposición de los daños causados por la contaminación ambiental. Luego de establecer los principios de la política ambiental, instaura como "Instrumentos de la política y la gestión ambiental" a los siguientes: a) El ordenamiento ambiental del territorio b) La evaluación de impacto ambiental. c) El sistema de control sobre el desarrollo de las actividades antrópicas. d) La educación ambiental. e) El sistema de diagnóstico e información ambiental. f) El régimen económico de promoción del desarrollo sustentable. Asimismo, la Ley establece el Sistema Federal Ambiental con el objeto de desarrollar la coordinación de la política ambiental, tendiente al logro del desarrollo sustentable, entre el gobierno nacional, los gobiernos provinciales y el de la Ciudad de Buenos Aires, estipulando que el mismo será instrumentado a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA). Por otro lado, la Ley define como daño ambiental a toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos, estableciendo que todo aquél que cause el daño ambiental será objetivamente responsable de su restablecimiento al estado anterior a su producción y, en caso de que ello no sea técnicamente factible, define que la indemnización sustitutiva que determine la justicia ordinaria interviniente, deberá depositarse en el Fondo de Compensación Ambiental que se crea a través del mismo Instrumento jurídico. Se estipula que el Fondo de Compensación Ambiental será administrado por la autoridad competente de cada jurisdicción y estará destinado a garantizar la calidad ambiental, la prevención y mitigación de efectos nocivos o peligrosos sobre el ambiente, la atención de emergencias ambientales; asimismo, a la protección, preservación, conservación o compensación de los sistemas ecológicos y el ambiente. Quedan facultadas las autoridades para poder determinar que dicho fondo contribuya a sustentar los costos de las acciones de restauración que puedan minimizar el daño generado. La Ley 25.831 - Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental brinda los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas. Define como información ambiental toda aquella información en cualquier forma de expresión o soporte relacionada con el ambiente, los recursos naturales o culturales y el desarrollo sustentable. En particular: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 15 a) El estado del ambiente o alguno de sus componentes naturales o culturales, incluidas sus interacciones recíprocas, así como las actividades y obras que los afecten o puedan afectarlos significativamente; b) Las políticas, planes, programas y acciones referidas a la gestión del ambiente. Determina que el acceso a la información ambiental será libre y gratuito para toda persona física o jurídica, a excepción de aquellos gastos vinculados con los recursos utilizados para la entrega de la información solicitada y que, para acceder a la información ambiental, no será necesario acreditar razones ni interés determinado. Como "Sujetos obligados" se define a las autoridades competentes de los organismos públicos, y los titulares de las empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas, están obligados a facilitar la información ambiental requerida en las condiciones establecidas por la presente ley y su reglamentación. Se establece como procedimiento que las autoridades competentes nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, concertarán en el ámbito del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) los criterios para establecer los procedimientos de acceso a la información ambiental en cada jurisdicción. En cuanto a la denegación de la información, esta sólo podrá ocurrir en los siguientes casos: a) Cuando pudiera afectarse la defensa nacional, la seguridad interior o las relaciones internacionales; b) Cuando la información solicitada se encuentre sujeta a consideración de autoridades judiciales, en cualquier estado del proceso, y su divulgación o uso por terceros pueda causar perjuicio al normal desarrollo del procedimiento judicial; c) Cuando pudiera afectarse el secreto comercial o industrial, o la propiedad intelectual; d) Cuando pudiera afectarse la confidencialidad de datos personales; e) Cuando la información solicitada corresponda a trabajos de investigación científica, mientras éstos no se encuentren publicados; f) Cuando no pudiera determinarse el objeto de la solicitud por falta de datos suficientes o imprecisión; g) Cuando la información solicitada esté clasificada como secreta o confidencial por las leyes vigentes y sus respectivas reglamentaciones. Se consideran infracciones a la ley, la obstrucción, falsedad, ocultamiento, falta de respuesta en los plazos establecidos, o la denegatoria injustificada a brindar la información solicitada, y todo acto u omisión que, sin causa justificada, afecte el regular ejercicio del derecho que esta ley establece. En dichos supuestos quedará habilitada una vía judicial directa, de carácter sumarísima ante los tribunales competentes. Por otra parte, la Ley indica que las empresas de servicios públicos que no cumplan con las obligaciones exigidas en la misma, serán pasibles de las sanciones previstas en las normas o contratos que regulan la MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 16 concesión del servicio público correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que pudieren corresponder. La Ley 25.612- GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES Y DE ACTIVIDADES DE SERVICIOS, promulgada parcialmente mediante Decreto Nº 1343/02 de fecha 25 de Julio de 2002, establece los presupuestos mínimos de protección ambiental sobre la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicio, que sean generados en todo el territorio nacional, y sean derivados de procesos industriales o de actividades de servicios. Luego define lo que se entiende por proceso industrial a toda actividad, procedimiento, desarrollo u operación de conservación, reparación o transformación en su forma, esencia, calidad o cantidad de una materia prima o material para la obtención de un producto final mediante la utilización de métodos industriales. Se entiende por actividad de servicio a toda actividad que complementa a la industrial o que por las características de los residuos que genera sea asimilable a la anterior, en base a los niveles de riesgo que determina la presente. Se entiende por residuo industrial a cualquier elemento, sustancia u objeto en estado sólido, semisólido, líquido o gaseoso, obtenido como resultado de un proceso industrial, por la realización de una actividad de servicio, o por estar relacionado directa o indirectamente con la actividad, incluyendo eventuales emergencias o accidentes, del cual su poseedor productor o generador no pueda utilizarlo, se desprenda o tenga la obligación legal de hacerlo. Y por último define lo que se entiende por gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicio al conjunto de actividades interdependientes y complementarias entre sí, que comprenden las etapas de generación, manejo, almacenamiento, transporte, tratamiento o disposición final de los mismos, y que reducen o eliminan los niveles de riesgo en cuanto a su peligrosidad, toxicidad o nocividad, según lo establezca la reglamentación, para garantizar la preservación ambiental y la calidad de vida de la población. Además establece cuáles son los objetivos a cumplir realizando una enumeración de los mismos y que a continuación se detallan: a) Garantizar la preservación ambiental, la protección de los recursos naturales, la calidad de vida de la población, la conservación de la biodiversidad, y el equilibrio de los ecosistemas; b) Minimizar los riesgos potenciales de los residuos en todas las etapas de la gestión integral; c) Reducir la cantidad de los residuos que se generan; d) Promover la utilización y transferencia de tecnologías limpias y adecuadas para la preservación ambiental y el desarrollo sustentable; e) Promover la cesación de los vertidos riesgosos para el ambiente. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 17 Luego establece que los residuos biopatogénicos, domiciliarios; radiactivos y los derivados de las operaciones normales de los buques y aeronaves quedan expresamente excluidos del régimen de la presente ley y sujetos a normativa específica. Al promulgarse parcialmente se mantiene la vigencia del régimen penal establecido en la Ley 24.051- Residuos Peligrosos La Ley 20.284/73 de calidad de aire - no reglamentada ­ contiene en su texto las "Normas para la Preservación de los Recursos del Aire" para todas las fuentes capaces de producir contaminación atmosférica ubicadas en jurisdicción federal. Si bien la Ley 20.284 no fue nunca reglamentada, resulta un hito inevitable cuando se habla de normas de calidad de aire ya que su texto incluye las normas de calidad de aire a nivel nacional antes enunciadas. Por ello, se entiende necesario comentar sus puntos más sobresalientes: · El ámbito de su aplicación son todas las fuentes de contaminación atmosférica ubicadas en jurisdicción federal y en las provincias que deseen adherirse. · La autoridad de aplicación está constituida por las autoridades sanitarias nacional, provincial y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, en sus respectivas jurisdicciones. · Crea un Registro Catastral de Fuentes Contaminantes a cargo de la autoridad sanitaria nacional. · Cada autoridad sanitaria local está autorizada a fijar por cada zona niveles máximos de emisión para los distintos tipos de fuentes fijas y móviles. · Cada autoridad sanitaria local debe establecer un plan de preservación de situaciones críticas de contaminación atmosférica en base a tres niveles de concentración de contaminantes correspondientes a estados de alerta, alarma y emergencia. · Para resolver situaciones interjurisdiccionales, la autoridad sanitaria nacional o cualquiera de las jurisdicciones comprendidas en un problema de contaminación atmosférica puede solicitar la creación de una comisión interjurisdiccional. Esta debe funcionar en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional y debe estar integrada por un representante de cada una de las jurisdicciones involucradas y por uno del PEN. · Establece multas, clausuras temporales o definitivas de las fuentes contaminantes e inhabilitaciones temporales o definitivas de los permisos de circulación, en el caso de unidades de transporte aéreo, terrestre, marítimo o fluvial. · Para el caso de Capital Federal, dispone que el Tribunal Municipal de Faltas tiene a su cargo el juzgamiento de las infracciones. La Ley 19.587/72 - Seguridad, Higiene y Medicina del Trabajo - las normas de la cual resultan de aplicación en el ámbito de todo el territorio de la República Argentina. La materia legislada está definida, esencialmente, por la preocupación de proteger y preservar la integridad de los trabajadores, pretendiendo prevenir y disminuir los accidentes y MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 18 enfermedades del trabajo, neutralizando o aislando los riesgos y sus factores más determinantes. Esta ley, actualizada mediante Decreto 911/96, específicamente referido a las actividades en la construcción, contiene en su texto, disposiciones de "saneamiento del medio ambiente laboral" que protegen a los trabajadores contra los riesgos inherentes a sus tareas específicas. Entre otras cosas: · Dispone que la higiene y seguridad en el trabajo comprende normas técnicas y medidas sanitarias de variada índole, orientadas a proteger la vida de los trabajadores, preservar su integridad psicofísica, prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos centros o puestos de trabajo y estimular la prevención de las posibles enfermedades o accidentes. · Declara necesaria la institucionalización gradual de un sistema de reglamentaciones, generales o particulares, atendiendo a condiciones ambientales o factores ecológicos y a la incidencia de las áreas o factores de riesgo. Considera básica, asimismo, la aplicación de técnicas de corrección de los ambientes de trabajo en los casos en que los niveles de los elementos agresores nocivos para la salud sean permanentes durante la jornada laboral. · Dispone también cuáles deberán ser los contenidos de las reglamentaciones de las condiciones de higiene en los ambientes de trabajo. · Impone al empleador la obligación de adoptar medidas referidas a la construcción, adaptación y equipamiento de los edificios y lugares de trabajo para mantener condiciones ambientales y sanitarias adecuadas. Se refiere, en particular, a la renovación del aire en los interiores, eliminando gases y vapores nocivos; la remoción de desechos; y la eliminación de ruidos y vibraciones. · Impone al trabajador, por otra parte, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad impuestas en las disposiciones dictadas en consonancia La Ley 24.557 ­ Riesgos del Trabajo ­que entró en vigencia en julio de 1996 y su posterior reglamentación, establece el sistema vigente en materia de previsión y prevención de los riegos del trabajo y de reparación de los daños derivados del mismo. Esta norma resulta de cumplimiento obligatorio para la inmensa mayoría de los empleadores en todo el territorio nacional y tiene como objetivo fundamental reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de riesgos derivados del trabajo. Para cumplir con tal propósito, prevé la implementación de Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo en los establecimientos laborales, cuyas características dependen sobre todo del tipo de riesgos asociados a la actividad desarrollada. El Sistema de la Ley de Riesgos de Trabajo bascula sobre: a) un régimen de prevención; b) el otorgamiento de prestaciones en especie y dinerarias; c) la obligatoriedad respecto del empleador de contratar un "seguro de accidentes" con una aseguradora de riesgos de trabajo (ART). MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 19 En efecto, la L.R.T. prescribe un seguro obligatorio, es decir, el empleador se encuentra compelido a asegurarse a un sujeto creado por esta ley que se denomina Aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.), salvo el supuesto del autoseguro (apartado 2 del artículo 3 de la L.R.T.). El sistema de la ley 24.557 no solo es novedoso por incorporar a la legislación un régimen de seguro obligatorio sino también por la creación de sujetos como: · la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), · la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y · el Comité Consultivo Permanente. Dicha ley mantiene el sistema de reparación tarifada el daño establecido por la leyes 9688 y 24028. En cuanto a la opción por la vía civil, en el régimen de la L.R.T. ni el trabajador ni sus derechohabientes pueden recurrir a la vía civil para reclamar la indemnización integral, salvo el caso de que hubiese existido dolo del empleador. En cuanto a las contingencias cubiertas, la L.R.T. excluye: · las enfermedades profesionales no incluidas en el listado previsto por esta ley; · las enfermedades accidentes y · los accidentes y enfermedades profesionales causados por dolo del trabajador o fuerza mayor extraña al trabajo. En cuanto a las prestaciones que otorga la ley, el trabajador que sufre un accidente o enfermedad profesional en forma inmediata tiene a través de la ART contratada por el empleador, una "prestadora médica" a su disposición que debe darle las prestaciones médicas ("en especie") que correspondan, sin perjuicio que posteriormente dicha ART le otorgue las "prestaciones dinerarias" en relación a la incapacidad que pudiera haber resultado del accidente o enfermedad. Finalmente, la ley 24557 de riesgos del trabajo da competencia a las comisiones médicas que creadas por la ley 24241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) para resolver distintas controversias que se susciten, en materia de infortunios laborales, entre la víctima o sus derechohabientes y la aseguradora de riesgos del trabajo o el empleador autoasegurado Finalmente, cabe destacar otras Normas sobre Sustancias Peligrosas: En materia de Transporte: · Resolución N° 195/97 de la Secretaría de Obras Públicas y Transporte, · Resoluciones Nº 720/87 y 4/89 de la Subsecretaria de Transporte, · Decreto Nº 779/95 del Ministerio del Interior. · En materia de Uso y Manipuleo: · Resolución MTSS (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social) Nº 369/91 sobre PCB's; · Resolución MTSS Nº 877/91 sobre amianto; · Disposición DNSST (Dirección Nacional de Seguridad Social y Trabajo) Nº 1/95 (listado de sustancias cancerígenas); · Disposición Nº 2/95 DNSST (Registro de PCB's); MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 20 · Disposición Nº 8/95 DNSST (Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores); · Disposición Nº 9/95 DNSST (Comisión Nacional de Seguimiento de las Disposiciones Nos 1/95, 2/95 y 8/95 DNSST); · Resolución Conjunta: Nº 209/2001 y 437/2001 de Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que prohíbe en todo el territorio del país la producción, importación y comercialización de bifenilos policlorados y productos y/o equipos que los contengan. Nivel Provincial La Constitución de la Provincia de Córdoba establece en su Art. 11º: "El Estado Provincial resguarda el equilibrio ecológico, protege el medio ambiente y preserva los recursos naturales". Además, define que "Toda persona tiene derecho a gozar de un medio ambiente sano. Este derecho comprende el de vivir en un ambiente físico y social libre de factores nocivos para la salud, a la conservación de los recursos naturales y culturales y a los valores estéticos que permitan asentamientos humanos dignos, y la preservación de la flora y la fauna. El agua, el suelo y el aire como elementos vitales para el hombre, son materia de especial protección en la Provincia. El Estado Provincial protege el medio ambiente, preserva los recursos naturales ordenando su uso y explotación, y resguarda el equilibrio del sistema ecológico, sin discriminación de individuos o regiones...." (Artículo 66 de la Constitución de la Provincia de Córdoba). Al referirse a la autonomía municipal es importante indicar que en el Art. 186 con varios incisos establece las funciones y atribuciones inherentes a la competencia municipal, realizando una enumeración de las mismas, destacando: "Es competencia municipal.... inc. 6: Realizar obras públicas y prestar servicios públicos por sí o por intermedio de particulares; inc. 7: Atender las siguientes materias:.....planes edilicios, apertura y construcción de calles, plazas y paseos; diseño y estética; vialidad, tránsito y transporte urbano; uso de calles y subsuelo; control de la construcción; protección del medio ambiente, paisaje, equilibrio ecológico y polución ambiental.....". Legislación ambiental provincial La Ley Provincial Nº 7343, promulgada en el Boletín Oficial con fecha 27 de Septiembre de 1985, en su art. 1º establece que tiene por objeto la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente en todo el territorio de la Provincia de Córdoba, para lograr y mantener una óptima calidad de vida. El Art. 2º de la presente ley declara de "interés provincial" a los fines de su preservación, conservación, defensa y mejoramiento aquellos ambientes urbanos, agropecuarios y naturales y todos sus elementos constitutivos que por su función y características, mantienen o contribuyen a mantener la organización ecológica más conveniente tanto para el desarrollo de la cultura, de la ciencia y la tecnología y del bienestar de la comunidad como para la MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 21 permanencia de la especie humana sobre la tierra, en armónica relación con el ambiente. Asimismo, el Art. 3º detalla lo que significa para la presente ley la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente desarrollando en diversos incisos el alcance de los mismos, destacándose para el presente Manual los que a continuación se detallan: "..... Inc. a) El ordenamiento territorial y la planificación de los procesos de urbanización, poblamiento, industrialización, explotación minera y expansión de fronteras productivas en función de los valores del ambiente; Inc. b) La utilización racional del suelo, agua, flora, fauna, gea, paisaje, fuentes energéticas y demás recursos naturales en función de los valores del ambiente; Inc.i) La coordinación de las obras y acciones de la administración pública y de los particulares, en cuanto tengan vinculación con el ambiente......." Luego, en Art. 4º determina cuáles son los Bienes Jurídicos Protegidos y los define, entendiendo por "Ambiente, Entorno o Medio: La totalidad y cada una de la partes de un ecosistema o sistema ecológico, interpretadas todas como piezas interdependientes. Fragmentado o simplificado con fines operativos, el término también designa entornos más circunscriptos, ambientes naturales, agropecuarios, urbanos y demás categorías intermedias."; "Ambiente Urbano: El conjunto de áreas construidas o sin construir y sus elementos constitutivos cuando muestran una cierta unidad y continuidad fisonómica y estar provistas con parte o con todos los servicios y obras públicas tales como agua potable, energía eléctrica, transporte, alumbrado, parquizado, forestación vial, pavimento, cloacas y demás elementos o servicios esenciales; por extensión y con los agregados que corresponde, constituye un ecosistema urbano o consumidor."; "Conservación: El uso y manejo racional del ambiente en tanto dicha utilización no lo degrade ni sea susceptible de degradarlo"; "Preservación: El mantenimiento del ambiente sin uso extractivo ni consuntivo o con utilización recreacional y científica restringida."; "Elementos Constitutivos Artificiales o Culturales: Todas las estructuras, artefactos y bienes en general, de localización superficial, subterránea, sumergida o aéreas; construidos, elaborados o eliminados por el hombre tales como vías de comunicación terrestre, redes de distribución de agua, gas y otros materiales; redes de distribución de energía y de información; edificios, solados y demás construcciones del dominio público y privado; fuentes, estatuas y demás monumentos; señalización vertical y horizontal pública y privada; transportes y cualquier otro elemento similar..." Según el Art. 5º todas las personas cuyas acciones, obras o actividades degraden o sean susceptibles de degradar el ambiente en forma incipiente, corregible o irreversible, quedan obligadas a instrumentar todas las medidas necesarias para evitar dicha degradación. Con relación al sistema de evaluación de impacto ambiental la misma ley establece en el Art. 49º que las personas, sean éstas públicas o privadas responsables de obras y/o acciones que degraden o sean susceptibles de degradar el ambiente, quedan obligadas a presentar, conforme el reglamento respectivo, un estudio e informe de evaluación de impacto ambiental en todas las etapas de desarrollo de cada proyecto; estableciendo, además que las obras y/o actividades que degraden o sean susceptibles de degradar el MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 22 ambiente en forma corregible y que se consideren necesarias por cuanto reportan beneficios sociales y económicos evidentes, sólo podrán ser autorizadas si se establecen garantías, procedimientos y normas para su corrección. La autorización será otorgada por Agencia Córdoba Ambiente Sociedad del Estado. (Art. 50º). Luego el art. 52º realiza una enumeración de cuales son las actividades degradantes o susceptibles de degradar el ambiente, detallándolas en varios incisos: Inc. a) Las que contaminan directa o indirectamente el suelo, agua, aire, flora, fauna, paisaje, y otros componentes tanto naturales como culturales del ecosistema. Inc. b) Las que modifiquen la topografía. Inc. c) Las que alteren o destruyan directa o indirectamente, parcial o totalmente, individuos y poblaciones de la flora y fauna. Inc. d) Las que modifiquen las márgenes, cauces, caudales, régimen y comportamiento de las aguas superficiales o aguas lóticas. Inc. e) Las que alteren las márgenes, fondos, régimen y conducta de las aguas superficiales no corrientes o aguas lénticas o leníticas. Inc. f) Las que alteran la naturaleza y comportamiento de las aguas en general y su circunstancia. Inc. g) Las que emitan directa o indirectamente ruido, calor, luz, radiación ionizante y otros residuos energéticos molestos o nocivos. Inc. h) Las que modifiquen cuali - cuantitativamente la atmósfera y el clima. Inc. i) Las que propenden a la acumulación de residuos, desechos, y basuras sólidas. Inc. j) Las que producen directa o indirectamente la eutrofización cultural de las masas superficiales de agua. Inc. k) Las que utilicen o ensayen armas químicas, biológicas, nucleares y de otros tipos. Inc. l) Las que agoten los recursos naturales renovables y no renovables. Inc. ll) Las que favorecen directa o indirectamente la erosión eólica, hídrica, por gravedad y biológica. Inc. m) Cualquier otra actividad capaz de alterar los ecosistemas y sus componentes tanto naturales como culturales y la salud y bienestar de la población. Cabe destacar que mediante Decreto Reglamentario Nº 3290/90 se reglamenta el sistema de evaluación de impacto ambiental, definiendo al proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), como el proceso de Administración ambiental destinado a prevenir los efectos que determinados proyectos de obras y/o acciones pueden causar en la salud del Hombre y/o en el ambiente, reconociendo tres etapas fundamentales caracterizadas por: el estudio e informe de evaluación de impacto ambiental que debe presentar el proponente del proyecto; la información pública cuyo sistema será propiciado por la Secretaría Técnica del Consejo Provincial del Ambiente, y la valoración crítica de las actuaciones con el pronunciamiento final, debidamente fundado, del Consejo Provincial del Ambiente. Luego, define que se entiende por Proyecto a la propuesta debidamente documentada, de obras y/o acciones a desarrollar en un determinado tiempo y lugar. Puede estar referido tanto a construcciones o instalaciones, como a otras intervenciones sobre el medio natural o modificado, comprendidas entre otras las modificaciones del paisaje, la explotación de recursos naturales, los planes de desarrollo, las campañas de aplicación de biocidas, la extensión de fronteras agropecuarias. Sus principales etapas de avance son: a) Idea, prefactibilidad, factibilidad y diseño; b) Concreción, construcción, o materialización; c) Operación de las obras o instalaciones; d) Clausura o desmantelamiento; e) Post clausura o post desmantelamiento. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 23 Ley Nº 8973 de adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051, y su Decreto Reglamentario 2149/03 Mediante este marco regulatorio, adhiriendo a la Ley Nacional Nº 24051, la Provincia de Córdoba tiene un régimen específico para los residuos peligrosos, cuyo objetivo es minimizar los potenciales riesgos en las distintas actividades que se desarrollan en la provincia de Córdoba y que involucran los residuos peligrosos. De esta manera, se cuenta con un sistema provincial de gestión de residuos peligrosos que ayudará a preservar, mejorar, proteger y defender nuestro entorno. Esta ley establece que las actividades de generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos, desarrolladas en el territorio de la Provincia de Córdoba por personas físicas y/o jurídicas quedan sujetas a las disposiciones de la Ley Nº 24.051 y sus anexos y de la Ley 7.343 y modificatorias y su decreto reglamentario Nº 2131/00. Ley Provincial Nº 7343- Art. 46: disposición de efluentes contaminantes. Esta norma prohíbe el vuelco, descarga o inyección de efluentes contaminantes a las masas superficiales y subterráneas de agua cuando tales efluentes superen los valores máximos de emisión establecidos para los mismos y/o cuando alteren las normas de calidad establecidas para cada masa hídrica. Esta prohibición también se aplicará cuando los efluentes contaminantes afecten negativamente a la flora, la fauna, la salud humana y los bienes. Ley Provincial Nº 5589- Código de Aguas Es un conjunto sistemáticamente ordenado de disposiciones referidas al uso de las aguas y defensa contra sus efectos nocivos, conteniendo principios generales que permitan solucionar las múltiples situaciones que pueden plantearse, dando pautas generales al Estado para su accionar y seguridad y justicia a los administrados y a los que en razón del uso de las aguas y defensa contra sus efectos nocivos vean restringido el ejercicio de su derecho de dominio.- Tiene por objeto regular el aprovechamiento, conservación y defensa contra los efectos nocivos de las aguas, álveos, obras hidráulicas y las limitaciones al dominio en interés de su uso. Establece que la Autoridad de Aplicación es la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento, y será quien ejerza el control y vigilancia del uso de las aguas, álveos, obras hidráulicas y de las actividades que pueden afectarlos. Además, tiene facultad para disponer las medidas necesarias para prevenir, atenuar o suprimir los efectos nocivos de las aguas, entendiéndose por tales, los daños que por acción del hombre o la naturaleza, puedan causar a personas o cosas. Luego, define lo que se entiende por aguas contaminadas diciendo que son las que por cualquier causa son peligrosas para la salud, y napas para el uso que se les dé, perniciosas para el medio ambiente o la vida MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 24 que se desarrolla en el agua o álveos o que por su olor, sabor, temperatura o color causen molestias o daños. Nivel Municipal Conforme el régimen municipal de la Provincia de Córdoba basado en la autonomía determina que las municipalidades cordobesas son gobiernos locales y no simples administraciones públicas. Por lo tanto corresponde a los municipios gobernar y administrar los intereses públicos locales dirigidos al bien común y ejercer cualquier atribución de interés municipal que no este prohibido por el orden institucional y que sea compatible con las funciones de los poderes del estado. La Ley Orgánica Municipal Nº 8102 establece en su Art. 30º las atribuciones del Concejo Deliberante, entre las que se pueden mencionar para este MMAyS: Regular y coordinar planes urbanísticos y edilicios; sancionar Ordenanzas de obras y servicios públicos y fijar sus tarifas. Se otorgará prioridad, en igualdad de circunstancias, a las Cooperativas integradas por los propios vecinos que se propongan asumir sus respectivos trabajos o prestar los servicios públicos de que se trate; aprobar todo convenio en virtud del cual se disponga la prestación por parte de terceros de un servicio municipal cualquiera sea la calidad o categoría de la prestación. Por otra parte, dado que la normativa aplicable a nivel municipal variará de acuerdo a los proyectos objeto del presente MMAyS, la misma deberá ser identificada y analizada ad hoc como parte del proceso de Evaluación Ambiental y Social de cada uno de los proyectos. El resultado del análisis debe ser incorporado a los pliegos licitatorios. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 25 4. Estructura Organizacional Organigrama de la Unidad Ejecutora PTUBA COORDINADOR GENERAL Ing. Jorde De Belaústegui Especialista Adquisiciones Cdor. Cesar Del Castillo SECRETARIA SECRETARIA Privada Ejecutiva y Planta Permanente Diana Menzel Despacho COORDINADOR COORDINADOR ESPECIALISTA COORDINADOR COORDINADOR COORDINADOR COORDINADOR Obras Estudios de Diseños Técnico y de Estudios Asuntos Legales Administrativo Unidad Co-Ejecutora Proyecto Regional GEF Ing. Pedro Giner Arq. Elena Alaimo Arq. Luis Fernandez Dr. Pablo Kanovich Cdor. Alfredo Fernandez PTUBA - GEF Ing. Victor Alderetes ESPECIALISTA INSPECTOR CONSULTOR Sistemas Representante Legal Obras Evaluación y Geográficos ESPECIALISTA ESPECIALISTA ESPECIALISTA ESPECIALISTA y Técnico Ing. Jorge Levene Desarrollo de Transporte Contable Desembolsos Social y Ambiental Proyectos Arq. Esteban Municipios del Interior Schnaith ASISTENTE Legal ESPECIALISTA ESPECIALISTA ESPECIALISTA ESPECIALISTA ESPECIALISTA Arquitectura ESPECIALISTA Administrativa TESORERIA Obras Civiles ASISTENTE Obras Civiles Ambiental Urbanística Ing. Horacio Diez Arq. Eduardo Social - Ambiental Planta Transitoria Beatriz Curtolo Técnico Enrique Técnico Faierman Carla Paredes Taranto ASISTENTE ESPECIALISTA Técnica ESPECIALISTA Control de ASISTENTE ESPECIALISTA Gimena Diaz Estadísticas y Encuentas Pasante Ezequiel Informático Cruces Ferroviarios Lic. Mario Aguirre Fernandez Walter Gatti Arq. Alejandra Fernandez MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 26 4.1. Recursos Humanos de la Organización del GEF Para llevar a cabo estas actividades la UEPTUBAGEF cuenta con un equipo conformado por 18 profesionales, liderados por el Coordinador General de la Unidad Ejecutora. El equipo de profesionales se encuentra conformado en general por arquitectos e ingenieros que se encargan del análisis integral de los proyectos que conforman el PTUBA, el apoyo para el diseño (en algunos casos) y el desarrollo de los proyectos, control de los procesos de construcción, desarrollo (en algunos casos) y revisión de los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental y Consulta Pública, la preparación de los pliegos de licitación y evaluación de las ofertas, y demás tareas necesarias para llevar a cabo la ejecución de los proyectos. Asimismo cuenta con profesionales específicamente dedicados a los aspectos legales, económico administrativos, sociales y ambientales de los proyectos y personal temporario a través de sistemas de pasantías. El profesional en temas ambientales y sociales es el encargado de guiar la aplicación de los instrumentos que se presentan en este Manual, controlando y haciendo el seguimiento de las acciones llevadas a cabo por terceros y de todas aquellas gestiones vinculadas a los aspectos ambientales y sociales que implican los proyectos. 4.2. Estructura organizacional para el Ciclo de Proyecto Actividades básicas para el desarrollo de los proyectos: A continuación se presenta un esquema de las actividades básicas generales que deben desarrollarse para la ejecución de los proyectos que son de aplicación del presente MMAyS. Etapa Técnica Evaluación y Manejo Objetivo Instrumentos Ambiental y Social FASE PRELIMINAR Definición Definición conceptual del Evaluación del proyecto, Guía para la Definición conceptual del proyecto su factibilidad y eficiencia Conceptual del Proyecto Proyecto Screening Preliminar en la planificación Guía de Screening regional preliminar Evaluar alternativas Guía de información y Procedimientos de Brindar insumos para el consulta pública información y consulta concepto operacional y (reuniones y talleres, pública anteproyecto preliminar página web, correo Informar sobre las electrónico, boletín características del informativo, etc.) proyecto Anteproyecto Evaluación Expeditiva Evaluar impactos Guía de Evaluación preliminar positivos y negativos Expeditiva específicos en las Esquema de TDR para diferentes etapas del estudios adicionales proyecto. Determinar necesidad de estudios adicionales Procedimientos de Informar sobre las Guía de información y información y consulta características del consulta pública MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 27 Etapa Técnica Evaluación y Manejo Objetivo Instrumentos Ambiental y Social pública proyecto y entidades (reuniones y talleres, responsables página web, correo Identificar impactos electrónico, boletín positivos y negativos informativo, etc.) percibidos por las comunidades Validar los impactos identificados por el equipo técnico Establecer un canal bilateral y permanente de comunicación comunidad ­ proyecto Anteproyecto Coordinación entre los Incorporar las detallado y bases equipos socio-ambiental sugerencias ambientales de licitación y de diseño y sociales que sean pública viables en los diseños de los anteproyectos Ajustar la evaluación de impactos de acuerdo con los diseños definitivos Definición de las Establecer las Mapa de organización responsabilidades de responsabilidades de los institucional cada actor en el diferentes actores (UEP, subproyecto municipio, contratista, comunidad) Contratación del Incorporación de las Incorporar legalmente las Pliegos Ambientales y proyecto medidas de manejo medidas de manejo Sociales para el ejecutivo y de la socio-ambiental dentro de los pliegos de contratista de la obra obra licitación y contrato de la obra Garantizar la asignación de recursos para la aplicación de las medidas Contratación de Incorporación de las Incorporar la supervisión Pliegos Ambientales y la supervisión de medidas de manejo de las medidas de Sociales para el obras socio-ambiental manejo socio-ambiental contratista de las obras en los pliegos de licitación y contrato de las firma(s) supervisora(s) FASE PLANIFICACIÓN DE LA OBRA Planificación de Incorporación de la Reducir los impactos Ficha de manejo la obra dimensión socio- negativos de las obras a Guía de desvío y manejo ambiental en el través de un de trafico planeamiento de la obra planeamiento adecuado que lleva en consideración posibles impactos sociales y ambientales de la obra Asegurar la accesibilidad al comercio y residencias afectadas por las construcción Procedimientos de Informar a la comunidad Guía de información y información y consulta a sobre el proyecto consulta pública la comunidad ejecutivo, cronograma de (reuniones y talleres, obras, responsables página web, correo MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 28 Etapa Técnica Evaluación y Manejo Objetivo Instrumentos Ambiental y Social Presentar la evaluación electrónico, boletín final de impactos y informativo, etc.) medidas de manejo Informar sobre la Guía de atención de incorporación de las quejas y reclamos sugerencias de la comunidad en los diseños y medidas de manejo Informar sobre el procedimiento de atención de quejas y reclamos Programa de información Brindar información Guía de información y y comunicación clara, veraz y oportuna consulta pública sobre el proyecto, la (reuniones y talleres, ejecución de obras y página web, correo aplicación de las electrónico, boletín medidas socio- informativo, etc.) ambientales FASE CONSTRUCCION Construcción Aplicación de las Aplicar las medidas de Manejo de las medidas y prevención, mitigación actividades constructivas procedimientos de y/o compensación de los Instrumentos de información y impactos negativos de seguimiento comunicación pública las obras Guía de supervisión Supervisar la aplicación de las medidas Comunicación regular con la comunidad y población directamente afectada Preparar informes regulares de seguimiento socio-ambiental Disponer de un mecanismo de recepción, canalización y solución de los reclamos de los vecinos FASE OPERACIÓN Conclusión del Evaluación final Preparación de informe Guía de Seguimiento y contrato final de seguimiento Evaluación Final socio-ambiental con recomendaciones de manejo del proyecto para el municipio Aplicar las medidas durante la operación Fase preliminar: Las siguientes actividades deben ser desarrolladas previamente a la etapa de construcción de cada uno de los proyectos desarrollados por el PTUBA-GEF: Definición conceptual del Proyecto: el Municipio de Córdoba debe presentar una definición conceptual del mismo que incluya alternativas de MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 29 solución. Junto con ésta, debe informar por escrito que no existe superposición del proyecto presentado, con otros propuestos por otros organismos (Dirección Nacional de Vialidad, Dirección Provincial de Vialidad, Dirección Provincial de Agua y Saneamiento (DiPAS), etc.). La UEPTUBA-GEF pondrá en conocimiento del proyecto a los organismos encargados de la planificación de transporte regional que correspondan (CNRT, DGT, ERSEP). Se trata de considerar la dimensión regional en la resolución de los proyectos, de modo de cooperar con la planificación racional del territorio en el que se insertan los mismos, evitando superposición, vacíos o neutralizaciones mutuas. Ello aporta a la optimización de los beneficios del proyecto, en tanto se orienta a la mejor conectividad vial a nivel regional, reduciendo emisiones a la atmósfera y facilitando medios de transporte más eficaces y menos contaminantes. Relevamiento Institucional Local: se trata de identificar la capacidad del Municipio de Córdoba para afrontar la evaluación y gestión ambiental y social del proyecto propuesto, y el posterior seguimiento de la gestión. Para ello se cuenta con la guía de Relevamiento de Capacidad Institucional del Municipio. La UEPTUBA-GEF, a través de los profesionales ambientales y sociales que conforman su planta, debe efectuar este relevamiento en forma expeditiva enviando al municipio el formulario correspondiente. De no contar el municipio con áreas destinadas a abordar las dimensiones ambientales y sociales, la UEPTUBA-GEF debe solicitar al mismo la designación de personal para recibir capacitación en tal sentido. Dicho personal debe pertenecer a un área diferente a la promotora del Proyecto. Screening Preliminar: consiste en el relevamiento y recopilación de información ambiental básica que permita detectar los principales impactos negativos y positivos en base a la idea de las diferentes alternativas de proyecto. Incluye la evaluación ambiental y social preliminar, identificando, entre otros, necesidad de desplazamiento de población residente o comercios, tanto formales como informales, necesidad de extracción de forestación existente, principales flujos de tránsito automotor público y privado, afectaciones a frentistas, riesgos de inundación, ruptura del espacio urbano, afectación a valores o sitios de importancia patrimonial y de equipamientos urbanos (educativos, de salud, sociales y culturales), etc. Para el desarrollo de esta actividad se cuenta con la Ficha de Screening Preliminar (ver Módulo A: Sistema de Evaluación Ambiental y Social). Prioritariamente esta actividad debe ser llevada a cabo por áreas del municipio distintas a aquellas encargadas del Proyecto: Departamento de Trabajo Social (Dirección de Familia y Desarrollo Comunitario) y el Dpto. de Planificación Territorial (Dirección de Planificación Urbanística Ambiental). De no contar con las capacidades institucionales para hacerlo, los profesionales responsables de la dimensión ambiental y social de UEPTUBA-GEF deben abordar las actividades de Screening Preliminar en conjunto con personal designado por el municipio, de modo que funcione como una forma de fortalecimiento institucional local. Ello se orienta en alguna medida a fomentar la incorporación de la dimensión ambiental y social para la mejor gestión local. De contar con las capacidades institucionales para hacerlo, el screening preliminar debe ser revisado y aprobado por el personal de UEPTUBA-GEF. Evaluación Expeditiva: el objetivo de esta etapa es evaluar impactos ambientales y sociales positivos y negativos específicos del proyecto MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 30 seleccionado en la etapa anterior y para las diferentes etapas de la obra, identificando, en caso que se requiera, la necesidad de formulación de estudios adicionales. Para ello se cuenta con la Guía de Evaluación Expeditiva (ver Módulo A: Sistema de Evaluación Ambiental y Social). Prioritariamente esta actividad debe ser llevada a cabo por áreas del municipio distintas a aquellas encargadas de la planificación del Proyecto, con preferencia de áreas de desarrollo o acción social y de medio ambiente o de ecología: Departamento de Trabajo Social (Dirección de Familia y Desarrollo Comunitario) y el Dpto. de Planificación Territorial (Dirección de Planificación Urbanística Ambiental). De no contar con las capacidades institucionales para hacerlo, los profesionales responsables de la dimensión ambiental y social de UEPTUBA-GEF deben abordar las actividades de Evaluación Expeditiva en conjunto con personal designado por el municipio de Córdoba, de áreas diferentes a las de obras públicas, planeamiento o arquitectura, como las señaladas antes, de modo que funcione como una forma de fortalecimiento institucional local. La Evaluación Expeditiva debe ser revisada y aprobada por el personal responsable de las dimensiones ambiental y social de UEPTUBA-GEF. En caso de haberse identificado en el Screening Preliminar la necesidad de desplazamientos de población, la Evaluación Expeditiva deberá identificar además, las áreas de la administración local que tienen responsabilidad en los procesos de expropiación, así como los procedimientos que se aplican a tales fines. Procedimientos de información y consulta pública: Esencialmente se pretende equiparar el nivel de conocimiento de los miembros de la comunidad con los de los técnicos y funcionarios involucrados con el proyecto respecto de las características esenciales del mismo (naturalmente exceptuando los detalles técnicos de realización) y las entidades responsables. Identificar impactos ambientales y sociales positivos y negativos percibidos por las comunidades. Validar los impactos de los tipos citados, identificados por el equipo técnico. Establecer canales bilaterales y permanentes de comunicación comunidad ­ responsables del proyecto. Para ello se cuenta con la Guía de Información y Participación Pública (puntos de información en el frente de obra, íd. en puntos satélites, comisiones de vecinos, reuniones y talleres, página web, correo electrónico, boletín informativo, etc.) (ver Módulo B: Sistema de Gestión Social). Como parte del proceso de información y participación pública debe ponerse a disposición, previo a la realización de los talleres, los documentos del Screening Preliminar (para los encuentros al principio de la planificación) y de la Evaluación Expeditiva (para los encuentros cuando la planificación ya está avanzada), en ambos casos para ser consultados en sitios de fácil acceso para la comunidad en su conjunto y en especial para la población residente en el área de implantación del proyecto, como son el Frente de Obra y los Puntos Satélites. Necesidad de Estudios Adicionales: en aquellos casos en que la Evaluación Expeditiva y el Proceso de Información y Consulta Pública generen la necesidad de estudios adicionales, deberá efectuarse un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA). Para ello se presentan Términos de Referencia para la elaboración de dichos estudios en el Módulo A ­ Sistema de Evaluación Ambiental y Social. Coordinación entre los equipos socio-ambiental y de diseño: Incorporar las sugerencias ambientales y sociales que sean viables en los diseños de las MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 31 obras. Ajustar la evaluación de impactos de acuerdo con los diseños definitivos y atendiendo a los resultados de las instancias de información y consulta pública. Definición de las responsabilidades de cada actor en el subproyecto: Establecer las responsabilidades de los diferentes actores (UEPTUBA-GEF, Municipalidad de Córdoba, contratista, comunidad). Para ello se cuenta con el Mapa de Organización Institucional. Plan de Reasentamiento Abreviado: una vez identificados los impactos que ocasiona el proyecto, en caso de requerir desplazamiento de población y/o de actividades económicas y sociales, debe elaborarse el correspondiente plan para afrontar tales desplazamientos de acuerdo al Marco de Política de Reasentamiento que es parte del presente MMAyS. (Ver Módulo B: Sistema de Gestión Social). Incorporación de las medidas de manejo ambiental y social a los pliegos de licitación para la construcción y la supervisión de obras: Incorporar legalmente las medidas de manejo dentro de los pliegos de licitación y contrato de la obra. Garantizar la asignación de recursos para la aplicación de las medidas. Incorporar la supervisión de las medidas de manejo socio-ambiental en los pliegos de licitación y contrato de las firma(s) supervisora(s) Fase de Planificación de la obra Esta Fase comienza cuando se firma el contrato de ejecución de la obra. Al mismo tiempo debe comenzar un contrato de supervisión, y debe efectuarse previo al inicio de las obras. En los casos en que se haya identificado la necesidad de adquisición de predios y aquellos en los que se requiera reasentamiento de población o de actividades económicas, en esta etapa deberán desarrollarse las actividades para que, previo al inicio de las obras, las mismas hayan sido concluidas. De tal modo en esta etapa el Municipio de Córdoba debe, con apoyo de la UEPTUBA- GEF, cumplir con la: Implementación del Plan de Reasentamiento Abreviado (PRA): se trata de que el Municipio lleve a cabo las actividades que se hayan propuesto en el PRA, en coordinación con UEPTUBA-GEF. Por su parte, durante esta Fase, el Contratista deberá desarrollar los documentos que se enumeran a continuación, ponerlos a disposición de la Supervisión, quien los elevará a la UEP. Una vez revisados por la UEP, el Contratista deberá presentarlos ante la Secretaría de Obras y Servicios Públicos para su consideración y aprobación, y remitirlos con el correspondiente Dictamen de Aprobación a la UEP. Presentación del Plan Específico de Manejo Ambiental y Social (PEMAyS) de la obra: elaborado en base al presente MMAyS. El PEMAyS deberá respetar como mínimo lo establecido en el presente manual, pudiendo proponer acciones o actividades que superen sus contenidos mínimos. El PEMAyS podrá requerir un ajuste luego del desarrollo del Taller de Información a la Comunidad, incorporando las consideraciones que como resultado de ese proceso se hayan presentado. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 32 Presentación del Programa de Manejo del Paisaje (PMP): elaborado en base a la Guía de Manejo de la Vegetación y el Paisaje, que es parte del presente MMAyS. Presentación del Programa de Manejo de Tránsito y Señalización (PMTyS): incluye las medidas a ser adoptadas para afrontar los desvíos de tránsito a consecuencia de la ejecución de los trabajos, así como las relativas a señalización. Del mismo modo debe incluir las rutas que deberán seguir los transportistas de insumos para la construcción y los de evacuación de escombros. El Plan de Manejo de Tránsito y Señalización debe ser elaborado en base a la Guía que se presenta como parte del presente MMAyS y en un todo de acuerdo con los requerimientos de la Autoridad Competente del Municipio ­ Dirección General de Ingeniería de Tránsito para lo que deberán establecerse contactos previos a la formulación del PMTyS para garantizar que se cumpla con tales normas. Incluye asimismo la señalización y demarcación temporal de los frentes de obra, pasos peatonales, desvíos, zonas de obra, etc. Presentación del Programa de Manejo del Patrimonio Histórico Cultural y Hallazgos Arqueológicos (PMPHCyHA): de ser identificados elementos patrimoniales durante las etapas de evaluación ambiental y social del Proyecto, debe presentarse el correspondiente Programa de Manejo para gestionar adecuadamente los aspectos patrimoniales. El mismo debe ser elaborado en base a lo dispuesto en el Módulo E del presente MMAyS y de acuerdo a los requisitos exigidos por la Secretaría de Planeamiento de la Municipalidad de Córdoba Presentación del Programa de Manejo de las Actividades Constructivas (PMAC): El contratista debe presentar el programa para gestionar en forma ambiental y social las actividades que son parte de la etapa constructiva del Proyecto, con base a lo establecido en el Módulo F del presente MMAyS y observando toda la legislación vigente al respecto. Una de las actividades que es menester anticipar, es la identificación de manera previa al inicio de la obra de los sitios de disposición final de escombros que no solo cumplen con las especificaciones técnicas requeridas para la obra, sino también que cumplen con las normas ambientales vigentes. Se recomienda consultar al Municipio para la mejor selección de los sitios, de modo de cumplir con los requisitos locales, si los hubiera, y respetar las mejores prácticas ambientales. Presentación del Programa de Manejo de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental (PMHMLySA): el cual debe ser elaborado observando lo estipulado en la legislación vigente, así como lo establecido en el Módulo G del presente MMAyS. Como parte de este programa el representante ambiental de UEPTUBA-GEF junto con el responsable de Higiene y Seguridad de la Supervisión o las personas aprobadas para hacer sus veces deben realizar un taller de capacitación ambiental y de seguridad y salud ocupacional dirigido a todo el personal que trabajará en la ejecución de las obras (Director del proyecto, ingenieros, especialistas, maestros, obreros, conductores, etc.). Esta capacitación deberá estar dirigida a asegurar que se conozcan cabalmente todas las medidas de manejo ambiental y de seguridad integral consideradas en este MMAyS y las exigencias que la normatividad ambiental vigente tiene respecto de la ejecución de las obras a realizar. Este taller debe repetirse cada MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 33 cuatro meses y toda vez que sea requerido de acuerdo a las inspecciones de seguridad... Presentación del Programa de Información y Comunicación: destinado a brindar información clara, veraz y oportuna sobre el proyecto, la ejecución de obras y aplicación de las medidas ambientales y sociales. Debe incluir un cronograma de información consecuente con el Plan de Manejo de Tránsito para dar aviso adecuado en tiempo y forma a la comunidad, de los desvíos de tránsito así como de los movimientos de transporte de materiales y escombros que puedan afectar el normal desenvolvimiento del tránsito local. Procedimientos de información a la comunidad: Informar a la comunidad sobre el proyecto ejecutivo, cronograma de obras, responsables. Presentar la evaluación final de impactos y medidas de manejo ambiental y social. Informar sobre la incorporación de las sugerencias de la comunidad en los diseños y medidas de manejo. Informar sobre el procedimiento de atención de quejas y reclamos. Gestión y coordinación con empresa ferroviaria: consiste en adelantar con la empresa que presta los servicios ferroviarios en el sitio de proyecto, las gestiones necesarias para coordinar los trabajos de acuerdo a las normas establecidas para las obras ferroviarias y las propias de la empresa. Gestión y coordinación con otras entidades: Actividad que consiste en adelantar las gestiones de coordinación interinstitucional con el fin de informar sobre los alcances del proyecto y los principales impactos y contingencias a desarrollar y obtener los permisos necesarios para el desarrollo del proyecto. Instalación de obrador: Actividad que consiste en la adecuación de infraestructura existente o en la construcción de las instalaciones temporales necesarias para que el contratista acopie y suministre oportunamente los materiales requeridos para la obra durante su desarrollo y mantenga la logística necesaria para la operación de la misma. De igual forma, el contratista deberá instalar y poner en funcionamiento un centro de reclamos y atención en obra de acuerdo a lo establecido en la Guía de información y Consulta Pública que es parte del presente MMAyS. Fase de construcción Durante esta fase deben ser implementados los planes y programas presentados durante la fase anterior: · Programa de Manejo del Paisaje (PMP) · Programa de Manejo de Tránsito y Señalización (PMTyS) · Programa de Manejo del Patrimonio Histórico Cultural y Hallazgos Arqueológicos (PMPHCyHA) · Programa de Manejo de las Actividades Constructivas (PMAC) · Programa de Manejo de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental (PMHMLySA) · Programa de Información y Comunicación MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 34 Fase de Operación Plan de Seguimiento: Acción representada en la puesta en marcha del proyecto, en condiciones adecuadas para el tránsito peatonal y/o vehicular, que incluye mantenimiento del proyecto y de la señalización. Evaluación final: Preparación de informe final de seguimiento ambiental y social. Incluye la verificación del restablecimiento de las condiciones de la población y de las actividades económicas y sociales que hayan sido afectadas y en los casos que corresponda. Asimismo, incluye la verificación del adecuado mantenimiento de las acciones de reforestación y parquización, así como la eficiencia del Proyecto en cuanto a satisfacción de los usuarios, seguridad vial, accidentología, mantenimiento de las instalaciones, etc. El Informe de Evaluación Final debe elaborarse en base a la Guía de Evaluación Final que es parte del presente MMAyS. Procedimientos de información a la comunidad: Incluirá: Taller de Sostenibilidad, Reuniones con la Comisión Vecinal del Proyecto, Volante de Información de las actividades de mantenimiento, Convocatorias y Volante semestral de información sobre Conservación MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 35 FASES ACTIVIDADES IMPACTOS INSTRUMENTOS INSTRUMENTOS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL EN EL PTUBA-GEF Módulo A: Sistema de Evaluación Ambiental A1 - Formulario de Relevamiento de la Capacidad Definición Conceptual de Proyecto institucionales Preliminar · Relevamiento Capacidad Institucional Loca A3 - Guía para el Screening Preliminar · Screening Preliminar A4 - Guía para la Evaluación Expeditiva · Evaluación Expeditiva · Talleres de información y consulta pública Módulo B: Sistema de Gestión Social · Coordinación entre los equipos socio-ambiental y de diseño · Definición de las responsabilidades de cada actor en el sub-proyecto B1 - Marco de Política de Reasentamientos · Presentación del Plan de Reasentamiento Abreviado B2 - Guía de Información y Consulta Pública · Incorporación medidas de manejo ambiental y social a los pliegos de licitación para la construcción y la supervisión de obras · Desplazamientos de población y/o Módulo C: Manejo de la Vegetación y el Paisaje unidades económicas y sociales C1 - Diagnóstico · Afectación de equipamientos urbanos C2 - Medidas de Manejo para los tratamientos · Implementación del Plan de Reasentamiento Abreviado (educación, salud, social y cultural) C3 - Diseño del Paisaje con Vegetación · Presentación del Plan Específico de Manejo Ambiental y Social ) de la · Alteración paisajística C4 - Mantenimiento del arbolado y la vegetación obra (PEMAyS · Alteración del flujo vehicular y/o · Presentación del Programa de Manejo del Paisaje (PMP) peatonal Módulo D: Manejo de Tránsito y Señalización · Presentación del Programa de Manejo de Tránsito y Señalización · Aumento del riesgo de D1 - Manejo de Tránsito Vehicular y Peatonal Planificación (PMTyS) accidentabilidad D2 - Manejo de Señalización · Presentación del Programa de Manejo del Patrimonio Histórico · Afectación a la Comunidad de la Cultural y Hallazgos Arqueológicos (PMPHCyHA) · Ocupación y deterioro de espacio Módulo E: Manejo Patrimonio Histórico Cultural y público construcción · Presentación del Programa de Manejo de las Actividades Hallazgos arqueológicos Constructivas (PMAC) · Generación de emisiones E1 - Medidas de Manejo para Protección Patrimonio · Presentación del Programa de Manejo de Higiene, Medicina Laboral y atmosféricas Histórico y Cultural Seguridad Ambiental (PMHMLySA): · Generación de Ruido E2 - Medidas de Manejo para Hallazgos arqueológicos · Presentación del Programa de Información y Comunicación · Generación de aguas residuales · Taller de información a la comunidad · Generación de olores Módulo F: Manejo de las Actividades Constructivas · Gestión y coordinación con empresa ferroviaria · Generación de escombros y F1 ­ Acta de Estado de los Predios · Gestión y coordinación con otras entidades desechos sólidos F2 - Manejo de Obradores, Campamentos y Centros de · Instalación de obrador · Generación de sólidos a redes de Acopio de Materiales · Talleres de capacitación ambiental y social servicios públicos F3 ­ Medidas de Manejo de Materiales de Construcción Demarcación y señalización temporal · Afectación de cuerpos de agua · Pérdida de la capa vegetal F4 ­ Medidas de Manejo para Movimientos de Suelos y Excavaciones · Implementación del Plan Específico de Manejo Ambiental y Social F5 - Manejo Integral de Residuos Sólidos (PEMAyS) de la obra F6 ­ Manejo Integral de Efluentes Líquidos · Implementación del Programa de Manejo del Paisaje (PMP) F7 ­ Control de Emisiones Atmosféricas · Implementación del Programa de Manejo de Tránsito y Señalización (PMTyS) Módulo G: Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Construcción · Implementación del Programa de Manejo del Patrimonio Histórico Ambiental Cultural y Hallazgos Arqueológicos (PMPHCyHA) G1 ­ Programa de Higiene y Medicina Laboral · Implementación del Programa de Manejo de las Actividades G2 ­ Programa de Seguridad Constructivas (PMAC) G3 - Programa de Contingencias y Emergencias · Implementación del Programa de Manejo de Higiene, Medicina G4 ­ Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral y Seguridad Ambiental (PMHMLySA): G5 ­ Cronograma de Actividades · Implementación del Programa de Información y Comunicación Módulo H: Seguimiento de la Obra y evaluación del Proyecto H1 ­ Seguimiento de la obra Operación · Plan de Seguimiento H2 ­ Seguimiento y Evaluación del Proyecto · Evaluación final · Programa de Información y Consulta Pública MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 36 5. Implementación del Plan de Manejo Ambiental y Social (PMAyS) Las diferentes actividades que deben llevarse a cabo para completar la implementación de todo el ciclo de un proyecto de los del tipo que se ocupa el GEF, incluyen cuatro grandes fases: la preliminar, la de planificación de la construcción, la de construcción propiamente dicha y la de operación. A continuación se realiza una descripción de las responsabilidades que le competen a cada uno de los actores que intervienen en todo el desarrollo del Proyecto Fase Preliminar Las actividades que componen la Fase Preliminar se prevé que sean desarrolladas en forma mancomunada entre el municipio y la UEPTUBAGEF. El Desarrollo Conceptual de Proyecto debe ser formulado por el Municipio, la UEPTUBAGEF puede ofrecer colaboración en los ajustes o modificaciones que considere pertinente. El Concepto de Proyecto debe ser puesto a consideración de los organismos regionales de planificación que correspondan. La Identificación de las Capacidades Institucionales locales será llevada a cabo por los profesionales ambientales y sociales de la UEPTUBAGEF. Los procedimientos de Screening Preliminar y Evaluación Expeditiva son responsabilidad primaria del municipio, debiendo ser desarrollados por las áreas (ambiental y social) del Municipio que no formen parte del área que promueve el proyecto (Obras Públicas, Planeamiento, etc.). En caso que el Municipio no cuente con los recursos institucionales requeridos para ello, los profesionales ambiental y social de la UEPTUBAGEF llevarán a cabo dichos procesos en colaboración con profesionales designados por el Municipio, los que deberán depender de áreas departamentales distintas a la promotora del proyecto. El proceso de Consulta Pública puede desarrollarse a través del o de los municipios intervinientes, pero debe incorporar en el mismo la participación activa de una ONG o de una Universidad local, en carácter de "veedor". De no encontrarse localmente alguna de estas instituciones, puede recurrirse a una organización a nivel provincial o nacional. Un listado de las ONG disponible puede consultarse en el Programa de Promoción y Participación con la Sociedad Civil de la Dirección de Promoción Ambiental y el Desarrollo Sustentable de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Argentina. 3 En caso de identificarse la necesidad de desplazamiento de población y/o actividades económicas y sociales, cuando el proceso de reasentamiento involucre un pequeño número de unidades sociales, el Plan de Reasentamiento Abreviado será preparado por el especialista social de UEPTUBAGEF con los técnicos del área social del municipio en que está localizada la obra. En los casos excepcionales en que el número de unidades 3 http://www2.medioambiente.gov.ar/bases/ongs/default.asp?tema=todos MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 37 sociales a reasentar requiera una intervención más compleja, la UEPTUBAGEF podrá contratar a un equipo interdisciplinario para la preparación del Plan. La composición y el número de integrantes de éste equipo dependerá del tamaño y las características de la población desplazada por el subproyecto. Esta etapa concluye con la incorporación en el diseño de los pliegos de licitación de las obras, de todas aquellas consideraciones resultantes del proceso de evaluación ambiental y social, así como de los resultados del proceso de Consulta Pública y de los requisitos establecidos en el presente MMAyS. Todo lo cual debe ser tenido en cuenta para la adecuada prosecución del proyecto. Fase Planificación de la Construcción La Fase de Planificación de la Construcción concentra todas aquellas actividades que deben llevarse a cabo en forma previa a la construcción y que representan una condición "sine qua non" para que la misma pueda ser llevada a cabo. Esta etapa se desarrolla luego de la adjudicación del proyecto a una empresa que en adelante se denomina Contratista, y de la empresa que se hará cargo de la Supervisión de la misma. En esta etapa debe implementarse el Plan de Reasentamiento Abreviado. La responsabilidad de ejecutar el Plan recae principalmente sobre el Municipio de Córdoba, promotor del Proyecto. Sin embargo, de acuerdo a las capacidades del mismo, la UEPTUBA-GEF - GEF puede prestarle colaboración, en los casos que así lo requieran. El Contratista es responsable de presentar en esta etapa los programas que conformarán su PEMAyS (Paisaje y Vegetación, Tránsito y Señalización, Patrimonio Histórico Cultural, Actividades Constructivas e Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental). Asimismo, el Contratista iniciará, en coordinación con la UEPTUBA-GEF las gestiones previas pertinentes con los diferentes organismos e instituciones involucrados en la obra, por ejemplo la empresa concesionaria ferroviaria, empresas de servicios, escuelas o servicios de salud que puedan ver afectado su normal funcionamiento, servicios de seguridad o emergencias que vean interrumpidos la circulación vehicular o sistemas de salidas de emergencias, etc. La UEPTUBA-GEF es responsable en esta etapa de revisar y aprobar los documentos presentados por el Contratista. El Municipio de Córdoba es responsable de revisar y aprobar o pedir modificaciones al Programa de Vegetación y Paisaje, así como el Programa de Tránsito y Señalización. Asimismo esta es la etapa en la que el Contratista debe implementar las instancias de capacitación de todas las personas involucradas en el proceso constructivo, tanto sea de la Contratista y de la Supervisión como los representantes del Municipio (Directores de Obra, Jefes de Obra, supervisores, capataces, albañiles, etc.). MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 38 La etapa concluye una vez que se hayan implementado y concluido satisfactoriamente todas las gestiones previas de adquisiciones, desplazamientos, compensaciones, etc. de la población afectada, así como con la aprobación de los documentos a ser implementados durante la fase de construcción siguiente. Fase de Construcción En la Fase de Construcción deberán implementarse todos los compromisos de manejo adecuado ambiental y social, consignados en los documentos preparados en la etapa anterior (Manejo de la Vegetación y del Paisaje, Manejo del Tránsito y Señalización, Manejo del Patrimonio Histórico y Cultural, Manejo de las Actividades Constructivas, Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental, y el Programa de Información y Comunicación, etc.). Antes del inicio de obra, el Contratista debe efectuar las Actas de Estado de los Predios, las cuales deben ser refrendadas por el Municipio y la Supervisión. Asimismo deberán efectuarse los correspondientes simulacros de emergencias y contingencias para garantizar que lo propuesto en el Programa de Contingencias y Emergencias sea efectivo ante la ocurrencia de un evento de tales características. En esta Fase, el Contratista es responsable de ejecutar todo lo comprometido en el PEMAyS, y la Supervisión es responsable de verificar que ello se cumpla adecuadamente de acuerdo a las pautas establecidas en el presente MMAyS. Fase de Operación Finalmente la Fase de Operación implica la Evaluación de la Gestión del proyecto en forma integral. En esta etapa deben verificarse que las medidas establecidas para el adecuado manejo ambiental y social del proyecto hayan sido efectivas en tiempo y forma. Para la evaluación adecuada de las medidas vinculadas a vegetación y paisaje deberá extenderse esta etapa durante doce meses posteriores a la finalización de la obra, de modo de garantizar que las acciones de forestación y parquización hayan sido efectivas. El Contratista es responsable en esta etapa de cumplir con lo propuesto en el Programa de Mantenimiento. El Municipio, por su parte debe garantizar la protección y adecuado uso de las obras. Para facilitar la lectura del MMAyS se ha agrupado a las diferentes guías e instrumentos en Módulos, de acuerdo al siguiente esquema: Módulo A: Sistema de Evaluación Ambiental A1 ­ Formulario de Relevamiento de las Capacidades Institucionales A3 ­ Guía para el Screening Preliminar A4 - Guía para la Evaluación Expeditiva Módulo B: Sistema de Gestión Social B1 ­ Marco de Política de Reasentamientos B2 ­ Guía de Información y Consulta Pública MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 39 Módulo C: Manejo de la Vegetación y el Paisaje C1 ­ Diagnóstico C2 ­ Medidas de Manejo para los tratamientos C3 ­ Diseño del Paisaje con Vegetación C4 ­ Mantenimiento del arbolado y la vegetación Módulo D: Manejo de Tránsito y Señalización D1 ­ Manejo de Tránsito Vehicular y Peatonal D2 ­ Manejo de Señalización Módulo E: Manejo Patrimonio Histórico Cultural y Hallazgos Arqueológicos E1 ­ Medidas de Manejo para Protección Patrimonio Histórico y Cultural E2 ­ Medidas de Manejo para Hallazgos Arqueológicos Módulo F: Manejo de las Actividades Constructivas F1 ­ Acta de Estado de los Predios F2 ­ Manejo de Obradores, Campamentos y Centros de Acopio de Materiales F3 ­ Medidas de Manejo de Materiales de Construcción F4 ­ Medidas de Manejo para Movimientos de Suelos y Excavaciones F5 ­ Manejo Integral de Residuos Sólidos F6 ­ Manejo Integral de Efluentes Líquidos F7 ­ Control de Emisiones Atmosféricas Módulo G: Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental G1 ­ Programa de Higiene y Medicina Laboral G2 ­ Programa de Seguridad G3 ­ Programa de Contingencias y Emergencias G4 ­ Programa de Entrenamiento y Capacitación G5 ­ Cronograma de Actividades Módulo H: Seguimiento de la Obra y Evaluación del Proyecto H1 ­ Seguimiento de la obra H2 ­ Seguimiento y Evaluación del Proyecto 6. Mapa Organizacional En los siguientes gráficos se presentan esquemas organizacionales según las diferentes etapas de los proyectos: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 40 BANCO MUNDIAL UEPTUBA-GEF MUNICIPIO Eleva para consideración Es Elabora Colabora con Es responsable y gestiona responsable Revisa o el Municipio de la ejecución aprobación Contrata ORGANISMOS REGIONALES DE PLANIFICACIÓN o Definición Conceptual de Proyecto Participa en la evaluación ambiental y social del CNRT o Investigación Capacidad Proyecto a través de los Institucional Local procesos de Información y Consulta Pública IMINARLERP CONCESIONARIO o Screening Preliminar FERROVIARIO o Evaluación Expeditiva COMUNIDAD FASE o Procedimientos de Información y Consulta Pública ONG / UNIVERSIDAD LOCAL o Coordinación entre los equipos socio-ambiental y de diseño Participa en forma de "veedor" del proceso de Información y Consulta o Presentación del Plan de Pública Reasentamiento Abreviado o Incorporación medidas de manejo ambiental y social a los pliegos de licitación para la construcción y la supervisión de obras o Necesidad de estudios adicionales (EsIAyS) LLAMADO A LICITACION MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 41 BANCO MUNDIAL UEPTUBA-GEF MUNICIPIO Colabora para Contrata Es responsable Revisa y gestionar Mancomunado de la ejecución Revisa Aprueba aprobación con Municipio o Implementación del Plan de Reasentamiento Abreviado o Presentación del Plan Específico de Manejo Ambiental y Social (PEMAyS) o Presentación del Programa de Manejo del Paisaje CONSTRUCCIÓN (PMP) LA o Presentación del Programa de Manejo de Tránsito y Señalización (PMTyS) COMUNIDAD DE AUTORIDADES o Presentación del Programa de Manejo del Dispone de los COMPETENTES Patrimonio Histórico Cultural y Hallazgos mecanismos de Arqueológicos (PMPHCyH) Son notificadas y participación establecidos consultadas por en la Guía de Información las afectaciones NÓ TAS o Presentación del Programa de Manejo de las y Consulta Pública particulares del Actividades Constructivas (PMAC) Proyecto Requiere su RVISI RATI PLANIFICACIÓN aprobación o Presentación del Programa de Manejo de Higiene, Conformación de Medicina Laboral y Seguridad Ambiental Comité de SUPE (PMHMLySA) Seguimientos CONT FASE cuando o Presentación del Programa de Información y corresponda Comunicación en la Etapa de Obra (PICEO) o Taller de información a la comunidad o Gestión y coordinación con empresa ferroviaria o Gestión y coordinación con otras entidades o Instalación de obrador Municipio o Talleres de capacitación ambiental y social participa MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 42 BANCO MUNDIAL UEPTUBA-GEF MUNICIPIO Colabora para Controla Controla Atiende gestionar Reclamos y seguimiento Controla que sean satisfechos o Implementación del Plan Específico de Manejo Ambiental y Social (PEMAyS) o Implementación del Programa de Manejo del Paisaje (PMP) o Implementación del Programa de Manejo de Tránsito y Señalización (PMTyS) COMUNIDAD NÓ TAS o Implementación del Programa de Manejo del Dispone de los CONSTRUCCIÓN AUTORIDADES COMPETENTES Patrimonio Histórico Cultural y Hallazgos mecanismos de reclamos de RVISI Arqueológicos (PMPHCyH) Son notificadas y RATI y participación consultadas por establecidos en la Guía las afectaciones SUPE o Implementación del Programa de Manejo de las de Información y CONT FASE particulares del Actividades Constructivas (PMAC) Consulta Pública Proyecto Requiere su aprobación o Implementación del Programa de Manejo de Conformación de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental Comité de (PMHMLySA) Seguimientos cuando o Implementación del Programa de Información y corresponda Comunicación en la Etapa de Obra (PICEO) MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 43 BANCO MUNDIAL UEPTUBA-GEF MUNICIPIO Plazo de Fomenta el garantía Es responsable del cuidado y Recoge mantenimiento mantenimiento experiencia de la nueva de la nueva para otros infraestructura infraestructura proyectos NÓ o Plan de Seguimiento TAS RVISI RATI o Evaluación General SUPE CONT COMUNIDAD OPERACIÓN Dispone de los de mecanismos de participación establecidos en la Guía de Información FASE y Participación Pública AUTORIDADES COMPETENTES Son informadas en cuanto a problemas vinculados con problemas de delitos, infracciones (tránsito, transporte, seguridad vial) para incorporar la información a los planes de prevención de accidentes, prevención del delito, etc. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 44 7. Bibliografía Para este manual se usó como base el Manual de Manejo Ambiental y Social preparado para el Proyecto de Transporte Urbano de Buenos Aires (PTUBA) por Brunstein, Fernando; Pedersen, Lilian; Rodríguez, Francisco. Las referencias utilizadas son las siguientes: . · Brunstein, Fernando, Pedersen, Lilian, Rodríguez, Francisco. Manual de Manejo Ambiental y social. Programa de Transporte Urbano de Buenos Aires (PTUBA) - 4163-AR. 2007 · Constitución de la República Argentina · Constitución de la Provincia de Córdoba 8. Autores del MMAyS Córdoba Barrios, Verónica. Funes, Carlos Osvaldo Nai Bregaglio, Mariana. Pisarello, Cynthia Verónica Ulla, Miguel. Unidad Ejecutora PTUBA-GEF Alderetes, Victor Anapolsky, Sebastián Del Castillo, Cesar Taranto, Enrique Agradecimientos El equipo autor del presente MMAyS agradece los invalorables aportes de: · Banco Mundial: Verónica Raffo, Andrés Pizarro, Gerhard Menckhoff, Elena Correa, Paul Procee y Pierre Graftieux. · Consultores locales Banco Mundial ­ GEF: Fernando Brunstein y Francisco Rodríguez. · UEPTUBA: Jorge de Belaustegui, Pablo Kanovich, Luis Fernández, Diana Menzel, Manuela Molle, Pedro Giner, Alfredo Fernández, Beatriz Curtolo, Ezequiel Fernández, Luis Bernardo Costa, Carla Paredes, Walter Gatti, Esteban Schnaith, Jorge Levene, Elena Alaimo y Eduardo Faierman. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 45 MÓDULO A ­ SISTEMA DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL Descripción El Sistema de Evaluación Ambiental y Social se incorpora al Manual de Manejo Ambiental y Social de los proyectos desarrollados en el marco del GEF, para garantizar que los impactos que genera cada uno de dichos proyectos sean identificados, ponderados y evaluados convenientemente, a los efectos de establecer una adecuada gestión ambiental y social de los mismos. La evaluación ambiental y social debe ser entendida como un proceso, y no como la mera aplicación de instrumentos, por ello debe incorporar a todos los actores involucrados en el desarrollo de los mismos y desde las etapas más tempranas de su formulación. Ello aporta a la prosecución de los proyectos innumerables beneficios, evitando que se presenten obstáculos en las etapas más avanzadas, minimizando los problemas devenidos por reclamos de la comunidad involucrada y optimizando la acción y la inversión del Estado en el desarrollo sustentable de las actividades económicas y la mejor conformación del territorio. Los proyectos GEF tienen como objetivo mejorar la sustentabilidad del transporte y reducir la emisión de gases de efecto invernadero. Por lo tanto, los proyectos están orientados a reducir el tránsito vehicular privado y mejorar y promover el transporte público así como otros medios de transporte alternativos y sustentables como el uso de bicicletas o la movilidad a pie. Por otra parte, es menester coordinar las acciones del Estado en los proyectos de infraestructura, para evitar superposiciones de las acciones de los diferentes organismos que desarrollan proyectos de infraestructura, evitando inversiones contrapuestas que malgasten los recursos de la comunidad y se traduzcan en una gestión ineficaz de los mismos. Asimismo, es necesario que se identifiquen y evalúen convenientemente las necesidades, percepciones e intereses de la comunidad afectada directa e indirectamente por el proyecto. Los procesos de información y consulta a la comunidad aportan a optimizar los beneficios del proyecto, minimizar los efectos negativos indeseables y encontrar soluciones en el diseño de los proyectos que resultan en una mejor gestión. Para atender lo antedicho, el Sistema de Evaluación Ambiental y Social incorpora los siguientes instrumentos: Definición conceptual del Proyecto: La Municipalidad de Córdoba debe presentar una definición conceptual del Proyecto que incluya alternativas de solución. Junto con ésta, debe informar por escrito que no existe superposición del proyecto presentado, con otras propuestos por otros organismos (Dirección Nacional de Vialidad, Dirección Provincial de Vialidad, DiPAS, etc.). La UEPTUBA-GEF pondrá en conocimiento del proyecto a los organismos encargados de la planificación de transporte regional (CNRT, MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 46 DGT, ERSEP). También debe darse intervención a los posibles concesionarios involucrados (Ej.: caminos de las sierras, etc.). Relevamiento Institucional Local: se trata de identificar la capacidad de la Municipalidad de Córdoba para afrontar la evaluación y gestión ambiental y social del proyecto propuesto. Para ello se cuenta con la guía de Relevamiento de Capacidad Institucional del Municipio. La UEPTUBA, a través de los profesionales ambientales y sociales que conforman su planta, debe efectuar este relevamiento en forma expeditiva enviando a la Municipalidad de Córdoba el formulario correspondiente. De no contar la misma con áreas destinadas a abordar las dimensiones ambientales y sociales, la UEPTUBA-GEF debe solicitar al mismo la designación de personal para recibir capacitación en tal sentido. Dicho personal debe pertenecer a un área diferente a la promotora del Proyecto. Screening Preliminar: consiste en la evaluación ambiental y social preliminar, basada en el levantamiento y recopilación de información básica que permita detectar los principales impactos negativos y positivos derivados de las diferentes alternativas de proyecto. Identifica, entre otros, necesidad de desplazamiento de población residente o comercios tanto formales como informales, necesidad de extracción de forestación existente, principales flujos de tránsito automotor público y privado, afectaciones a frentistas, riesgos de inundación, ruptura del espacio urbano, afectación a valores o sitios de importancia patrimonial y de equipamientos urbanos (educativos, de salud, sociales y culturales), etc. Para el desarrollo de esta actividad se cuenta con la Ficha de Screening Preliminar. Prioritariamente, esta actividad debe ser llevada a cabo por las áreas de la Municipalidad de Córdoba, distintas a aquellas encargadas del Proyecto. De no contar con las capacidades institucionales para hacerlo, los profesionales responsables de la dimensión ambiental y social de UEPTUBA-GEF deben abordar las actividades de Screening Preliminar en conjunto con personal designado por el municipio, de modo que funcione como una forma de fortalecimiento institucional local. Ello se orienta en alguna medida a fomentar la incorporación de la dimensión ambiental y social para la mejor gestión local. De contar con las capacidades institucionales para hacerlo, el Screening Preliminar debe ser revisado y aprobado por el personal de UEPTUBA-GEF. En caso de haberse identificado la necesidad de desplazamientos de población, el Screening Preliminar deberá identificar además, las áreas de la administración municipal que tienen responsabilidad en los procesos de expropiación, así como los procedimientos que se aplican a tales fines. Evaluación Expeditiva: el objetivo de esta etapa es evaluar impactos ambientales y sociales positivos y negativos específicos del proyecto seleccionado en la etapa anterior y para las diferentes etapas de la obra, identificando, en caso que se requiera, la necesidad de formulación de estudios adicionales. Para ello se cuenta con la Guía de Evaluación Expeditiva. Esta actividad debe ser llevada a cabo preferentemente por áreas de la Municipalidad de Córdoba distintas a aquellas encargadas de la planificación de las obras del Proyecto, con ingerencia en el desarrollo social y el ambiente. La Evaluación Expeditiva debe ser revisada y aprobada por el personal responsable de las dimensiones ambiental y social de UEPETUBA. De no contar el municipio con las capacidades institucionales para ello, los MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 47 responsables ambientalistas y sociales del PTUBA deben abordar las actividades de la Evaluación Expeditiva en conjunto con personal del municipio designado a tal fin, igualmente de áreas diferentes a las encargadas de la planificación del Proyecto. Procedimientos de Información y Consulta Pública: Esencialmente se pretende: i) asimilar los niveles de información de los miembros de la comunidad con los de los técnicos y funcionarios involucrados con el Proyecto respecto de las características esenciales del mismo (naturalmente exceptuando los detalles técnicos de realización) y las entidades responsables; ii) identificar impactos ambientales y sociales positivos y negativos percibidos por las comunidades; iii) validar los impactos de los tipos citados, identificados por el equipo técnico; iv) establecer canales bilaterales y permanentes de comunicación comunidad ­ responsables del proyecto. Para ello se cuenta con la Guía de Información y Consulta Pública (puntos de información en el frente de obra, íd. en puntos satélites, comisiones de vecinos, reuniones y talleres, página web, correo electrónico, boletín informativo, etc.). Como parte del proceso de información y consulta pública debe ponerse a disposición, previo a la realización de los talleres, los documentos del Screening Preliminar (para los encuentros al principio de la planificación) y de la Evaluación Expeditiva (para los encuentros cuando la planificación ya está avanzada), en ambos casos para ser consultados en sitios de fácil acceso para la comunidad en su conjunto y en especial para del área de implantación del proyecto, como son el frente de obra y los puntos satélites. (Ver Módulo B ­ Sistema de Gestión Social) Necesidad de Estudios Adicionales: en aquellos casos en que de la Evaluación Expeditiva y el Proceso de Información y Consulta Pública surja la necesidad de estudios adicionales, deberá efectuarse un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA). Para ello se presentan más adelante Términos de Referencia para la elaboración de los mismos. 1. Guía de Relevamiento de Capacidades Institucionales 1.1. Descripción Las actividades que desarrollan los municipios vinculadas a su ordenamiento territorial, como los proyectos que son objeto del presente MMAyS, pueden producir impactos no buscados que podrían afectar negativamente a vecinos o al ambiente, y que es menester evitar, mitigar o compensar. Para abordar una adecuada gestión ambiental y social de los proyectos, se presentan en este MMAyS una batería de procedimientos, instrumentos y dispositivos orientados a evaluar y gestionar ambiental y socialmente en forma adecuada el tipo de intervenciones como las citadas que se desarrollan en el marco del GEF. Para ello es necesario identificar las capacidades de las que dispone la Municipalidad de Córdoba para afrontar la evaluación y gestión ambiental y social de los proyectos. Generalmente, las administraciones locales cuentan con un área específica relacionada a obras y servicios públicos. Normalmente, éstas son las promotoras de los proyectos de infraestructura MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 48 objeto del presente Manual, y disponen, en mayor o menor medida, de las capacidades necesarias para afrontar dichos proyectos. Sin embargo, no siempre existen en las administraciones locales, áreas destinadas a abordar la dimensión ambiental o social de los proyectos. En el caso de la municipalidad de Córdoba, la parte social de los proyectos es evaluada por la dirección general de desarrollo territorial y economía social que se cuyo objetivo principal es el desarrollo económico local para la municipalidad de Córdoba, en particular para los sectores vulnerables. Para llevar a cabo la gestión ambiental y social de las obras se requieren profesionales con experiencia en evaluación y gestión ambiental y social de proyectos, por lo que de ser necesario, se deberán implementar algunas de las opciones que se indican a continuación del siguiente formulario guía. Para identificar si las administraciones locales cuentan con este tipo de profesionales y con las capacidades institucionales requeridas, se presenta, entonces, la siguiente guía. 1.2. Formulario de Relevamiento de las Capacidades Institucionales Municipio (nombre del Municipio) Fecha de realización del relevamiento (mes/año) Responsable del relevamiento (representante de la UEPTUBAGEF, indicar nombre y cargo) PERSONAS DEL MUNICIPIO ENTREVISTADAS Nombre Nombre Cargo Cargo Antigüedad en el Antigüedad en el cargo cargo Antigüedad en el Antigüedad en el Municipio Municipio Personal permanente Personal permanente (indicar si pertenece a (indicar si pertenece a planta estable) planta estable) Personal contratado Personal contratado Nota: Repetir el cuadro tantas veces como personas se hubieran entrevistado. MUNICIPIO: ¿Dispone de procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental? (en caso afirmativo incluir detalles) MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 49 ¿Dispone de Procedimientos de Información y Consulta Pública, por ejemplo Audiencia Pública? (en caso afirmativo incluir detalles) Indicar algún otro procedimiento de interés ¿Dispone de un área dedicada a los aspectos ambientales? (en caso afirmativo incluir detalles) ¿Dispone de un área dedicada a los aspectos sociales? (en caso afirmativo incluir detalles) ¿Dispone de un área dedicada a resolver los problemas de expropiación? (en caso afirmativo incluir detalles ÁREA PROMOTORA DEL PROYECTO Nombre: (por ejemplo: Obras Públicas) ¿Dispone de procedimientos de evaluación ambiental de proyectos de obras públicas? (en caso afirmativo incluir detalles) ¿Dispone de procedimientos específicos de participación pública en este tipo de proyectos? (en caso afirmativo incluir detalles) ¿Dispone de áreas o profesionales con experiencia en temas ambientales y sociales? (en caso afirmativo incluir detalles) ¿Tiene experiencia en desarrollo de proyectos en coordinación con áreas ambientales y sociales del municipio? (en caso afirmativo incluir detalles) ¿Cómo actúa en caso de requerir asistencia para aspectos sociales y ambientales? (incluir detalles) ¿Cómo actúa en relación con reclamos durante los procesos de obra? (incluir detalles) Indicar otros procedimientos de interés Indicar otros datos de interés u observaciones ÁREA AMBIENTAL DEL MUNICIPIO MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 50 Nombre: (por ejemplo: Ambiente y Desarrollo Sustentable) Misiones y Funciones Marco legal del área (si es autoridad de aplicación de normativa existente a nivel provincial o municipal) Ubicación en la estructura del Municipio (indicar el rango y la dependencia) Ubicación física (detallar) Datos de contacto: teléfono, fax, correo electrónico Recursos humanos Recursos físicos Cantidad Localización física Si son profesionales indicar la profesión Facilidades de Oficina Indicar si disponen de Cargo que facilidades de oficina desempeñan (escritorios, computadoras, Misión que teléfono, fax, Internet, desempeñan correo electrónico, etc.) y las características de cada uno. Antigüedad en el Municipio Antigüedad en la Indicar si disponen de repartición (citar vehículos de proyectos realizados) transporte de la repartición Observaciones ÁREA SOCIAL DEL MUNICIPIO Nombre: (por ejemplo: Desarrollo Social) Misiones y Funciones Marco legal del área (si es autoridad de aplicación de normativa existente a nivel provincial o municipal) MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 51 Ubicación en la estructura del Municipio (indicar el rango y la dependencia) Ubicación física (detallar) Datos de contacto: teléfono, fax, correo electrónico Recursos humanos Recursos físicos Cantidad Localización física Si son profesionales indicar la profesión Facilidades de Oficina Indicar si disponen de Cargo que facilidades de oficina desempeñan (escritorios, computadoras, teléfono, Misión que fax, Internet, correo desempeñan electrónico, etc.) y las características de cada uno. Antigüedad en el Municipio Antigüedad en la Indicar si disponen de repartición (citar vehículos de proyectos realizados) transporte de la repartición Observaciones 1.3. Requisitos del personal existente en la administración local Para el área ambiental: tener formación en alguna profesión afín, con experiencia mínima de tres (3) años en evaluación y gestión ambiental de proyectos, o ser licenciado o ingeniero ambiental con cinco (5) años de experiencia. Para el área social: tener formación en ciencias sociales con experiencia mínima de tres (3) años en evaluación y gestión social de proyectos, o ser sociólogo, antropólogo o especialista en trabajo social con cinco (5) años de experiencia. Por la importancia que se asigna a los procesos de información y comunicación pública en el presente MMAyS es conveniente también que tenga experiencia en trabajo con organizaciones y comunidades En el caso de la Municipalidad de Córdoba, se trabaja en conjunto con la Universidad Nacional de Córdoba y con la Universidad Libre del Ambiente donde se encuentran profesionales especializados en las áreas social y ambiental. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 52 1.4. Requisitos para nuevo personal En caso de tener que contratar personal que no revista actualmente en el Municipio, deberá hacerse según los términos de la Ordenanza Nº 7244 El personal contratado debe ser capacitado por el personal ambiental y social de la UEPTUBA-GEF en lo referido a los requerimientos del presente MMAyS. 2. Pautas para la Evaluación Ambiental y Social de los Proyectos Las soluciones de transporte presentadas por la Municipalidad de Córdoba al PTUBA/GEF pueden implicar diferentes niveles de riesgo ambiental y social en función de las características propias del Proyecto y las particularidades o la sensibilidad ambiental y social del área en que se habrán de implementar. En consecuencia, resulta necesario categorizar los proyectos en función del riesgo socioambiental que representan, identificar el tipo de estudios que en cada caso corresponde desarrollar y formular las medidas de prevención, mitigación o compensación más adecuadas según la experiencia acumulada. En el marco de la UEPTUBA-GEF el análisis de la interacción de las acciones constructivas y el contexto, se inicia en una etapa temprana del ciclo de Proyecto y se organiza en torno a dos instrumentos: el Screening Preliminar y la Evaluación Expeditiva. 2.1. Screening Preliminar Comprende el levantamiento, la recopilación e interpretación de información socioambiental básica para identificar los principales impactos positivos y negativos en base a los conceptos alternativos de proyecto. Los objetivos del screening son: · evaluar las alternativas de concepto de proyecto, y, · aportar información relevante en la etapa de preparación del anteproyecto detallado de la obra. En la ficha de Screening Preliminar se sistematiza la información disponible sobre los conceptos alternativos de proyecto, se describen las condiciones físicas del sitio de implantación, las dimensiones socio ambientales y los impactos que puede desencadenar el mismo. Las dimensiones sobre las cuales se recopila y ordena la información, son la necesidad de desplazar población residente, comercios, industrias u otras actividades, la afectación a frentistas, afectación de espacios públicos, pérdida de forestación, alteración de la calidad del aire y niveles sonoros, ruptura del espacio urbano, afectación de sitios con importancia cultural y/o patrimonial, entre otras. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 53 La caracterización del área en que se producirán los impactos sociales y ambientales del Proyecto se realiza a partir del reconocimiento en terreno y de información secundaria. Durante el recorrido por el área, los especialistas ambiental y social llevarán a cabo una observación no participante, documentarán a través de fotografías los aspectos significativos y prepararán croquis o mapas del área en los que se identifiquen las situaciones problemáticas (zonas con forestación que es preciso remover, ubicación de puestos de venta informal que es necesario reasentar, entre otras) y los lugares donde son esperables conflictos potenciales. Como producto de estas actividades se formularan las sugerencias para el diseño y desarrollo del anteproyecto detallado. Para la realización de esta actividad se cuenta con la ficha de Screening Preliminar. 2.2. Evaluación Expeditiva Los objetivos de la Evaluación Expeditiva son: · evaluar los impactos positivos y negativos específicos del proyecto seleccionado a partir del Screening Preliminar, e, · identificar la necesidad de formular estudios adicionales. La Evaluación Expeditiva comprende las siguientes actividades: la caracterización del Proyecto (escala y tipo de proyecto, demandas sobre el medio en las fases de construcción y operación), la descripción del contexto natural y social (destacando los elementos del medioambiente con valor), y, la identificación de los potenciales impactos del proyecto (tipo, magnitud y momento en el que se producirán) y de las posibles medidas de mitigación. La descripción del área afectada desde los puntos de vista ambiental y social por el proyecto se realiza ­de manera detallada-- para un área de impactos directos, inmediata al sitio de la inversión física y para otra de impactos indirectos ­con menor nivel de detalle--, mediante la búsqueda y análisis de la información secundaria existente (censos, estudios, etc.), la observación directa del área (observación no participante), el registro fotográfico de los puntos y actividades de interés, teniendo en cuenta los potenciales impactos del proyecto y la preparación de mapas/croquis del área con la identificación de situaciones problemáticas y de conflictos potenciales. 2.3. Criterios generales para realizar el Screening Preliminar y la Evaluación Expeditiva Tanto el Screening Preliminar como la Evaluación Expeditiva serán realizados, en forma conjunta, por el personal designado por la Municipalidad de Córdoba como responsables de las dimensiones ambiental y social del Proyecto, o bien, si este último no cuenta con capacidad MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 54 institucional para ello, por los especialistas ambiental y social de la UEPTUBA-GEF (MMAyS). La participación de especialistas de ambos campos de conocimiento permitirá una comprensión más profunda y completa de los impactos esperables. Es conveniente que en el recorrido del área, los especialistas social y ambiental estén acompañados por uno de los ingenieros/arquitectos que diseñaron la obra. Cuando esto no fuera posible se deberán analizar los resultados de la observación con ellos para así clarificar los impactos que causarán las obras. Más allá de la participación en el reconocimiento, de uno de los integrantes del área del municipio que promueve el proyecto, la responsabilidad de ambas actividades ­Screening Preliminar y Evaluación Expeditiva- recae exclusivamente en los especialistas social y ambiental del municipio o de la UEPTUBAGEF. Una vez concluida la visita al área, ambos especialistas deben disponer de un tiempo para la discusión y sistematización de las observaciones realizadas En el informe que resulta de cada una de estas actividades deben asentarse todas las cuestiones que consideren relevantes los dos evaluadores. Selección del momento para el reconocimiento de campo El tipo de actividades que ocurren en el sitio de las inversiones físicas, su complejidad y densidad dependen de los momentos del día (horas pico, horario de funcionamiento de las entidades bancarias, entrada y salida de las instituciones educativas, actividades diurnas y nocturnas, por ejemplo), del día de la semana (días laborables y fines de semana) y ciclos mayores (celebraciones y rituales que se realizan con determinada periodicidad). Estos "tiempos sociales" cambian la fisonomía de las áreas afectadas social y ambientalmente por el proyecto y por consiguiente deben ser analizados antes de la realización del Screening Preliminar y de la Evaluación Expeditiva para definir el momento apropiado para la observación. Es conveniente que el recorrido por el área afectada se realice cuando se observa mayor número de actividades, mayor movimiento y utilización de los espacios públicos. En esos momentos del día y la semana se registran los niveles más complejos de actividad sociocultural y económica y, por lo tanto, permiten identificar exhaustivamente los impactos y conflictos potenciales que desencadenará el Proyecto. En los casos en que en el área se observan acontecimientos puntuales pero periódicos (por ejemplo ferias de fin de semana) es conveniente que para el Screening Preliminar y la Evaluación Expeditiva se incluya un recorrido por el área en ese momento. Criterios para definir el Área de Impacto Ambiental y Social de los proyectos Es necesario diferenciar entre Área de Influencia del proyecto, respecto de las Áreas de Impacto Ambiental y Social del mismo. El Área MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 55 de Influencia se refiere al territorio amplio en el que sus residentes se prevé serán beneficiados por el mismo, tal como habrá sido definido, de manera explícita o implícita, en el desarrollo conceptual del mismo. Es el territorio de los impactos buscados. Las Áreas de Impacto Ambiental y Social del Proyecto, están incluidas dentro del Área de Influencia, pero suelen ser más reducidas y son afectadas por los impactos ­positivos o negativos-- no buscados en el Desarrollo Conceptual del Proyecto. En el caso del proyecto de ampliación de la red de Ciclovías para la Ciudad de Córdoba, el Área de Influencia tiene una amplitud regional, ya que normalmente son aprovechadas también por personas cuyo origen y/o destino se encuentra a varios kilómetros de distancia del sitio de localización del proyecto. Contrariamente, las Áreas de Impacto Ambiental y Social, normalmente involucran un entorno de algunas pocas manzanas del sitio de localización citado. A su vez las Áreas de Impacto Ambiental y Social pueden ser categorizadas en aquellas de Impacto Directo, normalmente adyacentes al Proyecto, con efectos importantes y muy evidentes durante los procesos de obra y la operación. En cambio, las Áreas de Impacto Ambiental y Social Indirecto, sufren efectos generalmente menos evidentes, y menores durante las obras que durante la operación, y muchas veces con efecto retardado (cambios en precios de los inmuebles, cambio de usos, procesos migratorios, cambios en la calidad de los espacios, etc.). Dado que el objetivo de este MMAyS está orientado a los impactos ambientales y sociales, no se tomará en cuenta, más que en lo que hace a los objetivos y justificación del Proyecto, el Área de Influencia, poniendo todo el énfasis sobre las Áreas de Impacto Ambiental y Social del Proyecto. a. Se considera Área de Impacto Ambiental y Social Directo del Proyecto, a la que involucra a todos los predios frentistas a la localización del mismo, del obrador, y de los corredores de tránsito, tanto entre el sitio del Proyecto y el sitio del obrador, como los resultantes de los desvíos necesarios para el proceso constructivo. b. Se considera Área de Impacto Ambiental y Social Indirecto del Proyecto, a todos los predios situados en un entorno aproximado (a ser ajustado en cada caso) de 100 m. a 200 m. de la localización del mismo. La identificación del Área de Impacto Ambiental y Social Indirecto se ajustará teniendo en cuenta los siguientes criterios: · Ubicación de los barrios afectados por el desarrollo del proyecto; · Definición a través de información secundaria (Censo Nacional de Población 2001, relevamientos y/o estadísticas municipales, etc.) de las características socioeconómicas y culturales de la MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 56 población ubicada en el área, teniendo en cuenta como criterios el estrato socio-económico, franja etárea, ocupación y actividad económica de la población; · Identificación de las organizaciones de representación ciudadana como Sociedades de Fomento, Clubes Barriales, Organizaciones Profesionales, Organizaciones de Comerciantes y/o Industriales y de ONGs que trabajan sobre problemas ambientales y sociales e; · Identificación de los aspectos socioculturales y ambientales sensibles a afectar con el desarrollo del proyecto y las acciones de mitigación y potenciación. Adicionalmente, el municipio establecerá contacto con los representantes de estas organizaciones para ampliar y fortalecer las actividades de información y convocatoria para las acciones de participación en los procesos decisorios. 3. Guía para el Screening Preliminar SCREENING PRELIMINAR TÍTULO DEL PROYECTO. NOMBRE: LOCALIDAD: MUNICIPIO: Modo de transporte: Fecha del screening: Responsables del screening: Direcciones de contacto: Descripción breve del Concepto o Anteproyecto Objetivos Preliminar Observaciones al Concepto o Anteproyecto Preliminar MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 57 NOTA: repetir esta tabla tantas veces como desarrollos conceptuales de proyecto alternativos se disponga El Área de implantación en el ejido de la Ciudad de Descripción Córdoba AGREGAR FOTO SATELITAL CIUDAD DE CÓRDOBA Subregión dentro del Localización del proyecto municipio. Ubicación del Proyecto en el Microentorno Descripción del Microentorno (plano con identificación de calles) (imagen satelital) AGREGAR FOTO SATELITAL CÓRDOBA Observaciones sobre la solución propuesta§ Identificación de los tramos de ciclovías existentes: Utilización de los tramos de ciclovías existentes: Señalización y mobiliario urbano existente: Frecuencia de uso de los tramos existentes Líneas de deseo no servidas por otros medios de transporte Observaciones sobre las condiciones físicas del sitio de implantación Ancho de calzada en localización nuevo troncal: Ancho de vereda en localización nuevo troncal: Cañerías / ductos (localización, diámetro, tipo): Longitud de la cuadras adyacentes: § Esto está a modo de ejemplo, deberá adaptarse de acuerdo a la obra en cuestión para que los técnicos puedan realizar sus observaciones pertinentes. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 58 Diseño de la trama amanzanada: Existencia de zonas inundables: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 59 Viabilidad ambiental y social del concepto de Proyecto / Anteproyecto Preliminar e insumos para el diseño Aspectos relativos a desplazamiento de población y/o actividades económicas y sociales Impactos potenciales del Proyecto Si/ Fase Proyecto Tipo de Descripción: calidad, Recomendaciones para los Impactos No/ Impacto magnitud proyectistas y/o medidas de mitigación NC* Const. Operac. + - Requiere adquisición de predios Obliga al desplazamiento de población Obliga al desplazamiento de Talleres, comercios, instituciones en el sitio de construcción Afectación de accesibilidad a viviendas y comercios, de manera temporal, durante la construcción Afectación de los frentes y/o espacios de salida de viviendas y negocios (incluyendo garajes) Afectación del tránsito vehicular, peatonal, etc. Afectación de actividades de venta ambulante y comercio local permanente y periódico. Observaciones: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 60 Otros aspectos ambientales y sociales Impactos potenciales del Proyecto Si/No/ Fase Proyecto Tipo de Impacto Descripción: Recomendaciones para los Impactos NC* Const. Operac. + - calidad, proyectistas y/o medidas de magnitud mitigación Alteración de recursos hídricos (Ríos, Arroyos, Lagos, Lagunas, etc.) Pérdida de árboles del sitio de implantación y/o del entorno Afectación de los espacios públicos (plazas, parques plazoletas, paseos, etc.). Alteraciones en la calidad del aire Alteraciones en los niveles sonoros Afectación de instituciones vulnerables al incremento de los ruidos en el área5 Afectación de los frentes de viviendas y negocios (incluyendo garajes) Ruptura de la continuidad del espacio urbano (efecto barrera).6 Cambios en los precios del suelo en el sitio del proyecto y en su zona de afectación Afectación de áreas con alto valor cultural, arqueológico, histórico, o de otro tipo Afectación de lugares que hacen a la identidad barrial Afecta las interacciones sociales y/o prácticas culturales en el sitio 5 Hospitales, geriátricos, instituciones educativas, equipamientos culturales 6 Instituciones que concentran/atraen a la población del área opuesta de las vías férreas y del nuevo paso vial (Bomberos, policía y servicios de urgencias médicas) MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 61 ANEXO I. Diagnóstico visual del área de ejecución del Proyecto Anexo 1. Diagnóstico visual del área de ejecución del Proyecto Localización (brevísima Observaciones Fotografía No. referencia) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 ... MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 62 4. Guía para la Evaluación Expeditiva PROYECTO REGIONAL GEF DE TRANSPORTE SUSTENTABLE Y CALIDAD DE AIRE (GEF) Documento de Evaluación Ambiental y Social Proyecto MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 63 CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL DE LA ZONA DE AFECTACION Proyecto: Descripción técnica sintética del Proyecto y sus componentes Localidad, Municipio/ Departamento y Provincia: Plano de Ubicación del Proyecto Recorrido de los evaluadores: Fecha de la evaluación Responsables Direcciones de contacto expeditiva: Evaluación: de los evaluadores MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 64 I. ÁREA DE IMPACTOS AMBIENTALES Y SOCIALES DIRECTOS A. El ambiente construido 1. DESCRIPCIÓN DEL AMBIENTE PRIVADO Densidad de ocupación poblacional Alta densidad (predominio de edificios de más de 3 pisos, ausencia de terrenos baldíos) Densidad Media (predominio de edificios de hasta tres pisos, escasos baldíos) Baja densidad (ausencia de edificios, numerosos baldíos) Estado general de los edificios del área de impactos directos: Proporción aproximada de tipos de uso del suelo Vivienda Comercio Industria y y Servicios Talleres Baldíos Otros casos (% aprox. y descripción) ___ % ___ % ___ % ___ % (aprox.) (aprox.) (aprox.) (aprox.) ___ % ___________________________ Vivienda: Características Mercado ica Mercado privado formal Planes informal (villas óm Otros habitacionales miseria, once Sectores Sectores Sectores públicos asentamientos, altos medios bajos etc.) ­ ___ % (aprox.) cio so Especificar: ríao ___ % ___ % ___ % ____________ (aprox.) (aprox.) (aprox.) ___ % (aprox.) ___ % (aprox.) _______________ _________ Categ Industrias y Talleres Exclusivos o Mixtos: Características MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 65 Servicios existentes Proporción de cobertura Tipo En En parte Riesgo de desastres localizados toda la de la zona zona %(aprox.) Energía eléctrica ___ % Inundaciones Otros (explicitar)7 Agua corriente ___ % _________________________________ Desagües cloacales ___ % Nivel de riesgo por desastres Gas por red ___ % Frecuencia estimada anual o plurianual de desastres: TV por cable ___ % ____________________________________ ____________________________________ Recolección residuos ___ % ____________________________________ Desagües pluviales ___ % Otro (explicitar) _____________________ ___ % Inmuebles parcial o totalmente afectados por el Proyecto (eventual necesidad de compensación o expropiación) Casos según grado de afectación Tipo de uso Nº total de Nº con Con afectación parcial afectados afectac. total Nº Descripción tipos de afectación Vivienda Comercios y servicios Industrias o talleres Otros Especificar: ________________ TOTAL Procedimientos para Expropiaciones En caso de requerir expropiaciones identificar la repartición municipal que lleva a cabo las mismas, detallando los procedimientos que se siguen. 7 Incluir desastres tecnológicos si fuera el caso. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 66 Mercado inmobiliario Precios del mercado inmobiliario Compra-venta ($/m2, promedio) Alquiler (precios mensuales predominantes) 4 ambientes Suelo baldío Suelo + 2 3 3 ambientes construcción 1 ambiente ambientes ambientes con con dependencias dependencias $ ____ $ ____ $ ____ $ ____ $ ____ $ ____ $ ____ Observaciones: Caracterización socioeconómica: Nivel socioeconómico de la población, situaciones de pobreza y marginalización observables a lo largo del trayecto. Observaciones: 2. DESCRIPCIÓN DEL AMBIENTE PÚBLICO Condiciones del espacio público Presencia de plazas, paseos, parques, vías peatonalizadas, etc. (describir) Veredas Ancho predominante veredas Forestación veredas Sin veredas Tipo (especies reconocidas): Hasta 2 metros Entre 2 y 3 metros Más de 3 metros Edad y estado (árboles predominantes): Ancho medio de la senda transitable: Estado físico predominante de las veredas Forestación o no de las veredas: Bueno predominio Regular Con forestación (mínimo 1 árbol c/10m) Malo Sin forestación Observaciones complementarias (estado del césped donde corresponda, sistemas de enrejados, etc.), describir: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 67 Equipamiento y mobiliario urbano Tipo Si/ Promedio No por cuadra Estado Bancos Bueno Regular Malo Cestos para basura Bueno Regular Malo Teléfonos públicos Bueno Regular Malo Iluminación Bueno Regular Malo Bebederos Bueno Regular Malo Refugios paradas ómnibus Bueno Regular Malo Señaliz. vertical, cartelería. Bueno Regular Malo Pasos peatonales a desnivel Bueno Regular Malo Garitas de vigilancia Bueno Regular Malo Rampas P/discapacitados Bueno Regular Malo Juegos infantiles Bueno Regular Malo Monumentos y fuentes Bueno Regular Malo Otros (especificar): ______________________ Bueno Regular Malo Existencia de redes troncales de infraestructura de servicios Ductos subterráneos y/o redes aéreas Agua corriente Desagües cloacales Alcantarillado pluvial Gas natural Sistemas de Telefonía móvil Fibra óptica / Cable ­ Internet ­telefonía fija Redes de alta tensión Medios de transporte que circulan en el área Buses (1) Número de Líneas: ___________________________ Taxis (1) (2) Nº unidades estimadas: ______________________ Remises (1) (2) Nº unidades estimadas: ______________________ Combis (1) (2) Nº unidades estimadas: ______________________ Otros Especificar: _________________________________ (1)Aclarar los casos en los que se observan servicios de transporte informal o no registrado. (2)En los casos de taxis y remises realizar un conteo durante 15 minutos, en lo posible en los momentos de mayor movimiento y en el sitio más transitado por tales tipos de vehículos. Existencia de Vías férreas (describir): MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 68 Condiciones de la movilidad de bienes y personas Tipo de calles Estado de las calles Tierra Bueno Regular Malo Enripiado Bueno Regular Malo Mejorado Bueno Regular Malo Cordón cuneta Bueno Regular Malo Pavimento Bueno Regular Malo Otro Especificar: ____________________ Bueno Regular Malo Existencia de zonas anegables (describir): Ancho predominante de las calzadas: Jurisdicción de la vía (Municipio, Provincia, Nación): Existencia de señalización vertical y horizontal (incluyendo semáforos) Si No Existencia de reguladores de velocidad (pianito, lomo de burro, resonadores, etc.) Si No Calles y cruces de mayor congestión de vehículos (identificar, en lo posible, variación a lo largo del día y días de la semana), describir: Veredas y cruces de mayor congestión de peatones (nº de personas aproximadas circulando por cuadra en el momento del relevamiento), describir: Zonas y puntos de mayor frecuencia de violación de las normas de tránsito por vehículos y peatones, describir: Zonas y puntos de riesgo de accidentes para peatones, ciclistas, carros de tracción a sangre y automotores, describir: Puntos de mayor contaminación del aire y sonora (identificar, en lo posible, variación a lo largo del día y días de la semana), describir: Tipo de vehículos y proporción (bicicletas, motos, automóviles, tracción a sangre, camiones, etc.), describir: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 69 Presencia de asentamientos informales: Indicar la existencia de viviendas en terrenos, veredas y calles a ser afectados por el Proyecto incluyendo una descripción sintética de los mismos (número, superficie, materiales de construcción, rubro o actividad en el caso de los negocios, etc.). Actividades económicas formales e informales en veredas, paseos y plazas Tipo Cantidad estimada por cuadra Vendedores ambulantes Ninguno uno o dos tres y más Puestos de venta Ninguno uno o dos tres y más Servicios (lavado de autos, lustrabotas, paseadores de perros, reparaciones calzado, Ninguno uno o dos tres y más etc.) Otras formas de ocupación / uso del espacio público / privado Estacionamiento en veredas (2) Carteles y propagandas comerciales. (3) Enjambres de cables aéreos Otros Cuáles?: Observaciones: Grado en que las actividades informales obstaculizan el movimiento peatonal y la calidad del espacio común, describir: Prácticas socioculturales Tipo de prácticas Si/No Localización Descripción Religiosas Políticas Conmemoraciones y reuniones públicas oficiales Lugares valorados por la memoria social Deportivas Recreativas pasivas Recreativas nocturnas Lugares de juego Artísticas Otras Presencia de construcciones inmuebles o sitios de valor histórico, social y cultural: Identificación de estructuras o lugares con valor histórico, arqueológico, social o cultural para la comunidad local y que deben ser preservados y /o que presentan gran vulnerabilidad a los posibles cambios generados por el proyecto. Observaciones: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 70 B. La naturaleza modificada 1. ASPECTOS SENSIBLES DE ORIGEN NATURAL Existencia o no de ríos, arroyos, canales, lagos, lagunas, etc.: Observaciones: Calidad predominante del agua de los cursos o cuerpos superficiales * Corresponde No corresponde Alta contaminación Mediana contaminación Baja contaminación *En base a parámetros de calidad técnica o descargas u otros criterios a describir. Existencia de aguas subterráneas subsuperficiales. Profundidad de la capa freática. Observaciones: Vegetación. Existencia de bosquecillos de interés Observaciones: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 71 II. ÁREA DE IMPACTOS AMBIENTALES Y SOCIALES INDIRECTOS A. El ambiente construido 1. DESCRIPCIÓN DEL AMBIENTE PRIVADO Densidad de ocupación poblacional Alta densidad (predominio de edificios de más de 3 pisos, ausencia de terrenos baldíos) Densidad Media (predominio de edificios de hasta tres pisos, escasos baldíos) Baja densidad (predomino de construcciones bajas, ausencia de edificios, numerosos baldíos) Estado general de los edificios: Proporción aproximada de tipos de usos del suelo Vivienda Comercio Industria y y Servicios Talleres Baldíos Otros casos (% aprox. y descripción) ___ % ___ % ___ % ___ % (aprox.) (aprox.) (aprox.) (aprox.) --- Observaciones: Vivienda: Características ac Mercado privado formal Mercado Planes informal (villas Otros habitacionales miseria, nómioce Sectores Sectores Sectores públicos asentamientos, altos medios bajos etc.) cio- ___ % (aprox.) so Especificar: ríao ___ % ___ % ___ % ____________ (aprox.) (aprox.) (aprox.) ___ % (aprox.) ___ % (aprox.) _______________ Categ _________ Mercado inmobiliario Precios del mercado inmobiliario Compra-venta ($/m2, promedio) Alquiler (precios mensuales predominantes) 4 ambientes Suelo baldío Suelo + 2 3 3 ambientes construcción 1 ambiente ambientes ambientes con con dependencias dependencias $ ___ $ ___ $ ___ $ ___ $ ___ $ ___ $ ___ Caracterización socioeconómica predominante: Nivel socioeconómico de la población, situaciones de pobreza y marginalización observables a lo largo del trayecto. Observaciones: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 72 2. DESCRIPCIÓN DEL AMBIENTE PÚBLICO Existencia de zonas anegables (describir) Presencia de asentamientos informales: Indicar la existencia de viviendas en terrenos, veredas y calles a ser afectados por el Proyecto incluyendo una descripción sintética de los mismos (número, superficie, materiales de construcción, rubro o actividad en el caso de los negocios, etc.). Observaciones: En aquellos casos en los que el equipo de evaluadores considere importante el análisis de dimensiones o componentes del ecosistema con valor que no hayan sido planteados en el formulario, se recomienda se los incluya y describa a continuación. _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ Responsable de la Evaluación Responsable de la Revisión (aclarar si es funcionario municipal o (aclarar si es funcionario municipal o representante de la UEPTUBAGEF) representante de la UEPTUBAGEF) Firma: __________________________ Firma: ___________________________ Aclaración:_______________________ Aclaración:________________________ Fecha: __________________________ Fecha: ____________________________ MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 73 ANEXO I. Diagnóstico visual del área de ejecución del Proyecto Anexo 1. Diagnóstico visual del área de ejecución del Proyecto Durante el recorrido de campo se deben identificar los puntos más significativos en relación a los aspectos del ambiente construido, la naturaleza modificada y las prácticas económicas y socioculturales que tienen lugar en la zona. Se deben también identificar los puntos críticos en cuanto a posibles conflictos que generarán la construcción y operación de las obras planteadas en el proyecto. Localización (brevísima Observaciones Fotografía No. referencia) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 ... MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 74 ANEXO II. Croquis, Planos, Fotos aéreas, Imágenes satelitales MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 75 ANEXO III. Ficha de Información Secundaria8 1. Población del municipio afectado: 2. Población en las áreas de impactos ambientales y sociales directos e indirectos: 3. Actividad económica principal en las áreas de impacto del Proyecto (Industria, comercio, turismo): 4. Porcentaje de la población con Necesidades Básicas Insatisfechas en las áreas de impacto: 8Se incluyen en esta sección todos los datos socioeconómicos y culturales secundarios disponibles sobre el corredor o el área del Proyecto que permitan una mejor caracterización de la población, sus actividades económicas, interacciones sociales y prácticas culturales. Esto incluye la información censal como la procedente de estudios y diagnósticos sociales y económicos existentes. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 76 IMPACTOS POTENCIALES DEL PROYECTO Aspectos relativos a desplazamiento de población y/o actividades económicas y sociales Impactos potenciales del Proyecto Si/No/ Fase Proyecto Tipo de Impacto Descripción: calidad, Recomendaciones para los Impactos NC* Const. Operac. + - magnitud proyectistas y/o medidas de mitigación Requiere adquisición de predios Obliga al desplazamiento de población Obliga al desplazamiento de Talleres, comercios, instituciones en el sitio de construcción Afectación de accesibilidad a viviendas y comercios, de manera temporal, durante la construcción Afectación de los frentes y/o espacios de salida de viviendas y negocios (incluyendo garajes) Afectación del tránsito vehicular, peatonal, etc. Afectación de actividades de venta ambulante y comercio local permanente y periódico. Observaciones: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 77 Impactos potenciales del Proyecto Si/ Fase del Proyecto Observaciones / Impactos No/ Localiza Const. Operac. Magnitud NC* ción (positivos o negativos) Impactos sobre recursos hídricos Alteración de recursos hídricos (Ríos, Arroyos, Lagos, Lagunas, etc.) Afectación de la impermeabilización del suelo provocando anegamientos Impactos sobre los ecosistemas Pérdida de árboles del sitio de implantación y/o del entorno Generación de desechos sólidos y de las maquinarias (aceites, etc.) Afectación de las características naturales de sitios cercanos Impactos calidad del aire Alteración de la calidad del aire por gases Contaminación del aire por material particulado (humos, polvo, etc.) Emisiones Energéticas: Ruidos Contaminación sonora en el sitio del proyecto y su entorno. Impactos en el espacio urbano Modificación del paisaje urbano Ruptura de la continuidad del espacio urbano. Afectación de la cantidad y la calidad de los espacios públicos (plazas, parques plazoletas, etc.). Afectación de la seguridad física de peatones, ciclistas y de otras personas en movimiento. Cambios en los precios del suelo en el sitio del proyecto y en su zona de afectación Impactos sobre la infraestructura de servicios Afectación del drenaje de zonas aledañas. Impactos socioeconómicos Expropiación de predios Obliga al desplazamiento de población Genera molestias a los residentes inmediatos a las obras Afectación de actividades de venta ambulante y comercio local. Genera pérdidas de vitalidad comercial en otras zonas de la MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 78 ciudad. Generación de empleos Impactos culturales Afectación de estructuras con valor histórico Afectación de áreas con alto valor cultural, arqueológico, histórico, o de otro tipo (indicar) Afectación de lugares asociados a los procesos de identificación con determinados espacios públicos Otros impactos NC*: cuando la dimensión del ambiente aludida no está presente MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 79 IMPACTOS Y MEDIDAS DE MITIGACIÓN Impactos Medidas de Mitigación 1. 2. 3. 4. 5. 6 7 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 80 5. Términos de Referencia para EsIAyS ARGENTINA Proyecto Regional GEF de Transporte Sustentable y Calidad de Aire (GEF) TITULO DEL PROYECTO Términos de Referencia para la Consultoría "Estudio de Impacto Ambiental y Social" 1. Antecedentes Indicar antecedentes y objetivos del GEF y la inserción del proyecto en el mismo 2. Objetivos 1. Elaborar el EsIA del Proyecto, incluyendo el análisis de los aspectos físico- bióticos y los socioeconómicos. 2. Evaluar los posibles impactos positivos y negativos que la construcción del Proyecto podría tener, y formular el Plan de Manejo Ambiental y Social incluyendo las medidas de prevención, mitigación y compensación de los impactos negativos y de potenciación de los positivos. 3. Realizar las consultas necesarias con las autoridades de la Municipalidad de Córdoba, los funcionarios de las agencias gubernamentales involucradas y los actores de la sociedad civil, durante la elaboración y formulación del EsIAyS y del PMAyS. 3. Alcance y metodología Para el logro de los objetivos indicados, los consultores deberán desarrollar las actividades que se detallan a continuación. El Equipo Consultor podrá complementarlas con aquellas que considere oportunas para alcanzar los objetivos mencionados. Para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental y Social, el Equipo Consultor deberá implementar las siguientes actividades: Un diagnóstico que incluya las dimensiones física, biológica, institucional, económica, social y cultural del área de influencia del Proyecto. El diagnóstico general del área de afectación ambiental y social directa e indirecta se completará con una descripción detallada de los inmuebles, la población y las actividades económicas que se verán afectadas en forma directa. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 81 o Para la elaboración del diagnóstico, los consultores llevarán a cabo: El análisis de la información secundaria disponible sobre los temas incluidos en el estudio, prestando particular atención a la confiabilidad y la validez de las fuentes, El diseño y la realización de entrevistas semiestructuradas con autoridades civiles, funcionarios de organismos con presencia en el área y líder o representantes de los grupos sociales relevantes. La realización de reuniones con las autoridades del Ejecutivo y Legislativo del Municipio, especialmente con las áreas de Medio Ambiente y de Desarrollo Social, y el trabajo con los técnicos de dichas áreas. La planificación y ejecución de grupos focales y/o talleres con los líderes e integrantes de grupos locales con el objetivo de producir la información primaria necesaria. El análisis de la información recopilada. La preparación y coordinación de talleres con las autoridades, funcionarios y comunidades para la validación de los resultados del diagnóstico. La elaboración de informes escritos con el resultado del diagnóstico, presentados de una manera sintética, clara, con textos y gráficas. La descripción del proyecto: en la cual se identifiquen los objetivos, el tipo de componentes a construir, las actividades importantes y las demandas de tierra y recursos. Identificación y evaluación de los impactos positivos y negativos que pueda generar la preparación y ejecución del Proyecto sobre el medio físico, biológico, económico, social y cultural. o Metodología A partir de la descripción del Proyecto y del Diagnóstico, y empleando la metodología de evaluación seleccionada por el Equipo Consultor, se deberán identificar y evaluar los impactos tanto positivos como negativos que la preparación, ejecución y operación del Proyecto pueda ocasionar sobre el medio físico, biológico, económico, social y cultural. La metodología debe incluir la participación de las comunidades y las autoridades locales para llevar a cabo este proceso y validar los resultados del mismo. Para cada impacto identificado se deberá presentar la sustentación para su identificación y evaluación. Para la elaboración del Plan de Manejo Ambiental y Social el Equipo Consultor deberá seguir los lineamientos establecidos en el Manual de Manejo Ambiental y Social del GEF. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 82 4. Características del equipo consultor El Equipo Consultor estará formado por los siguientes profesionales: 1 Profesional en ciencias ambientales o ingeniería ambiental con un mínimo de experiencia de tres años en la ejecución de estudios de impacto ambiental. 1 Profesional en ciencias sociales con un mínimo de 3 años de experiencia en evaluación y manejo de impactos sociales y económicos de obras de infraestructura. 5. Duración La duración del contrato es de ____ días a partir de la firma del mismo. 6. Costos El presupuesto total de la consultoría se estima en $ _________.- (____________ pesos argentinos). Los pagos se harán de la siguiente forma: 10 % con la firma del contrato; 40 % con la entrega de 1 Informe Preliminar a los __ días; 30 % con la entrega del Informe Final a los __ días y; 20 % con la aceptación del Informe Final. 7. Productos El equipo consultor deberá presentar los siguientes productos en las fechas que se indican a continuación: Informe Preliminar: Conteniendo la descripción del proyecto y la caracterización del medio físico y socioeconómico (Línea de Base) y la identificación y evaluación de los Impactos ambientales y sociales potenciales, así como un borrador del Plan de Manejo Ambiental y Social presentado a los __ días de la firma del contrato Informe Final: Consolidación de todos los documentos anteriores y versión definitiva del Plan de Manejo Ambiental y Social, a los __ días de la firma del contrato MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 83 ANEXO 1 Contenidos del Estudio de Impacto Ambiental El Estudio de Impacto Ambiental y Social del Proyecto comprende cuatro componentes: (i) la descripción del Proyecto; (ii) la caracterización del medio físico y socio-económico del Proyecto; (iii) la identificación y evaluación de impactos ambientales y sociales potenciales y (iv) la proposición de un Plan de Manejo Ambiental y Social. 1 Descripción del proyecto: Ubicación geográfica Descripción y análisis de las características técnicas del Proyecto. Características de la fase de obras, involucrando localización del obrador, delimitación de perímetro de intervenciones, duración, personal ocupado, acciones que se llevarán a cabo durante cada una de las etapas de obras (p. ej. movimiento de camiones, de maquinarias, etc.) 2 Caracterización del medio (físico y socio-económico): Situación y tendencias del sitio preciso de localización del Proyecto y entorno inmediato: o Caracterización especializada de variables físicas (calidad de aire, niveles de ruido, distribución de redes y ductos, espacios verdes y áreas forestadas, entre otros a definir por la consultoría), o Caracterización especializada de variables socio-económicas9 con énfasis en las de mayor sensibilidad o sujetas a más intervención: · demografía, estratificación socio-económica; · actividades económicas predominantes; · organizaciones de la sociedad civil (tipos de organizaciones, número de miembros, capacidad de gestión, legitimidad y receptividad de las mismas en la comunidad, experiencias, recursos humanos), · actividades sociales: usos de los espacios públicos, lugares de encuentro y sociabilidad (según grupo etáreo y social), tipos de actividad, ritmos a lo largo del día y la semana, estimación del número de personas que frecuenta esos espacios, etc. · valoración social de los espacios de juego, sociabilidad y tránsito, conformidad o disconformidad con los mismos, lugares significativos para la memoria social (monumentos, santuarios), etc. · categorización de actores sociales. · uso actual y regulado del suelo y sus precios; 9En lo posible desagregada a nivel de radio censal MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 84 · inmuebles en el sitio de localización (tipo y características); · sistemas de transporte; · recorrido de líneas de ómnibus (formales e informales); · redes de infraestructura troncal en el sitio del proyecto. oAfectación directa (en los casos en que observe) de comercios, empresas de servicios, actividades artesanales o industriales, etc.; se debe identificar el número de establecimientos afectados, los rubros, los volúmenes de venta, la situación dominial de los mismos, los contratos, concesiones o autorizaciones, el tiempo de instalación en el sitio, número de empleados. Situación y tendencias de las áreas de afectación del Proyecto: Caracterización especializada de: o Sistemas viales y modos de transporte en las áreas de influencia del proyecto Marco legal relevante: (legislación ambiental, de transporte, de expropiaciones, etc. de la Provincia de Córdoba) e institucional (organización del Municipio, relación con la Provincia de Córdoba y con la UEPTUBAGEF, capacidad institucional para gerenciar las dimensiones social y ambiental del proyecto). Componentes del Ecosistema con Valor (CEV). El conjunto de los aspectos del medio examinado deberá ser clasificado en CEV. Esto implica combinar el conocimiento local (público y de la sociedad civil), la evidencia científica, y la opinión experta. Vulnerabilidad de los CEV a situaciones de cambio, para permitir reducir y focalizar los aspectos impactables. 3. Identificación y evaluación de impactos ambientales y sociales potenciales. Impactos previos (por expectativas) al inicio del proyecto (p.ej. aumentos del precio del suelo en las zonas comercial y residencial alrededor del Proyecto y consecuentes implicancias para pequeños comerciantes y residentes de bajos ingresos, entre otros posibles), Impactos durante las obras (p.ej. eventuales afectaciones a comercios frentistas, accidentes, etc.) Impactos durante la operación y mantenimiento del proyecto (p.ej. seguridad vial, etc.) Categorización de los impactos potenciales: alto o bajo riesgo de ocurrencia, grupos sociales afectados, positivos y negativos, directos e indirectos, reversibles e irreversibles, intensos y leves, extendidos o puntuales. 4. Plan de Manejo Ambiental y Social. Formulación y Diseño de medidas de prevención, mitigación o compensación. Impacto al cual va dirigido cada una (objetivo). Descripción de las medidas aplicables MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 85 al diseño, a la etapa de construcción y a la etapa de operación. Vinculación de cada medida con el resto de las otras. Costo estimado de cada una. Ente responsable de su aplicación. Integración de medidas en un PMAyS. Definición de programas (de Consulta a la Sociedad Civil, de Comunicación a la Sociedad Civil, de Capacitación a la Sociedad Civil, de Capacitación al Municipio, de Seguridad Vial, etc. todos ellos desde la etapa conceptual hasta la de operación del proyecto): o Definición de objetivo general y específico, de productos y actividades, y de supuestos. Personal requerido, funciones y cronograma, o Definición de indicadores y medios de verificación y de agentes externos al proyecto para su ejecución. Personal requerido, funciones de la supervisión, cronograma, formatos para el seguimiento de informes, metodología de monitoreo, sitios, periodicidad. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 86 6. Actividades y Responsabilidades La siguiente tabla contiene una guía que debe ser convenientemente ajustada e incorporada en la formulación del Sistema de Evaluación Ambiental y Social: Fase Actividad Responsable Responsable Ejecución Revisa y Colabora Supervisión Momento de realización Preliminar Definición Conceptual de Proyecto Municipio UEPTUBAGEF Al inicio del Proyecto. Información a Organismos de Planificación del Transporte UEPTUBAGEF Una vez definido conceptualmente el proyecto. Relevamiento Institucional Local Equipo Ambiental Social UEPTUBAGEF Municipio Al inicio del Proyecto Finalizada la etapa de Relevamiento Screening Preliminar Municipio Equipo Ambiental Social UEPTUBAGEF Institucional Local y una vez aprobada la Definición Conceptual. 1ª etapa Plan de Información y Consulta Pública (PICoP): Instalación Punto Frente de Obra y Puntos Satélites, afiches y Equipo Ambiental Social Equipo Ambiental Social Una vez completado el Screening volantes informativos (anuncio futura formación de Comisión y de Comunicación UEPTUBAGEF Preliminar Vecinal), etc. Municipio Grupo Focal con vecinos Área Equipo Ambiental Social ONG, organización de Una vez avanzada 1ª etapa PICoP y y de Comunicación Equipo Ambiental Social base, universidad previo a la elaboración del Impactos Ambientales y Sociales Directos e Indirectos Municipio UEPTUBAGEF local (como veedor) Anteproyecto Preliminar Una vez desarrollado el Anteproyecto Evaluación Expeditiva Municipio UEPTUBAGEF Preliminar con los resultados del Screening Preliminar 2ª etapa PICoP: 1º Taller de Información y Consulta Pública: Equipo Ambiental Social ONG, organización de Una vez desarrollada la Evaluación presentación y discusión de la Evaluación Expeditiva y formación y de Comunicación Equipo Ambiental Social base, universidad Expeditiva, basada en el Anteproyecto Comisión Vecinal del Proyecto Municipio UEPTUBAGEF local (como veedor) Preliminar y como insumo inicial para el diseño del Anteproyecto Detallado MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 87 Fase Actividad Responsable Responsable Ejecución Revisa y Colabora Supervisión Momento de realización A continuación del 1º taller de 2ª etapa PICoP (continuación): Funcionamiento Punto Frente de Equipo Ambiental Social Información y Consulta Pública y Obra y Puntos Satélites, Comisión Vecinal, nuevos afiches y y de Comunicación Equipo Ambiental Social formación de la Comisión Vecinal del volantes informativos, radio FM, periódicos locales, etc. Municipio UEPTUBAGEF Proyecto y como insumo continuo para el diseño del Anteproyecto Detallado. Antes del inicio de la Fase de Dos Grupos Focales: (i) con vecinos Área Impactos Ambientales y Equipo Ambiental Social ONG, organización de Planificación de la Obra y como insumo Sociales Directos y (ii) con vecinos Área Impactos Ambientales y y de Comunicación Equipo Ambiental Social base, universidad final (y de verificación de los previos) Sociales Indirectos Municipio UEPTUBAGEF local (como veedor) para el diseño del Anteproyecto Detallado Especialista social GEF Luego de la realización de la Etapa de realización de estudios previos para el PRA: censo y o equipo (GEF y Evaluación Expeditiva y cuando se diagnóstico socioeconómico, levantamiento topográfico, estudio de especialistas sociales Área de desarrollo social cuenta con una identificación preliminar títulos y tasación de los inmuebles del municipio) o equipo del Municipio de inmuebles y de las actividades consultores económicas y sociales afectadas. Especialista social GEF Identificación de impactos / afectaciones y análisis y propuesta de o equipo (GEF y Área de Desarrollo Social Una vez concluida la realización de los alternativas de solución. especialistas sociales del municipio) o equipo del Municipio. estudios previos. consultores Especialista social GEF o equipo (GEF y Formulación del Plan de Reasentamiento Abreviado especialistas sociales Área de Desarrollo Social Antes de la contratación del proyecto del municipio) o equipo del Municipio. ejecutivo y la empresa contratista. consultores . MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 88 MÓDULO B ­ SISTEMA DE GESTIÓN SOCIAL Los proyectos de infraestructura desarrollados por el GEF constituyen hechos sociales, pues se ejecutan con y para los ciudadanos en la transformación de espacios socialmente construidos. Algunos de estos proyectos, en ocasiones, requieren la adquisición de predios, implicando el desplazamiento de la población y / o actividades económicas o sociales que se desarrollan en el área de implantación de los mismos. Para atender a estos impactos generados por los proyectos, un Marco de Política de Reasentamiento y Adquisición de Inmuebles, se constituye en un instrumento eficaz que minimice los mismos, y contribuya a restituir las condiciones de la población afectada. Por otra parte, la Información y Consulta Pública es una herramienta que facilita el acercamiento entre los ciudadanos y el Estado, fortaleciendo la comprensión de la gestión pública en el reconocimiento de los motivos que orientan su acción. Ambos instrumentos buscan prevenir y mitigar impactos perjudiciales para los ciudadanos, así como contribuir al mantenimiento y sostenibilidad de los propios proyectos, que resultan inviables sin la apropiación de los mismos por los ciudadanos. Por tales motivos, el presente Módulo de Gestión Social de los Proyectos del GEF que forma parte del MMAyS, presenta en su primera sección el Marco de Política de Reasentamientos y Adquisición de Inmuebles, y en su segunda sección la Guía para la Información y Consulta Pública para desarrollar, de acuerdo a las particularidades de cada uno de los proyectos, los correspondientes Planes de Gestión Social: el Plan de Reasentamiento Abreviado y Adquisiciones y el Plan de Información y Consulta Pública. 1. Marco de política de reasentamiento y adquisición de inmuebles 1.1. Presentación y descripción del proyecto El proyecto GEF brindará financiamiento para estudios y obras que mejoren la sustentabilidad del transporte y la reducción de gases de efecto invernadero. Los estudios y obras están relacionados con la coordinación de planeación y demanda de transporte, la promoción y mejora del transporte no motorizado, el mejoramiento del espacio urbano y la modernización del transporte público, incluyendo implementación de corredores segregados, ciclovías, mejoras en la accesibilidad a las estaciones y extensión de líneas existentes de transporte. Los proyectos financiados con el GEF no representan en principio un gran impacto en relación a reasentamiento involuntario de gente y adquisición de inmuebles. De cualquier manera, todas las obras que se están desarrollando incluyen una evaluación detallada a nivel ambiental y social incluyendo la realización de screenings, evaluaciones expeditivas y evaluaciones de impacto ambiental cuando es necesario. En el caso que alguna obra demande la adquisición de inmuebles, el proyecto tendrá en MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 89 cuenta el presenta Marco de Políticas de Reasentamiento y Adquisición de Inmuebles (MPRyAI) Este Marco es coherente con la Política de Reasentamiento Involuntario 4.12 del Banco Mundial, entidad que participará en la financiación del Proyecto. Teniendo en cuenta que el proceso de adquisición de predios forma parte indisoluble del desplazamiento y reasentamiento de población, ese proceso está incluido dentro de este Marco de Política. El presente documento incluye (1) una descripción sintética del Proyecto, (2) los principios y objetivos que habrán de orientar el proceso de formulación y ejecución de los planes de reasentamiento abreviado que corresponda hacer según las particularidades de cada subproyecto, (3) el marco legal que regula los procedimientos para la adquisición de predios y el reasentamiento de población, (4) las acciones que comprende la preparación de los planes de reasentamiento, (5) una descripción de las alternativas de reasentamiento, (6) los criterios de elegibilidad de la población beneficiaria de los planes de reasentamiento y (7) los procedimientos para el monitoreo, seguimiento y evaluación del los planes de reasentamiento. 1.2. Objetivos y principios que orientan la preparación y ejecución del reasentamiento La experiencia acumulada a nivel nacional e internacional sobre las consecuencias del desplazamiento involuntario en relación con proyectos de desarrollo, llama la atención sobre la complejidad de las situaciones que se desencadenan y la necesidad de formular estrategias orientadas a prevenir los riesgos económicos y sociales y a reconstruir los niveles de vida de las personas y comunidades afectadas. Cuando el desplazamiento, a raíz de un proyecto del GEF, resulte inevitable, la UEP deberá planificar y realizar el reasentamiento como una iniciativa de desarrollo que dé a las personas desplazadas la oportunidad de participar en la planificación y ejecución de las actividades de reasentamiento y de restablecer y mejorar sus medios de subsistencia. Objetivos El Marco de Política de Reasentamiento del GEF se propone los siguientes objetivos: · Mitigar y compensar los impactos económicos y sociales causados por el desplazamiento involuntario cuando éste sea inevitable. · Mejorar, o al menos restablecer, los medios de subsistencia y la calidad de vida de la población desplazada. Principios Cuando, en relación a algún proyecto del GEF, se identifica la necesidad de proceder al desplazamiento de población residente en el área de afectación, se debe preparar un Plan de Reasentamiento de acuerdo con los conceptos y principios que se enumeran a continuación: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 90 Minimizar el desplazamiento de población. Dados los impactos negativos que genera el desplazamiento involuntario, siempre que sea posible se lo evitará o se minimizará. Para esto, se deberán estudiar detalladamente todas las opciones viables de cada uno de los proyectos con el fin de sugerir la que cause menor desplazamiento. Restablecimiento de condiciones socioeconómicas. La indemnización económica por la pérdida de inmuebles y otros bienes materiales, no constituye por sí sola una solución a los impactos del desplazamiento, ni garantiza el restablecimiento de las condiciones socioeconómicas de los afectados. Por ello se diseñarán y ejecutarán planes de reasentamiento que incluyan un conjunto de acciones de compensación y asistencia para atender a la población desplazada en el restablecimiento o mejoramiento de sus condiciones de vida. Inclusión El derecho a recibir asistencia en el restablecimiento de las condiciones de vida se extiende a todos los habitantes en los sitios afectados por la construcción de los proyectos del GEF, independientemente de la forma de tenencia que acrediten. Equidad y reconocimiento de las diferencias en cuanto a la afectación Las soluciones incluidas en el Plan de Reasentamiento que proponga el GEF responderán a los impactos causados por el desplazamiento. Toda persona, familia o actividad económica, que sea objeto de traslado recibirá el mismo tratamiento y accederá en condiciones de equidad a las diferentes alternativas de solución que se ofrezcan. Información y participación de la población Se debe asegurar que los propietarios y residentes de los predios requeridos recibirán información clara, veraz y oportuna sobre sus derechos, deberes y el estado en que se encuentra el proceso de adquisición de sus bienes y las medidas previstas en el Plan. Las unidades sociales que se deban trasladar serán consultadas sobre las alternativas de solución de reasentamiento y los planes que se formulen para ello. Transparencia La adquisición de predios y el proceso de reasentamiento serán difundidos de manera que todos los participantes cuenten con información adecuada y veraz sobre el proceso. Se garantizará que el proceso de reasentamiento incluya a toda la población afectada y que los criterios y procedimientos de elegibilidad para acceder a beneficios sean claros, transparentes y se apliquen de manera equitativa para los afectados. Celeridad Las Entidades responsables de la ejecución de las acciones y actividades relacionadas con los reasentamientos, asignarán los recursos MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 91 físicos, humanos, administrativos y financieros necesarios para su ejecución, en el tiempo previsto. 1.3. Marco jurídico El Marco de Política de Reasentamiento se apoya en las normas aplicables de carácter internacional ratificadas por el Gobierno de la República Argentina, en las declaraciones y garantías constitucionales y normas nacionales y provinciales, así como en los principios generales del derecho, jurisprudencia y doctrina que establecen las pautas para la adquisición de predios, la tasación de los bienes afectados y la protección de los derechos fundamentales de personas desplazadas por proyectos de desarrollo. El ordenamiento jurídico argentino reconoce, consagra y garantiza la inviolabilidad de la propiedad privada en el texto de su Constitución Nacional. En consecuencia, cuenta con un plexo normativo -en el orden nacional y provincial- que establece el procedimiento expropiatorio a través del cual los Estados o sujetos expropiantes pueden privar y quitar la propiedad a los particulares, en el interés superior de la utilidad pública y el bien común, de manera tal que no lesione las garantías constitucionales antedichas. Este marco jurídico expropiatorio satisface las exigencias troncales y sustanciales de la política de salvaguardia del Banco Mundial para los reasentamientos involuntarios plasmadas en la Directriz Operacional 4.12. La justa indemnización que estas normas regulan busca reestablecer la situación patrimonial del sujeto expropiado en las mismas condiciones en que se encontraba antes de ser privado de su propiedad. 1. 3. a. Normas relacionadas con el reasentamiento poblacional La República Argentina no cuenta con una normativa que regule específicamente brindar un servicio de asistencia y asesoramiento para la relocalización, reasentamiento, readquisición de inmuebles y restablecimiento de los medios de subsistencia a las personas que -como consecuencia de la ejecución de proyectos de infraestructura- deban ser desalojados de su lugar de residencia habitual o lugar de comercio No obstante, existe un plexo normativo genérico, conformado por normas, tanto nacionales como internacionales, que definen las obligaciones que asume el Estado de propiciar a todos los habitantes lo conducente al desarrollo humano, a un ambiente sano, al progreso económico con justicia social y al acceso a una vivienda digna. Derechos todos, de incidencia en la cuestión en análisis, que se encuentran previstos en la Constitucional Nacional, -que incluso ha incorporado a partir de su reforma del año 1994, una seria de pactos y tratados internacionales en materia de derechos humanos, dándoles jerarquía constitucional-, y en normas de inferior rango, como la ley de expropiación o la de Política Ambiental Nacional. Cada uno de los proyectos que se desarrollen en el ejido municipal de la Ciudad de Córdoba y cuenten con el financiamiento del Banco Mundial o GEF, se fundamentarán en estas normas como en el presente Marco de Política de MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 92 Reasentamiento que integran el procedimiento legal expropiatorio junto con las acciones de compensación y asistencia no comprendidas en ese marco legal. Tratados internacionales sobre derechos humanos incorporados a la Constitución nacional La Constitución Argentina otorga, a través del Art. 75, inciso 22, rango constitucional a los tratados de derechos humanos ratificados por el Estado. La jerarquía constitucional de los tratados internacionales implica, necesariamente, condicionar el ejercicio de todo el poder público, incluido el que ejerce el Poder Ejecutivo, al pleno respeto y garantía de estos instrumentos. La violación de los tratados de derechos humanos, dada la jerarquía constitucional que se les reconoce, configura una violación de la Constitución. Es por esto que, las distintas áreas del gobierno deben velar por el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por la Argentina en materia de derechos humanos. Convención Americana sobre derechos humanos ­ "Pacto de San José de Costa Rica" La Convención Americana sobre Derechos Humanos establece, en el artículo 21 correspondiente a la Propiedad Privada. 1. Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes. La ley puede subordinar tal uso y goce al interés social. 2. Ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre Derecho a la preservación de la salud y al bienestar Artículo XI: Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad. Derecho a la propiedad Artículo XXIII: Toda persona tiene derecho a la propiedad privada correspondiente a las necesidades esenciales de una vida decorosa, que contribuya a mantener la dignidad de la persona y del hogar. Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas Artículo 17 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 93 Artículo 22 Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. Artículo 25 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Artículo 11 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento. 1. 3. b. Normas relacionadas con la adquisición de predios La Constitución de la Nación Argentina consagra, en el artículo 17, el principio de la inviolabilidad de la propiedad y establece que ningún habitante puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. También pauta que en los casos en que se proceda a la expropiación por causa de utilidad publica, la misma deberá ser calificada por ley y que previo a la expropiación se debe proceder a la indemnización. A su vez, la Constitución de la Provincia de Córdoba establece en el Artículo 67º (último párrafo) que la propiedad privada es inviolable; nadie puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada en ley y su ejercicio está limitado por la función social que debe cumplir. Así, la expropiación es "el instituto de derecho público mediante el cual el Estado, para el cumplimiento de un fin de utilidad pública, priva coactivamente de la propiedad de un bien a su titular, siguiendo un determinado procedimiento y pagando y pagando una indemnización previa, en dinero, integralmente justa y única...."10 La expropiación, como toda limitación administrativa al derecho de propiedad concilia los intereses públicos con los intereses privados; es decir que el Estado extingue el derecho privado de la propiedad sobre un bien, 10Dromi, Roberto MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 94 mediante una previa indemnización para destinarlo a la satisfacción de una utilidad pública. Dos son los efectos esenciales de la expropiación: la transferencia del derecho de propiedad del expropiado al expropiante y el nacimiento del derecho a la indemnización a favor del expropiado. 1. 3. c. Normas y criterios aplicables a Ocupantes del Espacio Público El espacio público donde se situarán las obras de infraestructura del proyecto pueden estar ocupadas por particulares que ejercen allí su actividad comercial. La situación jurídica de éstos frente a la necesaria liberación de este espacio para la ejecución de las obras, dependerá del título en virtud del cual detenten el uso de este espacio: Uso común: se trata de los casos particulares a los que la ley local permite el ejercicio de la actividad sin necesidad de permiso o autorización por parte de la autoridad, caracterizándolo como un uso común. En este caso, no corresponderá a derecho ninguna indemnización por el desplazamiento de la actividad desarrollada en el espacio público a raíz de la ejecución de las obras en él, como así tampoco de los perjuicios resultantes para quienes la ejerzan. Ocupación ilegítima: se configura cuando el uso del espacio público es ejercido sin la autorización requerida por parte de la autoridad competente. Al igual que en el caso anterior, no corresponderá indemnización alguna de acuerdo al marco legal expropiatorio, dado que estos ocupantes no poseen título del cual surja derecho alguno exclusivo que se vea afectado por el inicio de las obras. Permiso precario: En este caso, el particular ha sido autorizado por la autoridad competente para ejercer en el espacio público su comercio conforme a la reglamentación local. Este permiso no otorga al permisionario ningún derecho frente al Estado y no constituye por si un derecho adquirido dentro de su patrimonio, protegido como propiedad en el concepto de la garantía constitucional (Art. 17, CN) y tal como lo entiende nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación11. Tiene entonces carácter precario, en tanto es susceptible de revocación ad nutum por la autoridad que lo otorgó, en cualquier momento y por razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia, basadas en el interés público y en tanto no sea arbitraria e irrazonable. Esta revocación del permiso no acarreará indemnización alguna, dado que no existe un derecho patrimonial adquirido. Concesión de uso: esta concesión es otorgada por la autoridad competente local a título de derecho de uso especial y exclusivo sobre el espacio público, el cual engendra para su titular un derecho público subjetivo oponible ante la autoridad y terceros y constituye un derecho adquirido dentro del patrimonio de aquél. Por ello, esta concesión no es revocable ad nutum, y su revocación deberá ser indemnizada conforme el Art. 17 de la CN. 11 CSJN, Fallos, 145:327. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 95 Sin perjuicio de la variedad de casos en que corresponda o no -según su situación jurídica- una indemnización conforme las normas expropiatorias, la asistencia para la relocalización y restablecimiento de los medios de subsistencia se insertará en el marco del Plan de Reasentamiento. Estas medidas, fuera del mecanismo legal expropiatorio, dan cumplimiento a los principios del presente Marco de Reasentamiento y Adquisición de Inmuebles y a las directrices definidas por la OP 4.12. 1. 3. d. Competencia municipal para la adquisición de predios por expropiación. Conforme establece la Constitución de la Provincia de Córdoba en el Artículo 67, la propiedad privada es inviolable; nadie puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada en ley, y su ejercicio esta limitado por la función social que debe cumplir. A su vez, la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Córdoba en el Artículo 11 dispone que el Municipio puede expropiar bienes previa declaración de utilidad pública hecha por ordenanza e indemnización, conforme a las leyes que rigen la materia. En razón de esta competencia corresponde al Concejo Deliberante establecer límites y restricciones al dominio y calificar los casos de expropiación por utilidad pública y corresponde al Departamento Ejecutivo Municipal aplicar esas restricciones. La ley que rige la materia es la Ley Nº 6394, tiene su fundamento en el artículo 67 de la Constitución de la Provincia de Córdoba ya que el derecho subjetivo de la propiedad privada no es un derecho absoluto sino que es relativo porque tiene una función social. La declaración de utilidad pública debe ser el fundamento legal para la expropiación y en el que se procura la satisfacción del bien común, se realiza por ley. Conforme surge del Artículo 2 de la Ley Nº 6394, la expropiación puede ser efectuada: a) Por el Estado Provincial. La expropiación no podrá recaer sino sobre bienes situados dentro de la jurisdicción provincial; b) Por las municipalidades y exclusivamente sobre bienes ubicados dentro de sus respectivas jurisdicciones. El órgano deliberativo de la Municipalidad declarará en cada caso y dentro de la autorización legislativa de los bienes afectados a expropiación; c) Por las entidades públicas de carácter autárquico, provinciales o municipales, conforme a la autorización especial o genérica, que les confiera la ley u ordenanza de creación, exclusivamente para sus fines específicos; d) Por los concesionarios de obras o servicios públicos, para cuya realización se hubiese sancionado la expropiación, y e) Por los particulares, sean persona de existencia visible o jurídica, cuando estuvieren autorizados por la ley que dispuso la expropiación, justificada por la envergadura del emprendimiento privado y el interés público que concita su prosecución. Una vez que la ley especial de expropiación es promulgada se procurará ejecutarla mediante concertación directa con el propietario de la cosa o del bien. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 96 La Ley Nº 6394- Régimen de Expropiación reglamenta el procedimiento expropiatorio y los principios para la valuación de los bienes expropiables, además de establecer acciones oponibles por el particular expropiado en defensa de sus derechos. Marco general reglamentario del artículo 17 de la CN y artículo 67 de la Constitución Provincial. Declaración de utilidad pública. Bienes expropiables. Derechos del expropiado y otros preceptos relativos a la inviolabilidad de la propiedad y la defensa en juicio. Conforme el plexo de preceptos constitucionales que sientan los principios generales en la materia, el municipio puede expropiar bienes previa declaración de utilidad pública hecha por ordenanza e indemnización. Así lo requiere también el artículo 2º de la Ley 6394. Pueden ser objeto de expropiación todos los bienes convenientes o necesarios para la satisfacción de la "utilidad pública", cualquiera sea su naturaleza jurídica estén o no en el comercio, sean cosas o no. Puede comprender además de los bienes necesarios, aquellos otros que convengan al fin principal de la utilidad pública declarada; es decir, la conveniencia material o financieramente a ese efecto, de modo que se justifique que las ventajas estimadas serán utilizadas concretamente en la ejecución del programa que motivó la declaración de utilidad pública. Si se trata de una expropiación parcial de algún inmueble y la parte que quedase sin expropiar fuera inadecuada para uso o explotación racional, el expropiado podrá exigir la expropiación de la totalidad del inmueble. Si se trata de terrenos urbanos se considerarán sobrantes inadecuados los que por causa de la expropiación quedaran con frente, fondo o superficie inferiores a lo autorizado para edificar por las ordenanzas o usos locales respectivos mientras que en el caso de los inmuebles rurales el Poder Ejecutivo determinará en cada caso las superficies inadecuadas, teniendo en cuenta la explotación primitiva dada por el expropiado. Además es susceptible de expropiación el subsuelo con independencia de la propiedad superficial, al igual que los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal. Acciones previstas en la ley en defensa de los derechos de los expropiados: La legislación define además las situaciones perjudiciales a los intereses de los expropiados en las cuales ellos pueden iniciar acciones legales. Declarada la utilidad pública por ley, pueden presentarse situaciones perjudiciales a los intereses y la propiedad de los expropiados. En razón de lo cual, la legislación expropiatoria define estas situaciones y prevé ­como en la generalidad de las normas expropiatorias- acciones particulares para la defensa de los derechos del expropiado ante estas situaciones que vulneran sus derechos; a saber: Las acciones de expropiación inversa e irregular, donde es el propietario del inmueble involucrado quien cuenta con el derecho de promover MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 97 la acción de expropiación contra el expropiante, solicitando la efectiva transmisión del dominio al Estado expropiante, previa efectivización del pago de la indemnización. Según el Artículo 32, el propietario del bien declarado de utilidad pública puede promover juicio de expropiación irregular en los siguientes casos: a) Cuando existiendo una ley que declara de utilidad pública un bien, el Estado lo toma sin haber cumplido con el pago de la respectiva indemnización. b) Cuando con motivo de la ley de declaración de utilidad pública, de hecho una cosa mueble o inmueble resulte indisponible por evidente dificultad o impedimento para disponer de ella en condiciones normales. c) Cuando existiendo una ley que declara de utilidad pública un bien o cosa el Estado imponga al derecho del titular indebida restricción o limitación, que importe una lesión a su derecho de propiedad. Por otra parte, la acción de retrocesión corresponde en aquella situación en la que, perfeccionada la expropiación el propietario expropiado y sus sucesores a título universal, pueden, previa interpelación judicial retrotraer el bien en los casos siguientes: a) Cuando el expropiante dé al bien un destino distinto al establecido para efectuar la expropiación; salvo que el cambio de destino sea dispuesto por ley y la sustitución tenga por objeto lograr una satisfacción del bien común; b) Cuando después de dos años de perfeccionada la expropiación, o vencido el plazo que fije la ley especial para la realización de la obra, no se hubiere dado al bien el destino que motivó aquella. Método de valuación de los bienes involucrados Otro de los elementos importantes en el régimen expropiatorio es la indemnización, que consiste en una compensación económica debida al expropiado por el sacrificio impuesto en el interés público.Según los lineamientos básicos del artículo 12º, siguientes y concordantes de la Ley 639412, la indemnización sólo comprenderá el valor objetivo del bien y los daños que sean una consecuencia directa e inmediata de la expropiación. No se tomarán en cuenta circunstancias de carácter personal, valores afectivos ni ganancias hipotéticas, ni el mayor valor que pueda conferir al bien la obra a ejecutarse. No se pagará lucro cesante. No serán indemnizables las restricciones administrativas de carácter general establecidas por leyes especiales. La indemnización se pagará en dinero efectivo, salvo conformidad del expropiado, para que dicho pago se efectúe en otra especie de valor. La indemnización del bien expropiado se fija al momento del desapoderamiento, tomando el expropiante a su cargo o beneficio las oscilaciones que se produzcan en el signo monetario hasta la fecha de pago. No se indemnizarán las mejoras realizadas en el bien con posterioridad al acto que lo declaró afectado a expropiación, salvo aquellas que hubieran sido necesarias. Una vez que se ha declarado la utilidad pública de un bien, el expropiante podrá adquirirlo directamente del propietario dentro del valor máximo que en concepto de total indemnización fije el Consejo General de 12 MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 98 Tasaciones de la Provincia de Córdoba incrementado en un 10% ( diez por ciento) o podrá, una vez autorizada la expropiación, adquirir el bien en remate público. En el caso de no acordar con el propietario del inmueble, será el Juez de primera instancia en lo Civil y Comercial el que decidirá la diferencia por el trámite de Juicio Verbal. No se considerarán válidos, respecto al expropiante los contratos celebrados por el propietario con posterioridad a la ley que declaró afectado el bien a expropiación y que impliquen la constitución de algún derecho relativo al bien. Se entenderá que la expropiación ha quedado perfeccionada cuando se ha operado la transferencia del dominio al expropiante mediante sentencia firme, toma de posesión y pago de la indemnización. 2. Preparación del plan de reasentamiento abreviado 2.1. Conformación del equipo de trabajo En base al reconocimiento en terreno de una muestra de los anteproyectos presentados al GEF, se estima que en la eventualidad que se requiera desplazar población de los sitios de obra, el desplazamiento afectará sólo a un pequeño número de unidades sociales. Dado que en ningún caso el total de personas a desplazar superará las 200 que indica la OP 4.12 como cifra determinante para la definición del tipo de Plan a formular, se preparará un Plan de Reasentamiento Abreviado. Cuando el proceso de reasentamiento involucre un pequeño número de unidades sociales, el Plan de Reasentamiento Abreviado será preparado por el especialista social de UEPTUBAGEF con los técnicos que la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana designe para tal fin. En los casos excepcionales en que el número de personas a reasentar sea mayor de cincuenta, la Unidad Ejecutora del PTUBA podrá contratar a un equipo interdisciplinario para la preparación del Plan. La composición y el número de integrantes de este equipo, dependerá del tamaño y las características de la población desplazada por el proyecto. 2.2. Información a propietarios y residentes por reasentar La falta de información sobre las condiciones en las que desarrollarán su vida y sus actividades productivas a partir del reasentamiento, es uno de los factores determinantes de la generación de tensiones y ansiedad en los sujetos y desencadena conflictos con la empresa constructora y con la entidad encargada del plan de reasentamiento. Esto justifica la inclusión de un proyecto específico que atienda a las necesidades de comunicación, que contemple la consulta a la población y la construcción de acuerdos en relación a las medidas propuestas. Los destinatarios del Programa de información y participación son los propietarios y residentes de los predios que se requerirán para la obra, así MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 99 como los frentistas afectados tanto sea en forma temporal como permanente, y aquellas unidades económicas y sociales que requieran compensación por las afectaciones causadas por el Proyecto. El contacto con esta población será permanente y frecuente porque las interrupciones o los encuentros esporádicos amenazan con debilitar la confianza en los acuerdos y la credibilidad en el Proyecto. Objetivos En la etapa de la elaboración de los estudios y diseño del Plan de Reasentamiento Abreviado los objetivos propuestos son: · Informar sobre los estudios y procedimientos que se llevarán a cabo con los propietarios, titulares de derechos y residentes de los posibles predios que se van a adquirir. · Disminuir la ansiedad y el estrés de la población potencialmente afectada por las obras. · Generar un ambiente social favorable para la realización de los estudios necesarios para la formulación del Plan de Reasentamiento. · Prevenir la intromisión de agentes externos con intereses económicos o políticos que lesionen los intereses públicos y de la población afectada. · Relevar y considerar las opiniones de la población desplazada, comparar las distintas percepciones de la realidad para construir visiones compartidas que permitan eliminar al máximo las incertidumbres. · Establecer canales de comunicación para atender permanentemente las inquietudes de la comunidad. En la etapa de consulta con la población desplazada, validación y ejecución del Plan de Reasentamiento, los objetivos son: · Ofrecer a los propietarios, titulares de derechos, residentes y comerciantes de los predios requeridos por las obras, información veraz, oportuna y permanente sobre el contenido del Plan de Reasentamiento Abreviado, el proceso de adquisición de predios, los cronogramas previstos y los derechos y deberes de cada una de las partes. · Promover los procesos de consulta y concertación en torno a las medidas propuestas por parte de la entidad encargada del Plan de Reasentamiento. Actividades MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 100 La información para los propietarios y residentes de inmuebles afectados se brindará directa y personalmente a través de reuniones por grupos específicos y atención personalizada. Antes de iniciar las actividades de los diagnósticos físico, legal y socioeconómico la población debe estar plenamente informada de los objetivos de estos estudios, de los documentos que deberán aportar para ello, de las fechas y horarios en que se llevará a cabo la recolección de información necesaria y de los lugares donde pueden ir si requieren mayor información. 2.3. Articulación del proceso de reasentamiento con las etapas técnicas del proyecto. En todos los proyectos que obliguen al desplazamiento de población, existirá una estrecha relación entre las etapas técnicas de la obra y la formulación y ejecución del Plan de Reasentamiento. Esto garantizará la disponibilidad de predios, así como la resolución de las afectaciones que no implican adquisición de inmuebles, en el momento de iniciar la construcción de las obras y dará el tiempo necesario para la ejecución del Plan de Reasentamiento. A continuación se describe la relación entre las etapas constructivas y las actividades del Plan: · La identificación de impactos potenciales se iniciará durante la Definición Conceptual de la Obra, con el fin de determinar de manera preliminar la factibilidad social de la misma, reconocer los principales problemas que se pueden enfrentar, identificar la afectación potencial de predios y de población por desplazar. En esta etapa se realizará el Screening Preliminar ambiental y social del subproyecto desarrollado en el Módulo A del MMAyS. · Una vez se cuente con el Anteproyecto preliminar, se procederá a efectuar la Evaluación Expeditiva del Proyecto (Módulo A del MMAyS) a través de la cual se logrará la identificación preliminar de los inmuebles y las actividades socio-económicas afectadas. Los resultados de la evaluación serán informados a la población en un taller abierto en el cual se expondrán además las características básicas del Anteproyecto preliminar. · Cuando esté disponible el Anteproyecto Detallado se realizarán los diagnósticos técnicos, legales y socioeconómicos de los predios afectados y de la población por desplazar. Con base en estos diagnósticos, se identificarán los impactos, se definirán las alternativas de solución y se formulará el Plan de Reasentamiento. · Con la contratación del Proyecto Ejecutivo y la obra, el Plan será consultado y validado con la población que se deberá desplazar y será enviado al Municipio, a la UEPTUBAGEF y al Banco Mundial para su aprobación. Aprobado el Plan, podrá iniciarse la ejecución. · La ejecución del Plan de Reasentamiento se llevará a cabo durante todo el proceso de contratación de la obra de tal manera MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 101 que los inmuebles estén disponibles en el momento de iniciación de la misma. Si el cronograma de construcción lo permite, la ejecución del plan podrá continuar durante esta etapa, siempre y cuando no afecte el cronograma de construcción ni signifique el traslado apresurado o provisional de la población. La tabla siguiente muestra la relación entre las etapas técnicas de la obra y las etapas que se llevarán a cabo para la formulación y ejecución del Plan de Reasentamiento Abreviado. Tabla 2 - Relación del Proceso de Reasentamiento con las Etapas Técnicas de la Obras PLANIFICACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y EJECUCIÓN DEL OBRAS CIVILES REASENTAMIENTO · Screening Preliminar · Identificación de afectación potencial Definición Conceptual de la obra de inmuebles y desplazamiento de población y actividades económicas y sociales · Evaluación expeditiva · Identificación preliminar de inmuebles afectados Anteproyecto Preliminar · Identificación preliminar de las actividades económicas y sociales afectadas · Talleres de información y consulta pública. · Identificación definitiva de los predios afectados. · Identificación definitiva de las actividades afectadas · Estudios para la preparación del PRA: · Censo y diagnóstico socioeconómico · Valoración de las propiedades Anteproyecto Detallado y Bases de Licitación afectadas: Levantamientos Pública topográficos, estudio de títulos y tasaciones · Identificación y evaluación de impactos · Análisis de alternativas de solución · Formulación del Plan Reasentamiento Abreviado · Consulta y validación del Plan con la población Contratación del Proyecto Ejecutivo y la obra · Aprobación del Plan · Ejecución del Plan · Monitoreo y seguimiento · Ejecución del Plan (solo si restaran acciones) Construcción · Monitoreo y seguimiento (si aún se requiere) · Evaluación ex post Operación . 2.4. Planificación y diseño de Planes de reasentamiento abreviados Estudios para la preparación del PRA Una vez identificados los inmuebles afectados y establecida la necesidad del desplazamiento de población, se iniciarán una serie de estudios imprescindibles para la formulación del Plan: el Censo y Diagnóstico MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 102 socioeconómico, el levantamiento topográfico, el estudio de los títulos y la tasación de los inmuebles. Esos estudios se describen a continuación. Censo y diagnóstico socioeconómico Consiste en la realización de un Censo detallado de las unidades sociales (personas, familias y unidades económicas) residentes en los predios del área afectada por las obras. El objetivo del mismo es contar con la información que permita conocer las características demográficas, sociales y económicas de propietarios y residentes en las tierras que demanda el proyecto. El censo debe involucrar a todas las personas que residen o tengan derechos sobre los inmuebles afectados cualquiera sea su condición jurídica. Los datos del diagnóstico socioeconómico aportarán información fundamental sobre la economía y las formas de organización social local, a partir de la cual se deberán determinar las intervenciones apropiadas y sostenibles. Objetivos · Cuantificar y registrar las unidades sociales que tienen derechos sobre los inmuebles afectados y las que se deben desplazar. · Elaborar el listado oficial de los propietarios y residentes de los predios requeridos por el proyecto y de los beneficiarios de los programas que conformarán el Plan de Reasentamiento Abreviado. · Disponer de una línea de base que permita identificar y evaluar los impactos generados por el desplazamiento. · Describir y analizar las características demográficas, sociales, económicas y culturales de la población que reside o realiza actividades económicas en los predios requeridos para el proyecto. · Conocer las expectativas de la población afectada en relación con el reasentamiento. · Identificar los posibles impactos del reasentamiento sobre la población que no será desplazada. Actividades En el diseño de los cuestionarios censales se debe tener en cuenta la inclusión de dimensiones demográficas (edad, sexo, composición del grupo familiar, relaciones de parentesco y tipo de familias, prevalencia de problemas de salud, etc.), económicas (nivel de ingresos del grupo familiar, ocupaciones, lugar de trabajo, relevancia de los ingresos derivados del inmueble a afectar, estrategias de subsistencia, etc.) y sociales (acceso a los servicios sociales de educación y salud, formas de organización social, tiempo de residencia en el sitio, etc.). También se relevará información sobre las unidades sociales vulnerables (familias o personas por debajo de la línea de pobreza, ancianos, mujeres jefes de hogar y familias o unidades sociales cuyo ingreso dependa del inmueble afectado) ya que estos requieren de mayor atención. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 103 La realización del censo define una fecha límite para el reconocimiento del derecho a recibir asistencia en el proceso de reasentamiento por ello es de fundamental importancia que la población esté enterada de la existencia de esa fecha de corte. El censo se realizará a través de visitas domiciliarias a los jefes de hogar de las familias residentes, a los propietarios de las unidades económicas y a los vendedores y artesanos que desarrollan sus actividades en el espacio afectado por el Proyecto. En los casos en que se observe la utilización del espacio público para la realización de actividades económicas de carácter informal, se describirán las condiciones en que las mismas tienen lugar, detallando, al menos, el número total de unidades sociales, el tipo de actividades económicas que realizan, los ingresos netos diarios y la existencia de permisos municipales para el desarrollo de esas actividades. Consolidados y validados los resultados del registro de unidades sociales afectadas, ese listado servirá para definir la población incluida en el Plan de Reasentamiento Abreviado. Se elaboraran fichas de predio y de unidad social. Se sistematizará y analizará la información. A continuación se incluyen una serie de cuadros de utilidad para el ordenamiento y consolidación de la información obtenida a partir del censo y el diagnóstico socioeconómico. Cuadro Nº 1 Propiedades (bienes y materiales afectados) Código Nombre Superficie Descripción Uso Nivel Tenencia Avalúo Observa de Jefe lote o casa y propiedad afectación ciones hogar o (hogar) o predio construccio Negocio dueño nes (negocio) Cuadro 2 Características socioeconómicas de los hogares Nº Nombre Nº Nº Fuentes Sitio de Usos de la Tiempo Observa hogar Jefe integran menores de trabajo propiedad residencia ciones tes de 13 ingreso o (hogar, estudio actividades económicas, etc.). MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 104 Cuadro 3 Ficha de caracterización socioeconómica de los negocios Negoci Nombre Antigüe Tipo de Cantidad Ingreso Lugar Expectativ Observaci o Nº: del dad en actividad empleado mensual de as de ones dueño: el área s prom. venta reasentam iento Cuadro 4 Ficha de vendedores ambulantes en el espacio público Nombre Antigüe Descripción Registro o Nº Ingreso Expectativas de Observa dad en actividad inscripción empleados neto reasentamiento ciones el área económica municipal mensual Levantamiento topográfico Este estudio tiene por objetivo construir un cuadro detallado de todas las pérdidas físicas que ocasionará el proyecto. Para ello es necesario hacer el inventario de la totalidad de las tierras y los bienes físicos que serán adquiridos. El inventario debe incluir información sobre el uso del suelo, una descripción de la vivienda y las estructuras conexas. Actividades · Revisión de la documentación obtenida en la fase de diseños. · Elaboración de los listados de inmuebles afectados. · Contratación de levantamientos topográficos de cada uno de los inmuebles requeridos. Elaboración de planos individuales · Divulgación e información a propietarios y residentes de los predios requeridos sobre fechas y horarios del levantamiento topográfico y sobre la documentación requerida (las fechas y horarios deben ser acordados con la comunidad). · Elaboración de los levantamientos topográficos con un inventario de bienes afectados por cada predio. Es recomendable que en las visitas para elaboración de levantamientos topográficos y tasación asista un profesional social y es indispensable la presencia del propietario del inmueble, quien deberá entregar copia de los documentos que acreditan la propiedad o tipo de tenencia. Las visitas deben documentarse con actas firmadas por los funcionarios y los propietarios o personas que reclaman derechos sobre el inmueble. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 105 Estudio de títulos Durante la elaboración de los levantamientos topográficos se recolectarán los documentos necesarios para el estudio de títulos (escrituras, promesas de compra-venta, recibos de pago de impuesto inmobiliario, servicios públicos y demás documentos pertinentes). Se elaborará un acta de recibo de estos documentos donde conste el tipo de documento entregado y fecha. Objetivos · Identificar a los titulares de derechos reales. · Identificación de situaciones jurídicas que eventualmente puedan obstaculizar el proceso de expropiación. Actividades El abogado de UEPTUBAGEF estudiará los títulos de cada uno de los inmuebles afectados, conciliando la información jurídica con la catastral, se confeccionarán listados de los titulares de derechos reales indicando las limitaciones y gravámenes sobre los inmuebles, se conciliaran los datos provenientes de los estudios de títulos, registro topográfico, tasaciones y datos sociales sobre cada uno de los inmuebles y se identificarán los casos que exigen un manejo especial (poseedores, usufructuarios de hecho, etc.). Tasación de los inmuebles Objetivo: Determinar el valor comercial de los inmuebles requeridos y de las pérdidas de ingreso y renta si es el caso. Actividades: Se coordinará la tasación de los inmuebles afectados con las entidades previstas en la legislación nacional y provincial, se informará a propietarios y residentes en el área sobre las fechas y horarios de la visita de los tasadores, se elaborarán las tasaciones de los inmuebles, las pérdidas de bienes físicos particulares, de las rentas e ingresos en aquellos casos en se observen esos impactos del proyecto y se hará la consolidación y aprobación de los registros topográficos y tasaciones para iniciar el programa de adquisición de inmuebles. Es recomendable que en las visitas de los tasadores asista un profesional de las ciencias sociales y es indispensable la presencia del propietario del predio. La visita debe documentarse con actas firmadas por los funcionarios y los propietarios o personas que reclaman derechos sobre el inmueble. Identificación de impactos y categorías de grupos desplazados Se identifican y analizan los impactos que causará el desplazamiento en los propietarios y residentes en los inmuebles requeridos por el proyecto como así también los impactos que afrontarán los vendedores y trabajadores informales que llevan adelante sus actividades de subsistencia en el área de MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 106 afectación del proyecto. A partir de ese análisis y ponderación de impactos se definen las medidas de mitigación y compensación correspondientes. La tenencia y el uso del inmueble, la existencia de actividades económicas en los predios o en el espacio público del área afectada, la existencia de industrias o talleres, la accesibilidad a los servicios educativo y de salud, las redes sociales de ayuda mutua y reciprocidad son dimensiones del contexto socioeconómico que registran impactos determinantes en lo que hace al posible empobrecimiento de la población. Por ello, se analizarán los impactos con base en esas dimensiones y se clasificará la población de acuerdo con el tipo de impacto que enfrentarán. Esta clasificación facilitará determinar los grupos de población objetivo para cada medida de mitigación o compensación. El diseño de medidas de mitigación y compensación apropiadas para prevenir procesos de empobrecimiento de la población desplazada requiere del análisis combinado de las pérdidas que sufren las unidades sociales. En el siguiente cuadro se reúne toda la información con respecto a las pérdidas sufridas por cada una las unidades sociales. Cuadro 5 Impactos causados por el desplazamiento Hogar Perdida Pérdida Pérdida Pérdida Pérdida Pérdida Observa Nº casa o de acceso a acceso a acceso participación ciones negocio ingresos servicios servicios servicios en redes educación salud públicos sociales Análisis y selección de alternativas de solución Las alternativas que se propongan a los afectados se ajustarán a la realidad concreta de cada afectación. Como en los casos en que se deba realizar el reasentamiento de población solo se verán afectadas unas pocas unidades sociales, la UEPTUBAGEF privilegiará la alternativa de reasentamiento individual en la cual es el propietario el que adquirirá un inmueble con el dinero recibido por el pago del valor establecido en la tasación y el pago de las compensaciones correspondientes a las pérdidas económicas generadas por el traslado. La UEPTUBAGEF, además, brindará asesoramiento legal para la venta del inmueble afectado y asesoramiento relativo a las cuestiones inmobiliarias, legales y sociales para la adquisición del inmueble de reposición y el restablecimiento de las condiciones socioeconómicas de las personas y familias. El Plan de Reasentamiento Abreviado incluirá acciones dirigidas a las personas que obtienen su ingreso del inmueble afectado. Las acciones para la restauración de ingresos comprenden el reconocimiento de la pérdida de actividad productiva, el reconocimiento de los gastos generados por la liquidación de contratos de trabajadores -cuando esos despidos son producto MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 107 del desplazamiento- o el reconocimiento de la perdida de la renta generada por el inmueble. Para el caso de vendedores en el espacio público, se deberán planificar y realizar acciones con el objetivo de lograr la reubicación de los negocios informales y el mejoramiento en las actuales condiciones de trabajo a partir del cambio de locación. Con estas medidas será posible recuperar el espacio público para todos los ciudadanos y mejorar el paisaje urbano. Si el desplazamiento está acompañado por la pérdida en el acceso a los servicios de salud, educación y transporte de la población relocalizada, entonces se diseñaran las acciones imprescindibles para garantizar un acceso equivalente en el nuevo lugar de residencia. En los casos en que se hayan identificado personas o grupos que por sus condiciones sociales, culturales, económicas o psicológicas resulten más vulnerables que otros a los impactos generados por el desplazamiento, se les brindará una atención especial para restablecer su condición socioeconómica. Para las situaciones en que una persona, una familia u otra unidad social vea adversamente afectadas su propiedad de, su residencia en o su ocupación de un lugar, o cuyo ingreso o nivel de vida se vean adversamente impactados, por efecto físico directo de las obras o demás actividades que forman parte de un Proyecto, se ofrecerán soluciones alternativas que comprenden las incluidas en la siguiente tabla. Tabla Alternativas de Reasentamiento Tipo de afectación Alternativa propuesta Propietario de vivienda Si reside en la vivienda: con afectación total . Adquisición de la vivienda a costo de reposición que permita su sustitución por una vivienda similar. . Asesoramiento inmobiliario para la búsqueda del inmueble de reposición . Asesoría legal para la venta del inmueble afectado y la adquisición del inmueble de reposición. . Asesoría social para el restablecimiento de acceso a servicios de educación y salud (so se requiere) Si no reside en la vivienda: . Adquisición de la vivienda a costo de reposición que permita su sustitución por una vivienda similar. Propietario con afectación . Compensación en efectivo por el porcentaje en que se estima parcial de la vivienda se reduce el valor de la vivienda por reducción de accesibilidad. . Asistencia técnica para refacción de fachada (en caso de ser necesario). Propietario o arrendatario . Compensación en efectivo por el porcentaje en que se estima con afectación parcial del se reduce el valor del negocio debido a, por ejemplo, reducción negocio de accesibilidad. Afectación de actividad . Adquisición del inmueble a precio de reposición que permita su económica desarrollada completa reubicación y la continuación de la actividad. por el propietario del . Asesoramiento inmobiliario para la adquisición de un nuevo inmueble. local para relocalización de la actividad. . Asesoría para el restablecimiento de los ingresos en la nueva localización. Afectación de actividad . Adquisición del inmueble a precio de reposición que permita su económica desarrollada completa reubicación y la continuación de la actividad. por un arrendatario del . Asesoramiento inmobiliario para el alquiler de un local para el inmueble. traslado del negocio. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 108 . Asesoría para el restablecimiento de los ingresos en la nueva localización. Afectación de . Notificación con suficiente antelación de la afectación del arrendatarios o inquilinos inmueble. . Asesoramiento relativo a cuestiones legales e inmobiliarias para el arrendamiento de la nueva vivienda. Afectación temporaria de Compensación en efectivo para afrontar el traslado temporario. actividad económica Asesoramiento inmobiliario para búsqueda de local para el desarrollada en el traslado temporario. inmueble En los casos de las personas que no detentan títulos sobre la vivienda o el lugar que ocupan se deberá definir claramente la situación legal con relación al inmueble afectado y, atendiendo a los principios de restablecimiento de la situación socioeconómica e inclusión de acuerdo con los cuales se deben diseñar los planes de reasentamiento, se gestionará su inclusión en programas de vivienda del Estado provincial o se los asistirá en la adquisición de la vivienda. Estas soluciones deberán ser consensuadas individualmente con cada uno de los afectados. Criterios de elegibilidad Los criterios de elegibilidad para ser beneficiario del plan de reasentamiento, y de las diferentes alternativas de solución que éste ofrezca serán los siguientes: · Residir o desarrollar una actividad económica en los predios requeridos para la construcción de las obras. · Estar registrado en el censo oficial efectuado en el estudio socioeconómico. La fecha de corte de los listados de beneficiarios del Plan de Reasentamiento Abreviado será la de la difusión entre las familias afectadas de los resultados del Censo con el listado de jefes / titulares de las unidades sociales relevadas con su correspondiente número de identificación. Para evitar modificaciones posteriores, en las reuniones de información se acordará tener los listados disponibles para la revisión por parte de la población beneficiaria en los sitios de atención a la comunidad y se dará un tiempo de 15 días para realizar cualquier ajuste que se requiera por omisiones o errores del censo. 3. Diseño del Plan de Reasentamiento Abreviado Una vez definidas, la modalidad a aplicar para el reasentamiento de la población y las acciones previstas para el tratamiento de los impactos sociales, económicos y culturales, se formulará el Plan. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 109 3.1. Contenidos del Plan de Reasentamiento Abreviado En términos generales, los planes de reasentamiento deberán incluir, al menos, los siguientes elementos: 1. una descripción del proyecto que causa el reasentamiento. Comprende la descripción de las actividades del proyecto que determinan el desplazamiento y de la estrategia adoptada para reducir el número de afectados; 2. un censo y un diagnóstico socioeconómico de las familias, negocios y actividades sociales y económicas que resultan afectadas; 3. una valoración de las propiedades afectadas, para lo cual es necesario el relevamiento de todos los inmuebles que deberán ser adquiridos, la revisión de los títulos de los mismos y su tasación; 4. una valoración de las actividades que requieran compensación; 5. un análisis de los impactos que causa el desplazamiento; 6. una descripción del tipo de las medidas de compensación o solución propuestas a las personas, familias y otras unidades sociales que resulten desplazados por el proyecto; 7. procedimientos de consulta con los afectados para la discusión sobre las alternativas aceptables y la atención de reclamos; 8. un cronograma de reasentamiento que incluya la descripción de actividades, fechas, incluyendo actividades de seguimiento. Este cronograma deberá ajustarse al cronograma de diseño y construcción de las obras civiles. Cuadro Nº 8. Cronograma de reasentamiento Entidad responsable y Actividades Fechas Presupuesto recursos humanos asignados Diseño del Censo y levantamientos topográficos. Información a grupos afectados Ejecución del censo y el diagnóstico socioeconómico Levantamiento topográfico Estudio de títulos Tasación de los inmuebles Análisis de datos e identificación de impactos Definición de medidas de compensación y asistencia Información y consulta a afectados Adquisición de los inmuebles. Reasentamiento y asistencia Actividades de seguimiento, monitoreo y evaluación. 9. un presupuesto en el que deberán incluirse los costos de la tierra, viviendas, logística del reasentamiento, transporte, costos MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 110 administrativos, asistencia durante la mudanza, asistencia para la apropiación del nuevo asentamiento y la superación o el restablecimiento de las condiciones socioeconómicas anteriores, etc. 10.los arreglos institucionales para la implementación del plan y los mecanismos para resolución de conflictos, en este apartado se identifican las entidades que serán responsables por la implementación y el monitoreo de las actividades del Plan de Reasentamiento Abreviado. Se describe el equipo de trabajo de cada entidad que estará asignado al plan; 11.los procedimientos para el monitoreo y evaluación del plan y la identificación de las instituciones que tendrán la responsabilidad sobre el monitoreo y la evaluación final del plan. Se definen las características y la periodicidad de los informes de monitoreo. 3.2. Aprobación del Plan de Reasentamiento Abreviado El Plan de Reasentamiento Abreviado, luego de ser sometido a consulta con la población afectada, será presentado a la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, a la UEPTUBA-GEF y al Banco Mundial para su aprobación. 3.3. Ejecución del Plan de reasentamiento abreviado Durante esta etapa se implementarán las acciones y proyectos previstos en el Plan. Para la coordinación del Plan es conveniente la constitución de una comisión en la que participen además del coordinador a cargo del proceso de reasentamiento, el municipio -a través de la Dirección de Familia y Desarrollo Comunitario, Secretaría de Gobierno de la que depende, Secretaría de Hacienda, Fiscalía Municipal y la Secretaría de Obras y Servicios Públicos- y la UEPTUBA-GEF. Esta Comisión se reunirá periódicamente para evaluar los progresos, identificar problemas y acordar soluciones. La conformación del equipo correspondiente se realizará con la debida antelación para garantizar el inicio de ejecución del plan tan pronto se termine su formulación y se confirme la construcción de la obra. Se recomienda, en lo posible, que el equipo de adquisición y reasentamiento sea el mismo durante la fase de diagnóstico y ejecución del Plan. 3.4. Seguimiento y evaluación del Plan de reasentamiento abreviado La evaluación del Plan de reasentamiento constituye una herramienta insustituible para capitalizar las experiencias innovadoras y exitosas y aprender las lecciones que resultan de las dificultades y los fracasos. Los procedimientos para el seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan contribuirán tanto para introducir los cambios y correcciones oportunas en la implementación del Plan como para mejorar la gestión de las administración municipal y la que lleva adelante la UEPTUBAGEF. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 111 Seguimiento Las actividades de seguimiento del Plan de Reasentamiento tienen por objetivos: · Verificar que las acciones programadas están siendo desarrolladas y en el caso de identificarse distorsiones o incumplimiento proponer medidas correctivas. · Identificar dificultades, obstáculos y oportunidades para la implementación de las acciones indicando oportunamente las estrategias para superar los dos primeros y aprovechar las últimas. · Preparar una base de datos para que la experiencia pueda ser sistematizada y servir como referencia para futuros Planes. El sistema de seguimiento permitirá analizar el cumplimiento de todas las actividades del cronograma a través de una base de datos. El seguimiento registrará los eventos más importantes del proceso de adquisición de inmuebles y traslado de cada unidad social lo que permitirá identificar problemas oportunamente en relación a las gestiones por cada unidad social y tomar las medidas correspondientes para solucionarlos. El especialista social de la UEPTUBA-GEF junto con sus pares del municipio de Córdoba, diseñarán las bases de datos y los indicadores de gestión para el seguimiento de las actividades del Plan. Se elaborarán informes periódicos de seguimiento a requerimiento de la UEPTUBAGEF o los gobiernos municipales. Los temas más importantes sobre los que se debe hacer el seguimiento son los siguientes: · Información sobre el proyecto y los estudios · Notificación de afectación a las unidades sociales · Levantamiento topográfico de los inmuebles afectados · Estudio de títulos · Tasación · Realización del Censo y encuesta socioeconómica · Oferta de avenimiento o contratación directa · Negociación · Elaboración del convenio de avenimiento · Firma del convenio. · Elaboración, firma y registro de escritura (o inscripción de sentencia en su caso) · Pago del inmueble MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 112 · Pago de reconocimientos económicos · Asesoramiento inmobiliario y legal para la selección del inmueble de reposición · Traslado · Entrega del predio · Retiro de medidores de servicios públicos y demolición · Implementación de los programas o acciones de restablecimiento de las condiciones socioeconómicas de la población reasentada. · Recepción, atención y respuesta a los reclamos de la población afectada. · Procedimientos implementados para la asistencia de unidades sociales vulnerables. Monitoreo Los objetivos de las actividades de monitoreo son los siguientes: · Identificar a tiempo cambios no previstos en las condiciones socioeconómicas de las unidades sociales a ser reasentadas. · Formular y proponer, en los casos en que se observe un deterioro o empeoramiento de las condiciones socioeconómicas de la población, medidas correctivas. Para verificar el nivel de restablecimiento de las condiciones socioeconómicas de la población desplazada, se efectuará un monitoreo sobre las siguientes variables: · Vivienda (calidad de la misma, ubicación, superficie, etc.) · Servicios Públicos (agua, energía, teléfono, transporte, recolección basura) · Acceso a Educación (distancia a los establecimientos educativos, costos de transporte, tiempos que demanda el traslado, etc.) · Acceso a Salud (distancia a los centros asistenciales, costos de transporte, tiempos que demanda el traslado, etc.) · Empleo Para el monitoreo del restablecimiento de las actividades productivas que se deban desplazar se considerarán las siguientes dimensiones · Ingresos (ingreso promedio mensual de la unidad social, estabilidad del ingreso, etc.) MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 113 · Local para la actividad económica (ubicación, distancia a los proveedores y compradores, alteraciones en los costos de funcionamiento ocasionadas por el reasentamiento, condiciones de trabajo y seguridad, etc.) · Servicios básicos de infraestructura (agua, energía, teléfono, transporte, recolección basura) · Ventas El equipo responsable del monitoreo del Plan definirá indicadores confiables para medir esas variables así como los instrumentos que se utilizarán en la obtención de información necesaria para hacer las mediciones. El monitoreo del PRA lo llevará a cabo el equipo integrado por el especialista social de la UEPTUBAGEF y el municipio. Es conveniente incorporar a la comunidad al proceso de monitoreo, a través de participación en talleres o grupos focales por ejemplo, con lo cual aumenta la confiabilidad y la validez de los resultados al mismo tiempo que se difunden los avances del proceso. Evaluación Ex Post Seis meses después del traslado de la totalidad de las unidades sociales y actividades económicas se realizará la evaluación ex post de la eficacia y eficiencia de la ejecución del plan, la cual tendrá especial énfasis en el restablecimiento de las condiciones socioeconómicas de la población que fue objeto del plan. El objetivo de la evaluación ex post, es: Evaluar los efectos de las distintas acciones o programas que conforman el Plan sobre las condiciones de vida de la población afectada. La evaluación final del Plan la realizará, dependiendo del número de unidades sociales reasentadas, un profesional o un equipo de profesionales de las ciencias sociales que no esté(n) vinculados con su ejecución. El profesional o equipo de profesionales podrá(n) pertenecer a una Universidad local, una ONG o bien tratarse de consultores independientes que acrediten experiencia en la evaluación de procesos de reasentamiento de población. En el Anexo I se incluye una planilla con las variables que deberán se consideradas en la evaluación final del Plan. En función de las particularidades del proceso de reasentamiento a analizar se podrán incluir otras variables o sacar las que resulten irrelevantes. La tabla permite sintetizar las transformaciones ocurridas por hogar como resultado del proceso de reasentamiento. Los datos deben luego ser consolidados para el conjunto de las unidades sociales reasentadas. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 114 3.5. Atención de reclamos Se establecerá una oficina de recepción de quejas y reclamos en la cual se dejará registro de todos los cuestionamientos formulados por la población en relación a la ejecución del Plan de Reasentamiento Abreviado. El objetivo de esta disposición es que todos los reclamos en relación a las tasaciones de predios y bienes físicos y sobre la inclusión como beneficiarios en los programas del Plan sean atendidos y respondidos oportunamente. 3.6. Responsabilidades en la formulación y ejecución del Plan de Reasentamiento Abreviado La responsabilidad sobre la formulación del plan podrá recaer en el equipo integrado por el especialista social de la UEPTUBAGEF y los técnicos que la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana designen o bien en un equipo multidisciplinario contratado por la UEP. Actividad Responsable 1 Información a los afectados (residentes y Especialista social (o equipo Consultor) y población desplazada) Gobierno Municipal 2 Recolección de Información. (censo y Especialista social del Proyecto (o equipo diagnóstico socioeconómico, levantamiento consultor) en coordinación con las unidades topográfico, estudio de títulos, tasaciones, pertinentes del Gobierno Municipal llenado de cuadros de información) 3 Análisis de la información, identificación de Especialista social del Proyecto (o equipo de impactos, definición de las compensaciones. consultores) 4. Elaboración del Plan de Reasentamiento Especialista social del Proyecto o equipo Abreviado integrado por el especialista social del Proyecto con especialistas sociales del gobierno municipal o un equipo de consultores contratado 5 Consulta del PRA con población afectada. Especialista social del Proyecto (o equipo consultor). 6. Aprobación y no objeción. UEPTUBAGEF, Gobierno Municipal y Banco Mundial 7 Coordinación del PRA. Comisión integrada por el coordinador del PRA, el municipio y la UEPTUBAGEF. 8. Suscripción de acuerdos o compromisos sobre Gobierno Municipal las alternativas de reasentamiento 9. Coordinación del inicio de los procesos de Unidades competentes del Gobierno Municipal. expropiación 10. Seguimiento y monitoreo del Plan de Especialista social del Proyecto o equipo Reasentamiento Abreviado integrado por el especialista social del Proyecto con especialistas sociales del gobierno municipal o un equipo de consultores contratado 11. Evaluación ex post. Universidad, ONG o equipo de consultores independientes. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 115 4. Financiamiento del Plan de Reasentamiento Abreviado El costo total del plan de reasentamiento será parte del costo total del proyecto. Se incluirán en el presupuesto los valores de los predios que se necesita adquirir, los honorarios profesionales y las contrataciones de consultorías requeridas, el financiamiento de las acciones de compensación social y restablecimiento de las condiciones socioeconómicas previas a la ejecución de la obra, los gastos de administración y funcionamiento y las restantes actividades que conforman el Plan de Reasentamiento Abreviado. 5. ANEXO I. Glosario A continuación se dan explicaciones sobre los términos utilizados en el presente Marco de Política. DESPLAZAMIENTO INVOLUNTARIO Se presenta cuando las personas, familias o las actividades económicas y sociales deben trasladarse obligatoriamente a otro lugar, por una decisión impuesta por un agente externo y ante la cual las personas no tiene la opción de permanecer en el lugar que habitan. En este Proyecto, el desplazamiento comprende tanto la situación de las personas que residen en los predios que se requerirán para la construcción y/o mejoramiento de las obras de infraestructura como las actividades económicas y sociales que se desarrollan cotidianamente en ese lugar y no podrán continuar en el mismo a causa del Proyecto. REASENTAMIENTO Es el proceso que busca apoyar a las personas en la preparación para el desplazamiento, el traslado y su reasentamiento de tal manera que se produzcan los menores perjuicios posibles y se contribuya a mejorar, o por lo menos restablecer, los ingresos y niveles de vida de la población desplazada. POBLACIÓN DESPLAZADA Son las personas y familias que residen en las áreas requeridas por las obras y las actividades económicas tienen lugar en esos mismos predios y que deben trasladarse obligatoriamente. UNIDAD SOCIAL Se entiende por Unidad Social a las personas que tienen derechos sobre un inmueble residan o no en él, las personas que residen y las industrias, comercios y establecimientos de servicio que desarrollan su actividad económica en un predio. Las Unidades Sociales pueden ser clasificadas por tenencia (propietario, arrendatario o locatario, usufructuario, tenedor, ocupante), uso (vivienda, industria, comercio, servicio) y residencia (si habita o no en el inmueble). En un inmueble puede habitar más de una unidad social. INMUEBLE Unidad individual de terreno con o sin mejoras, física y catastralmente identificable. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 116 NIVEL DE AFECTACIÓN Total: cuando un predio se afecta totalmente y todas las unidades sociales que allí residen o realizan una actividad económica deben trasladarse. Parcial: cuando un predio se afecta parcialmente y el área remanente puede seguir utilizándose para vivienda o actividad económica. La afectación parcial puede implicar el desplazamiento de una o más unidades sociales residentes o con actividad económica en el predio. 6. ANEXO II. Modelo de matriz para la Evaluación EX - POST Número / Código de la familia: Nombre del Jefe: Número de integrantes del grupo familiar: Variable Reasentamiento Evaluación Causa Antes Después M I P 1. Terreno 1.1 Superficie en m2 1.2 Ubicación 1.3 Estabilidad 2. Vivienda 2.1 Ubicación 2.2 Superficie construida 2.3 Materiales 2.4 Funcionalidad 3. Servicios públicos 3.1 Energía Acceso Calidad Costo 3.2 Agua Acceso Calidad Costo 3.3 Gas Natural Acceso Calidad Costo 3.4 Teléfono Acceso Calidad Costo 3.5 Recolección de basuras Acceso Calidad Costo 4. Servicios sociales 4.1 Educación MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 117 Variable Reasentamiento Evaluación Causa Antes Después M I P Acceso Calidad Costo 4.2 Salud Acceso Calidad Costo 4.3 Transporte Acceso Calidad Costo 4.4 Comercio Acceso Calidad Costo 4.5 Recreación Acceso Calidad Costo 6. Familia 6.1 Composición familiar 6.2 Salud 6.3 Relaciones familiares 6.4 Ocupación ­ empleo 6.4 Ingresos familiares 6.5 Gastos familiares 7. Relaciones sociales 7.1 Relaciones con vecinos 7.2 Participación comunitaria 8. Entorno urbano 8.1 Espacio urbano 8.2 Equipamiento comunitario 8.3 Saneamiento ambiental 8.4 Seguridad M = Mejor I = Igual P = Peor MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 118 7. GUÍA DE INFORMACIÓN Y CONSULTA PÚBLICA Esta guía propone lineamientos destinados a orientar a los municipios en la formulación de los Planes de Información y Consulta Pública (PICoP) para las obras e intervenciones urbanas que serán financiadas con el GEF. 7.1. Marco Jurídico El desarrollo de los lineamientos para las actividades de información y consulta pública debe dar cumplimiento, en los Proyectos incluidos en el GEF, a lo dispuesto por la normativa vigente en Argentina y, en particular, en la Provincia de Córdoba. Como ya se ha indicado al comienzo de este manual, la Constitución Nacional Argentina de 1994, que es de aplicación directa en todos los niveles de gobierno del país (nación, provincias y municipios), consagra en su artículo 41 el Derecho a la Información Ambiental, como requisito previo e imprescindible para llevar a cabo la participación en la gestión ambiental que es obligatoria tanto para los ciudadanos como para los funcionarios. En cumplimiento de la Constitución, también existen sobre la información pública ambiental a nivel nacional las leyes Nº 25.675 de presupuestos mínimos en materia ambiental y la Nº 25.831 de "Libre Acceso a la Información Pública Ambiental". Los tratados internacionales firmados por Argentina, también revisten jerarquía constitucional. Respecto de la información pública y participación decisional, explícita o implícitamente en materia ambiental, cabe mencionar los siguientes: (1) el artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; (2) el artículo 23 inciso 1 ap. a) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; (3) el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, (4) el artículo 20 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre; (5) el principio 15 de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Humano (Estocolmo, 1972) y (6) el principio 10 de la Declaración de Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro, 1992). A nivel de la Provincia de Córdoba, la Constitución Provincial, reformada y sancionada el 26 de Abril de 1987 por la Convención Constituyente, establece en su Sección Primera ­ Declaraciones de Fe Política ­ Art. 11º que "El Estado Provincial resguarda el equilibrio ecológico, protege el medio ambiente y preserva los recursos naturales" y establece en el Art. 66º sobre el derecho al medio ambiente. Cabe señalar, finalmente, que al nivel municipal, la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA sancionada por la Convención Municipal Constituyente ­ el 6 de Noviembre de 1995, en su Art. 9º, Inc. 1, establece el derecho de los vecinos, al ambiente sano; y en el Art. 28º prevé la protección del ecosistema humano, natural y biológico, la evaluación del impacto ambiental y social de proyectos públicos y la inclusión de la educación ambiental en sus planes de estudios, entre otros preceptos. Asimismo, se cuenta con la Ordenanza Nº 10.099, sancionada en el año 1.999, que establece las normas vigentes para Conservación, Protección y Desarrollo MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 119 del Ambiente, marco normativo para acceso a la información y de participación social ciudadana. 7.2. Descripción La información y consulta pública es una práctica enmarcada en un enfoque de interfase entre los procesos de toma de decisión basados en la representación de los ciudadanos por el poder público y aquellos que implican un compromiso mucho más activo de éstos. Se considera, además, que este esquema de participación se debe llevar a cabo durante todo el ciclo de los proyectos, desde su fase preliminar hasta la de operación, pasando por las de planificación de la obra y la de construcción. La guía que aquí se describe hace referencia a actividades básicas que varían de acuerdo al tipo de proyecto y al conjunto de particularidades que forman el contexto en que se planifica, construye y opera, por lo que esta guía debe ajustarse, necesariamente, a las condiciones propias de cada proyecto y del contexto socio-ambiental al que se incorpora. De igual forma se busca, con estos lineamientos, orientar la gestión, tanto de las reparticiones municipales como de la UEPTUBA-GEF y de los contratistas de ejecución y supervisión de obras, en las fases citadas: en el párrafo precedente, para que, basándose en ellos, se desarrolle el correspondiente Plan de Información y Consulta en cada caso particular. Objetivo General Promover que los vecinos de cada proyecto conozcan, analicen, participen y desarrollen el seguimiento de las decisiones que afectan a su hábitat y propendan a la sostenibilidad del mismo una vez puesto en operación. Todo Plan de Manejo Ambiental y Social (PMAyS) que cada municipio beneficiario de un proyecto del GEF, habrá de elaborar, incluirá el subcomponente Plan de Información y Consulta Pública (PICoP) que se ejecutará durante todas las etapas citadas del Proyecto desde su definición conceptual hasta su operación. Cada PICoP, se insiste, tiene características particulares atendiendo a las dinámicas del Proyecto y a las características socio-económicas y culturales de la población que habita el área a ser impactada por las externalidades del Proyecto. Mediante el PICoP se pretende propiciar la creación de espacios de participación ciudadana que posibiliten el intercambio permanente de información sobre el Proyecto, entre el Estado y la ciudadanía, destinados a potenciar sus impactos sociales positivos y prevenir y/o mitigar los negativos ocasionados por su ejecución. Esto presupone que el Estado, a través de la UEPTUBA-GEF y el Municipio de San Miguel de Tucumán, brinde información clara, veraz y oportuna a las comunidades a ser potencialmente impactadas por los proyectos, y que sea receptor y eficaz gestor de las inquietudes manifestadas por dichas comunidades. Para garantizar que a lo largo del ciclo de cada Proyecto del GEF, el municipio de Córdoba y contratistas puedan dar cumplimiento a lo establecido en los pliegos y términos de referencia de los contratos sobre el PICoP, la UEPTUBA-GEF, a través de su especialista social realizará un proceso MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 120 permanente de asesoría/ capacitación, acompañamiento y seguimiento de las obligaciones definidas. Objetivos Específicos · La UEPTUBAGEF y el Municipio de la Ciudad de Córdoba crearán espacios de participación ciudadana que posibiliten el intercambio permanente de información respecto del Proyecto con la ciudadanía, destinados a potenciar sus impactos sociales positivos y prevenir y/o mitigar los negativos ocasionados por su ejecución. · La UEPTUBAGEF y el Municipio de la Ciudad de Córdoba brindarán información clara, veraz y oportuna a las comunidades afectadas positiva o negativamente por los proyectos. · La UEPTUBAGEF y el Municipio de la Ciudad de Córdoba dispondrán de mecanismos adecuados de recepción, canalización y respuesta a las inquietudes manifestadas por dichas comunidades, de modo de gestionar y atender oportunamente sus requerimientos. 7.3. Instrumentos del Plan 7. 3. a. Áreas de Impacto Ambiental y Social del Proyecto Como ya se ha indicado en el Módulo A ­ Sistema de Evaluación Ambiental y Social de este MMAyS, es necesario diferenciar entre Área de Influencia del Proyecto, respecto de los diversos tipos Áreas de Impacto Ambiental y Social del mismo. El Área de Influencia es el territorio amplio en el que sus residentes se prevé serán beneficiados por el mismo. A diferencia del Área de Influencia, las de Impacto Ambiental y Social del Proyecto, aunque normalmente están incluidas dentro de la primera, suelen ser más reducidas y vulnerables a los impactos ­positivos o negativos-- no buscados en el desarrollo conceptual del Proyecto. En el caso del proyecto de ampliación de la red de Ciclovías para la Ciudad de Córdoba, el Área de Influencia tiene una amplitud regional, ya que normalmente son aprovechadas también por personas cuyo origen y/o destino se encuentra a varios kilómetros de distancia del sitio de localización del proyecto. Contrariamente, las Áreas de Impacto Ambiental y Social, normalmente involucran un entorno de algunas pocas manzanas del sitio de localización citado. Las Áreas de Impacto Ambiental y Social pueden ser de Impacto Directo, normalmente adyacentes al Proyecto, con efectos importantes y muy evidentes durante los procesos de obra y la operación. En tanto que las de Impacto Ambiental y Social Indirecto, sufren efectos menos evidentes, y menores durante las obras que durante la operación del Proyecto (cambios en precios de los inmuebles, en usos, en estructura poblacional, en la calidad de los espacios, entre otros). MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 121 Como el objetivo de este MMAyS está orientado a los impactos ambientales y sociales, el foco estará puesto sobre las Áreas de Impacto Ambiental y Social del Proyecto. a. El Área de Impacto Ambiental y Social Directo del Proyecto, involucra a todos los predios frentistas, así como a vendedores ambulantes o puestos en la vía pública de los sitios de: implantación, obrador, y de los corredores de tránsito, tanto entre Proyecto y obrador, como los desvíos necesarios para el proceso constructivo. b. El Área de Impacto Ambiental y Social Indirecto del Proyecto, incluye a todos los predios situados en un entorno aproximado (a ser ajustado en cada caso) de 100 m. a 200 m. de su localización. 7. 3. b. Estrategias de Información y Consulta Pública Estas estrategias, que no pretenden ser exhaustivas y que se espera puedan ser mejoradas, ampliadas y diversificadas de manera creativa por los responsables del Proyecto, en cada caso y en cada etapa, buscan garantizar el cumplimiento de los objetivos anteriormente expuestos. Punto Frente de Obra: Se trata de un centro de reunión, encuentro y atención junto al sitio donde se localiza la inversión física. Esta estrategia busca acercar al ciudadano involucrado en los impactos ambientales y sociales del Proyecto, a la gestión pública, potenciando su tiempo y recursos, al facilitarle el acceso a la información y a la recepción de sus inquietudes sin tener que desplazarse hasta el Palacio Municipal o el Centro de Participación Ciudadana correspondiente. Permite establecer de manera continua las inquietudes más frecuentes de la comunidad --especialmente los reclamos vecinales--, antes, durante y posteriormente a la finalización de las obras y, a partir de éstas, adelantar acciones para prevenir, mitigar o potenciar los impactos. El equipamiento básico del Punto de Frente de Obra consiste en: Espacio de recepción. Computadora e impresora. Escritorio y silla para la persona encargada de la atención. Sillas para la atención a la población. Cartelera. Material impreso: Planos del Proyecto, Libro de asiento de los casos de atención al ciudadano. Línea telefónica para hacer la recepción de las llamadas realizadas por la población y dirección de correo electrónico. Estos puntos serán atendidos, en todas la fases, directamente por un profesional en trabajo social. Sin embargo, la responsabilidad sobre el mismo recaerá, durante la Fase Preliminar en el Municipio, y en las siguientes, de planificación, ejecución y operación de la obra, en el contratista. Durante las fases de planificación, ejecución y operación de la obra, en este Punto se establecerá un sistema de atención al ciudadano "ad hoc", en que se registrarán todas las solicitudes, observaciones, sugerencias, quejas y reclamos, ligados al proceso constructivo. La atención será personal, telefónica o vía e-mail. En este Punto, el contratista llevará un libro de actas en el que se explique claramente la solicitud de cada ciudadano y la solución brindada, copia del cual será entregado a la supervisión en los informes periódicos contractualmente establecidos, sin desmedro del derecho del Supervisor a MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 122 acceder en cualquier momento al citado libro. El contratista establecerá un horario de atención a la comunidad en el Punto, según lo establecido en pliegos, este horario dependerá de la dinámica de la obra y a la disponibilidad de tiempo de la ciudadanía ubicada en el área de Impactos Ambientales y Sociales del Proyecto. El Contratista, previa aprobación de la Supervisión, entregará a la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana, (5) cinco días antes del traspaso de uno a otro del Punto (al fin de la Fase Preliminar), la metodología propuesta para la atención al ciudadano, que debe contener como mínimo: formularios, libro, etc. a emplear, procedimiento para la atención y resolución de quejas y demás manifestaciones de la comunidad, responsables de tales actividades y flujograma para la elaboración de la respuesta. Puntos Satélites de Información: Constituyen sitios donde se produce la difusión y actualización periódica de la información escrita inherente al Proyecto. Se hallan localizados en sitios habituales y significativos de encuentro ciudadano ubicados en las Áreas de Impactos Ambientales y Sociales del Proyecto, y su virtud reside en que allí tiene la posibilidad de acudir una amplia población de la zona. Comisión Vecinal del Proyecto: Conformada por líderes de la comunidad y/o ciudadanos residentes y dedicados a actividades económicas formales e informales en las Áreas de Impactos Ambientales y Sociales del Proyecto, busca propiciar entre la comunidad, la divulgación de información sobre el emprendimiento, el ejercicio del control ciudadano, la identificación, canalización y presentación de las problemáticas manifestadas por los vecinos y promover esquemas de uso y cuidado del Proyecto. Las personas interesadas en participar pueden registrarse en el Punto de Frente de Obra y/o durante los talleres de las diferentes fases. La Comisión Vecinal del Proyecto se reunirá periódicamente con responsables de la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana, durante la fase preliminar, y con el especialista social del Contratista durante las fases de planificación de la construcción, construcción y operación de la obra. En estas reuniones se informará a los participantes del estado de avance del Proyecto y los cambios ocurridos entre reuniones. Igualmente se identificarán las problemáticas manifestadas por los asistentes y se ofrecerán alternativas e implementarán actividades para la solución de las mismas. Las personas que conformen la Comisión deberán cumplir con los siguientes requisitos: poseer comercio formal o informal, o industria en el sector, ser residentes en el área de impactos, o ser representante de sociedades de base u organizaciones con legitimidad local, comprometerse con actividades de divulgación de la información del Proyecto, y la implementación de alternativas de solución a los problemas identificados, así como identificar y promover estrategias para el buen uso, cuidado y mantenimiento del espacio público y del mobiliario urbano de la zona donde se ejecute la intervención. Será responsabilidad del Contratista, desde la fase de planificación de la construcción, y previamente del responsable de la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana, agendar y coordinar todas las reuniones, canalizando las inquietudes, solicitudes de información, reclamos y sugerencias presentadas por los MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 123 participantes, y justificando los casos en que no fuera posible satisfacerlas, además de garantizar el apoyo técnico y ambiental cuando se requiera. Se levantará acta de cada reunión, elaborada por un secretario de la misma, destacando los temas debatidos, las posiciones expresadas por los integrantes y las conclusiones y recomendaciones. Copias del acta quedarán a disposición de todos los vecinos en el Punto Frente de Obra y en los puntos satélites de información, y se difundirá por los otros medios incluidos en estas estrategias (volantes, radios FM, página web, etc.), dentro de los 5 (cinco) días de realizada la reunión. Afiches Informativos: Son herramientas de información masiva sobre aspectos generales del Proyecto, que se instalan en los Puntos Satélites de Información y/o en otros sitios que la realidad del municipio y Proyecto indiquen como más convenientes. Su actualización se realizará mensualmente o cada vez que se presenten actividades extraordinarias en el desarrollo del Proyecto, que afecten la cotidianidad de la comunidad. Volantes de Información: Son herramientas de información que contienen aspectos específicos del Proyecto para que el ciudadano se entere oportunamente de sus características, las afectaciones permanentes y las temporales generadas por la inversión, así como de los avances y medidas socio ambientales durante el proceso de formulación y construcción. Existen cinco tipos de volantes: · de información ciudadana, · de invitación a reuniones, · de plan de manejo de tránsito, · de inicio de obra y, · de avance y finalización de obra Su actualización se realizará bimestralmente o cada vez que se presenten actividades extraordinarias en el desarrollo del Proyecto que afecten la cotidianidad de la comunidad. Grupos focales: Permiten confirmar, de manera sencilla y expeditiva las posturas de la comunidad, que también van siendo expresadas por vía de la Comisión Vecinal del Proyecto. a) Descripción general de la técnica El grupo focal es un grupo de discusión que se organiza para el tratamiento de cierta temática o fenómeno. Los análisis y reflexiones de los participantes del grupo se basan en su experiencia personal. Uno de los objetivos de esta técnica es escuchar y analizar información para entender mejor los sentimientos y pensamientos de la gente sobre el hecho o sobre el tema que se discute. Mediante su utilización es posible obtener una descripción de los conocimientos y actitudes sociales de la población e identificar los MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 124 temores y sentimientos que genera la implantación del Proyecto en el área, contribuyendo a diseñar y rediseñar una intervención social que lo acompañe, aclarando fuentes imaginarias de temor y resolviendo las situaciones reales de pérdida percibidas por las personas. b) Objetivos La realización de los grupos focales en el marco del MMAyS, tiene como objetivos: · Brindar información sobre el Proyecto (sus características generales, objetivos y tiempos previstos para la ejecución) a la población y establecer canales bilaterales de comunicación. · Completar la descripción del contexto y la identificación de los potenciales impactos atendiendo a las percepciones y valoraciones de la población residente en el área de afectación o cuyas actividades cotidianas (trabajo, ocio, recreación, entre otras) se verán afectadas por el Proyecto. · Validar los resultados del Screening Preliminar y la Evaluación Expeditiva realizado por el equipo de técnicos ambientales y sociales del Municipio y/o eventualmente la UEPTUBAGEF. · Identificar posibles medidas de mitigación o compensación. · Favorecer el proceso de apropiación del Proyecto por parte de sus usuarios futuros. c) Recomendaciones Una adecuada aplicación de la técnica requiere que el equipo de coordinación (Municipio y o UEPTUBAGEF) atienda y controle los factores que podrían sesgar o alterar el curso de las reuniones. Para esto es necesario que los coordinadores mantengan una posición independiente o prescindente en cuanto al Proyecto y que la presentación general de las características del mismo y las aclaraciones que resulten pertinentes las realice un técnico municipal responsable de la obra y no él. También se debe evitar todo tipo de situaciones que alteren el objetivo de la convocatoria, generando interpretaciones ambiguas o contradictorias por parte de los asistentes. La presencia de la prensa o de funcionarios políticos, la realización de "discursos", por ejemplo, son interferencias que contradicen los objetivos de la utilización de esta técnica y rompen con los contratos tácitos y explícitos con la población. Convocatoria La misma deberá llevarse a cabo entre individuos elegidos al azar, dentro del Área de Impactos Ambientales y Sociales directos y/o indirectos (dependiendo de la problemática sobre la que se quiera focalizar) Dimensiones del grupo El grupo focal debe ser lo suficientemente pequeño como para dar la oportunidad a cada uno de los participantes a expresar sus opiniones y su comprensión de los hechos sobre los que se los consulta y, a la vez, lo necesariamente grande como para proveer distintas percepciones sobre esos mismos hechos. El grupo no debería exceder las 10 o 12 personas ya que más MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 125 allá de este número se producen fragmentaciones en el funcionamiento y se hace muy difícil mantener una disposición activa hacia la discusión de parte de la totalidad de los asistentes. Es recomendable que como mínimo participen 5 personas. Hay que tener presente que el número de participantes en el grupo focal es pequeño y no es representativo de la población. Por esto, es importante el cuidado puesto en el momento de la selección de las personas que se van a invitar a participar del grupo. Coordinación El moderador o coordinador tiene la flexibilidad suficiente como para explorar asuntos que no hayan sido anticipados en la planificación de la sesión del grupo. Debe tener la capacidad de hacer sentir a los participantes la libertad para emitir sus opiniones y para disentir sin temor a recibir críticas o cuestionamientos. Una de las formas más claras en que se puede avanzar en la construcción de este sentimiento es rescatando y valorando el conocimiento o saber cotidiano de los participantes en la identificación de impactos y la resolución de los mismos. Duración de la reunión La duración de la reunión puede variar entre una y tres horas. Este límite está determinado por las disponibilidades de tiempo de los participantes y por la efectividad el grupo. Momentos de la reunión Durante su transcurso deberá hacerse: · Una presentación de los participantes (nombre y actividad, y eventualmente institución de pertenencia) · Una presentación de la convocatoria y sus objetivos · Un repaso de la problemática de interés en la reunión · Discusión grupal de la problemática planteada Otras estrategias: Sirven para reforzar los procesos de comunicación entre los responsables del Proyecto y los vecinos y pueden incluir, entre otras: a. Radios FM locales que anuncien reuniones a realizarse en el Sitio del Proyecto, actividades de la Comisión Vecinal del Proyecto, informaciones que difundan el contenido de los volantes e inquietudes de los vecinos. b. Columna en suplementos subregionales semanales o quincenales de los diarios de mayor tirada, con informaciones semejantes a las indicadas para las radios FM. c. Columna en periódicos locales de Córdoba, con el mismo propósito indicado en la descripción general y objetivos d. Una página web del Proyecto repitiendo las mismas informaciones que las indicadas en los puntos anteriores, que MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 126 deberá ser actualizada semanalmente o cuando se produzcan cambios importantes en el Proyecto o existan resultados de algún tipo que beneficien o perjudiquen al medio físico y/o a la sociedad local. e. Una línea gratuita telefónica de respuesta a inquietudes y reclamos de los vecinos. f. Una dirección electrónica destinada a los mismos fines que la línea telefónica indicada, con pautas claras del tiempo disponible por el Municipio o el contratista (según la fase) para la respuesta, que no podrá superar los 7 días corridos. g. Establecer un sitio en el límite de los cerramientos de la obra, desde el cual se pueda visualizar claramente el avance de los trabajos de construcción. h. Concurrencia a las escuelas situadas dentro de las Áreas de Impactos Ambientales y Sociales (en la medida en que se considera que los alumnos son, potencialmente buenos receptores y multiplicadores de esta información), para explicar, mediante instrumentos pedagógicos ágiles, que generen interés y permitan la fácil comprensión de los alumnos, las características del Proyecto, su inserción urbana, su utilidad, sus impactos y medidas de mitigación durante la obra y las precauciones a tomar para circular por sus cercanías. 8. Procedimientos y Fases de desarrollo del Proyecto 8.1. Fase Preliminar Definición Conceptual del Proyecto. En el momento en que el Municipio de Córdoba, de acuerdo a lo ya indicado anteriormente en este MMAyS, disponga de la Definición Conceptual del Proyecto y del Screening Preliminar, comenzará el proceso de Información y Consulta Pública, mediante la instalación de los puntos Frente de Obra y Satélites de Información y la publicación de afiches Informativos, volantes de información y la mayor cantidad posible de algunas de las otras estrategias no exhaustivas ni obligatorias expuestas en el punto g. anterior. Los objetivos de este inicio de proceso participativo consisten en: · Explicar los Objetivos y Tipo de Proyecto. · Explicar la Definición Conceptual del Proyecto · Explicar la relación entre la Definición Conceptual y la estrategia territorial municipal. · Explicar los impactos ambientales y sociales sobre la población y actividades económicas y las medidas de mitigación correspondientes, a partir del Screening Preliminar. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 127 · Recibir de la comunidad retroalimentaciones a las previas explicaciones. · Anunciar las acciones futuras (Taller en la Etapa del Anteproyecto Preliminar) e invitar a conformar la Comisión Vecinal del Proyecto. Anteproyecto Preliminar. 1º Taller de Información y Consulta Pública. Una vez que el Municipio disponga del Anteproyecto Preliminar y la Evaluación Expeditiva, convocará a un taller público y abierto, pero garantizando, principalmente, la presencia de los vecinos residentes y organizaciones comunitarias de las Áreas de Impactos Ambientales y Sociales, tanto directos como indirectos. Este taller tendrá los siguientes objetivos, y deberá restringirse a ellos, evitando su transformación en foro de debate de otras cuestiones pendientes: · Presentación del GEF y la UEPTUBA-GEF, las responsabilidades de esta última y las de la Municipalidad de Córdoba. · Explicación de los Objetivos y Tipo de Proyecto. · Explicación del Anteproyecto Preliminar · Explicación de la relación del Plan Estratégico de la Ciudad de Córdoba (PECba). · Presentación, discusión y validación de las Áreas de Impactos Ambientales y Sociales, directos e indirectos, de los impactos ambientales y sociales sobre la población y actividades económicas en dichas áreas, y de las medidas de mitigación correspondientes, a partir de la Evaluación Expeditiva. · Propuesta a la comunidad de las estrategias de Información y Comunicación (Punto Frente de Obra, Puntos Satélites y demás estrategias que lo conforman). · Conformación de la Comisión Vecinal del Proyecto (CVP) y establecimiento entre el Municipio de Córdoba y los miembros de la CVP de una mecánica sistemática de reuniones para las acciones de participación en los procesos decisorios. El taller será desarrollado en un salón con suficiente capacidad para los posibles participantes, fuera del ámbito municipal y deseablemente próximo al sitio de localización del nuevo emprendimiento. Una posible sugerencia es realizarlo en un salón de usos múltiples de alguna institución educativa, o club, o institución religiosa, o asociación de base (Sociedad de Fomento, Comisión Vecinal), etc. La ventaja de realizarlo en una escuela es la mejor posibilidad de organizar mesas que favorezcan la relación franca entre responsables del Proyecto y vecinos, evitando situaciones de asimetría del tipo: expositor vs. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 128 público oyente, que predispongan a un papel pasivo a los vecinos. Atendiendo a los mismos objetivos, es deseable que los paneles con la información municipal sobre el Proyecto y explicación de sus posibles impactos socio- ambientales estén suficientemente distribuidos en el salón, cerca de los asistentes y que se dispongan junto a ellos algunos rotafolios o pizarras para que los vecinos sean estimulados a expresar gráficamente sus apreciaciones. Se deberán incluir algunos micrófonos para permitir escuchar con claridad las opiniones de todos los participantes. Es deseable la incorporación de una maqueta del Proyecto, perspectivas y eventualmente una represtación animada, a fin de facilitar la comprensión, para una proporción importante de personas no acostumbradas a la lectura de planos. El día y horario del taller deberá ser suficientemente estudiado, para facilitar la mayor concurrencia posible, considerando las pautas horarias y las costumbres predominantes de los vecinos. Su duración estimada ­que deberá ser comunicada en la convocatoria-- deberá ser la mínima necesaria para reducir la interferencia con otras actividades de los concurrentes y para no desalentar su concurrencia. Para las presentaciones se propone utilizar un sistema de diapositivas (filminas, o preferentemente "Power Point") a fin de lograr explicaciones claras y detalladas, y pasibles de permitir todas las aclaraciones y repeticiones necesarias. Para favorecer la máxima intervención de los vecinos se deberá dividir el taller, luego de un plenario en que se expongan los mensajes de los responsables del Proyecto, en varias mesas, una para cada 15 participantes aproximadamente. En cada mesa deberá haber un moderador y un secretario de actas. Estos últimos se propone que, en la medida de lo posible, pertenezcan a ONGs o a instituciones universitarias a fin de lograr la mayor neutralidad posible. Se deberá organizar lista de oradores con tiempo limitado a fin de favorecer la más amplia participación de los vecinos y representantes de organizaciones comunitarias. Del taller se levantará acta y también se confeccionará una lista de asistentes, con sus datos personales, especialmente teléfono, dirección, correo electrónico, para posteriores contactos y para publicitarlos entre los vecinos en el Punto Frente de Obra y en los puntos satélites, así como en otros medios definidos en las estrategias anteriormente descriptas. Estas actas deberán tomar estado público local dentro de los 5 (cinco) días de realizado el taller. La convocatoria deberá ser desarrollada de tal manera que se asegure la llegada a todos los vecinos y organizaciones locales, procurando en todo lo posible generar interés de participar. Para ello se deberá iniciar con suficiente antelación y continuidad hasta la fecha del taller. Se deberán utilizar volantes repartidos casa por casa dentro del perímetro de las Áreas de Impacto Ambiental y Social, también deberán ser repartidos en el Punto Frente de Obra y Puntos Satélites de Información. Se deberán colocar afiches en estos mismos puntos y en otros que el Municipio considere conveniente. Se pondrán avisos en los periódicos locales. Se pasarán también anuncios por emisoras FM locales, además de otras estrategias que el Municipio crea conveniente. La idea es fomentar la participación de los vecinos y en lo posible que ya cuenten con interrogantes que les gustaría clarificar. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 129 Hasta el inicio de la fase de planificación de la construcción (ver más abajo) se proseguirá con las estrategias de información y consulta, transmitiendo los cambios que se fueran produciendo en el Anteproyecto Preliminar, especialmente la recepción e incorporación de las inquietudes de los vecinos, y otras nuevas medidas de perfeccionamiento del Anteproyecto, hasta llegar al Anteproyecto Detallado. Previamente a la definición del Anteproyecto Detallado, y del Inicio de la Fase de Planificación de la Construcción, pero considerando que los vecinos de las Áreas de Impactos Ambientales y Sociales ya estarían suficientemente movilizados y dispondrían de puntos de vista suficientemente sedimentados, basados en información adecuada en cantidad y calidad, los funcionarios de las Secretarías de Desarrollo Social y Participación Ciudadana y de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de Córdoba, desarrollarán 2 grupos focales, uno con participantes que residan o trabajen en el Área de Impactos Ambientales y Sociales Directos y otro con participantes que residan o trabajen en el Área de Impactos Ambientales y Sociales Indirectos. 8.2. Fase de Planificación de la Construcción La información y consulta pública con la comunidad, para esta fase, será desarrollada luego de: · definido el Anteproyecto Detallado, y en proceso de elaboración el Proyecto Ejecutivo · incorporado legalmente este MMAyS en los pliegos y contratos de obra y supervisión, · firmados los contratos de obra y supervisión y, · definidas las responsabilidades de cada uno de los actores (UEP, Municipio, contratista, supervisor y comunidad) y formulados los borradores avanzados de los siguientes planes, programas de manejo y otras actividades: Plan de Reasentamiento Abreviado (PRA), a cargo del Municipio, y en caso que el Proyecto lo requiera (y siguiendo las pautas ya indicadas en este mismo módulo B). Plan Específico de Manejo Ambiental y Social de la obra, a cargo ­como todos los que siguen-- del contratista y realizada, también como los otros planes, programas y actividades listados a continuación, la previa consulta y pedido de aprobación por parte de la Supervisión de Obra, con la UEP y con cada una de las instituciones u organismos que corresponda según los casos. Programa de Manejo del Paisaje. Programa de Manejo de Tránsito y Señalización. Programa de Manejo del Patrimonio Histórico Cultural y Hallazgos Arqueológicos. Programa de Manejo de las Actividades Constructivas. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 130 Programa de Manejo de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental. Programa de Información y Comunicación. Gestión y coordinación con empresas concesionarias de transporte (urbanas, interurbanas o de ferrocarril). Gestión y coordinación con otras entidades Los objetivos del proceso de Información y Consulta Pública en esta fase son los siguientes: · Informar a la comunidad de manera clara, veraz y oportuna sobre la incorporación de las sugerencias de ésta en los diseños y medidas de manejo. · Informar a la comunidad de manera igualmente clara, veraz y oportuna sobre algunos aspectos significativos para la misma en proceso de incorporación al Proyecto Ejecutivo en elaboración, así como los momentos principales del cronograma de obras. · Presentar la evaluación final de impactos y medidas de manejo, muy especialmente en lo que hace a asegurar la accesibilidad a los comercios, servicios y residencias afectadas por las actividades de construcción, pero también a cuestiones como manejo de molestias o peligros pasibles de generarse en ese proceso. · Presentar a la comunidad el Plan de Información y Comunicación a ser ejecutado durante todo el proceso constructivo, incluyendo los responsables en los procesos de información a la comunidad y de recepción, canalización y solución de quejas y reclamos. Será responsable del proceso de información y comunicación pública en esta fase, el contratista de obras y ejercerán el monitoreo del mismo, tanto el supervisor de obras (en especial verificación de correcto funcionamiento del Punto Frente de Obra y de los Sitios Satélites de Información), como la Municipalidad de Córdoba a través de las Secretarías de Desarrollo Social y Participación Ciudadana, de Salud y Ambiente y la Subsecretaría de Cultura y Comunicación. El proceso en esta fase involucrará: (a) un 2º Taller, ahora bajo la responsabilidad del Contratista, cuyo objetivo y mecánica se explicitan a continuación y (b) Actas de Estado del Predio, (c) Actas de Compromiso y (d) Registro Fílmico de las vías para PMT. 2º Taller de Información y Consulta Pública El taller, a realizarse dentro del período que transcurre entre la iniciación del Plan de Información y Comunicación en esta fase y el inicio de las obras, tendrá por objetivos: · Presentación del Contratista. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 131 · Presentación del supervisor. · Plan de Manejo de Tránsito y Señalización (PMTyS) ­ Plan de desvíos y accesibilidad al lugar (entrega de volantes de PMT), diseños de señalización provisional. · Facilidades para desplazamientos peatonales. · Diseño definitivo del Proyecto Vial y características de diseño urbano. · Explicación detallada del Proyecto y de las obras a construir, con Planos en escala 1:500 y fotomontaje del Proyecto, y (de ser posible) maqueta con detalles en la misma escala o animación digital · Etapas de la obra y su cronograma de ejecución. · Plan Específico de Manejo Ambiental y Social. · Accesos vehiculares a Predios: Normatividad vigente, requisitos para la definición de accesos vehiculares a predios, tiempos en que el propietario o locatario del predio debe adjuntar la documentación para la definición del tipo de acceso vehicular que tendrá su predio (el contratista deberá abrir una carpeta para cada uno de los predios que aporten la documentación exigida en la normatividad vigente). Igualmente, se acordará entre contratista y comunidad el plan de cerramientos, horarios de trabajo, entre otros aspectos. · Plan de Información y Consulta Pública: Se informará de la continuidad de los Puntos Frente de Obra, Puntos Satélites y demás estrategias que lo conforman. Adicionalmente, se revisarán y ajustarán los aspectos del funcionamiento de la Comisión Vecinal del Proyecto, creada en la Fase Preliminar. Este taller tendrá características muy semejantes al llevado a cabo durante la Fase Preliminar, Anteproyecto Preliminar. Su única diferencia organizativa, aparte de recaer las responsabilidades en el contratista, es que la convocatoria garantizará, principalmente, la presencia de los vecinos residentes y organizaciones comunitarias del Área de Impactos Ambientales y Sociales Directos, por ser la más involucrada en la fase de construcción. Actas de Estado de los Predios: Además del taller indicado, durante esta fase se levantarán Actas de Estado de los Predios. Estas últimas son documentos que buscan establecer el estado físico de los inmuebles antes del inicio de las obras con el fin, en caso de reclamos y quejas, de poder establecer la responsabilidad del contratista en caso de daños a los mismos en el Área de Impactos Ambientales y Sociales Directos del Proyecto y eventualmente también en otros predios estimados como igualmente vulnerables aunque no estuvieran incluidos en dicha área, y se levantarán para cada uno de tales inmuebles. El levantamiento de las Actas MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 132 conlleva la toma de fotografías, que se deberá realizar teniendo en cuenta lo siguiente: · Utilizar cámara digital. · Realizar una toma general de la fachada del inmueble y un registro detallado del área interna del mismo según el caso o cuando el representante técnico del contratista o el delegado de la supervisión lo requieran. · Registrar en las fotos los detalles o daños existentes en las paredes como: humedad, grietas, fisuras, estado de la pintura, entre otros. · Al Acta se adjuntará la fotografía impresa a color de la fachada que identifique el inmuebles con su respectiva nomenclatura. Igualmente, a cada acta se anexarán, en soporte magnético, las fotografías que se hayan tomado al interior del predio. En cuanto al procedimiento a llevar a cabo con las Actas de Estado del Predio: · El Contratista deberá entregar a la Supervisión la programación del levantamiento de las mismas, en la cual especifique, fecha, direcciones, hora y responsable de la tarea, para su correspondiente aprobación, cinco (5) días antes de la fecha de inicio del levantamiento de las mismas. · El acta deberá llevar la firma del contratista, del supervisor, de la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Córdoba y del propietario o locatario del inmueble. Cada uno de estos actores conservará copia del acta, legalizada por escribano público. · Si durante la Fase de Construcción, se llegara a presentar algún reclamo por daños en alguno o varios de los inmuebles, el contratista programará una visita técnica a cada uno de los predios, para lo cual un profesional de la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Córdoba citará, previamente, a cada una de las personas que hubiese interpuesto la queja, y deberá realizar dicha visita dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en la cual se presentó el reclamo. Si la persona que interpuso la queja no asistiese, el contratista deberá reprogramar la actividad con el fin de que en la nueva visita realizada, esté presente dicha persona. En dicha actividad deberán estar presentes los profesionales: responsable de la obra, de la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Córdoba y de la supervisión de obra, y se deberá llevar la correspondiente Acta de Estado del Predio, con las fotografías de soporte impresas a color en tamaño postal correspondientes al área relacionada en la respectiva queja. Se procederá a evaluar los daños y determinar la responsabilidad, apoyándose en las tomas fotográficas realizadas MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 133 oportunamente. Igualmente, el contratista realizará un nuevo registro fotográfico en el área afectada para comparar los cambios que pudiesen haberse presentado, el que se incorporará al acta inicialmente levantada y constará en cada una de sus copias, nuevamente legalizadas. De la misma forma, el contratista levantará acta de cada una de las visitas que se adelanten durante el proceso de verificación de responsabilidades. En la reunión de la Comisión Vecinal del Proyecto posterior a la fecha de realización de la visita, la supervisión de obra deberá entregar su dictamen frente a la responsabilidad o no del contratista en el daño al inmueble. En el caso en el que la supervisión hubiese establecido la responsabilidad del contratista, éste último deberá entregar el cronograma de trabajo que ejecutará para reparar los daños. El contratista deberá proceder a iniciar la reparación de los daños causados en el predio dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de reunión de la Comisión Vecinal del Proyecto y dicha actividad no deberá superar los plazos aprobados por la supervisión en el cronograma señalado por el contratista. Cuando se presenten discrepancias entre la supervisión y el contratista sobre la responsabilidad de éste en los daños al predio, se acudirá a la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Córdoba, para que resuelva la controversia. Si el Municipio estableciese la responsabilidad del contratista en el daño al inmueble, deberá comunicar dicha decisión, a través de su delegado en la siguiente reunión de la Comisión Vecinal del Proyecto. Por lo cual el contratista deberá proceder a las reparaciones dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la realización de la reunión de la Comisión Vecinal del Proyecto, sin que lo anterior implique remuneración adicional para el contratista. Para el caso en el cual el contratista no reparase los daños que por responsabilidad de su actividad hubiere causado a los predios, dentro del plazo previsto en cada uno de los contratos, este hecho se considerará como un incumplimiento de los pliegos Ambientales y Sociales que forman parte del contrato de obra y, por tanto se hará acreedor a las multas previstas para tal fin. Una vez entregada la reparación correspondiente se procederá a realizar, nuevamente, el registro fotográfico del inmueble y a adjuntarlo al acta inicial de la manera antes indicada, y en un expediente de seguimiento que se implementará para cada caso. En este último se consignará la evaluación del afectado sobre las reparaciones realizadas por el contratista con la respectiva firma de recepción satisfactoria. Para cada caso que se presente, el contratista establecerá un expediente en el que se archive el proceso adelantado, dando cuenta de cada una de las acciones de evaluación, seguimiento y entrega de la reparación a satisfacción del afectado; al igual que los demás documentos relacionados con el caso. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 134 NOTAS: El Contratista deberá entregar la copia del Acta de Estado del Predio y fotografía impresa de la fachada del inmueble, al propietario o inquilino del mismo, y además a la supervisión y a la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Córdoba, como máximo a los cinco (5) días de levantada el acta. El contratista deberá haber confeccionado, antes del inicio de la obra, la base de datos del inventario de predios objeto de Actas de Estado del Predio, dicho relevamiento será verificado por la supervisión. En todo caso, el contratista deberá garantizar que a todos los predios ubicados en el Área de Impactos Ambientales y Sociales Directos se les levante Acta del Estado de los Predios. Igualmente, si identifica que algún predio no ubicado en dicha área pudiera verse afectado por la construcción del Proyecto o sus acciones complementarias (desvíos de tránsito, ruta entre frentes de obra y obrador, etc.), deberá realizar el levantamiento de Acta del Estado del Predio del mismo. Si el contratista por descuido o error no levantase el Acta del Estado de los Predios para alguna unidad ubicada en el área definida y el propietario o inquilino de dicho predio estableciese un reclamo por daños al inmueble, el contratista estará incumpliendo el contrato y deberá hacerse cargo de los procesos de adecuación de la vivienda, comercio, etc., de que se trate. Actas de Compromiso Las Actas de Compromiso se suscribirán entre el contratista y el propietario del predio cuando la ejecución de la obra requiera de un permiso particular del propietario o inquilino para realizar una actividad de obra, como por ejemplo la construcción de una rampa de acceso vehicular en solo uno de los frentes del predio, el retiro de las tapas de los contadores de agua en un tiempo determinado o la definición del nivel de acceso a cada predio, entre otros. Registro Fílmico de las vías para PMTyS El Contratista deberá levantar un registro fílmico de las vías que serán utilizadas como desvíos durante la implementación del PMTyS. El contratista deberá entregar a la supervisión una programación detallada para el levantamiento de dicho registro en el cual incluya fecha, vía, hora y responsable de la filmación; esta programación deberá ser entregada para su correspondiente aprobación cinco (5) días antes de la fecha de inicio de la filmación. El registro fílmico deberá ser entregado a la supervisión en el primer informe del contrato. Las vías deberán ser filmadas en planos abiertos o generales y desde puntos altos de tal forma que las tomas sean panorámicas, (de tal manera que se pueda apreciar el estado de la vía). El registro fílmico deberá estar levantado cinco (5) días antes del inicio de la adecuación de desvíos correspondiente a la ejecución de la obra. Informes de Gestión El Contratista enviará a la Supervisión de obra el resumen de actividades mensuales a más tardar el último día hábil de cada mes. Al finalizar el contrato deberá entregar un informe final donde incluya el consolidado de la implementación del Plan de Información y Comunicación en la obra, así como el análisis y las recomendaciones que surjan y permitan el mejoramiento continuo del Plan. Este último, en fases de planificación y ejecución de obra y de operación será evaluado y aprobado por la supervisión de obra. Para estos efectos el contratista entregará el Plan y su correspondiente cronograma de MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 135 ejecución cinco (5) días antes del inicio de la Fase de Planificación. Para adelantar la evaluación y el seguimiento a la ejecución del Plan por parte del contratista, se realizará una reunión mensual de evaluación del mismo en la cual participarán el responsable de supervisión de obra, y el especialista social del contratista. En esta reunión el contratista deberá entregar el informe mensual de Información y Consulta Pública en donde presente las actividades y avance en el cumplimiento del cronograma. 8.3. Fase de Construcción El contratista debe informar a la comunidad, muy particularmente a la ubicada en el Área de Impacto Ambiental y Social Directo del Proyecto, a través de dos talleres informativos y de consulta: uno de avance de obra, y otro de finalización de la misma. El 3º Taller de Información y Consulta Pública, referido al estado de avance de la construcción la debe realizar al 50% de la Fase de Construcción y el 4º Taller, de finalización, al 95%, de la misma fase. Si el Proyecto tuviera una duración inferior a tres (3) meses en la Fase de Construcción, el Contratista realizará sólo un 3º Taller. Al taller o a los dos tipos de talleres se convocará a los residentes, comerciantes formales e informales, industriales, organizaciones comunitarias, autoridades locales y propietarios que estén ubicados, prioritariamente, en el Área de Impacto Ambiental y Social Directo del Proyecto, aunque estarán igualmente abiertos a todo el público. Para la realización de estos talleres el contratista deberá contar con la asesoría y seguimiento de la supervisión de obra, igualmente deberá atender las sugerencias del área social del Municipio. Los objetivos de este 3º Taller de Información y Consulta Pública, enfocado en el avance de obra, convocado por el contratista y que deberá ser aprobado por la supervisión de obra y se presentará con anterioridad a la realización del mismo a la UEPTUBA-GEF y al Municipio son, por una parte, exponer: · El estado de avance técnico, social y ambiental del Proyecto · los tiempos previstos para las actividades restantes. · Ajustes al diseño definitivo de la obra vial y características de diseño urbano, tendientes al mejoramiento del Proyecto y/o minimización de sus impactos · Eventuales ajustes al Plan de Manejo de Tránsito y Señalización (PMTyS) ­ Plan de desvíos y accesibilidad al lugar y diseños de señalización provisional, en función de los mismos motivos indicados en el ítem previo. · Eventuales cambios en las facilidades para desplazamientos peatonales, por los mismos motivos indicados en los dos ítems previos. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 136 Por otra parte, evaluar y proponer ajustes, en conjunto con los concurrentes al taller, acerca de: · Las medidas de mitigación ambiental y social que integran el Plan correspondiente en la Fase de Construcción, · Los mecanismos de recepción de quejas y reclamos, · Los accidentes o molestias imprevistos que pudieran haber ocurrido. Los objetivos del 4º Taller, de finalización de la construcción, consisten, por una parte, en: · La presentación, por parte del contratista del estado final del Proyecto e, · Información de la fecha de finalización de la construcción Por otra parte: · Recepción de inquietudes (sugerencias quejas y/o reclamos) de los vecinos concurrentes, a fin de darles respuesta adecuada, previo seguimiento y verificación de la supervisión, la que deberá remitirla a la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Córdoba, para atender lo requerido por la comunidad en el taller. Este informe es requisito para suscribir el acta de cierre socio-ambiental, · Realización de un recorrido por la obra con los integrantes de la Comisión Vecinal del Proyecto, como parte de la entrega formal de la obra. Estos talleres tendrán, en los aspectos organizativos, las mismas características que el llevado a cabo durante la Fase de Planificación de la Construcción. 8.4. Fase de Operación del Proyecto Esta fase será desarrollada luego de finalizada la construcción de la obra y hecha la entrega provisoria de la misma a la jurisdicción de la cual dependa la red vial modificada por el Proyecto. Actividades Los objetivos del proceso de Información y Consulta Pública en esta fase, que continúa a cargo del Contratista, y monitoreada por la Supervisión, son los siguientes: · Informar a la comunidad sobre las características definitivas de la obra provisoriamente entregada a las autoridades correspondientes. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 137 · Realizar una reseña sobre el proceso de información y consulta y de las consecuencias de tal proceso en el resultado final alcanzado. · Debatir con la comunidad las lecciones aprendidas en el proceso. · Proponer a la comunidad formas más adecuadas de mantenimiento y de los papeles de la misma y de los actores públicos en la sustentabilidad del Proyecto. · Informar a la comunidad acerca de los cuidados necesarios en el mantenimiento de la vegetación implantada por el Proyecto Será responsable del proceso de información y consulta pública en esta fase, el contratista de obras y ejercerán el monitoreo del mismo, tanto el supervisor de obras, como la Municipalidad de Córdoba a través de las Secretarías de Desarrollo Social y Participación Ciudadana, de Salud y Ambiente y la Subsecretaría de Cultura y Comunicación. El proceso en esta fase involucrará las siguientes estrategias: (a) un 5º Taller de Información y Consulta Pública denominado de sostenibilidad, y enfocado a temas de mantenimiento, bajo la responsabilidad del contratista, cuyo objetivo y mecánica se explicitan a continuación, (b) Reuniones con la Comisión Vecinal del Proyecto, (c) Volante de Información de las actividades de mantenimiento, (d) Convocatorias y (e) Volante semestral de información sobre Conservación. a) Taller de Sostenibilidad Este taller, a realizarse dentro del primer mes de iniciada la Fase, tendrá por objetivos, además de los indicados en a., recibir de los vecinos residentes en las Áreas de Impacto Ambiental y Social, tanto directas como indirectas: Una evaluación del desempeño del contratista y de la supervisión en el proceso de Información y Consulta realizado durante las dos fases previas y, comentarios, críticas, sugerencias, para llevar adelante el proceso de mantenimiento del Proyecto. Tendrá una forma de convocatoria, una mecánica y formas de registro, semejantes a las de los talleres llevados a cabo durante las fases de Planificación y Ejecución de obra. La convocatoria será pública y abierta, pero garantizando, principalmente, la presencia de los vecinos residentes y organizaciones comunitarias, tanto del Área de Impactos Ambientales y Sociales Directos, como del Área de Impactos Ambientales y Sociales Indirectos. b) Reuniones con la Comisión Vecinal del Proyecto El Contratista deberá realizar una o más reuniones (dependiendo de la duración del período de garantía de la obra) con la Comisión Vecinal del Proyecto durante esta Fase y hasta finalizar el período de garantía. La primera (o única) reunión de mantenimiento se realizará dentro de los cinco (5) primeros días del sexto mes de iniciada esta fase. En la primera reunión, el Contratista entregará y explicará a los asistentes la cartilla de mantenimiento. En cada reunión el Contratista (i) explicará los aspectos más relevantes de los trabajos de mantenimiento encaminados a que la comunidad comprenda y MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 138 apoye el alcance de dichos trabajos; (ii) explicará cuál es la responsabilidad ciudadana en el cuidado y buen uso de la obra construida, (iii) presentará un resumen de los trabajos realizados, en ejecución y a realizar y, (iv) recogerá y gestionará las inquietudes de la comunidad y realizará un seguimiento de los compromisos de mantenimiento adquiridos por los participantes en el Taller de Sostenibilidad. c) Volante de Información de las actividades de mantenimiento Cuando el contratista deba desarrollar actividades de mantenimiento de la obra que afecten la cotidianidad de la comunidad aledaña a la misma, como la intervención de redes de servicios públicos que genere la suspensión de los mismos, la restricción de tráfico y cierre de vías, al igual que la restricción del acceso a los predios, se debe dar aviso a la población afectada mediante volantes informativos, y todas las otras posibles estrategias indicadas en esta guía (especialmente carta entregada en el inmueble, comunicación telefónica, mensaje de correo electrónico), por lo menos con cinco (5) días de anticipación a la ejecución de la actividad, y publicada simultáneamente en la página web del Proyecto. d) Convocatorias La convocatoria para las reuniones de mantenimiento se realizará a los representantes de la Comisión Vecinal del Proyecto y al Municipio, así como a las demás organizaciones de representación ciudadana. Las convocatorias las deberá realizar directamente el contratista a través de cartas de invitación repartidas predio a predio o entregadas en las sedes de las organizaciones o entidades, y todas las otras posibles estrategias indicadas en esta guía. Las convocatorias se realizarán ocho (8) días antes de la realización de las reuniones. e) Volante final de información sobre Mantenimiento El Contratista deberá realizar una entrega final al finalizar el período de garantía de la obra, del volante de información sobre mantenimiento. Este deberá ser repartido predio a predio, y por todas las otras posibles estrategias indicadas en esta guía a la comunidad ubicada en el Área de Impactos Ambientales y Sociales Directos. La entrega se realizará dentro de los cinco (5) primeros días de finalizado el período de garantía, con el fin de informar a la comunidad sobre las actividades que se realizaron durante el mismo. Este volante deberá incluir la siguiente información: (i) dirección y línea telefónica de la Oficina de Reclamos del Municipio, (ii) información sobre las actividades de mantenimiento que ha desarrollado. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 139 9. Actividades y Responsabilidades La siguiente tabla contiene una guía que debe ser convenientemente ajustada e incorporada en la formulación del Sistema de Gestión Social: Responsable Fase Actividad Responsable Ejecución Revisa y Colabora Momento de realización Supervisión Preliminar Definición Conceptual de Proyecto Municipio UEPTUBA-GEF Al inicio del Proyecto. Información a Organismos de Planificación del UEPTUBA-GEF Una vez definido conceptualmente el Transporte proyecto. Relevamiento Institucional Local Equipo Ambiental Social Municipio Al inicio del Proyecto UEPTUBA-GEF Screening Preliminar Municipio Equipo Finalizada la etapa de Relevamiento Ambiental Social Institucional Local y una vez aprobada la UEPTUBA-GEF Definición Conceptual. 1ª etapa Plan de Información y Consulta Equipo Ambiental Social y Equipo Una vez completado el Screening Pública (PICoP): Instalación Punto Frente de de Comunicación Ambiental Social Preliminar Obra y Puntos Satélites, afiches y volantes Municipio UEPTUBA-GEF informativos (anuncio futura formación de Comisión Vecinal), etc. Grupo Focal con vecinos Área Equipo Ambiental Social y Equipo ONG, Una vez avanzada 1ª etapa PICoP y de Comunicación Ambiental Social organización de previo a la elaboración del Anteproyecto Impactos Ambientales y Sociales Directos e Municipio UEPTUBA-GEF base, Preliminar Indirectos universidad local (como veedor) Evaluación Expeditiva Municipio UEPTUBA-GEF Una vez desarrollado el Anteproyecto Preliminar con los resultados del Screening Preliminar 2ª etapa PICoP: 1º Taller de Información y Equipo Ambiental Social y Equipo ONG, Una vez desarrollada la Evaluación Consulta Pública: presentación y discusión de de Comunicación Ambiental Social organización de Expeditiva, basada en el Anteproyecto la Evaluación Expeditiva y formación Comisión Municipio UEPTUBA-GEF base, Preliminar y como insumo inicial para el Vecinal del Proyecto universidad local diseño del Anteproyecto Detallado MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 140 Responsable Fase Actividad Responsable Ejecución Revisa y Colabora Momento de realización Supervisión (como veedor) 2ª etapa PICoP (continuación): Equipo Ambiental Social y Equipo A continuación del 1º taller de Información Funcionamiento Punto Frente de Obra y de Comunicación Ambiental Social y Consulta Pública y formación de la Puntos Satélites, Comisión Vecinal, nuevos Municipio UEPTUBA-GEF Comisión Vecinal del Proyecto y como afiches y volantes informativos, radio FM, insumo continuo para el diseño del periódicos locales, etc. Anteproyecto Detallado. Dos Grupos Focales: (i) con vecinos Área Equipo Ambiental Social y Equipo ONG, Antes del inicio de la Fase de Impactos Ambientales y Sociales Directos y de Comunicación Ambiental Social organización de Planificación de la Obra y como insumo (ii) con vecinos Área Impactos Ambientales y Municipio UEPTUBA-GEF base, final (y de verificación de los previos) para Sociales Indirectos universidad local el diseño del Anteproyecto Detallado (como veedor) Etapa de realización de estudios previos para Especialista social PTUBA Área de Luego de la realización de la Evaluación el PRA: censo y diagnóstico socioeconómico, o equipo (PTUBA y desarrollo social Expeditiva y cuando se cuenta con una levantamiento topográfico, estudio de títulos y especialistas sociales del del Municipio identificación preliminar de inmuebles y tasación de los inmuebles municipio) o equipo de las actividades económicas y sociales consultores afectadas. Identificación de impactos / afectaciones y Especialista social PTUBA Área de Una vez concluida la realización de los análisis y propuesta de alternativas de o equipo (PTUBA y Desarrollo Social estudios previos. solución. especialistas sociales del del Municipio. municipio) o equipo consultores Formulación del Plan de Reasentamiento Especialista social PTUBA Área de Antes de la contratación del proyecto Abreviado o equipo (PTUBA y Desarrollo Social ejecutivo y la empresa contratista. especialistas sociales del del Municipio. municipio) o equipo consultores MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 141 MÓDULO C ­ MANEJO DE LA VEGETACIÓN Y EL PAISAJE. 1. Introducción 1.1. Descripción En este programa se describen cada uno de los pasos que se deben desarrollar para el manejo de la vegetación. También se describen las principales medidas requeridas para anticipar los tratamientos a la vegetación una vez aprobados por la autoridad competente, y se establecen lineamientos para la formulación e implementación de los diseños paisajísticos correspondientes, así como para el diseño del Plan de Mantenimiento. 1.2. Identificación de Impactos Dependiendo de las características de cada proyecto y durante las actividades de construcción se pueden presentar los siguientes impactos ambientales: · Reducción de la cobertura vegetal. · Reducción de la masa arbórea o forestal · Ruido por operación de maquinaria y equipos. · Emisiones de gases y partículas. · Contaminación del suelo. · Alteración paisajística. · Deterioro de la capa orgánica del suelo. · Cambio del microclima del lugar. · Reducción de las zonas verdes. · Generación de residuos de material vegetal. · Generación de residuos de movimiento de suelos y escombrería Estos impactos deben ser prevenidos, mitigados, corregidos y compensados, según sea el caso, implementando los programas elaborados en base a la presente Guía, y diseñando las medidas apropiadas para las actividades que no se encuentran aquí contempladas. 1.3. Requisitos ambientales para el Manejo de la Vegetación y el Arbolado Urbano El Contratista debe presentar como parte de su propuesta un Plan de Manejo de la Vegetación y el Paisaje. Para establecer un plan de manejo adecuado de la vegetación y la forestación del área de influencia del proyecto es menester elaborar la identificación y evaluación de las condiciones de base. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 142 Esta Línea de Base del arbolado y la vegetación existente deberá ser presentada ante la autoridad competente local (Dirección de Parques y Paseos), para su consideración o, en su defecto a la UEPTUBA-GEF. 1.4. Elaboración de la Línea de Base Se debe realizar una evaluación detallada de toda la cobertura vegetal (vegetación arbustiva y arbórea) que se encuentre en el área de influencia del proyecto, y que pueda ser afectada por la obra o afectar la estabilidad de las construcciones, con el fin de conocer los individuos que se afectarían por las actividades de construcción o que vienen generando daños sobre la infraestructura existente, aquellos que pudiesen afectar de una u otra forma la estabilidad del proyecto y aquellos que presenten mal estado fitosanitario, riesgo de caída o que puedan comprometer la integridad del flujo vehicular y peatonal, así como la infraestructura adyacente. Asimismo, deben consignarse los criterios técnicos que determinan el tipo de tratamiento que se debe aplicar al individuo (poda, traslado o tala), dependiendo del tipo de especie, afectación sobre la obra y del estado físico y sanitario de la vegetación. En esta evaluación se debe determinar detalladamente para cada individuo los siguientes aspectos: Estado físico: Ramificación Excesiva (ER), podas anteriores (PAA), ramas secas (RS), rebrotes (Rb), Copa asimétrica (CA), ramas pendulares (RP), ramas en peligro de caída (RPC), fuste recto (FR), inclinado (I) muy inclinado (MI), torcido (To), madera revirada (Mv), acanalado (Ac), daño mecánico (DM), anillado (An), descortezado (Dc), socavamiento basal (SB), raíces descubiertas (RD), poda de raíz (PR), parcialmente seco (PS), seco (Se), suprimido (Su), altura total (H), altura de fuste (Hf). Estado Sanitario: Sano (Sa), Clorosis (Cl), gomosis (Go), tumores (Tu), hongos (Ho), presencia de insectos (Pi), pudrición localizada (PL), agallas (Ag), presencia de epífitas (Pe), líquenes (li). Situación. Zona de pendiente (ZP), mal anclado (MA), cercano a estructura (CE), interferencia con redes (IR), daño a infraestructura (DI), peligro de volcamiento (PV), especie susceptible de volcamiento (ESV), inadecuado distanciamiento (ID). Concepto técnico: Tala (T), conservar (Co), traslado (Tra), poda de formación (PF), poda de estabilidad (PE), poda de mejoramiento (PM), poda radicular (PR), tratamiento integral (TI), fertilización (Fe), Control fitosanitario (CF) Valoraciones: Estética (VE), ecológica (VEe), paisajista (VP) y ambiental (VA). El inventario de la vegetación debe cumplir con los siguientes requisitos: · La marcación de toda la vegetación en el terreno en forma consecutiva e irrepetible, con pintura de aceite o plaquetas de aluminio sobre el fuste. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 143 · Volcar los datos en una Planilla de Inventario Forestal, en la cual se registrarán todos los individuos inventariados. · Elaborar una ficha técnica de registro por individuo, que incluya el registro fotográfico (en vista completa y detallada), descripción física, sanitaria, situación, concepto técnico y valoración, de acuerdo con lo establecido anteriormente, de cada uno de los individuos inventariados. · Elaborar un plano georreferenciado a una escala entre 1:500 y 1:2.000, indicando con exactitud la ubicación de cada uno de los individuos inventariados, de acuerdo con la numeración establecida en el terreno, por color de acuerdo al tratamiento recomendado (Rojo: Tala, Verde: Conservar y Azul: Bloqueo y traslado). La ubicación de los individuos vegetales en el plano deben estar soportados con los diseños respectivos de la obra, para justificar los tratamientos solicitados; por ejemplo: redes de servicios, ampliación de vías, adecuación del espacio público, entre otros. Estos planos deben ser complementados con cuadros y/o convenciones que faciliten la lectura e identificación de todos los elementos del área de influencia directa del proyecto. · Se deberá revisar que el manejo de la vegetación propuesta no este incluido en una resolución, para lo cual se verificara si el tratamiento es el solicitado, o en caso contrario se harán las solicitudes de modificación del tratamiento a la resolución aprobatoria. El inventario de la vegetación también deberá realizarse en predios privados que se afecten con el proyecto, siempre y cuando estén en proceso de adquisición por parte del Municipio correspondiente. Es importante resaltar que la numeración realizada en terreno a cada individuo, debe coincidir con la numeración reportada en las fichas técnicas por individuo, en la planilla de inventario forestal y en los planos de ubicación. Esta documentación debe ser respaldada por un profesional responsable (ingeniero forestal, biólogo, ingeniero agrónomo, etc.) 1.5. Lineamientos previos a la realización de los tratamientos a la vegetación Para el manejo de la vegetación el Contratista deberá tener en cuenta los siguientes lineamientos: Desarrollar este componente dando cumplimiento a la normatividad ambiental vigente. El Contratista deberá presentar un Plan de Manejo de la Vegetación y del Paisaje (PMVyP) detallado, el cual incluirá como mínimo: · Cronograma de las actividades de manejo de la vegetación y del paisajismo. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 144 · Procedimiento específico a seguir para el manejo de cada uno de los individuos inventariados, dependiendo del tratamiento a realizar. · Responsables de los trabajos con la vegetación. · Permisos requeridos por las autoridades ambientales. · Proceso para trabajos en alturas. · Manejo de Contingencias. · Manejo de la vegetación plantada como parte del diseño paisajístico y de compensación. · Plan de Mantenimiento El Contratista debe revisar, ajustar y actualizar los planos e inventario de la vegetación objeto del proyecto, de acuerdo a los requerimientos, conceptos de diseño y observaciones de la Dirección de Parques y Paseos de la Municipalidad de Córdoba, de la UEPTUBA-GEF o de quien corresponda de acuerdo al proyecto de que se trate, durante la fase de iniciación del mismo. Para la revisión de la Línea de Base por parte de la Autoridad Competente, el Contratista debe brindar todo el apoyo logístico y técnico que sea necesario con el propósito de poder llevar a cabo la visita de evaluación de la misma, así como la aclaración de cualquier duda por parte de los funcionarios que revisen la Línea de Base. La visita que realice la Autoridad Competente para revisar en campo la Línea de Base debe ser acompañada por el representante ambiental del Municipio, el de la Supervisión, el de la UEPTUBA-GEF y el o los especialistas responsables del inventario por parte del Contratista. En el caso en que en el proceso de revisión de la Línea de Base, la Autoridad Competente requiera información adicional, el Contratista deberá entregarla a la UEPTUBA-GEF para su revisión y aprobación, en un plazo no mayor a tres (3) días después de realizada la visita técnica de revisión de la Línea de Base. Una vez aprobada la Línea de Base por parte de la Autoridad Competente, el Contratista deberá revisar los tratamientos de vegetación aprobados por ésta de tal forma que en un plazo máximo de dos (2) días calendario después de recibir la copia de la respectiva aprobación, el Contratista debe entregar a la UEPTUBA-GEF con copia a la Supervisión, la sustentación técnica del recurso de reposición que vaya a implementar. En caso que se presente pérdida, no sobreviva, o se afecte considerablemente su estructura principal (daño en su fisonomía o arquitectura en al menos un 30%) de la vegetación arbustiva y arbórea que forme parte del Área de Impactos Ambientales y Sociales Directos e Indirectos del proyecto, en cualquiera de las etapas de preconstrucción, construcción y mantenimiento que establezca el contrato, el contratista deberá como medida de compensación (la responsabilidad por pérdidas de individuos vegetales quedará a cargo del Contratista) plantar tres (3) individuos vegetales, por cada individuo vegetal afectado, ya sea de permanencia o traslado (antes, durante o después de su MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 145 reubicación), de las especies que el Municipio, la Supervisión y la UEPTUBA- GEF determinen, teniendo en cuenta como mínimo, lo siguiente: i) los individuos deben tener una altura mínima de 1.5 metros y presentar excelentes condiciones físicas y sanitarias, y podrán ser sembradas donde el Municipio, lo determine; ii) el mantenimiento respectivo para cada uno de los individuos plantados se hará por un (1) año como mínimo, salvo que los pliegos establezcan mayor cantidad de especies y un tiempo mayor de mantenimiento. En caso de no hallarse sitio para la siembra de los árboles de compensación, el contratista deberá pagar al Municipio o, en su defecto, a la UEPTUBA, el valor correspondiente, teniendo en cuenta el costo de los árboles de 1.5 metros de altura, incluyendo el costo de la siembra y del mantenimiento por un año. En caso que algún árbol plantado por el Contratista como parte de la implementación del diseño paisajístico o que haga parte de la compensación, presente pérdida, no sobreviva, o se afecte considerablemente su estructura principal (daño en su fisonomía o arquitectura en al menos un 30%), deberá ser reemplazado por el Contratista en un plazo no mayor a dos (2) semanas; el individuo debe presentar excelentes condiciones sanitarias y físicas, en especial un fuste recto y fuerte de acuerdo con su especie. Las anteriores consideraciones se establecen independientemente de las acciones o multas legales que determine la autoridad competente. El Contratista debe cancelar las compensaciones exigidas por la Autoridad Competente en los plazos establecidos en el documento aprobatorio de la Línea de Base, lo que es requisito para el cierre ambiental de la fase constructiva. 2. Diagnóstico Dentro de la política de desarrollo sostenible de obras será preferible la recuperación e inclusión de la vegetación existente al proyecto en lugar de su tala, siempre y cuando, esto sea técnicamente posible y la vegetación no afecte el adecuado desarrollo del proyecto y de la obra. 2.1. Orden de abundancia de especies Con base en la información tomada en el terreno, establecer en forma detallada: nombre común, nombre científico, familia, cantidad, porcentaje (%) con relación al total inventariado, origen de cada una de las especies inventariadas, incluyendo la vegetación nativa y exótica. Número Nombre Nombre de orden Común Científico Familia Cantidad Porcentaje Origen 2.2. Clases de altura Este diagnóstico establecerá igualmente la cantidad de individuos por clases de altura, de acuerdo al siguiente cuadro: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 146 Clases de Altura Grupo I Grupo II Grupo III Grupo IV Grupo V Grupo VI <1.5mts De 1.5 a 3mts 5 a 10 mts 10,1 a 15 mts 15,1 a 20 mts >20 mts Cantidad % Cantidad % Cantidad % Cantidad % Cantidad % Cantidad % 2.3. Tratamientos propuestos para el manejo de la vegetación La determinación de los tratamientos propuestos a la vegetación (tala, poda radicular, poda aérea, bloqueo y traslado, permanencia, fertilización y control sanitario) depende de la afectación de los individuos a la obra o viceversa y del estado físico y sanitario que presenten. Esto implica el desarrollo de un documento o memoria técnica donde se analice la información recolectada en terreno sobre la vegetación inventariada, incluyendo los planos que contengan la superposición de la vegetación con la infraestructura a construir. Tratamiento propuesto Nº de Nombre orden común Perma Tras Poda Fertiliza Control Trata nencia lado Tala (especifi Fitosanita miento Total car tipo) ción rio Integral Total Cuando se requiera el traslado de individuos, debe describirse la justificación del mismo de acuerdo con los siguientes parámetros: especie, porte del individuo, estado físico y sanitario y sitio de emplazamiento propuesto. Teniendo en cuenta que el traslado no es viable para algunas especies, aún cuando los procedimientos se realicen adecuadamente, se recomienda indicar la receptividad al traslado y definir manejos especiales para cada individuo según sus características físicas. Los tratamientos propuestos para podas específicas, fertilización o control fitosanitario, deben incluir la descripción de los procedimientos a seguir así como los productos que se utilizarán para la fertilización y el control fitosanitario. 3. Medidas de Manejo para la realización de los tratamientos aprobados Solamente se realizarán los tratamientos autorizados por la Autoridad Competente. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 147 Todo tratamiento a la vegetación se debe realizar bajo la coordinación y supervisión de un especialista con acreditación profesional vigente. Al menos con cinco días de anticipación a la realización de los tratamientos a la vegetación, el contratista presentará la programación detallada y el correspondiente plan de contingencias a la Supervisión, la cual deberá aprobarlo y remitirlo a la UEPTUBA-GEF para que otorgue su no objeción. Cuando la vegetación del área de impactos directos o indirectos del proyecto sea afectada por el Contratista, se deberá compensar con las cantidades y tiempos establecidos en los pliegos de condiciones o en su defecto en la presente Guía. La metodología que a continuación se describe debe ser adaptada específicamente a las condiciones particulares de cada individuo y a su ubicación. 3.1. Poda Consiste en cortar la parte aérea o radicular de los árboles o arbustos para mejorar su aspecto y mejorar su desarrollo. En la parte aérea se realiza también para eliminar ramas muertas o con daños físicos causados por enfermedad o manipulación inadecuada, disminuyendo o evitando peligros y obstáculos a transeúntes o propiedades. Según su finalidad la poda puede ser: Técnica (formación y estabilidad), Fitosanitaria o mejoramiento (retiro de elementos enfermos) y Artística (dar forma estética); con ellas se busca la salud, vigorosidad, mejoramiento de su porte, adecuación al espacio de implementación para la seguridad de peatones u otros elementos vecinos. Poda de copa Para podar la parte superior de la copa se procede de la siguiente manera, teniendo en cuenta que sólo se debe cortar como máximo un tercio superior de la copa. Se hace un corte inicial en una rama vertical central, a la altura que se quiera dejar el follaje. Este corte debe seguir el procedimiento de poda de ramas. Luego se procede cortando el resto del follaje, siguiendo la muestra establecida, revisando que la nueva copa del árbol no se desforme. Es posible que convenga hacer entresaca de ramas. Esta operación debe realizarse con cuidado de no maltratar el follaje que permanecerá. Finalmente, los cortes deberán ser tratados con cicatrizante hormonal. Poda de ramas El primer corte, de aproximadamente un tercio de diámetro de la rama, se hace por debajo de ésta, a una distancia de 10 cm. del fuste principal y en ángulo igual al creado por el cuello de la rama. Se hace un segundo corte por encima de la rama a unos 20 cm. del fuste, con lo cual la rama se desprende. Se remueve la mayor parte de la rama principal dejando un tocón de aproximadamente 10 cm. El último corte para la terminación del tocón debe hacerse desde arriba. Los tocones dejados por la poda son diferentes para las ramas muertas y vivas. Se debe tener especial cuidado de no cortar la parte viva cuando se poda una rama muerta, y de no cortar el cuello de la rama cuando se trata de una rama viva. Las ramas pequeñas y los rebrotes (1 cm. o menos de diámetro basal), siempre se cortan a mano desde el fuste principal con tijeras de podar. Deben tenerse en cuenta las podas de realce, realizadas MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 148 para fortalecer la conformación de un solo fuste y definir la altura de copa para la seguridad visual y de circulación, especialmente en ciclovías, alamedas y en espacio público con circulaciones peatonales cerca de la vegetación; se aplica cicatrizante hormonal en los cortes de la poda para evitar desintegración o pudrición del tallo y estabilidad del individuo. Poda de raíces Consiste en el corte de las raíces principales y secundarias de los árboles y arbustos adultos que se encuentren en conflicto con redes de infraestructura u obras civiles (calles andenes, edificaciones) y en ocasiones, con el fin de controlar el tamaño final del árbol. Cuando sea posible conservar un árbol mediante confinamiento radicular, se llevará a cabo el siguiente procedimiento: i) poda aérea de la tercera parte exterior de la copa, para evitar la deshidratación y muerte del árbol; ii) limpieza alrededor del árbol en un radio igual o mayor a 3 veces el diámetro del fuste; iii) corte vertical, de profundidad variada de acuerdo con el tipo del sistema radicular que presente cada especie y según la forma del terreno. La poda se debe realizar con tijeras, serrucho o motosierra, nunca con machete; iv) aplicación de cicatrizante hormonal en los cortes de la poda, para evitar desintegración o pudrición de las raíces y desequilibrio entre los sistemas aéreo y radicular; v) cobertura de la excavación con polietileno calibre 6; vi) unión de los transplantes con cinta plástica adhesiva de dos pulgadas, sin dejar espacios abiertos, para garantizar que no pase ningún tipo de raíz, y vii) relleno de la excavación. El material vegetal de desecho generado por la actividad de poda, aprovechamiento o tala será utilizado, en lo posible, para la producción de abonos orgánicos, insumos para siembra, propagación u otras actividades propias de la arborización o entregado a una entidad sin fines de lucro. De no ser esto posible, debe ser adecuadamente dispuesto en zonas autorizadas para la disposición de desechos. Al concluir las obras o la jornada de trabajo, debe quedar completamente limpia la zona de trabajo. Finalmente se debe elaborar un plano a escala establecida inicialmente, donde se ubiquen cada uno de los individuos autorizados para este tratamiento. Una vez finalicen los tratamientos a la vegetación afectada se debe realizar un informe donde se establezca cada uno de los tratamientos y manejo aplicado. 3.2. Bloqueo y traslado Debe seguir el siguiente procedimiento: Poda de la Copa. Debe realizarse poda técnica de la copa del individuo tratado. La intensidad de la misma debe calcularse de acuerdo con el tamaño del bloque de base con el fin de garantizar la maniobrabilidad del mismo, disminuir los requerimientos de agua durante el traslado, disminuir la evapotranspiración y garantizar o mejorar la fisonomía y supervivencia del ejemplar tratado. Evitar al máximo realizar podas drásticas. Bloqueo. Se realiza una excavación para obtener un bloque en forma de cono invertido bien conformado. El tamaño del bloque dependerá de la altura del MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 149 individuo a trasladar, pero en ningún caso el radio mayor del bloque será inferior a 3 veces el diámetro del árbol en la base. En esta etapa se deben considerar las características de cada especie y su emplazamiento. Luego se cortan las raíces con equipo adecuado, teniendo cuidado de no maltratarlas y aplicando cicatrizante en cada corte. Con el fin de garantizar que el bloque permanezca compacto durante el traslado se debe envolver totalmente con una tela de yute, sujetándola por medio de cuerdas debidamente tensionadas. El árbol no puede permanecer bloqueado por más de 3 días. Traslado y replantado. Para el transporte se utilizaran camiones adecuados para no deteriorar el ejemplar. El árbol a trasladarse no debe permanecer fuera del sitio de reubicación sin ser plantado. Una vez ubicado el sitio definitivo donde se plantará el ejemplar autorizado para traslado, se hará un hueco de profundidad igual al tamaño del bloque y como mínimo un metro de diámetro, de tal manera que exista un espacio (30 cm. aproximadamente) entre el bloque y la pared del hueco. Se debe aplicar 20 gramos de hidroretenedor en el hueco donde se reubicará el árbol. Dicho hueco debe ser llenado con tierra negra. El fuste debe protegerse con lona o costal biodegradables, en el punto donde se realiza el amarre para levantarlo. Una vez plantado el árbol se debe realizar un mantenimiento y riego por espacio de un (1) año como mínimo. Se debe realizar una ficha técnica de registro, donde se especifique el número del individuo trasladado, la especie y el sitio de traslado, junto con un plano con la ubicación final. 3.3. Tala Si por afectación directa de la obra, grado de inclinación del árbol o por mal estado físico y sanitario se requiere erradicar vegetación, ésta se realizará técnicamente siguiendo normas de señalización, seguridad industrial y bajo la supervisión de personal especializado y con experiencia en este tipo de labores. La erradicación se ejecutará a partir de la copa (descope) hasta la base del fuste, utilizando amarras para orientar la caída del árbol hacia la zona con menor riesgo y evitar daños a la infraestructura aledaña o a terceros. El manejo de la vegetación, de acuerdo con lo autorizado por la autoridad competente, se realizará de manera técnica y el material vegetal sobrante generado por la actividad de tala, deberá ser retirado de forma inmediata y ser trasladado a sitios autorizados. 3.4. Manejo de la capa orgánica Durante esta tarea se debe cumplir con las medidas de manejo de señalización y seguridad industrial establecidas en la presente Guía, o las medidas necesarias para evitar o minimizar el impacto. En el manejo de la capa orgánica a conformar en los lugares en donde se realicen obras, deben seguirse las siguientes recomendaciones: La profundidad de la capa de suelo depende del estado de la superficie que se vaya a cubrir, como mínimo debe ser de 10 cm. para suelos orgánicos y 20 cm. para suelos no fértiles, previamente el suelo debe ser escarificado. El extendido del suelo debe realizarse sobre el terreno conformado geomorfológicamente (para esto se debe utilizar equipo manual que ocasione la menor compactación posible). MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 150 Para proporcionar un buen contacto entre el terreno a cubrir y el suelo a extender, se debe escarificar la superficie (15 cm. de profundidad) antes de cubrirla. En caso de tenerse un terreno compacto, la escarificación debe ser más profunda (15 a 30 cm., según criterio de la Supervisión o de la UEPTUBA- GEF), esto permite una mejor infiltración y movimiento de agua en el subsuelo, evita el deslizamiento del suelo extendido y facilita la penetración de las raíces. El material extendido debe adoptar una morfología plana. El espesor de la capa del suelo extendido debe estar en función del uso que se le vaya a dar al terreno, la pendiente y la red de drenaje. La calidad de la tierra negra debe evaluarse en conjunto con la Supervisión y la UEPTUBA- GEF o quien ella designe, previo a su instalación, ya que el Contratista debe garantizar que esta tierra no presente sobretamaños, ni contaminación con escombros o basuras. Debe evitarse el paso de maquinaria pesada sobre el suelo ya extendido. Terminada la colocación de la capa fértil, se procederá a la revegetación inmediatamente. Todas las operaciones involucradas en el manejo de la capa fértil del suelo no deben realizarse bajo condiciones de lluvia alta, que generen arrastre de sólidos. En el caso de requerirse la conformación de taludes, éstos se deberán revegetar inmediatamente termine la actividad. Se utilizarán gramíneas y especies que garanticen su soporte en la pared del talud y mecanismos que garanticen su estabilidad. Se deberán cumplir las siguientes condiciones: · Tamaño de 50 x 50 cm. · Los taludes deben ser consistentes y soportar el estacado que los fije. Deben estar previamente podados, contar con riego permanente, y tener salado con suelo orgánico. · Al concluir las obras o la jornada, debe quedar completamente limpia la zona de trabajo. · Igualmente, todas las áreas intervenidas deben ser restauradas ecológica y geomorfológicamente de tal manera que su condición sea igual o mejor a la existente previa a las obras. · Debe implementarse en su totalidad el diseño paisajístico tal como haya sido aprobado para la obra y cualquier cambio en el mismo deberá presentarse por escrito para nueva aprobación. · Las zonas verdes intervenidas, deben ser restauradas mediante la implantación de las especies vegetales que correspondan a la región natural de que se trate, preferentemente especies autóctonas, o en su defecto las que determine la autoridad competente. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 151 · La capa orgánica extraída de los lugares en donde se realicen obras, debe reutilizarse para la conformación de las zonas verdes que requiera el proyecto. 3.5. Manejo de la avifauna en las áreas urbanas El desarrollo de la ciudad trae consigo una serie de beneficios para la comunidad, generando paralelamente impactos negativos para la avifauna, debido a la gran afectación causada a la cobertura vegetal y a sus diversos hábitats. En el ejido municipal de la ciudad de Córdoba, se encuentran presentes aproximadamente 80 especies de aves, entre residentes y transitorias, entendiéndose a estas últimas como aquellas que utilizan el hábitat en alguna época del año. Estas especies se distribuyen en la ciudad según las características de construcción y el grado de parquización, siendo las más conspicuas las palomas (manchada, torcaza, torcacita común y yerutí común), el pirincho, el hornero, el benteveo, el tordo común, el picaflor común, el gorrión y la cotorra. Según el tipo de intervención estas especies pueden verse afectadas negativamente (por destrucción parcial o total del hábitat) y en algunos casos positivamente (aumento del número de perchas de nidificación). En los casos en que la vegetación sea objeto de algún tipo de intervención, se deben evaluar, minimizar y mitigar los posibles impactos sobre la avifauna, en particular en aquellos sitios de mayor susceptibilidad, como los circundantes a parques, plazas y ambas márgenes a lo largo del Río Suquía. Por esto, es necesario realizar el rescate de los nidos con huevos y/o polluelos presentes en la vegetación, para posteriormente devolverlos nuevamente a la ciudad en espacios adecuados que garanticen su supervivencia y permanencia en el ámbito urbano. Para garantizar el rescate de la avifauna, se tendrán en cuenta las recomendaciones siguientes: · Rescatar los nidos con polluelos que se encuentren en los árboles objeto de manejo silvicultural como talas, podas, bloqueos y traslados, colocándolos en cajas de cartón de tamaño que garanticen la protección y el oxígeno necesario para la supervivencia de estos. · Los polluelos deben ser trasladados con el nido, evitando el contacto con las manos de quien realiza el rescate. · El traslado al sitio de crianza deberá realizarse con la caja tapada para evitar el estrés, el cual puede ocasionar la muerte de los polluelos. · El traslado deberá realizarse inmediatamente se termine el rescate, para evitar la muerte por deshidratación, hambre y/o frío. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 152 · No administrar a los polluelos ningún alimento, ni bebida pues podría ocasionarle mas daño que beneficios. · Los polluelos y/o nidos con huevos pueden ser entregados al Zoológico de Córdoba, o en su defecto a otras instituciones dedicadas a la restitución de fauna silvestre, verificando con anterioridad si serán aceptados por las mismas. · El manejo y la identificación de la avifauna asociada a cualquier tratamiento silvicultural deberá ser realizado por un biólogo, preferiblemente ornitólogo. La liberación de las aves a su hábitat natural (parques y/o humedales), la elección del lugar de liberación y el momento de liberación, será responsabilidad de la entidad a la que fueron entregadas inicialmente. 4. Diseño del paisaje con vegetación El objetivo general del diseño con vegetación, es aportar a la consolidación de la estructura verde de la ciudad de Córdoba. Existen en la ciudad, algunas grandes áreas verdes: Reserva San Martín (reserva urbana), Parque Sarmiento, Parque de la Vida, Parque Autóctono, Parque las Heras y toda la Costanera del Río Suquía que atraviesa la ciudad. La finalidad de cada diseño en particular es la creación o conformación de espacios a escala humana y urbana, así como la contribución al afianzamiento del carácter de dichos espacios, según su pertenencia a cada uno de los sistemas urbanos. La forma mas corriente de diseño es la que propone implantación de nueva vegetación para un espacio, dada la necesidad de arborizar los espacios urbanos. Sin embargo es posible que en casos excepcionales, se requiera un diseño por extracción, es decir que la espacialidad conveniente para un lugar se logre extrayendo parte de la vegetación existente, o involucrar la vegetación que presente buen estado fitosanitario y físico y no afecte directa o indirectamente la infraestructura y los acabados del proyecto. En el caso de que el proyecto deba establecer la siembra de nuevos individuos, se debe realizar una ficha técnica de cada especie a sembrar, con sus características fenológicas y la justificación de su elección para la zona de influencia del proyecto. El documento que contiene el Diseño Paisajístico debe elaborarse, como mínimo, conteniendo los siguientes aspectos: 4.1. Diagnóstico Documento descriptivo y planos de plantas, vistas y cortes en los que se expresen claramente: · antecedentes relevantes, históricos o recientes. · situación actual en cuanto a los aspectos físicos: Condiciones urbanas de uso, alturas, calidad de las construcciones, tendencias de desarrollo, biótico (Incluyendo inventario de la cubierta vegetal MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 153 existente con tratamiento fitotécnico propuesto, fichas técnicas, entre otros y relación con la fauna existente), sociocultural (principales actividades, estrato, actitud hacia el proyecto), espacial (volumetría, homogeneidad, proporción de llenos y vacíos, proporción de espacios verdes frente a volúmenes construidos), visual (desde el proyecto y hacia el proyecto; calidad de las visuales, importancia otorgada, obstáculos principales, potencial de mejoramiento) y perceptual (microclima, olores, ruidos, situación de degradación o deterioro) · El potencial de mejoramiento ambiental y paisajístico del lugar. Conclusiones del diagnóstico Documento de texto y gráfico, de integración de los datos obtenidos en el diagnóstico con el objeto de establecer criterios de diseño. 4.2. Diseño Criterios de diseño Documento explicativo y esquemas o gráficos representativos de la orientación que tendrá el diseño, como respuesta a: · la situación detectada en el diagnóstico. · el aprovechamiento del potencial encontrado. · la mejor forma de asimilación del cambio de uso del lugar. Diseño general Documento de memoria de diseño y esquemas, planos de plantas (el de la cubierta vegetal existente en la misma escala del diseño definitivo para permitir la superposición), vistas y cortes en donde se exprese en su totalidad, claramente pero sin detalle: · La nueva especialidad. · La forma de adaptación del proyecto al lugar (según las determinantes detectadas en el diagnóstico) incluyendo materiales, mobiliario urbano, vegetación, entre otros. · Las relaciones con el entorno (en cuanto a accesibilidad, conectividad, visibilidad). · La respuesta a las condiciones ambientales, espaciales, visuales y físicas, detectadas en el diagnóstico. · Cuestionario de "Evaluación ambiental de proyectos" debidamente diligenciado. Diseño detallado Desarrollo, en detalle suficiente para su construcción o implementación, de todos los aspectos expresados en el diseño general, explorando y MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 154 definiendo las mejores alternativas desde el punto de vista de la preservación del medio ambiente, en cuanto a materiales y sistemas constructivos. 4.3. Bases técnicas Especificaciones suficientes, cantidades de obra de todas las actividades, presupuesto correspondiente, cronograma y etapas de implementación. Todo esto en relación con los ítems del proyecto que contribuirán a la preservación del ambiente y al mejoramiento del paisaje propio del lugar. 4.4. Especificaciones de la plantación Para garantizar el éxito de una plantación, es necesario tener un control de las variables que inciden en el proceso, en especial cuando la implementación del diseño involucre traslados, se deberá tener cuidado para que se afecten lo menor posible y así favorecer su rápida adaptabilidad al nuevo sitio; igualmente se preparará el terreno con las condiciones adecuadas para su crecimiento. Esta actividad consiste en la ejecución de las obras correspondientes al diseño, es decir, al establecimiento en sitio, del material vegetal según lo determinado por el diseño. 4.5. Requisitos de la plantación La plantación en zonas duras, debe tener en cuenta: · Prever un área suficiente de captación de aire y agua para la supervivencia del árbol. · Utilizar contenedor radicular (limitante o direccionante de crecimiento de raíces para proteger la superficie dura). 5. Mantenimiento del arbolado y la vegetación del Proyecto El Contratista debe presentar como parte de su propuesta de Vegetación y Paisaje un Plan de Mantenimiento detallado para el proyecto. El tiempo sugerido para el mantenimiento inicial del arbolado y la vegetación estará definido en los pliegos correspondientes, recomendándose que no sea inferior a un año. Como parte de las actividades del Plan, el contratista deberá incluir actividades de difusión con la comunidad para optimizar las acciones de mantenimiento desarrolladas. 5.1. Requisitos de mantenimiento para el arbolado y la vegetación Durante la etapa de mantenimiento, se deberán ejecutar las acciones que aseguren el establecimiento y buen desarrollo de la arborización. En forma general se consideran las siguientes actividades de mantenimiento: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 155 Replaneo: Consiste en despejar el entorno del individuo en un diámetro de 1 m, utilizando machete, azadón o guadaña, sin ocasionar daño al sistema radicular ni al fuste. El propósito es la eliminación de basura, especies herbáceas y arbustivas para evitar competencia con el individuo y mejorar la capacidad de absorción de agua en este lugar; se debe tener en cuenta que en pendientes fuertes se debe evitar las limpiezas con azadón porque se expone el suelo a factores erosivos. Esta acción se realizará cada cuarenta y cinco (45) a sesenta (60) días en época seca, y cada 20 a 30 días en época de lluvia o si se requiere antes, dependiendo de la agresividad del pasto, principalmente. Replante. En el caso que exista mortalidad del material plantado o de los árboles que se afecten en más de 1/3 del fuste principal se deberá efectuar reposición con las mismas calidades del material inicial, de acuerdo con las necesidades encontradas en el terreno. Su reposición no podrá ser mayor a 15 días calendario. Se suministrará y aplicará mínimo 0.05 m3 de tierra negra con cascarilla de arroz, en una relación en volumen de: ocho (8) partes de tierra por una (1) parte de cascarilla de arroz, por árbol replantado. El material vegetal, deberá presentar buen estado fitosanitario y buena formación del individuo de acuerdo con las características de la especie y demás especificaciones según lo estipulado en los pliegos de condiciones, ajustándose al diseño paisajístico aprobado para el proyecto. Esta actividad se realizará durante todo el período de mantenimiento, una vez aprobado el listado de replante por parte de la Supervisión. Retutorado. Consiste en la reposición de tutores, cuando estos han sufrido deterioro normal o por acciones de vandalismo y el estado de desarrollo del árbol aún lo requiere. El tutor debe ser de madera seca, recto, sin resaltes y con su extremo inferior apuntalado, con el fin de facilitar el hincado en el terreno a cincuenta (50) centímetros de profundidad. El amarre se hará con fibra biodegradable de manera que no se lastime el material vegetal; esta actividad requiere de revisión para ajustarlo adecuadamente al crecimiento esperado. El tutor tendrá una dimensión mínima de tres metros (3 m.) de largo y un espesor de tres por tres centímetros (3 x 3 cm.) Fertilización. Con el fin de ayudar a la plántula a su desarrollo inicial se puede fertilizar uno o dos días antes de la plantación, incorporando a cada hoyo abono orgánico (humus o compost) en una cantidad de 100 gr. incorporándolo en el suelo mediante pequeñas zanjas, que deberán cubrirse y luego aplicar riego para solubilizar los elementos nutritivos con el fin de facilitar su absorción por el individuo. Opcionalmente se puede hacer la primera fertilización a los cuarenta y cinco (45) días de la plantación, con una dosis de cincuenta (50) gramos/ árbol. Posteriormente, se deberá fertilizar cada árbol con 100 grs. de abono orgánico cada tres (3) meses, de acuerdo a la periodicidad que defina la Supervisión o quien haga sus veces. Cuando el material vegetal presente problemas de estrés o nutricionales específicos, se deberá realizar una fertilización de acuerdo con las necesidades particulares de los individuos, con fertilizantes foliares o radiculares, según lo determine la Supervisión. Riego. Se debe suministrar el riego suficiente. Como mínimo una (1) vez por semana, según la especie. Se sugiere suministrar diez (10) litros mensuales de agua por árbol como mínimo, de acuerdo con las indicaciones MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 156 del supervisor, para garantizar el adecuado desarrollo de los árboles. En época de verano se puede aplicar riego de 2 a 3 litros de agua por árbol, por lo menos cada dos (2) días, para evitar que el material sembrado, presente afectaciones severas, según lo determine la Supervisión. Poda de rebrotes y ramas bajas. Para la poda de ramas bajas y rebrotes así como para la eliminación de ramas partidas y secas, se utilizarán herramientas adecuadas para tal fin, previamente desinfectadas, de acuerdo con las indicaciones de la Supervisión y en los árboles que así lo requieran. Particularmente se recomienda la poda de las ramas bajas de los árboles en espacios de circulación peatonal o ciclovías, para evitar conflictos. Además, las podas deben hacerse de modo de mejorar el aspecto estético de los árboles y evitar riesgos de caída de ramas en áreas transitadas por personas o vehículos. Los cortes deben hacerse preferiblemente en época de verano y en menguante (para disminuir el riesgo de ataque de agentes patógenos) y deben tratarse con cicatrizante hormonal. Las podas deben conservar la forma natural del árbol. Control fitosanitario. Para mantener los árboles en buen estado sanitario se deben realizar monitoreos permanentes, con el fin de detectar a tiempo agentes patógenos y daños causados por agentes bióticos. Esta actividad debe ser realizada por un profesional que, dependiendo de los problemas fitosanitarios encontrados, recomendará y aplicará los productos necesarios para el control óptimo de las plagas y enfermedades detectadas en la zona. Poda del césped: La poda del césped del área donde se encuentra la plantación deberá realizarse como mínimo una vez al mes o según la periodicidad que establezca la Supervisión. El material vegetal residual se depositará y apisonará en sitios desprovistos de vegetación o se depositará en bolsas para la basura y se dispondrá en los sitios pertinentes. Control Periódico. Se dispondrá de personal calificado para realizar actividades periódicas de revisión de la plantación, reponiendo los tutores faltantes, corrigiendo su posición para que los individuos se desarrollen adecuadamente y reportando los daños, hurtos o afectaciones que puedan presentar los individuos sembrados, para efectuar las correcciones pertinentes. Manejo de desechos. El contratista recogerá el material de desechos y/o escombros, producto del mantenimiento realizado, y lo llevará a los sitios de disposición oficiales, dando cumplimiento a las normas vigentes sobre la materia. Esta actividad se hará en forma inmediata, una vez concluida cada labor de mantenimiento. Incremento anual de altura. Se tomarán las medidas de cada uno de los individuos para establecer el incremento Anual (IA) de la altura de los individuos plantados como parte del diseño paisajístico y de aquellos que se sembraron como parte de la compensación. 5.2. Difusión con la comunidad de las actividades de mantenimiento Para optimizar las actividades de mantenimiento y fomentar la apropiación del Proyecto por parte de la comunidad, tal como se establece en la Guía de Información y Consulta Pública que es parte del presente MMAyS, el MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 157 Contratista deberá elaborar material de difusión que contenga recomendaciones a la comunidad para el mantenimiento y la protección del arbolado y la vegetación que forman parte de la nueva infraestructura. Las actividades de difusión deberán garantizarse por un año, y realizarse en conjunto con el municipio El material de difusión debe formar parte del Volante de Información de las actividades de mantenimiento y ser distribuido y difundido en el Taller de Sostenibilidad y en las reuniones con la Comisión Vecinal del Proyecto. 5.3. Cronograma de actividades El contratista deberá presentar un Cronograma de Actividades, de acuerdo con lo sugerido en este Plan de Mantenimiento. Se realizará un informe cada 4 meses sobre la realización de las actividades de mantenimiento que incluya además de lo establecido en el plan de mantenimiento, un registro fotográfico donde se evidencie el resultado del mantenimiento. El informe se entregará en original y medio magnético. 5.4. Entrega del mantenimiento El mantenimiento se recibirá de acuerdo con el Cronograma General de Ejecución. Para recibir las obras finales de mantenimiento la Supervisión y el Contratista realizarán una visita, la cual se oficializará con la entrega del Informe Final y la firma del Acta de cumplimiento a satisfacción de las actividades, por parte de la Supervisión. 5.5. Costos Se deberá hacer una relación de cada uno de los costos unitarios que involucrará el plan de mantenimiento para los individuos vegetales sembrados, que forman parte del contrato de la referencia, el cual deberá ser aprobado por la Supervisión, sin imputaciones contractuales. 6. Actividades y Responsabilidades La siguiente tabla contiene una guía que debe ser convenientemente ajustada e incorporada por el Contratista en la formulación del Programa de Manejo de la Vegetación y el Paisaje. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 158 Fase Actividad Responsable Controla y Responsable de la Momento de realización de la Aprueba Supervisión Ejecución Presentación del Programa de Manejo Contratista Municipio / Supervisión Al mes de iniciación del de la Vegetación y el Paisaje UEPTUBAGEF contrato. Elaboración de Línea de Base de Contratista Municipio / Supervisión Antes del inicio de obra Vegetación y Paisaje UEPTUBAGEF Tratamientos de vegetación existente Contratista Municipio / Supervisión De acuerdo al tratamiento UEPTUBAGEF propuesto Planificación Manejo de avifauna si corresponde Contratista Municipio De acuerdo al proyecto de la ( a través de Construcción las instituciones autorizadas) Ejecución de las obras que requiera el Contratista Municipio / Supervisión De acuerdo al cronograma de nuevo paisaje (mobiliario urbano, UEPTUBAGEF obras bancos, cabinas de acceso a pasos peatonales, áreas de recreación, etc.) Construcción Vegetación de taludes Contratista Municipio / Supervisión De acuerdo al cronograma UEPTUBAGEF del proyecto Implantación nueva vegetación y Contratista Municipio / Supervisión Mínimo un mes y medio de arbolado UEPTUBAGEF anticipación al final de obra Operación Mantenimiento del arbolado y la Contratista Municipio / vegetación implantada UEPTUBAGEF Difusión a la comunidad de las tareas de Contratista Municipio / En el Taller de Sostenibilidad mantenimiento Municipio UEPTUBAGEF al mes de finalizada la obra. En la reunión con la Comisión Vecinal del Proyecto durante el período de garantía. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 159 MODULO D - MANEJO DEL TRÁNSITO Y SEÑALIZACIÓN El manejo del tránsito tanto vehicular como peatonal en el entorno y en la misma zona de obras requiere acciones particulares y un adecuado manejo de la señalización. La señalización es parte indispensable para el manejo del tránsito vehicular y peatonal. Sin embargo, a los efectos de la organización de estas guías se ha determinado presentarlos por separado aunque necesariamente habrá referencias o incorporaciones entrecruzadas. 1. Manejo del Tránsito Vehicular y Peatonal La función principal de los procedimientos para el manejo del tránsito consiste en obtener una circulación de vehículos (motorizados y no motorizados, como bicicletas, etc.) y personas de manera segura, a través de las zonas de obras y alrededor de las mismas. Del mismo modo es menester garantizar la menor interferencia posible con el tránsito que circula por la zona de influencia de las obras. La regulación del tránsito en dichos sectores es parte esencial de las obras en vías públicas y en zonas adyacentes. Las medidas del control del tránsito y seguridad, tales como la limitación de velocidad, sectores donde se prohíbe adelantar, prohibición de estacionar, desvíos y otras similares, deben ser determinadas durante estudios técnicos por las autoridades correspondientes. Dichas medidas deben proporcionar además, la flexibilidad necesaria para atender los requerimientos demandados por el cambio de condiciones en las zonas de trabajo. Dado el grado de importancia que representa el hecho de que los usuarios estén bien informados, es esencial mantener buenas relaciones públicas para contar con la cooperación de los diversos medios de comunicación social con el fin de anunciar a través de ellos, la existencia y las razones de los trabajos (complementar con lo indicado en el Módulo B - Gestión Social del Proyecto, A2 - Plan de Información y Consulta Pública). En lo que hace a frentes de obra, para evitar interferencias y la posibilidad de ocurrencia de accidentes, es menester procurar un cerramiento de los mismos, mediante la instalación de dispositivos temporarios del tipo de tela polipropileno verde. La definición del cerramiento a implementar dependerá del tipo y ubicación del proyecto y se definirá entre el representante de la UEPTUBA-GEF y la Supervisión de Obras antes de la iniciación de las actividades de las mismas. El contratista debe garantizar que en todo momento se encuentren aislados los sitios de excavación o frentes en los que se este desarrollando cualquier tipo de actividad de obra del flujo peatonal y/o vehicular. Antes de iniciar las actividades de obra el Contratista deberá contar con el correspondiente Plan de Manejo del Tránsito debidamente aprobado por las autoridades competentes de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Córdoba y por la Coordinación de la UEPTUBA-GEF en lo que hace a las consideraciones del presente MMAyS. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 160 A continuación se presenta una guía de medidas de manejo ambiental y social para afrontar la mejor gestión de las afectaciones al tránsito vehicular y peatonal en las zonas de obras y en sus alrededores. 1.1. Accesibilidad de frentistas Para atenuar los efectos negativos de las obras sobre la accesibilidad de los frentistas de la calzada cerrada durante la etapa de ejecución, la organización de los trabajos y la programación del avance de obra debe asegurarse que las calles colectoras y las veredas permitan en todo momento el acceso vehicular y peatonal a edificios y predios. El acceso debe ser lo suficientemente ancho para permitir el paso de un vehículo y simultáneamente mantener una senda peatonal mínima de 1,5 metros de ancho. En aquellos casos en que por excepción ocasionada en razones constructivas deban efectuarse cierres parciales de calles colectoras o veredas éstos deben extenderse por un lapso no mayor a seis (6) horas consecutivas informando por lo menos con una semana de anticipación a los potenciales afectados (ver Estrategias del Plan de Información y Consulta Pública en el Módulo B ­ Gestión Social del Proyecto, Plan de Información y Consulta Pública). La comunicación debe realizarse mediante señalización de obra para la información del público en general y a través de circulares para el caso de los frentistas directamente afectados. Tanto en la señalización como en la circular debe informarse el alcance del cierre, la fecha, hora y duración de la clausura. El paso peatonal debe permitir en todo momento la libre circulación. Para compatibilizar la circulación por las colectoras con las operaciones de carga y descarga por frentistas en el sector afectado, las mismas deben llevarse a cabo en horarios preestablecidos y controlados, anticipando la información sobre tales actividades en las mismas condiciones descriptas en el párrafo anterior referido a cierres parciales. Para garantizar la recolección de residuos durante los cierres parciales debe establecerse con la empresa responsable de tal actividad, los mecanismos adecuados para el normal funcionamiento del servicio. Para ello debe establecerse contacto con la misma de forma oficial y con la necesaria anticipación, informando el alcance, la fecha y duración de la clausura. En aquellos casos en que las distancias a salvar por el personal de la empresa recolectora de residuos sea mayor a 50 metros debe disponerse de contenedores especiales de residuos en los que los vecinos afectados puedan disponer sus residuos domiciliarios. Estos recipientes se colocan de modo tal que la población afectada recorra como máximo 50 metros para depositar sus residuos. En caso que la distancia a salvar sea mayor a 100 metros, deben disponerse recipientes cada 50 metros y recolectarse los residuos por personal de la empresa contratista para llevarlos hasta los recipientes dispuestos para la recolección de la empresa de residuos. Para estos casos también debe realizarse una circular informativa predio por predio involucrado, que contenga como mínimo: · Objeto de la obra MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 161 · Descripción del problema · Alternativas de solución · Justificación de la alternativa seleccionada · Identificación del sitios de disposición · Horarios de recolección · Toda otra información que se considere pertinente o de utilidad. 1.2. Centros de interés comunitario e infraestructura de emergencia Para mitigar los efectos negativos sobre la accesibilidad hacia y desde hospitales, centros asistenciales, escuelas, cuarteles de bomberos, comisarías, Defensa Civil y otros centros de interés o de emergencias así como de las infraestructuras asociadas (bocas de incendio), debe identificarse su ubicación para el diseño de los planes de desvío de tránsito, de manera de asegurar su adecuada circulación y vinculación con la red vial principal. El Plan de Desvío debe ser informado con por lo menos quince (15) días de anticipación a los centros de interés comunitario, obteniendo la debida notificación del mismo por parte de las autoridades competentes de cada uno de los identificados. En los casos de centros vinculados con emergencias (hospitales, centros asistenciales, bomberos, policía, etc.) debe anticiparse la información previo al diseño del plan de desvío, solicitando identificación del movimiento de los vehículos de emergencias vinculados con los centros identificados y de las empresas que los brindan, de modo de poder incorporar en el mismo, las sugerencias o modificaciones que pudieran surgir de su consideración. En caso que las bocas de incendio debieran quedar aisladas fuera del alcance de los equipos normalmente utilizados por el cuerpo de bomberos, ello debe comunicarse fehacientemente al Cuartel de Bomberos correspondiente, solicitando indicación del sitio más conveniente para trasladar con cañerías provisorias para que pueda prestarse el servicio en forma adecuada. Asimismo, debe informarse a las empresas de vehículos de emergencias con quince (15) días de anticipación, las condiciones de los cierres parciales y/o temporales, para una adecuada previsión de sus itinerarios. En particular, los centros asistenciales y hospitales más cercanos a la zona de obras deben ser debidamente identificados y registrados de manera de poder colaborar en la efectiva y más eficiente atención de las eventuales víctimas de accidentes producidos en las obras o como consecuencia de las mismas. En caso que el cierre de los pasos a nivel existentes implique desvíos de tránsito que sobrecargue arterias sobre las que se encuentren escuelas o centros comunitarios de interés a los que asistan menores o ancianos, debe minimizarse el tiempo de afectación, previéndose los mecanismos adecuados para evitar accidentes, en especial en los horarios de entrada y salida de escolares. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 162 Finalmente deben identificarse en coordinación con la Municipalidad de Córdoba todas aquellas obras o eventuales trabajos en la vía pública o en las zonas de vías, que pudieran significar el cierre de arterias de circulación de tránsito, de modo tal que no se produzcan cierres simultáneos que pudieran alterar el Plan de Desvío de Tránsito y las vías de circulación previstas ante emergencias. 1.3. Planes de evacuación Ante la hipótesis de incendio, explosión, derrumbes, inundaciones, tormentas o accidentes graves, debe preverse un Plan de Evacuación que incluya la inmediata comunicación a los organismos de seguridad, emergencias y Defensa Civil correspondiente. El Plan debe identificar los medios más eficaces para evacuar el área en los casos de las hipótesis planteadas, disponiendo fehacientemente de los datos de contacto de los organismos de seguridad, emergencias y Defensa Civil. La elaboración del Plan de Evacuación debe seguir los lineamientos que se establecen en el Programa de Contingencias y Emergencias del Módulo G ­ Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental. 1.4. Senderos peatonales transitorios Para evitar accidentes y para asegurar la mejor gestión de la etapa de obra debe separarse el flujo peatonal de los trabajos propios de la obra y del flujo vehicular, para lo que se dispondrán senderos peatonales transitorios. Los senderos peatonales transitorios deben poseer un ancho mínimo de 1.5 m y altura libre de obstáculos de 2.20, mientras que en los cambios de dirección el ancho libre de paso debe poder inscribir un circulo de 1.5 metros de diámetro. FUENTE PRENSA MUNICIPAL-OBRA CLOACAS AV. MAIPU MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 163 Para los casos en que exista riesgo de que el flujo vehicular invada el espacio destinado para los senderos peatonales, éstos deben ser protegidos con barreras. En los casos que se requiera la habilitación de accesos temporarios a garajes o viviendas, éstos pasos se deben instalar de modo tal que los residentes puedan ingresar a sus viviendas sin ningún tipo de complicación, garantizando su seguridad y minimizando las incomodidades o molestias que ello pudiere ocasionar. El piso de los senderos debe ser firme, antideslizante y sin obstáculos que interrumpan el flujo peatonal. Los elementos de protección de los senderos como lonas y cintas de seguridad deben permanecer continuos y perfectamente verticales u horizontales según sean las características de los mismos. 1.5. Procedimiento para su implementación en obra El procedimiento de adecuación y mantenimiento del sendero peatonal debe seguir los pasos siguientes: 1. Localización de la zona a intervenir y del flujo peatonal a desviar. 2. Ubicación del sendero que mejor satisfaga las necesidades de la comunidad. 3. Preparación de la superficie del sendero a instalar de tal manera que quede a un mismo nivel. 4. Para los casos de senderos peatonales ubicados sobre calzadas con flujo vehicular, se deberá colocar una barrera de protección tipo sardinel, de manera tal de prevenir la invasión del sendero peatonal por parte de los vehículos. 5. Se debe adecuar la superficie del sendero con material que garantice una superficie dura y libre de irregularidades superficiales. Este material al contacto con el agua no debe generar superficies resbalosas. Asimismo debe garantizarse la adecuada transitabilidad para usuarios con movilidad reducida. 6. Una vez adecuada la superficie del sendero peatonal, debe desviarse el flujo peatonal al nuevo sendero, utilizando franjas de cinta de demarcación y/o malla fina sintética. Paralelamente se deben instalar señales verticales con la leyenda "Sendero Peatonal", las cuales deben ubicarse al inicio y al final del sendero. 7. Los senderos peatonales deben permanecer completamente libres de escombros, materiales de construcción y cualquier tipo de residuo. 8. Deben tener conectividad, es decir deben conducir de un origen a un destino. 9. Se deben habilitar zonas dentro de los frentes de obra para el tránsito de los trabajadores y del personal involucrado. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 164 1.6. Circulación de vehículos y maquinarias La circulación de camiones o vehículos de abastecimiento de insumos para la construcción de las obras, y la de los vehículos destinados a retirar de la zona de obra los escombros de demoliciones y tierra de excavaciones, debe respetar las normas vigentes en materia de acondicionamiento de cargas, especialmente de áridos, así como las reglamentaciones sobre cargas máximas transmitidas a la calzada. En lo que hace a las condiciones de la carga transportada, debe observarse lo indicado en "Manejo de Vehículos" del Módulo G ­ Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental del presente MMAyS. Además de recomendarse reforzar el control por parte de la policía de tránsito, se debe requerir a las empresas contratistas y sus subcontratistas que exijan a sus proveedores dicho cumplimiento, como condición para alcanzar niveles adecuados de calidad de gestión del proyecto en su conjunto. El Contratista elaborará un plan de transporte de materiales en forma segura que involucre aspectos como: ubicación de puntos de partida y llegada, dimensiones y especificaciones de vías y medios de transporte, pendientes promedio y pendientes máximas, longitudes, señalización de vías y especificaciones de los equipos. El movimiento de camiones con escombros y tierra de excavación hasta los lugares de disposición previstos deberá encauzarse por los itinerarios más cortos hacia la red de tránsito pesado considerando los usos del suelo adyacentes a dichos recorridos y las condiciones estructurales de sus pavimentos. Con relación a la maquinaria de obra, su circulación se restringirá a la zona de trabajos. Deben extremarse los recaudos en materia de emisión de ruidos y de gases de escapes. 1.7. Desvíos transitorios de tránsito Durante el cierre de un paso, debido a la ejecución de las obras, el tránsito de la arteria correspondiente debe ser desviado a cruces adyacentes por las calles o avenidas más cercanas, posibilitando luego su vinculación con la arteria interrumpida por el itinerario más corto y adecuado, desde el punto de vista del tránsito. En caso que los cruces ferroviales alternativos se encuentren a una distancia excesiva del paso interrumpido por las obras, o que los pasos inmediatos presenten saturación de flujo vehicular, puede considerarse la instalación de puentes metálicos provisorios, para permitir itinerarios de desvíos por arterias adyacentes. En particular un esquema de desvíos debe: · Identificar itinerarios alternativos para efectuar el cruce. · Establecer las autoridades competentes para autorizar cada desvío. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 165 · Prever el trámite de aprobación y los procedimientos por efectuar, para implementar el itinerario alternativo y restablecer la situación luego de finalizadas las obras. Para establecer un esquema de desvíos se requiere reunir y organizar la información siguiente: · Plano de red vial adyacente al cruce. · Límites de las jurisdicciones comprendidas. · Características del tránsito. · Volúmenes de tránsito en la arteria por cerrarse y en las alternativas posibles. · Información sobre accidentes en lugares críticos de las arterias alternativas. · Presencia de transporte público en la arteria a cerrar y en las arterias alternativas. · Red de Tránsito Pesado. · Señalización vial existente. · Centros de interés comunitario afectados por el desvío. Los criterios para la selección de los itinerarios alternativos distinguirán el caso de un desvío de larga duración del caso de uno de breve duración, y considerarán los siguientes aspectos: · Cronogramas previstos para el avance de las obras. · Longitud de cada alternativa, comparada con la distancia de recorrido por el cruce cerrado. · Características de los desvíos, tales como número de carriles, intersecciones semaforizadas, números de giros a la izquierda, número de cambios de calle. · Antecedentes sobre accidentes. · Capacidad de la calzada alternativa. Para cada caso, se procederá a dibujar los itinerarios de desvíos posibles, en hojas normalizadas. Cada alternativa preliminar será recorrida en un móvil y en el trayecto se registrará información sobre los tramos o intersecciones críticos, efectuando un Registro Fílmico de las vías. El registro fílmico deberá ser entregado a la supervisión en el primer informe del contrato. Las vías deberán ser filmadas en planos abiertos o generales y desde puntos altos de tal forma que las tomas sean panorámicas, o sea, de tal manera que se pueda apreciar el estado de la vía. El registro fílmico deberá estar levantado cinco (5) días antes del inicio de la adecuación de desvíos correspondiente a la ejecución de la obra. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 166 Sobre la base de la información obtenida y la experiencia de la recorrida, y considerando los criterios de selección, se planteará un esquema de desvíos para cada obra. Las soluciones se presentarán en hojas normalizadas, que incluirán la descripción de las características significativas. Se elaborará una lista con los sectores de cada alternativa que presenten problemas, referenciados en los mapas de ruta de desvíos. La identificación de problemas incluye: · Demoras significativas. · Limitaciones de gálibo en altura. · Estructuras con restricciones en materia de pesos. · Zonas residenciales. · Escuelas, hospitales, iglesias y otros sitios de culto. · Lugares con alta accidentalidad. · Presencia de flujos peatonales de importancia. · Radios de giro exiguos. · Lugares que requieran señalización temporaria. En cada itinerario alternativo se determinarán las restricciones que afecten a la circulación de vehículos comerciales, en materia de peso, longitud, altura y otros. Para cada esquema de desvío, se deben analizar y efectuar recomendaciones en materia de señalización. Se plantearán esquemas de comunicación tendientes a informar a los usuarios acerca de los desvíos. Se preparará un documento con instrucciones detalladas que indique las responsabilidades de cada actor en la implementación de los desvíos, y en la restauración de la situación de las vías utilizadas para el desvío a su condición original, una vez finalizadas las obras y habilitado el nuevo sistema de cruce (túnel o puente). Las instrucciones establecerán procedimientos relativos al retiro de señalización, su recuperación y almacenamiento, y el archivo de mapas. FUENTE: PRENSA MUNICIPAL-OBRA: AMPLIACIÓN RED CLOACAL AV. MAIPÚ ENTRE 25 DE MAYO Y AV. OLMOS. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 167 Con relación a la señalización transitoria motivada por las obras, las mismas se detallan en el capítulo correspondiente al Manejo de Señalización, debiendo formar parte del correspondiente Plan de Desvío de Tránsito. FUENTE: PRENSA MUNICIPAL-OBRA: NUDO VIAL CASTRO BARROS 1.8. Modificación de recorridos de transporte público automotor En los casos en que por el cruce a cerrar circule transporte público automotor o que, como consecuencia de las obras se obstaculice o interrumpa el tránsito del mismo, deberá diseñarse un programa de desvíos de transporte público automotor de pasajeros. Como parte de las actividades de planificación de la etapa de construcción y como mínimo con 60 días de anticipación al inicio del desvío, deberá darse intervención a la autoridad competente a fin de informar sobra la obra a construir, su cronograma de ejecución y los esquemas de desvío propuestos. El Programa de Desvío de Transporte Público de Pasajeros deberá incluir como mínimo y siempre que la autoridad de aplicación lo considere pertinente: · Información general acerca del Proyecto y de las obras que generan el desvío · Identificación de la o las líneas afectadas. · Indicación del origen ­ destino, señalando los puntos más importantes que vincula en forma local. · Descripción del recorrido en el entorno de la zona de obras o la que cause el desvío. · Planos que grafiquen la descripción. · Frecuencia del servicio. · Horarios de servicio. · Descripción del recorrido de desvío, incluyendo alternativas, si las hubiere. · Planos que grafiquen la descripción. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 168 · Fundamentación de la alternativa de desvío seleccionada. · Ubicación provisoria de las paradas durante los desvíos. · Señalización propuesta para advertir sobre la nueva ubicación de las paradas · Cronograma de los desvíos. · Modelo de circular propuesta para informar a los pasajeros sobre el desvío a realizar indicando: objeto del proyecto, fecha de inicio y finalización del período de desvío, recorrido del desvío y un número de teléfono de contacto para información al usuario. La solicitud de aprobación a la Autoridad competente debe incluir propuesta de gestión con las empresas de servicio de transporte público de pasajeros afectados, así como el permiso para realizar las mismas. Una vez aprobado el Programa de Desvío de Transporte Público de Pasajeros deberá abordarse la gestión con las empresas de servicios referidas así como la campaña de información al público usuario. 2. Manejo de la Señalización Este programa consiste en la implementación de las medidas requeridas para el suministro, almacenamiento, transporte e instalación de señales reglamentarias, informativas y preventivas requeridas en el desarrollo de la obra, con el fin de garantizar la seguridad e integridad de los usuarios, peatones y trabajadores y evitar en lo posible la restricción u obstrucción de los flujos vehiculares. Consideraciones generales Todas las señales y dispositivos de señalización que se instalen en espacio público por obras de la UEPTUBA-GEF, ya sean de prevención, información o de reglamentación, responderán en un todo a lo especificado en la materia por la Dirección Nacional de Vialidad y lo establecido en la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N 24.449 y su Decreto Reglamentario N 779/95. Para el diseño del Programa de Señalización se recomienda consultar la publicación "ANEXO L - SISTEMA DE SEÑALIZACION VIAL UNIFORME - DTO. 779/95 - TEXTO REGLAMENTARIO DEL ART. 22 DE LA LEY 24.449" y la Guía de Señalización Vial Transitoria de Obras y Desvíos. Las mismas son de distribución gratuita (www.isev.com.ar). Antes de iniciar las actividades de obra de cualquier proyecto desarrollado por la UEPTUBA-GEF, el contratista deberá contar con el correspondiente Plan de Señalización debidamente aprobado e instalada toda la señalización aprobada en el mismo. Los Planes de Manejo de Tránsito y Señalización deben permanecer vigentes durante todo el desarrollo de las obras. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 169 Los dispositivos para la regulación de tránsito, deben ubicarse con anterioridad al inicio de obra, permanecer en su totalidad durante la ejecución de la misma y ser retirados una vez cesen las condiciones que dieron origen a su instalación. Todos los elementos de señalización y de control de tránsito deben mantenerse perfectamente limpios y bien colocados durante todo el transcurso de la etapa de obras. Cuando se realicen excavaciones en el frente de obra se debe aislar totalmente el área excavada e instalar avisos preventivos e informativos que indiquen las obras que se están llevando a cabo. Para excavaciones con profundidades mayores a 50 cm., la obra debe contar con señales nocturnas retroreflectivas o luminosas, tales como conos luminosos, flasches, flechas, ojos de gato o algún dispositivo lumínico sobre los travesaños de la empalizada o los señalizadores tubulares, cinta de demarcación, etc. Se ubicarán vallas móviles al inicio y final de cada frente de obra. Estas vallas informativas deben ser fácilmente visualizadas por los trabajadores y la comunidad en general y no deben interferir con el flujo continuo de los vehículos, ni con su visibilidad. Las medidas de señalización pueden agruparse de acuerdo al siguiente criterio: · Señalización para Desvíos Transitorios de Tránsito. · Señalización Interna de Obra. · Señalización de Obradores y Campamentos. A continuación se detallan cada uno de los grupos de señalización identificados. 2.1. Señalización para desvíos transitorios de tránsito Un aspecto de vital relevancia para la señalización de obras en el caso de la construcción de obras que impliquen desvíos (por ejemplo, pasos en desnivel), consiste en que la misma coadyuve a la mejor solución de los desvíos de tránsito. La señalización debe formar parte de los Planes de Desvío de Tránsito por lo que se recomienda adoptar esquemas de señalización basados en las normas y manuales que se detallan a continuación: Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N 24.449 y Decreto Reglamentario N 779/95. Manual Gestión Ambiental ­ Dirección Nacional de Vialidad. Manual on Uniform Traffic Control Devices (MUTC) Federal Highway Administration (FHWA) Departamento de Transporte de Estados Unidos. 1998 Edition Part IV. La señalización transitoria busca asegurar fluidez de la circulación y la seguridad de usuarios y operarios, en el caso de obras y trabajos que requieran la utilización de la calzada. Ello requiere: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 170 · Informar al usuario la presencia de las obras. · Controlar el tránsito en la zona afectada por ellas. La señalización transitoria, como corresponde a todas señalización vial, debe reunir los atributos de visibilidad, prioridad, legibilidad y luminosidad, a través del adecuado tamaño de las señales, buen contraste, correcta localización relativa a otros anuncios sobre la vía, conveniente tamaño de letra, limpieza y mantenimiento de la señal, y reflectancia adecuada. Con relación a la señalización transitoria motivada por las obras se tendrán en cuenta los siguientes conceptos y criterios generales: Señalización: es el conjunto de señales verticales, dispositivos de canalización e iluminación, y demarcación horizontal que se instalan en la zona de tránsito controlado Zona de Tránsito Controlado (ZTC): Se entiende por tal aquella zona comprendida entre la primera señal que advierte al usuario acerca de la presencia de las obras y la señal que le indica la finalización del tramo afectado por éstas. Comprende cinco partes diferenciadas: de prevención adelantada, de transición, de protección, de trabajo y de finalización, según se definen a continuación. Zona de prevención adelantada: es aquella cuya señalización advierte al usuario, que se acerca a un tamo o sector donde se realizan obras. Está comprendida entre la primera señal de prevención de obras y el comienzo de la zona de transición. Su longitud depende de la velocidad, el alineamiento, y del volumen de trabajo. Zona de transición: es aquella en la que se reduce el ancho de un carril o calzada, o se disminuye el número de carriles habilitados. En ella el tránsito es canalizado de manera de adecuar su trayectoria por la circulación en adyacencias de la zona de trabajo. Zona de protección: es el espacio abierto o desocupado que se deja en la zona de transición y el inicio de la zona de trabajo, para proveer un margen adicional de seguridad al tránsito y los operarios. Es siempre necesaria, aún en los casos donde no exista zona de transición ­ como las obras en la vereda ­ y debe estar libre de equipos de trabajo, operarios, materiales y vehículos de obra. Se recomienda una longitud igual a la de la zona de transición. Zona de trabajo: es la parte de la calzada donde se realizan las obras o tareas; estará cerrada al tránsito y reservada para uso exclusivo de operarios, equipo de obra y materiales de construcción. Habrá solo una zona de trabajo en cada zona de tránsito controlado. Generalmente es delineada con elementos de canalización protegida mediante barreras para evitar el ingreso de vehículos y peatones. Zona de finalización: es la zona en la que el tránsito despeja la zona de trabajo y los conductores pueden retomar la circulación normal. Se extiende desde el fin de la zona de trabajo hasta la señal que indique el fin de la construcción de los trabajos. En ciertos casos la zona de finalización incluye una de transición. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 171 El gráfico siguiente muestra las señalizaciones establecidas en el Anexo L del Decreto Reglamentario N 779/95, antes referido, y deben ser consideradas para el diseño de la señalización para los Planes de Desvío Transitorio de Tránsito. Fuente: Guía de Señalización Vial Transitoria de Obras y Desvíos MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 172 CALLE CERRADA ADELANTE DESVÍO ADELANTE DESVÍO DESVÍO CALLE CERRADA AL TRÁNSITO DESVÍO DESVÍO DESVÍO CALLE CERRADA DESVÍO DESVÍO DESVÍO DESVÍO DESVÍO ADELANTE CALLE CERRADA ADELANTE El gráfico anterior presenta un esquema tipo para el diseño de la señalización en el caso del cierre temporario de una calle. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 173 2.2. Dispositivos para el control de tránsito y protección de obras en zonas urbanas Tiempo de empleo El tiempo durante el cual se debe señalizar una obra es variable. Los dispositivos de protección requeridos deben ser instalados antes de iniciar su ejecución y ser retirados tan pronto como ésta se termine, pero nunca antes, salvo expresa indicación de la Supervisión. Cuando las tareas de ejecución de la obra se realicen por etapas, deberán permanecer en el lugar únicamente las señales y dispositivos que sean aplicables a las condiciones existentes y en consecuencia serán removidas o cubiertas las que no sean necesarias. Responsabilidad La instalación, mantenimiento y retiro de los dispositivos de señalización provisional necesarios durante la construcción o conservación de vías urbanas, será responsabilidad del contratista encargado de la obra. A continuación se presentan algunas obligaciones a tener en cuenta: · No iniciar ninguna reparación o construcción sin antes disponer de las señales necesarias para la protección del tipo de obra a ejecutar. · Ubicar y conservar adecuadamente las señales. · No obstruir la visibilidad de las señales. · Se prohíbe al contratista depositar o arrumbar señalización en mal estado en el frente de obra o en sitios cercanos a ella. · Retirar inmediatamente los dispositivos de señalización empleados, tan pronto como haya terminado el motivo que los hizo necesarios. Se prohíbe abandonar la señalización en la vía pública una vez terminada la obra. La UEPTUBA-GEF podrá exigir la reposición o cambio de la señalización cuando lo considere necesario. Los dispositivos usados para la regulación y señalización del tránsito en obras en construcción se encuentran normados por el Anexo L ­ Decreto 779/95, reglamentario del Artículo 22 de la Ley 24.449. Las descripciones e indicaciones que se presentan a continuación se encuentran en las publicaciones del Instituto de Seguridad y Educación Vial. Tipos de Señales Las señales preventivas, reglamentarias e informativas requeridas para la adecuada señalización de la obra se deben usar de acuerdo con los lineamientos que para las mismas se establecen en las normas establecidas en la Dirección Nacional de Vialidad que a continuación se describen. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 174 MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 175 Tipos de Dispositivos MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 176 Conos A-Conformación física Dispositivo de forma cilíndrica o cónica con un mínimo de CINCO DECIMAS DE METRO (0,5 m) de alto, con una base más amplia. Fabricados en materiales que permitan soportar el impacto, sin que dañen a los vehículos. Deben poseer elementos reflectivos, de color naranja con franjas de color blanco circunferenciales horizontales. B-Significado Advierten y alertan a los conductores de los peligros causados por las actividades de construcción dentro de la calzada o cerca de ella, con el objeto de dirigirlos a través de la zona de peligro, o sorteando la misma. C-Ubicación Acriterio de la autoridad. D-Observaciones Se emplearán conos de mayor tamaño cuando el volumen del tránsito, velocidad u otros factores lo requieran. Se aconseja agregar lastre a los mismos. Tambores A-Conformación física De capacidad aproximada a los DOSCIENTOS LITROS (200 l), que puestos de pie, sirven para canalizar el tránsito. El color es naranja y blanco, en franjas circunferenciales de DOS DECIMAS DE METRO (0,2 m) de ancho, reflectantes. Tendrán luces permanentes de advertencia. B-Significado Advierten y alertan a los conductores de los peligros causados por las actividades de construcción dentro de la calzada o cerca de ella, con el objeto de dirigirlos a través de la zona de peligro, o sorteando la misma. C-Ubicación A criterio de la autoridad. D-Observaciones Previamente se colocará señalización de advertencia. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 177 Delineadores A-Conformación física Placa vertical de UNA DECIMA DE METRO (0,1m) de ancho por TRES DECIMAS DE METRO (0,3 m) de altura, como mínimo, con franjas naranjas y blancas alternadas y reflectantes, similar a las vallas e instaladas a un mínimo de CINCO DECIMAS DEMETRO (0,5 m) sobre la calzada. El soporte debe ser de material liviano y de color blanco. B-Significado Advierten y alertan a los conductores de los peligros causados por las actividades de construcción dentro de la calzada o cerca de ella, con el objeto de dirigirlos a través de la zona de peligro, o sorteando la misma. Indican la alineación horizontal y vertical de una calzada, delimitando la senda en uso. C-Ubicación Acriterio de la autoridad. D-Observaciones Sin observaciones Marcas horizontales A-Conformación física Demarcación sobre el pavimento con bandas reflectivas continuas o segmentadas que permitan su retiro sin dificultad al cambiar los patrones de tránsito. Son de color blanco o amarillo. B-Significado Cuando los trabajos demandan la utilización de una vía secundaria o carril diferente a los de uso normal, se demarcará el desvío de uso alternativo. C-Ubicación Acriterio de la autoridad. D-Observaciones Se usan en combinación con señales de prevención, dispositivos de canalización y delineadores para indicar con claridad el paso a través de la zona de trabajo. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 178 Dispositivos Luminosos A-Conformación física Elementos emisores de luz, que se clasifican en: 1) Reflectores: Iluminan generalmente a los banderilleros, a fin de brindarles seguridad. Deben colocarse de forma que no produzca deslumbramiento a l os conductores. 2) Luces delineadoras: Serie de lámparas de bajo voltaje de color rojo o amarillo que se utilizan para delinear longitudinalmente la calzada a través de zonas en construcción. 3) Luces intermitentes: De luz amarilla, identifican el peligro, llamando la atención sobre el mismo. Se recomienda su uso permanente. 4) Luces de advertencia en vallas: Semáforos o balizas de color amarillo, continuo o intermitente. B-Significado Complemento de señales o dispositivos de canalización, que contribuyen a darle mayor visibilidad. Las de color rojo indican zona prohibida, las amarillas canalizan o previenen. C-Ubicación A criterio de la autoridad y de acuerdo a la zona o punto peligroso que se desea advertir. D-Observaciones Sin observaciones MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 179 Barandas Canalizadoras de Tránsito A-Conformación física Consiste en una baranda de material plástico de tipo New Jersey, de las siguientes dimensiones mínimas, entre SETENTA a NOVENTA CENTIMETROS (70 cm a 90 cm) de altura, CUARENTA CENTIMETROS (40 cm) de ancho en la base y UN METRO (1 m) de largo. B-Significado Deben permitir su formación en cadena de trenes de un sistema de unión entre módulos, como así también, áreas de curvas a los fines de permitir delimitar zonas de trabajo, dársenas, islotes, canalizadores en forma transitoria o permanente. C-Ubicación A criterio de la autoridad. D-Observaciones En caso que sea necesario, deberán poder enterrarse como mínimo DIEZ CENTIMETROS (10 cm). Podrán rellenarse con agua, arena u otro elemento inerte y deletalizado. De acuerdo al uso, el módulo será de color blanco y naranja alternado, para el caso de desvíos o canalizadores eventuales, y de color blanco y rojo alternado, para el caso de desvíos o canalizadores permanentes. En todos los casos que se emplee esta baranda, los módulos deberán constituir tramos continuos y no poseer separaciones entre ellos a los efectos de formar una efectiva defensa del área o tramo a señalizar. 2.3. Señalización de obra De acuerdo con las características de la obra el Contratista elaborará un Plan de señalización de áreas de trabajo con señales prohibitivas, de obligación, de advertencia y de salvamento, tanto para las instalaciones temporales, como para los frentes de trabajo. El mismo debe respetar lo especificado en la Ley 19.587 de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo, aplicable en todo el territorio de la República Argentina, y su Decreto Reglamentario 911/96. Todas las tareas que se realicen en la vía pública respetarán las medidas de seguridad estipuladas en los distintos capítulos del Decreto 911/96. De acuerdo con el artículo 61 del mismo, deberán señalizarse, vallarse o cercarse las áreas de trabajo en la vía pública para evitar que se vea afectada la seguridad de los trabajadores por el tránsito de peatones y vehículos. Para ello deben utilizarse los medios indicados en el Capítulo Señalización en la Construcción del mencionado Decreto los cuales forman parte de la presente Guía. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 180 De acuerdo con el Artículo 62 del Decreto, antes de comenzar las tareas, el responsable de las mismas deberá verificar que las señalizaciones, vallados y cercos existentes en obra se encuentren en buenas condiciones y en los lugares preestablecidos. En caso que el riesgo lo justifique, se deben asignar señaleros, a quienes se les debe de proveer los elementos de protección personal descriptos en el capitulo correspondiente a señales reflexivas. FUENTE : PRENSA MUNICIPAL ­ NUDO VIAL CARAFFA Para los trabajos nocturnos (Art. 63) es obligatorio entregar a todos los trabajadores elementos reflectivos de alta visibilidad de acuerdo a lo establecido en el Capítulo de Equipos y Elementos de Protección Personal del Decreto referido. Además de proveerse elementos de iluminación. El responsable de Higiene y Seguridad (Art. 66) indicará los sitios a señalar y las características de la señalización a colocar, según las características de la obra. Estos sistemas de FUENTE : L. FERNANDEZ - PTUBA señalización (carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, tarjetas, etc.) se mantendrán, modificarán, y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 181 riesgos emergentes, de acuerdo a normas nacionales e internacionales reconocidas. Todas las herramientas, equipos y maquinarias deberán contar con señalamiento adecuado a los riesgos que genere su utilización, para prevenir la ocurrencia de accidentes (Art. 67). Las señales visuales deben confeccionarse de modo tal que sean fácilmente visibles a distancia y en las condiciones que se pretenden sean observadas (Art. 68). Deben utilizarse leyendas en idioma español, pictogramas, ideogramas, etc. Que no ofrezcan dudas en su interpretación y usando colores contrastantes con el fondo. La señalización en lugares de acceso, caminos de obra, salidas y rutas de escape, deben adecuarse al avance de la obra (Art. 69). En particular, los trabajadores ocupados en tareas en vías de circulación vehicular en uso deben estar provistos de equipos de alta visibilidad de acuerdo a lo establecido en el Capítulo de Equipos y elementos de protección personal del Decreto referido, y protegidos de la circulación vehicular mediante vallados, señales, luces, vigías u otros medios eficaces (Art. 70). Cuando vehículos y maquinarias de obra deban trabajar maniobrando con ocupación total o parcial de la vía pública habilitada al tránsito, además de instalar señales fonoluminosas se deben asignar señaleros en la medida de lo necesario (Art. 71). Las partes de máquinas, equipos y otros elementos de la obra, así como los edificios pertenecientes a la obra en forma permanente o transitoria, cuyos colores no hayan sido establecidos, se deben pintar de cualquier color que sea suficientemente contrastante con los de seguridad y no provoque confusiones (Art. 72). Las partes móviles de máquinas y equipos de obra deben ser señalizados de manera tal que se advierta fácilmente cuál es la parte en movimiento y cuál la que permanece en reposo. Las cañerías por las que transiten fluidos se pintarán con los colores establecidos en la Norma IRAM correspondiente. Además de lo establecido por las normas de Higiene y Seguridad vigentes deben observarse las siguientes consideraciones: Las Instalaciones temporales pueden ser campamentos, acopios temporales de materiales, bodegas, puntos de almacenamiento de combustible y productos químicos, vestuarios y puntos provisionales para almacenamiento de herramientas (pañoles) y otros. Dichas instalaciones deberán tener como mínimo: · Ubicación de oficinas. · Señalización y demarcación de extintores. · Señalización de baños. · Rutas de evacuación, salidas de emergencia y puntos de encuentro. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 182 · Señalización de almacenamientos de combustible y en general de cualquier sustancia peligrosa. · Demarcación de áreas de acopio de materiales. · Señalización de botiquín y áreas de primeros auxilios. · Acceso a lugares restringidos. · Señalización de uso de elementos de protección personal. Los frentes de obra deben tener como mínimo la siguiente señalización: · Aislamiento y demarcación de todo el frente de obra. · Demarcación de la circulación interna del personal. · Señales de uso de elementos de protección personal. · Demarcación para puntos autorizados de acopios temporales de materiales y escombros (sin que esto implique violar la normatividad existente). · Demarcación de pozos de inspección, sumideros y cajas de las empresas de servicios públicos y excavaciones profundas. · Demarcación y señalización de salidas de emergencia. · Demarcación de áreas de disposición de materiales o sustancias peligrosas · Demarcación de áreas de disposición temporaria de residuos peligrosos. De acuerdo al avance de obra, si la Supervisión o la UEPTUBA-GEF / GEF consideran pertinente la ubicación de señalización adicional, el contratista deberá seguir las instrucciones respectivas. 2.4. Señalización de obradores Los obradores deben señalizarse en su totalidad con el fin de establecer sus diferentes áreas. En el caso de ubicar el campamento en espacio público, éste deberá mantener un cerramiento suficientemente resistente que aísle completamente el área del obrador del espacio circundante. El suelo sobre el cual se instale el obrador debe ser protegido de cualquier tipo de contaminación. Una vez terminados los trabajos debe procederse a reacondicionar la zona de modo tal que la misma quede en igual o mejor estado del encontrado inicialmente. Si dentro del obrador hay almacenamiento temporal de materiales (Patios de acopios o almacenamiento) debe mantenerse señalizada la entrada y salida de vehículos de carga definiendo los sitios de tránsito de los mismos, con las correspondientes señales informativas y señales preventivas. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 183 3. Actividades y Responsabilidades La siguiente tabla contiene una guía que debe ser convenientemente ajustada e incorporada por el Contratista en la formulación del Programa de Tránsito y Señalización. Fase Actividad Responsabl Controla y Responsable Momento de realización e de la Aprueba de la Ejecución Supervisión Presentación del Programa de Manejo de Contratista Municipalidad de Supervisión Al mes de iniciado el contrato Tránsito y Señalización Córdoba / UEPTUBA-GEF Programa de Desvíos de Transporte Público Contratista Municipalidad de Supervisión Al mes de iniciado el contrato Automotor Córdoba / UEPTUBA/ GEF Identificación de otros cierres de vías Contratista Municipalidad de Supervisión Junto con el Programa de Manejo de Tránsito programados por la Municipalidad de Córdoba. Córdoba / UEPTUBA-GEF Reconocimiento de las vías alternativas de Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión A los quince días de iniciado el contrato. desvío Planificaci Información a Centros Comunitarios de Interés, Contratista Municipalidad de Supervisión Al mes de iniciado el contrato y con mínimo quince ón de la a instituciones de emergencias (Bomberos, Córdoba / días de antelación al cierre permanente o temporario Construcci Defensa Civil) y a Servicios de Emergencias. UEPTUBA/ GEF de una vía de circulación ón Reinstalación de bocas de incendio si fuera Contratista Municipalidad de Supervisión De acuerdo a lo programado con Bomberos necesario Córdoba / UEPTUBA/ GEF Implantación de Cercos de obra Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Antes del inicio de obra. Toda vez que se abra un frente de obra Dispositivos de Avisos de modificación de Contratista Municipalidad de Supervisión Con quince días de anticipación al desvío. recorridos de transporte público automotor Córdoba / (circulares, volantes, carteles, etc.) UEPTUBA/ GEF Reinstalación de las paradas durante los desvíos. Instalaciones de carteles en las paradas anterior y posterior al desvío. Construcci Implementación de la señalización en obra Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Al inicio de las obras ón Implementación de la señalización en frentes de Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Al inicio de las obras temporarias obra temporarios Retiro de la señalización Contratista UEPTUBA/ GEF Supervisión Al finalizar los trabajos salvo expresa indicación de la MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 184 Fase Actividad Responsabl Controla y Responsable Momento de realización e de la Aprueba de la Ejecución Supervisión Supervisión. Restauración de las vías alternativas Contratista Municipalidad de Supervisión Al finalizar los trabajos salvo expresa indicación de la Córdoba / Supervisión. UEPTUBA/ GEF Mantenimiento de la señalización. Municipalida UEPTUBA-GEF Durante la vida útil de la infraestructura. El control d de por parte dla UEPTUBA-GEF se extiende hasta un Córdoba año posterior a la inauguración de la obra. Operación Difusión a la comunidad de las tareas de Contratista UEPTUBA-GEF En el Taller de Sostenibilidad al mes de finalización mantenimiento. Municipalida de la etapa de obra. d de En la reunión con la Comisión Vecinal del Proyecto Córdoba durante el período de garantía MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 185 MODULO E ­ MANEJO PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL Y HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS 1. Descripción Las obras realizadas en el marco de la UEPTUBA-GEF pueden implicar afectaciones temporales o permanentes a elementos patrimoniales históricos, culturales o arqueológicos. Del mismo modo son pasibles de protección los elementos de valor antropológico social (altares populares, íconos religiosos, etc.), por la valoración que la comunidad local pueda hacer de ellos. En ocasiones, estos elementos son objeto de procesiones o ceremonias recordatorias, que deben ser tenidas en cuenta a la hora de establecer la programación de los trabajos, de modo de evitar interferir con las mismas. La expresión "Patrimonio Cultural" o "Bien Cultural", incluye emplazamientos en los que se encuentren valores arqueológicos, paleontológicos, históricos, religiosos y naturales. Por lo tanto, los bienes culturales abarcan tanto los restos dejados por habitantes humanos anteriores (por ejemplo santuarios, campos de batalla, etc.) animales prehistóricos; como también características ambientales naturales únicas en su género. Por lo tanto es menester establecer medidas de manejo orientadas a la adecuada protección de los elementos patrimoniales ya declarados, los que se encuentran propuestos para ser declarados y los que eventualmente sean hallados durante la ejecución de los trabajos. 1.1. Objetivos · Garantizar la protección de los elementos de valor patrimonial durante la ejecución de los trabajos de construcción. · Implementar medidas de manejo orientadas a la minimización de las eventuales afectaciones a elementos de valor patrimonial. · Minimizar la remoción de elementos patrimoniales. · Identificar los factores de riesgo en relación con eventuales afectaciones a elementos o sitios de valor patrimonial (por ejemplo: vibraciones, o emisiones gaseosas). · Mejorar los procesos, normas y procedimientos existentes y complementarlos con los nuevos, que coadyuven a la protección de los elementos de valor patrimonial existentes y los que eventualmente puedan ser hallados. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 186 1.2. Marco Institucional Legal En lo que refiere a la protección del Patrimonio Histórico la autoridad de aplicación, de acuerdo a la Ley 12.664, es la Comisión Nacional de Monumentos y Museos y Lugares Históricos (CNMMLH ). Esta institución posee la superintendencia de los museos, monumentos y lugares históricos en concurrencia con las autoridades jurisdiccionales que se acojan al régimen de la ley, o dispongan de sus propios marcos normativos. De acuerdo a la mencionada ley, los bienes históricos y artísticos, monumentos e inmuebles propiedad de la Nación, de las provincias y de las municipalidades o instituciones públicas se encuentran sometidos a la custodia y conservación del Gobierno Federal o, en su caso en concurrencia con las autoridades correspondientes. Por otra parte, de acuerdo a la Ley 25.743/93 y su Decreto Reglamentario 1022/04, se encuentra el "Registro de Yacimientos, Colecciones y Objetos Arqueológicos". El organismo encargado de elaborar este registro es el "Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano" , dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación. La Ley establece que "Forman parte del Patrimonio Arqueológico las cosas muebles e inmuebles o vestigios de cualquier naturaleza que se encuentren en la superficie, subsuelo o sumergidos en aguas jurisdiccionales, que puedan proporcionar información sobre los grupos socioculturales que habitaron el país desde épocas precolombinas hasta épocas recientes. La presente ley será de aplicación en todo el país". Asimismo regula como "(...) responsabilidad de las Provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Nación, en sus respectivas jurisdicciones, la aplicación de la ley, para preservación y protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, siendo la responsabilidad exclusiva de la Nación la tutela del mismo". La Constitución de la Provincia de Córdoba establece en su Artículo 65, que el Estado Provincial es responsable de la conservación, enriquecimiento y difusión del patrimonio cultural, en especial arqueológico, histórico, artístico y paisajístico y de los bienes que lo componen, cualquiera sea su régimen jurídico y su titularidad. Según el Artículo 31 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Córdoba "el municipio contribuye al desarrollo cultural de la ciudad, preserva y difunde el patrimonio cultural y natural.....".Luego la Ordenanza Municipal Nº 11.190- Protección del Patrimonio Arquitectónico Urbanístico y de Áreas de Valor Cultural de la Ciudad de Córdoba dispone que las acciones que realiza el municipio son las de proteger y poner en valor los bienes y lugares del patrimonio construido en la Ciudad de acuerdo al orden público que estos poseen, como así también la identificación y delimitación de áreas con valores urbanísticos y ambientales a proteger y/o rehabilitar. El organismo responsable de las acciones de tutela de los valores culturales y/o paisajísticos de los bienes considerados componentes del Patrimonio de la ciudad, de propiedad pública o privada, es la Dirección de Planeamiento Urbano dependiente de la Secretaría de Transporte y Ordenamiento Territorial con intervención de la Dirección General de Cultura, en los casos establecidos en la presente. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 187 1.3. Identificación de Impactos Los tipos de impactos que pueden producirse por las obras pueden deberse al propio diseño o pueden aparecer durante el proceso de construcción. Entre los del primer tipo se encuentran: Afectación de patrimonio por presencia del proyecto. Esta afectación puede producirse en forma directa, por necesidad de remover o desplazar algún elemento de valor patrimonial, por ejemplo un altar o un monolito o icono cultural o religioso, o, como ocurre en las obras de remodelación del CPC- Mercado de la Ciudad , por la necesidad de remoción de elementos de muros, solados, techos, fachadas y otras partes de edificios y/o construcciones. FUENTE PRENSA MUNICIPAL ­ RECUPERACION CPC MERCADO DE LA CIUDAD Por otro lado, la afectación indirecta puede producirse por acciones del proyecto tales como incremento de las emisiones gaseosas, o generación o incremento de vibraciones. Un ejemplo del primer caso lo constituyen las emisiones gaseosas del transporte automotor que puede afectar la calidad de los muros de edificios históricos. En el segundo caso, el incremento de vibraciones producidas por mayor tránsito pesado, o por la actividad de maquinaria pesada en las cercanías de algún edificio de valor patrimonial puede ocasionar daños incrementales en sus estructuras, alterando la calidad de los mismos, y pudiendo poner en riesgo, en casos extremos, la integridad del bien patrimonial. Eventuales hallazgos: dado que algunos de los proyectos pueden implicar la necesidad de excavaciones de profundidad, según sea el caso, es posible que puedan producirse hallazgos de restos de interés arqueológico o paleontológico que es menester identificar y proteger según sea el caso. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 188 2. Medidas de Manejo para Protección del Patrimonio Para la protección del patrimonio conocido que se haya identificado durante las etapas de evaluación ambiental y social de los proyectos (Screening Preliminar, Evaluación Expeditiva y Consulta Pública, desarrollados en el Módulo A del presente MMAyS) la UEPTUBA-GEF, previo al inicio de cualquier acción, establecerá la inmediata consulta y puesta en consideración del proyecto a la autoridad jurisdiccional competente. En general, las gestiones de consulta y aprobación pueden demorar un tiempo considerable, por lo que se recomienda iniciarlas inmediatamente toda vez que se quiera encarar un proyecto que pueda afectar un bien o patrimonio cultural conocido. En algunas ocasiones, existen elementos históricos culturales que no cuentan con protección establecida por ley, pero cuyo valor es reconocido por la comunidad local. En esos casos se recomienda incorporar al proceso de Información y Consulta Pública, todos los aspectos relacionados con las eventuales afectaciones a los elementos de tal tipo, de modo de evitar conflictos posteriores con las comunidades locales, respetando sus valores histórico culturales. Obtenida la aprobación por parte de la autoridad competente, en los casos que corresponda, y efectuada la correspondiente consulta, en los demás debe establecerse un programa de manejo del patrimonio histórico cultural. El mismo debe basarse en los procedimientos establecidos por la autoridad competente en los casos que corresponda, de lo contrario, se recomienda que se incluya en la elaboración del programa de manejo, como mínimo: · Características y magnitud de las obras proyectadas, indicando especialmente su vinculación con el elemento de valor patrimonial y las eventuales afectaciones. · Relevamiento de información secundaria. · Entrevistas con especialistas u otras personas que pudiesen aportar información adicional sobre el elemento de valor patrimonial identificado. Estas entrevistas pueden programarse en forma previa, simultánea o posterior al trabajo de campo. · Relevamiento fotográfico. · Registro en planos. · Registro de gráficos en los casos que sea necesario indicar detalles o información de interés. · Toda otra forma de registro que se considere pertinente. · Plan de remoción. · Plan de restauración. · Plan de guarda. · Plan de reconstrucción de ámbitos en los casos que corresponda. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 189 En caso de tratarse de bienes declarados patrimoniales por ley o normativa local, debe incorporarse como requisito en los pliegos licitatorios la incorporación de un profesional especialista en Protección del Patrimonio como responsable del programa. En caso de tratarse de bienes de valoración cultural o religiosa por parte del profesional, debe incorporarse como requisito en los pliegos licitatorios un profesional especialista en temas antropológicos como responsable del programa. 3. Medidas de Manejo para Hallazgos de Interés Si durante los movimientos de suelos u otras tareas de las obras se produjeran hallazgos de material arqueológico, sitios de asentamientos de poblaciones anteriores u otros objetos de interés arqueológico, paleontológico o de interés mineralógico, el Contratista debe paralizar inmediatamente las obras en el sitio del descubrimiento, aunque en forma transitoria, colocando un vallado perimetral para delimitar la zona de eventual interés y estableciendo personal de custodia para evitar posibles saqueos o destrucción por desconocimiento de elementos que pudieren ser de interés. En forma inmediata el Contratista debe dar aviso a la Supervisión, quien debe notificar, también en forma inmediata y eficaz a UEPTUBA-GEF y al organismo jurisdiccional responsable de investigar y evaluar dicho hallazgo, para que éste, junto con la Autoridad Competente, disponga del futuro accionar. En caso de hallazgos debe seguirse el procedimiento siguiente: · Si durante los trabajos de remoción de tierras se produjo la rotura o se desplazó material de su ubicación original, debe mantenérselo en el nuevo sitio, de modo de evitar mayores alteraciones. En lo posible, se recomienda dejar registro del sitio original donde se produjo el hallazgo. · Detener los trabajos en el sitio del hallazgo y señalizarlo de forma tal que se facilite su identificación y se garantice su protección. · El arqueólogo o profesional especialista de la autoridad competente en la materia es el encargado de determinar, a través de las indagaciones pertinentes, la situación del hallazgo y las posibilidades para establecer un diagnóstico preciso y un eventual rescate de los materiales. Para ello, el Contratista debe poner a su disposición todos los medios pertinentes para facilitar las actuaciones de la Autoridad Competente. Desde el momento de ocurrencia del hallazgo, se debe también interrumpir las tareas de remoción de tierra en las áreas adyacentes y próximas al sitio del hallazgo, de modo de evitar nuevas perturbaciones. Se recomienda consultar con la autoridad competente la posibilidad de continuar con las mencionadas tareas en los sitios adyacentes, advirtiendo a la misma sobre la necesidad de continuación de los trabajos. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 190 En ningún caso debe desplazarse el material hallado sin la consulta a la Autoridad Competente. Cuando el material revista interés patrimonial, y siempre bajo la supervisión de la autoridad de aplicación, se debe realizar un relevamiento planialtimétrico, descripción de los vestigios de superficie y señalización en grafico o plano de su localización y distribución, recolección superficial de materiales arqueológicos, documentación fotográfica y videográfica completa, entre otras actividades. El Contratista debe cooperar y, a pedido de la Supervisión, ayudará a la protección, relevamiento y traslado del material hallado. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 191 4. Actividades y Responsabilidades La siguiente tabla contiene una guía que debe ser convenientemente ajustada e incorporada por el Contratista en la formulación del Programa de Patrimonio Histórico Cultural y Hallazgos Arqueológicos. Fase Actividad Responsable Controla y Responsable Momento de realización de la Aprueba de la Ejecución Supervisión Presentación del Programa de Manejo de Contratista Municipio / Supervisión Al mes de iniciado el contrato Patrimonio Histórico Cultural y Hallazgos Autoridad Competente UEPTUBA-GEF Coordinación con la Autoridad Competente o con Contratista Municipio / Supervisión Al mes de iniciado el contrato las organizaciones que fomentan la protección del UEPTUBA-GEF bien y presentación del Programa Aprobación de la Autoridad Competente o de las Contratista Municipio / Supervisión Debe obtenerse previo al inicio de organizaciones que fomentan la protección del UEPTUBA-GEF obras en los elementos patrimoniales Planificación bien. de la Relevamiento de información secundaria Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Al inicio el contrato. Construcción Entrevistas con Especialistas u otras personas que Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión A los siete días de iniciado el contrato aporten información sobre el bien patrimonial a preservar Relevamiento de información primaria Contratista Municipio / Supervisión A los diez días de iniciado el contrato UEPTUBA-GEF Implantación de mecanismos de protección Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Antes del inicio de obra. Toda vez que aprobados por la Autoridad Competente en los se abra un frente de obra en cercanías casos que corresponda de un bien de valor patrimonial Implantación de cartelería informativa en relación a Contratista Municipio / Supervisión Con quince días de anticipación al inicio los trabajos a realizar. UEPTUBA-GEF de los trabajos Implementación de los trabajos de remoción (en los Contratista Autoridad Supervisión De acuerdo a la programación de obra Construcción casos que corresponda) Competente UEPTUBA-GEF Implementación de los trabajos de restauración (en Contratista Autoridad Supervisión De acuerdo a la programación de obra los casos que corresponda) Competente UEPTUBA-GEF Implementación de las acciones de guarda (en los Contratista Autoridad Supervisión De acuerdo a la programación de obra casos que corresponda) Competente UEPTUBA-GEF MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 192 Fase Actividad Responsable Controla y Responsable Momento de realización de la Aprueba de la Ejecución Supervisión Implementación de los trabajos de Contratista Autoridad Supervisión De acuerdo a la programación de obra reconstrucción(en los casos que corresponda) Competente UEPTUBA-GEF Mantenimiento del bien patrimonial protegido. Municipio UEPTUBA-GEF Durante la vida útil de la infraestructura. Autoridad El control por parte de UEPTUBA-GEF Competente se extiende hasta un año posterior a la inauguración de la obra. Operación Difusión a la comunidad de las tareas de Contratista UEPTUBA-GEF En el Taller de Sostenibilidad al mes de mantenimiento y de las tareas de restauración o Autoridad finalización de la etapa de obra. En la reconstrucción según corresponda Competente reunión con la Comisión Vecinal del Municipio Proyecto durante el período de garantía. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 193 MODULO F ­ MANEJO DE LAS ACTIVIDADES CONSTRUCTIVAS El Plan de Manejo para las Actividades Constructivas debe estar orientado a evitar y minimizar los impactos que toda etapa de obra puede generar sobre el entorno inmediato a las mismas y también dentro de los ámbitos de trabajo como son los frentes de obra, campamentos, obradores, centros de acopio, etc. El Plan debe contener como mínimo los siguientes programas · Acta de Estado de los Predios. · Manejo de Obradores, Campamentos y Centros de Acopio de Materiales. · Remoción de Obras Existentes. · Interferencias con instalaciones de servicios públicos. · Trabajos en las vías ferroviarias. · Manejo de materiales de construcción. · Movimiento de suelos y excavaciones. · Manejo Integral de Residuos Sólidos. · Manejo Integral de Efluentes Líquidos. · Control de Emisiones Atmosféricas. 1. Actas de Estado de los Predios Previo al inicio de las obras, el Contratista debe levantar Actas de Estado de los Predios. Estas últimas son documentos que buscan establecer el estado físico de los inmuebles antes del inicio de las obras con el fin, en caso de reclamos y quejas, de poder establecer la responsabilidad del Contratista en el daño de los mismos en el Área de Impactos Ambientales y Sociales Directos del proyecto y se levantarán en cada uno de tales predios. El levantamiento de las Actas conlleva la toma de fotografías, que se deberá realizar teniendo en cuenta lo siguiente: · Utilizar cámara digital. · Realizar una toma general de la fachada del inmueble y un registro detallado del área interna del inmueble según el caso o cuando el Ingeniero representante del Contratista o el delegado de la Supervisión lo requieran. · Registrar en las fotos los detalles o averías existentes en las paredes como: humedad, grietas, fisuras, estado de la pintura, entre otros. · Al Acta se adjuntará la fotografía impresa a color de la fachada que identifique el predio con su respectiva nomenclatura. Igualmente, a cada acta se anexarán, en soporte magnético, las fotografías que se hayan tomado al interior del predio. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 194 En cuanto al procedimiento a llevar a cabo con las Actas de Estado del Predio: · El Contratista deberá entregar a la Supervisión la programación del levantamiento de las mismas, en la cual especifique, fecha, direcciones, hora y responsable del levantamiento, para su correspondiente aprobación, cinco (5) días antes de la fecha de inicio del levantamiento de las mismas. · El acta deberá llevar la firma del Contratista, del Supervisor, del representante del área de la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Córdoba y del propietario o locatario del inmueble. Cada uno de estos actores conservará copia del acta, legalizada por escribano público. · Si durante la Fase de Construcción, se llegara a presentar algún reclamo por daños en alguno o varios de los inmuebles, el Contratista programará una visita técnica a cada uno de los predios, para lo cual un profesional del área de la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Córdoba, previamente, a cada una de las personas que hubiese interpuesto la queja y deberá realizar dicha visita dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en la cual se presentó el reclamo. Si la persona que interpuso la queja no asistiese, el Contratista deberá reprogramar la actividad con el fin de que en la nueva visita realizada, esté presente dicha persona. En dicha actividad deberán estar presentes los profesionales: responsable de la obra, del área de la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Córdoba y de la Supervisión de obra, y se deberá llevar la correspondiente Acta de Estado del Predio, con las fotografías de soporte impresas a color en tamaño postal correspondientes al área relacionada en la respectiva queja. Se procederá a evaluar los daños y determinar la responsabilidad, apoyándose en las tomas fotográficas realizadas oportunamente. Igualmente, el Contratista realizará un nuevo registro fotográfico en el área afectada para comparar los cambios que pudiesen haberse presentado, el que se incorporará al acta inicialmente levantada y constará en cada una de sus copias, nuevamente legalizadas. De la misma forma, el Contratista levantará acta de cada una de las visitas que se adelanten durante el proceso de verificación de responsabilidades. En la reunión de la Comisión Vecinal del Proyecto posterior a la fecha de realización de la visita, la Supervisión de obra deberá entregar su dictamen frente a la responsabilidad o no del Contratista en la avería del inmueble. En el caso en el que la Supervisión hubiese establecido la responsabilidad del Contratista, éste último deberá entregar el cronograma de trabajo que ejecutará para reparar los daños. El Contratista deberá proceder a iniciar la reparación de los daños causados en el predio dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de reunión de la Comisión Vecinal del Proyecto y dicha actividad no deberá superar los plazos MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 195 aprobados por la Supervisión en el cronograma señalado por el Contratista. Cuando se presenten discrepancias entre la Supervisión y el Contratista sobre la responsabilidad de éste en las averías del predio, se acudirá a la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Córdoba para que resuelva la controversia. Si la Municipalidad estableciese la responsabilidad del Contratista en el daño al inmueble, deberá comunicar dicha decisión, a través de su delegado en la siguiente reunión de la Comisión Vecinal del Proyecto. Por lo cual el Contratista deberá proceder a reparar los daños causados en el predio dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la realización reunión de la Comisión Vecinal del Proyecto, sin que lo anterior implique remuneración adicional para el Contratista. Para el caso en el cual el Contratista no reparase los daños y averías que por responsabilidad de su actividad hubiere causado a los predios, dentro del plazo previsto en cada uno de los contratos, este hecho se considerará como un incumplimiento de los pliegos Ambientales y Sociales que forman parte del contrato de obra y, por tanto se hará acreedor a las multas previstas para tal fin. Una vez entregada la reparación correspondiente se procederá a realizar, nuevamente, el registro fotográfico del inmueble y a adjuntarlo al acta inicial de la manera antes indicada, y en un expediente de seguimiento que se implementará para cada caso. En este último se consignará la evaluación del afectado sobre las reparaciones realizadas por el Contratista con la respectiva firma de recepción satisfactoria. Para cada caso que se presente, el Contratista establecerá un expediente en el que se archive el proceso adelantado, dando cuenta de cada una de las acciones de evaluación, seguimiento y entrega de la reparación a satisfacción del afectado; al igual que los demás documentos relacionados con el caso. NOTAS: El Contratista deberá entregar la copia del Acta de Estado del Predio y fotografía impresa de la fachada del inmueble, al propietario o inquilino del mismo, y además a la Supervisión y a la Secretaría de Desarrollo Social y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Córdoba, como máximo a los cinco (5) días de levantada el acta. El Contratista deberá disponer, antes del inicio de la obra, de la base de datos del inventario de predios objeto de Actas de Estado del Predio, dicho relevamiento será verificado por la Supervisión. En todo caso, el Contratista deberá garantizar que a todos los predios ubicados en el Área de Impactos Ambientales y Sociales Directos se les levante Acta del Estado de los Predios. Igualmente, si identifica que algún predio no ubicado en dicha área pudiera verse afectado por la construcción del proyecto o sus acciones complementarias (desvíos de tránsito, ruta entre frentes de obra y obrador, etc.), deberá realizar el levantamiento de Acta del Estado del Predio del mismo. Si el Contratista por descuido o error no levantase el Acta del Estado de los Predios para alguna unidad ubicada en el área definida y el propietario o inquilino de dicho predio estableciese un reclamo por averías del inmueble, el Contratista estará incumpliendo el Contrato y deberá hacerse cargo de los procesos de adecuación de la vivienda, comercio, etc., de que se trate. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 196 Actas de Compromiso Las Actas de Compromiso se suscribirán entre el Contratista y el propietario del predio cuando la ejecución de la obra requiera de un permiso particular del propietario para realizar una actividad de obra, como por ejemplo la construcción de una rampa de acceso vehicular en solo uno de los frentes del predio, el retiro de las tapas de los contadores de agua en un tiempo determinado o la definición del nivel de acceso a cada predio, entre otros. 2. Manejo de Obradores, Campamentos y Centros de Acopio de Materiales 2.1. Descripción Como cualquier actividad constructiva, las obras realizadas en el marco de la UEPTUBA-GEF pueden implicar afectaciones, que en general son de carácter temporal, al entorno en el que se desarrollan los trabajos. Para atender los posibles impactos que normalmente se presentan en el desarrollo de las etapas constructivas, el presente programa debe diseñarse orientado a la implementación de las medidas requeridas para la construcción y operación de los obradores temporales y centros de acopio que son requeridos durante el desarrollo de las obras. Entre los tipos de impactos que pueden producirse en la construcción y operación de obradores se presentan los siguientes: · Cambios temporales en el uso del suelo. · Cambios negativos en la percepción del paisaje. · Alteración del flujo vehicular. · Incomodidades a los residentes y establecimientos de la zona. · Remoción y afectación de la cobertura vegetal. · Emisiones de gases y partículas. · Generación de ruido. · Aporte de aguas residuales domésticas. · Aporte de sedimentos y lubricantes a cuerpos hídricos. · Generación de residuos. Para la instalación de obradores el Contratista debe presentar las alternativas propuestas para la selección de la mejor alternativa de localización por parte de la Municipalidad de Córdoba. La Supervisión debe revisar las alternativas y seleccionar la más conveniente, fundamentando la misma y elevándola a consideración de la Municipalidad de Córdoba. La selección del sitio debe efectuarse con base a la información proporcionada por las Evaluaciones Expeditivas, de modo de generar los menores impactos, en especial sobre la población del lugar y los centros de interés comunitario, en especial escuelas y centros de salud, con los que se recomienda guardar una distancia de por lo menos 200 metros. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 197 Obtenida la aprobación por parte de la Autoridad Competente y la Supervisión, la instalación de obradores debe seguir los siguientes criterios: 1. Salvo en casos estrictamente necesarios, o por indicación de la respectiva autoridad municipal por intermedio de la Supervisión y la UEPTUBA-GEF, el obrador no debe instalarse en espacio público. 2. En el caso de ser requerido la instalación del obrador en espacio público, previo a la ocupación del mismo debe efectuarse un registro fotográfico, con indicaciones de detalles en caso de ser necesario, de modo de obtener la línea de base a ser restaurada una vez desmantelado el obrador. Del mismo modo, luego de desmantelar el obrador y recomponer a su estado inicial el espacio público ocupado, debe darse aviso a la Supervisión para que ésta registre el estado. La Supervisión debe elaborar un informe y presentarlo a las autoridades jurisdiccionales correspondientes con copia a la UEPTUBA-GEF. 3. El contratista deberá solicitar ante las autoridades competentes, los permisos para la conexión a servicios públicos en los casos que así lo requiera. 4. En los casos que corresponda, debe tramitarse el permiso para conectar a la red de alcantarillado los residuos líquidos domésticos generados en el obrador. 5. Para el almacenamiento temporal de combustibles y de sustancias peligrosas en los diferentes obradores y/o centros de acopio se debe cumplir con los lineamientos que se dan en el Módulo G ­ Programa de Seguridad Industrial, Manejo de Combustibles y Sustancias Peligrosas. 6. De existir zonas verdes aledañas al campamento, estas se deben proteger siguiendo los lineamientos del Módulo C ­ Manejo de la Vegetación y el Paisaje. 7. Una vez terminadas las obras se debe desmontar el obrador y recuperar la zona. 8. De requerirse la ubicación de sitios de almacenamiento temporal para el manejo del material reciclable de excavación o de los diferentes materiales de construcción, es requisito que el sitio elegido este provisto de canales perimetrales con sus respectivas estructuras para el control de sedimentos, a éste sedimento se le debe dar el mismo tratamiento dado a los escombros. De igual forma se deberá adecuar un cerramiento adecuado de tal forma que se aísle completamente la zona respecto del espacio circundante, colocando señales que indiquen el tipo de actividad que se realiza. Los sitios de almacenamiento deberán estar distantes de cuerpos de agua, o perfectamente aislados de los mismos, para evitar su eventual contaminación por arrastre de sedimentos. 9. En cumplimiento de lo establecido en el Decreto 911/96 (Higiene y Seguridad en la Industria de la Construcción) todos los ámbitos de trabajo frentes de obra, talleres, oficinas, campamentos y otras instalaciones, deberán disponer de servicios sanitarios adecuados e independientes para cada sexo, en cantidad suficiente y proporcionales al número de MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 198 personas que trabajen en ellos. Los servicios sanitarios deben contar con la siguiente proporción de artefactos cada QUINCE (15) trabajadores: a. UN (1) inodoro a la turca. b. UN (1) mingitorio. c. DOS (2) lavabos. d. CINCO (5) duchas con agua caliente y fría. En el caso de obras extendidas, la provisión mínima será de un retrete y lavabo con agua fría en cada uno de sus frentes. Cuando la obra posea alojamiento temporario y todos los trabajadores vivan en la misma, no será exigible la inclusión de duchas en los servicios sanitarios de obra (frentes de obra y servicios auxiliares), admitiéndose que las mismas formen parte del grupo sanitario de los alojamientos. No obstante, si los trabajadores estuvieran expuestos a sustancias tóxicas o irritantes para la piel y las mucosas, se deberán instalar duchadores de agua fría. Los servicios sanitarios deben cumplir con las siguientes características: a. Caudal de agua suficiente, acorde a la cantidad de artefactos y de trabajadores. b. Pisos lisos, antideslizantes y con desagüe adecuado. c. Paredes, techos y pisos de material de fácil limpieza y desinfección. d. Puertas con herrajes que permitan el cierre interior y que aseguren el cierre del vano en las tres cuartas partes de su altura. e. Iluminación y ventilación adecuadas. f. Limpieza diaria, desinfección periódica y restantes medidas que impidan la proliferación de enfermedades infecto-contagiosas y transmisibles por vía dérmica. Cuando el personal no viva al pie de obra, se instalarán vestuarios dimensionados gradualmente, de acuerdo a la cantidad de trabajadores. Los vestuarios deben ser utilizados únicamente para los fines previstos y mantenerse en adecuadas condiciones de higiene y desinfección. Los vestuarios deben equiparse con armarios individuales incombustibles para cada uno de los trabajadores de la obra. Los trabajadores afectados a tareas en cuyos procesos se utilicen sustancias tóxicas, irritantes o agresivas en cualquiera de sus formas o se las manipule de cualquier manera, dispondrán de armarios individuales dobles, destinándose uno a la ropa y equipo de trabajo y el otro a la vestimenta de calle. El diseño y materiales de construcción de los armarios deberán permitir la conservación de su higiene y su fácil limpieza. 10.El Contratista debe proveer locales adecuados para comer, provistos de mesas y bancos, acordes al número total de personal en obra por turno y a la disposición geográfica de la obra, los que se mantendrán en condiciones de higiene y desinfección que garanticen la salud de los trabajadores. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 199 11.En caso de existir cocina en la obra, ésta deberá cumplir las medidas de higiene y limpieza que garanticen la calidad de la comida de los trabajadores. Las cocinas deberán estar equipadas con mesada, bacha con agua fría y caliente, campana de extracción de humos y heladeras. Los trabajadores a cargo de la preparación de alimentos deben contar con el apto otorgado por el Servicio de Medicina del Trabajo a través de exámenes periódicos. Se les proveerá de delantal, gorro, guantes y barbijo cuando así corresponda. 12.La evacuación y disposición de desechos cloacales y aguas servidas debe efectuarse a redes de colección con bocas de registro y restantes instalaciones apropiadas a ese fin, debiendo evitarse: a. la contaminación del suelo. b. la contaminación de las fuentes de abastecimientos de agua. c. el contacto directo con las excretas. d. Cuando el número de personas no justifique la instalación de una planta de tratamiento, la disposición final se podrá realizar a pozo absorbente, previo pasaje por cámara séptica. 13.El tratamiento de los residuos sólidos hasta su disposición final debe respetar las tres etapas: a. almacenamiento en el lugar donde se produjo el residuo. b. recolección y transporte. c. eliminación y disposición final. Se deben proveer recipientes adecuados, con tapa, resistentes a la corrosión, fáciles de llenar, vaciar y tapar, ubicándose los mismos en lugares accesibles, despejados y de fácil limpieza. Los desperdicios de origen orgánico que puedan estar en estado de descomposición deben ser dispuestos en bolsas u otros envases de material plástico. La recolección se debe realizar por lo menos una vez al día y en horario regular, sin perjuicio de una mayor exigencia específicamente establecida en la normativa vigente, debiendo los trabajadores que efectúen la tarea estar protegidos con equipamiento apropiado. La operación se efectuará tomando precauciones que impidan derramamientos, procediéndose posteriormente al lavado y desinfectado de los equipos utilizados. Se recomienda orientar el manejo de residuos a reducir su generación reutilizando, en la medida de lo posible, el material susceptible de hacerlo. Se debe separar los residuos especiales como grasas, lubricantes y/o sustancias químicas que se manejen la obra. Los recipientes destinados a residuos sólidos especiales deben ser resistentes al efecto corrosivo. El contratista debe coordinar con las organizaciones con permiso ambiental que corresponda, la recolección de estos residuos debidamente clasificados. Los residuos sólidos generados no reciclados, deben almacenarse en el recipiente adecuado para posteriormente ser evacuados por los carros recolectores de basura del sector. 14.Se entiende por agua para uso y consumo humano la que se emplea para beber, higienizarse y preparar alimentos. Debe cumplir con los requisitos MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 200 establecidos para el agua potable por las autoridades competentes. En caso de que el agua suministrada provenga de perforaciones o de otro origen que no ofrezca suficientes garantías de calidad, deberán efectuarse análisis físico-químicos y bacteriológicos al comienzo de la actividad, bacteriológicos en forma semestral y físico-químicos en forma anual. Se debe asegurar en forma permanente el suministro de agua potable a todos los trabajadores, cualquiera sea el lugar de sus tareas, en condiciones, ubicación y temperatura adecuados. Los tanques de reserva y bombeo deben estar construidos con materiales no tóxicos adecuados a la función, contando con válvulas de limpieza y se les efectuará vaciado e higienización periódica y tratamiento bactericida. Cuando el agua no pueda ser suministrada por red, deberá conservarse en depósitos cerrados provistos de grifos ubicados en cada frente de obra, los que serán de material inoxidable no tóxico, de cierre hermético y de fácil limpieza. El agua para uso industrial debe ser claramente identificada para evitar su ingesta. 15.El campamento deberá cumplir con las siguientes condiciones de seguridad: · Señalizarse en su totalidad diferenciado las secciones del mismo, de acuerdo a lo establecido en los artículos 66 a 72 del Decreto 911/96. Entre otros debe contener señales que indiquen prevención de accidentes, salida de emergencia, dispositivos contra incendios, almacén y oficinas, articulándose con el Análisis de Riesgos, Plan de Contingencias y Emergencias y Programa de Seguridad Industrial y en concordancia con lo establecido en el Programa de Manejo de la Señalización del presente MMAyS. El responsable de Higiene y Seguridad indicará los sitios a señalar y las características de la señalización a colocar, según las particularidades de la obra. Estos sistemas de señalización (carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, tarjetas, etc.), se mantendrán, modificarán y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riesgos emergentes, de acuerdo a normas nacionales o internacionales reconocidas. · Estar dotado con equipos necesarios para el control de incendios (extintores) y material de primeros auxilios. 16.Para la prevención y extinción de incendios se debe observar lo establecido en los artículos 88 a 93 del Decreto 911/96, considerando los siguientes objetivos: a. Impedir la iniciación del fuego, su propagación y los efectos de los productos de la combustión. b. Asegurar la evacuación de las personas. c. Capacitar al personal en la prevención y extinción del incendio. d. Prever las instalaciones de detección y extinción. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 201 e. Facilitar el acceso y la acción de los bomberos. · El responsable de Higiene y Seguridad debe definir la tipología y cantidad mínima de elementos de protección y de extinción de incendios e inspeccionarlos, al menos una vez al mes, las instalaciones, los equipos y materiales de prevención y extinción de incendios, para asegurar su correcto funcionamiento. · Todo lugar donde se realicen actividades de obra o conexas con la misma, en el que exista riesgo potencial de incendio, debe disponer además de las puertas de entrada y salida, de "salidas de emergencias" suficientes y convenientemente distribuidas para caso de incendio. Estas puertas como las ventanas debe abrirse hacia el exterior y estar libres de obstáculos. · En los depósitos de sustancias que puedan dar lugar a explosiones, desprendimiento de gases o líquidos inflamables, tales como combustibles sólidos, minerales, líquidos y gaseosos debe cumplirse con lo establecido en la normativa vigente, además de cumplimentar con los artículos siguientes. · Los líquidos inflamables se deben almacenar, transportar, manipular y emplear de acuerdo con las siguientes disposiciones: Deben almacenarse separadamente del resto de los materiales en lugares con acceso restringido y preferentemente a nivel del piso. Los edificios y construcciones destinadas al almacenamiento de líquidos inflamables deben ser ventilados. Tendrán cubierta para evitar la radiación solar directa, se ubicarán en la cota más baja del terreno. Los lugares destinados al almacenamiento de líquidos inflamables a granel deben estar rodeados de un muro o terraplén estanco al agua o por una zanja, de manera que en caso de escape del líquido almacenado, este puede ser retenido en su totalidad por la zanja o terraplén. Los depósitos de inflamables deberán poseer instalación eléctrica antiexplosiva e instalación de extintores. · En todos los lugares en que se depositen, acumulen o manipulen explosivos o materiales combustibles e inflamables, queda terminantemente prohibido fumar, encender o llevar fósforos, encendedores de cigarrillos o todo otro artefacto que produzca llama. Se contará con dispositivos que permitan eliminar los riesgos de la electricidad estática. · Las sustancias propensas a calentamiento espontáneo, deben almacenarse conforme a sus características particulares para evitar su ignición. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 202 · Las sustancias químicas que puedan reaccionar juntas y expeler emanaciones peligrosas o causar incendios o explosiones, deben almacenarse en forma separada unas de otras. · Los recipientes de las sustancias peligrosas (tóxicas, explosivas, inflamables, oxidantes, corrosivas, radiactivas, etc.), deben llevar etiquetas para su identificación. Las hojas de seguridad de estas sustancias deben permanecer en lugares visibles, de fácil acceso y cerca al almacenamiento de la sustancia. · No se pueden mantener o almacenar líquidos inflamables dentro de locales destinados a reunir gran número de personas en locales situados sobre o al lado de sótanos o fosos, a menos que tales áreas estén provistas de ventilación adecuada para evitar la acumulación de vapores y gases. · En los sitios de trabajo donde se manipulen o almacenen líquidos o sustancias inflamables, la iluminación de lámparas, linternas y cualquier extensión eléctrica que sea necesario utilizar, debe ser a prueba de explosión. 17.Los almacenes, centros o puntos de acopio deben cumplir con los siguientes requerimientos: · De existir zonas verdes aledañas al campamento, estas se deben proteger siguiendo los lineamientos del Programa de Manejo de la Señalización. · Se deben delimitar las rutas de acceso de los camiones que ingresan y retiran el material. · De almacenarse temporalmente materiales dentro del campamento se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones: Todo material que genere material particulado debe permanecer totalmente cubierto. Se deben adecuar zonas debidamente diferenciadas para el almacenamiento de los diferentes tipos de materiales. Se debe adecuar un cerramiento de tal forma que se aísle completamente la zona de almacenamiento del espacio circundante, colocando señales que indiquen el tipo de actividad que se realiza. Los sitios de almacenamiento deberán estar suficientemente distantes de los cuerpos de agua para evitar su contaminación. 18.Para el manejo de los residuos sólidos de debe cumplir las siguientes recomendaciones: · Deben proveerse recipientes adecuados, con tapa, resistentes a la corrosión, fáciles de llenar, vaciar y tapar, ubicándose los mismos en lugares accesibles, despejados y de fácil limpieza. Los desperdicios de origen orgánico que puedan estar en MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 203 estado de descomposición deben ser dispuestos en bolsas u otros envases de material plástico. · La recolección debe realizarse por lo menos una vez al día y en horario regular, sin perjuicio de una mayor exigencia específicamente establecida, debiendo los trabajadores que efectúen la tarea estar protegidos con equipamiento apropiado. La operación se efectuará tomando precauciones que impidan derramamientos, procediéndose posteriormente al lavado y desinfectado de los equipos utilizados. · Deben separarse los residuos especiales como grasas, lubricantes y/o sustancias químicas que maneje la obra. Los recipientes destinados a residuos especiales deberán ser resistentes al efecto corrosivo. El contratista debe contratar un servicio de recolección de este tipo de residuos que cuente con la debida autorización para ello. · Los residuos sólidos generados no reciclados, deben almacenarse en el recipiente adecuado para posteriormente ser evacuados por los carros recolectores de basura del sector, para lo cual deben mantener el recibo de pago de éstos servicios. 2.2. Remoción de Edificación Existente En los casos en que se requiera efectuar remociones o demoliciones de edificaciones existentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 911/96, debe formularse un programa definido para la ejecución de los trabajos, que contemple en cada etapa las medidas de prevención correspondiente, incluyendo la descripción de los dispositivos de seguridad que se instalarán para evitar accidentes. Estos trabajos deben señalizarse convenientemente de acuerdo a lo establecido en el Módulo D del presente MMAyS. El programa de ejecución de los trabajos debe contemplar: · Acciones para afianzar las partes inestables de la construcción. · Examen previo y periódico de las construcciones que pudieran verse afectadas por los trabajos. · Interrupción obligatoria del suministro de los servicios de energía eléctrica, agua, gas, vapor, etc. De ser necesarios algunos de estos suministros para las tareas, los mismos deben efectuarse adoptando las medidas de prevención necesarias de acuerdo a los riesgos emergentes. El Responsable de Higiene y Seguridad es quien debe establecer las condiciones, zonas de exclusión y restantes precauciones a adoptar de acuerdo a las características, métodos de trabajo y equipos utilizados. El responsable de la tarea, que participará en la determinación de dichas medidas, deberá verificar su estricta observancia. El acceso a la zona de seguridad deberá estar reservado exclusivamente al personal afectado a la demolición. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 204 En los trabajos de demolición deben adoptarse las siguientes precauciones mínimas: · En caso de demolición por tracción todos los trabajadores deberán encontrarse a una distancia por seguridad fijada por el responsable de Higiene y Seguridad. · En caso de demolición por golpe (peso oscilante o bolsa de derribo o martinete), se deberá mantener una zona de seguridad alrededor de los puntos de choque, acorde a la proyección probable de los materiales demolidos y a las oscilaciones de la pesa o martillo. · Cuando se realicen demoliciones con explosivos, se respetará lo establecido en el capítulo correspondiente. · Cuando la demolición se efectúe en altura, será obligatorio utilizar andamios de las características descriptas en el capítulo correspondiente, separados de la construcción a demoler, autoportantes o anclados a estructura resistente. Si por razones térmicas, resultase impracticable la colocación de andamios, el responsable habilitado arbitrará los medios necesarios para evitar el riesgo de caída para los trabajadores. · Cuando se utilicen equipos tales como palas mecánicas, palas de derribo, cuchara de mandíbula u otras máquinas similares, se mantendrá una zona de seguridad alrededor de las áreas de trabajo, que será establecida por el Responsable de Higiene y Seguridad. · El acceso a la zona de seguridad deberá estar reservado exclusivamente al personal afectado a las tareas de demolición. · Se realizarán los apuntalamientos necesarios para evitar el derrumbe de los muros linderos. Cuando el residuo de demolición consista en restos de mampostería, hormigón y no esté contaminado con elementos tales como fibrocemento, aislantes con asbestos y otros materiales peligrosos, la Supervisión puede autorizar su empleo para la construcción de terraplenes si fuera apto para este uso. Se deberá recubrir con una capa de suelo, de manera de permitir restaurar fácilmente la conformación del terreno y la vegetación del terraplén. El Contratista debe remover todos los escombros asfálticos que se generen durante la construcción y durante el período de garantía de las obras. Estos restos podrán ser reutilizados como agregado en la elaboración del concreto asfáltico necesario para la obra, o como material de relleno para los terraplenes o alteos necesarios. 2.3. Interferencias con instalaciones de servicios públicos El subsuelo de la zona de las obras puede estar ocupado por una variedad de cañerías, cables, cámaras, etc. pertenecientes al Concesionario MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 205 FERROVIARIO o a empresas de servicios públicos como EPEC, AGUAS CORDOBESAS, TELECOM, TELEFÓNICA, ECOGAS, TV POR CABLE, etc. El Contratista debe realizar a su exclusivo cargo todas las tramitaciones correspondientes, ante las empresas públicas y privadas concesionarias de servicios, para las remociones y modificaciones así como las reinstalaciones afectadas por la ejecución de las obras. Una vez ejecutados los trabajos para los cuales se ha efectuado la interrupción del servicio, deberá reponer y reinstalar el servicio para que funcione en perfectas condiciones y a satisfacción del ente público o concesionario correspondiente. Procurará interrumpir los servicios lo menos posible y siempre deberá coordinar estos trabajos con la Supervisión de Obras, quien deberá verificar que estas tareas se cumplan en tiempo y forma... Asimismo, debe tramitar ante la Municipalidad de Córdoba las remociones de desagües pluviales, veredas, pavimentos, semáforos, iluminación, y todo otro tipo de instalaciones que estén bajo jurisdicción. El Contratista debe proceder a reparar o reponer todas las partes constitutivas de las fachadas de las propiedades afectadas por las remociones mencionadas, o por cualquier otro tipo de rotura por descuido o negligencia por parte de éste. 2.4. Trabajos en zona de vías ferroviarias Previamente al comienzo de los trabajos en la zona de vías, y con la debida anticipación, se debe presentar para ser aprobada por la Supervisión, una memoria descriptiva que detalle claramente la secuencia de los trabajos y plazos de ejecución de los mismos con la finalidad de coordinar con el Concesionario Ferroviario, el día, hora y duración del tránsito con precaución o interrupción de la vía. Durante la ejecución de los trabajos en la zona de vías el tránsito ferroviario desarrollará una velocidad máxima a acordar con el Concesionario Ferroviario en el lugar, lo cual debe señalizarse en forma adecuada mediante carteles colocados convenientemente en el sentido ascendente y descendente de las vías. Fuera del horario de trabajo, la vía bajo precaución a la circulación de trenes (sin importar su magnitud) debe permanece con vigilancia a cargo del Contratista. Los carteles de precaución serán provistos, colocados y mantenidos en perfecto estado por el Contratista, quien los deberá retirar al final de la obra, previa autorización de la Supervisión. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 206 FUENTE: PRENSA MUNICIPAL ­ VIADUCTO CARDEÑOSA Cuando las características de la obra lo hagan necesario, el Contratista deberá colocar un banderillero por cada sentido de tránsito ferroviario. Los trabajos en zonas de vías deben observar lo establecido en la Resolución DN Nº 887/66 de Ferrocarriles Argentinos. 3. Medidas de Manejo de Materiales de Construcción Este programa consiste en el conjunto de medidas tendientes a controlar los efectos ambientales ocasionados por el manejo de arenas, agregados, concretos, asfaltos y diferentes materiales para construcción usados durante el desarrollo de las obras. 3.1. Identificación de Impactos Entre los tipos de impactos que pueden producirse en la manipulación de materiales pueden presentarse: · Generación de emisiones atmosféricas. · Generación de ruido. · Generación y aporte de sólidos tanto en redes de alcantarillado como en corrientes superficiales. · Molestias a los peatones y usuarios de los sitios donde se desarrollan las obras por la obstrucción total y/o parcial del espacio público (vías, andenes, alamedas etc.). · Ocupación y deterioro del espacio público. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 207 3.2. Medidas Generales para el manejo de materiales de construcción El Contratista deberá proponer las fuentes de procedencia de los áridos, así como la calidad de los mismos, las que deberán ser sometidas a control de la Supervisión. Las zonas para extracción de materiales de construcción (áreas de préstamo de arena, gravas, piedra, etc.) serán seleccionadas con posterioridad a un análisis de alternativas, y su explotación será sometida a aprobación por parte de las autoridades competentes, de modo de obtener los permisos y licencias ambientales y mineras exigidos por la legislación vigente. El material superficial removido de una zona de préstamo debe ser almacenado para ser utilizado posteriormente en las restauraciones futuras. Los vehículos destinados al transporte de los materiales de construcción deben cumplir con lo establecido en el Módulo G ­ Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental, en cuanto a las condiciones de la carga transportada. Los vehículos destinados al transporte de materiales, insumos y escombros, de trabajo permanente en el Proyecto deben estar debidamente identificados con carteles informativos que contengan: Número de identificación del Vehículo (por ejemplo: 01), Identificación del Contrato (por ejemplo: Contrato PTUBA-GEF N 25/2007), Nombre de la Empresa Contratista, Número de Teléfono para reclamos y Número de Teléfono de la Supervisión. 3.3. Medidas de manejo para Obras de Hormigón, Asfalto y Prefabricados Para la preparación de mezclas de cemento, concreto u hormigón en el sitio de la obra, la misma debe realizarse sobre una plataforma metálica o sobre un geotextil de un calibre que garantice su aislamiento del suelo, de tal forma que el lugar permanezca en óptimas condiciones (se prohíbe realizar la mezcla directamente sobre el suelo o sobre las zonas duras existentes). En caso de derrame de mezcla de concreto, ésta se deberá recoger y disponer de manera inmediata. La zona donde se presentó el derrame se debe limpiar de tal forma que no quede evidencia del vertimiento presentado. Cuando se utilice asfalto como sello para las juntas de pavimentos rígidos, o para riego de adhesivos o cuando se trabaje con pavimentos flexibles, el calentamiento de estas mezclas se hará en una parrilla portátil. El combustible que se utilice debe ser preferiblemente gas, evitando otros tales como madero o carbón, y no debe tener contacto directo con el suelo. No debe efectuarse el lavado de mezcladoras de concreto en el frente de obra si no se cuenta con las estructuras y el sistema de tratamiento necesario para realizar ésta labor. Para los trabajos con hormigón debe cumplirse en un todo con lo establecido en los artículos 167 a 180 inclusive del Decreto 911/96, reglamentario de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Las puntas de las varillas ("pelos") que queden expuestas deben quedar protegidas y/o aisladas mediante el encerramiento del área con cinta o malla y con avisos que indiquen el peligro. En los casos en que el material sea suministrado por las Empresas de Servicios Públicos, por el Concesionario ferroviario o por otros contratos de MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 208 suministros, el Contratista debe coordinar con dichas empresas la ubicación de éstos materiales en el frente de obra, de tal forma que los mismos sean dispuestos de acuerdo a las medidas contenidas en esta guía. Los prefabricados y las tuberías deben acopiarse en forma ordenada en los sitios destinados para tal fin (sitios previamente aprobados por la Supervisión del contrato), no pudiendo apilarse a alturas superiores a 1.5 m. Previo a la instalación de plantas de asfalto, plantas fijas de mezclas y depósitos de materiales, el Contratista someterá a la aprobación de la Supervisión las características técnicas originales de las plantas referidas a niveles de polución atmosférica y ruido, los cuales no podrán ser sobrepasados durante la operación. Las plantas de asfalto deben instalarse con equipos de control para los gases del horno. Los mismos deben ser mantenidos eficientemente a lo largo del tiempo de utilización de la planta. Los equipos de control pueden poseer diferentes tipos de sistemas: ciclones para separar las partículas gruesas, filtros de tipo lavadores de gases, y filtros de mangas autolimpiantes, con medios filtrantes para temperatura. También pueden utilizarse tecnologías limpias, tales como hornos de combustión eficiente. El Contratista instalará las plantas en lugares planos, en lo posible desprovistos de cobertura vegetal, de fácil acceso, y atendiendo a pautas como escurrimiento superficial del agua, y la dirección predominante del viento. No se instalarán plantas en terrenos particulares sin previa autorización por escrito del dueño o representante legal, la cual debe ser sometida a la Supervisión para su aprobación. Las vías de entrada y salida de material deberán estar localizadas de forma que los sobrantes, durante la carga y descarga, no perjudiquen el área fuera de los límites de las instalaciones. El Contratista no instalará la planta asfáltica, trituradoras, zarandas, etc., en sectores que se encuentren a menos de 200 metros de Centros Comunitarios tales como escuelas y hospitales. El Contratista debe conservar, si existieran, los suelos orgánicos que hubiera que retirar para la instalación de la planta, acopiándose adecuadamente para la posterior recuperación del terreno. 3.4. Medidas de Manejo de Agregados Pétreos (arenas, gravas, cascotes, etc.) El almacenamiento de materiales debe hacerse en función del volumen diario a utilizar y localizarse en un sitio definido previamente con aprobación de la Supervisión. Está prohibida la carga y descarga, y el almacenamiento temporal o permanente de los materiales y elementos para la realización de las obras sobre zonas verdes, áreas arborizadas, reservas forestales o naturales, áreas de recreación y parques, ríos, canales, humedales y en general cualquier cuerpo de agua. Cuando por las condiciones específicas de la zona de la obra no se cuente con un sitio adecuado para el deposito temporal de materiales, de manera excepcional se permitirá su acopio en zonas verdes, siempre y cuando se justifique adecuadamente la excepción, identificando previamente los sitios y MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 209 sometiéndolos a consideración y aprobación de la Supervisión y se les dé la debida protección y señalización. El Contratista deberá restaurar la zona verde intervenida y dejarla en condiciones superiores a las encontradas inicialmente. Las áreas de espacio público destinadas a la circulación peatonal solamente se podrán utilizar para la carga, descarga y almacenamiento de materiales y elementos, cuando se vayan a realizar obras sobre esas mismas áreas u otras subterráneas que coincidan con ellas. En este caso, el espacio publico que vaya a utilizarse para el almacenamiento temporal de los materiales y elementos para la construcción, adecuación, transformación o mantenimiento de obras públicas, deberá ser debidamente delimitado, señalizado y optimizado al máximo sus uso con el fin de reducir las áreas afectadas. El material debe ser acordonado, apilado y cubierto, para que no impida el paso de peatones o dificulte la circulación vehicular, evite la erosión eólica o el arrastre del mismo por la lluvia; deben también colocarse todos los mecanismos y elementos necesarios para garantizar la seguridad de peatones y conductores, de acuerdo a lo establecido en el Módulo D ­ Manejo del Tránsito y la Señalización. En los sitios seleccionados como lugares de almacenamiento temporal, no deberán presentarse dispersiones o emisiones al aire de materiales; no deben mezclarse los materiales para las obras con otro tipo de residuos sólidos, líquidos o gaseosos; cuando los materiales sean susceptibles de producir emisiones atmosféricas, ya sean o no fugitivas, deberán cubrirse en su totalidad o almacenarse en recintos cerrados. En el área operativa se tendrá especial cuidado en la descarga de áridos, humedeciéndolos previamente cuando la tarea lo permita, de manera de minimizar el polvo en suspensión. 4. Medidas de Manejo para Movimientos de Suelos y Excavaciones Con anticipación de 20 días debe notificarse en forma fehaciente a la Supervisión el comienzo de las excavaciones, a los efectos de prever las condiciones en las que se efectuarán, el tipo de material a extraer, así como la forma y el lugar al que será transportado y dispuesto el mismo. La notificación debe incluir el procedimiento que se utilizará para dar aviso a los residentes que podrían ser afectados por los trabajos de movimientos de suelo, en caso que ello ocurra. El anticipo a los residentes del área de las obras no puede ser menor a diez (10) días. 4.1. Barreras fijas durante la construcción de zanjas a cielo abierto Serán instalados tabiques de madera, vallas metálicas o cintas reflectivas con su respectivo soporte para aislar totalmente el perímetro de las obras, con lo cual se logrará también impedir el paso de escombros y residuos de la construcción a zonas adyacentes a las del trabajo. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 210 Las barreras deben contemplar la altura y señalización especial para los peatones que transitan por el área de la obra, considerando los niños en edad escolar, así como los adultos mayores y personas discapacitadas. También se instalarán barreras de seguridad, construidas en madera o con materiales pesados, señales portátiles como troncos de pirámide en concreto, vallas plegables, balizas cónicas de plástico y cintas reflectivas, en las áreas de desvíos, sean peatonales o vehiculares. Asimismo, es importante la provisión de iluminación intermitente, las señales de demarcación, para alerta y control del tránsito nocturno de vehículos, así como carteles anunciando la obra, con suficiente anticipación, en tiempo (antes de su comienzo) y en distancia. 4.2. Forma de realizar las excavaciones En los Pliegos de Licitación deberá dejarse constancia de la forma de realización de las excavaciones, quedando así cubiertos los eventuales impactos negativos que las mismas podrían plantear. Los procedimientos deben observar lo establecido en el Decreto 911/96, reglamentario de la Ley de Higiene y Seguridad, incluyendo como mínimo lo siguiente: · Reconocimiento del lugar, previo a una excavación, movimiento de suelo o trabajo subterráneo, determinándose las medidas de seguridad necesarias a tomar en cada área de trabajo. Además, previo al inicio de cada jornada, se verificarán las condiciones de seguridad por parte del responsable habilitado y se documentará fehacientemente. · Adopción de medidas de prevención especialmente en lo que hace al derribo de árboles y al corte de plantas, así como también en lo atinente a la presencia de insectos o animales existentes en el área. · Cuando se proceda a tareas de quemado, éstas deben realizarse bajo la supervisión del responsable de la tarea tomándose todas las precauciones necesarias. Dicha tarea debe ser realizada por personal especializado o adiestrado en control de incendios. · Cuando las tareas demanden la construcción de ataguías o terraplenes, éstos deben ser calculados según la presión máxima probable o el empuje máximo de sólidos o líquidos a que se verán sometidos. · Tanto las zanjas, excavaciones, como los túneles y galerías subterráneas deberán ser señalizados por medios apropiados de día y de noche, de acuerdo a lo establecido en el Módulo D ­ Manejo de la Señalización. · Cuando las obras subterráneas estén provistas de iluminación artificial, será obligatoria la existencia de iluminación de emergencia. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 211 De acuerdo al tipo de material a excavar y a la altura del corte se deben controlar los fenómenos geomorfodinámicos tales como remoción en masa y erosión. El operador de la maquinaria para excavación deberá realizar la misma de tal modo que no produzca deslizamientos inesperados, identificando el área de trabajo y verificando que no haya personas u obstrucciones cerca. Todo lugar con riesgo de caída será protegido, respetando lo establecido en el capítulo "Lugares de Trabajo", ítem "Protección contra la caída de personas y objetos" del Decreto 911/96. Deberá tenerse en cuenta la resistencia del suelo en los bordes de la excavación, cuando éstos se utilicen para acomodar materiales, desplazar cargas o efectuar cualquier tipo de instalación, debiendo el responsable de Higiene y Seguridad, establecer las medidas adecuadas para evitar la caída del material, equipo, herramientas, etc., a la excavación, que se aplicarán bajo la directa supervisión del responsable de la tarea. Cuando exista riesgo de desprendimiento, las paredes de la excavación serán protegidas mediante tablestacas, entibado u otro medio eficaz, teniendo en cuenta que mientras exista personal trabajando, la distancia entre el fondo de la excavación y el borde inferior del encofrado no sobrepasa nunca uno con veinte metros (1,20 m). El Contratista deberá entregar a los trabajadores todos los elementos de protección personal necesarios de acuerdo con las actividades que realicen y tener a su disposición equipos apropiados de primeros auxilios. Sin perjuicio de otras medidas de seguridad, se observarán las siguientes precauciones: · Cuando el terreno se encuentre helado, la entibación o medio utilizado como contención, no será retirado hasta tanto haya desaparecido la anormalidad. · Cuando la profundidad exceda de un metro (1m.) se instalarán escaleras que cumplan estrictamente lo establecido en el capítulo "Escaleras y sus protecciones" del Decreto 911/96 · Las plantas o plataformas dispuestas sobre codales del blindaje se afianzarán con ménsulas y otros medios apropiados y no deberán apoyarse en los mismos. · No se permitirá la permanencia de trabajadores en el fondo de pozos y zanjas cuando se utilicen para la profundización medios mecánicos de excavación, a menos que éstos se encuentren a una distancia como mínimo igual a dos (2) veces el largo del brazo de la máquina. · Cuando haya que instalar un equipo de izado, se separarán por medios eficaces, las escaleras de uso de los trabajadores de los cables del aparato de izado. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 212 Para los trabajos en túneles y galerías debe cumplirse en un todo con lo establecido en los artículos 151 a 153inclusive, del Decreto 911/96. Para los trabajos de submuración debe cumplirse en un todo con lo establecido en los artículos 154 y 155 del Decreto 911/96 FUENTE PRENSA MUNICIPAL ­ NUDO VIAL CARDEÑOSA Para los trabajos con pilotes y tablestacas debe cumplirse en un todo con lo establecido en los artículos 156 a 166 inclusive, del Decreto 911/96. Los drenajes naturales interceptados por los cortes deberán ser canalizados mediante estructuras escalonadas con el fin de proteger el talud y evitar erosión e inestabilidad en el mismo. Los taludes, cuando estén totalmente reconformados, deberán parquizarse en el mínimo tiempo posible y cuando el terreno lo permita. Se utilizarán gramíneas de la región y especies que garanticen su soporte en la pared del talud. En la eventualidad de encontrar hallazgos arqueológicos, se deberá suspender inmediatamente el desarrollo de la obra en la zona y dejar vigilantes con el fin de evitar los posibles saqueos e informar de inmediato a la Supervisión, a la UEPTUBA-GEF, y a las autoridades pertinentes, siguiendo lo establecido en el Módulo E ­ Manejo del Patrimonio Histórico Cultural y Hallazgos Arqueológicos del presente MMAyS. 4.3. Destino del material proveniente de las excavaciones Los materiales provenientes de las excavaciones pueden usarse más tarde en la misma obra, en rellenos o capas de base. En ese caso, el material se almacenará -dentro del área demarcada- en pilas en zonas cercanas a los sitios donde se vayan llevar a cabo los rellenos y con las necesarias medidas de protección y control de lavado por las aguas de lluvia o de escorrentía, con MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 213 el fin de evitar el taponamiento de sumideros y alcantarillas existentes en el área. No se debe permitir que los materiales sobrantes producto de excavaciones o de labores de limpieza, permanezcan al lado de las zanjas o excavaciones. El manejo de éstos debe realizarse en forma inmediata y directa de las zanjas al equipo de transporte para su disposición en el depósito de escombros. A cada lado de las zanjas es aconsejable dejar una franja de 0,60 m. libre de material de excavación, escombros y materiales que obstruyan la misma. Se deben barrer permanentemente las cunetas en las zonas de influencia de la obra. El material de las excavaciones será depositado y compactado en áreas previamente aprobadas por la Supervisión, con la finalidad de que no produzcan impactos negativos en dichas áreas. Parte de lo extraído puede ser utilizado para rellenar zonas sobre las que deben reconstruirse calles o caminos; en este caso, el Contratista deberá dar cumplimiento estricto a las disposiciones municipales y provinciales de vialidad (y nacionales, en el caso que corresponda, si es que atraviesa una ruta nacional) en cuanto a compactación, humedad y método de trabajo. Las zonas de disposición final deberán quedar lo suficientemente alejadas de los cursos de agua para asegurar que en ningún momento de crecidas sus niveles de agua, sobrepasen el nivel más bajo de los materiales colocados en depósito. Previo a la ejecución del relleno, se retirará la capa orgánica del suelo hasta que se encuentre una que pueda soportar el sobrepeso inducido por el depósito, de forma que no se produzcan asentamientos considerables que pongan en peligro la estabilidad de dicho depósito. La capa removida se colocará en sitios adecuados, de forma que sea posible su futura utilización en las diferentes obras de restauración de áreas. El manejo del drenaje es de suma importancia en los depósitos de materiales de excavación, para evitar su posterior erosión, por lo cual, si se hace necesario, se colocarán filtros de desagüe para permitir el paso del agua. En las zonas que la Supervisión considere conveniente, procederá al encajonamiento del material de las excavaciones. En caso de exceso de excavaciones, éstas deberán rellenarse prolijamente con material de las mismas, compactándose por medios mecánicos hasta alcanzar el 90% del ensayo Proctor Standard y en capas no superiores a 20 cm., debiendo realizarse los ensayos de densidad correspondientes para la correcta compactación. 4.4. Transporte del material proveniente de las excavaciones El transporte de materiales de las excavaciones se realizará en volquetes con cajones cubiertos en su parte superior para impedir el derrame de material en su recorrido. Su almacenamiento temporal debe hacerse en MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 214 forma adecuada, confinando el material con el fin de evitar su dispersión y el arrastre por parte de las aguas de lluvia o escorrentía. Puede disponerse de cajones sobre el piso, con tabiques de mampostería, madera o metálicos. Estos cajones deben cubrirse con plásticos para impedir la dispersión del material por efectos de la lluvia o el viento. Se proveerán de un canal de recolección de agua al igual que de las pendientes suficientes para su drenaje por gravedad. El agua puede ser conducida al sistema previsto de desarenación. En todos los casos en que se requiera movilizar o transportar material los vehículos que lo transporten no deben arrastrar material adherido a sus llantas hacia las vías y lugares que recorra antes de llegar al lugar de disposición. En este caso es importante que el constructor cuente con las medidas necesarias para que previo al abandono del vehículo a la obra, se efectúe el lavado de sus llantas en los sitios indicados para tal fin que cuenten con los elementos adecuados para evacuación de los líquidos provenientes de la operación. Se recomienda la instalación de una bomba de alta presión en lo posible eléctrica con potencia entre 2 y 3 HP, con un capacidad de descarga entre 15 a 80 l.p.m. y una presión entre 150 y 200 p.s.i. 5. Manejo Integral de Residuos Sólidos 5.1. Descripción Este programa contempla las medidas para el manejo adecuado de escombros, material reutilizable, material reciclable y desechos que se generan dentro de los procesos constructivos de las obras a las cuales hace referencia el presente MMAyS. 5.2. Identificación de impactos Los principales impactos a manejar serán: · Generación de emisiones atmosféricas. · Generación de ruido. · Generación y aporte de sólidos tanto en redes de alcantarillado como en corrientes superficiales. · Molestias a los peatones y usuarios de los sitios donde se desarrollan las obras por la obstrucción total y/o parcial del espacio público (vías, andenes, etc.). · Pérdida de la capa vegetal. · Alteración del paisaje. · Deslizamiento de materiales. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 215 5.3. Medidas de Manejo Para la minimización de la generación de escombros se recomienda: · utilizar, en lo posible, material normalizado y en las dimensiones ajustadas al proyecto, para disminuir la producción de retazos; · disponer de los equipos y herramientas adecuadas para cada actividad; · ubicar los materiales al alcance del trabajador; · organizar el suministro de materiales para abastecer eficientemente la obra, mediante caminos expeditos y ventilados que eviten pérdida de material y producción de desperdicios; · descargar ordenadamente y apilar correctamente los materiales y demás elementos; · coordinar los suministros y transportes con el ritmo de ejecución de la obra. No mantener niveles de "stock" muy altos en ésta, pues con el tiempo producirán material inservible. Todos los escombros que se produzcan dentro de la obra deberán manejarse dentro del área previamente delimitada. Una vez generados los materiales de excavación y de demolición, se separarán y clasificarán con el fin de reutilizar el material técnicamente apto, y el escombro sobrante se retirará inmediatamente del frente de obra y será transportado a los sitios autorizados para su disposición final. Se deberá definir previamente con la Supervisión los puntos específicos dentro de la obra para la disposición temporal de materiales sobrantes a recuperar (orgánicos e inorgánicos). Estos puntos se podrán reubicar a medida que la obra avance y tales novedades se deberán reportar adecuadamente. Se debe asegurar que estos puntos se encuentren alejados de cuerpos de agua. Los acopios de escombros, no pueden superar los 5m3, ni permanecer más de 24 horas en el frente de obra. La distancia entre acopios será como mínimo de 200 m. Los acopios no pueden interferir con el tráfico peatonal y/o vehicular y deben ser protegidos de manera permanente de la acción erosiva del agua, aire y su contaminación. Dicha protección debe hacerse con elementos tales como plásticos o lonas impermeables. Adicionalmente los acopios deben estar señalizados y confinados. Los acopios deben ser avalados por la Supervisión. Se prohíbe depositar escombros en zonas verdes o zonas de expansión hidráulica de ríos, arroyos, humedales, sus cauces y sus lechos. Cada vez que se requiera o que lo solicite la supervisión o la Municipalidad de Córdoba o la UEPTUBA-GEF, se recogerán los desperdicios, basuras o elementos extraños presentes en la zona donde se realicen las obras. La limpieza general se realizará diariamente al finalizar la jornada, manteniendo en buen estado el sitio de trabajo. Estos materiales se colocarán en recipientes y se dispondrá (si es necesario) temporalmente en un sitio previsto para tal efecto (1 recipiente cada 200 metros lineales de obra) hasta MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 216 ser recogido por la empresa de recolección de basura. El material que sea susceptible de recuperar se clasificará y se depositará en recipientes para su posterior reutilización. Para aportar al reciclado de los residuos, se identificará una organización dedicada a tales fines, para coordinar la recolección adecuada en tiempo y forma de tal tipo de residuos. Se deberá contar con 2 recipientes ubicados sobre los diferentes frentes de obra (mínimo cada 200 metros) con avisos que indiquen material reutilizable y material orgánico respectivamente. 5.4. Disposición Final El Contratista debe solicitar a la Municipalidad de Córdoba la identificación de los sitios específicos para la disposición final de los materiales y elementos utilizados en las obras del proyecto, que se denominarán depósitos de escombros municipales. Para ello, el Contratista deberá informar los volúmenes producidos y característica de los materiales y elementos, así como las distancias óptimas de acarreo. Puede seleccionarse para los sitios para disposición de escombros canteras abandonadas. El relleno con escombros, cualquiera sea la calidad ambiental que presente el sitio de disposición, se efectuará con capas superpuestas no elevándose en ningún caso, por encima de la cota del terreno, salvo que se proponga un diseño especial, y siempre que se cuente con la aprobación de la Municipalidad de Córdoba. En el caso que se requiera elevar la disposición por sobre la cota del terreno, los depósitos de escombros deberán adecuarse a la topografía circundante, de modo de facilitar el arraigo de la vegetación, evitar riesgos o inconvenientes para personas y animales, y asegurar el escurrimiento de las aguas del área circundante hacia los drenajes naturales del terreno. En cualquier caso, salvo expresa indicación en contrario por parte de la Municipalidad de Córdoba o de la Supervisión, la última capa será de suelo orgánico, de manera de dar una terminación vegetada, respetando la vegetación natural de la zona, en los casos que corresponda. La definición de acceso a los depósitos de escombros tendrá en cuenta la minimización de impactos ambientales sobre la población civil, a causa de la movilización de vehículos transportadores de materiales. 6. Manejo Integral de Efluentes Líquidos 6.1. Descripción Este programa se basa en la formulación de medidas de control para el manejo de aguas superficiales y/o redes de alcantarillado que pueden verse afectadas por la construcción de las obras. Del mismo modo se busca disponer MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 217 y controlar en forma adecuada el combustible, sustancias químicas y residuos líquidos resultantes de las diferentes actividades de obra. 6.2. Impactos a mitigar · Aporte de vertimientos líquidos y sólidos a corrientes de agua superficial a la red pluvial. · Aportes de residuos líquidos a cuerpos hídricos y sistemas pluviales. · Contaminación de aguas superficiales. · Generación de olores. · Contaminación de suelos por hidrocarburos. 6.3. Medidas de Manejo Si la obra se desarrolla aledaña a arroyos, canales o cursos de agua, éstos deben aislarse completamente de la obra mediante la instalación de malla sintética que cubra la totalidad del frente de la obra y 5 metros más a cada uno de los lados, durante todo el tiempo de ejecución de la misma. La altura de la malla no puede ser inferior a 1.5 metros. Se debe proteger el área de expansión del curso y evitar el aporte de sedimentos al lecho del mismo. En caso de necesitar salvar el curso, deberá disponerse de dispositivos seguros que eviten el deterioro del mismo. Para garantizar que las aguas residuales provenientes de: · lavado de herramientas de trabajo; · lavado y limpieza de llantas exteriores de vehículos de transporte a la obra; · sobrantes de agua utilizados en la fabricación de hormigón, mortero y lechadas, no tenga como receptor final la red de alcantarillado o lechos y cursos de agua, el contratista deberá tomar las medidas que se describen a continuación: · construcción de canales y cunetas, con pendientes que permitan velocidades al agua superiores a 1,0 m/s, con el fin de garantizar el arrastre de partículas. · los patios y áreas a la intemperie deberán poseer pendientes de drenaje hacia los puntos de recolección de agua, ya sea cunetas, canales o tuberías que se instalen provisionalmente en la zona de las obras; · las aguas deberán conducirse a estanques sedimentadores, los cuales deberán ser limpiados con la frecuencia necesaria para evitar que se colmaten. Los mismos deben ser construidos de hormigón o mampostería, con paredes y pisos impermeabilizantes. El material o lodo sedimentado puede ser destinado a rellenos una vez transformado en escombro. De lo contrario debe disponerse adecuadamente dentro de la obra mientras se traslada al depósito, o a la disposición final como residuo. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 218 Antes de dar inicio a las tareas constructivas se debe realizar un diagnóstico del estado de los sumideros presentes en el área de trabajo y de encontrarse obstrucciones o taponamientos en la red de alcantarillado se debe efectuar una coordinación con la Municipalidad con el fin de dar solución al problema presentado. Con base en el inventario de sumideros anterior, se debe proteger los sumideros con geotextil o malla fina sintética y los pozos y cajas de inspección mediante la colocación de tablones de igual tamaño, con el fin de evitar el aporte de sedimentos a las redes, teniendo precaución de retirarlos una vez finalizadas las obras, la protección debe ser revisada diariamente para garantizar que se encuentren en optimas condiciones. Como mínimo debe realizarse una limpieza mensual de los sumideros ubicados en el área de la obra. Se prohíbe todo vertimiento de residuo líquido proveniente de las actividades del contrato a las calles, calzadas, canales y cuerpos de agua. Cuando se presenten derrames accidentales de combustibles sobre el suelo, el contratista deberá dar aviso a la Supervisión y atender el incidente removiendo el derrame inmediatamente. Si el volumen derramado es superior a 20 litros, debe trasladarse el suelo removido a un sitio especializado para su tratamiento, y la zona afectada debe ser restaurada de forma inmediata. Cantidades remanentes pueden ser recogidas con absorbentes sintéticos, trapos, aserrín, arena, etc. Los absorbentes sintéticos son reutilizables. La disposición de los trapos o arena, debe ser segura para evitar la acumulación de vapores en otro sitio generando un nuevo riesgo. Cuando se trate de combustibles no-volátiles, se debe usar trapos, absorbentes sintéticos o arena, para cantidades pequeñas. Deben reportarse a la Supervisión, a la Municipalidad de Córdoba y a la UEPTUBA-GEF los derrames ocurridos definiendo el día, sitio donde tuvo lugar y las razones que así lo ocasionaron y las actividades que se implementaron. Se prohíbe verter aceites usados y demás materiales a las redes de alcantarillado o su disposición directamente sobre el suelo. En caso de que en la obra se generen éste tipo de residuos se deben entregar a las empresas autorizadas para la recepción y tratamiento de estos residuos de acuerdo a la legislación vigente. Debe tramitarse ante la empresa prestadora del servicio, el permiso para conectar a la red de alcantarillado los residuos líquidos domésticos generados en el campamento, cuando así se requiera. En las obras en que se requiera realizar cimentaciones y se usen lodos para la realización de las mismas, se debe aprovisionar en el frente de obra un área para el manejo de éstos lodos con un sistema en forma de piletas que permita la decantación del mismo garantizando que éstos materiales se sequen adecuadamente para poder ser tratados finalmente como escombros. Para el control de las aguas resultantes del área en la que se ejecuta ésta operación de decantación (efluente), se deben construir diques que las conduzcan hacia un medio filtrante asegurando un pretratamiento mínimo antes del vertimiento. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 219 Se recomienda el uso de lodos poliméricos para el proceso de pilotaje, ya que por su composición permite la sedimentación de sólidos disueltos en el agua y por lo tanto una primera clarificación del efluente en la decantación, que junto con la filtración mejorarán las características del agua resultante para su vertimiento. Cuando se requiera realizar cortes a ladrillos, adoquines, etc., y se utilice para el desarrollo de ésta actividad mecanismos con Disco de Tungsteno, se deberá adecuar un sistema de tratamiento para el vertimiento resultante (sedimentadores). Se podrán utilizar sedimentadotes fijos o móviles. Al sedimento resultante se le dará el mismo tratamiento dado a los escombros y el residuo líquido puede ser dispuesto directamente sobre la red de alcantarillado. 7. Control de Emisiones Atmosféricas 7.1. Descripción Este programa consiste en la implementación de las medidas requeridas para controlar la generación de emisiones atmosféricas como son gases y material particulado, al igual que la generación de ruido. 7.2. Identificación de impactos · Alteración de la calidad del aire. · Emisión de ruido. · Incomodidades a la comunidad. 7.3. Medidas de Manejo El contratista deberá limpiar las vías de acceso de los vehículos de carga cada vez que se requiera de manera que garantice la no generación de aportes de material particulado a las redes de alcantarillado y de partículas suspendidas a la atmósfera. Para tiempo seco (días de no lluvia), y dependiendo del tipo de suelo y la eficiencia de humectación se debe realizar humedecimientos de por lo menos 2 veces al día, sobre las áreas desprovistas de acabados, al igual que a los materiales que se almacenen temporalmente en el frente de obra y que sean susceptibles de generar material particulado. La velocidad de la maquinaria no debe superar los 20 Km./hr dentro del frente de obra con el fin de disminuir las emisiones fugitivas y los accidentes en el área de influencia directa. Para efectuar la demolición de infraestructura (edificaciones o viviendas) se debe cubrir la totalidad de la edificación con mallas que controlen las emisiones fugitivas resultantes de esta actividad. Se prohíben las quemas a cielo abierto en los lugares donde se realizan las obras. Cuando se requiera el uso de compresores neumáticos para la limpieza de la superficie de la vía a imprimar, se deberá asegurar el barrido previo de ésta superficie, el cual se realizará inicialmente con cepillos y posteriormente MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 220 con escoba garantizando el retiro del material particulado de mayor tamaño. Además se debe asegurar que la presión de los compresores sea controlada de tal forma que se minimice el material particulado generado por la actividad. El contratista debe garantizar el aislamiento del equipo y de los operarios para el uso de cortadoras y pulidoras realizando cerramiento con malla fina sintética, con el fin de mitigar el ruido y la generación de material particulado. El equipo móvil, incluyendo maquinaria pesada, deberá estar en adecuado estado mecánico y de carburación, de manera que se queme el mínimo necesario de combustible, disminuyendo así las emisiones atmosféricas. El estado de los silenciadores de los motores debe ser el correcto para evitar el exceso de ruidos. Igualmente se prevendrán los escapes de combustible o lubricantes. Deberán operarse de tal manera que causen el mínimo deterioro posible a los suelos y pavimentos existentes. Para actividades generadoras de ruido, debe tenerse en cuenta lo siguiente: · Para aquellos trabajos que deben ejecutarse en horarios distintos de los establecidos en los reglamentos, se deberá solicitar permiso a la Municipalidad de Córdoba durante el tiempo de duración de la actividad generadora de ruido. · En materia de ruidos molestos al vecindario, debe cumplirse con lo establecido en la Norma IRAM 4062, la cual estipula que el nivel sonoro equivalente en dBA no deberá exceder el valor de 90 dBA y que cuando los ruidos producidos en un establecimiento trascienden a la comunidad vecina deberán tomarse las medidas necesarias para revertir la situación planteada · En vecindad de Centros de Interés Comunitario (Escuelas, Hospitales, etc.) la operación de la maquinaria y equipos que genere ruido continuo que supere los límites permisibles, se realizará bajo el ciclo de 2 horas continuas de trabajo, seguidas de 1 hora de descanso. El Centro de Interés Comunitario afectado deberá ser notificado previamente del ciclo de ruido al que será sometido. · En lo relativo a la protección de los trabajadores en relación con trabajos que generan ruidos y vibraciones se debe cumplir con lo establecido en los Artículos 127 a 132 del Decreto 911/96. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 221 8. Actividades y Responsabilidades La siguiente tabla contiene una guía que debe ser convenientemente ajustada e incorporada por el Contratista en la formulación del Programa de las Actividades Constructivas: Fase Actividad Responsable Controla y Responsable Momento de realización de la Aprueba de la Ejecución Supervisión Presentación del Programa de Manejo de las Contratista Municipalidad de Supervisión Al mes de iniciado el contrato Actividades Constructivas: Manejo de Córdoba/ Obradores, Campamentos y Centros de UEPTUBA-GEF Acopio, Manejo de Materiales de Construcción; Movimiento de Suelos y Excavaciones, Manejo Integral de Residuos Sólidos, Manejo Integral de Efluentes Líquidos, Control de Emisiones Atmosféricas Gestión de Permisos Contratista Municipalidad de Supervisión A los quince días del contrato Córdoba/ UEPTUBA-GEF Gestión con las empresas de servicios Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión A los quince días del contrato. Planificación Gestión con la empresa Concesionaria del Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión A los quince días del contrato de la ferrocarril Construcción Gestión de permisos para sitios de disposición Contratista Municipalidad de Supervisión A los quince días del contrato de material proveniente de las excavaciones y Córdoba/ para escombros (en caso de requerirse) UEPTUBA-GEF Actas de Estado de los Predios Contratista Municipalidad de Supervisión Antes del inicio de obra Córdoba/ UEPTUBA-GEF Proposición de alternativas de localización de Contratista Municipalidad de Supervisión Con 20 días de anticipación al obradores y Gestión con la Municipalidad de Córdoba/ inicio de la obra. Córdoba de su aprobación UEPTUBA-GEF Instalación de Obradores Contratista Municipalidad de Supervisión De acuerdo a la programación de Córdoba/ obra UEPTUBA-GEF MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 222 Fase Actividad Responsable Controla y Responsable Momento de realización de la Aprueba de la Ejecución Supervisión Implementación del Programa de Manejo de Contratista Municipalidad de Supervisión Desde el inicio de obra hasta el las Actividades Constructivas: Manejo de Córdoba/ final de la misma, de acuerdo a las Obradores, Campamentos y Centros de UEPTUBA-GEF diferentes etapas y programación Acopio, Manejo de Materiales de de los trabajos. Construcción; Movimiento de Suelos y Excavaciones, Manejo Integral de Residuos Sólidos, Manejo Integral de Efluentes Líquidos, Control de Emisiones Atmosféricas Notificación de inicio de las excavaciones Contratista Municipalidad de Supervisión Con 20 días de anticipación al Córdoba/ inicio de las excavaciones Construcción UEPTUBA-GEF Notificación de inicio de las demoliciones de Contratista Municipalidad de Supervisión Con 20 días de anticipación al edificación existente (en los casos requeridos) Córdoba/ inicio de las demoliciones UEPTUBA-GEF Propuesta de instalación de plantas de asfalto Contratista Municipalidad de Supervisión Con 20 días de anticipación a la y plantas fijas de mezcla Córdoba/ instalación de la planta UEPTUBA-GEF Solicitud para trabajos en horarios Contratista Municipalidad de Supervisión Con 7 días de anticipación a la inadecuados Córdoba/ realización de los trabajos. UEPTUBA-GEF MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 223 MODULO G ­ HIGIENE, MEDICINA LABORAL Y SEGURIDAD AMBIENTAL 1. Descripción El Componente de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental se ha diseñado con el interés de mantener el mejor desempeño en los estándares de salud ocupacional en las actividades relacionadas con los diferentes procesos constructivos y demás funciones desarrolladas en las obras de la UEPTUBA-GEF. Se trata de ofrecer una guía de los contenidos mínimos que deben contener los Programas de Higiene, Seguridad Industrial y Medicina del Trabajo que se implementen dentro de las obras de la UEPTUBA-GEF. Lo establecido en la presente guía no exime del cumplimiento de la normativa vigente en Argentina en relación con Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo, cuya Autoridad de Aplicación es el Ministerio de Trabajo de la Nación. En particular es de aplicación el Decreto 911/96 Reglamentario de la Ley de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo, Reglamento para la Industria de la Construcción. El servicio de prestación de Higiene y Seguridad en el Trabajo tiene como misión fundamental implementar la política fijada por el establecimiento en la materia, tendiente a determinar, promover y mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de trabajo y el más alto nivel de seguridad compatible con la naturaleza de las tareas. 1.1. Objetivos · Garantizar mediante la aplicación de los diferentes programas que conforman el Componente ambientes de trabajo saludables y seguros para los trabajadores y la comunidad · los equipos, las maquinas y la propiedad. · Identificar los factores de riesgo presentes en el desarrollo de las actividades constructivas que puedan llegar a afectar trabajadores, ambiente, comunidad o que puedan causar daños a la propiedad, con el fin de tomar acciones preventivas que minimicen y controlen en forma significativa dichos riesgos, conviviendo con un ambiente de obra seguro. · Mejorar los procesos, normas y procedimientos existentes y complementarlos con los nuevos, que conlleven a optimizar un sistema de seguridad integral y salud ocupacional tendiente al desarrollo de actividades en forma segura. Para la ejecución del Módulo de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental de la Obra se debe contar con un adecuado planeamiento de objetivos, metas, políticas, sistemas de evaluación, personal responsable, cronograma con fechas de cumplimiento, elaboración de panorama de riesgos, elaboración de normas y procedimientos, programas de inducción, entrenamiento y disponibilidad de recursos. El Plan elaborado debe ser MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 224 divulgado y registrado convenientemente. Del mismo modo debe procurarse la mejor motivación a los trabajadores para cumplir con la implementación del Plan instrumentando asimismo dispositivos de monitoreo que permitan evaluar los resultados de la motivación. 1.2. Política de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental El contratista debe mantener, actualizar y divulgar a todos los trabajadores la política de Higiene, Medicina y Laboral y Seguridad Ambiental. La política debe considerar como mínimo los siguientes aspectos: · Que sea apropiada para la naturaleza y escala de los riesgos de seguridad y salud ocupacional de la organización. · Incluir un compromiso de mejoramiento continuo. · Compromiso de cumplimiento con la legislación vigente aplicable. · Deberá estar implementada, documentada, mantenida y ser revisada periódicamente para que siga siendo pertinente y apropiada para la organización. · Firmada por el gerente general, presidente de la empresa o representante 1.3. Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial Las empresas contratistas de la UEPTUBA-GEF que tengan a su servicio 10 o más trabajadores deben elaborar un Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, y someterlo a la revisión y aprobación por parte del Ministerio de Trabajo, además de evidenciar que fue divulgado a todos los trabajadores. El reglamento y la política deben ser ubicados en un lugar visible del campamento, frentes de obra y punto de información y reclamos comunitarios. 1.4. Organización, responsabilidades y recursos Los contratistas estarán obligados a destinar los recursos humanos, financieros y físicos indispensables para el desarrollo y cabal cumplimiento del Programa de Higiene, Medicina y Seguridad Ocupacional en la empresa y lugares de trabajo. El contratista debe organizar y disponer de: · RECURSOS. Especificar los recursos físicos, financieros y materiales que asignará para el cumplimiento del programa de salud ocupacional y seguridad integral y el programa de inversión, así como presentar en el informe mensual la relación de su cumplimiento. Ello debe demostrar capacidad operativa suficiente en personal, instalaciones y medios para atender las misiones y funciones que la reglamentación le requiere. · RESPONSABILIDADES. Se debe establecer las responsabilidades en salud ocupacional de la gerencia, directores, residentes, asistentes, inspectores y trabajadores. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 225 · ORGANIZACIÓN. Se debe tener el organigrama de la obra en donde se destaque la ubicación del área de Higiene, Medicina y Seguridad Ocupacional con los nombres respectivos de las personas responsables. 1.5. Responsables del Programa de Higiene y Seguridad De acuerdo al Art. 16 del Decreto 911/96, sustituido por Resolución N° 1830/2005 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, las prestaciones de Higiene y Seguridad deberán estar dirigidas por graduados universitarios, a saber: a. Ingenieros Laborales, b. Licenciados en Higiene y Seguridad en el Trabajo, c. Ingenieros; Químicos y Arquitectos con cursos de postgrado en Higiene y Seguridad en el Trabajo de no menos de CUATROCIENTAS (400) horas de duración, autorizados por los organismos oficiales con competencia desarrollados en Universidades estatales o privadas, d. Los graduados universitarios que a la fecha del dictado de la reglamentación posean incumbencias profesionales habilitantes para el ejercicio de dicha función, o e. Los Técnicos en Higiene y Seguridad reconocidos por la Resolución M.T.S.S. N° 313 de fecha 11 de mayo de 1983. El ejercicio de la dirección de las prestaciones de Higiene y Seguridad será incompatible con el desempeño de cualquier otra actividad o función en la misma obra en construcción. 1.6. Identificación y evaluación de riesgos Antes del inicio de la obra, el Contratista deberá elaborar un Panorama de Factores de Riesgos para obtener información sobre éstos en las diferentes áreas y actividades de trabajo, que permita la localización, evaluación y conocimiento de la exposición a que estarán sometidos los trabajadores afectados por ellos. El Panorama de Factores de Riesgo deberá incluir como mínimo los siguientes aspectos: · Actividades rutinarias y no rutinarias. · Actividades de todo el personal que tenga acceso a la obra incluyendo visitantes. · El sitio de trabajo. · El número de trabajadores. · Los riesgos que puedan ocasionar daños a la propiedad y/o pérdida de materiales. · Los riesgos que se pueden ocasionar y afectar a terceros. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 226 · Los riesgos que terceros pueden ocasionar dentro de la obra o al personal. 2. Plan de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Integral Con base al contenido de la presente guía, observando lo establecido en la normativa vigente, y con los resultados obtenidos de la valoración de riesgos, el contratista debe elaborar un Plan de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Integral teniendo en cuenta la evaluación y priorización de las actividades, en especial aquellas que pueden generar riesgos, de tal forma que se programen acciones tendientes a prevenir, mitigar y controlar los riesgos identificados. El contratista debe actualizar el Panorama de Factores de Riesgo una vez por mes, integrando nuevos frentes de trabajo, actividades constructivas, maquinaria, campamentos, áreas de almacenamiento, materias primas, etc.; y actualizando el Plan en la medida de lo necesario. El contenido del Plan debe contar como mínimo con los siguientes Programas · Programa de Higiene y Medicina Laboral · Programa de Higiene Industrial · Programa de Seguridad Industrial · Programa de Entrenamiento y Capacitación 2.1. Programa de Higiene y Medicina Laboral El contratista debe definir y realizar actividades de promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de riesgos ocupacionales. Se recomienda que el subprograma de Higiene y Medicina Laboral cumpla con los siguientes requisitos: · El contratista debe realizar exámenes médicos ocupacionales de ingreso, periódicos ocupacionales, cambios de ocupación, reingreso y retiro a todo el personal que trabaje en la obra, ubicando a los trabajadores en los puestos de trabajo según sus aptitudes. · El contratista debe realizar exámenes periódicos ocupacionales según los factores de riesgo de cada ocupación. La periodicidad de los exámenes debe ser como mínimo cada seis meses, salvo que la normativa vigente establezca una periodicidad menor y exceptuando los casos de cambios de ocupación y de reingreso al trabajo, donde se deberán realizar nuevamente los exámenes pertinentes. · El contratista debe citar a examen médico de retiro a todo trabajador que termine su contrato de trabajo, este examen debe incluir valoraciones clínicas y paraclínicas según los factores de riesgo a los que estuvo expuesto. En caso que el trabajador no esté interesado en el examen de retiro debe quedar constancia MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 227 por escrito con la firma del trabajador renunciando a practicase dicho examen. · El contratista debe desarrollar actividades de prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, presentando mensualmente para aprobación de la Supervisión una programación de estas actividades. · Se deben programar jornadas de vacunación de acuerdo a los riesgos existentes en la obra y campañas de prevención y promoción en salud · En coordinación con el Subprograma de Seguridad Industrial el contratista debe estudiar y conceptuar sobre la toxicidad de materias primas y sustancias en proceso, indicando las medidas para evitar sus efectos nocivos en los trabajadores. · En cuanto a las materias primas y sustancias tóxicas, el contratista debe contar con las hojas de seguridad de estas sustancias peligrosas, especiales o de aquellas que representen algún grado de toxicidad para los trabajadores. Disponiendo de las instalaciones de higiene para los trabajadores según lo estipulado en el Decreto 911/96. · El contratista debe organizar e implementar un servicio oportuno y eficiente de primeros auxilios. · El contratista debe tener por cada frente de trabajo un botiquín portátil y una camilla. Cada botiquín portátil debe contener como mínimo: agua destilada o solución salina, agua oxigenada, desinfectante, algodón, aplicadores, curas, gasa estéril, vendas elásticas, tijeras y guantes quirúrgicos. · El obrador principal debe contar con un sitio para la prestación de primeros auxilios el cual debe estar dotado de un botiquín fijo, camilla fija rígida, mantas, etc. El Botiquín fijo debe contener como mínimo: agua destilada o solución salina, agua oxigenada, alcohol etílico al 70%, desinfectante, algodón, aplicadores, apósitos o compresas, gasa estéril, vendas elásticas, crema para quemaduras, tijeras, bolsa plástica, inmovilizador de cuello, jabón desinfectante, lista de teléfonos de emergencia, del hospital más cercano y del Centro Nacional de Toxicología, manual de primeros auxilios, pinza, termómetro oral, guantes quirúrgicos, linterna, etc. · Se deben llevar las estadísticas de morbilidad y ausentismo mensualmente y presentarlas a la Supervisión con el análisis correspondiente. · Diseñar y ejecutar programas para la prevención de enfermedades generadas por los riesgos psicolaborales. · Como mínimo una vez por semestre, el contratista debe promover y realizar actividades de recreación y deporte. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 228 · Se recomienda en particular contar con un programa para el control del alcoholismo, tabaquismo y fármaco dependencia, que contenga políticas claras y específicas para los trabajadores. · Todos los ámbitos de trabajo: frentes de obra, talleres, oficinas, campamentos y otras instalaciones, deberán disponer de servicios sanitarios adecuados e independientes para cada sexo, en cantidad suficiente y proporcional al número de personas que trabajen en ellos. · Los servicios sanitarios deben contar con las proporciones de artefactos cada quince trabajadores de acuerdo a lo establecido por el Artículo 24 de la Decreto 911/96. · Cuando los frentes de obra sean móviles debe proveerse obligatoriamente, servicios sanitarios de tipo desplazable, provistos de desinfectantes y cuyas características de terminación cumplan con lo establecido en el artículo anterior. · Cuando el personal no viva al pie de obra, se instalarán vestuarios dimensionados gradualmente, de acuerdo a la cantidad de trabajadores. Los vestuarios deben ser utilizados únicamente para los fines previstos y mantenerse en adecuadas condiciones de higiene y desinfección. · El Contratista deberá proveer locales adecuados para comer, provistos de mesas y bancos, acordes al número total de personal en obra por turno y a la disposición geográfica de la obra, los que se mantendrán en condiciones de higiene y desinfección que garanticen la salud de los trabajadores. La evacuación y disposición de desechos cloacales y aguas servidas debe efectuarse a redes de colección con bocas de registro y restantes instalaciones apropiadas a ese fin, debiendo evitarse: a. la contaminación del suelo. b. la contaminación de las fuentes de abastecimientos de agua. c. el contacto directo con las excretas. Cuando el número de personas no justifique la instalación de una planta de tratamiento, la disposición final se podrá realizar a pozo absorbente, previo pasaje por cámara séptica. Residuos sólidos urbanos El tratamiento de los residuos sólidos hasta su disposición final debe respetar las tres etapas: a. almacenamiento en el lugar donde se produjo el residuo. b. recolección y transporte. c. eliminación y disposición final. Se deben proveer recipientes adecuados, con tapa, resistentes a la corrosión, fáciles de llenar, vaciar y tapar, ubicándose los mismos en lugares accesibles, despejados y de fácil limpieza. Los desperdicios de origen orgánico MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 229 que puedan estar en estado de descomposición deben ser dispuestos en bolsas u otros envases de material plástico. La recolección se debe realizar por lo menos una vez al día y en horario regular, sin perjuicio de una mayor exigencia específicamente establecida en el presente Reglamento, debiendo los trabajadores que efectúen la tarea estar protegidos con equipamiento apropiado. La operación se efectuará tomando precauciones que impidan derramamientos, procediéndose posteriormente al lavado y desinfectado de los equipos utilizados. Agua de uso y consumo humano Se entiende por agua para uso y consumo humano la que se emplea para beber, higienizarse y preparar alimentos. Debe cumplir con los requisitos establecidos para el agua potable por las autoridades competentes. En caso de que el agua suministrada provenga de perforaciones o de otro origen que no ofrezca suficientes garantías de calidad, deberán efectuarse análisis físico- químicos y bacteriológicos al comienzo de la actividad, bacteriológicos en forma semestral y físico-químicos en forma anual. Se debe asegurar en forma permanente el suministro de agua potable a todos los trabajadores, cualquiera sea el lugar de sus tareas, en condiciones, ubicación y temperatura adecuados. Los tanques de reserva y bombeo deben estar construidos con materiales no tóxicos adecuados a la función, contando con válvulas de limpieza y se les efectuará vaciado e higienización periódica y tratamiento bactericida. Cuando el agua no pueda ser suministrada por red, deberá conservarse en depósitos cerrados provistos de grifos ubicados en cada frente de obra, los que serán de material inoxidable no tóxico, de cierre hermético y de fácil limpieza. El agua para uso industrial debe ser claramente identificada para evitar su ingesta. Almacenamiento de materiales De acuerdo con el Artículo 45 del Decreto 911/96 en el almacenamiento de materiales deben cumplirse las siguientes condiciones: a. Las áreas afectadas serán adecuadas a las características de los materiales y en las mismas deberán observarse limpieza y orden, de manera que se proteja la seguridad de los trabajadores. b. Contarán con vías de circulación apropiadas. c. Los materiales a almacenar se dispondrán de modo tal de evitar su deslizamiento o caída. d. Las operaciones de retiro de materiales de las estibas no deben comprometer la estabilidad de las mismas. e. Cuando se estiben materiales en hileras, se debe dejar una circulación entre ellas cuyo ancho dependerá de las características del material, fijándose un mínimo de sesenta centímetros (60 cm.). MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 230 f. Cuando se almacenen materiales en bolsas, deben trabarse en forma tal de evitar su deslizamiento o caída. g. Los ladrillos, tejas, bloques, etc., deben apilarse sobre una base sólida y nivelada, sean un piso plano o tarima. Cuando supere un metro (1 m.) de altura, deben escalonarse hacia adentro trabándose las "camadas" entre sí. h. Las barras de hierro deben sujetarse firmemente para evitar que rueden o se desmoronen. i. Cuando se almacene material suelto como tierra, grava, arena, etc. no se deberá afectar el tránsito del personal. j. Los caños que se estiben deben afirmarse mediante cuñas o puntales. k. Cuando materiales pulverulentos sueltos deban almacenarse en silos, tolvas o recipientes análogos, éstos cumplirán lo establecido en el capítulo "Silos y Tolvas". l. Se debe proveer medios adecuados y seguros para acceder sobre las estibas. Orden y limpieza en la obra De acuerdo con el Artículo 46 del Decreto 911/96 será obligatorio el mantenimiento y control del orden y limpieza en toda obra, debiendo disponerse los materiales, herramientas, desechos, etc., de modo que no obstruyan los lugares de trabajo y de paso. Deben eliminarse o protegerse todos aquellos elementos punzo- cortantes como hierros, clavos, etc., que signifiquen riesgo para la seguridad de los trabajadores. FUENTE: PRENSA MUNICIPAL ­ CPC MERCADO DE LA CIUDAD Circulación De acuerdo con los Artículos 47 y 48 del Decreto 911/96 en la programación de la obra, deben tenerse en cuenta circulaciones peatonales y vehiculares en lo que hace a su trazado y delimitación. Será obligatorio proveer medios seguros de acceso y salidas en todos y cada uno de los lugares de trabajo. Los trabajadores deben utilizar estos medios obligatoriamente en todos los casos. Para el caso de obra lineal y para aquellos lugares de trabajo a los que se acceda a través de predios de terceros, se analizará cada situación en particular, tendiendo a cumplimentar lo establecido en el artículo anterior. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 231 2.2. Programa de Seguridad El Contratista debe desarrollar el Programa de Seguridad Industrial, con un enfoque preventivo identificando, evaluando y controlando los factores de riesgo presentes en los procesos constructivos evitando así que se presenten efectos nocivos para la salud de los trabajadores. El Contratista debe realizar: · Evaluaciones y mediciones ambientales y ocupacionales a los factores de riesgo identificados como altos, para determinar el grado de riesgo real y compararlo con los valores límites permisibles. Dichas evaluaciones deben incluir por lo menos mediciones de ruido, material particulado y gases. La frecuencia de monitoreo será definida para cada contrato en particular. · Plan de acción con las medidas de control a implementar para disminuir el grado de exposición de acuerdo con el resultado del panorama de factores de riesgos y de las mediciones ocupacionales El Contratista debe desarrollar acciones de Seguridad Industrial que mitiguen y controlen los efectos de los factores de riesgo inherentes a los procesos y que puedan afectar la integridad física, mental y social de los trabajadores, la infraestructura interna y externa o que se llegara a afectar a terceros. Por lo anterior, el Contratista debe incluir los siguientes aspectos dentro del programa: El Contratista debe reportar a la Aseguradora de Riesgo de Reporte e Trabajo (ART) a la cual se encuentre afiliado, los accidentes investigación de trabajo y enfermedades profesionales, así como de accidentes investigar y analizar las causas de los mismos con el fin de aplicar las medidas correctivas necesarias. El Contratista debe desarrollar las siguientes acciones: · Elaborar un procedimiento para reporte e investigación de accidentes el cual debe ser aprobado por la Supervisión. · Informar a la ART donde se encuentre afiliado, todo accidente de trabajo enfermedad profesional que ocurra. · Reportar a la Supervisión la ocurrencia del accidente o enfermedad profesional. · Investigar todos los accidentes de trabajo, accidentes a terceros y aquellos que ocasionen daños a la propiedad; presentando a la Supervisión la respectiva investigación MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 232 Se considera como incidente todos los casi-accidentes que Reporte de no generaron lesión al trabajador, pero que pudieron haber incidentes ocasionado accidentes con algún tipo de daño. El reporte de incidentes resulta una herramienta eficaz a la hora de prevenir accidentes. El Contratista debe reportar a la Supervisión mensualmente todos los incidentes que se presenten dentro del desarrollo de las actividades y en los sitios de trabajo. Los reportes de incidentes deben incorporarse a los cursos de capacitación de los trabajadores con el fin de prevenir futuros accidentes. Se define como el procedimiento que permite la detección Inspección de oportuna de condiciones inseguras que faciliten la seguridad aplicación de acciones preventivas o correctivas para la prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo. El Contratista debe presentar un cronograma definiendo los tiempos para realizar las cuatro modalidades de inspección: · Inspecciones planeadas y periódicas: Abarcan los riesgos identificados en el panorama, saneamiento básico, orden y aseo, equipos contra incendio e instalaciones locativas y frentes de trabajo. Se debe dejar un registro de las condiciones detectadas, acciones correctivas a ejecutar y tiempo de ejecución. · Inspecciones continuas: realizando ajustes y seguimiento a acciones correctivas. · Inspecciones de áreas críticas. · Inspección a instalaciones eléctricas. El Contratista debe llevar un registro de todas las inspecciones y elaborar un plan de acción para la implementación de las medidas preventivas y correctivas. El uso de elementos de protección personal (EyEPP) es un Equipos y método de control que no elimina el riesgo pero si mitiga elementos de sus efectos y, en algunos casos, previene eventuales protección afectaciones al personal. Es de aplicación lo establecido en personal los artículos que constituyen el Capítulo "Equipos y Elementos de Protección Personal" (Artículos 98 a 115) del Decreto 911/06. El Contratista está en la obligación de proporcionar a cada trabajador, sin costo para éste, los equipos y elementos de protección personal en cantidad y calidad acordes con los riesgos reales o potenciales existentes en los lugares de trabajo y de acuerdo con la actividad que desarrolla. Asimismo el Contratista debe llevar un registro y control de su entrega y su uso. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 233 El contratista debe entregar a cada trabajador la dotación institucional correspondiente, uniformes y chalecos de acuerdo a lo establecido en el Capitulo "Equipos y Elementos de Protección Personal" antes referido. Esta dotación debe ser reemplazada cada vez que se requiera, lo indique la Supervisión o la UEPTUBA-GEF y mínimo una vez cada 4 meses. Al ingreso del trabajador a la obra, el contratista deberá entregar, como mínimo, 2 uniformes a cada uno. El contratista debe garantizar que durante el desarrollo de la obra todo el personal porte los elementos de protección personal aprobados. FUENTE: L. FERNÁNDEZ UEPTUBA Los trabajadores deben ser previamente capacitados y entrenados en el uso y conservación de dichos equipos y elementos. Para ello el Contratista debe presentar dentro del cronograma de capacitación los temas relacionados con este punto. Los trabajadores están en la obligación de usar y mantener adecuadamente el equipo de protección personal. Para lograr buenos resultados en materia de Seguridad Normas para Industrial y Medicina Laboral, es necesario desarrollar trabajo seguro normas y reglas que sean aceptadas y respetadas por todo el personal al cual están dirigidas. Para la implementación de normas, procedimientos y estándares de seguridad, de forma general los contratistas deben incluir las siguientes fases: · Identificación. · Elaboración y entrega a la Supervisión para revisión y aprobación. · Aplicación y divulgación al personal involucrado. · Control. FUENTE: F. BRUNSTEIN MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 234 El contratista debe elaborar los procedimientos de trabajo correspondientes a los procesos y actividades que corresponden de acuerdo a las características del contrato y a la previa identificación de riesgos. Ellos podrán ser: Trabajos en alturas. Trabajos en espacios confinados. Trabajos con riesgo de caída a distinto nivel Trabajos en pozos de ascensores, cajas de escaleras y plenos Trabajos en la vía pública Trabajos con instalaciones eléctricas Trabajos con explosivos Excavaciones. Túneles y galerías subterráneas Submuración Trabajos con pilotes y tablestacas Trabajos con hormigón Tuberías y bombas para el transporte de hormigón Trabajos con pinturas Demoliciones. Trabajo con escaleras y andamios. Colocación de capa asfáltica. En particular cabe señalar que en la realización de trabajos cercanos a líneas de servicios de infraestructura (electricidad, gas, etc.) se deberán tomar medidas que garanticen la seguridad de los trabajadores. Cuando dichos trabajos impliquen un alto riesgo (gasoducto de alta presión, líneas de alta y media tensión aérea o subterránea, etc.) será obligatoria la supervisión de los trabajos en forma directa por parte del responsable de la tarea, observando las indicaciones específicas del Servicio de Higiene y Seguridad. Cuando existan factores tales como lluvia, viento, derrumbes u otros que comprometan la seguridad de los trabajadores se interrumpirán dichas tareas mientras subsistan dichas condiciones. Si del análisis de riesgos se identifican necesidades de procedimientos diferentes a los realizados inicialmente, o la Supervisión o la UEPTUBA-GEF lo consideran pertinente, el Contratista deberá elaborar los procedimientos adicionales respectivos. Hojas de El Contratista debe mantener un registro actualizado de seguridad de las materias primas y sustancias químicas utilizadas para materiales y el desarrollo de la obra. productos MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 235 El Contratista debe entregar un listado de los productos químicos que va a utilizar así como una copia de las hojas de seguridad de dichos productos para revisión y aprobación por parte de la Supervisión. El personal debe recibir capacitación en temas como manejo de sustancias químicas, almacenamiento, pictogramas y simbología de identificación, etc. Estas hojas deben ser suministradas por el fabricante y/o distribuidor de los productos y contener como mínimo la siguiente información: Identificación de la sustancia. Pictograma de acuerdo a norma de clasificación de sustancias de Naciones Unidas. Riesgos y precauciones. Propiedades físico-químicas importantes. Medidas de primeros auxilios. Medidas en caso de incendio. Medidas para actuar ante vertidos accidentales. Almacenamiento y manejo (protección personal). Disposición final. Parámetros de control y exposición. Estabilidad y reactividad. Información toxicológica. Información ecológica. Transporte. Bibliografía. Si al Contratista le parece pertinente puede diseñar su propia hoja de seguridad con la información suministrada directamente por el fabricante del producto. Es importante tener en cuenta la simbología e identificación de sustancias en el lugar de almacenamiento, así como cumplir con las normas de seguridad de acuerdo al tipo de sustancia almacenada. Manipulación de materiales De acuerdo a los artículos 43 y 44 del Decreto 911/96 los trabajadores encargados de manipular cargas o materiales, deben recibir capacitación sobre el modo de levantarlas y transportarlas para no comprometer su salud y seguridad. El responsable de la tarea verificará la aplicación de las medidas preventivas. Cuando se manipulen productos de aplicación en caliente, los tanques, cubas, marmitas, calderas y otros recipientes que se utilicen para calentar o transportar alquitrán, brea, asfalto y otras sustancias bituminosas deben: a. Ser resistentes a la temperatura prevista. b. Poseer cierres que eviten derrames. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 236 c. Estar diseñados con aptitud para sofocar el fuego que se pueda producir dentro de dichos recipientes. d. Cumplir con lo establecido en el capítulo correspondiente a: instalaciones de presión, protección contra incendio y riesgos eléctricos. Manejo de combustibles y sustancias peligrosas Las áreas destinadas para el almacenamiento temporal de combustible y sustancias peligrosas, deben contar con las siguientes condiciones mínimas de seguridad garantizando la mitigación de riesgos durante su almacenamiento o manipulación. Las áreas de almacenamiento de combustibles y lubricantes deben estar aisladas de las destinadas a almacenamiento de sustancias peligrosas y del resto del obrador. · El área para el almacenamiento de combustibles, lubricantes y la destinada a sustancias peligrosas, debe ser previamente aprobada por la Supervisión y ser la única zona autorizada para efectuar el almacenamiento. Esta podrá ser cambiada de acuerdo al proceso constructivo y adelanto de obras, previa consulta a la Supervisión. · Debe contar con adecuada ventilación, evitando la acumulación de calor y de vapores, que pueden generar atmósferas explosivas, inflamables o tóxicas. · Debe poseer canales perimetrales o diques que garanticen que en caso de derrame, el líquido no contaminará áreas aledañas. · Debe estar alejado de sumideros y/o pozos, para evitar que en caso de derrames estos puedan llegar a los cuerpos de agua. · Debe tener un piso o superficie regular, recubierta con geotextil y arena, contando con acabado impermeable (plásticos, tela asfáltica, etc.). · Debe estar alejada de cualquier fuente generadora de ignición, calor, electricidad, chispa o radiactividad. · No debe tener cerca, zonas en donde existan trabajos en caliente como soldaduras, corte oxiacetilénico, fuentes de ignición, esmerilado y o pulido de metales, o en general, cualquier tipo de trabajo que pueda generar llama o chispa. · No deben existir instalaciones eléctricas dentro del almacén ni en sus zonas aledañas. · Las hojas de seguridad y las fichas técnicas de las sustancias almacenadas, deben estar documentadas en idioma castellano, y se ubicarán de manera visible al personal. · La zona debe estar completamente aseada y contar con medios de salida fáciles y rápidos. · Debe estar debidamente aislada del resto del obrador, y estar provista de avisos en igual cantidad al número de paredes MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 237 expuestas hacia la zona de obra, que anuncien el almacenamiento de combustibles, lubricantes o sustancias peligrosas en ese punto. · Todos los contenedores contarán con sus correspondientes etiquetas de identificación. · La zona aledaña al área de almacenamiento deberá asegurarse contra cualquier tipo de evento fortuito generado por pasos peatonales (robos) y/o vehiculares (accidentes de tránsito), etc. Manipulación de redes eléctricas Cuando deba trabajarse con redes eléctricas debe observarse lo establecido en los Artículos 75 a 87 del Decreto 911/96. Para la manipulación de redes eléctricas debe gestionarse con la debida anticipación el permiso de la empresa responsable de la red, con aviso a la Supervisión. Manejo de maquinaria, equipos y vehículos El Contratista debe implementar las medidas que mitiguen los impactos y los riesgos generados por la operación de la maquinaria, equipos y vehículos, además de la manipulación de combustibles e izaje de cargas. FUENTE: PRENSA MUNICIPAL ­ NUDO VIAL MONSEÑOR PABLO CABRERA Generación de ruido. Principales Emisión de gases y partículas a la atmósfera. riesgos Derrame de grasas y aceites. e Alteración de la transitabilidad (peatonal y vehicular). impactos Incremento del riesgo de accidentes. generados por Contaminación de fuentes superficiales y/o suelos por estas derrames de aceites y combustibles. actividades Vibración en viviendas aledañas generadas por la operación de maquinaria pesada, equipos de construcción y vehículos. Deterioro de la cobertura vegetal. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 238 Manejo de maquinarias y equipos Para actividades generadoras de ruido, debe tenerse en cuenta lo siguiente: · Para aquellos trabajos que deben ejecutarse en horarios distintos de los establecidos en los reglamentos, se deberá solicitar permiso al municipio local durante el tiempo de duración de la actividad generadora de ruido. · En materia de ruidos molestos al vecindario, debe cumplirse con lo establecido en la Norma IRAM 4062, que estipula que el nivel sonoro equivalente en dBA no deberá exceder el valor de 90 dBA y que cuando los ruidos producidos en un establecimiento trascienden a la comunidad vecina deberán tomarse las medidas necesarias para revertir la situación planteada · En vecindad de Centros de Interés Comunitario (escuelas, hospitales, etc.) la operación de la maquinaria y equipos que genere ruido continuo que supere los límites permisibles, se realizará bajo el ciclo de 2 horas continuas de trabajo, seguidas de 1 hora de descanso. El Centro de Interés Comunitario afectado deberá ser notificado previamente del ciclo de ruido al que será sometido. · Toda la maquinaria, equipos de construcción y vehículos deben contar con alarma de reversa de tipo automático. · En lo relativo a la protección de los trabajadores en relación con trabajos que generan ruidos y vibraciones se debe cumplir con lo establecido en los Artículos 127 a 132 del Decreto 911/96. El Contratista debe garantizar la realización de inspecciones preoperacionales periódicas a toda la maquinaria y equipos que trabajen en la obra, verificando principalmente los siguientes aspectos: · El funcionamiento de los equipos de control ubicados en los tableros (manómetros, tacómetros, velocímetro, voltímetros, etc.). · Inspección visual alrededor de la máquina y equipos para observar posibles fugas y piezas o conducciones en mal estado, así como existencia de escape de agua, aire, combustibles, lubricantes, líquido de frenos, etc. · Si la iluminación del recinto de trabajo no fuera suficiente, deberá haber iluminación localizada en las zonas peligrosas de las máquinas. · Comprobar el buen funcionamiento de las máquinas y realizar pruebas adicionales en los casos de modificaciones, accidentes o desuso prolongado · Comprobar el estado de los neumáticos, en cuanto a presión y cortes. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 239 · Limpieza de parabrisas, espejos y retrovisores antes de poner en marcha la máquina y quitar todo lo que pueda dificultar la visibilidad. · Que el compartimiento del motor se encuentre libre de toda clase de elementos ajenos al mismo. · Niveles de aceite, agua y combustibles. · Verificar el funcionamiento de las luces y de la alarma de reversa. · Verificar el correcto funcionamiento del sistema de frenos y de seguridad de la maquinaria o equipo. · Comprobar que las máquinas posean extintor multipropósito debidamente cargado y vigente. · Que el suelo de la cabina de conducción se encuentre libre de objetos tales como herramientas, trapos, etc. Utilizar para ello caja de herramientas. · Nunca se debe anular cualquier dispositivo de seguridad que disponga la máquina o equipo, como tampoco retirar las protecciones o resguardos. · Inspección previa del lugar de trabajo y de las actividades a realizar. · Definición de las zonas de circulación de la maquinaria y del personal dentro del frente de trabajo, garantizando que todo el personal los conoce antes de inicio de cada jornada laboral. · La maquinaria y/o equipo deberán estar provistos de dispositivos que permitan su parada total en condiciones de emergencia, los que deben ser visibles y de fácil acceso. Cualquier orden de parada debe tener prioridad sobre las órdenes de puesta en marcha. · No se debe subir pasajeros a la maquinaria. · No deben permanecer vehículos o personas en los alrededores de la zona de trabajo de la maquinaria. · No se debe utilizar los baldes, palas, ganchos o cucharas de la maquinaria como andamio o apoyo para subir personas. · No se debe colocar los baldes, palas, ganchos o cucharas de la maquinaria encima de la cabina de vehículos o de otra maquinaria. · Toda parte de una maquinaria que presente peligro de ser atrapada, o sujeta a corte, abrasión o proyección debe ir equipada con resguardos o dispositivos de protección. · Cuando se trabaje cerca de líneas eléctricas, se debe tener en cuenta la operación de la maquinaria, equipos o vehículos, asegurando las distancias mínimas de resguardo. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 240 · Cuando se suspendan actividades de una maquinaria, aún en forma temporal, se debe apoyar el equipo completamente en el suelo, parar el motor y colocar el freno. · Cuando se tenga que trabajar en espacios muy reducidos se debe señalizar y aislar ésta zona de trabajo, de tal forma que se evite el paso de personal y se advierta al mismo de los peligros eventuales. · Realizar constantemente mantenimiento y limpieza en las zonas de circulación de la maquinaria, así como de las orugas o llantas. Deben asimismo efectuarse inspecciones semanales a toda la maquinaria y equipos que se encuentren en la obra verificando: · Lavado y limpieza general. · El estado y tensión de las correas. · Limpieza de filtros de aire. · Limpiar los bornes y revisar el nivel electrolítico de las baterías. · El nivel del líquido de frenos. · El estado y presión de las llantas. · Engrases. Para el manejo y operación de diferentes tipos de maquinaria y equipos, el operador deberá tener en cuenta los siguientes requerimientos: · Verificar la regulación del asiento antes de ponerla en marcha. · Contar con la formación e información, comprensible y específica, sobre los riesgos que implica su trabajo debido a las condiciones de utilización de la máquina y las situaciones peligrosas que puedan presentarse. · No llevar ropa holgada, el pelo suelto, bufanda, cadenas ni ningún otro elemento que favorezca que quede atrapado por la máquina o equipo. · Seguir las instrucciones del manual del constructor de la máquina · Colocar todos los mandos en punto muerto. · Sentarse antes de poner en marcha el motor. · Permanecer sentado mientras esté encendida de la máquina. · Verificar que las indicaciones de los controles sean normales. · No arrancar en locales cerrados. · Verificar la presencia de personal en la zona de trabajo de la maquinaria o equipo. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 241 · Verificar, en un lugar despejado y seguro, el buen funcionamiento de todos los sistemas de la maquina o equipo y, en especial, los frenos principales y emergencia, hacer girar el volante en los dos sentidos a pequeña velocidad, maniobrar las palancas y controles y colocar las diferentes marchas. Para realizar mantenimientos preventivos a la maquinaria y equipos en operación en la zona de obras, el contratista debe cumplir los siguientes requerimientos: · Llevar el control de la ejecución del mantenimiento diario y semanal. · Realizar las inspecciones periódicas recomendadas en los manuales de mantenimiento de los fabricantes de los equipos con finalidad preventiva, incluyendo programación del tiempo de las paradas para el cambio de determinadas piezas y elementos. · Cambios periódicos de los aceites lubricantes, grasas y filtros. · Verificación de la presión de aceites del motor, de los hidráulicos, de las bombas y de la transmisión. · Verificación de la compresión de los cilindros del motor. · Verificación del funcionamiento de los sistemas de frenos de marcha y de parada de emergencia. · Verificación del estado y funcionamiento de los sistemas de control. · Verificación del estado y funcionamiento del tren de rodamiento. · Verificación del estado de ajuste de elementos que requieren ser probados o tensionados. · Verificación del estado y funcionamiento de las baterías. · Verificación del estado de lubricación y engrase. · Los camiones industriales levanta cargas deben ser mantenidos en una condición limpia, libres de suciedad, exceso de aceite, y grasa. Debe evitarse efectuar mantenimiento o reparación de maquinarias o equipos en la zona de obra. Si ello no pudiere evitarse, la realización de tales actividades deben ser informada a la Supervisión, y realizarse teniendo en cuenta las siguientes medidas: · Deben disponerse dispositivos de bloqueo que impidan la puesta en marcha de las máquinas durante estas operaciones y colocar letreros indicando que se encuentra en reparación. · Debe limpiarse y aislarse la zona donde se realizarán las reparaciones. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 242 · En caso que la superficie del suelo no disponga de aislamiento, deben colocarse plásticos sobre el mismo de modo de garantizar que no se producirá contaminación. Manejo de vehículos Para la operación, mantenimiento y manejo adecuado de los vehículos que transiten dentro y fuera de los frentes de obra, el Contratista debe tener en cuenta los siguientes requerimientos, que se hacen extensivos a todos lo vehículos de subcontratistas o proveedores, para garantizar el normal desarrollo de la actividad de suministro de materiales e insumos, además del retiro de escombros. Los vehículos destinados al transporte de materiales, insumos y escombros, de trabajo permanente en el Proyecto deben estar debidamente identificados con carteles informativos que contengan: Número de identificación del Vehículo (por ejemplo: 01), Identificación del Contrato (por ejemplo: Contrato PTUBA/GEF Nº 25/2007), Nombre de la Empresa Contratista, Número de Teléfono para reclamos y Número de Teléfono de la Supervisión. Debe llevarse un registro del mantenimiento preventivo considerando los siguientes aspectos: · La perfecta combustión de los motores que cumpla con las regulaciones ambientales con respecto a la emisión de gases por tratarse de fuentes móviles. · El ajuste de los componentes mecánicos, la correcta operación de los sistemas hidráulicos, mecánicos y eléctricos. · El balanceo y calibración de las llantas. El ingreso de todo vehículo a la zona de obras debe cumplir los siguientes aspectos: · Obligación del uso de alarma sonora de reversa, cuyo funcionamiento será de manera automática y permanente. · Se recomienda a los Contratistas emplear en la construcción, vehículos de modelos recientes, que no superen los veinte (20) años de servicio, contados a partir de la firma del Contrato. · Certificaciones de emisiones atmosféricas de los vehículos utilizados en la obra con vigencia de expedición según las exigencias de la normatividad nacional · No se permitirá el lavado de ningún vehículo ni de sus equipos auxiliares dentro del área de las obras, espacio público o vía pública. Respecto al personal destinado al manejo de vehículos de carga, se tendrán en cuenta los siguientes requerimientos: · Realizar y registrar pruebas prácticas de conducción, operación y manejo, además de constatar el conocimiento en la revisión básica diaria que se les debe efectuar. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 243 · Contar con los elementos de protección personal establecidos para el conductor y su acompañante. Respecto a las condiciones de la carga transportada, se tendrán en cuenta los siguientes requerimientos: · No se podrá modificar el diseño original de los contenedores o plataforma de los vehículos para aumentar su capacidad de carga en volumen o en peso en relación con la capacidad de carga del chasis, y esta no excederá el peso bruto vehicular establecido en el Certificado de carga. · Los contenedores de los vehículos destinados al transporte de escombros no deben ser llenados por encima de su capacidad, y la carga transportada no sobrepasará el nivel superior más bajo de estos. · Es obligatorio cubrir la carga transportada con el fin de evitar la dispersión de la misma o emisiones fugitivas. La cobertura deberá ser de material resistente para evitar que se rompa o se rasgue y deberá estar sujeta firmemente a las paredes exteriores del contenedor en forma tal que caiga sobre el mismo por lo menos 30 cm. a partir del borde superior del contenedor. · El Contenedor o plataforma en donde se transportan los materiales debe estar completamente limpio en su parte externa antes de salir a la vía, especialmente aquellos que tienen laterales en su estructura, al igual que las llantas para evitar contaminación por emisiones. · Los vehículos mezcladores de hormigón y otros elementos que tengan alto contenido de humedad deben contar con los dispositivos de seguridad necesarios para evitar el derrame del material de mezcla durante el transporte · En caso de presentarse derrames de material en la vía pública durante el traslado de la carga, éste será recogido de manera inmediata por el Contratista, siendo responsable de la remediación ambiental si ésta fuera necesaria. · El transportador contará con el equipo necesario para efectuar las actividades anteriores. · El Contratista garantizará el óptimo aseguramiento de la carga. 2.3. Programa de Contingencias y Emergencias El contratista debe elaborar un Programa de Contingencias y Emergencias orientado a preservar la vida e integridad de todas las personas que por cualquier circunstancia estén relacionadas con la obra, incluyendo trabajadores, visitantes y comunidad. El Plan debe asimismo orientarse a preservar los bienes y activos de los daños que se les puedan causar como consecuencia de accidentes y catástrofes, teniendo en cuenta su valor MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 244 económico, así como también su valor estratégico para la obra y para la comunidad en general. El Programa de Contingencias y Emergencias debe considerar como mínimo: · Listados de las actividades que se desarrollan en relación con los riesgos que ocasionan. · Selección de las actividades que pueden generar una contingencia (maquinarias, manipulación de combustibles, manipulación de explosivos, excavaciones, trabajos con conductos de gas o electricidad, etc.) · Disminución o control de los riesgos de acuerdo con las actividades seleccionadas. · Facilidades para evacuación parcial o total en cualquier momento de todo el personal de la obra y la comunidad que se encuentren en frentes de obra o en instalaciones temporales, · Facilidades y medios para rescate de personas ubicadas en cualquiera de los frentes de trabajo o instalaciones temporales. · Atención de primeros auxilios. · Dispositivos para controlar las contingencias y/o emergencias · Protocolos para afrontar contingencias y/o emergencias. Del mismo modo debe protegerse al ambiente de los riesgos de contaminación y daños asociados directamente o indirectamente con las actividades de obra, incluyendo: · Derrames sobre el suelo o fuentes de agua. · Emisiones atmosféricas. · Disposición de residuos. El Contratista debe elaborar y presentar a la Supervisión para su aprobación un Plan de Contingencias y Emergencias teniendo en cuenta, como mínimo, los siguientes aspectos: · Análisis y priorización de amenazas y vulnerabilidad. Análisis de situaciones de riesgo externo e interno para las personas y el medio ambiente natural y construido: descripción e identificación de componentes de la explotación y del ambiente, riesgosos por su ubicación y características, incluyendo tipo de incidente que pudiera ocurrir, instalaciones involucradas, componentes ambientales potencialmente afectados y alcances de los posibles daños (gravedad y magnitud). · Para el transporte y manejo de sustancias peligrosas establecer los procedimientos para el entrenamiento específico de todas las personas involucradas en este tipo de actividades, indicando las funciones que les toca desempeñar, y los equipos de protección necesarios. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 245 · Establecer el procedimiento para, en caso de una emergencia, a solicitud de la Autoridad Competente, el fabricante, el transportista y el destinatario del producto o sustancia peligrosa presten apoyo para esclarecer las causas del accidente o avería y colaborar en la solución de los problemas causados. · En caso de derrames o vertidos accidentales de sustancias peligrosas al suelo, establecer el procedimiento a seguir para la extracción del suelo contaminado, y su tratamiento y disposición final en sitios o depósitos controlados, de acuerdo a lo que designe la Supervisión, quien debe ser debidamente notificada del evento. El procedimiento debe incluir además, la restauración del área de extracción con suelos de similares características al existente. · En el caso de descargas, derrames o vertidos accidentales de cualquier combustible o productos químicos a cursos de agua o que tenga el potencial de llegar a la vía acuática, establecer el procedimiento para contener y eliminar el combustible o los productos químicos eventualmente derramados. El procedimiento debe incluir la notificación inmediata a la Supervisión y a todos los organismos jurisdiccionales correspondientes. · Establecimientos de los recursos técnicos y humanos necesarios. · Listado de las entidades de apoyo con los números telefónicos, direcciones y datos de contacto. · Plano con ubicación de las entidades de apoyo · Definir protocolos de manejo. · Conformación de Comité de Contingencias y de Emergencias y las funciones de cada integrante. · Conformación de brigadas (presentar organigrama y programa de capacitación). · Funciones de la brigada e identificación. · Establecer las medidas preventivas adoptadas. · Determinar los dispositivos de control necesarios (Clasificación y cantidad). · Establecer procedimiento de actuación en caso de contingencias y/o emergencias. · Establecer los procedimientos y casos de actuación de acuerdo con el análisis de vulnerabilidad. · Definir grupos de apoyo externo. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 246 Como parte del Programa de Contingencias y Emergencias debe elaborarse el correspondiente Plan de Evacuación teniendo en cuenta los criterios: · Detección del peligro: es el tiempo transcurrido entre el momento en que se origina el peligro hasta que se reconoce. · Alarma: se establece desde que se conoce el peligro, hasta que se toma la decisión de evacuar y se comunica al personal. · Evacuación: desde que se comunica la decisión de evacuar hasta la salida de la última persona. Y los siguientes componentes básicos: · Política, autoridad y responsabilidades. · Análisis de vulnerabilidad. · Información sobre valores y equipos críticos. · Planos de evacuación (ubicación y rutas de salida). · Tipo y codificación de la alerta y alarma de evacuación. · Instrucciones básicas de emergencia. · Ubicación punto de reunión final (puntos de encuentro). · Cronograma de divulgación (como mínimo mensualmente, además de la incorporación en las capacitaciones de ingreso). · Protocolos de simulacros · Cronograma de simulacros (mínimo cada dos meses con entrega de acta de registro y evaluación del mismo a la Supervisión) · Cronograma de actualización. El Plan debe incluir un cronograma indicando las fechas a realizar los simulacros de emergencia y evacuación de cada uno de los obradores, frentes de obra y plantas de asfalto y materiales, los cuales deben realizarse cada 2,5 meses. Una vez realizados, el Contratista debe entregar a la Supervisión la evaluación y acta del simulacro. Asimismo, deberá considerarse la fase de desmovilización y restauración o fase de abandono, en lo que hace a las emergencias o contingencias que pudieren presentarse por: · Transporte de equipos · Desmantelamiento de campamentos e instalaciones · Demolición de construcciones · Limpieza y disposición de residuos y escombros Una vez aprobado el Plan de Contingencias y Emergencias y previo a la iniciación de los trabajos el Contratista debe establecer contacto fehaciente con las entidades de apoyo identificadas para informar: la fecha del inicio de obras, MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 247 el alcance de los trabajos que puedan ocasionar situaciones de emergencia. Una copia de la notificación de recibo de la entidad correspondiente debe ser enviada a la Supervisión. El listado de las entidades u organizaciones de apoyo (Defensa Civil, Bomberos, Policía, etc.) debe ser actualizado cada tres meses. 2.4. Programa de Entrenamiento y Capacitación Para asegurar que todas las indicaciones del presente Componente sean implementadas convenientemente en las actividades de la obra, deben desarrollarse acciones de capacitación a todas las personas que se encuentren involucradas en la misma. Los programas de capacitación laboral deben incluir a todos los sectores de la empresa, en sus distintos niveles: · Nivel superior: dirección, gerencia y jefatura. · Nivel intermedio: supervisores, encargados y capataces. · Nivel operativo: trabajadores de producción y administrativos. Asimismo, deben incluirse aquellas personas que conformen los servicios de seguridad de las obras, tales como personal policial privado, serenos o vigiladores, tanto sean permanentes como provisorios, en particular en las actividades de emergencias y de prevención de riesgos. La capacitación debe ser programada y desarrollada con intervención de los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo. Subprograma de Entrenamiento El contratista debe diseñar un Subprograma de Entrenamiento al momento de ingreso de todo el personal que trabaja en la obra, debiendo incluir, como mínimo: · Instructivo informativo general de la empresa. · Política de Seguridad Ambiental e Higiene y Medicina Laboral. · Presentación del reglamento de Higiene y Seguridad Industrial. · Qué es el Programa de Medicina Laboral y en que consiste: actividades de medicina preventiva y del trabajo y de higiene y seguridad industrial. · Presentación del Panorama de Riesgos General. · Notificación de Riesgos por puesto de trabajo a través de una ficha que incluya: los riesgos y normas generales de seguridad. · Qué hacer en caso de accidente. · Responsabilidades del empleador. · Responsabilidades del trabajador. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 248 · Plan de Contingencias y Emergencias (puntos de encuentro, identificación de brigadistas, protocolos de contingencias y emergencias). · Registro y Evaluación del curso de entrenamiento. Subprograma de Capacitación El Contratista debe establecer un programa de capacitación para todo el personal que trabaja en la obra, incluyendo: · Qué es el Programa de Medicina Laboral y en que consiste: actividades de medicina preventiva y del trabajo y de higiene y seguridad industrial. · Presentación del Panorama de Riesgos General. · Notificación de Riesgos por puesto de trabajo a través de una ficha que incluya: los riesgos, y normas generales de seguridad. · Notificación de incidentes y accidentes. · Obligación de notificación de incidentes y accidentes. · Protocolo de notificación · Qué hacer en caso de accidentes. · Responsabilidades del empleador. · Responsabilidades del trabajador. · Plan de Contingencias y Emergencias (puntos de encuentro, identificación de brigadistas, protocolos de contingencias y emergencias). · Registro y Evaluación de los curso de entrenamiento. Su contenido debe incluir como mínimo aspectos de: Medicina preventiva. Medicina del trabajo. Higiene Industrial. Seguridad Industrial. Prevención de Riesgos. Aspectos técnicos. Primeros Auxilios. Manejo de contingencias y emergencias. Motivación. Los temas obtenidos del panorama de factores de riesgo. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 249 El Programa de Capacitación debe incluir el registro de las actividades de entrenamiento y capacitación desarrolladas, y ser actualizado cada tres meses incluyendo las lecciones aprendidas de todos los incidentes y accidentes ocurridos durante el transcurso de las obras. 3. Cronograma de Actividades El Contratista debe presentar a la Supervisión el correspondiente cronograma del Plan de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental incluyendo todas las actividades a desarrollar en los diferentes subprogramas. El mismo debe estar firmado por el representante legal y el encargado de la implementación y seguimiento del mismo. Este cronograma debe ser revisado y actualizado mensualmente para verificar su cumplimiento y de ser necesario hacer modificaciones pertinentes. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 250 4. Actividades y Responsabilidades La siguiente tabla contiene una guía que debe ser convenientemente ajustada e incorporada por el Contratista en la formulación del Programa de Manejo de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental: Fase Actividad Responsable Controla y Responsable Momento de realización de la Aprueba de la Ejecución Supervisión Presentación del Programa de Higiene, Contratista Municipio / Supervisión Al mes de iniciado el contrato Medicina Laboral y Seguridad Ambiental. UEPTUBA-GEF Presentación del Programa de Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión A los quince (15) días de iniciado el Entrenamiento y Capacitación. contrato Presentación del Programa de Contratista Municipio / Supervisión A los veinte (20) días de iniciado el Contingencias y Emergencias con el UEPTUBA-GEF contrato correspondiente Plan de Evacuación. Presentación del Responsable de Higiene Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión A los veinte (20) días de iniciado el y Seguridad para su aprobación contrato Presentación del Panorama de Factores Contratista Municipio / Supervisión A los veinte (20) días de iniciado el Planificación de Riesgo y su correspondiente programa UEPTUBA-GEF contrato de la de actividades para prevenir accidentes Construcción Realización de las actividades de Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Con diez (10) días de anticipación al entrenamiento inicio de la obra. Realización de simulacro de emergencias Contratista Municipio Supervisión Con siete (7) días de anticipación al UEPTUBA-GEF inicio de las obras Realización de exámenes médicos Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Con siete (7) días de anticipación al ocupacionales de ingreso de los inicio de las obras trabajadores Cronograma de Inspecciones de Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Al mes de iniciado el contrato. Seguridad Presentación del listado de los productos Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Al mes de iniciado el contrato. y sustancias químicas a utilizar con copia de las hojas de seguridad Programa de Higiene, Medicina Laboral y Contratista Municipio / Supervisión Desde el inicio de obra hasta el final de Construcción Seguridad Ambiental UEPTUBA-GEF la misma, de acuerdo a las diferentes etapas y programación de los trabajos. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 251 Fase Actividad Responsable Controla y Responsable Momento de realización de la Aprueba de la Ejecución Supervisión Entrega de Dotación Institucional de Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión En el momento de la contratación Equipos de Protección personal a cada trabajador de acuerdo a las características de cada trabajo Entrega de 2 uniformes a cada trabajador Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión En el momento de la contratación Actividades de capacitación Contratista Municipio Supervisión Con 20 días de anticipación al inicio de /UEPTUBA- las excavaciones GEF Actividades de promoción de recreación y Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Cada seis meses deporte Actividades de prevención de alcoholismo, Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Cada seis meses tabaquismo y fármaco dependencia Actividades de prevención de Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Mínimo cada cuatro meses, salvo enfermedades profesionales y accidentes requerimientos por normativa de acuerdo de trabajo con cada caso. Jornadas de vacunación y Campañas de Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión De acuerdo a los riesgos existentes en la prevención y promoción de salud obra. Realización de exámenes médicos Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Mínimo cada seis meses, salvo ocupacionales periódicos, de los requerimientos por normativa de acuerdo trabajadores según factores de riesgo de con cada caso. cada ocupación Realización de exámenes médicos Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión De acuerdo a la programación y ocupacionales de retiro de los asignación de recursos humanos para trabajadores cada trabajo y con no más de quince (15) días posteriores a la finalización del contrato de trabajo. Presentación de Estadísticas de Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Mensualmente Morbilidad y ausentismo Reporte de investigación de accidentes Contratista ART / Supervisión Toda vez que sea requerido. UEPTUBA-GEF MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 252 Fase Actividad Responsable Controla y Responsable Momento de realización de la Aprueba de la Ejecución Supervisión Reporte de incidentes Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Cada cuatro (4) meses. Inspecciones de seguridad Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión De acuerdo al cronograma establecido con la Supervisión. Realización de exámenes médicos Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Con no más de quince (15) días ocupacionales de retiro de los posteriores a la finalización del contrato trabajadores de trabajo Inspecciones preoperacionales de la Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión De acuerdo al cronograma de realización maquinaria, equipos y vehículos de los trabajos. Mantenimiento preventivo de la Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Diario y semanal, según cada equipo y maquinaria, equipos y vehículos de acuerdo a la periodicidad recomendada en los manuales de los fabricantes. Realización de simulacro de emergencias Contratista Municipio Supervisión Cada dos meses y medio. UEPTUBA-GEF Actividades de capacitación Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Cada cuatro meses y toda vez que sea requerido de acuerdo a las inspecciones de seguridad. Limpieza y restauración de los obradores Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Al finalizar los trabajos y frentes de obra MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 253 MODULO H ­ SEGUIMIENTO DE LA OBRA Y EVALUACIÓN DEL PROYECTO 1. Descripción El propósito fundamental de esta Guía es servir de instrumento de gestión para lograr que las obras del PTUBA/ GEF, se realicen dentro del concepto de desarrollo sustentable, respetando la salud, la seguridad y los derechos de los trabajadores y en el marco de un proceso de mejoramiento continuo; para tal fin se emplearán los conceptos definidos en la Norma ISO 14004, respecto al Sistema de Gestión Ambiental y la Norma OHSAS 18000. En el Sistema de Gestión Ambiental, las políticas, metas y procedimientos ambientales, se traducen en un plan de acción, que una vez implementado puede ser medido y evaluado, y con base en los resultados obtenidos debe ser permanentemente revisado siendo objeto de acciones correctivas y de mejoramiento en procura de elevar la calidad ambiental del entorno. Por otro lado, se busca que los contratistas creen e implementen un Sistema de Seguridad y Salud Ocupacional que le permita al PTUBA/GEF garantizarle a la comunidad un control de los riesgos que sus obras generan, así como la salud, salubridad y seguridad de los trabajadores y de la comunidad en general. La presente guía obedece entonces a una política de impulsar la autogestión como mecanismo efectivo de obtener resultados ambientales, de seguridad y de salud ocupacional favorables mediante el desarrollo de obras ambientalmente sostenibles y seguras. De tal modo, el presente MMAyS sirve como instrumento para desarrollar un Plan de Manejo Ambiental y Social de los proyectos, y también para que el mismo pueda ser verificado en lo que hace a su cumplimiento y desempeño por parte de los contratistas de la UEPTUBA-GEF La supervisión podrá de este modo evaluar el desempeño de los contratistas, indicando en los casos que correspondan la necesidad de implementar medidas correctivas, con el fin de mejorar los niveles y estándares de cumplimiento de las medidas contenidas en los componentes mencionados anteriormente, logrando así un mejoramiento continuo durante el desarrollo de las diferentes obras ejecutadas por la UEPTUBA-GEF. 2. Seguimiento de la Obra Tanto la empresa Contratista como la que se encargará de la Supervisión de la misma, deberán contar con un Responsable Ambiental. En ambos casos, deberán designar como Responsable Ambiental un profesional especializado en Manejo Ambiental de Obras de Infraestructura, cuyos antecedentes deberán ser comunicados a la Supervisión, en el caso del Contratista y a la UEPTUBA-GEF, en el caso de la Supervisión. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 254 Dicho profesional deberá tener una experiencia mínima de 5 años en proyectos de infraestructura de transporte, requiriéndose estudios universitarios o terciarios correspondientes a graduados de carreras ambientales, ingeniería, arquitectura, ecología u otras con especialización en temas afines a los presentados en el presente MMAyS. El Responsable Ambiental debe desarrollar sus tareas en forma articulada y complementaria con el responsable de Higiene y Seguridad, y actuará como interlocutor en todos los aspectos ambientales entre la Empresa, Autoridades Competentes y Comunidad local. 2.1. Sistema de seguimiento de obra Para la evaluación del desempeño en la etapa de obra del Contratista, la Supervisión deberá elaborar, como parte de su propuesta, el sistema de seguimiento que instrumentará, el que debe contener las listas de chequeo para cada uno de los programas que correspondan, de acuerdo a los que conforman el presente MMAyS. · Plan Específico de Manejo Ambiental y Social (PEMAyS) de la obra · Programa de Manejo del Paisaje (PMP) · Programa de Manejo de Tránsito y Señalización (PMTyS) · Programa de Manejo del Patrimonio Histórico Cultural y Hallazgos Arqueológicos (PMPHCyHA): · Programa de Manejo de las Actividades Constructivas (PMAC): · Programa de Manejo de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental (PMHMLySA): · Programa de Información y Comunicación: Asimismo, las listas de chequeo deben incluir el sistema de calificación propuesto, incluyendo el sistema de inspección y los procedimientos a seguir en caso de requerirse medidas correctivas. En cada una de las inspecciones de la Supervisión el Responsable Ambiental, con apoyo del asesor en Higiene y Seguridad, debe verificar el cumplimiento de cada una de las medidas contenidas en el Plan de Manejo Específico Ambiental y Social (PEMAyS), en un todo de acuerdo con lo establecido en el presente MMAyS y en los diferentes ítems a calificar en las listas de chequeo y dejar el registro correspondiente. Los registros que evidencien incumplimientos de las requerimientos del presente MMAyS o de las listas de chequeo se deben llevar mediante fotografías, formatos de campo, notas de bitácora de obra, etc. Para la aplicación de las listas, se deberá colocar en cada una de las casillas correspondientes 0%, 50% o 100%, según los registros que se tengan de las inspecciones realizadas, dejando la correspondiente observación. En caso que durante una inspección o visita de obra se observe por parte de la UEPTUBA-GEF o de la Supervisión del contrato, un incumplimiento de las listas de chequeo que no es subsanado inmediatamente, dicho MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 255 incumplimiento debe ser calificado con 0%, independientemente que se tome la acción correctiva posteriormente. Los resultados de la calificación obtenida en las listas de chequeo deben ser notificados fehacientemente al contratista de obra en forma escrita. Cuando no haya acuerdo del contratista y del interventor en la calificación, estas discrepancias serán resueltas por el responsable del proyecto de la UEPTUBA- GEF. 2.2. Informes de avances y resultados del PEMAyS El Contratista debe presentar a la Supervisión tres tipos de informes: · Informes de Avance, relativo al cumplimiento de las tareas comprometidas en el PEMAyS, con una periodicidad mensual. · Informes Parciales, de síntesis y evaluación de la efectividad de la aplicación del PEMAyS al momento del cumplimiento del 30%, 60% y 90% del Plan de Trabajo, o en su defecto, en las fechas estipuladas en el contrato o en las que se acuerden con la Supervisión. · Informe Final, integrando los resultados de la totalidad de la gestión de obra durante la construcción. En todos los casos, el texto debe ser ilustrado adecuadamente con fotografías, croquis y planimetría (preferentemente en edición gráfica en papel formato no mayor a A3) u otra modalidad pertinente para la mejor localización, caracterización y comunicación de la información de mayor importancia para el manejo ambiental y social de la obra. Estos informes deben ser presentados y firmados por el Responsable Ambiental de la obra. Los contenidos deben dar cuenta de lo comprometido en el PEMAyS, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el presente MMAyS. La Supervisión debe revisar cada informe presentado por el Responsable Ambiental del Contratista, contrastándolo con sus informes de seguimiento. De identificar alguna inconsistencia entre ambos, y/o en el caso de haberse detectado la necesidad de una acción correctiva, en cualquier caso el Supervisor debe notificar al Contratista, estableciendo con el mismo el procedimiento para afrontar la medida de corrección y el plazo establecido para hacerlo. La Supervisión debe elaborar sus propios informes de Avance, Parciales y Final, para ser presentados ante UEPTUBA/ GEF, según tres categorías posibles: · Informes con Observaciones · Informes con medidas correctivas · Informes de Aprobación MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 256 2.3. Penalidades El incumplimiento injustificado de los programas y subprogramas comprometidos en la versión definitiva y aprobada del PEMAyS, determinará la aplicación de una penalidad. Dentro de las obligaciones comprometidas pueden establecerse dos categorías: · Las que además de ser parte del presente MMAyS, también están contenidas en las normas ambientales, de salud ocupacional, mineras, de policía y tránsito vigentes, cuyo incumplimiento puede dar lugar a la imposición a la UEPTUBA-GEF de sanciones y multas por parte de las Autoridades competentes. · Otro tipo de exigencias estipuladas por la UEPTUBA-GEF derivadas de su política ambiental y cuyo objeto es propender por el buen desempeño ambiental y por que el desarrollo de las obras se lleve de forma segura por parte del contratista. Las penalidades corresponden al 2% de la certificación mensual del Plan de Obra o al 5% de la certificación mensual del PEMAyS, según se establezca en los términos del contrato. La UEPTUBA-GEF podrá imponer las penalidades señaladas en el Contrato, por incumplimiento de las obligaciones ambientales, sociales y de salud ocupacional, cuando: · El contratista incumpla o viole una norma ambiental o de salud ocupacional. · El contratista, no alcance la calificación de por lo menos el 90% en las listas de chequeo ambiental preparadas por la Supervisión. · El incumplimiento reiterativo (más de 2 veces), en uno o varios ítems de las listas de chequeo. · El incumplimiento en la programación de las inspecciones de campo previamente aprobadas, (multas aplicable al Contratista y/o Supervisor según corresponda). · El incumplimiento de los requerimientos oficiados por la Supervisión en tres o más ocasiones. En el evento en el cual se obtengan porcentajes promedios inferiores o iguales al 90% en la calificación de las listas de chequeo y/o se incumplan aspectos legales la Supervisión realizará requerimiento escrito al contratista para que este tome las medidas correctivas o subsane el incumplimiento asignándole para ello un plazo máximo. En caso que el contratista no se allane a cumplir en el tiempo establecido, o incurra en un incumplimiento repetitivo, o el incumplimiento sea insubsanable, la Supervisión deberá solicitar a la UEPTUBA-GEF aplicar las penalidades contractuales que sean del caso. Lo anterior, sin perjuicio de otro tipo de medidas económicas que la UEPTUBA- GEF tome contra el contratista como serían los descuentos económicos en las certificaciones de pago y las acciones de repetición por las sanciones que las MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 257 autoridades competentes impongan a la UEPTUBA-GEF por incurrir en infracciones ambientales derivadas del desempeño deficiente del contratista. El presupuesto de la obra, deberá incluir los ítems correspondientes a la elaboración y cumplimiento por parte del Contratista de todos los programas y subprogramas que integren el PEMAyS. Deberá incluir una especificación técnica particular donde se defina la forma de pago. La aplicación de la penalidad no exime de la obligatoriedad de componer, restaurar o compensar el daño ambiental causado por el Contratista ni exime de la aplicación de la legislación vigente ni de las eventuales instancias legales del ámbito civil o penal que pudieran ejercerse sobre el Contratista. 3. Seguimiento y Evaluación del Proyecto Este programa está fundamentalmente orientado a aquellas acciones requeridas por los Proyectos que son incumbencia, en algunos casos en forma mancomunada, de las administraciones locales y de la UEPTUBA-GEF Se trata de, en el marco del desarrollo sustentable, verificar que se hayan cumplido con las acciones de gestión ambiental y social que se establecen en el presente MMAyS, en particular: · en lo referido al Marco de Política de Reasentamiento, en los casos en que se requiere acciones de desplazamientos de población y/o de actividades económicas y sociales, · en lo relativo a las acciones establecidas en el Módulo A ­ Sistema de Evaluación Ambiental y Social del Proyecto, · lo vinculado a las acciones de Información y Consulta Pública durante todas las etapas del proyecto y · lo relativo a la Evaluación del Mantenimiento y Eficacia del Proyecto. Se pretende que la adecuada Evaluación del Proyecto bajo estas dimensiones aporte a una mejora continua de la gestión, tanto de las administraciones locales cuanto de la UEPTUBA-GEF identificando aquellos aspectos de los proyectos que presenten anomalías, ineficacia o inadecuación. Estas evaluaciones permitirán incorporar al desarrollo de futuros proyectos las lecciones aprendidas que aporten a modificar las medidas de gestión ambiental y social que deban requerirse a los mismos. En algunos casos, ello puede significar mayores requisitos, y en otros, puede resultar en síntesis de aspectos cuyo desarrollo extendido se muestre ineficaz. Este programa tendrá como mínimo una extensión de un año, en coincidencia con los plazos de garantía de las obras y del plan de mantenimiento de la vegetación, establecido en el Módulo C ­ Manejo de la Vegetación y el Paisaje. MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 258 3.1. Acciones de la Municipalidad de Córdoba La Municipalidad de Córdoba, como promotora del Proyecto debe comprometerse a mantener en perfecto estado físico las obras de infraestructura resultantes del proyecto. Para ello, deberá efectuar un informe trimestral a la UEPTUBA-GEF, ilustrando los textos adecuadamente con fotografías, croquis y planimetría (preferentemente en edición gráfica en papel formato no mayor a A3) u otra modalidad pertinente para la mejor localización, caracterización y comunicación de la información. En los casos que correspondan (accidentes, hechos delictivos, conflictos) también debe incluirse copia de las actas de las actuaciones de las instituciones que hayan intervenido. Asimismo, el documento debe contener información relativa a: · Eficacia del proyecto en cuanto a sus objetivos de conectividad · Accidentes, con indicación de causas y resolución de los mismos · Hechos delictivos, con indicación de instituciones actuantes, resolución, etc. · Hechos de vandalismo · Conflictos, con indicación de causas y resolución de los mismos · Satisfacción de la población residente en el área de proyecto · Seguimiento del Programa de Mantenimiento de Vegetación En lo relativo a la gestión social del proyecto, los responsables ambiental y social de la Municipalidad que hayan sido designados para la evaluación ambiental y social del proyecto y su posterior seguimiento durante la etapa de planificación de la construcción y de obras, deben elaborar informes de monitoreo del Plan de Reasentamiento abreviado, en el caso que éste haya sido requerido. La evaluación final del Programa la realizará, dependiendo del número de unidades sociales reasentadas, un profesional o un equipo de profesionales de las ciencias sociales que no esté(n) vinculados con su ejecución. El profesional o equipo de profesionales podrá(n) pertenecer a una Universidad local, una ONG o bien tratarse de consultores independientes que acrediten experiencia en la evaluación de procesos de reasentamiento de población. En la evaluación ex post se verificará el nivel en el que se logra el restablecimiento de las condiciones socioeconómicas y de las actividades productivas de la población desplazada por el Proyecto. En relación al restablecimiento de las condiciones socioeconómicas de la población, se analizarán las siguientes variables: · Vivienda (la calidad de la misma, su ubicación y superficie construida) · Accesibilidad peatonal y vehicular de frentistas MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 259 · Servicios Públicos (el acceso a los servicios de agua, energía, teléfono, transporte y recolección basura y su calidad) · Acceso a Educación (la distancia a los establecimientos educativos, los costos de transporte, tiempos que demanda el traslado, etc.) · Acceso a Salud (distancia a los centros asistenciales, costos de transporte, tiempos que demanda el traslado, etc.) · Empleo (cambios de empleo ocasionados por el reasentamiento, características de los nuevos empleos, estabilidad, etc.) Para el monitoreo del restablecimiento de las actividades productivas se considerarán las siguientes variables: · Ingresos (el ingreso promedio mensual de la unidad social, la estabilidad de ese ingreso, etc.) · Local para la actividad económica (ubicación, distancia a los proveedores y compradores, alteraciones en los costos de funcionamiento ocasionadas por el reasentamiento, condiciones de trabajo y seguridad, etc.) · Servicios básicos de infraestructura (agua, energía, teléfono, transporte, recolección basura) · Ventas Para la evaluación de los cambios en la situación de las familias reasentadas se realizarán comparaciones entre la situación previa al reasentamiento y la posterior al mismo. 3.2. Acciones de la UEPTUBA-GEF Los representantes ambiental y social de la UEPTUBA-GEF serán los responsables de elaborar los instrumentos para llevar a cabo la evaluación final de los proyectos, con el objeto de obtener indicadores que establezcan la mejora continua en la gestión de los proyectos de la misma. De los informes trimestrales presentados por la Municipalidad deberá extraerse toda aquella información que pueda ser útil para los demás proyectos aún no implementados, de modo de incorporarlos al diseño de los mismos. Los representantes ambiental y social de la UEPTUBA-GEF deberán realizar un informe que, además de los ítems indicados como responsabilidad de la Municipalidad de Córdoba, promotora del proyecto, contenga: MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 260 Nombre del Proyecto: Fecha EIA: Mes/Año Localización: Fecha Consulta Pública Mes/Año Municipalidad: Fecha Construcción: Mes/Año Fecha Inauguración: Mes/Año 1. Ubicación 2. Reseña Técnica Croquis de localización a nivel urbano regional. El croquis debe tener una extensión tal que permita identificar la eficiencia del proyecto en cuanto a su conectividad regional y local. Contratista: Supervisión: (por ejemplo, en los casos de pasos en desnivel): Paso a Cerrar Tipo de Paso: Sentido de Circulación: Carriles por Sentido: Ancho de Calzada: Senda Peatonal: Ferrocarril: Ramal: Tipo de barrera: 3. Proyecto Número de Vías: Servicios Ferroviarios: Croquis del proyecto a escala local Gálibo vertical: TMDA: Accidentes: 4. Breve Reseña del Proyecto MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 261 5. Procedimiento para la Definición 6. Consulta a organismos de planificación Conceptual del Proyecto transporte regional CONSIGNAR LOS ORGANISMOS DE . CONTRALOR QUE CORRESPONDAN A LA JURISDICCIÓN. Efectividad del proceso Resultados de la Consulta 7. Identificación de las capacidades 8. Coordinación UEPTUBA-GEF ­ institucionales Municipalidad de Córdoba En caso de requerirse que los procedimientos de Screening Preliminar, Evaluación Expeditiva y Consulta Pública deban ser desarrollados en forma mancomunada entre los profesionales ambiental y social de la UEPTUBA-GEF y los designados por la Municipalidad de Córdoba. Efectividad de la metodología Efectividad del proceso de coordinación 9. Metodología del Screening Preliminar 10. Metodología para la Consulta Pública . Efectividad de la metodología Efectividad de la metodología MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 262 11. Metodología de la Evaluación 12. Metodología para la Consulta Pública Expeditiva En caso que venciera el plazo de eficacia de la consulta hecha a nivel del Screening Preliminar Efectividad de la metodología Efectividad de la metodología 12. Participación de la Municipalidad de 13. Participación de la Sociedad Civil Córdoba en el Proyecto Indicar las Organizaciones de la Sociedad Civil (ONG, Organizaciones de Base, Universidades, etc.) que hayan participado como "veedores". Incluir entrevistas y actas de participación. Capacidad de la municipalidad de Córdoba Percepción de la Comunidad para abordar la gestión del Proyecto Lecciones aprendidas para el mejoramiento de: · El sistema de evaluación ambiental y social · El diseño de las obras · La gestión social del proyecto (en términos de desplazamientos de población y/o unidades económicas y sociales y en relación a las acciones de información y consulta pública) · La gestión ambiental y social de las obras · El mantenimiento de la infraestructura lograda · La eficacia del proyecto en cuanto a conectividad local y regional · La eficacia del proyecto en cuanto a mejoras en la calidad de vida de las personas MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 263 4. Actividades y Responsabilidades La siguiente tabla contiene una guía que debe ser convenientemente ajustada e incorporada en la formulación del Programa de Seguimiento de la Obra y Evaluación del Proyecto: Fase Actividad Responsable Controla y Aprueba Responsable Momento de realización de la de la Ejecución Supervisión Presentación del Programa de Supervisión Municipalidad de UEPTUBA/ Al mes de iniciado el contrato Seguimiento de la Obra Córdoba/UEPTUBA- GEF GEF Presentación del Sistema de Supervisión Municipalidad de UEPTUBA/ Al mes de iniciado el contrato Seguimiento con listas de chequeo Córdoba/UEPTUBA/ GEF Planificación para cada uno de los programas y GEF sistema de calificación e inspección de la Construcción Propuesta del Responsable Ambiental Contratista Municipalidad de Supervisión A los diez (10) días de iniciado el del Contratista para su aprobación Córdoba/UEPTUBA/ contrato GEF Propuesta del Responsable Ambiental Supervisión UEPTUBA/ GEF UEPTUBA- A los diez (10) días de iniciado el de la Supervisión para su aprobación GEF contrato Propuestas de procedimientos de Contratista UEPTUBA/ GEF Supervisión Al mes de iniciado el contrato aplicación de medidas correctivas Informes de Avance Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Mensualmente Informes Parciales Contratista UEPTUBA/ GEF Supervisión Al momento del cumplimiento del 30%, 60% y 90% del plan de trabajo. Construcción Informe Final Contratista UEPTUBA-GEF Supervisión Al final de la obra Informes de seguimiento Supervisión UEPTUBA/ GEF UEPTUBA- De acuerdo a los informes de GEF Avance, Parciales y Final del Contratista. Evaluación de las acciones del Plan Equipo social y UEPTUBA/ GEF (en el Municipalidad Al finalizar la obra y seis meses Operación de Reasentamiento Abreviado y ambiental de la caso de contrato de de Córdoba después. Adquisición de Inmuebles UEPTUBA- terceros) Banco Mundial GEF GEF o Municipalidad de MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 264 Fase Actividad Responsable Controla y Aprueba Responsable Momento de realización de la de la Ejecución Supervisión equipo Córdoba contratado en Banco Mundial los casos que corresponda Informe de las acciones de difusión a Contratista UEPTUBA/ GEF Banco Mundial A los quince (15) días del Taller la comunidad de las tareas de Municipalidad Banco Mundial de Sostenibilidad realizado al mes mantenimiento y de las tareas de de Córdoba de finalización de la etapa de restauración o reconstrucción según obra. corresponda A los quince (15) días de la reunión con la Comisión Vecinal del Proyecto durante el período de garantía Informes de Seguimiento Municipalidad UEPTUBA/ GEF Banco Mundial Trimestrales durante el año de de Córdoba finalizada la obra. Informe de Evaluación del Proyecto Equipo Banco Mundial Banco Mundial Al mediar y al finalizar el plazo de ambiental y garantía. social de la Municipalidad de Córdoba/UEPT UBA-GEF MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 265 MMAyS ­ Municipalidad de Córdoba 266