SFG3636 V2 MARCO PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA PILOTO DE RESILIENCIA CLIMÁTICA PPCR ANEXOS JUNIO, 2017 Página 1 MARCO PARA LA GESTION AMBIENTAL (MGA) DEL PROGRAMA PILOTO DE RESILIENCIA CLIMÁTICA (PPCR) TABLA DE ANEXOS ANEXOS................................................................................................................74 ANEXO 1: ACTAS DE VISITA AL TERRENO ...................................................... 75 ANEXO 2: DIAGNOSTICO LEGAL E INSTITUCIONAL AMBIENTAL...............110 1 Marco legal ambiental aplicable .................................................................111 1.1 Legislación ambiental general........................................................................................ 111 1.2 Legislación ambiental del sector recursos hídricos, gestión de cuencas, recursos naturales, medio ambiente y cambió climático....................................................................................................... 128 1.2.1 Recursos hídricos .......................................................................................................... 128 1.2.2 Cambio Climático .......................................................................................................... 129 1.3 Legislación sobre aguas a nivel municipal, comunidad y personal ............................... 136 2 Marco institucional ...................................................................................... 139 2.1 Marco Institucional a nivel municipal, comunidad y personal ........................................ 140 2.2 Autoridad Ambiental Nacional y Departamental ............................................................ 141 2.3 Gestión ambiental municipal y departamental ............................................................... 141 2.4 Marco Institucional sobre Cambio Climático .................................................................. 142 ANEXO 3: POLITICAS DE SALVAGUARDAS DEL BIRF .................................143 ANEXO 4: ALCANCE DE UN ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EEIA) ............................................................................................ 166 ANEXO 5: ALCANCE DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN Y PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL (PMM – PASA) ......................... 170 ANEXOS 6: LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL PLAN DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Y FÍSICO ......................................................... 171 ANEXO 7: FICHA PARA LA CATEGORIZACIÓN AMBIENTAL (FCA) .............172 ANEXO 8: REPORTE DE CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL (RCSA) 177 ANEXO 9: INFORME DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL (ICC) ........................ 208 ANEXO 10: DESCRIPCIONES DE SITIOS ARQUEOLÓGICOS EN EL MUNICIPIO DE MIZQUE ..................................................................................... 209 Página 2 ANEXO 11: DOCUMENTOS DE LA CONSULTA EN LA CUENCA TAPACARÍ216 217 ANEXO 12: DOCUMENTOS DE LA CONSULTA EN LA CUENCA ARQUE (DEP. DE COCHABAMBA) ........................................................................................... 229 ANEXO 13: DOCUMENTOS DE LA CONSULTA EN LA CUENCA (DEP. POTOSÍ) ..............................................................................................................251 Página 3 Página 4 Página 5 ANEXOS Página 74 ANEXO 1: ACTAS DE VISITA AL TERRENO Página 75 ANEXO 2: DIAGNOSTICO LEGAL E INSTITUCIONAL AMBIENTAL Página 110 1 Marco legal ambiental aplicable 1.1 Legislación ambiental general El Marco Legal lo conforman las leyes, decretos y relacionados con la temática ambiental. Por lo tanto, para el análisis del marco legal se ha realizado la revisión de normas, políticas y proyectos de ley relacionados con el tema. En la Cuadro No. 3.1 se resumen las principales las principales leyes, reglamentos y normas que conforman el Marco Legal para el tema ambiental. Cuadro No. 3.1: Marco legal (principales leyes, reglamentos y normas relacionados con la temática ambiental) DESCRIPCION FECHA NUMERO DE LEY, DESCRIPCIÓN DECRETO Y NORMA Constitución Política del 07/02/2009 Establece que es deber del Estado y de la población Estado Plurinacional mantener el equilibrio del medio ambiente, señalando que la política de gestión ambiental debe basarse en la aplicación de los sistemas de evaluación de impacto ambiental y control de calidad ambiental, sin excepción y de manera transversal a toda actividad de producción de bienes y servicios que use, transforme o afecte a los recursos naturales y al medio ambiente. Decreto Supremo del 1991 Decreto Supremo Establece la necesidad de protección y manejo de las Reglamento de la Pausa 22884 especies y ecosistemas, la reglamentación del Ecológica Histórica aprovechamiento de la madera, conservación y usos sustentable e integral de ríos y arroyos, así como el desarrollar la conciencia ecológica en el país Decreto Supremo del 12/12/1990 Decreto Supremo Determina la conservación, protección y racional Reglamento de Pesca y 22674 aprovechamiento de peces Acuicultura Ley Marco de la Madre Ley Tiene por objeto establecer la visión y los fundamentos Tierra y Desarrollo del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Integral para Vivir Bien Madre Tierra para Vivir Bien, garantizando la continuidad de la capacidad de regeneración de los componentes y sistemas de vida de la Madre Tierra. Ley de Medio Ambiente 27/04/1992 Ley No 1333 Tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población. Reglamentos de la Ley 08/12/1995 Decreto Supremo Regula aspectos inherentes a la gestión ambiental de de Medio Ambiente: 24176 manera general, estableciendo específicamente - Reglamento General de procedimientos formales para la revisión, aprobación y Gestión Ambiental aplicación de IRAPs para toda actividad, obra o - Reglamento de proyecto, en el marco de la evaluación de impacto Prevención y Control ambiental y control de calidad ambiental, así como Ambiental definiendo atribuciones y competencias de los órganos - Reglamento en Materia gubernamentales que intervienen en el proceso de de Contaminación tramitación de los IRAPs Atmosférica Página 111 DESCRIPCION FECHA NUMERO DE LEY, DESCRIPCIÓN DECRETO Y NORMA - Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica - Reglamento para Actividades con Sustancias Peligrosas - Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos Modificaciones al 10/07/2002 Decreto Supremo Establece la base imponible para la aplicación de la Reglamento General de 26705 sanción. Gestión Ambiental y al Reglamento de Prevención y Control Ambiental Modificaciones al 10/12/2005 Decreto Supremo Modifica el procedimiento administrativo del control de Reglamento de 28499 calidad ambiental, específicamente regulaciones sobre Prevención y Control la auditoría ambiental Ambiental Complementaciones y 17/01/2006 Decreto Supremo Regula las actuaciones administrativas de la AAC, modificaciones 28592 dentro de los procedimientos para la atención de Reglamentos infracciones administrativas y las de impacto ambiental. Ambientales Modificaciones y 17/05/2005 Decreto Supremo Reemplaza el contenido de su Anexo 5, Límites Aclaraciones al 28139 Permisibles Iniciales Base de Emisión para Fuentes Reglamento en Materia Móviles, por la Norma Boliviana NB 62002 del IBNORCA de Contaminación Atmosférica Reglamento General de 31/07/1997 Decreto Supremo Que tiene por objeto regular la gestión de las áreas Áreas Protegidas 24781 protegidas y establecer su marco institucional en función a lo establecido en la Ley 1333 de Medio Ambiente y el Convenio sobre la Diversidad Biológica Ley Forestal 12/07/1996 Ley 1700 Norma la utilización sostenible y la protección de los bosques y tierras forestales del país Reglamentos de la Ley 21/12/1996 Decreto Supremo Forestal 24453 Ley INRA 1996 Ley 1715 Reglamento de la Ley 02/08/2007 Decreto Supremo INRA 29215 Plan Nacional de 12/09/2007 Decreto Supremo Establece que la política de Gestión Ambiental debe Desarrollo 29272 priorizar las áreas de influencia más degradadas y los sectores de mayor impacto (minería, hidrocarburos, entre otros). Reglamento General de 22/07/1997 Decreto Supremo Tiene por objeto regular la gestión de las áreas Áreas Protegidas 24781 protegidas, del sistema nacional de áreas protegidas, estableciendo su marco institucional, en función a lo dispuesto en la Ley de Medio Ambiente. Constitución Política del Estado Plurinacional La Constitución Política del Estado Plurinacional, en su artículo 9 inciso 6, establece que es deber del Estado: “Promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales, e impulsar su industrialización, a través del desarrollo y del fortalecimiento Página 112 de la base productiva en sus diferentes dimensiones y niveles, así como la conservación del medio ambiente, para el bienestar de las generaciones actuales y futuras”. En el artículo 33 se establece: “Las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente”. Por otra parte, el artículo 299 inciso II.1 establece las competencias del Estado y las entidades territoriales autónomas: “Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y fauna silvestre manteniendo el equilibrio ecológico y el control de la contaminación ambiental”. Además, establece que es deber del Estado y de la población mantener el equilibrio del medio ambiente, señalando que la política de gestión ambiental debe basarse en la aplicación de los sistemas de evaluación de impacto ambiental y control de calidad ambiental sin excepción y de manera transversal a toda actividad de producción de bienes y servicios que use, transforme o afecte a los recursos naturales y al medio ambiente. Si bien, en la Constitución Política del Estado Plurinacional, no se menciona al cambio climático, se establece derechos y obligaciones relacionados con el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y su importancia para la calidad de vida de la población y el desarrollo general. Por otra parte, la Constitución Política del Estado Plurinacional que establece que es deber del Estado y de la población mantener el equilibrio del medio ambiente, señalando que la política de gestión ambiental debe basarse en la aplicación de los sistemas de evaluación de impacto ambiental y control de calidad ambiental, sin excepción y de manera transversal a toda actividad de producción de bienes y servicios que use, transforme o afecte a los recursos naturales y al medio ambiente. Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien En el artículo 15 inciso 2 se establece que el Estado Plurinacional de Bolivia promoverá el manejo integral y sustentable de los componentes, zonas y sistemas de vida para garantizar el sostenimiento de las capacidades de regeneración de la Madre Tierra, mediante la Planificación y regulación de la ocupacional territorial y el uso de los componentes de la Madre Tierra de acuerdo a las vocaciones ecológicas productivas de las zonas de vida, las tendencias del cambio climático y los escenarios deseados por la población en el marco del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra. En el artículo 16 (Objetivo: Prevenir y disminuir las condiciones de riesgo y vulnerabilidad del pueblo boliviano) se establece que por el que Estado Plurinacional de Bolivia promoverá acciones para prevenir y disminuir las condiciones de riesgo y vulnerabilidad del pueblo boliviano Página 113 ante los desastres naturales, riesgos ecológicos e impactos del cambio climático, mediante los siguientes aspectos principales: 1. Incorporación del enfoque de prevención, gestión del riesgo de desastres y de adaptación al cambio climático en el Sistema de Planificación Integral del Estado. 2. Acciones de gestión de riesgo en el sector agropecuario para prevenir la disminución de las capacidades de producción alimentaria del país en el marco de la soberanía y seguridad alimentaria con énfasis en la población y regiones más vulnerables. 3. Integración del enfoque de reducción del riesgo de desastres y adaptación al cambio climático en los programas y proyectos de desarrollo del nivel central del Estado y de las entidades territoriales autónomas, fortaleciendo las capacidades institucionales y mejorando los procesos de coordinación entre las entidades competentes en la planificación, gestión y ejecución de intervenciones en esta materia en el marco de sus competencias. 4. Desarrollo de redes de información climática, alerta temprana y estrategias de información y difusión para la prevención de los desastres naturales, con la incorporación de medios de comunicación en acciones de sensibilización de la población y con énfasis en el sector agropecuario y el cambio climático. 5. Fortalecimiento de los procesos de gestión territorial en las entidades territoriales autónomas y en los territorios, bajo cualquier forma de propiedad, con un enfoque de gestión de riesgos y de adaptación al cambio climático. 6. Articulación entre entidades públicas, privadas, sector académico y organizaciones sociales para desarrollar procesos de investigación, información, planificación y ejecución de intervenciones en la gestión del riesgo de desastres con un enfoque de adaptación al cambio climático. En referencia a las bases y orientaciones del desarrollo intregral del agua el artículo 26, establece lo siguiente: 1. Garantizar el derecho al agua para la vida, priorizando su uso, acceso y aprovechamiento como recurso estratégico en cantidad y calidad suficiente para satisfacer de forma integral e indistinta la conservación de los sistemas de vida, la satisfacción de las necesidades domésticas de las personas y los procesos productivos para garantizar la soberanía y seguridad alimentaria. 2. Toda actividad industrial y extractiva, que implique el aprovechamiento del agua debe implementar, entre otros, procesos extractivos y de transformaciones adecuadas y plantas de tratamiento que minimicen los efectos de la contaminación, así como la regulación de la descarga de desechos tóxicos a las fuentes de agua. 3. El agua en todos su ciclos hídricos y estados, superficiales y subterráneos, así como sus servicios, no podrán ser objeto de apropiaciones privadas ni ser mercantilizados. El acceso al agua estará sujeto a un régimen de licencia, registros y autorizaciones conforme a Ley del Agua específica. Página 114 4. Regular, proteger y planificar el uso, acceso y aprovechamiento adecuado, racional y sustentable de los componentes hídricos, con participación social, estableciendo prioridades para el uso del agua potable para el consumo humano. 5. Promover el aprovechamiento y uso sustentable del agua para la producción de alimentos de acuerdo a las prioridades y potencialidades productivas de las diferentes zonas. 6. Garantizar la conservación, protección, preservación, restauración, uso sustentable y gestión integral de las aguas fósiles, glaciales, humedales, subterráneas, minerales, medicinales y otras, priorizando el uso del agua para la vida. 7. Regular y desarrollar planes interinstitucionales de conservación y manejo sustentable de las cuencas hidrográficas, destinadas a garantizar la soberanía con seguridad alimentaria y los servicios básicos y la conservación de los sistemas de vida, en el marco de las normas y procedimientos propios de los pueblos indígenas originarios campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas, respetando las normas y procedimientos propios, cuando corresponda. 8. Desarrollar planes de gestión integral de las aguas en beneficio del pueblo y resguardar de forma permanente las aguas fronterizas y transfronterizas, para la conservación de la riqueza hídrica que contribuirá a la integración y salud de los pueblos. 9. Adoptar y desarrollar prácticas y nuevas tecnologías para el uso eficiente, la captación, almacenamiento, reciclaje y tratamiento de agua. 10. Desarrollar políticas para el cuidado y protección de las cabeceras de cuenca, fuentes de agua, reservorios y otras, que se encuentran afectados por el cambio climático, la ampliación de la frontera agrícola o los asentamientos humanos no planificados y otros. 11. El aprovechamiento del agua para consumo industrial estará sujeto a una regulación específica a ser determinada por la Autoridad Nacional Competente, en coordinación con las entidades territoriales autónomas, cuyos beneficios, cuando corresponda, serán invertidos en proyectos locales de desarrollo integral. El artículo 31 establece las bases y orientaciones del desarrollo integral en cambio climático que son: 1. Establecer políticas, estrategias, planes, mecanismos organizativos, institucionales, técnicos y legales para la mitigación y adaptación al cambio climático y desarrollo de medidas de respuesta efectivas a sus impactos en armonía y equilibrio con la Madre Tierra. 2. Desarrollar capacidades institucionales y técnicas para el monitoreo, modelación y pronósticos de escenarios para la planificación y toma de decisiones sobre cambio climático en el largo plazo. 3. Promover la recuperación y aplicación de prácticas, tecnologías, saberes y conocimientos ancestrales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas para el desarrollo de medidas de respuesta efectivas a los impactos del cambio climático en armonía y equilibrio con los sistemas de vida, priorizando la soberanía y seguridad alimentaria de los bolivianos. Página 115 4. Desarrollar y mejorar la capacidad de prevención y gestión de riesgos ante eventos climáticos extremos, con énfasis en las regiones con sistemas de vida más vulnerables al riesgo del cambio climático. 5. Todos los planes y programas de reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) estarán enfocados en la no mercantilización de las funciones ambientales de los componentes de la Madre Tierra por lo que no incluirán mecanismos de financiamiento asociados a los mercados de carbono. 6. El Estado impulsará que los recursos financieros de los fondos orientados al cambio climático estén destinados al manejo integral y sustentable de todos los componentes de la Madre Tierra promoviendo la capacidad de sostenimiento y adaptación de los sistemas de vida. Ley de Medio Ambiente (Ley No 1333) La Ley del Medio Ambiente Ley 1333 promulgada el 27 de abril de 1992 y publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia el 15 de Junio 1992, en actual vigencia es de carácter general y no enfatiza en ninguna actividad específica. Tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población. Para los fines de la Ley, se entiende por desarrollo sostenible el proceso mediante el cual se satisfacen las necesidades de la actual generación, sin poner en riesgo la satisfacción de necesidades de las generaciones futuras. La concepción de desarrollo sostenible implica una tarea global de carácter permanente (ARTICULO 2º). El medio ambiente y los recursos naturales constituyen patrimonio de la Nación, su protección y aprovechamiento se encuentran regidos por Ley y son de orden público. Además, la Ley de Medio Ambiente. Ley Nº 1333 de 27 de abril de 1992 entre cuyos alcances prevé que todas las actividades, obras o proyectos, deben contar necesariamente con la respectiva licencia ambiental, de acuerdo a procedimientos formales técnico - administrativos establecidos en su reglamentación. De acuerdo al artículo 25 de la Ley 1333 (Ley General de Medio Ambiente), todas las obras, actividades públicas o privadas, con carácter previo a su fase de inversión, deben contar obligatoriamente con la identificación de la categoría de evaluación de impacto ambiental que deberá ser realizada de acuerdo a los siguientes niveles: 1.- Requiere de EIA analítica integral 2.- Requiere de EIA analítica específica Página 116 3.- No requiere de EIA analítica específica pero puede ser aconsejable su revisión conceptual. 4.- No requiere de EIA Reglamentos de la Ley de Medio Ambiente La Ley del Medio Ambiente Nº 1333, promulgada el 27 de abril de 1992, es el eje fundamental de la política ambiental nacional y marca el inicio formal del proceso de regulación ambiental boliviana, estableciendo principios para la protección del medio ambiente en su conjunto, concibiéndolo como un bien jurídico unitario. De esta disposición legal se desprenden seis reglamentos, aprobados el 8 de diciembre de 1995, mediante el Decreto Supremo 24176 y Decreto Supremo 28592 Complementaciones y Modificaciones al Decreto Supremo 24176: - Reglamento General de Gestión Ambiental - Reglamento de Prevención y Control Ambiental - Reglamento en Materia de Contaminación Atmosférica - Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica - Reglamento para Actividades con Sustancias Peligrosas - Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos A través de estos reglamentos se regula aspectos inherentes a la gestión ambiental de manera general, estableciendo específicamente procedimientos formales para la revisión, aprobación y aplicación de IRAPs para toda actividad, obra o proyecto, en el marco de la evaluación de impacto ambiental y control de calidad ambiental, así como definiendo atribuciones y competencias de los órganos gubernamentales que intervienen en el proceso de tramitación de los IRAPs. Reglamento General de Gestión Ambiental (RGGA) Tiene como objetivo, regular la Gestión Ambiental entendida como el conjunto de actividades y decisiones concomitantes orientadas al Desarrollo Sostenible. Además, define el marco institucional, funciones, atribuciones, competencias y responsabilidades de los diferentes niveles de la administración pública involucrados en la Gestión Ambiental; aspectos relativos a la formulación y establecimiento de políticas ambientales, procesos e instrumentos de planificación (PAA, POT y CPs); normas, procedimientos y regulaciones jurídico administrativas (DIA, DAA, CDDEEIA, etc.); Instancias de participación ciudadana (OTBs y otras); y fomento a la investigación científica y tecnológica, instrumentos e incentivos ambientales. De acuerdo al Artículo 7 del Reglamento General de Gestión Ambiental (RGGA), en el marco de lo establecido por la Ley del Medio Ambiente, son atribuciones, funciones y competencias de la Autoridad Ambiental Competente Nacional ejercer las funciones de órgano normativo, Página 117 encargado de formular, definir y velar por el cumplimiento de las políticas, planes y programas sobre la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales y ejercer funciones de fiscalización general a nivel nacional, sobre las actividades relacionadas con el medio ambiente y los recursos naturales. Además, podrá revisar la Ficha Ambiental (FA), definir la categoría de Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA) y otorgar el Certificado de Dispensación cuando corresponda de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA). Por lo tanto, esta instancia ambiental podrá expedir, negar o suspender la Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA) correspondiente conforme a lo dispuesto por el RPCA. Para la Autoridad Ambiental Competente Departamental , el Artículo del 8 del RGGA establece que el Gobernador, a través de la instancia ambiental de su dependencia, tiene la función y atribución en el ámbito de su jurisdicción de ser la instancia responsable de la gestión ambiental a nivel departamental y de la aplicación de la política ambiental nacional, así como velar por el cumplimiento y aplicación de la Ley de Medio Ambiente, su reglamentación y demás disposiciones en vigencia. Además, podrá revisar la Ficha Ambiental (FA), definir la categoría de Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA) y otorgar el Certificado de Dispensación cuando corresponda de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA). Por lo tanto, esta instancia ambiental podrá expedir, negar o suspender la Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA) correspondiente conforme a lo dispuesto por el RPCA. El Artículo 9 del RGGA, establece que los Gobiernos Municipales deberán revisar la Ficha Ambiental y emitir informe sobre la categoría de EEIA de los proyectos, obras o actividades de su competencia reconocida por ley, de acuerdo a lo dispuesto en el RPCA. También deberá revisar los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental y Manifiestos Ambientales y elevar informe a la Gobernación para que emita, si es pertinente la Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA) o la Declaratoria de Adecuación Ambiental (DAA), respectivamente, de acuerdo con lo dispuesto por el RPCA. El Artículo 12 del RGGA establece que los Organismos Sectoriales Competentes (OSC), en coordinación con el Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad y Cambios Climáticos y en el marco de las políticas y planes ambientales nacionales, participarán en la Gestión Ambiental formulando propuestas relacionadas con la Ficha Ambiental e informes sobre la categoría de EEIA de los proyectos, obras o actividades de su competencia y con los EEIA o MA e informes a la Gobernación para que emita, si es pertinente, la DIA o la DAA, respectivamente, de acuerdo con lo dispuesto por el RPCA. En el artículo 48 se establece que los Instrumentos de Regulación de Alcance General (IRAG) son: a) Reglamento para la Prevención y Control Ambiental; b) Reglamento de Actividades con Sustancias Peligrosas; Página 118 c) Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos d) Reglamento en materia de Contaminación Atmosférica; e) Reglamento en materia de Contaminación Hídrica; f) otros que puedan ser aprobados en el contexto ambiental. En el artículo 52 se menciona que se consideran Instrumentos de Regulación de Alcance Particular (IRAPs) la Ficha Ambiental (FA), la Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA), el Manifiesto Ambiental (MA), la Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA), la Declaratoria de Adecuación Ambiental (DAA), las Auditorías Ambientales, las Licencias y Permiso Ambientales. En el artículo 53 se define que la Ficha Ambiental es el documento técnico que marca el inicio del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, el mismo que se constituye en, instrumento para la determinación de la Categoría de EEIA, con ajuste al Art. 25 de la Ley del Medio Ambiente. Este documento, que tiene categoría de declaración jurada, incluye información sobre el proyecto, obra o actividad, la identificación de impactos clave y la identificación de la posible solución para los impactos negativos. En el artículo 54 se establece que el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA) está destinado a identificar y evaluar los potenciales impactos positivos y negativos que pueda causar la implementación, operación, futuro inducido, mantenimiento y abandono de un proyecto, obra o actividad, con el fin de establecer las correspondientes medidas para evitar, mitigar o controlar aquellos que sean negativos e incentivar los positivos. El EEIA tiene carácter de declaración jurada y puede ser aprobado o rechazado por la Autoridad Ambiental Competente de conformidad con lo prescrito en el RPCA. En el artículo 55 se menciona que la Declaratoria de impacto Ambiental es el instrumento público expedido por la Autoridad Ambiental Competente, en el que se determina, teniendo en cuenta los efectos previsibles, la conveniencia o inconveniencia de realizar la actividad proyectada y, en caso afirmativo, las condiciones que deben establecerse en orden a la adecuada protección del ambiente y los recursos naturales. El procedimiento para su otorgación se establece en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental. En el artículo 56 se describe el Manifiesto Ambiental que es el instrumento mediante el cual el Representante Legal de un proyecto, obra o actividad en proceso de implementación, operación, o etapa de abandono, informa a la Autoridad Ambiental Competente del estado ambiental en que se encuentren el proyecto, obra o actividad y si corresponde proponer un Plan de Adecuación. El Manifiesto Ambiental tiene calidad de declaración jurada y puede ser aprobado o rechazado por la Autoridad Ambiental Competente de conformidad con lo prescrito en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental. En el artículo 57 se define la Declaratoria de Adecuación Ambiental (DAA) es el documento emitido por la Autoridad Ambiental Competente por el cual se aprueba, desde el punto de vista Página 119 ambiental, la prosecución de un proyecto, obra o actividad que está en su fase de operación o etapa de abandono, a la puesta en vigencia del presente Reglamento. La DAA que tiene carácter de licencia ambiental, se basa en la evaluación del MA, y fija las condiciones ambientales que deben cumplirse de acuerdo con el Plan de Adecuación y Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental propuestos. La DAA se constituirá, conjuntamente con el MA, en la referencia técnico- legal para los procedimientos de control ambiental. Este documento tiene carácter de Licencia Ambiental. Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA) Establece el marco técnico jurídico regulatorio de la Ley de Medio Ambiente en lo referente a la elaboración de la Ficha Ambiental, Manifiesto Ambiental, Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental, Auditorías Ambientales, Categorización de los impactos ambientales, sus cuencas y las autoridades competentes en la materia. El RPCA en el Artículo 4 establece que el Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad y Cambios Climáticos, como autoridad nacional, llevará a cabo los respectivos procedimientos técnico-administrativos, en caso de que surjan discrepancias respecto a procesos de Evaluación de Impacto Ambiental y de Control de Calidad Ambiental, sobre proyectos, obras o actividades, públicos o privados que estén a cargo de las Instancias Ambientales dependientes de los gobernadores y que tengan por lo menos una de las siguientes características: a) Estén ubicados geográficamente en más de un departamento. b) La zona de posibles impactos pueda afectar a más de un departamento. c) Se ubiquen o afecten áreas protegidas que integren el Sistema Nacional de Areas Protegidas (SNAP) y sus zonas de influencia. Además, el Artículo 5 del RPCA establece que serán considerados proyectos, obras o actividades de competencia del Prefecto, a través de la instancia ambiental de su dependencia, aquéllos que cumplan por lo menos con una de las siguientes características: a) estén ubicados geográficamente en más de un municipio del departamento; b) si la zona de posibles impactos puede afectar a más de un municipio del departamento; c) estén ubicados en áreas de reserva forestal; d) aquéllos que no sean de competencia de la Autoridad Nacional o Municipal. El Artículo 17 del RPCA establece que se utilizará el Procedimiento Computarizado de Evaluación de Impactos Ambientales (PCEIA) que representa un componente del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental para categorizar el nivel de EEIA requerido para los proyectos, obras o actividades, como sigue: Página 120 CATEGORIA 1: Aquellos que requieren de un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA) ANALÍTICO INTEGRAL. Estarán sometidos a este nivel, todos los proyectos, obras o actividades, públicos o privados, que así se determine mediante la aplicación de la metodología de Identificación de Impactos Ambientales (lIA) de la Ficha Ambiental (Anexo 1), a través del PCEIA. CATEGORIA 2: Aquellos que requieren un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA) ANALITICO ESPECIFICO. Estarán sometidos a un EEIA ANALITICO ESPECIFICO todos los proyectos, obras o ac- tividades, públicos o privados que de acuerdo con la metodología de IIA de la FA, causen efectos significativos al ambiente en uno o algunos de los factores ambientales. CATEGORIA 3: Aquellos que requieran solamente del planteamiento de Medidas de Mitigación y la formulación del Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental. Requerirán de lo señalado los proyectos, obras o actividades, públicos o privados, que por aplicación de la metodología de IIA de la FA, se determine que sus impactos no sean considerados significativos y requieran de medidas de mitigación precisas, conocidas y fáciles de implementar. CATEGORIA 4: Aquellos que por aplicación de la metodología de IIA de la FA se determine que no requieren de EEIA ni de planteamiento de Medidas de Mitigación ni de la formulación del Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental. Pertenecen a esta categoría: - Obras:  Construcción y demolición de bienes inmuebles unitarios o unifamiliares en áreas urbanas autorizadas.  Conservación, rehabilitación, reparación, mantenimiento o modificaciones de bienes inmuebles unitarios o unifamiliares en áreas urbanas autorizadas.  Pozos someros y aislados para abastecimiento de agua en el medio rural. - Actividades:  Servicios financieros: bancos, financieras y similares; empresas de seguros y reaseguros.  Servicios en general (correos, telégrafo, servicios telefónicos).  Comercio minorista en forma individual.  Educativas.  De beneficencia.  Religiosas.  De servicio social, cultural y deportivo.  Artesanales en el medio urbano, cuando cuentan con autorización de la entidad local de saneamiento básico.  Salud. Página 121  Nutrición  Desarrollo institucional  Asistencia técnica Los proyectos, obras o actividades, públicos o privados, no considerados en el listado, deben aplicar a la metodología de IIA de la FA (PCEIA) para identificar la respectiva categoría de EEIA. Reglamento en Materia de Contaminación Atmosférica (RMCA) Establece el marco regulatorio técnico jurídico a la Ley del Medio Ambiente, en lo referente a la calidad y la prevención de la contaminación atmosférica. Además, establece los sistemas y medios de control de las diferentes fuentes de contaminación atmosférica, fijando además los límites permisibles de las sustancias generalmente presentes en los diferentes procesos de emisión. Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica (RMCH) Regula la prevención de la contaminación y control de la calidad de los recursos hídricos. Además, define el sistema de control de la contaminación hídrica y los límites permisibles de los potenciales elementos contaminantes, así como de las condiciones físico químicas que debe cumplir un efluente para ser vertido en uno de los cuatro tipos de cuerpos receptores definidos. Reglamento Actividades con Sustancias Peligrosas (RASP) Reglamenta las actividades con sustancias peligrosas en el marco del Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, estableciendo procedimientos de manejo, control y reducción de riesgos, en la permanente utilización de ciertas sustancias peligrosas para nuestro hábitat. Además, fija los procedimientos de registro de actividades con sustancias peligrosas a fin de poder llevar un seguimiento y control de las mismas, exigiendo el cumplimiento de la normatividad básica a fin de evitar daños al medio ambiente por inadecuado manejo de dichas sustancias. Como referencia para el país establece el listado de Naciones Unidas. Reglamento de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (RGARS) Establece el régimen jurídico para la ordenación y vigilancia de la Gestión de los Residuos Sólidos, manejo de los mismos, regulaciones y disposición final. Define la normatividad que debe seguir la gestión de residuos sólidos buscando garantizar un adecuado acondicionamiento, así como evitar la contaminación del suelo y cuerpos de agua. Página 122 Modificaciones al Reglamento General de Gestión Ambiental y al Reglamento de Prevención y Control Ambiental Que se ha decretado, con el objeto de dar mayor eficacia jurídica a las acciones de fiscalización de la Autoridad Ambiental Competente, es necesario complementar los procedimientos previstos en el capítulo 1, Título IX de Reglamento General de Gestión Ambiental y el Capítulo III, Título V de Reglamento de Prevención y Control Ambiental aprobados por Decreto Supremo No. 24176 "Reglamentos a la Ley del Medio Ambiente". Estas modificaciones se constituyen en la Norma de Complementaciones y Modificaciones a los Reglamentos Ambientales, aprobado mediante DS 28592 del 17 de enero de 2006, que establece entre otros aspectos, aclaraciones, complementaciones y/o enmiendas, que deben ser contemplados en el proceso de revisión y aprobación de los IRAPs, a cargo de las instancias competentes en el marco de los procedimientos administrativos de evaluación de impacto ambiental y de control de calidad ambiental. Asimismo, el DS 28592 regula las actuaciones administrativas de la AAC, dentro de los procedimientos para la atención de infracciones administrativas y las de impacto ambiental. Modificaciones al Reglamento de Prevención y Control Ambiental Que fue decretado, con el objeto de dar mayor eficacia jurídica a las acciones de fiscalización de la Autoridad Ambiental Competente, es necesario modificar las partes pertinentes de los Reglamentos a la Ley del Medio Ambiente y del Decreto Supremo Nº 26705, definiendo el contenido, alcance y objetivo de las Auditorías Ambientales y clarificando el procedimiento de ejecución y contratación a través de la determinación de roles de la Autoridad Ambiental Competente y de la Autoridad Responsable del Proceso de Contratación. Complementaciones y Modificaciones Reglamentos Ambientales Que son las complementaciones y modificaciones al Decreto Supremo 24176 de 08 de diciembre de 1995, en sus títulos I, II, V Y IX del Reglamento General de Gestión Abmeintal - RGGA y títulos I, IV, V Y IX del Reglamento de Prevención y Control Ambiental – RPCA. Reglamento General de Áreas Protegidas En el artículo 4 del mismo se establece que están comprendidas dentro del campo de aplicación del Reglamento, las actividades relaciones con las APs y Diversidad Biológica. Como muestras representativas del patrimonio natural de Bolivia, toda persona tiene el deber de proteger, respetar y resguardar las APs en beneficio de las actuales y futuras generaciones. Página 123 En el artículo 9 se establece que los usuarios, permisionarios, concesionarios y propietarios a cualquier título para el uso y aprovechamiento de recursos naturales en APs declaradas, se hallan sujetos a las limitaciones inherentes a su categoría, zonificación, planes de manejo y reglamentos de uso y a las emergentes de su título. En el artículo 23 se establece que en el área que comprende los parques, santuarios o monumentos, está prohibido el uso extractivo o consuntivo de sus recursos renovables o no renovables y obras de infraestructura, excepto para investigación científica, ecoturismo, educación ambiental y actividades de subsistencia de pueblos originarios, debidamente calificadas y autorizadas, en razón a que éstas categorías brindan a la población oportunidades para el turismo y recreación en la naturaleza, la investigación científica, el seguimiento de los procesos ecológicos, la interpretación, la educación ambiental y la concientización ecológica, de acuerdo a su zonificación, planes de manejo y normas reglamentarias. En el artículo 33 se determina que en casos excepcionales y sólo cuando se declare de interés nacional mediante Decreto Supremo, se permitirá el aprovechamiento de recursos naturales renovables y no renovables y o el desarrollo de obras de infraestructura dentro de APs en el marco de la Ley del Medio Ambiente y disposiciones conexas. Si existiere riesgo de cambio en los objetivos de creación del área, será necesaria una Ley de la República. Antes de iniciar las actividades, se deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley y Reglamentos ambientales, contemplando el plan de monitoreo y las acciones de mitigación del impacto a generarse. La AN o la AD y el Director de APs según corresponda, deberán participar obligatoriamente en el proceso de evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental establecidos en la Ley del Medio Ambiente y Reglamentos. En el artículo 41 se establece que el Director del AP es la máxima instancia de decisión dentro de la jurisdicción territorial del área, en el marco de su competencia. Ley Forestal Tiene por objeto normar la utilización sostenible y la protección de los bosques y tierras forestales en beneficio de las generaciones actuales y futuras, armonizando el interés social, económico y ecológico del país. Reglamento General de la Ley Forestal Página 124 En 1996 fue reformulada la legislación forestal a través de la aprobación de una nueva Ley Forestal 1700. Tiene por objeto normar la utilización sostenible y la protección de los bosques y tierras forestales en beneficio de las generaciones actuales y futuras, armonizando el interés social, económico y ecológico del país. Esta nueva Ley Forestal asume que el manejo forestal sostenible es posible a través de la implementación de adecuadas prácticas de manejo. Para ello, fue creado un nuevo sistema de fiscalización del manejo y extracción forestal, además de algunos mecanismos de regulaciones de mercado y tasas impositivas para hacer menos atractivas las operaciones forestales no sostenibles e ilegales. Ese mismo año fue aprobada la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria conocida como ley INRA, No. 1715), con el fin de clarificar los derechos de la propiedad agraria mediante un proceso de saneamiento y titulación, y la creación de un catastro de la propiedad rural. La aplicación de ese proceso estuvo a cargo del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA). Reglamento Ambiental para el Sector Hidrocarburos Tiene por objeto regular y establecer los límites y procedimientos para las actividades del sector hidrocarburos que se lleven a efecto en todo el territorio nacional, relativas a: exploración, explotación, refinación e industrialización, transporte, comercialización, mercadeo y distribución de petróleo crudo, gas natural y su respectiva comercialización, cuyas operaciones produzcan impactos ambientales y/o sociales, determinando plazos específicos para la revisión y aprobación de los respectivos IRAPs. Reglamento de Consulta y Participación para Actividades Hidrocarburíferas Que tiene por objeto establecer las disposiciones y procedimientos para el proceso de Consulta y Participación a los Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades Campesinas, cuando se pretenda desarrollar actividades hidrocarburíferas en sus tierras comunitarias de origen, propiedades comunarias y tierras de ocupación y acceso. Plan Nacional de Desarrollo El Plan Nacional, en su capítulo 5, referido a los recursos ambientales, define políticas y estrategias, relacionadas al cambio climático contemplado aspectos sobre adaptación y mitigación, entre las que se menciona:  Política de Transformación Productiva del sector forestal. En el marco de esta política se pretende impulsar un programa de desarrollo forestal y manejo integral de los bosques con el fin de motivar al aprovechamiento sostenible de los bosques (PND, 2006:118). Página 125  Política de control del Estado sobre los recursos naturales. Define, como uno de sus componentes principales, la estrategia de revisión del cumplimiento de los principios de sostenibilidad y el respeto a la vocación de uso en concesiones, la misma que se operativiza a través del programa de seguimiento y control sobre el uso del suelo forestales y propiedades agrarias en tierras forestales que no cumplan con el régimen forestal y agrario.  Política de aprovechamiento sostenible y conservación de la biodiversidad. Con el fin de generar un Desarrollo Económico Social Sostenible con Participación Social en la Gestión de las Áreas Protegidas, se contempla la implementación de un programa de desarrollo de servicios ambientales en áreas protegidas que consiste en el aprovechamiento de los servicios ambientales que regulan el ciclo hídrico, almacenan dióxido de carbono, ofertan recursos forestales, previenen la erosión de suelos, suministran agua en cabeceras emergentes, entre otros servicios estratégicos, que son la base de la diversidad biológica y de la vida de la comunidad humana y el resto de las especies (PND, 2006).  Política Reducción de Gases de Efecto Invernadero (GEIs) y Secuestro de Carbono. Ésta se constituye en la política orientada a los procesos de mitigación del cambio climático, entre sus principales estrategias y programas operativos se encuentran: Estrategia Programas Operativos Programa de certificación de reducción de emisiones, secuestro y conservación de carbono. Programa Nacional de Secuestro de Carbono. Programa de Cambios de Matriz Energética para la Certificación de Reducción de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero.  Política Adaptación a los Cambios Ambientales Globales, Protección a la Capa de Ozono y Contaminantes Orgánicos Persistentes. Por su parte los lineamientos de adaptación se resumen en la siguiente matriz: Estrategia Programas Operativos Programa de prevención de desastres en sectores vulnerables. Programa de adaptación de sistemas de subsistencia vulnerables al deterioro del recurso hídrico. Página 126 Programa de adaptación de sistemas de subsistencia vulnerables al deterioro de los recursos energéticos. Programa de Educación para la Prevención y Adaptación. Programa de Sustitución de Sustancias Agotadoras del Ozono y Reconversión Tecnológica. Programa Ambiental de Protección Atmosférica. Programa de Promoción de Tecnologías Alternativas al Uso de Agroquímicos. Política agua para todos. En el marco de esta política se establecen estrategias de gestión ambiental de los recursos hídricos, misma que contempla desarrollar e implementar una gestión ambiental para la protección, preservación y aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos considerando a la cuenca como unidad de gestión y planificación que permita un uso multisectorial. Decreto Supremo 29894 (Decreto de Organización del Órgano Ejecutivo) Que tiene por objeto establecer la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, así como las atribuciones de la Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente y de las Ministras y Ministros, así como definir los principios y valores que deben conducir a los servidores públicos, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política del Estado. Para el caso específico del tema ambiental, establece que la estructura jerárquica del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, es la siguiente: Ministra(o) de Medio Ambiente y Agua Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico Dirección General de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario Dirección General de Gestión Integral de Residuos Sólidos Viceministerio de Recursos Hídricos y Riego Dirección General de Cuencas y Recursos Hídricos Dirección General de Riego Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad y Cambios Climáticos Dirección General de Biodiversidad y Areas Protegidas Dirección General de Medio Ambiente y Cambios Climáticos Desde una perspectiva operativa de implementación de las diversas políticas públicas relacionadas al cambio climático, el Decreto Supremo de Organización del Poder Ejecutivo Página 127 (DOPE), establece que éstas deben ser ejecutadas desde el Ministerio de Medio Ambiente y Agua a través de su brazo operativo Programa Nacional de Cambios Climáticos (PNCC). Ley de Riego La Ley 2878 de Promoción y Apoyo al Sector Riego para la Producción Agropecuaria y Forestal más conocida como Ley de Riego, se plantea como objetivo normar y regular el aprovechamiento de recursos hídricos y fuentes de agua destinados al riego para la producción agropecuaria y forestal, establecer un marco institucional para este fin, así como para la resolución de conflictos y controversias relacionadas con el uso del agua para riego. Sobre derechos de Agua, la Ley 2878 establece: “Artículo 21.- Derechos de uso y aprovechamiento de recursos hídricos para riego. Los Registros y Autorizaciones para el uso y aprovechamiento de recursos hídricos destinados al agua para riego, así como la revocatoria de los mismos, serán otorgados por la Autoridad Competente de los Recursos Hídricos. En tanto esta sea creada, el Servicio Nacional de Riego (SENARI), otorgará y revocará los que correspondan, de acuerdo al Reglamento. Las normas específicas que permitirán operativizar la ley se encuentran organizadas en 132 artículos en el marco de tres reglamentos: 1. Reconocimiento y Otorgación de Derechos de Uso y Aprovechamiento de Recursos Hídricos Para Riego, Decreto Supremo 28.818 del 2 de agosto de 2006. 2. Gestión de Sistemas de Riego, Proyectos y Sevidumbres, Decreto Supremo 28.819 del 2 de agosto de 2006. 3. Marco Institucional, Decreto Supremo 28.817 del 2 de agosto de 2006. 1.2 Legislación ambiental del sector recursos hídricos, gestión de cuencas, recursos naturales, medio ambiente y cambió climático 1.2.1 Recursos hídricos En Bolivia, la legislación relacionada con los recursos hídricos tiene su base en la Ley de Aguas de 1906, que se deriva de un Decreto Supremo de 1878, cuyas consideraciones, en su mayor parte, se encuentran fuera del contexto actual. En los años 90, se trabajaron diferentes versiones de un Proyecto de Ley, sin poder llegar a consensos entre los diferentes sectores y los actores sociales. A fin de llenar vacíos legales, se fueron aprobando leyes sectoriales y otras normas, sin embargo, éstas frecuentemente no eran coherentes entre sí, ni con la Ley de Aguas. Página 128 Normas importantes relacionadas con el agua son: 2007 - Ley sobre la conformación de las entidades prestadoras de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario – EPSA (Ley N° 3602) 2004 - Ley de Promoción y Apoyo al Sector Riego (Ley N° 2878) 2000 - Ley de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (Ley N° 2066) 1998 - Normas reglamentarias de uso y aprovechamiento de agua para riego, resolución bi-ministerial 01/98 1997 - Reglamento de uso de bienes de dominio público y de servidumbres para servicios de aguas (DS 24716) 1995 - Reglamento en materia de contaminación hídrica (Decreto Supremo N° 24176) 1992 - Ley del Medio Ambiente (Ley N° 1333) 1975 - Decreto Ley de navegación fluvial, lacustre y marítima (Ley N° 12684) 1967 - Reglamento de aguas para irrigación, Resolución Ministerial N° 210/67 A fin de ordenar las actividades con los recursos hídricos y evitar futuros conflictos entre diferentes sectores, urge la promulgación de una nueva Ley de Aguas (Ley marco). 1.2.2 Cambio Climático En el Cuadro No 3.2 se resumen las principales las principales leyes, reglamentos y normas que conforman el Marco Legal de Cambio Climático. Cuadro No 3.2: Marco legal (principales leyes, reglamentos y normas relacionados con cambio climático) DESCRIPCION FECHA NUMERO DE LEY, DESCRIPCIÓN DECRETO Y NORMA Convención Marco de las 09/05/1992 Firmado: 10/06/1992 Tiene como objetivo estabilizar las Naciones Unidas sobre el Nueva York, Ratificado: 25/07/1994 concentraciones de gases de efecto Cambio Climático Estados Unidos con Ley No 1576 invernadero en la atmósfera, a un nivel de Norte América que impida interferencias peligrosas en el sistema climático. Evitar que el nivel del Cambio Climático impida un desarrollo económico sustentable o comprometa la producción alimenticia Página 129 DESCRIPCION FECHA NUMERO DE LEY, DESCRIPCIÓN DECRETO Y NORMA Ratificación de la Convención 25/07/1994 Ley No 1576 Tiene como objetivo estabilizar las Marco de las Naciones Unidas concentraciones de gases de efecto sobre el Cambio Climática por invernadero en la atmósfera, a un nivel la República de Bolivia que impida interferencias peligrosas en el sistema climático. Evitar que el nivel del Cambio Climático impida un desarrollo económico sustentable o comprometa la producción alimenticia Creación del Programa 27/04/1990 Decreto Supremo No Nacional de Implementación 25030 Conjunta (PRONIC) Reconocimiento al Programa Nacional de Cambios Climáticos Creación del Consejo 22/10/1999 Decreto Supremo No Interinstitucional de Cambio 25558 Climático (CICC) Aprueba y ratica el Protocolo 11/12/1997 Firmado: 09/07/2012 Recomienda a los países que de Kyoto de la Convención Kyoto, Japón suscribieron la Convención sobre Marco de las Naciones Unidas Cambio Climático a cumplir con los sobre el Cambio Climático compromisos cuantificados de limitación y reducción de las emisiones de gases invernadero. Aplicar programas que mitiguen el cambio climático a través del desarrollo limpio. Ratificación del protocolo de 22/07/1999 Ley No 1988 Recomienda a los países que Kyoto suscribieron la Convención sobre Cambio Climático a cumplir con los compromisos cuantificados de limitación y reducción de las emisiones de gases invernadero. Aplicar programas que mitiguen el cambio climático a través del desarrollo limpio. 22/03/1985 Ratificado en fecha Adoptar medidas apropiadas para Convenio de Viena para la Viena, Autria 03/08/1994 con Ley proteger la salud humana y el medio Protección de la Capa de No17625 ambiente contra los efectos adversos Ozono resultantes de las actividades humanas que dañan la capa de ozono. Alentar la investigación, la cooperación entre los países y el intercambio de información Protocolo de Montreal relativo 16/09/1987 Relativo a las sustancias que agotan a las Sustancias que Agotan la la capa de ozono Capa de Ozono Convención de las Naciones 14/10/1994 Ratificado el Combatir la desertificación y mitigar Unidas de Lucha con la París, Francia 27/03/1996 con Ley No los efectos de la sequía en los países Desertificación y Sequía 1688 afectados, especialmente en África Página 130 Ley No 1576 Mediante el que se aprueba y ratifica la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, suscrito por el Gobierno de Bolivia el 10 de junio de 1992 en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo realizada en Rio de Janeiro. Decreto Supremo No 25030 Que dispone la creación del Programa Nacional de Implementación Conjunta (PRONIC) y reconoce al Programa Nacional de Cambios Climáticos, como el ente competente operativo encargado de cumplir los compromisos técnicos de Bolivia ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. Decreto Supremo No 25558 Decreta la creación del Consejo Interinstitucional del Cambio Climático, CICC, como instancia de diálogo y concertación de los sectores sociales, gubernamentales y no gubernamentales, relacionados con la temática del cambio climático. Ley No 1988 Mediante el que se aprueba y ratifica el Protocolo de Kyoto de la Covención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Mecanismo Nacional de Adaptación al Cambio Climático De acuerdo al Mecanismo Nacional de Adaptación, la temática de cambio climático transversaliza temas como seguridad alimentaria que involucra a los sectores de agricultura y pecuaria; salud; recursos hídricos; ecosistemas y asentamientos humanos y gestión de riesgos, especialmente cuando se trata de implementar políticas y/o mecanismos de adaptación. Dichos sectores han sido priorizados dada su vulnerabilidad ante efectos de cambio climático (PNCC, 2007). Asimismo, dado que el cambio climático tiene una estrecha dependencia con los ecosistemas naturales y en especial, con los bosques, son estos últimos los que ayudan a mitigar estos cambios al absorber el CO2 de la atmósfera convirtiéndolo a través de la fotosíntesis, por lo que el sector forestal se constituye en uno de los principales sectores considerados en el cambio climático dada su contribución a los procesos de mitigación y adaptación (PNCC, 2009; FAO, 2008; IPCC, 2007). Página 131 En seguridad alimentaria se está trabajando con el Mecanismo Nacional de Adaptación, para lo cual se contrató a “sectorialistas“, que son recursos humanos contratados por el PNCC con financiamiento de la Cooperación Danesa y asignados a los sectores para transverzalizar la temática de cambio climático. Con este recurso humano se ha iniciado un trabajo de identificación de campos de acción, habiendo definido que el PNCC participará en el seguro agrícola, en la conformación y asistencia a centros productivos, en proyectos de forrajes, nuevas medidas de adaptación a través de políticas que se han propuesto en el marco del Mecanismo Nacional de Adaptación. En el tema de salud cuentan con experiencias de transversalización, por ejemplo el PNCC ha desarrollado estudios en sistemas de alerta temprana sobre malaria y dengue que han permitido establecer nuevas formas de adaptación, a nivel de gestión se ha desarrollado el programa red de viviendas saludables en coordinación con el Ministerio de Educación, tema que tiene que ver con fortalecimiento de capacidades en comunidades que han sido afectadas por el dengue o la malaria (PNCC). En el Cuadro No. Cuadro No 3.3 se presenta la cronología de eventos de respuesta al cambio climático en Bolivia Cuadro No 3.3: Cronología del proceso de respuesta al cambio climático en Bolivia 1992 Bolivia firma la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) en la Cumbre de la Tierra. 1994 El Parlamento ratifica la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre cambio Climático. 1995 Se crea el Programa Nacional de Cambios Climáticos y el Consejo Interinstitucional sobre Cambio Climático. 1999 Bolivia ratifica el Protocolo de Kioto. 2000 Bolivia presenta a la Convención los Inventarios de Gases de Invernadero 1990, 1994, 1998 y 2000. 2000 El PNCC presenta la Primera Comunicación Nacional a la CMNUCC. 2002 El PNCC elabora la Estrategia Nacional de Implementación de la CMNUCC y su Primer Plan Quinquenal de Acción. 2005 Comienza el Programa Regional sobre Retracción de Glaciales Tropicales. 2007 Se publica el Mecanismo Nacional de Adaptación al Cambio Climático. 2009 El PNCC pasa a depender del Ministerio de Medio Ambiente y Agua. Se publica la Segunda Comunicación Nacional a la CMNUCC y el Inventario Nacional de Emisiones de Gases de Invernadero 2002- 2004. Página 132 2010 Se realiza la Conferencia Mundial de los Pueblos sobre Cambio Climático v Derechos de la Madre Tierra (Cochabamba, 20-22 abril). Bolivia suscribió la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) en la Cumbre de la Tierra de 1992 y el Congreso Nacional la ratifico mediante Decreto Ley No. 1576 (25 de Julio de 1994). En enero de 1995 se creó el Programa Nacional de Cambios Climáticos (PNCC) bajo la tuición del Ministerio de Desarrollo Sostenible con el fin de implementar la Conversión en Bolivia y ser el punto focal de la misma. El Protocolo de Kioto, fue ratificado el 22 de julio de 1999, a través de la Ley No. 1988. El Decreto Supremo No. 25030 de abril de 1998 crea el Programa Nacional de Implementación Conjunta (PRONIC) con el objetivo de aprobar proyectos enmarcados en las actividades de implementación conjunta de la CMNUCC. El PRONIC estaba presidido por el Ministerio de Desarrollo Sostenible y conformado por representantes del Ministerio de Desarrollo Económico, el Ministerio de Agricultura, el sector privado, una Universidad estatal y la ONG LIDEMA. En 1999 se crea mediante decreto, el Consejo Interinstitucional de Cambio Climático (CICC) con el fin de "deliberar y proponer políticas y estrategias nacionales para la implementación de la CMNUCC." En el mismo participan 6 Ministerios y una ONG de medio ambiente. El Decreto Supremo 28218 del 25 de junio del 2005, "declara de importancia nacional apoyar la implementación de actividades y proyectos de mitigación del cambio climático en los sectores forestal y energético, elegibles para el Mecanismo de Desarrollo Limpio del Protocolo de Kioto u otro esquema internacional de comercio de emisiones de gases de efecto invernadero". El 2007 el PNCC presenta al Congreso el Anteproyecto de Ley de Beneficios por la Transacción de Reducciones de Emisiones Certificadas de Car-bono con el objeto de "Establecer el marco legal que regule la distribución de los beneficios originados por la venta de Certificados de Emisiones Reducidas de dióxido de carbono (CERs) u otros instrumentos equivalentes." Pero este anteproyecto no llega a ser aprobado. En 2006, el gobierno de Morales elimina el Ministerio de Desarrollo Sostenible y, en su remplazo, crea el Ministerio de Planificación del Desarrollo, entonces, el PNCC pasa a formar parte de este nuevo Ministerio, pero se mantienen las políticas que había estado implementando. A comienzos del 2009, nuevamente se re-estructura el poder ejecutivo, y se crea el Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAA). El PNCC, entonces, es trasladado a este Ministerio y se producen cambios importantes en sus políticas, entre ellas, se cierra la Oficina de Desarrollo Página 133 Limpio destinada a implementar proyectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL). Es así que se tiene que reiniciar un proceso de construcción de capacidades institucionales. Durante los años de vida institucional, el PNCC ha elaborado muchas publicaciones, ha financiado pequeños proyectos de mitigación, adaptación y educación, pero se mantuvo como institución de bajo perfil y poco conocida a nivel nacional. Uno de los factores que limita la capacidad de incidencia del PNCC en otros sectores del Estado, es su baja jerarquía en la estructura del Estado, al ser un programa subordinando al Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos, y Gestión y Desarrollo Forestal. Esto se refleja en que el PNCC no figura en el organigrama del Ministerio de Medio Ambiente y Agua. Por este motivo, a pesar de los esfuerzos que ha realizado, el cambio climático todavía no ha sido incorporado en la planificación de sectores clave como el de desarrollo rural. El Consejo Plurinacional de Cambio Climático El actual gobierno discontinuó el funcionamiento del Consejo Interinstitucional de Cambio Climático y, en su remplazo, anunció en la Segunda Comunicación Nacional que: "El Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad y Cambio Climático ha iniciado la tarea de conformar un Consejo Plurinacional del Cambio Climático." Sin embargo, un año después este Consejo todavía no había sido creado. Este Consejo es de gran importancia para que el cambio climático cobre una mayor relevancia y sea incorporado de forma más efectiva y transversal en los diferentes planes y niveles de gobierno. Planes y Políticas El PNCC formula en 1996 su primer Plan Nacional de Acción sobre el Cambio Climático y la Estrategia Nacional de Implementación de la CM-NUCC. Asimismo, comienza a realizar inventarios de emisiones de gases de invernadero y muchas investigaciones. En 1998 se realiza un Convenio de compensación de emisiones con compañías de electricidad norteamericanas, para implementar el Proyecto de Acción Climática Noel Kempff Mercado. Este proyecto evitó efectivamente el avance de la deforestación en el área de amortiguación del Parque, y con los fondos de compensación se financiaron varios proyectos de conservación, investigación, ecoturismo y ampliación del Parque. Pero las poblaciones que viven en el área no recibieron los beneficios esperados. Desde entonces, las políticas del PNCC estuvieron alineadas al Protocolo de Kioto hasta el 2009, en que se produjeron importantes cambios en este Programa. El 2003 se establece la Oficina de Desarrollo Limpio para financiar proyectos en el marco del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL). Por eso, el Plan Nacional de Desarrollo del 2006, en el Página 134 subtítulo sobre Cambio Climático del capítulo de Medio Ambiente, incluye políticas de incentivo al desarrollo de los mercados de carbono y la participación en el MDL. Políticas sectoriales Las políticas de carácter sectorial tales como, la política de seguridad y soberanía alimentaria, la nueva política de tierras, la política nacional para la gestión integral de los bosques y la política de desarrollo integral con coca, si bien no establecen de manera literal políticas para el cambio climático contemplan lineamientos que contribuyen a la mitigación y adaptación. Política Reducción de Gases de Efecto Invernadero (GEIs) y Secuestro de Carbono. Ésta se constituye en la política orientada a los procesos de mitigación del cambio climático, entre sus principales estrategias y programas operativos se encuentran en el Cuadro No 3.4: Cuadro No 3.4: Estrategias y programas operativos para la política de gases de efecto invernadero . Estrategia Programas Operativos Programa de certificación de reducción de emisiones, secuestro y conservación de carbono. Programa Nacional de Secuestro de Carbono. Programa de Cambios de Matriz Energética para la Certificación de Reducción de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero. Política Adaptación a los Cambios Ambientales Globales, Protección a la Capa de Ozono y Contaminantes Orgánicos Persistentes. Por su parte los lineamientos de adaptación se resumen en la siguiente matriz del Cuadro No. 3.5. Cuadro No 3.5: Políticas de adaptación a los cambios ambientales globales Estrategia Programas Operativos Programa de prevención de desastres en sectores vulnerables. Programa de adaptación de sistemas de subsistencia vulnerables al deterioro del recurso hídrico. Programa de adaptación de sistemas de subsistencia vulnerables al deterioro de los recursos energéticos. Programa de Educación para la Prevención y Adaptación. Página 135 Estrategia Programas Operativos Programa de Sustitución de Sustancias Agotadoras del Ozono y Reconversión Tecnológica. Programa Ambiental de Protección Atmosférica. Programa de Promoción de Tecnologías Alternativas al Uso de Agroquímicos. Política Agua para Todos. En el marco de esta política se establecen estrategias de gestión ambiental de los recursos hídricos, misma que contempla desarrollar e implementar una gestión ambiental para la protección, preservación y aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos considerando a la cuenca como unidad de gestión y planificación que permita un uso multisectorial. 1.3 Legislación sobre aguas a nivel municipal, comunidad y personal En los Cuadros No. 3.6; 3.7 y 3.8 se resume la legislación sobre aguas a nivel municipal, comunidad y personal. Cuadro No. 3.6: Ámbito Municipal Ley de Municipalidades Ley de Ley de aguas participación popular Art. 5.II El gobierno Municipal… tiene los Art. 2. Transfiere la Art 13. Pertenecen al municipio las aguas en siguientes fines: infraestructura física las zonas de trabajo de obras públicas. 4 .Preservar y conservar, en lo que le microriego, con la corresponda, medio ambiente y los obligación de Art. 164. Mientras las aguas corran por sus ecosistemas del municipio, contribuyendo administrarla causes naturales y públicos o sean de las que a la ocupación racional del territorio y el mantenerla y expresan los incisos 1,2 y 3 del artículo 4 todos aprovechamiento de los recursos renovarla. podrán usar de ellas para beber, lavar ropa, naturales. Art. 13. Se transfiere vasijas con sujeción a los reglamentos y a favor de los ordenanzas de policía municipal. Art. 8. Las competencias del gobierno municipios el derecho municipal… de propiedad sobre Página 136 Ley de Municipalidades Ley de Ley de aguas participación popular 7. Contribuir y hacer cumplir las normas bienes inmuebles Art. 216. Otorgada la concesión , corresponde a especiales nacionales y municipales de infraestructura física la municipalidad el formar los reglamentos uso del agua. de los servicios de para el régimen y distribución de las aguas en 1. Construir, equipar y mantener la microriego. el interior de las poblaciones con sujeción a las infraestructura de microriego, y disposiciones generales administrativas. saneamiento básico. Art. 274. ..en los aprovechamientos colectivos de aguas para riegos, siempre comunidad de Disposiciones Finales: regantes. Art. 10 Los servicios municipales comprendiendo los básicos, agua, microriego se declaran de necesidad y utilidad pública. Cuadro No. 3.7: Ámbito Comunidad Ley de Ley de Ley del medio Ley de aguas Municipalidades participación ambiente popular Art. 152. I. Los vecinos, Art. 7. Las Art. 92… toda Art. 194. La aplicación de estas directamente o a través Organizaciones persona natural o disposiciones y los pormenores sobre el de las Organizaciones Territoriales de Base colectiva tiene tiempo de disfrute de aguas se Territoriales de Base, tienen los siguientes derecho a participar encomiendan a los reglamentos los Comités de derechos: en la gestión administrativos o las ordenanzas de las Vigilancia y las a. Proponer, pedir, ambiental, en los comunidades regantes que se asociaciones de controlar y supervisar la términos de esta Ley, establezcan. defensa del realización de obras y la y en caso necesario Art. 233. …las concesiones de aguas consumidor, podrán prestación de servicios hacer uso de los hechas individual o colectivamente a los solicitar la provisión de públicos, saneamiento derechos que la propietarios de tierras para el riego de servicios públicos básico, microriego, presente Ley le éstas serán a perpetuidad. municipales, caminos vecinales y confiere. Art. 274. … en los aprovechamientos saneamiento básico y desarrollo urbano y colectivos de aguas públicas para riegos microriego. rural. siempre comunidad de regantes. Art. 276. Las comunidades regantes formarán los estatutos de riego, con arreglo a las bases establecidas en este reglamento, sometiéndolos a la aprobación del gobierno no podrá negarla ni introducir variaciones, sin oír sobre ello a la respectiva municipalidad y a la asociación rural. Art. 280… en los sindicatos… habrá un vocal que represente las fincas que por su situación o por el orden establecido, sean las últimas en recibir el riego… Del mismo modo cuando el aprovechamiento haya sólo concedido a una empresa particular. Art. 285. Además de los sindicatos, habrá en toda la comunidad de regantes, Página 137 Ley de Ley de Ley del medio Ley de aguas Municipalidades participación ambiente popular uno o más jurados, según lo exija la extensión de los riegos. Art. 287. Las atribuciones de los jurados se limitarán al inmediato cuidado de la equitativa distribución de las aguas, según los respectivos derechos; y al reconocimiento y resolución de las cuestiones. Cuadro No 3.8: Ámbito personal o particular Ley de Medio Ley de Aguas ambiente Art. 92…. Toda persona Art. 8… el propietario de fuente o manantial no puede cambiar su curso cuando provee natural o colectiva tiene del agua necesaria a los habitantes de una sección o villa o pueblo, pero si el vecindario derecho a participar en la no ha adquirido por prescripción o de otro modo el uso del agua, puede reclamar el gestión ambiental en propietario una indemnización que será determinad por peritos. términos de esta Ley, y en Art. 20… pertenecen al dueño en plena propiedad, las aguas subterráneas que hubiesen caso necesario hacer uso obtenido por medio de pozos ordinarios o artesanos. de los derechos que la Art. 21…todo propietario puede abrir libremente pozos establecer artificios para elevar el presente Ley le confiere agua dentro de las fincas. Art. 41. El dominio y el uso de las aguas de propiedad particular, están en todo sujetos al derecho de expropiación por causa de utilidad pública. Art. 73… los dueños de predio lindantes con cauce públicos tiene la libertad de hacer plantaciones en sus respectivos márgenes y riberas y poner defensa de estacas contra las aguas, siempre que lo juzguen necesario, dando de ello oportunamente noticia a la autoridad local. La autoridad, no obstante, podrá después de oír a los interesados mandar suspender tales operaciones, cuando por su naturaleza amenacen causar perjuicio a la navegación o flota de los ríos desviar las corrientes de su curso natural, o producir inundaciones. Art. 164… mientras las aguas corran por sus causes naturales y públicos o sean de las que expresan los incisos 1,2 y 3 del artículo 4 todos podrán usar de ellas para beber, lavar ropa, vasijas con sujeción a los reglamentos y ordenanzas de policía municipal. Art. 165… en las aguas que, apartadas artificialmente de sus causes naturales y públicos, discurriesen por canales, acequias, acueductos descubiertos, aunque pertenezcan a concesionarios particulares, todos podrán extrae y conducir en vasijas lo que necesiten para uso doméstico o fabril y para el riego de plantas aisladas pero la extracción habrá de hacerse precisamente a mano, y sin detener el curso del agua, ni deteriorar las márgenes del canal o acequia. Todavía deberá la autoridad limitar el uso de este derecho cuando cause perjuicio al concesionario de las aguas. Art. 191…el que durante 30 años hubiese disfrutado de un aprovechamiento de aguas públicas, sin oposición de la autoridad o de un tercero, continuará disfrutando aun cuando no pueda acreditar que obtuvo la competente. Art. 203… en todo aprovechamiento de aguas públicas, para canales de navegación o riego, acequias y saneamientos, serán de propiedad perpetua de los concesionario los saltos de agua y las fabricas y establecimientos industriales que a su inmediación hubiesen construido y planteado. Art. 225…los que durante los 30 años hubiesen aprovechado para el regadío de sus tierras, las aguas pluviales que discurran por una riera, rambla o barranca del dominio público, podrán ponerse a que los dueños de los predios superiores les priven de este Página 138 Ley de Medio Ley de Aguas ambiente aprovechamiento. Pero si solamente hubiesen aprovechado parte del agua, no podrán impedir que otros utilicen la restante, siempre que quede expedito el curso de la cantidad que de antiguo aprovechan ellos. Art. 231. Es necesaria la concesión del gobierno para el aprovechamiento de aguas públicas con destino a riegos. Art. 233… las concesiones de aguas hechas individual o colectivamente a los propietarios de tierras para el riego de estas serán a perpetuidad. Art. 280… en los sindicatos habrá… un vocal que represente las fincas que por su situación o por el orden establecido, sean las últimas en recibir el riego… Del mismo modo cuando el aprovechamiento haya sólo concedido a una empresa particular. 2 Marco institucional Entre marzo de 2003 a diciembre de 2005, el entonces Ministerio de Desarrollo Sostenible (MDS) promovió el desarrollo sostenible articulado al crecimiento económico, social y tecnológico con la conservación del medio ambiente. Asimismo, tenía tuición para la formulación de políticas y planes para el uso sostenible e incremento de los recursos naturales renovables y la explotación y uso racional de recursos no renovables. En ese contexto, el Viceministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente tenía responsabilidad de orientar el proceso de gestión de los recursos naturales entre ellos el recurso hídrico a través de la Dirección General de Cuencas y Recursos Hídricos. A partir del 2006 una de las principales medidas asumidas por el Gobierno en el sector del agua es la creación del Ministerio del Agua. El Ministerio del Agua está compuesto por tres Viceministerios: de Riego, Servicios Básicos y el Viceministerio de Cuencas y Recursos Hídricos (VCRH), este último encargado de elaborar, implementar y desarrollar diversos programas como el Plan Nacional de Cuencas. A nivel departamental, las prefecturas en atribución a mandato conferido por la Ley de Descentralización Administrativa son responsables de la planificación del desarrollo regional que incluye la gestión racional de recursos naturales y preservación del medio ambiente, incorporando el manejo de recursos hídricos bajo un enfoque integral de cuencas. A nivel local, son los municipios las instancias encargadas del desarrollo y planificación dentro de su jurisdicción, de acuerdo a la Ley de Municipalidades. Los actores principales a nivel local son usuarios y productores organizados, comunidades campesinas, pueblos indígenas, empresas públicas y privadas; así como organizaciones no Página 139 gubernamentales que prestan servicios de asistencia técnica, social y de promoción, universidades, entidades públicas locales, proyectos nacionales y cooperación internacional. En el Cuadro No.3.9 se resumen las principales instituciones involucradas en el sector recursos hídricos. Cuadro No. 3.9: Marco Institucional INSTITUCIÓN DESCRIPCION Ministerio de Medio Ambiente y agua Órgano, normativo, encargado de formular, definir y velar (MMAyA) por el cumplimiento de las políticas, planes y programas sobre la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, entre otras. Viceministerio de Medio Ambiente, Autoridad Ambiental Competente Nacional Biodiversidad y Cambios Climáticos Sistema de Regulación de Recursos Orientada a planificar el desarrollo económico de la Naturales Renovables (SINARE) cuenca Plan Nacional de Cuencas (PNC) Entidad ejecutora de la Prefectura tiene el rol de “gestor” para la promoción y desarrollo de nuevas modalidades de gestión integrada de recursos hídricos en cuencas Secretarías Departamentales de Direcciones Ambientales en las Gobernaciones Medio Ambiente 2.1 Marco Institucional a nivel municipal, comunidad y personal Las instituciones involucradas en el proyecto se presentan en el Cuadro No. 3.10: Cuadro No 3.10: Marco Institucional relacionado con Recursos Hídricos INSTITUCIÓN DESCRIPCION Viceministerio de Recursos Hídricos y Riego Servicio de Mejoramiento de la Formado con el propósito de mantener en condiciones de Navegación Amazónica (SEMENA) navegabilidad los ríos de dicha cuenca Secretarías Departamentales de Direcciones Ambientales en las Gobernaciones Medio Ambiente Programa Manejo Integral de Se inició a fines de 1991, como un emprendimiento Cuencas (PROMIC) conjunto entre la Prefectura de Cochabamba y la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE), con el objetivo de reducir los daños causados por las inundaciones periódicas en el Valle de Cochabamba a Página 140 INSTITUCIÓN DESCRIPCION través de un manejo sostenible y participativo de las cuencas de la Cordillera del Tunari. Asociación Nacional de Regantes y Organización creada en un congreso de regantes y Sistemas Comunitarios de Agua comités de agua potable en noviembre de 2003, cuyo Potable y Saneamiento principal soporte político y organizativo es la Federación (ANARESCAPYS) Departamental de Campesinos y Organizaciones de Regantes de Cochabamba (FEDECOR) Consejo Interinstitucional del Agua Creado para lograr un ordenamiento de las normas y (CONIAG) políticas de los recursos hídricos en un marco de coordinación, diálogo y concertación entre todos los actores involucrados con el tema agua Programa de Desarrollo Apoya - a través de condiciones institucionales y Agropecuario Sustentable servicios que garantizan la calidad e integralidad de los (PROAGRO) – Componente Agua proyectos y que contribuyen a formar recursos humanos para Producción Agropecuaria (APA) con altas capacidades – a mejorar el acceso y uso eficiente de los recursos hídricos para pequeños/as productores/as agropecuarios/as en el contexto del Cambio Climático Programa de Desarrollo Apoya a sus contrapartes y socios estratégicos a mejorar Agropecuario Sustentable las condiciones institucionales y los servicios que brindan (PROAGRO) – Componente Gestión las instituciones contrapartes, destinados a fomentar la Integral de Cuencas disponibilidad, el acceso equitativo y la gobernabilidad del agua en cuencas hidrográficas, considerando los riesgos del Cambio Climático a través del desarrollo de capacidades: recursos humanos, organizacionales, redes y sistemas Servicio Nacional de Riego Fue creado en 8 de Octubre de 2004 LEY 2878, como (SENARI) entidad autárquica, bajo la tuición del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios (actualmente bajo tuición de Ministerio del Agua, con autonomía administrativa y de gestión, personería y patrimonio propio, con la responsabilidad de regular, planificar, gestionar y promover la inversión pública para el desarrollo de riego y la producción agropecuaria y forestal bajo riego. 2.2 Autoridad Ambiental Nacional y Departamental De acuerdo a la norma de Complementaciones y Modificaciones a los Reglamentos Ambientales, aprobados mediante DS 28592 de 17-01-06, se establece que el Viceministro de Recursos Naturales y Medio Ambiente (actualmente Viceministro de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal) es la Autoridad Ambiental Competente Nacional, mientras que el Prefecto del Departamento (actual Gobernador Departamental) es la Autoridad Ambiental Competente Departamental. 2.3 Gestión ambiental municipal y departamental Página 141 Gobernaciones Las Unidades Ambientales de cada departamento son responsables de la gestión ambiental departamental, tienen la función de fiscalización y control sobre actividades relacionas con el ambiente, asimismo cumplen con la revisión de la Ficha Ambiental (FA), definen la categoría del Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA) y otorgan el Certificado de Dispensación o Adecuación de acuerdo al Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA). Gobiernos Municipales Cada Gobierno Municipal debe cumplir funciones de control y vigilancia sobre las actividades que afectan o puedan afectar al ambiente a nivel local, también son responsables de revisar la FA, emitir criterio sobre la categoría de los proyectos, de revisar los estudios de EEIA, y de elevar informe al Gobernador para que emita la Dispensación o Adecuación que corresponda. 2.4 Marco Institucional sobre Cambio Climático El artículo 52 de la Ley Marco de la Madre Tierra establece que e constituye el Fondo Nacional de Justicia Climática como una entidad estratégica y autárquica de derecho público con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, bajo tuición del Ministerio de Medio Ambiente y Agua y como brazo operativo del Estado que actúa en el marco de la política y plan plurinacional de cambio climático; responsable de la formulación de políticas, planificación, gestión técnica, elaboración y ejecución de estrategias, planes, programas y proyectos, administración y transferencia de recursos financieros relacionados con los procesos y dinámicas del cambio climático incluyendo la mitigación y adaptación, que constituyen temas estratégicos para el desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra para Vivir Bien; y cuyo funcionamiento será establecido en un Decreto Supremo reglamentario. Página 142 ANEXO 3: POLITICAS DE SALVAGUARDAS DEL BIRF Página 143 OP 4.11 - Recursos Culturales Físicos Estas políticas se han elaborado para su uso por el personal del Banco Mundial y no constituyen necesariamente un tratamiento exhaustivo del tema. OP 4.11 Julio de 2006 Esta declaración de política operacional fue actualizado en marzo de 2007 para reflejar la emisión de OP / BP 8.00, respuesta rápida a las crisis y emergencias, con fecha de marzo de 2007. Nota: OP y BP 4.11 se basa en el proyecto revisado de la Política Operacional / Procedimiento del Banco 4.11: Recursos Culturales Físicos - Problemas y propuestas (R2006-0049), aprobado por el Directorio Ejecutivo el 17 de abril de 2006. OP y BP reemplazan a OPN 11.03, Gestión de los Bienes Culturales en proyectos financiados por el Banco, con fecha de septiembre de 1986. OP y BP 4.11 se aplican a todos los proyectos de inversión de las que un examen de la idea del proyecto se lleva a cabo en o después de abril 15 de 2006. OP y BP 4.11 debe leerse en conjunción con la OP y BP 4.01, Evaluación ambiental. Las preguntas pueden ser dirigidas a la Consejera Senior, Unidad de Garantía de Calidad y Cumplimiento. Introducción 1. Esta política se aplica a los recursos culturales físicos, que se definen como los bienes muebles o inmuebles, sitios, estructuras, grupos de estructuras y características naturales y paisajes que tienen arqueológico, paleontológico, histórico, arquitectónico, importancia religiosa, cultural estético, o de otro tipo. Recursos culturales físicos pueden estar ubicados en zonas urbanas o rurales, y puede estar por encima o por debajo del suelo o bajo el agua. Su interés cultural puede ser a nivel local, provincial o nacional, o dentro de la comunidad internacional. 2. Recursos culturales físicos son importantes como fuente de valiosa información científica e histórica, como activos para el desarrollo económico y social, y como parte integrante de la identidad cultural de las personas y prácticas. Objetivo 3. El Banco ayuda a los países a evitar o mitigar los impactos adversos sobre los recursos culturales físicos de proyectos de desarrollo que financia. Los impactos sobre los recursos culturales físicos resultantes de las actividades del proyecto, incluyendo las medidas de mitigación, no pueden contravenir la legislación nacional o bien el prestatario, o de sus obligaciones en virtud de los tratados internacionales y acuerdos ambientales. Recursos culturales físicos dentro de Evaluación Ambiental Página 144 4. El prestatario aborda los impactos sobre los recursos culturales físicos en los proyectos propuestos para financiamiento del Banco, como parte integral de la evaluación ambiental (EA). Los pasos que se detalla a continuación seguir la secuencia de EA: cribado, el desarrollo de términos de referencia (TdR), la recopilación de datos de línea de base, evaluación de impacto, y la formulación de medidas de mitigación y un plan de gestión. 5. Los siguientes proyectos se clasifican en el proceso de evaluación ambiental en la Categoría A o B, y están sujetos a las disposiciones de esta política: (a) cualquier proyecto que implique excavaciones importantes, demolición, movimiento de tierra, inundaciones, u otros cambios ambientales, y (b) cualquier proyecto ubicado en, o cerca de, un sitio de recursos culturales físicos reconocidos por el prestatario. Los proyectos específicamente diseñados para apoyar la gestión o conservación de los recursos culturales físicos se revisa individualmente, y son normalmente clasificados como de Categoría A o B. 6. Para desarrollar los términos de referencia para la EA, el prestatario, en consulta con el Banco, los expertos pertinentes, relevantes y grupos afectados por el proyecto, identifica los posibles problemas físicos culturales recursos, en su caso, a tener en cuenta por la EA. Los términos de referencia especifican normalmente que los recursos culturales físicos se incluirán en la fase inicial de recopilación de datos de la EA. 7. El prestatario identifica los recursos culturales físicos que puedan verse afectadas por el proyecto y evalúa los impactos potenciales del proyecto sobre estos recursos como parte integral del proceso de EA, de acuerdo con los requisitos del Banco de EA. 8. Cuando el proyecto puede tener efectos adversos sobre los recursos culturales físicos, el prestatario identifica las medidas adecuadas para evitar o mitigar estos impactos como parte del proceso de EA. Estas medidas pueden ir desde la protección del sitio completo a la mitigación selectiva, incluyendo rescate y documentación, en los casos en que puede ser una parte o la totalidad de los recursos culturales físicos perdidos. 9. Como parte integral del proceso de EA, el prestatario elabora un plan cultural físico gestión de los recursos, que incluye medidas para evitar o mitigar los impactos adversos sobre los recursos culturales físicos, las disposiciones para la gestión de los descubrimientos fortuitos, de las medidas necesarias para el fortalecimiento de la capacidad institucional y un sistema de seguimiento para seguir el progreso de estas actividades. El plan cultural físico gestión de los recursos es consistente con el marco de la política general del país y de la legislación nacional y que tenga en cuenta las capacidades institucionales en relación con los recursos culturales físicos. 10. Los comentarios del Banco, y se analiza con el prestatario, las conclusiones y recomendaciones relacionadas con los aspectos físicos de recursos culturales de la EA, y determina si ofrecen una base adecuada para la tramitación del proyecto de financiamiento del Banco. Página 145 Consulta 11. Como parte de las consultas públicas necesarias en el proceso de EA, el proceso de consulta para el componente de recursos culturales físicos normalmente incluye relevantes afectadas por el proyecto los grupos interesados, autoridades gubernamentales y las organizaciones no gubernamentales en la documentación de la presencia e importancia de los recursos culturales físicos, evaluando potenciales impactos y evitar la exploración y las opciones de mitigación. Declaración 12. Los resultados de la componente de los recursos culturales físicos de la EA se dan a conocer como parte de, y en la misma manera que, el informe de EA. Las excepciones a dicha divulgación se considera cuando el prestatario, en consulta con el Banco y personas con conocimientos especializados pertinentes, determina que la divulgación podría comprometer o poner en peligro la seguridad o la integridad de los recursos culturales físicos involucrados o pueda poner en peligro la fuente de información acerca de los recursos culturales. En tales casos, la información sensible en relación con estos aspectos particulares se podrá omitir en el informe de EA. Operaciones de Emergencia bajo la OP / BP 8.00 13. Esta política se aplica normalmente a las operaciones de emergencia elaborados conforme a la OP / BP 8.00, respuesta rápida a las crisis y emergencias. OP / BP 4.01, Evaluación Ambiental, establece la aplicación de la EA a tales proyectos. Cuando el cumplimiento de cualquier requisito de la OP 4.11, Recursos Culturales Físicos pueda impedir el logro eficaz y oportuno de los objetivos de una operación de emergencia, el Banco podrá eximir el proyecto de tal requisito, registrando la justificación de la exención prevista en los documentos del préstamo. Sin embargo, el Banco exige que todas las medidas correctivas necesarias incorporarse a cualquiera de las operaciones de emergencia o una operación de futuros préstamos. Los préstamos para inversiones específicas y préstamos a intermediarios financieros 14. Los aspectos físicos los recursos culturales de los subproyectos financiados por los proyectos del Banco son tratados en conformidad con los requisitos de EA del Banco. Sistemas nacionales. 15. El Banco podrá decidir recurrir a los sistemas de un país para hacer frente a las cuestiones de salvaguardias ambientales y sociales en un proyecto financiado por el Banco que afecta a los recursos culturales físicos. Esta decisión se toma de acuerdo con las exigencias de la política aplicable del Banco sobre los sistemas nacionales. Desarrollo de Capacidades 16. Cuando la capacidad del prestatario es insuficiente para gestionar los recursos culturales físicos que pueden ser afectados por un proyecto financiado por el Banco, el proyecto puede incluir componentes para fortalecer esa capacidad. Página 146 17. Dado que la responsabilidad del prestatario para la gestión de los recursos culturales físicos se extiende más allá de los proyectos individuales, el Banco podrá considerar más amplias actividades de capacitación como parte de su programa global de asistencia al país. • También conocido como 'patrimonio cultural', 'patrimonio cultural', 'patrimonio cultural' o 'propiedad cultural ". • "Banco" es como se define en la OP / BP 4.01, Evaluación ambiental. • El proyecto se describe en el Anexo 2 al Convenio de Financiación. Esta política se aplica a todos los componentes del proyecto, independientemente de la fuente de financiamiento. • Esto incluye la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de 1972 (Convención del Patrimonio Mundial de la UNESCO). • Véase OP 4.01, Evaluación Ambiental. • Para ver las definiciones de las categorías de proyecto A y B, véase la OP 4.01, Evaluación ambiental, párrafo 8. • Véase OP 4.01, Evaluación Ambiental. • Si existe un Plan de Gestión Ambiental, que incorpora el plan cultural físico gestión de los recursos. Véase OP 4.01, Evaluación Ambiental, Anexo C. • Para los propósitos de esta política, "los descubrimientos fortuitos» se definen como los recursos culturales físicos se encuentran inesperadamente durante la ejecución del proyecto. • Véase OP 4.01, Evaluación Ambiental, párrafo 5. • Vea la Política del Banco Mundial sobre el acceso de la información, 2002. Véase OP 4.01, Evaluación ambiental, párrafo 12. • Tal como se establece en los párrafos 9, 10 y 11 de la OP 4.01, Evaluación Ambiental. Los requisitos pertinentes en dichos apartados se aplican también a los aspectos físicos de recursos culturales de otros proyectos que también están destinados a financiar varios sub-proyectos que son identificados y evaluados durante el curso de la ejecución del proyecto (por ejemplo, fondos de inversión social (FIS) y la comunidad - conducido proyectos de desarrollo (CDD)). • OP / BP 4.00, probando el uso de los Sistemas de prestatarios para abordar los temas de salvaguardias ambientales y sociales en los proyectos financiados por el Banco, que se aplica sólo a los proyectos piloto que utilizan los sistemas del prestatario, incluye los requisitos que dichos sistemas se diseñarán para cumplir con los objetivos de la política y adherirse a los principios operativos relacionados con los recursos culturales físicos identificados en OP 4.11, los recursos culturales físicos. • Véase OP 4.01, Evaluación ambiental, párrafo 13. Página 147 OP 4.37 - Seguridad de Presas Estas políticas se han elaborado para su uso por el personal del Banco Mundial y no constituyen necesariamente un tratamiento exhaustivo del tema. OP 4.37 Octubre, 2001. Nota: OP y BP 4.37 reemplazar las versiones de fecha septiembre de 1996 y se revisaron en abril de 2012 para la clarificación. Otras políticas del Banco que pueden aplicarse a proyectos que involucran a las presas son las siguientes: OP / BP 4.01, Evaluación Ambiental, OP / BP 4.04, Hábitats Naturales; OP / BP 4.10, Pueblos Indígenas OP / BP 4.11, Recursos Culturales Físicos; OP / BP 4.12, Reasentamiento involuntario, y OP / BP 7.50, Proyectos sobre cursos de agua internacionales. Preguntas sobre la seguridad de las presas deben dirigirse del escritorio de ayuda en relación a las políticas de salvaguarda en OPCS (Safeguards@worldbank.org). 1. Porque en la vida de cualquier represa, los proponentes encargados de velar por que se adopten medidas apropiadas y recursos suficientes, siempre están velando por la seguridad de la presa, con independencia de sus fuentes de financiación o el estado de la construcción. Debido a que hay serias consecuencias si una presa no funciona correctamente o no, los Bancos están preocupados por la seguridad de las represas que financia y presas existentes en los que un proyecto financiado por el Banco es directamente dependiente. Nuevas represas 2. Cuando el Banco financia un proyecto que incluye la construcción de una nueva presa, requiere que la presa en su diseñó y supervisión de su construcción sea realizada por profesionales experimentados y competentes. También requiere que el prestatario adopte y ponga en práctica ciertas medidas de seguridad de presas en el diseño, la oferta de licitación, construcción, operación y mantenimiento de la presa y obras asociadas. 3. El Banco distingue entre presas pequeñas y grandes. (A) Represas pequeñas son normalmente menos de 15 metros de altura. Esta categoría incluye, por ejemplo, estanques, embalses locales de retención de sedimentos, y los tanques bajos terraplén. (B) Las grandes presas son de 15 metros o más de altura. Las presas que se encuentran entre 10 y 15 metros de altura son tratados como grandes presas si presentan complejidades de diseño especiales - por ejemplo, una inundación inusualmente grande de manejo de requerimientos, la ubicación en una zona de alta sismicidad, las fundaciones que son complejos y difíciles de preparar , o la retención de materiales tóxicos. Represas menores de 10 metros de altura se tratan como presas grandes si se espera que sean grandes presas durante el funcionamiento de la instalación. Página 148 4. Para pequeñas presas, las medidas genéricas son adecuadas para la seguridad de presas diseñadas por ingenieros calificados. Para las grandes represas, el Banco exige: a) Las opiniones de un panel independiente de expertos (Grupo Especial) de la investigación, el diseño y la construcción de la presa y el inicio de las operaciones; b) La preparación y ejecución de planes detallados: un plan de supervisión de la construcción y control de calidad, un plan de instrumentación, operación y plan de mantenimiento, y un plan de preparación para emergencias, c) La precalificación de los licitantes durante las adquisiciones y la oferta de licitación, y d) Las inspecciones periódicas de seguridad de la presa después de su finalización. 5. El Grupo está integrado por tres o más expertos, designados por el prestatario y que aceptable para el Banco, con experiencia en los diversos campos técnicos pertinentes a los aspectos de seguridad de represas. El objetivo principal del Grupo es revisar y asesorar al prestatario en los asuntos relativos a la seguridad de presas y otros aspectos críticos de la presa, sus estructuras accesorias, el área de influencia, la zona que rodea el embalse y aguas abajo. Sin embargo, el prestatario normalmente se indica la composición del Grupo Especial y elabora los términos de referencia más allá de la seguridad de presas para cubrir áreas tales como la formulación de proyectos, el diseño técnico, los procedimientos de construcción, y, para las presas de almacenamiento de agua, asociada a obras como las instalaciones eléctricas, el desvío del río durante la construcción, ascensores y escaleras para migración de peces. 6. El prestatario contrata los servicios del Grupo y presta apoyo administrativo a las actividades del Grupo. Lo antes posible, en la preparación del proyecto, el prestatario hace arreglos para las reuniones del Grupo y revisiones periódicas, que continúan a través de la investigación, el diseño, la construcción y el llenado inicial y de puesta en marcha las fases de la presa. El prestatario informará al Banco, sobre las reuniones del Grupo Especial de trabajo, y el Banco normalmente enviará un observador a esas reuniones. Después de cada reunión, el Grupo dará al prestatario un informe por escrito de sus conclusiones y recomendaciones, la cual será firmada por cada miembro que participe, con una copia de ese informe para el Banco. Tras el llenado del embalse y puesta en marcha de la presa, el Banco examina las constataciones y recomendaciones. Si no se encuentran y hay dificultades significativas se procede al llenado y puesta en marcha de la presa, en ese caso el prestatario procede a disolver el Grupo. Presas y Represas Existentes en Construcción 7. El Banco podrá financiar los siguientes tipos de proyectos que no incluyen una nueva presa, sino que se basan en el desempeño de una presa existente o una presa en construcción (PEC): centrales eléctricas o sistemas de abastecimiento de agua que extraen directamente de un depósito controlado por un presa existente o una PEC, presas de derivación o estructuras hidráulicas aguas abajo de una presa existente o una PEC, donde la falla de la presa aguas arriba podría causar daños o fallas de la nueva estructura financiado por el Banco, y los proyectos de riego o abastecimiento de agua que dependerán en el almacenamiento y operación de una presa existente o una PEC para su abastecimiento de agua y no podría funcionar si la presa falló. Los proyectos de esta categoría también se incluyen las operaciones que requieren Página 149 el aumento de la capacidad de una presa existente o cambios en las características de los materiales incautados, donde la falla de la presa existente podría causar daños o fallas de los servicios financiados por el Banco. 8. Si tal proyecto, tal como se describe en el párrafo 7, consiste en una presa existente o PEC en el territorio del prestatario, el Banco exige que el prestatario disponer de uno o más especialistas en presas independientes a: (a) revisar y evaluar el estado de seguridad de la presa existente o PEC y sus dependencias, y su rendimiento historia, (b) revisar y evaluar el funcionamiento de los propietarios y los procedimientos de mantenimiento, y (c) proporcionar un informe escrito de las conclusiones y recomendaciones para cualquier trabajo de reparación o de seguridad relacionados con las medidas necesarias para mejorar la presa existente o PEC a un nivel aceptable de seguridad. 9. El Banco podrá aceptar evaluaciones previas de seguridad de las presas y las recomendaciones de las mejoras necesarias en la presa existente o PEC si el prestatario proporciona evidencia de que: (a) un programa de seguridad eficaz presa ya está en funcionamiento, y (b) a todo nivel de las inspecciones y seguridad de presas evaluaciones de la presa existente o PEC, que son satisfactorias para el Banco, ya se han realizado y documentado. 10. Necesarias medidas adicionales de seguridad de presas o el trabajo correctoras podrán ser financiados por el proyecto propuesto. Cuando considerable trabajo de reparación es necesaria, el Banco exige que: (a) el trabajo sea diseñado y supervisado por profesionales competentes, y (b) los mismos informes y planes como el de una nueva presa financiada por el Banco (véase el párrafo 4) ser elaborado y ejecutado. Para los casos de alto riesgo que implican los trabajos de reparación importante y complejo, el Banco también requiere que un grupo de expertos independientes se emplean en las mismas condiciones que para una nueva presa financiada por el Banco (ver párrafos. 4 (a) y 5). 11. Cuando el dueño de la presa existente o PEC es una entidad que no sea el prestatario, el prestatario entra en acuerdos o arreglos que establecen las medidas establecidas en los párrafos. 8-10 a realizar por el propietario. Página 150 Diálogo sobre políticas 12. En su caso, en el marco del diálogo político con el país, el personal del Banco discutir las medidas necesarias para fortalecer el marco institucional, legislativo y normativo marcos trabajos para los programas de seguridad de presas en el país.  El propietario puede ser un gobierno nacional o local, una entidad paraestatal, una empresa privada o un consorcio de entidades. Si una entidad distinta de la que tiene derecho legal a la presa, presa y / o embalse tiene una licencia para operar la presa, y es responsable de su seguridad, el término "propietario" incluye dicha otra entidad.  "Banco" incluye el BIRF y la AIF y "préstamos" incluye créditos de la AIF y donaciones de la AIF.  Por ejemplo, una presa de almacenamiento de agua para energía hidroeléctrica, abastecimiento de agua, riego, control de inundaciones, o un proyecto de usos múltiples, una o una presa de relaves lodos para un proyecto de la mina, o una presa de embalse de cenizas de una central térmica.  Cuando el propietario no es el prestatario, el prestatario se asegura de que las obligaciones del Prestatario bajo esta Política Operacional, estén debidamente asumida por el propietario en virtud de acuerdos aceptables para el Banco.  La definición de las "grandes represas" se basa en los criterios utilizados para elaborar la lista de las grandes represas en el Registro Mundial de Represas, publicado por la Comisión Internacional de Grandes Presas.  Véase el párrafo 9 del BP 4.37, Seguridad de Presas. • BP 4.37, Anexo A, se expone el contenido de estos planes y el calendario para la preparación y finalización de ellos. En la práctica seguridad de la presa de varios países, el funcionamiento y el plan de mantenimiento incluye tanto el plan de instrumentación y el plan de preparación para emergencias como las secciones específicas. Esta práctica es aceptable para el Banco, siempre que las secciones pertinentes se preparan y finalizado de acuerdo con el calendario establecido en el BP 4.37, Anexo A.  Consulte Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y la AIF (Washington, DC, Banco Mundial).  El número, la amplitud profesional, los conocimientos técnicos y la experiencia de los miembros del Panel son apropiados para el tamaño, la complejidad y el potencial peligro de la presa en cuestión. Para las presas de alto riesgo, en particular, los miembros de los grupos especiales deberán ser internacionalmente reconocidos expertos en su campo.  Si la participación del Banco comienza en una etapa posterior de la preparación del proyecto, el Grupo Especial constituido tan pronto como sea posible y revisa todos los aspectos del proyecto que ya se han llevado a cabo. Página 151 MANUAL DE OPERACIONES DEL BANCO MUNDIAL BP 4.01 Anexo . B Enero de 1999 Normas de Procedimiento del Banco Estas normas de procedimiento se han elaborado para su uso por el personal del Banco Mundial y no constituyen necesariamente un tratamiento cabal del tema. Evaluación ambiental de proyectos sobre presas y embalses 1. Durante la etapa de identificación del proyecto y antes de asignársele una categoría ambiental, el equipo a cargo del proyecto verifica que el prestatario seleccione y contrate a expertos o firmas independientes y reconocidos, cuyas calificaciones y términos de referencia sean aceptables para el Banco, con el fin de que realicen un reconocimiento ambiental que incluya lo siguiente: a) identificación de las posibles repercusiones ambientales del proyecto; b) determinación del alcance de la evaluación ambiental (EA), incluidos los aspectos relacionados con los reasentamientos y las poblaciones indígenas; c) estimación de la capacidad del prestatario de administrar el proceso de EA, y d) asesoramiento con respecto a la necesidad de establecer un grupo asesor independiente de especialistas en medio ambiente.1 El equipo del proyecto obtiene del prestatario una copia de los resultados del reconocimiento y se cerciora de que se tengan en cuenta en el estudio ambiental preliminar y en la elaboración de los términos de referencia de la EA. En el caso de los proyectos sobre presas y embalses que estén en una etapa avanzada de preparación al momento de ser propuestos para su financiamiento por el Banco, el equipo del proyecto, mediante consultas con la unidad regional de medio ambiente, determina si es necesario realizar actividades adicionales de EA y establecer un grupo asesor independiente de especialistas en medio ambiente. Para este propósito normalmente se requiere una visita de terreno (véase BP 4.01, párrafo 6). 2. Durante la preparación del proyecto, el equipo del proyecto evalúa, desde el punto de vista del medio ambiente, la solidez de las políticas macroeconómicas y sectoriales del país relativas a las cuestiones que afecten al proyecto. En caso de detectarse algún problema, el equipo del proyecto analiza con el gobierno las medidas que se deban adoptar para mejorar las políticas. 3. Si el prestatario contrata a un grupo de asesoría ambiental, el equipo del proyecto revisa los términos de referencia y las listas de candidatos preseleccionados para determinar si son aceptables y notifica al prestatario al respecto. 1 Véase OP 4.01, párrafo 4. Este documento es una traducción de la versión en inglés de BP 4.01, Environmental Assessment - Annex B, Application of EA to Dam and Reservoir Projects, de enero de 1999, que contiene el texto autorizado de esta directriz según fue aprobada por el Banco Mundial. En el caso de una incongruencia entre este documento y el texto de la versión en inglés de BP 4.01 .Anexo B, de enero de 1999, este último prevalecerá. 4. Al examinar la EA, el equipo del proyecto y la unidad regional de medio ambiente verifican que en la EA se examinen las oportunidades de gestión de la demanda. En la evaluación inicial del proyecto, Página 152 verifican que en el diseño del mismo se tengan debidamente en cuenta las opciones tanto de gestión de la demanda como de la oferta (por ejemplo, conservación del agua y la energía, mejoras en cuanto a la eficiencia, integración de sistemas, cogeneración, sustitución de combustibles). 5. El equipo del proyecto verifica que el prestatario establezca, dentro del ministerio o institución encargada de la ejecución, una unidad ambiental, dotada de un presupuesto adecuado y de personal profesional con sólidos conocimientos especializados pertinentes al proyecto, para administrar los aspectos ambientales del mismo. Página 153 Evaluación ambiental de proyectos que impliquen el control de plagas Examen sectorial 1. El equipo del proyecto se cerciora de que en toda evaluación ambiental (EA) de los sectores de agricultura o de salud se determine la capacidad del país para administrar la adquisición, manejo, aplicación y eliminación de productos para el control de plagas; supervisar la precisión del control de plagas y el impacto del uso de pesticidas, y formular y ejecutar programas de control de plagas basados en principios ecológicos. EA del proyecto 2. Durante la etapa de evaluación del proyecto, el equipo a cargo evalúa si el proyecto propuesto puede causar problemas relacionados con el control de plagas. Los proyectos que incluyan la fabricación, utilización o eliminación de productos para el control de plagas en cantidades importantes desde el punto de vista ambiental1 se clasifican en la categoría A. Según el nivel de riesgo ambiental, otros proyectos que impliquen problemas de control de plagas se clasifican en las categorías A, B, C o IF2. Cuando se transporten o almacenen cantidades considerables de elementos pesticidas altamente tóxicos para su uso en relación con el proyecto, puede considerarse adecuada la realización de una evaluación de los peligros3. 3. El personal del equipo del proyecto deja constancia en el documento sobre la idea del proyecto y en el documento inicial de información sobre el proyecto cualquier cuestión relativa al control de plagas de la que se ocupará la EA. En el caso de los proyectos de la categoría A, el equipo del proyecto informa en el Monthly Summary for Bank and IDA Proposed Projects . MOS (resumen mensual de operaciones) si como parte del proyecto: a) se financiará directamente la adquisición de productos para el control de plagas o si se otorgará crédito que pueda usarse para comprarlos (y si algún producto específico queda excluido de la financiación), b) se financiarán bienes o servicios que cambien significativamente las modalidades de uso de los pesticidas, o c) se incluyen componentes .como el apoyo a la formulación y ejecución de programas de manejo integrado de plagas. dirigidos a reducir los niveles de peligrosidad para el medio ambiente y la salud asociados con el control de plagas y el uso de pesticidas. 1 En esta afirmación, la importancia desde el punto de vista ambiental abarca las repercusiones (inclusive los beneficios) en la salud humana. 2 Con respecto al estudio ambiental preliminar, véase OP 4.01, párrafo 8. 3 Véanse las definiciones en OP 4.01, Anexo A Página 154 4. El equipo del proyecto verifica que la EA abarque los posibles problemas relacionados con el control de plagas y que en ella se tengan en cuenta otros diseños o medidas de mitigación apropiados. Según los problemas que se detecten, el plan de ordenación ambiental4 incluye un plan de control de plagas. Plan de control de plagas 5. Un plan de control de plagas es un plan exhaustivo que se formula cuando hay problemas importantes al respecto, como: a) un nuevo uso de la tierra o un cambio en las prácticas de cultivo de la zona, b) una expansión considerable hacia nuevas áreas, c) una diversificación de los cultivos5, d) una mayor aplicación de sistemas existentes con uso poco intensivo de tecnología, e) la proposición de adquirir productos o aplicar métodos de control de plagas relativamente peligrosos, o f) aspectos específicos de índole ambiental o sanitaria (por ejemplo, proximidad de zonas protegidas o de recursos acuáticos importantes; seguridad de los trabajadores). También se formula un plan de control de plagas cuando el financiamiento propuesto de productos para ese fin represente un componente importante del proyecto6. 6. Un plan de control de plagas refleja las políticas establecidas en OP 4.09, Pest Management (Control de plagas). El plan tiene por finalidad reducir al mínimo las posibles repercusiones negativas para la salud humana y el medio ambiente y promover el manejo integrado de plagas basado en principios ecológicos7. El plan se fundamenta en evaluaciones in situ de las condiciones locales a cargo de especialistas técnicos con experiencia en programas participativos de manejo integrado de plagas. La primera etapa del plan .un reconocimiento inicial para identificar los principales problemas de plagas y su contexto (ecológico, agrícola, económico, institucional y de salud pública) y definir los parámetros generales. Se lleva a cabo como parte de la preparación del proyecto y se somete a consideración en la evaluación inicial. La segunda etapa .la formulación de planes de operación específicos para abordar los problemas identificados. suele realizarse como un componente del proyecto mismo8. Según corresponda, en el plan de control de plagas se especifican los procedimientos para el estudio y selección de los productos. En casos excepcionales, el plan de control de plagas puede consistir únicamente en el estudio y selección de los productos para combatir las plagas. Selección previa de productos para el control de plagas 7. Cuando un proyecto financia productos para el control de plagas, se exige una selección previa de dichos productos. En ella se establece una lista autorizada de productos para su financiación, y un mecanismo para garantizar que con fondos del Banco se adquieran solamente los productos especificados. La selección previa sin un plan de control de plagas será apropiada sólo si se satisfacen todas las condiciones siguientes: a) las cantidades previstas de productos para el control de plagas no son significativas desde el 4 Véase OP 4.01, Anexo C. 5 En particular, cultivos como algodón, hortalizas, frutas y arroz, que a menudo se asocian con un fuerte uso de pesticidas. 6 No se exige un plan de control de plagas para la adquisición o el uso de mosquiteros impregnados para el control del paludismo ni de insecticidas de la clase III de la clasificación de la OMS para la fumigación del interior de las viviendas a fin de combatir el paludismo. 7 Véase la información sobre manejo integrado de plagas en GP 4.03, Parte II. 8 Véase el contenido de un plan de control de plagas en GP 4.03. Página 155 punto de vista del medio ambiente o de la salud; b) no hay problemas ambientales o sanitarios de importancia en relación con el control de plagas que sea necesario abordar; c) el proyecto no introducirá el uso de pesticidas ni de otros tipos de control biológico no autóctono en una zona, ni aumentará significativamente el nivel de utilización de pesticidas, y d) no se financiarán9 productos peligrosos10. Evaluación inicial 8. Según la complejidad de los problemas del caso y el grado de riesgo para la salud humana o el medio ambiente, la misión de evaluación inicial incluye a especialistas técnicos idóneos. 9. El equipo del proyecto deja constancia en el documento de evaluación inicial del proyecto de los aspectos relacionados con el control de plagas planteados en la EA, así como de cualquier intervención del proyecto pertinente al control de plagas. Por ejemplo: a) una lista de productos para el control de plagas autorizados para su adquisición, o una indicación de cuándo y cómo se debe elaborar y acordar dicha lista; b) las prácticas existentes de control de plagas; uso de pesticidas; el marco económico, institucional, jurídico y de políticas para regular, adquirir y manejar los pesticidas, así como la medida en que todos estos aspectos son congruentes con un método de manejo integral de plagas; c) actividades propuestas para el proyecto, (o actividades paralelas en curso, inclusive otros proyectos apoyados por el Banco u otros donantes) dirigidas a superar i) las deficiencias identificadas, y ii) cualquier obstáculo a la adopción del manejo integrado de plagas; d) los mecanismos propuestos para el financiamiento, ejecución, seguimiento y supervisión de componentes relativos al control de plagas o al uso de pesticidas, incluidas las funciones que se haya previsto asignar a organizaciones no gubernamentales del país; e) la capacidad que tengan las instituciones responsables para llevar a cabo las actividades descritas, y f) el contexto general del sector y otros asuntos que el proyecto no abordará directamente pero que deberán tratarse como objetivos a largo plazo. 9 En GP 4.03, Parte III, se suministra más información sobre la selección previa de productos para el control de plagas. 10 Entre los productos peligrosos se incluyen los pesticidas enumerados en las clases Ia y Ib de la publicación de la Organización Mundial de la Salud (OMS) titulada Classification of Pesticides by Hazard and Guidelines to Classification (Ginebra: OMS, 1994-95); materiales enumerados por la ONU en su Consolidated List of Products Whose Consumption and/or Sale have been Banned, Withdrawn, Severely Restricted, or not Approved by Governments (Nueva York: ONU, 1994); así como otros materiales prohibidos o rigurosamente restringidos en el país prestatario por su peligrosidad para el medio ambiente o la salud (véase el registro nacional de pesticidas, si lo hubiere). En la Biblioteca Sectorial del Banco hay ejemplares de la clasificación de la OMS y de la lista de la ONU, que se actualizan periódicamente. El personal puede pedir más orientación al Departamento de Desarrollo Rural. 10. Los principales elementos de las medidas de control de plagas se recogen en los acuerdos legales entre el prestatario y el Banco11. Supervisión y evaluación 11. Según la naturaleza y complejidad de los asuntos relativos al manejo de plagas y pesticidas Página 156 confirmados en la evaluación inicial, es posible que las misiones de supervisión necesiten incluir a especialistas técnicos idóneos. En el plan de supervisión se deja constancia de esta necesidad. 12. En el informe final de ejecución del proyecto se evalúa el impacto ambiental de las prácticas de manejo de plagas apoyadas o fomentadas por el proyecto, así como la capacidad institucional del prestatario para realizar la supervisión. Además, se analiza si el proyecto ha dado como resultado un mejoramiento de las prácticas de control de plagas conforme a los criterios. Página 157 Evaluación ambiental 1. La evaluación ambiental (EA) de toda operación propuesta para ser financiada por el Banco es responsabilidad del prestatario. Cuando corresponda, el personal del Banco1 ofrece asistencia al prestatario. La Oficina Regional correspondiente coordina el examen de la EA por el Banco en consulta con su unidad regional de medio ambiente2 y, según sea necesario, con el apoyo del Departamento de Medio Ambiente (ENV). Estudio ambiental preliminar 2. En consulta con la unidad regional de medio ambiente, el equipo a cargo del proyecto examina el tipo, ubicación, sensibilidad y escala del proyecto propuesto3, así como la naturaleza y magnitud de su posible impacto. En la etapa más temprana del ciclo del proyecto, el equipo del proyecto, de común acuerdo con la unidad regional de medio ambiente, lo clasifica en una de cuatro categorías (A, B, C, o IF; véase OP 4.01, párrafo 8), según los posibles riesgos ambientales asociados con el proyecto. Los proyectos se clasifican según el componente que podría producir los efectos adversos más graves. No se usan categorías dobles (por ejemplo, A/C). 1 El "Banco" incluye a la AIF; "EA" se refiere a todo el proceso expuesto en OP/BP 4.01; "proyecto" abarca todas las operaciones financiadas con préstamos o garantías del Banco, excepto los préstamos para ajuste estructural (en cuyo caso las disposiciones ambientales se establecen en OP/BP 8.60, Adjustment Lending (Préstamos para fines de ajuste, de próxima publicación) y las operaciones de deuda y servicio de la deuda; incluye asimismo proyectos en virtud de préstamos adaptables para programas y préstamos para el aprendizaje y la innovación, y proyectos y componentes financiados por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial; "préstamos" incluye los créditos, y "prestatario" incluye, en el caso de las operaciones de garantía, un patrocinador privado o público del proyecto que recibe de otra institución financiera un préstamo garantizado por el Banco . "Documento sobre la idea del proyecto" incluye el primer memorando oficial, y "documento de evaluación inicial del proyecto" incluye el informe y las recomendaciones del Presidente (Informe del Presidente). 2 A partir de noviembre de 1998, las unidades de medio ambiente de las Oficinas Regionales son las siguientes: AFR - Grupo de Medio Ambiente; EAP, SAR y ECA - Dirección Sectorial de Medio Ambiente; MNA - Dirección Sectorial de Desarrollo Rural, Abastecimiento de Agua y Medio Ambiente; LCR - Dirección Sectorial de Desarrollo Social y Ecológicamente Sostenible. 3 .Ubicación. se refiere a la proximidad a zonas de importancia ecológica, tales como humedales, bosques y otros hábitats naturales, o a la invasión de las mismas. La "escala" es juzgada por el personal de la Oficina Regional pertinente en el contexto del país. "Sensibilidad" se refiere a los proyectos que puedan tener repercusiones irreversibles, afectar a minorías étnicas vulnerables, implicar el reasentamiento involuntario o afectar sitios del patrimonio cultural. Véase un análisis más a fondo en el Environmental Assessment Sourcebook, Update Nº 2: Environmental Screening (se puede obtener en el Departamento de Medio Ambiente). Nota: Estas OP y BP abarcan todos los proyectos respecto de los cuales el primer documento de información sobre el proyecto se emita después del 1 de marzo de 1999. Las consultas se pueden dirigir al Presidente de la Junta Sectorial del Medio Ambiente. El equipo del proyecto registra en el documento sobre la idea del proyecto y en el documento inicial de información sobre el proyecto: a) las cuestiones ambientales de mayor importancia (todo asunto relacionado con el reasentamiento, las poblaciones indígenas y los bienes culturales); b) la categoría del proyecto y el tipo de EA y de instrumentos de EA necesarios; c) la consulta que se ha propuesto hacer a los grupos afectados por el proyecto y a las organizaciones no gubernamentales (ONG) locales, con inclusión de un calendario preliminar, y d) un programa preliminar de la EA4. El equipo a cargo del proyecto informa también sobre la categoría de EA del proyecto en el Monthly Operational Summary of Bank and IDA Proposed Projects . MOS (resumen mensual de operaciones), y elabora (y actualiza según se requiera) una hoja de datos ambientales5 para el proyecto. Para los proyectos de la categoría A, la ficha de datos ambientales se incluye en un anexo trimestral al resumen mensual de operaciones. Página 158 4. Si durante la preparación del proyecto éste se modifica o se dispone de nueva información, el equipo del proyecto, en consulta con la unidad regional de medio ambiente, considera si el proyecto debe reclasificarse. El equipo del proyecto actualiza el documento sobre la idea del proyecto, el documento de información sobre el proyecto y la ficha de datos ambientales para dejar constancia de toda nueva clasificación y de las razones que justifican la nueva clasificación. La nueva clasificación que aparezca en el resumen mensual de operaciones va seguida de "(R)" para indicar que se trata de una revisión. 5. Toda excepción con respecto a la aplicación de esta política a cualquier proyecto para recuperación de emergencia tramitado conforme a la OP 8.50, Emergency Recovery Assistance (Asistencia para recuperación de emergencia)6, estará sujeta a la aprobación del Vicepresidente de la Oficina Regional, en consulta con el Presidente de la Junta Sectorial del Medio Ambiente y el Departamento Jurídico (LEG)7. Preparación de la EA 6. Durante la preparación del documento sobre la idea del proyecto, el equipo del proyecto analiza con el prestatario el alcance de la EA8, así como los procedimientos, el programa y el esquema del informe de EA que se deba preparar. En el caso de los proyectos de la categoría A, normalmente es necesario que un especialista ambiental9 haga una visita de terreno. Al momento del examen de la idea del proyecto10, la unidad regional de medio ambiente otorga la aprobación oficial de los aspectos ambientales expuestos en el documento sobre la idea del proyecto y el documento de información sobre el proyecto. En lo que respecta a los proyectos de la categoría B, en el examen de la idea del proyecto se decide si se requerirá o no un plan de ordenación ambiental. 4 Véase OP/BP 10.00, Investment Lending: Identification to Board Presentation (Préstamos para fines de inversión: Desde la identificación hasta la presentación al Directorio Ejecutivo ), donde se describe el contexto de la tramitación de préstamos en el que se toman las decisiones sobre la categoría ambiental de los proyectos y el proceso de EA. 5 Con respecto a las hojas de datos ambientales, véase el Anexo A. 6 Véase OP 4.01, párrafo 13. 7 La intervención del Departamento Jurídico es a través del abogado asignado al proyecto. 8 Para las operaciones de inversión sectorial y de intermediación financiera, el personal del Banco y del prestatario deben considerar la posibilidad de una acumulación importante de repercusiones derivadas de múltiples subproyectos. 9 La visita de terreno de un especialista ambiental puede ser conveniente también para algunos proyectos de la categoría B. 10 O, en el caso de un préstamo para ajuste sectorial, el examen regional equivalente. 7. La EA forma parte integral de la preparación del proyecto. Según se requiera, el equipo del proyecto ayudará al prestatario en la redacción de los términos de referencia del informe de EA11. La unidad regional de medio ambiente examina la cobertura de los términos de referencia, cerciorándose, entre otras cosas, de que sean adecuados para la coordinación interinstitucional y para las consultas con los grupos afectados y las ONG locales. Con el fin de apoyar la preparación de los términos de referencia y del informe de EA, el equipo del proyecto entrega al prestatario los documentos titulados Contenido del informe de evaluación ambiental para un proyecto de la categoría A y plan de ordenación ambiental12. Según corresponda, el personal del Banco y del prestatario se remiten al Pollution Prevention and Abatement Handbook (Manual de prevención y reducción de la contaminación), que contiene medidas de prevención y reducción de la contaminación, así como los niveles de emisión normalmente aceptables para el Banco. 8. Con respecto a un proyecto de la categoría A, el equipo del proyecto recomienda al prestatario presentar el informe de EA al Banco en inglés, francés o español, y un resumen en inglés. 9. En relación con todos los proyectos de la categoría A, y los de la categoría B propuestos para ser financiados por la AIF que tengan un informe de EA por separado, el equipo del proyecto notifica por escrito al prestatario que: a) antes de que el Banco proceda a la evaluación inicial del proyecto, el informe de EA debe ponerse a disposición, en un sitio público, de los grupos afectados y las ONG locales, y ser Página 159 presentado oficialmente al Banco, y b) una vez que el Banco reciba oficialmente el informe, lo pondrá a disposición del público a través del InfoShop13. 10. Durante la etapa de diseño, el equipo del proyecto orienta al prestatario sobre la manera de realizar la EA de acuerdo con los requisitos establecidos en OP 4.01. El equipo del proyecto y el abogado identifican cualquier asunto relacionado con la concordancia del proyecto con la legislación nacional, o con los tratados y acuerdos ambientales internacionales (citados en OP 4.01, párrafo 3). Examen y acceso a la información 11. Cuando el prestatario presenta oficialmente al Banco un informe de EA para un proyecto de las categorías A o B, la Oficina Regional incorpora un ejemplar del informe completo en el archivo del proyecto. Además, envía el resumen en inglés del informe de EA de un proyecto de la categoría A a la División de Operaciones del Directorio, en la Secretaría, con un memorando de remisión en que se confirme que el resumen y el informe completo: a) han sido preparados por el prestatario y no han sido evaluados ni refrendados por el Banco, y b) están sujetos a modificaciones durante la evaluación inicial. Cuando no exista un informe por separado, los resultados de la EA de un proyecto de la categoría B se resumen en el documento de información sobre el proyecto. 12. En el caso de los proyectos de las categorías A y B, el equipo del proyecto y la unidad regional de medio ambiente examinan los resultados de la EA, asegurándose de que todo informe de EA se ajuste a los términos de referencia acordados con el prestatario. En cuanto a los proyectos de la categoría A, y los proyectos de la categoría B propuestos para ser financiados por la AIF que tengan un informe de EA por separado, en este examen se presta especial atención, entre otras cosas, a la naturaleza de las consultas a los 11 De acuerdo con el documento titulado Normas: Selección y Contratación de Consultores por Prestatarios del Banco Mundial (Washington, D.C.: Banco Mundial, enero de 1997, edición revisada en septiembre de 1997), el equipo del proyecto examina las calificaciones de los consultores contratados por el prestatario para elaborar el informe de EA o para integrar un grupo de especialistas y, si son aceptables, dar el visto bueno. 12 Con respecto a estos dos documentos, véase OP 4.01, Anexos B y C. 13 Véase OP 4.01, párrafo 19, y OP/BP 17.50, Disclosure of Operational Information (Acceso a la información sobre las operaciones). grupos afectados y las ONG locales, y a la medida en que se tuvieron en cuenta los puntos de vista de dichos grupos, así como al plan de ordenación ambiental con sus medidas de mitigación y seguimiento del impacto ambiental y, según corresponda, al fortalecimiento de la capacidad institucional. Si la unidad regional de medio ambiente no se da por satisfecha, puede recomendar a la administración de la Oficina Regional que: a) se posponga la misión de evaluación inicial, b) se considere dicha misión como una misión de preevaluación, o c) se reexaminen ciertas materias durante la misión de evaluación inicial. La unidad regional de medio ambiente envía una copia de los informes de proyectos de la categoría A al Departamento de Medio Ambiente. 13. Con respecto a todos los proyectos de las categorías A y B, el equipo del proyecto actualiza la situación de la EA en el documento sobre la idea del proyecto y el documento de información sobre el proyecto, describiendo la manera en que se hayan resuelto o se abordarán las principales cuestiones Página 160 ambientales y haciendo referencia a cualquier condicionalidad propuesta relacionada con la EA. El equipo del proyecto envía al InfoShop un ejemplar de todos los informes de EA. 14. En la etapa de decisión sobre la aprobación del proyecto14, la unidad regional de medio ambiente da autorización oficial a los aspectos ambientales del proyecto, incluido su tratamiento en los borradores de los documentos legales elaborados por el Departamento Jurídico. Evaluación inicial del proyecto 15. En el caso de los proyectos de la categoría A y de los proyectos de la categoría B propuestos para ser financiados por la AIF que tengan un informe por separado, la misión de evaluación inicial parte normalmente sólo después de que el Banco ha recibido el informe de EA transmitido oficialmente y lo ha revisado (véanse los párrafos 11 a13)15. Con respecto a los proyectos de la categoría A, el equipo responsable de la misión de evaluación inicial incluye a uno o más expertos ambientales con conocimientos especializados pertinentes16. La misión de evaluación inicial de un proyecto: a) examina con el prestatario los elementos de la EA relativos a los procedimientos y los aspectos de fondo, b) resuelve cualquier problema, c) determina la idoneidad de las instituciones responsables del ordenamiento ambiental a la luz de las conclusiones de la EA, d) garantiza la suficiencia de los mecanismos de financiamiento para el plan de ordenación ambiental, y e) determina si las recomendaciones de la EA se abordan adecuadamente en el diseño y el análisis económico del proyecto. En el caso de los proyectos de las categorías A y B, el equipo del proyecto obtiene la conformidad de la unidad regional de medio ambiente y del Departamento Jurídico en lo que respecta a cualquier modificación hecha durante la evaluación inicial y las negociaciones a las condicionalidades relativas al medio ambiente aprobadas en la etapa de decisión sobre el proyecto. Préstamos para inversiones sectoriales y préstamos a intermediarios financieros 16. La misión de evaluación inicial establece acuerdos claros con el prestatario para garantizar que las instituciones ejecutoras estén en condiciones de llevar a cabo o supervisar las EA de los subproyectos 14 O, en el caso de los préstamos para ajuste sectorial, antes de la partida de la misión de evaluación inicial. 15 En casos excepcionales, el Vicepresidente de la Oficina Regional, con la conformidad previa del presidente de la Junta Sectorial del Medio Ambiente, podrá autorizar que la misión de evaluación inicial parta antes de recibirse el informe de EA d e un proyecto de la categoría A. En tales casos, la autorización del proyecto por la unidad regional de medio ambiente queda condicionada a que el Banco reciba, antes de la terminación de la evaluación inicial y del comienzo de las negociaciones, un informe de EA en el que se fundamente de manera adecuada. la tramitación ininterrumpida del proyecto (en GP 4.01 se presentan ejemplos de dichos casos excepcionales). 16 Asimismo, puede ser conveniente incluir a especialistas ambientales en la misión de evaluación inicial de algunos proyectos de la categoría B. propuestos17; específicamente, la misión confirma las fuentes donde se obtienen las especialidades requeridas, y la asignación adecuada de las responsabilidades entre el prestatario final, el intermediario financiero u organismo sectorial, y los organismos responsables de la ordenación y regulación ambientales. Según corresponda, el equipo del proyecto examina los informes de EA para los subproyectos de las categorías A y B de acuerdo con OP 4.01, párrafos 9, 11 y 12. Operaciones de garantía 17. La evaluación ambiental de una operación de garantía se realiza conforme a las OP/BP 4.01. Toda EA para una operación de garantía del BIRF debe realizarse con suficiente anticipación para queÑ a) la unidad regional de medio ambiente pueda revisar los resultados de la EA, y b) el equipo del proyecto pueda tener en cuenta las conclusiones en la evaluación inicial. En el caso de un proyecto de la categoría A, el equipo del proyecto se cerciora de que el informe de EA para una operación de garantía del BIRF esté Página 161 disponible en el InfoShop a más tardar 60 días antes de la fecha prevista para la presentación al Directorio Ejecutivo, y de que todo informe de EA correspondiente a proyectos de la categoría B esté disponible a más tardar 30 días antes de la fecha prevista para su presentación al Directorio Ejecutivo. 18. A los fines del acceso a los informes de EA, el mismo marco de políticas rige tanto para las garantías como para los créditos de la AIF. Cuando por razones operacionales se justifique apartarse de este marco de políticas, se podrán seguir los procedimientos establecidos para las garantías del BIRF (véase el párrafo 17). Documentación 19. El equipo del proyecto examina el plan de ejecución del proyecto elaborado por el prestatario para asegurar que se incorporen las conclusiones y recomendaciones de la EA, incluido todo plan de ordenación ambiental. Al preparar el préstamo para su presentación al Directorio Ejecutivo, el equipo del proyecto resume en el documento de evaluación inicial del proyecto las razones de la categoría en la que ha sido clasificado; las conclusiones y recomendaciones de la EA, incluida la justificación de los niveles de emisión recomendados y la forma de abordar la prevención y reducción de la contaminación, y cualquier asunto relativo a las obligaciones del país en virtud de tratados y acuerdos ambientales internacionales y pertinentes de los que sea signatario (véase OP 4.01, párrafo 3). En el caso de los proyectos de la categoría A, el equipo del proyecto resume el informe de EA en un anexo al documento de evaluación inicial18, señalando los elementos esenciales, como el procedimiento seguido para preparar el informe; las condiciones ambientales básicas; las alternativas que se hayan considerado; el impacto previsto de la alternativa escogida; un resumen del plan de ordenación ambiental que comprenda los aspectos señalados en OP 4.01, Anexo C, y las consultas del prestatario con los grupos afectados y las ONG locales, inclusive los cuestiones planteadas y la forma en que se han tenido en cuenta. En el anexo se describen, asimismo, las condicionalidades y disposiciones referentes al medio ambiente negociadas para el préstamo; cuando sea necesario, la documentación de la intención del gobierno de otorgar los permisos del caso, y las disposiciones para realizar la supervisión ambiental. En lo que respecta a los préstamos para inversiones sectoriales o a intermediarios financieros, en los documentos se incluyen las medidas y condiciones adecuadas para la EA de los subproyectos. El equipo del proyecto y el Departamento Jurídico se cercioran de que las condiciones 17 El equipo del proyecto suministra a las instituciones ejecutoras, a fin de que se utilice (si corresponde) en la preparación y evaluación inicial de subproyectos, ejemplares del documento titulado Contenido del informe de evaluación ambiental para un proyecto de categoría A (OP 4.01, Anexo B), del Plan de ordenación ambiental (OP 4.01, Anexo C), y de Pollution Prevention and Abatement Handbook (Manual de prevención y reducción de la contaminación). 18 Con respecto a un préstamo para ajuste sectorial, el informe de EA de un proyecto de la categoría A se resume en un anexo técnico al Informe del Presidente. Dicho anexo se pone a la disposición del público a través del Infoshop. del préstamo incluyan la obligación de llevar a cabo el plan de ordenación ambiental e incluyan como condiciones adicionales, según corresponda, medidas específicas en el marco del plan de ordenación ambiental para facilitar una supervisión y seguimiento eficaces de la ejecución de dicho plan. Supervisión y evaluación 20. Durante la ejecución, el equipo del proyecto supervisa los aspectos ambientales del proyecto conforme a disposiciones ambientales y a las estipulaciones relativas a la presentación de informes del prestatario acordadas en los documentos legales y descritas en otros documentos del proyecto19. El equipo del proyecto se cerciora de que las disposiciones relativas a las adquisiciones sean congruentes con los requisitos ambientales expuestos en los acuerdos legales del proyecto. El equipo del proyecto también se cerciora de que las misiones de supervisión cuenten con especialistas ambientales idóneos. 21. El equipo del proyecto se asegura que en el sistema de supervisión del proyecto se incluyan estipulaciones relativas al medio ambiente. Asimismo, se cerciora de que en los informes sobre el avance del proyecto suministrados por el prestatario se analice adecuadamente el cumplimiento por el Página 162 prestatario de las medidas ambientales acordadas, específicamente la aplicación de las medidas de mitigación, seguimiento y ordenación ambientales. El equipo del proyecto, en consulta con la unidad regional de medio ambiente y el Departamento Jurídico, examina esta información y determina si es satisfactorio el cumplimiento por el prestatario de las estipulaciones ambientales. Si no lo es, el equipo del proyecto analiza un curso de acción adecuado con la unidad regional de medio ambiente y el Departamento Jurídico. El equipo del proyecto estudia con el prestatario las medidas necesarias para corregir el incumplimiento y hace un seguimiento de la aplicación de tales medidas. El equipo del proyecto notifica a la administración de la Oficina Regional las medidas adoptadas y recomienda cualquier medida ulterior. Durante la ejecución, el equipo del proyecto obtiene de la unidad regional de medio ambiente la conformidad con respecto a cualquier modificación de los aspectos ambientales del proyecto, inclusive las condiciones relativas al ambiente autorizadas por el departamento Jurídico. 22. El equipo del proyecto se cerciora de que en el plan de operaciones del prestatario para el proyecto se incluyan las medidas necesarias para implementar los aspectos ambientales del proyecto, incluida una disposición para el funcionamiento ininterrumpido de un panel de asesoramiento ambiental, según se acuerde con el Banco. 23. En el informe final de ejecución del proyecto20 se evalúa: a) el impacto ambiental, indicándose si tales repercusiones fueron o no previstas en el informe de EA, y b) la eficacia de la medida de mitigación que se haya adoptado. Función del Departamento de Medio Ambiente 24. El Departamento de Medio Ambiente apoya a las Oficinas Regionales durante el proceso de EA mediante la difusión de prácticas recomendadas y el suministro de asesoría, capacitación y respaldo operacional. Según corresponda, el Departamento de Medio Ambiente proporciona a otras Oficinas Regionales los informes de EA, materiales de referencia, precedentes y experiencias que se hayan originado en una Oficina Regional determinada o procedentes de fuentes externas. El Departamento de Medio. 19 Véase OP/BP 13.05, Project Supervision (Supervisión de proyectos), de próxima publicación. 20 Véase OP/BP/GP 13.55, Implementation Completion Reporting (Informes finales de ejecución de proyectos ). Ambiente lleva a cabo auditorías de los proyectos para ayudar a garantizar el cumplimiento de la política del Banco en materia de EA, y realiza exámenes periódicos de la experiencia del Banco en EA para identificar y difundir las prácticas recomendadas y lograr una mayor orientación en esta área. Financiamiento de la EA 25. Los posibles prestatarios que soliciten ayuda del Banco para financiar las EA pueden obtener anticipos21 del Servicio de financiamiento para la preparación de proyectos, y recursos de fondos fiduciarios. Aplicaciones específicas 26. En los Anexos B y C, respectivamente, se exponen los procedimientos para la evaluación ambiental de proyectos que impliquen la construcción de presas y embalses, así como el control de plagas. Página 163 Hábitats naturales Tramitación de los proyectos Preparación de los proyectos 1. Al inicio de la preparación de un proyecto para el que se propone financiamiento del Banco1, el jefe de equipo a cargo del proyecto celebra consultas con la unidad regional de medio ambiente y, en caso necesario, con el Departamento de Medio Ambiente (ENV) y la Oficina del Vicepresidente, Asuntos Jurídicos (LEG) para identificar los asuntos relacionados con hábitats naturales que podrían presentarse en el proyecto. 2. Si, dentro del proceso de evaluación ambiental, la categorización ambiental preliminar revela que existe la posibilidad de que se realice una conversión o degradación significativa de hábitats naturales, sean o no de importancia crítica, el proyecto se incluye en la categoría A; todos los otros proyectos que, de una u otra forma, tengan que ver con hábitats naturales se incluyen en la Categoría A o B, según su grado de impactos ecológicos2. 3. Las otras medidas de mitigación a las que se hace referencia en la última frase del párrafo 5 de OP 4.04 se aceptan únicamente previa consulta con la unidad regional de medio ambiente, el ENV y la LEG y previa aprobación por parte del vicepresidente de la oficina regional. 4. Los componentes de un proyecto relacionados con hábitats naturales están vinculados, según convenga, al cronograma de ejecución del proyecto. Los costos de conservación de los hábitats naturales compensatorios se incluyen en el financiamiento del proyecto. Los mecanismos para asegurar el financiamiento adecuado de los costos recurrentes se incorporan en el diseño de los proyectos. 1 El "Banco" incluye a la AIF; el término “préstamos” incluye los créditos; "prestatario" incluye, en el caso de las operaciones de garantía, un patrocinador privado o público que recibe de otra institución financiera un préstamo garantizado por el Banco. "Proyecto" abarca todas las operaciones financiadas por préstamos (incluidos los proyectos ejecutados en el marco de préstamos adaptables: préstamos adaptables para programas y préstamos para el aprendizaje y la innovación) o garantías del Banco, excepto los programas respaldados en virtud de préstamos para ajuste estructural (en cuyo caso las disposiciones ambientales se establecen en OD 8.60, Adjustment Lending - Préstamos para fines de ajuste) y las operaciones de deuda y servicio de la deuda. El proyecto financiado por un préstamo del Banco se describe en el Apéndice 2 del Convenio de Préstamo/Crédito para ese proyecto. El término “proyecto” abarca todos los componentes del proyecto, independientemente de la fuente de financiamiento, e incluye los proyectos y componentes financiados por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), pero no los proyectos de esta institución ejecutados por organizaciones que, en opinión del Consejo del FMAM, reúnen los requisitos para colaborar con el Fondo en el marco de la ampliación de oportunidades de preparación y ejecución de proyectos (entre estas organizaciones destacan los bancos regionales de desarrollo y organizaciones de las Naciones Unidas, como la FAO y la ONUDI). 2 Véase OP/BP 4.01, Evaluación Ambiental. Nota: OP y BP 4.04 sustituyen la versión de septiembre de 1995. Las consultas deben enviarse al Dire ctor del Departamento de Medio Ambiente. Documentación 5. Corresponde al jefe de equipo identificar los problemas relacionados con los hábitats naturales (en particular, cualquier conversión o degradación importante asociada con la ejecución del proyecto, así como cualquier otra medida de mitigación propuesta de conformidad con la última frase del párrafo 5 de OP 4.04) en el documento inicial de información sobre el proyecto y las primeras versiones de la hoja de datos ambientales3. Las versiones actualizadas de los documentos iniciales de información sobre el proyecto incorporan los cambios registrados en las Página 164 cuestiones relativas a los hábitats naturales. El documento de evaluación del proyecto indica los tipos y el estimado de las áreas (en hectáreas) de hábitats naturales afectados, así como el grado de las posibles repercusiones, la compatibilidad del proyecto con las iniciativas nacionales y regionales en materia de aprovechamiento de la tierra y planificación ambiental, con las estrategias de conservación y legislaciones, y con de las medidas de mitigación previstas. 6. En el informe final de ejecución del proyecto4 se evalúa el grado de cumplimiento de los objetivos ambientales del proyecto, incluida la conservación de los hábitats naturales. Informes de evaluación ambiental sectorial y regional 7. El personal del Banco identifica los problemas relativos a los hábitats naturales que han de incluirse en los informes de evaluación ambiental sectorial y regional. En ellos se indica la ubicación actual de los hábitats naturales de la región o sector de que se trate, se analizan las funciones ecológicas e importancia relativa de esos hábitas naturales y se describen los problemas de ordenación conexos. Estos análisis son posteriormente utilizados en la categorización estudios ambiental preliminar de proyectos específicos, así como en otras actividades de evaluación ambiental. Función del personal del Banco 8. Las unidades regionales de medio ambiente coordinan la preparación y el uso de cualquier lista suplementaria de hábitats naturales críticos y apoya en la preparación (incluida la evaluación ambiental) y supervisión del proyecto, cuando así se solicita. El ENV orienta a los jefes de equipo a cargo de los proyectos, los departamentos geográficos y las unidades regionales de medio ambiente en la aplicación de la OP 4.04 difundiendo las prácticas óptimas y ofreciendo servicios de capacitación, revisiones , asesoría y apoyo operativo (incluida la supervisión). 3 Véase OP/BP 4.01, Evaluación Ambiental. 4 Véase OP/BP 13.55, Informe final de ejecución de proyectos. Página 165 ANEXO 4: ALCANCE DE UN ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EEIA) De acuerdo con el Reglamento de Prevención y Control Ambiental de la Ley del Medio Ambiente, un EEIA tendrá los siguientes elementos: a) Descripción del proyecto, obra o actividad, y sus objetivos. Justificación de la elección del sitio del proyecto y estudio de sitios alternativos si corresponde, análisis de estudios preliminares, si éstos están disponibles, compatibilidad con las normas y regulaciones del ordenamiento territorial vigentes. b) Diagnóstico del estado inicial del ambiente existente (Situación antes de la ejecución del Proyecto); consideración de otros EEIA que se hubiesen ejecutado en el área del proyecto. c) Identificación de los impactos; consideración de las recomendaciones que sean fruto de la participación ciudadana. d) Predicción de impactos; información cualitativa relacionada con los tipos de impacto e información cuantitativa disponible o posible de generar, relativa a los factores ambientales y de salud; además, se debe incluir información concerniente a técnicas de predicción empleadas, y a datos básicos requeridos para su utilización. e) Análisis de Riesgo y Plan de Contingencias, siempre y cuando el proyecto, obra o actividad involucre, la explotación, extracción, manejo, almacenamiento, transporte, tratamiento y/o disposición final de sustancias peligrosas, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento para Actividades con Sustancias Peligrosas; o que involucre alto riesgo sobre núcleos poblacionales. f) Evaluación de impactos: con base en la predicción de impactos y para interpretarlos y evaluarlos, se debe considerar información relativa a normas técnicas, criterios, y parámetros cualitativos en lo concerniente a factores ambientales, socioeconómicos y de salud. g) Propuestas de medidas de mitigación de los impactos negativos, discusión de alternativas, y justificación de la solución elegida. h) Programa de Prevención y Mitigación (PPM). i) Estimación del costo de las medidas de prevención y mitigación. j) Análisis de los impactos socioeconómicos del proyecto, obra o actividad. Página 166 k) Análisis costo-beneficio del proyecto, obra o actividad que considere factores económicos, sociales y ambientales. l) Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental (PASA). m) Programa de cierre de operación y restauración del área, si fuese pertinente. n) Identificación de la legislación aplicable. o) Indicación de los vacíos de información. p) Bibliografía, referencias científicas, técnicas, y de los métodos utilizados y fuentes de información. q) Informe completo del EEIA y documento resumen y de divulgación para el público en general. En función al tipo de proyecto, obra o actividad, se deberán incluir memorias de cálculo, mapas, diagramas de flujo, fotografías y cualquier otro material gráfico que facilite la comprensión del proyecto, obra o actividad motivo del EEIA. La descripción del proyecto, obra o actividad, así como del ambiente, incluirá los siguientes aspectos:  identificación: Nombre del proyecto, obra, o actividad, ubicación, personería jurídica pertinente; entidad ejecutora, entidad responsable de la operación y el beneficiario;  objetivos del proyecto, obra o actividad;  justificación económica y técnico ambiental del sitio elegido;  determinación justificada del área de influencia del proyecto, obra, o actividad;  descripción del proyecto, obra o actividad, plan o programa o cronograma de ejecución previsto;  inventario ambiental cualitativo y cuantitativo, que comprenderá el estado de las condiciones ambientales, antes de la realización de la acción (antes de la ejecución del proyecto), así como de los tipos de ocupación existentes del suelo y aprovechamiento de otros recursos naturales, teniendo en cuenta las actividades preexistentes;  referencia a los EEIA realizados en el área del proyecto;  identificación y evaluación de los aspectos ambientales que involucre el medio físico, químico, biológico, social y cultural del área de influencia de la obra, actividad o proyecto, en concordancia con el Art. 17 del presente Reglamento;  descripción de los materiales que se utilizarán, suelo a ocupar, y otros recursos naturales que se emplearán en la ejecución del proyecto, obra o actividad;  descripción de las servidumbres requeridas y de derechos sobre tierras, subsuelo, suelo en el área del proyecto, obra o actividad;  descripción de asentamientos humanos y establecimientos productivos en el área del proyecto, obra o actividad. La identificación de los impactos incluirá al menos, los siguientes aspectos: Página 167  Identificación, inventario, valoración cuantitativa y cualitativa de los efectos del proyecto, obra o actividad, sobre los aspectos ambientales y socioeconómicos del área de influencia del mismo: Se distinguirán los efectos positivos de los negativos, los directos de los indirectos, los temporales de los permanentes, los a corto plazo de los a largo plazo, los reversibles de los irreversibles, y los acumulables y sinérgicos.  Deberán tomarse en cuenta las observaciones, sugerencias y recomendaciones del público susceptible de ser afectado por la realización del proyecto, obra o actividad. La predicción de los impactos supone pronosticar el comportamiento de cada impacto a través del tiempo y el espacio, esto es, anticiparse a los cambios que experimentaría cada componente ambiental, así como los factores socioeconómicos y culturales, si se llevaran a cabo las actividades objeto del EEIA. En el EEIA se deben identificar las posibilidades de accidentes y emergencias incluyendo riesgos. Como parte de esta actividad se deberá identificar. Los materiales o sustancias peligrosas que intervendrán en el proyecto, obra o actividad así como los riesgos al ambiente inmediato y la población, por posibles fallas en la extracción, explotación, manejo, almacenamiento o, transporte, tratamiento y disposición final, en el funcionamiento de los equipos e instalaciones. También se deberá identificar las posibles causas por las que se pueden presentar estas fallas (por ejemplo, errores del operador, fallas de operación) de los equipos e instalaciones, desgaste, pérdida de control del proceso, fuego y explosión); cuantificar la probabilidad de ocurrencia de cada una de estas fallas y sus consecuencias. Asimismo, se deberá elaborar un Plan de Contingencias y Programa de Prevención de Accidentes que permita responder a emergencias con la suficiente eficacia, minimizando los daños a la comunidad y al ambiente. La evaluación global en el contexto de un EEIA consiste en la evaluación del efecto total integral que el proyecto, obra o actividad causa sobre el ambiente, es decir, superpone y suma los efectos particulares, para establecer un efecto global. En este contexto, deberá jerarquizarse los impactos ambientales identificados y valorados, para determinar su importancia relativa. Se deberá formular medidas de mitigación para la prevención, reducción, remedio o compensación para cada uno de los impactos negativos evaluados como importantes, así como discutir alternativas y justificar las soluciones adoptadas. Por último se debe proponer el Programa de prevención y Mitigación tanto para la fase de implementación como para la de operación. El Programa de Prevención y Mitigación contendrá el diseño, descripción y ubicación de todas las medidas previstas para eliminar, reducir, remediar o compensar los efectos ambientales negativos. Se estimará el costo de las medidas de protección y corrección previstas, para las fases de implementación, operación y abandono. Página 168 El Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental tendrá por objeto controlar y garantizar el cumplimiento de las medidas de protección .y corrección, y facilitar la evaluación de los impactos reales para adoptar y modificar aquellas durante la fase de implementación y operación, del proyecto, obra o actividad. El Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental debe incluir:  Las obras e infraestructuras que deberán efectuarse para la realización del Plan.  Estimación del costo y el cronograma en el que se efectuará el Plan.  Funciones y responsabilidades del personal  Análisis o parámetros de verificación del cumplimiento del plan  La previsión de elaboración de informes El cronograma deberá contemplar los períodos de la etapa de preparación del sitio, de la implementación, así como la operación del proyecto, obra o actividad. El EEIA deberá incluir la descripción del Programa de Abandono y de Cierre de Operaciones, además del Programa de Restauración, en caso de que el proyecto, obra o actividad así lo amerite. El EEIA debe incluir las referencias siguientes:  disposiciones legales aplicables al proyecto, obra o actividad;  identificación de los vacíos e incertidumbres de información en el conocimiento de los impactos ambientales, para la toma en consideración, si fuere necesario, del principio de precaución;  descripción de las fuentes de información con referencias precisas;  presentación de la bibliografía y de las referencias científicas y técnicas;  indicación de las metodologías utilizadas para la evaluación ambiental;  referencias del equipo consultor multidisciplinario que participe en la elaboración del EEIA. En forma adicional a la documentación que involucre el EEIA, se editará un resumen cuyo objeto será el de dar a conocer a la ciudadanía, a través de la Autoridad Ambiental Competente, los aspectos más importantes del estudio realizado. Este resumen contendrá como mínimo:  síntesis del proyecto, obra o actividad;  síntesis del estado actual del ambiente (situación del proyecto);  principales impactos ambientales previstos;  síntesis de las medidas de prevención y mitigación así como del Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental;  síntesis de los Programas de Abandono, de Cierre de Operaciones, y de Restauración, si éstos son incluidos en el EEIA;  la justificación del proyecto, obra o actividad Página 169 ANEXO 5: ALCANCE DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN Y PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL (PMM – PASA) Se deberá formular medidas de mitigación para la prevención, reducción, remedio o compensación para cada uno de los impactos negativos evaluados como importantes, así como discutir alternativas y justificar las soluciones adoptadas. Es conveniente proponer el Programa de prevención y Mitigación tanto para la fase de implementación como para la de operación. El Programa de Prevención y Mitigación contendrá el diseño, descripción y ubicación de todas las medidas previstas para eliminar, reducir, remediar o compensar los efectos ambientales negativos. Se estimará el costo de las medidas de protección y corrección previstas, para las fases de implementación, operación y abandono. El Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental tendrá por objeto controlar y garantizar el cumplimiento de las medidas de protección .y corrección, y facilitar la evaluación de los impactos reales para adoptar y modificar aquellas durante la fase de implementación y operación, del proyecto, obra o actividad. El Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental debe incluir:  Los objetivos del Plan.  Detalle de los aspectos sobre los cuales se realizará el seguimiento ambiental.  La identificación de la información que responda a los objetivos.  Los puntos y frecuencias de muestreo.  El personal y los materiales requeridos.  Las obras e infraestructuras que deberán efectuarse para la realización del Plan.  Estimación del costo y el cronograma en el que se efectuará el Plan.  Funciones y responsabilidades del personal.  Análisis o parámetros de verificación del cumplimiento del Plan  La previsión de elaboración de informes El cronograma deberá contemplar los períodos de la etapa de preparación del sitio, de la implementación, así como la operación del proyecto, obra o actividad. Se deberá incluir, como parte de las medidas de mitigación, un Programa de Abandono y de Cierre de Operaciones, además del Programa de Restauración, en caso de que el proyecto así lo amerite. Página 170 ANEXOS 6: LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL PLAN DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Y FÍSICO 1. Establecer un cronograma de implementación de las medidas de mitigación y monitoreo del trabajo de rescate por realizar. 2. Identificar los roles y responsabilidades de la implementación del proyecto de protección del patrimonio cultural y físico. 3. Involucrar tanto a las autoridades locales como del ministerio de culturas en el seguimiento de los trabajos de los contratistas que realizan el rescate o protección del patrimonio. 4. Identificar y evaluar los procedimientos que se seguirán para desarrollar el rescate patrimonial. Este seguimiento se debe realizar en forma conjunta con las autoridades del sector. 5. Valorar los antecedentes de los contratistas que realizaran los trabajos de restauración. Deberán ser profesionales calificados en la materia de rescate. Página 171 ANEXO 7: FICHA PARA LA CATEGORIZACIÓN AMBIENTAL (FCA) Nombre del Proyecto: Institución responsable: Municipio: Nombre del evaluador: Fecha: 1. Características del proyecto Censo 2001 Actualización 2012 Objetivo General 2. Clasificación del proyecto por Tipo de proyecto (estructural o no estructural) y Categorización Ambiental (según la sensibilidad del medio) Construcción Nueva Ampliación Rehabilitación Mantenimiento Tipo de Infraestructura 2a. Clasificación por tipo de proyecto: Estructurales (represas) - Objetivo del subproyecto: Matriz No. 1 A. Obras de captación (Presas o Embalses no riesgosos y altura menor Objetivo del Subproyecto de 10 metros) Tipo Construcción Ampliación Rehabilitación Mantenimiento Nueva A Tipo II Tipo III Tipo III Tipo IV B Tipo III Tipo III Tipo IV Tipo IV C – D Tipo III Tipo III Tipo IV Tipo IV E–F Tipo III Tipo III Tipo IV Tipo IV Página 172 b. Clasificación por tipo de proyecto: No Estructurales - Objetivo del subproyecto: Matriz No. 2 A. Atajado B. Toma de agua C. Canal de riego D. Reforestación E. Defensivos (espigones, muro de gaviones) . Objeivo del Subproyecto Tipo Construcció Ampliación Rehabilitación Mantenimien n Nueva to Tipo III Tipo III Tipo IV Tipo III Tipo III Tipo IV D Tipo III Tipo III Tipo IV Tipo IV E Tipo III Tipo III Tipo IV Tipo IV Si la clasificación del Banco es más estricta que la legislación nacional, se aplicara el criterio de la legislación nacional para la obtención de permisos ambientales. Los subproyectos de Tipos I y I van a requerir no objeción antes de incluirlos. 3. Clasificación del proyecto en función de la Sensibilidad del Medio Alto (A) Moderado (B) Bajo (C) o Zona montañosa (> 35% de o Terrenos planos (<15% pendiente). o Terrenos ondulados (15 a 35% de pendiente). o Zonas de alto riesgo sísmico. de pendiente). o Vegetación intervenida. o Zonas vulnerables a o Moderado riesgo sísmico. o Áreas sin inundación. fenómenos naturales. o Moderado potencial de erosión. o Ausencia de sitios o Alto potencial de erosión. o Zonas esporádicamente inundadas. histórico y patrimonial. o Humedales y/o manglares, o Zonas bajo riesgo de ocupación o Áreas sin ningún tipo de zonas permanentemente humana ó afectadas por Declaración para ser protegidas. inundadas, nacientes de agua. recientes o Afectación parcial de terrenos o Bosques primarios. Invasiones. o construcciones o Ecosistemas y hábitat con o Sitios de moderado o Zonas con bajo nivel de especies en peligro. interés arqueológico o conflicto social. o Área reconocida como territorio histórico. o Zonas con usos alternativos o indígena. o Presencia de mejoras cónsonos a los fines del o Zonas con alto riesgo de conflictos, sobre superficie a ser proyecto. a causa del incumplimiento de afectadas (campos de compromisos ambientales. cultivos, pastizales, o Sitios de alto interés arqueológico viviendas u otros). o histórico. Página 173 Nivel de Sensibilidad del Medio Bajo Uno (1) o más efectos en la caracterización bajo y/o hasta dos (2) en la caracterización moderado Tres (3) o más efectos en la caracterización moderado, pero ninguno en la tres Moderado alta Alto Con un solo efecto en la caracterización alto 4. Nivel de riesgo socio ambiental – Categoría de un Subproyecto Nivel 1: Subproyectos críticos que presentan muy altos niveles de riesgo socio-ambiental. Sus impactos son irreversibles y pone en riesgo el patrimonio cultural y natural. Estos proyectos Matriz No. 2 no son ejecutados por el Viceministerio de Recursos Hídricos y Riego. Tipo de Sensibilidad del Medio Proyecto A B C Nivel 2: Subproyectos con alto nivel de riesgo Tipo I Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3 ambiental. Los efectos pueden ser de carácter Tipo II Nivel2 Nivel 2 Nivel 3 irreversibles. Generalmente se trata de obras Tipo III Nivel 2 Nivel 3 Nivel 4 de gran magnitud en zonas frágiles desde el Tipo IV Nivel 2 Nivel 4 Nivel 4 punto de vista ambiental y social Nivel 3: Subproyectos con moderado riesgo ambiental. El área de influencia presenta grados de menor sensibilidad y las obras no son de mayor envergadura. Los impactos son fácilmente identificables y mitigables. Nivel 4: Subproyectos con bajo riesgo ambiental. El área de influencia es poco sensible y las obras que se tiene previsto desarrollar son de baja magnitud 5. Requerimiento de Estudio Nivel 1 Categoría 4 Requiere de un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA) Nivel 2 Categoría 3 Requiere de Medidas de Mitigación y del Plan Aplicación y Seguimiento Ambiental (PPM y PASA) Nivel 3 Categoría 2 Requiere de Manuales Ambientales 6. Identificación de Impactos y Medidas de Mitigación Fase Impacto Identificado Actividad de Mitigación Observaciones Factor Contaminación de aguas Conexión con sistema de alcantarillado y/o ampliación de colectores. Tratamiento de aguas residuales previo a la descarga a un cuerpo receptor. Manejo de escorrentía Página 174 Limitación de acceso Apertura o ampliación de caminos Desastres Naturales Considerar desastres naturales en obras de prevención y protección. Áreas verdes Reforestación Ubicación apropiada Hallazgo o patrimonio Contactar a las autoridades cultural Ubicación apropiada Destrucción de hábitats Ubicación apropiada naturales Implementar corredor ecológico Factor Erosión Reforestación Extracción de material Uso de materiales de bancos Autorizados Afectación de caminos Restauración de caminos Accidentes/peligro a Implementación de peatones señalización Interferencia de acceso Permiso de tránsito municipal Tráfico Permiso de tránsito municipal Impacto a población Programa de Información local por interrupción de social servicios públicos Factor Operación y Ampliación de caminos de Mantenimiento Acceso Mantenimiento de vegetación para evitar erosión Campañas de información para evitar fugas 7. Requerimiento de Estudios Complementarios 1 o Plan de Rescate del Patrimonio Cultural y Físico (PPCF) 2 o Plan de Desarrollo de Pueblos Indígenas (PDPI) 3 o Consulta Pública 4 o Plan de Manejo de Área Protegida 5 o Plan de reasentamiento abreviado 6 o Otros Página 175 8. Observaciones Página 176 ANEXO 8: REPORTE DE CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL (RCSA)1 Reporte de Control y Seguimiento Ambiental Nombre del Proyecto: _______________________________________________________________________________ ___________________ Municipio: ___________________________________________ Categoría Ambiental: ________________________________ Organismos Técnico:_____________________________________________________ Contratista: _______________________________________________________________ Responsable de la fiscalización: ________________________________________ Actividades Realizadas Con fecha , se procedió a realizar Control y Seguimiento al Proyecto o actividad, con el propósito de verificar que las Medidas de Mitigación se estén implementando, así como comprobar si han aparecido otros impactos negativos durante el periodo de tiempo que el proyecto a estado operando. En tal sentido se conformó la comisión de verificación, integrada por las siguientes personas: Nombre Institución Cargo Firma Acompañando a la comisión el Sr. en representación de la empresa o actividad económica. Antecedentes En está sección se debe plasmar el historial del caso de acuerdo a fechas, narrando de forma resumida el problema que se atiende y enumerando las recomendaciones hechas en anteriores oportunidades. Resultados de la Inspección Aquí se debe describir en detalle, las condiciones en las que se desarrollado las medidas de mitigación, el grado de cumplimiento y su estado actual, exponiendo cuando sea necesario, las razones por las cuales las medidas no han sido cumplimentadas. Con el fin de visualizar dicha información, se recomienda vaciarla en la siguiente matriz de evaluación: Cumplimiento 1 Este reporte es interno y no sustituye el formato de ACTA DE INSPECCIÓN de la Autoridad Ambiental Competente. Página 177 Si No % Plazo a cumplir Observaciones No. Medidas de Mitigación las medidas de mitigación Conclusiones En base a la inspección y a los resultados de la matriz de evaluación, se preparan las conclusiones del cumplimiento de las medidas de mitigación y se establecen las recomendaciones que procedan. Dado en la Municipalidad de a los días del mes de del año . Página 178 FICHA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO AMBIENTAL PROYECTOS DE MAGNITUD MAYOR ETAPA CONSTRUCTIVA INFORMACIÓN DEL PROYECTO NOMBRE CONTRATISTA SUPERVISIÓN FECHA DE INICIO DE OBRAS INFORME DEL MES: 1 PROTECCIÓN AL FACTOR AIRE GENERACIÓN DE EMISIONES SONORAS, POLVO Y GASES INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Mantenimiento preventivo de maquinaria y equipo Informe del mantenimiento % cumplimiento en el preventivo Diaria mantenimiento rutinario Fotografías Riego de las áreas donde la generación de polvo es Constancia del riego Horas de riego / cisterna Diaria considerable Fotografías SUPERVISIÓN Medición de los niveles sonoros Cuadro de datos dB / actividad registrados y procesados Semanal constructiva Fotografías Evaluación de los niveles sonoros Cuadro de datos registrados, procesados y Grado de admisibilidad comparados con la Mensual normativa ambiental vigente Medición de las emisiones de polvo y gases Resultado del análisis realizado por un ug(mg) / m3 Semestral laboratorio Fotografías Evaluación de los emisiones de polvo y gases Cuadro de datos registrados, procesados y Grado de admisibilidad comparados con la Semestral normativa ambiental vigente FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONFIABILIDAD DE LOS DATOS a. SI NO NO CORRESPONDE El área de Maestranza o Talleres está en funcionamiento NOTA U OBSERVACIÓN Página 179 b. Se observa que los trabajadores cuentan con EPP SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN c. La generación de polvo es mínima SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN d. Se cuenta con el certificado de calibración del sonómetro SI NO NO CORRESPONDE o decibelímetro NOTA U OBSERVACIÓN e. El laboratorio que realizó el análisis cuenta con SI NO NO CORRESPONDE certificación ambiental NOTA U OBSERVACIÓN ADMISIBILIDAD DE LOS DATOS En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del Proyecto y la normativa ambiental vigente: a. Las emisones sonoras generadas son aceptables SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN b. Las emisiones de polvo y gases son aceptables SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN CONCLUSIÓN AMBIENTAL 1 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la protección ambiental del aire en cuanto a la generación de las emisiones sonoras, polvo y gases, es: RECOMENDACIONES ÓPTIMO ADECUADO INADECUADO 2 PROTECCIÓN AL FACTOR SUELO 2.1 DESESTRUCTURACIÓN Y COMPACTACIÓN DE SUELOS INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Desbroce y descapote de los sitios a intervenir Acopio de la materia vegetal y suelo orgánico m2 donde se restauró la Informes fotográficos Escarificación de suelos compactados Diaria capa orgánica Lista de registros Extendido de materia orgánica Restauración de la capa orgánica Página 180 SUPERVISIÓN Evaluación del avance de las actividades de Informe fotográfico % de suelos restaurados Contratista Cuadro de datos Semanal Grado de admisibilidad evaluados 2.2 INCREMENTO EN LOS PROCESOS EROSIVOS INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Perfilado y nivelación de áreas intervenidas Cantidad de superficies o Encauzamiento de aguas Informes fotográficos distancias en las que se Diaria Reposición de la capa orgánica del suelo Lista de registros realizaron las actividades Revegetación SUPERVISIÓN Evaluación del avance de las actividades de % de cumplimiento de las Informe fotográfico Contratista actividades Cuadro de datos Semanal Grado de admisibilidad evaluados 2.3 CONTAMINACIÓN DE LOS SUELOS INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Manejo ambiental de residuos sólidos, residuos Certificados de recepción peligrosos Cantidad de residuos o entrega de residuos, en Dos veces a la semana generados los sitios de destino final Fotografías SUPERVISIÓN Seguimiento al manejo de residuos ● Presencia de basureros y contenedores Funcionamiento del área de acopio de residuos Grado de admisibilidad Informe fotográfico Semanal ● peligrosos Entrega de comprobantes de la cantidad y ● destino final FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONFIABILIDAD DE LOS DATOS a. Se ejecuta una o varias tareas dentro del proceso para la SI NO NO CORRESPONDE restauración de la capa orgánica NOTA U OBSERVACIÓN b. Se implementan una o varias tareas para reducir los SI NO NO CORRESPONDE procesos erosivos NOTA U OBSERVACIÓN c. Se realiza un manejo ambiental de residuos sólidos SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN Página 181 d. Se realiza un manejo ambiental de residuos peligrosos SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN ADMISIBILIDAD DE LOS DATOS En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del proyecto y la normativa ambiental vigente: a. El cumplimiento de las actividades para la SI NO NO CORRESPONDE restauración de la capa orgánica es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN b. La ejecución de las actividades que reducen los procesos SI NO NO CORRESPONDE erosivos es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN c. El manejo ambiental de residuos sólidos es aceptable SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN d. SI NO NO CORRESPONDE El manejo ambiental de residuos peligrosos es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN CONCLUSIÓN AMBIENTAL 2 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la protección ambiental del suelo en cuanto a la restauración de la capa orgánica, reducción de procesos erosivos y manejo de residuos sólidos y peligrosos, es: RECOMENDACIONES ÓPTIMO ADECUADO INADECUADO 3 PROTECCIÓN AL FACTOR AGUA MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN HÍDRICO 3.1 EXCLUYENDO DE LAS MODIFICACIONES PARA EL PROYECTO DE RIEGO INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Encauzamiento de aguas hacia cursos naturales Construcción de obras de protección y Cantidad de cuerpos de Informe fotográfico encauzamiento agua encauzados y/o Dos veces a la semana Cuadro de registro Restitución de los cursos de agua restaurados Habilitación de fuentes alternas Página 182 SUPERVISIÓN Seguimiento a las actividades del Contratista Informe fotográfico Grado de admisibilidad Cuadro de datos Semanal evaluados 3.2 DETERIORO DE LA CALIDAD DE AGUA SUPERFICIAL INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Manejo ambiental de residuos sólidos y residuos Cantidad de residuos Lista de registro peligrosos generados cerca a los Semanal Fotografías cuerpos de agua SUPERVISIÓN Evaluación de la calidad de agua superficial Cantidad de contaminante Resultados del análisis de Semestral / litro de agua laboratorio Control del manejo de residuos Informe fotográfico Grado de admisibilidad Cuadro de datos Mensual evaluados FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONFIABILIDAD DE LOS DATOS a. Se implementan actividades de encauzamiento, protección SI NO NO CORRESPONDE y restauración de cursos de agua NOTA U OBSERVACIÓN b. El laboratorio que realizó el análisis de aguas tiene SI NO NO CORRESPONDE certificación ambiental o química NOTA U OBSERVACIÓN c. Se realiza manejo ambiental de residuos cerca a los SI NO NO CORRESPONDE cuerpos de agua NOTA U OBSERVACIÓN ADMISIBILIDAD DE LOS DATOS En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del proyecto y la normativa ambiental vigente: a. La ejecución de actividades para mitigar la SI NO NO CORRESPONDE modificación del régimen hídrico es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN b. La cantidad de contaminantes evaluados en cuerpos SI NO NO CORRESPONDE de agua es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN Página 183 c. Se reduce el deterioro de la calidad del agua superficial SI NO NO CORRESPONDE con el manejo ambiental de residuos NOTA U OBSERVACIÓN CONCLUSIÓN AMBIENTAL 3 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la protección ambiental del agua, en cuanto al encauzamiento de aguas, restauración de cuerpos de agua y manejo ambiental de residuos sólidos y peligrosos, es: RECOMENDACIONES ÓPTIMO ADECUADO INADECUADO 4 PROTECCIÓN AL FACTOR BIÓTICO 4.1 PÉRDIDA DE LA COBERTURA VEGETAL Y COMPOSICIÓN FLORÍSTICA INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Compra o producción de plantines Cantidad de plantines Informe fotográfico Aplicación de técnicas de bioingeniería Semanal 2 m revegetados Registro de datos Revegetación manual o natural SUPERVISIÓN Seguimiento a las actividades del Contratista Informe fotográfico Grado de admisibilidad Cuadro de datos Semanal evaluados 4.2 AFECTACIÓN A LA FAUNA INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Establecimiento de vías de acceso Reducción de áreas de intervención Cantidad de casos de Informes Semanal Solución inmediata a problemas de perturbación de perturbación a la fauna Fotografías gran magnitud SUPERVISIÓN Revisión y evaluación de los casos de Cuadro de análisis de Grado de admisibilidad Semanal afectación a la fauna casos FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONFIABILIDAD DE LOS DATOS a. Se implementan actividades para restituir la cobertura SI NO NO CORRESPONDE vegetal NOTA U OBSERVACIÓN Página 184 b. Se cuenta con vías de acceso establecidas y las áreas de SI NO NO CORRESPONDE intervención son reducidas NOTA U OBSERVACIÓN ADMISIBILIDAD DE LOS DATOS En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del proyecto y la normativa ambiental vigente: a. La implementación de actividades para la restitución SI NO NO CORRESPONDE de la cobertura vegetal es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN b. La cantidad de áreas intervenidas y vías de acceso es SI NO NO CORRESPONDE aceptable NOTA U OBSERVACIÓN c. La cantidad de casos sobre afectación a la fauna es SI NO NO CORRESPONDE aceptable NOTA U OBSERVACIÓN CONCLUSIÓN AMBIENTAL 4 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la protección ambiental al factor biótico, en cuanto a la reposición de la vegetación y reducción de la afectación a la fauna, es: RECOMENDACIONES ÓPTIMO ADECUADO INADECUADO 5 IMPACTO AL FACTOR SOCIOECONÓMICO 5.1 PERTURBACIÓN A LA POBLACIÓN LOCAL INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Cantidad de acuerdos Establecimiento de acuerdos u obtención de permisos obtenidos previos al Actas de conformidad requerimiento Establecimiento de compromisos Cantidad de compromisos Cuadro de avance de los cumplidos acuerdos Cuando se requiera Atención de consultas, quejas y reclamos Cantidad de formularios Archivo de de relevamiento de relacionamiento relacionamiento comunitario comunitario Página 185 Reposición de obras que cumplen función social (caminos, sendas, tuberías de agua, reubicación de Cantidad de reposiciones Actas de conformidad Cuando se requiera postes de electricidad y otros) ejecutadas SUPERVISIÓN Revisión de la obtención de acuerdos previa % de cumplimiento actividad constructiva % de asuntos sociales Cuadro de análisis de Mensual Verifición de la atención a pobladores locales resueltos información Grado de admisibilidad Gestión de pago de la resposiciones de pérdidas de mejoras hechas por comunarios o % de reposiciones Actas de conformidad Mensual comunidades ejecutadas y pagadas Comprobante de pago 5.2 DINAMIZACIÓN DE LA ECONOMÍA LOCAL INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Contratación de mano de obra local Lista de trabajadores y su % de trabajadores locales Mensual procedencia SUPERVISIÓN Valoración del grado de admisibilidad Grado de admisibilidad Evaluación de datos Mensual 5.3 EDUCACIÓN AMBIENTAL Este componente dirigido a los pobladores locales, deberá ser ejecutado de manera detallada y a que es el componente que asegurará la sostenibilidad del proy ecto a largo plazo INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Inducciones, capacitaciones y actividades educativas Inducciones en temas de medio ambiente, seguridad industrial, Diario Cantidad de actividades Listas de asistencia salud y relacionamiento comunitario a los trabajadores realizadas Fotografìas Capacitaciones/Actividades Mensual Difusión comunicativa preventiva sobre el proyecto Comprobantes de dirigida a los pobladores del área de influencia del Cantidad de avisos publicaciones en medios Cuando se requiera proyecto de comunicación SUPERVISIÓN Charlas sobre medio ambiente, seguridad industrial, salud y buenas prácticas durante la construcción y Cantidad de poblaciones Listas de asistencia operación de las obras de riego a los pobladores Dos veces al mes visitadas Fotografìas locales Seguimiento de ejecución de contratista % de cumplimiento de Cuadro de evaluación de actividades programadas Mensual actividades programadas Grado de admisibilidad FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONFIABILIDAD DE LOS DATOS a. Se cuenta con actas de conformidad SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN Página 186 b. Se ejecutan los compromisos establecidos SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN c. Se atienden y resuelven consultas, quejas o reclamos de SI NO NO CORRESPONDE los pobladores locales NOTA U OBSERVACIÓN d. Se cuenta con mano de obra local SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN e. SI NO NO CORRESPONDE Se dictan inducciones y capacitaciones a los trabajadores NOTA U OBSERVACIÓN f. Se publican anuncios en medios de comunicación SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN g. Se dan charlas a las poblaciones locales SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN ADMISIBILIDAD DE LOS DATOS En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del proyecto y la normativa ambiental vigente: a. La obtención de actas de conformidad y el SI NO NO CORRESPONDE cumplimiento de compromisos es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN b. SI NO NO CORRESPONDE La atención de consultas, quejas y reclamos es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN c. La cantidad de mano de obra local es aceptable SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN d. El cumplimiento de actividades de educación SI NO NO CORRESPONDE ambiental para los trabajadores es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN e. La ejecución de las actividades de educación ambiental SI NO NO CORRESPONDE para pobladores locales es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN Página 187 CONCLUSIÓN AMBIENTAL 5 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que el impacto socioeconómico sobre las poblaciones locales y población de trabajadores es: RECOMENDACIONES ÓPTIMO ADECUADO INADECUADO 6 SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Implementación de señalización temporal Cantidad de frentes de Registros Diaria trabajo con señalización Fotografías Implementación de señalización ambiental definitiva Cantidad de señalización (protección fauna, flora, sitios arqueológicos, cuerpos Registros ambiental definitiva Al finalizar el proyecto de agua, entre otros) Fotografías implementada Ejecución de contingencias en caso de incidentes y accidentes (derrames contaminantes, incendios y Cantidad de incidentes o Informes Cuando se requiera otros) accidentes ocurridos Prevención de enfermedades (vectores, transmisión Cantidad de actividades sexual, por alimentos, entre otros) implementadas para Registro de los eventos Mensual prevenir enfermedades Prácticas de trabajo seguro Cantidad de medidas Registro de actividades Mensual practicadas Cantidad de trabajadores con Equipo de Protección Lista de entrega de EPP Diario Personal (EPP) Manejo de áreas industriales (almacenamiento Cantidad de actividades combustibe, procesamiento de áridos y agregados, implementadas en relación Cuadro de registros hormigones, entre otros) Diario a seguridad y saud Fotografías ocupacional SUPERVISIÓN Evaluación de la implementación de medidas de Grado de admisibilidad seguridad industrial y salud ocupacional en: ● % de frentes de trabajo señalizados adecuadamente Cuadros informativos Semanal Datos estadísticos Cantidad de ● incidentes o accidentes / mes ● % cumplimiento en entrega de EPP Página 188 FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONFIABILIDAD DE LOS DATOS a. Se cuenta con señalización temporal SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN b. Se colocaron señales ambientales definitivas SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN b. Se implementan medidas de prevención de accidentes y SI NO NO CORRESPONDE se cuenta con plan de contingencias NOTA U OBSERVACIÓN c. Se ejecutan medidas de prevención de enfermedades SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN d. Se observa que los trabajadores usan EPP durante la SI NO NO CORRESPONDE jornadas laborales NOTA U OBSERVACIÓN ADMISIBILIDAD DE LOS DATOS En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del proyecto y la normativa ambiental vigente: a. Las medidas de seguridad industrial preventivas durante SI NO NO CORRESPONDE las jornadas laborales son aceptables NOTA U OBSERVACIÓN b. La cantidad de incidentes y/o accidentes occuridos SI NO NO CORRESPONDE mensualmente es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN c. SI NO NO CORRESPONDE Las contingencias previstas y aplicadas son aceptables NOTA U OBSERVACIÓN CONCLUSIÓN AMBIENTAL 6 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que las buenas prácticas de seguridad industrial y salud ocupacional, en cuanto a las medidas de prevención y aplicación de contingencias son: RECOMENDACIONES ÓPTIMO ADECUADO INADECUADO Página 189 7 EXPLOTACIÓN DE BANCOS DE PRÉSTAMO DE ÁRIDOS Y AGREGADOS INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Obtención de permiso de propietario y/o comunidad A diario mientras se Aprobación del Municipio correspondiente (si Cantidad de actividades Informe de avance de realice la explotación y corresponde) ambientalmente actividades semanalmente hasta que adecuadas implementadas Manejo ambiental de todos los sitios de explotación se ejecute el cierre de áridos y agregados SUPERVISIÓN Seguimiento de los bancos de áridos y Semanal, mientras dure la agregados % de cumplimiento de las Cuadro de seguimiento explotación, luego medidas propuestas Fotografías mensualmente FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL Para el seguimiento y monitoreo de los campamento temporales o definitivos, se sugiere una planilla tipo CONFIABILIDAD DE LOS DATOS Se observa la implementación de actividades ambientales en SI NO NO CORRESPONDE los bancos de préstamo de materiales NOTA U OBSERVACIÓN ADMISIBILIDAD DE LOS DATOS En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del proyecto y la normativa ambiental vigente: El manejo ambiental en los bancos de préstamo es aceptable SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN CONCLUSIÓN AMBIENTAL 7 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que el manejo ambiental de los bancos de material de áridos y agregados es: RECOMENDACIONES ÓPTIMO ADECUADO INADECUADO 8 DISPOSICIÓN DEL MATERIAL EXCEDENTARIO DE CORTE O EXCAVACIÓN EN DEPÓSITOS O BUZONES DE DESCARGA INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Obtención de permiso de propietario y/o comunidad A diario mientras se Cantidad de actividades Informe de avance de deposite material y ambientalmente Manejo ambiental de todos los sitios de dispoción del adecuadas implementadas actividades semanalmente hasta que material excedentario de corte o excavación se realice el cierre Página 190 SUPERVISIÓN Seguimiento de los depósitos o buzones de Semanal, mientras se descarga % de cumplimiento de las Cuadro de seguimiento realice el depósito, luego medidas propuestas Fotografías mensualmente FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL Para el seguimiento y monitoreo de los depósitos o buzones de descarga, se sugiere una planilla tipo CONFIABILIDAD DE LOS DATOS Se observa la implementación de actividades ambientales en SI NO NO CORRESPONDE los depósitos o buzones de descarga NOTA U OBSERVACIÓN ADMISIBILIDAD DE LOS DATOS En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del proyecto y la normativa ambiental vigente: SI NO NO CORRESPONDE El manejo ambiental en los depósitos de material es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN CONCLUSIÓN AMBIENTAL 8 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que el manejo ambiental de depósitos de material excedentario de corte o excavación es: RECOMENDACIONES ÓPTIMO ADECUADO INADECUADO 9 CAMPAMENTOS INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Se implementan medidas para la restauración de la Superficie de terreno capa orgánica y vegetación recubierto con tierra Fotografías Antes de la construcción vegetal y/o aplicación de Registro de datos y en la fase de cierre revegetación Se incorporan medidas adecuadas medio Cantidad de medidas ambientales, de seguridad industrial, higiene y salud Fotografía implementadas para dar ocupacional en las viviendas, comedores, oficinas y Registro de Diario condiciones de durante la preparación de alimentos implementación habitabilidad adecuadas Señalización de los campamentos Cantidad de señales Fotografías Semanal colocadas Registros SUPERVISIÓN Evaluación de las medidas ambientales, % de cumplimiento de las seguridad industrial, higiene y salud ocupacional Cuadro de seguimiento medidas Dos veces al mes Fotografías Grado de admisibilidad Página 191 FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL Para el seguimiento y monitoreo de los depósitos o buzones de descarga, se sugiere una planilla tipo CONFIABILIDAD DE LOS DATOS Se observa la implementación de actividades ambientales en SI NO NO CORRESPONDE los campamentos NOTA U OBSERVACIÓN ADMISIBILIDAD DE LOS DATOS En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del proyecto y la normativa ambiental vigente: El manejo ambiental en campanentos es aceptable SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN CONCLUSIÓN AMBIENTAL 9 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que el manejo ambiental de campamentos es: RECOMENDACIONES ÓPTIMO ADECUADO INADECUADO 10 PLANES DE MANEJO AMBIENTAL (PMAs) INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Redacción, presentación, corrección y ejecución de: • Plan de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional • Plan de Contingencias • Plan de Manejo Ambiental de Campamentos PMAs Cantidad de PMAs • Plan de Manejo Ambiental de Áreas Industriales Registros de avance Cuando se requiera aprobados • Plan de Manejo Ambiental de Residuos Sólidos Fotografías • Plan de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional • Plan de Manejo Ambiental de Bancos • Plan de Manejo Ambiental de Depósitos (Buzones) • Plan Ambiental para activ idades de Mantenimiento SUPERVISIÓN Revisión de PMAs y seguimiento % PMAs presentados y Cuadro de avance aprobados antes de su Semanal Fotografíasd implementación FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL PLANES PRESENT ADOS EN EL MES Página 192 PLANES APROBADOS EN EL MES PLANES PENDIENT ES En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del proyecto y la normativa ambiental vigente: a. La presentación de PMAs es aceptable SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN b. La ejecución de los PMAs es aceptable SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN CONCLUSIÓN AMBIENTAL 10 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la entrega, redacción y posterior implementación de las medidas de mitigación presentadas en los PMAs son: RECOMENDACIONES ÓPTIMAS ADECUADAS INADECUADAS 11 FUNDAMENTOS DE PREDOMINANCIA SIMBÓLICA RELIGIOSA, CULTURAL, ARQUEOLÓGICA, TRADICIONAL O HISTÓRICA INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Reposición de cualquier afectación a cualquier sitio donde el individuo exprese su religiosidad, cultura o Cantidad de reposiciones Antes de iniciar Actas de conformidad tradición o actividades realizadas actividades en un frente Cuadro de registros para mitigar el impacto de trabajo Rescate o protección de sitios arqueológicos o históricos SUPERVISIÓN Seguimiento y gestión del pago de las reposiciones % cumplimiento de las Cuadro de evaluación Mensual reposiciones FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONFIABILIDAD DE LOS DATOS Se observa la implementación de actividades para la SI NO NO CORRESPONDE protección de estructuras, obras u espacios de prodominancia simbólica NOTA U OBSERVACIÓN Página 193 ADMISIBILIDAD DE LOS DATOS En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del proyecto y la normativa ambiental vigente: Las actividades de protección realizadas en relación a las SI NO NO CORRESPONDE estructuras, obras u espacios de predominancia simbólica local es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN CONCLUSIÓN AMBIENTAL 11 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la ejecución de actividades para mitigar las afectaciones a estructuras, obras u espacios de prodominancia simbólica es: RECOMENDACIONES ÓPTIMO ADECUADO INADECUADO ÁREAS PROTEGIDAS DE CARÁCTER NACIONAL, DEPARTAMENTAL, MUNICIPAL O DE 12 ESPECIES PROTEGIDAS: PUYA, KEWIÑA, PINO DEL CERRO, ENTRE OTRAS (Puya raimondii, Polylepis bessury, Podocarpus parlatorei , entre otras) INDICADORES DE MEDIOS DE FRECUENCIA DE ACTIVIDADES AVANCE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN CONTRATISTA Coordinación de actividades con los responsables del área protegida bajo la reglamentación y normativa Cantidad de acuerdos o ambiental vigente reuniones Actas de reunión Semanalmente mientras Implementación minuciosa de medidas de mitigación Acuerdos se realice trabajos en el ambiental para la protección del aire, suelo, agua, Cuadro de registros sitio Cantidad de medidas flora, fauna, paisaje y factor socioeconómico dentro ejecutadas del área protegida SUPERVISIÓN Participación en actividades de Contratista y % cumplimiento de seguimiento acuerdos y medidas Cuadro de seguimiento Mensual programadas FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONFIABILIDAD DE LOS DATOS Se observa la ejecución de actividades constructivas y SI NO NO CORRESPONDE ambientales cercanas o dentro del área protegida NOTA U OBSERVACIÓN ADMISIBILIDAD DE LOS DATOS En relación al Programa de Prevenión y Mitigación Ambiental del proyecto y la normativa ambiental vigente: La relación entre los ejecutores del proyecto y el área SI NO NO CORRESPONDE protegida es aceptable NOTA U OBSERVACIÓN Página 194 CONCLUSIÓN AMBIENTAL 12 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la ejecución de actividades para mitigar los impactos dentro de áreas ambientalmente sensibles o áreas protegidas es: RECOMENDACIONES ÓPTIMO ADECUADO INADECUADO CONCLUSIÓN AMBIENTAL 13 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que las medidas de mitigación implementadas en el proyecto para reducir el impacto paisajístico a través de las buenas prácticas ambientales durante la ejecución de las actividades constructivas, restitución de la capa de tierra orgánica y la recuperación de la cobertura vegetal (revegetación) son: RECOMENDACIONES ÓPTIMAS ADECUADAS INADECUADAS TÉCNICO QUE LLENÓ LA INFORMACIÓN FIRMA FIRMA Nombre: Cargo: Fecha: Página 195 PLANILLA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO PARA LA EXPLOTACIÓN DE ÁRIDOS Y AGREGADOS DATOS GENERALES NOMBRE DEL BANCO UBICACIÓN TIPO DE BANCO CAPACIDAD APROXIMADA Sector Aluvial, Coluvial, Cantera o Zanja Área Volumen Coordenadas Altitud ABREVIACIÓN PARA LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTADO DEL BANCO GESTIÓN 201___ E F M A M J J A S O N D SE EJECUTA S CUANDO ES ÓPTIMO ↑ En explotación OCURRENCIA NO SE EJECUTA N SE ES ADECUADO ─ Suspensión temporal NO CORRESPONDE NC EJECUTA ES INADECUADO ↓ Etapa de cierre FACTOR EVALUACIÓN AMBIENTAL MEDIDAS DE MITIGACIÓN PROPUESTAS EN EL PLAN DE Socioec. MANEJO AMBIENTAL Paisaje Fauna E F M A M J J A S O N D Suelo Otros Agua Flora Aire Obtención del acuerdo u autorización de uso 1 • 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 VALORACIÓN DE LA E F M A M J J A S O N D GESTIÓN AMBIENTAL ÓPTIMA ADECUADA INADECUADA Página 196 PLANILLA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO DE LOS DEPÓSITOS O BUZONES DE DESCARGA DATOS GENERALES NOMBRE DEL BUZÓN UBICACIÓN TIPO DE BUZÓN CAPACIDAD APROXIMADA Sector Confinado o no confinado Área Volumen Coordenadas Altitud ABREVIACIÓN PARA LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTADO DEL BUZÓN GESTIÓN 201___ E F M A M J J A S O N D SE EJECUTA S CUANDO ES ÓPTIMO ↑ En uso OCURRENCIA NO SE EJECUTA N SE ES ADECUADO ─ Suspensión temporal NO CORRESPONDE NC EJECUTA ES INADECUADO ↓ Etapa de cierre FACTOR EVALUACIÓN AMBIENTAL MEDIDAS DE MITIGACIÓN PROPUESTAS EN EL PLAN DE Socioec. MANEJO AMBIENTAL Paisaje Fauna E F M A M J J A S O N D Suelo Otros Agua Flora Aire Obtención del acuerdo u autorización de uso 1 • 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 VALORACIÓN DE LA E F M A M J J A S O N D GESTIÓN AMBIENTAL ÓPTIMA ADECUADA INADECUADA Página 197 PLANILLA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO DE CAMPAMENTOS DATOS GENERALES GRADO DE CERANO A UBICACIÓN TIPO DE CAMPAMENTO SUPERFICIE INTERVENCIÓN CUERPO(S) DE AGUA Localidad, dirección u otras referencias Inmueble alquilado Instalación temporal Entorno urbano SI NO Terreno alquilado Instalación móvil Enterno rural Terreno comprado Instalación definitiva Previamente intervenido Distancia Otros No intervenido ABREVIACIÓN PARA EL SEGUIMIENTO ESTADO DEL GESTIÓN 201___ CAMPAMENTO E F M A M J J A S O N D SE EJECUTA S CUANDO ES ÓPTIMO ↑ Sin habilitar OCURRENCIA NO SE EJECUTA N SE ES ADECUADO ─ Habitado (No. Trabajadores) NO CORRESPONDE NC EJECUTA ES INADECUADO ↓ Etapa de cierre DEPENDENCIAS E F M A M J J A S O N D SERVICIOS E F M A M J J A S O N D 1 OFICINAS 1 ENERGÍA ELÉCTRICA 2 COCINA/COMEDOR Red pública 3 VIVIENDAS Generador 4 BAÑOS 2 AGUA POTABLE Cantidad inodoros Red pública Cantidad de lavamanos Camión cisterna Cantidad de duchas Pozo 7 ALMACÉN Depósito de combustibles 3 ALCANTARILLADO Depósito de lubricantes A red pública Depósito de insumos A cámara séptica 8 MAESTRANZA Pozo absorventes 9 LAVADO DE VEHÍCULOS Trampa de grasas 10 PARQUEO Sedimentador Vehículos livianos Descarga directa a río Maquinaria pesada Letrinas secas 11 POSTA SANITARIA 12 OTROS 4 RESIDUOS SÓLIDOS Serv. Municipal Manejo interno Manejo clandestino FACTOR EVALUACIÓN AMBIENTAL MEDIDAS AMBIENTALES Seguridad Socioec. E F M A M J J A S O N D Paisaje Fauna Suelo Agua Flora Aire Obtención del acuerdo u autorización de uso 1 • Señalización preventiva, prohibitiva e informativa 2 • Medidas preventivas de seguridad industrial 3 Carteles informativos, extintores, personal con EPP, entre otros •• Prácticas higiénicas en la preparación de alimentos 4 Limpieza, vestimenta adecuada, manejo de residuos sólidos, otros • Prácticas higiénicas en el almacenamiento de alimentos 5 Sectores identificados, clasificación adecuada, ventilación, entre otros • Manejo ambiental de residuos sólidos 6 Presencia de basureros, contenedores, señalización • • Manejo ambiental de residuos líquidos 7 Sistema de alcantarillado, trampa de grasas, sedimentos, y otros • • Manejo ambiental de residuos peligrosos 8 Aceites usados, filtros, pilas, baterías, suelos contaminados, entre otros •• Condiciones de habitabilidad adecuadas 9 Cantidad de pilas de baños, no hay hacinamiento, limpieza, otros • Página 198 FICHA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO AMBIENTAL PROYECTOS DE MAGNITUD MENOR ETAPA DE IMPLEMENTACIÓN INFORMACIÓN DEL PROYECTO NOMBRE CONTRATISTA O CONSULTORA FECHA INICIO DE PROYECTO INFORME DEL MES: TIPO DE PROYECTO Proyecto de Investigación Asistencia Técnica Fortalecimiento Institucional COMPONENTE(S) AMBIENTAL(ES) PRINCIPAL(ES) Factor AIRE Factor AGUA Factor FAUNA Factor ECONÓMICO Factor SUELO Factor FLORA Factor SOCIAL n MEDIDA AMBIENTAL ACTIVIDAD PARA LA CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN, RESTAURACIÓN O PREVENCIÓN n.1 Esta actividad está implementándose SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN ACTIVIDAD PARA LA CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN, RESTAURACIÓN O PREVENCIÓN n.2 Esta actividad está implementándose SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN ACTIVIDAD PARA LA CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN, RESTAURACIÓN O PREVENCIÓN n.n Esta actividad está implementándose SI NO NO CORRESPONDE NOTA U OBSERVACIÓN Página 199 CONCLUSIÓN AMBIENTAL n En base a las observaciones de campo, el informe presentado por Contratista o Consultor y considerando los lineamientos ambientales permisibles, se concluye que las actividades implementadas para el cumplimiento de la medida ambiental son: RECOMENDACIONES ÓPTIMAS ADECUADAS INADECUADAS TÉCNICO QUE LLENÓ LA INFORMACIÓN FIRMA FIRMA Nombre: Cargo: Fecha: Página 200 FICHA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO AMBIENTAL MEDIDAS DE PREVENCIÓN AMBIENTAL PARA LA ETAPA OPERATIVA INFORMACIÓN DEL PROYECTO NOMBRE CONTRATISTA SUPERVISIÓN FECHA DE INICIO DE OBRAS INFORME DEL MES: 1 DEGRADACIÓN DE SUELOS IRRIGADOS PREVENCIÓN DE LA SALINIZACIÓN, ALCALINIZACIÓN, ANEGAMIENTO O ACIDIFICACIÓN EJECUTA A TRAVÉS DE ACTIVIDADES Implementación de drenaje que ayuda a que la afectación a la calidad de los flujos de ríos Mantenimiento o limpieza de canales previniendo filtraciones, acumulación de sedimentos y crecimiento de hierbas Construcción de canales de fácil acceso para su mantenimiento o limpieza Implementación de filtración dentro del drenaje Ajuste del manejo de riego de tal manera que el ingreso de agua asegura el riego y drenaje Monitoreo de suelos para prevenir problemas potenciales DESCRIPCIÓN DE LAS IMPLEMENTACIONES FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONCLUSIÓN AMBIENTAL 1 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la ejecución de actividades que prevendrán la degradación de los suelos irrigados es: RECOMENDACIONES ÓPTIMA ADECUADA INADECUADA Página 201 2 DETRIMENTO DE LAS CONDICIONES SOCIOECONÓMICAS PREVENCIÓN DEL INCREMENTO DE LAS ENFERMEDADES RELACIONADAS CON EL AGUA, INCREMENTO DE LA DESIGUALDAD, DEBILITACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LA COMUNIDAD EJECUTA A TRAVÉS DE ACTIVIDADES Educación a cerca de la causa de las enfermedades Mejora del acceso a postas sanitarias o difusión de medidas de contingencia Promoción de la participación de la mayoría de la población e instituciones locales en relación al mantenimiento de las obras de riego y sus implicancias ambientales de contaminación de suelo y agua Asegurar que la intensificación de la agricultura no va a afectar otras actividades económicas o de subsistencia Proporcionar alternativas de sobrevivencia a corto plazo a través de apoyo o capacitaciones en caso de que las actividades de riego afecten los medios de sobrevivencia actuales DESCRIPCIÓN DE LAS IMPLEMENTACIONES FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONCLUSIÓN AMBIENTAL 2 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la ejecución de actividades que prevendrán el detrimento de las condiciones socioeconómicas es: RECOMENDACIONES ÓPTIMA ADECUADA INADECUADA 3 REDUCCIÓN DE LA CALIDAD DEL AGUA PREVENCIÓN DE LA REDUCCIÓN EN LA CALIDAD DEL AGUA DE RIEGO, REDUCCIÓN DE LA CALIDAD DEL AGUA CORRIENTE ABAJO DEBIDO A LA CALIDAD DE LAS AGUAS DE DESAGÜE DEL RIEGO EJECUTA A TRAVÉS DE ACTIVIDADES Monitoreo de los niveles de calidad del agua de riego y desagüe Página 202 Control del desarrollo industrial Disposición de agua salida mediante canales separados Dis Educación en cuanto al uso de pesticidas y contaminación por aguas servidas DESCRIPCIÓN DE LAS IMPLEMENTACIONES FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONCLUSIÓN AMBIENTAL 3 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la ejecución de actividades que prevendrán la reducción de la calidad de agua es: RECOMENDACIONES ÓPTIMA ADECUADA INADECUADA 4 DEGRADACIÓN ECOLÓGICA PREVENCIÓN DE LA REDUCCIÓN DE LA BIODIVERSIDAD EN EL ÁREA DEL PROYECTO, DAÑO DE LOS ECOSISTEMAS CORRIENTE ABAJO DEBIDO A LA AFECTACIÓN DE LA CALIDAD Y CANTIDAD DE AGUA EJECUTA A TRAVÉS DE ACTIVIDADES Definición de requerimientos ecológicos Adaptación de los diseños de las presas a requerimientos a requerimientos corriente abajo y a los requerimientos de la vida silvestre circundante u presente en los reservorios de agua Protección de terrenos inundables, humedales, cuencas, Dis quebradas, corredores DESCRIPCIÓN DE LAS IMPLEMENTACIONES FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONCLUSIÓN AMBIENTAL 4 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la ejecución de actividades que prevendrán la degradación ecológica es: Página 203 RECOMENDACIONES ÓPTIMA ADECUADA INADECUADA 5 AGOTAMIENTO DE AGUA SUBTERRÁNEA PREVENCIÓN DE LA CONSERVACIÓN DE LA FUENTES DE AGUA BEBIBLES Y DE RIEGO, REDUCCIÓN DEL NIVEL FREÁTICO Y REDUCCIÓN DE HUMEDALES EJECUTA A TRAVÉS DE ACTIVIDADES Definir e implementar regulaciones para la extracción de agua Monitorear los niveles de agua subterránea DESCRIPCIÓN DE LAS IMPLEMENTACIONES FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONCLUSIÓN AMBIENTAL 5 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la ejecución de actividades que prevendrán la degradación ecológica es: RECOMENDACIONES ÓPTIMA ADECUADA INADECUADA 6 INTENSIFICACIÓN DE LA AGRICULTURA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DE AGUA, REDUCCIÓN DE LA DISPONIBILIDAD DE AGUA, AFECTACIÓN SOCIOECONÓMICA EJECUTA A TRAVÉS DE ACTIVIDADES Monitoreo de contaminación de agua subterránea por el incremento de uso de pesticidas y fertilizantes Concientización sobre las consecuencias ambientales del uso de pesticidas y fertilizantes químicos Página 204 Capacitación sobre manejo integrado de plagas Ubicación de los sistemas de riego de tal manera que no impacte en gran manera a otros sistemas de riego o hábitats silvestres Concientización sobre las consecuencias ambientales del incremento del consumo de energía Capacitaciones sobre fuentes alternas de trabajo en caso de que los proyectos de riego reduzcan las fuentes laborales en el sector agrícola DESCRIPCIÓN DE LAS IMPLEMENTACIONES FISCALIZACIÓN AMBIENTAL MENSUAL CONCLUSIÓN AMBIENTAL 6 En base a las observaciones de campo y el informe presentado por Contratista y Supervisión, se concluye que la ejecución de actividades que prevendrán los impactos negativos debido a la intensificación agrícola es: RECOMENDACIONES ÓPTIMA ADECUADA INADECUADA TÉCNICO QUE LLENÓ LA INFORMACIÓN FIRMA FIRMA Nombre: Cargo: Fecha: Página 205 FICHA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN AMBIENTAL SUBPROGRAMA MEDIDA DE MITIGACIÓN ÁREAS DE APLICACIÓN DENTRO DEL PROYECTO ACTIVIDADES CONTEMPLADAS DENTRO DE LA MEDIDA DE MITIGACIÓN 1 DESCRIPCIÓN EVALUACIÓN SEGÚN EL PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL Unidad de Cuantificación o Cualificación: ÓPTIMO ADMISIBLE INADMISIBLE Verificadores adjuntos: Fotografías Actas de Conformidad Otros Formulario Cuadro de Registros n DESCRIPCIÓN EVALUACIÓN SEGÚN EL PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL Unidad de Cuantificación o Cualificación: ÓPTIMO ADMISIBLE INADMISIBLE Verificadores adjuntos: Fotografías Actas de Conformidad Otros Formulario Cuadro de Registros OTROS EVALUACIÓN FINAL DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA ÓPTIMO ADMISIBLE INADMISIBLE Página 206 EJEMPLO DE LLENADO DE FICHA PARA INFORME MENSUAL FICHA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN AMBIENTAL Protección del Factor Suelo SUBPROGRAMA Contaminación de suelos MEDIDA DE MITIGACIÓN Manejo de Residuos Sólidos ÁREAS DE APLICACIÓN DENTRO DEL PROYECTO Campamentos, frentes de trabajo, áreas industriales ACTIVIDADES CONTEMPLADAS DENTRO DE LA MEDIDA DE MITIGACIÓN Disposición de basureros 1 Se implementaron basureros livianos de colores que permiten la clasificación de los DESCRIPCIÓN residuos en papel, cartón, botellas PET, residuos orgánicos y los no reciclables EVALUACIÓN SEGÚN EL PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL Unidad de Cuantificación o Cualificación: Cantidad de juegos/cantidad de trabajadores > 1 jue go / 5 0 pe rs o na s 1 jue go / 5 0 - 7 5 pe rs o na s 1 jue go / 10 0 pe rs o na s ÓPTIMO ADMISIBLE INADMISIBLE Verificadores adjuntos: Fotografías Actas de Conformidad Otros Formulario Cuadro de Registros Destino final de los residuos sólidos 2 Los residuos sólidos son entregados al carro basurero del Municipio DESCRIPCIÓN EVALUACIÓN SEGÚN EL PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL Unidad de Cuantificación o Cualificación: Ambientalmente adecuado R e lle no S a nit a rio B o t a de ro t e m po ra lm e nt e B o t a de ro de f init iv a m e nt e F o sa d e ent er r amient o p r o p ia S in M a ne jo ÓPTIMO ADMISIBLE INADMISIBLE Verificadores adjuntos: Certificado de recepción de residuos Fotografías Actas de Conformidad Otros Formulario Cuadro de Registros OTROS Se realizaron capacitaciones sobre el manejo de residuos sólidos, los verificadores están adjuntos en la ficha referente a EDUCACIÓN AMBIENTAL EVALUACIÓN FINAL DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA ÓPTIMO ADMISIBLE INADMISIBLE Página 207 ANEXO 9: INFORME DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL (ICC) Informe de Cumplimiento Contrato Medidas de Mitigación (ICC) Portada Proyecto: Expediente No. Licencia Ambiental No. emitida el INFORME DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO - Periodo: Elaborado por: Fecha: Datos Generales (a) Dueño del proyecto: (b) Titular del contrato: (c) Ubicación del proyecto: (d) Datos de (los) autor(es) del ICC:. Contenido del Informe I. Introducción II. Cumplimiento de las Medidas Ambientales IIII. Cuadro Resumen Cumplimiento Plazo a cumplir No. Medidas de Mitigación Si No % las Observaciones medidas de mitigación IV. Conclusiones y Recomendaciones VI. Anexos (incluir reporte fotográficos, actas de conformidad, etc.) Página 208 ANEXO 10: DESCRIPCIONES DE SITIOS ARQUEOLÓGICOS EN EL MUNICIPIO DE MIZQUE SITIO MI-1 SAN AGUSTIN (N14825 E49950) Este sitio está situado al lado oeste de la ciudad de Mizque bajo construcciones arruinadas del monasterio augustino del siglo XVII. Hoy las paredes de adobe y los suelos se utilizan para la producción del adobe. No se observó ninguna construcción doméstica ni tumbas en los perfiles, excepto casos de lentes de carbón de leña y zonas de arcilla quemada. Este sitio se encuentra a 400 m al norte del río Mizque. SITIO MI-2 SAMARA (N16200 E56300) Este sitio y el siguiente están situados en las colinas bajas de la esquina suroriental del valle en medio de una densa vegetación espinosa. Los sitios están a solamente a 200 m del llano aluvial donde hay tierras para agricultura muy productiva. Este sitio es mucho más pequeño que el siguiente. Los restos en superficie consisten en piedras dispersas y cimientos de paredes. La densidad de la cerámica en superficie al sitio extremadamente baja. MI-3 KINA KINA (N15150 E56600) Kina Kina está situado en la cima de una colina alargada a unos 750 m al sur de Samara. La evidencia de construcciones es dramáticamente más densa que en este último sitio. Una alta densidad de cimientos de paredes y de estructuras rectangulares y circulares individuales se encuentra sobre toda el área del sitio. Las estructuras no son nucleadas, y no comparten muros comunes. Anchas paredes limítrofes (1-1,5 m) se encuentran al extremo suroriental de la colina larga y estrecha en la cual se construye el sitio. La densidad de tiestos es extremadamente baja. SITIO MI-4 MERUVIA (N18900 E52000) Este sitio está situado al banco meridional del río Callejas en la segunda plataforma del llano aluvial. La primera plataforma es hoy un área de pastar para una hacienda. El sitio yace adyacente al borde de la plataforma. Las construcciones prehistóricas se hicieron de cantos rodados de tamaño medio. Las estructuras circulares pequeñas sólo preservan sus cimientos. Una parte de un masivo muro de retención se encuentra al borde de la plataforma. El sitio tiene cerca de un kilómetro de largo y un ancho de 30 m. Las estructuras del sitio han sido extensamente disturbadas por los campos de pastoreo. SITIO MI-5 VIÑA ALTA (N18150 E51650) SITIO MI-12 VIÑA ALTA 2 (N18250 E50700) Estos sitios están situados al tipo de suelo más árido existente al valle, un suelo de piedra lutita molida mezclada con una delgada capa de suelo y de una vegetación dispersa de arbustos bajos. Están, sin embargo, muy cerca de áreas muy fértiles y planas alrededor del sitio 4. Los materiales de construcción para las estructuras rectangulares dispersas de ambos sitios provienen de la roca madre: piedra de lutita para las terrazas y las estructuras rectangulares del sitio. El sitio MI-5 tiene un patrón disperso de estructuras en las laderas bajas y el área plana del sitio. Las laderas de la colina tienen un fuerte proceso de erosión - en la forma de varias quebradas pequeñas. Las estructuras principales son plataformas cuadradas separadas por m. 50-70 con una estructura de piedra en cima. El sitio 12 está ubicado al noroeste del sitio 5 al mismo tipo de suelo y con patrón Página 209 constructivo idéntico. El sitio 12 es más grande con cerca de 30 a 40 estructuras de plataformas cuadradas y rectangulares concentrados en la cima relativamente plana de la colina y las laderas circundantes. SITIO MI-6 PUKARITA (N9050 E42300) SITIO MI-8 PUKARITA BAJO (N8950 E42150) Pukarita es una fortaleza situada en la cima de una estrecha quebrada que une el valle de Mizque al área occidental de Tin Tin localización muy estratégica. El asentamiento yace en las laderas y la cima de la colina rocosa. En las laderas, hay seis niveles de terrazas de 2-2,5 m de ancho con estructuras construidas en algunas de ellas. En la cima plana de área restringida hay construcciones rectangulares en las plataformas bajas que rodean dos pequeños patios abiertos. La piedra para la construcción está disponible en la misma colina. El lado de la colina que frente a la ladera de la montaña (al sur) está limitado por rocas grandes y constituye una barrera natural de ese lado. El sitio 8 de Pukarita Bajo está situado en una plataforma aluvial estrecha y alargada adyacente al lecho de río inmediatamente al oeste de la cima de Pukarita. El área está actualmente bajo cultivo y tiene evidencia de pilas de piedra que pudieron haber venido de las construcciones originales. No hay evidencia de las paredes de retención en la plataforma al borde del río. SITIO MI-7 TABACAL (N16300 E47050) El sitio de Tabacal está situado en una extensa planicie al lado del noroeste de la cuenca de Mizque. Las laderas de montaña en esta área occidental de la cuenca están constituidas por grandes placas de roca con una capa de tierra vegetal muy fina. El llano tiene una densa capa de canto rodado a una profundidad de 20-30 centímetros de la tierra vegetal. Es un área abierta y con vegetación dispersa de hierba. El área del sitio está actualmente sin cultivar. Las áreas más bajas de este llano se cultivan con secano; o usando el agua de los "atajados" (piscinas con terraplén), construidos, sin embargo, en suelos altamente permeables. Este sitio se compone de cimientos de piedra de estructuras rectangulares y de alineaciones de piedra que forman las terrazas, que cubren la mayoría del área del sitio. Por lo tanto el sitio es sobre todo visible por las alineaciones paralelas largas de piedras que forman aterrazamientos bajos a lo largo de una ladera de gradiente muy suave pero con una fuerte escorrentía de agua. Estas estructuras se construyen con las piedras encontradas en los estratos superiores de suelo. La distancia entre las alineaciones de piedras es corta: 80-100 centímetros. Otro sector de construcciones agrícolas se sitúa en las laderas más bajas de las colinas occidentales. Estas laderas tienen una tierra vegetal muy fina. El aterrazamiento de estas laderas ha evitado la erosión y el agotamiento de la tierra vegetal. Estas alineaciones de piedra se colocan a una distancia de 1,5 m a 2,5 m entre ellas, sobre una distancia de 80-90 m., y una diferencia de altura aproximada de 50-60 centímetros entre cada borde de terraza. Cerca de 15 alineaciones de piedra se construyen con dos filas de la piedra sin trabajar que está disponible de la roca madre. SITIO MI-9 MOLLE AGUADA (N16300 E51000) Este sitio está situado en un montículo natural aislado al norte de la ciudad de Mizque al centro de un área extensivamente cultivada y con relictos de bosque espinoso. La conservación del sitio es pobre con solamente algunas cimientos de paredes de de estructuras concentradas en un área de m. 100x80, en la cual hay una dispersión importante de piedras. No hay tiestos en superficie. SITIO MI-10 POLIGONO (N15650 E53700) Este sitio se encuentra en un área sin cultivar bajo una cubierta extremadamente densa del bosque. Está situado en una terraza superior del banco norte del río Mizque; los alrededores son tierras de cultivo. Bajo la vegetación hay cimientos de paredes circulares y rectangulares de cantos rodados. No hay tiestos en superficie y ninguna evidencia de saqueo al sitio. SITIO MI-11 ESCUELA (N14950 E51400) Página 210 Este sitio está situado dentro de la ciudad de Mizque. Fue identificado por tiestos dispersados en el campo del fútbol adyacente al complejo de la escuela. La densidad de tiestos, sin embargo, era baja. La evidencia adicional de ocupación prehistórica en subsuperficie fue observada en los pozos de la construcción para el auditorio de la escuela, en donde se notó urnas funerarias disturbadas. SITIO MI-12: vea el SITIO MI-5. SITIOS MI-13 y MI-26 LAKATAMBO COMPLEJO (N14000 E54000)-CONDADILLO (N13250 E55000) Éste es el complejo más grande del sitio del valle de Mizque. Se compone de dos porciones: un área superior llamada a Lakatambo (sitio 26) situado en uno de los niveles más altos del cerro, y un área plana, más baja y muy extensa llamada Condadillo, situada en una plataforma sobre el llano aluvial y adyacente al río Tipajara. Este último sitio también se conoce como Sauces-Lakatambo [Ibarra 1956; Walter 1966], o San Pedro o la Estación [población local]; Sitio 13). Las dos áreas de asentamiento, o mejor dicho los dos sitios, están separados por 300 m de ladera. El sitio más bajo de Condadillo es el más destruido del valle por los saqueadores del entierro, lotes de vivienda privados, campos agrícolas y pozos de arcilla para la fabricación de adobes. Es un sitio de varias ocupaciones (multi-ocupacional) importante con evidencia de seis estilos de cerámica que pertenecen tres períodos cronológicos importantes. El área superior de Lakatambo tiene solamente ocupación del último período. La evidencia de construcciones del asentamiento en el área plana de la plataforma es pobre. A pesar de las dimensiones del sitio hay pocos ejemplos de cimientos de paredes. Aquellas que quedan muestran que las paredes se construyeron con piedras de lajas. Este tipo de construcción se encuentra en otros sitios documentados en el valle tales como los sitios 5 y 12, y el complejo de Lampiña (MI 21-22-32). El tipo de roca madre estratificada de lutita proporciona las lajas para este tipo de construcción. El sitio superior de Lakatambo tiene un asentamiento con cerca de 60 estructuras, muchas de las cuales siguen teniendo los cimientos de piedra de estructuras y de plataformas de retención en su lugar. Solamente una pared de piedra de lajas guarda una altura de dos metros. La organización del sitio muestra espacios abiertos grandes, con la estructura de doble plataforma rectangular alineada en filas al sitio. La construcción de plataformas en filas ocurre también en Chanka Loma (MI 24) e Incahuasi (MI 15) en una ocupación del mismo período. SITIO MI-14 TUCMA BAJO (N17150 E56500) Este sitio está situado en la extremo meridional de una plataforma natural muy estrecha orientada N-S con el río Callejas a su izquierda y el río Tucma a su derecha. El área está bajo cultivo con irrigación. Las piedras que quedan de las construcciones prehistóricas se han remoovido para construir las paredes de parcelas modernas. A pesar del grado de arado al que se somete el sitio, la densidad de tiestos es extremadamente baja. MI-15 INCAHUASI BAJO (N14200 E48000) Éste es el segundo sitio más importante en Mizque. Está situado al lado occidental del valle cerca del río Uyuchama, un río que proporciona agua permanente al valle (los actuales canales e irrigación obtienen agua de este río). El sitio se compone de tres partes principales: la ladera de la colina y la cima, orientada de este a oeste; el llano más bajo meridional (con la misma orientación), y el llano más bajo norteño (de orientación SE-NO). Las áreas de la ladera y de la cima de la colina tienen las mejores construcciones de piedra preservadas del sitio. Las construcciones comienzan en la ladera media. Se componen de plataformas construidas con las paredes de retención y estructuras más pequeñas sobre ellas. Estas estructuras, sobre todo las de forma rectangular, pueden también hallarse aisladas en áreas donde la ladera no es tan escarpada. Las plataformas se construyen en diversos niveles de las laderas. La cima plana de la colina tiene un amplia área abierta emparedada con las plataformas centrales. La cima es limitada por un acantilado escarpado. Al lado del acantilado hay tres grandes paredes de aterrazamiento. La segunda área es la ladera baja donde se ha hecho Página 211 la mayoría del saqueo. Es un área forestada hoy con árboles espinosos. Se encuentran pocos cimientos de paredes en esta área. La tercera área es una zona abierta del pastoreo, parte de la cual se utiliza para la agricultura de secano. SITIO MI-16 TUCMA (N19000 E55000) Este sitio está situado en una colina rocosa larga aislada flanqueada por los dos ríos que fluyen de norte-sur al lado este de la cuenca: los ríos Callejas y Tucma. Tiene evidencia muy densa de la construcción con las terrazas a lo largo de las laderas, estructuras rectangulares dentro de recintos más grandes a lo largo de los espacios planos de la cima. Tiene masivas paredes a media ladera que rodea la densa área de asentamiento. SITIO MI-17 LAPIA (N12950 E47400) Este sitio está situado en los laderas superiores de una colina cuya cara occidental es un acantilado escarpado que domina el río Uyuchama en la confluencia con el valle de Mizque. Las estructuras están situadas en la mitad superior de la colina donde las estructuras de aterrazamiento, de 1-1,5 m de altura, parecen ser paredes defensivas. En la cima de esta colina hay un área plana y un conjunto de tres paredes anchas que limitan el extremo meridional del sitio. El patrón de construcción es idéntico a otro sitio de cordillera que también aproveche de un acantilado escarpado en uno de sus lados (sitio 24, Chanka Loma). A pesar de la alta densidad de construcciones en ell sitio la densidad de tiestos es muy baja. SITIO MI-18 CALLEJA LOMA BAJA (N16100 E54150) Este sitio está situado (como MI-10) sobre el área plana de la segunda plataforma en el banco norte del valle. No hay casi construcciones de piedra en superficie. Hay evidencia de algunos eventos de saqueo produciendo tiestos en superficie. La densidad de tiestos es, sin embargo, muy baja. El área no es cultivada y está actualmente cubierta por una vegetación densa de arbustos y árboles. SITIO MI-19 RÍO TUCMA (N19250 E54450) El sitio de Río Tucma está situado en las laderas este de una plataforma natural estrecha y larga formada por la Río Callejas al oeste y la Río Tucma al este. Se han encontrado pocos tiestos en este sitio que guarda evidencia de pequeñas construcciones semicirculares de cantos rodados en las terrazas de la ladera. SITIO MI-20 MAGUEY TOJO (N11400 E54850) Este sitio está situado en la cima de una colina, cerca de 120 m sobre el llano aluvial. Consiste en tres construcciones rectangulares aisladas de cerca de 20 x 15 m. Estos se utilizan actualmente como corrales. No se encontró cerámica en superficie de este sitio. COMPLEJO DE LAMPIÑA: SITIO MI-21 LAMPIÑA NORTE (N19650 E47950), SITIO MI-22 LAMPIÑA SUR (N19200 E47400), SITIO MI-32 LAMPIÑA OESTE (N19000 E46600), SITIO MI-38 LAMPIÑA ALTO (N19150 E45900). El complejo de Lampiña, que consiste en cuatro sitios separados, está situado en las laderas más altas del lado norte del área de la prospección. Los sitios están situados en un área grande y relativamente plana que domina el llano del valle. Los suelos rocosos y los alrededores de los sitios se utilizan hoy para la agricultura de secano (e.g., trigo y cebada). Lampiña Norte, sitio 21, tiene un total de cuatro estructuras de las cuales permanecen solamente las piedras de los cimientos. La estructura está compuesta por un cuerpo rectangular con una adición de un cuarto semicircular a un extremo. Lampiña Sur, sitio 22, tiene las estructuras con el mismo tipo de diseño de planta. Lampiña Oeste , sitio 32, es la concentración más densa de habitaciones de estructuras rectangulares y Página 212 circulares. Las terrazas encontradas aquí son alineaciones paralelas de piedras con una distancia de cerca de 50-70 centímetros entre ellas. La existencia de posibles actividades agrícolas en un área que es hoy totalmente árida es extremadamente interesante para evaluar el acceso a las tierras de cultivo en el pasado. Finalmente, el sito de Lampiña Alto está situado en un meseta aislada a unos 500 mal noroeste del sitio 32. Consiste en numerosas alineaciones de piedra de 30-35 m para propósitos de aterrazamiento. Sin embargo, es un área con una ladera muy suave, es decir con diferencias muy bajas de elevación. Estas alineaciones de piedra habrían servido para la retención del agua y evitar la erosión. SITIO MI-23 LAPIA SUR (N10800 E48400) Lapia Sur está situado en las laderas más bajas y medias de una colina del lado este del valle de Mizque. La evidencia extensa de construcción al sitio consiste sobre todo en los dispositivos de aterrazamiento largos que siguen el contorno de las laderas; y cuyo ancho depende en gran parte de la extensión de la porción plana en la ladera. Hay un número pequeño de las estructuras rectangulares construidas en las plataformas. La áreas planas rectangulares grandes (de cerca de 80-100 x 30-40 m) en la misma ladera están limitadas por las paredes de retención necesarias para evitar la erosión y la formación de pequeñas quebradas en la capa baja del suelo. Se usó cantos rodados de granito de unos 35-45 centímetro de ancho para las construcciones. No se encontró ningún tiesto en superficie. El sitio está situado junto al llano aluvial de suelos extremadamente fértiles y profundos. SITIO MI-24 CHANKA LOMA (N13200 E55600) Este sitio está situado en el banco este del río Tipajara. La cima en la cual este sitio está situado tiene una ladera de gradiente suave al sur y un acantilado al lado norte. Los límites del asentamiento están marcados por una pared gruesa de 1,5 m ubicada a media ladera, que preserva sus cimientos y primera fila de piedra. El otro extremo del sitio es limitado naturalmente por el acantilado y reforzado por una pared ancha. La salida del sitio en la cima es defendida por tres paredes paralelas de 2- 2.5m de ancho. Evidencia dudosa se ha registrado de las alineaciones de piedra en las laderas más bajas fuera del muro limítrofe. Este sitio es uno de los mejores preservados registrado en la prospección. Las características arquitectónicas principales son estructuras circulares pequeñas (1,5-2 m de diámetro) y grandes (4-4,5 m de diámetro); las estructuras cuadradas en plataformas están yuxtapuestas en filas; estructuras cuadradas más pequeñas están ordenadas en filas largas; y estructuras cuadradas aisladas en plataformas de .5-.8 m. de alto. SITIO MI-25 POJO (N10100 E55350) Este sitio está situado en el banco oeste del río Tipajara, al sur de la cuenca de Mizque. Tiene evidencia de densas construcciones de piedra que han sido destruidas por el pastoreo de cabras. La distribución de estas estructuras es conglomerada pero ningún plan formal pudo ser discernido. No se encuentran tiestos en la superficie de este sitio. SITIO MI-26: vea el SITIO MI-13. SITIO MI-27 COBRA (N11450 E50050) Este es un sitio con una baja concentración de tiestos en un área restringida (10 x m. 15). El área ha sido erosionada por el agua y tiene un buen número de grietas. Pertenece probablemente a los restos de ocupación de una sola estructura. Los tiestos en superficie pertenecen exclusivamente al estilo Tupuraya. SITIO MI-28 CAZORLA (N13600 E50700) Este sitio está situado al centro del llano aluvial entre los ríos de Mizque y de Uyuchama. Es la única Página 213 ocupación del tipo de montículo encontrada al área de la prospección. El montículo se construye con un suelo rojizo claro muy distintivo que contrasta con el suelo marrón ligero del llano aluvial. No se encontró tiestos superficiales en esta temporada. SITIO MI-29 PUNCU (N9450 E46300) Este sitio está situado en las plataformas superiores del banco sur del río Mizque al oeste de la cuenca. Se utiliza actualmente para agricultura de secano. Hay evidencia de piedras dispersas en el campo junto con evidencia de restos de cerámica. No se ha encontrado ninguna construcción importante en su forma original. Este sitio extiende hacia las laderas superiores donde desafortunadamente las estructuras de piedra de alineaciones han sido disturbadas. SITIO MI-30 QUEBRADA (N10000 E48500) Este sitio está situado en la intersección del río Mizque y el río Vicho-Vicho, un tributario del Mizque. Este sitio tiene dos áreas importantes de ocupación: estructuras en las laderas de la colina y del área plana que dominan el río Mizque. Mucho saqueo y la zanja creada por la ferrovía han producido la alta densidad de tiestos en superficie en el área plana. La mayoría de la evidencia de la construcción se encuentra en las laderas de la colina donde terrazas de áreas pequeñas se encuentran con paredes de retención estrechas hechas de un solo curso de piedras. Las plataformas creadas con paredes de retención permiten la construcción de estructuras rectangulares de las cuales se pueden observar algunos cimientos de paredes. Hay poca evidencia de construcción en el área plana dado que el saqueo, la erosión y el retiro de la tierra han sido muy drásticos. SITIO MI-31 JUCUMAL (N 8650 E49600) Este es un sitio grande situado en el banco este del río Vicho Vicho cerca de 1,2 kilómetros de sur del río Mizque. Yace en una colina baja plana grande y solamente los cimientos de paredes se pueden documentar en superficie. Además, parte del sitio se utiliza como campos agrícolas. SITIO MI-32: vea el SITIO MI-21. SITIO MI-33 HIERBA BUENA (N10850 E56900) Este sitio está situado en un área con vegetación de arbustos escasa a media. Consiste en cinco estructuras rectangulares hechas de piedras sin trabajar y no presenta ningún tiesto en superficie. SITIO MI-34 MUYULOMA BAJO (N11500 E50600) Este sitio y dos los siguientes están situados en zonas separados en las laderas más bajas y superiores de la cordillera que define el límite meridional del área de la prospección. Este sitio se encuentra en la extremo sur de las plataformas más bajas del piedemonte. Las cimientos de paredes de estructuras domésticas se encuentran en el borde más bajo de la plataforma. El sitio se extiende 500 m desde el extremo encima de la ladera donde hay abundante evidencia de alineaciones de piedra para propósitos de aterrazamiento. No se encuentra ningún cimiento de pared en el área de las terrazas. SITIO MI-35 MUYULOMA ALTO (N11700 E51150) Este sitio está situado en las laderas medias cerca de una cumbre rocosa grande. Hay un área central plana grande que tiene una pared que delimita. El asentamiento principal yace en un punto que domina el valle y donde las estructuras están situadas alrededor de rocas naturales. Una tercera área del sitio tiene seis alineaciones de piedra bajas. No hay tiestos en superficie en ninguna de las tres áreas de este sitio. Página 214 SITIO MI-36 MOJETILLAS (N12200 E52150) Este sitio se compone exclusivamente de alineaciones de piedra en las laderas medias de la ladera de la cordillera meridional de la cuenca de Mizque. El área es densamente forestada. La superficie está cubierta de piedras sin trabajar pero las alineaciones son perceptibles bajo la cubierta superficial. Hay una distancia media de 80-100 centímetros entre cada alineación. El sitio más cercano de habitación a este complejo es el sitio 35, y algunos sitios más pequeños situados en las laderas más bajas de esta zona de montaña no fueron registrados en los bloques de prospección. SITIO MI-37 POZA (N13750 E47300) Este sitio está situado al banco norte del río Uyuchama, a 750 m. al oeste del valle de Mizque. Es un sitio pequeño integrado por las alineaciones de piedra en una ladera media. Las paredes de piedra no son más altas que una sola fila como fundación. Las estructuras rectangulares pequeñas se encuentran en los márgenes de estas terrazas. Los tiestos se recoge sobre todo de la superficie del área de terrazas. SITIO MI-38: vea el SITIO MI-21. SITIO SAUCES MI-39 (N13500 E53150) Este sitio fue primero documentado por Ibarra. Está localizado al noroeste del complejo Lakatambo- Condadillo (sitios 13 y 26) en una colina pequeña adyacente al llano aluvial del río Mizque. El tamaño del asentamiento es reducido y ha sido seriamente disturbado por el ferrocarril, por la hacienda Sauces, y por saqueadores. Sigue habiendo algunos cimientos de piedra en su lugar en el sitio, que es dominado por hoyos del saqueador y un fuerte proceso de erosión. SITIO MI-40 PASCUAL (N14850 E51500) Este sitio está situado en el área urbana de Mizque en el patio del pequeño hotel de Pascual Morales. El sitio se concentra al área de la casa y pocos restos se encuentran en las calles y el patio trasero circundantes. La boca de una urna grande se observa en superficie. Esta concentración es probablemente parte de un asentamiento Formativo puesto que yace en la misma área (de orientación este-oeste) que el convento del San Agustín (sitio 1) y la escuela (sitio 11). Página 215 ANEXO 11: DOCUMENTOS DE LA CONSULTA EN LA CUENCA TAPACARÍ Página 216 Página 217 Página 218 Página 219 Página 220 Página 221 Página 222 MEMORIA FOTOGRAFICA CONSULTA TAPACARI Página 223 Página 224 Página 225 Página 226 Página 227 Página 228 ANEXO 12: DOCUMENTOS DE LA CONSULTA EN LA CUENCA ARQUE (DEP. DE COCHABAMBA) Página 229 Página 230 Página 231 Página 232 Página 233 Página 234 CONSULTAS CAPINOTA Página 235 Página 236 Página 237 Página 238 Página 239 Página 240 Página 241 Página 242 Página 243 CONSULTAS SAUCE PAMPA Página 244 Página 245 Página 246 Página 247 Página 248 Página 249 CONSULTAS ARQUE Página 250 ANEXO 13: DOCUMENTOS DE LA CONSULTA EN LA CUENCA (DEP. POTOSÍ) Página 251 Página 252 Página 253 Página 254 Página 255 Página 256 Página 257 Página 258 Página 259 FOTOGRAFIAS CONSULTA SACACA Página 260 Página 261 Página 262