RP1450v1 Marco  de  Políticas  de   Reasentamiento     Marzo  2013   Proyecto  de   mejoramiento  de  los   Servicios  Públicos  del   Gobierno  Autónomo   Descentralizado   Municipal  del  Cantón     Manta         1   Ã?NDICE   1. Descripción  del  proyecto.   2. Objetivos  y  principios  del  Marco   2.1 Objetivos   2.2 Principios   3.  Marco  Jurídico.     3.1  Normativa  legal  que  regula  las  expropiaciones  en  Manta  (COOTAD)     3.2  Normativas  para  legalizar  los  predios  sin  titulo   4.  Marco  Institucional  y  Proceso  de  Expropiación     4.1  Identificación  del  predio  a  expropiar     4.2  Notificación  de  la  expropiación  al  dueño  del  predio     4.3  Identificación  del  tipo  de  suelo     4.4  Comprobación  del  estado  legal  del  predio     4.5  Calculo  del  valor  de  la  tierra     4.6  Calculo  del  valor  de  los  edificios     4.7  Negociación  y  fijación  del  precio  de  expropiación     5.  Matriz  de  comparación  entre  los  Principios  de  OP  4.12  y  Legislación/Procedimientos  del   GAD  Manta.   6.  Elegibilidad  y  medidas  de  reasentamiento.   7.  Responsabilidad  Institucional  en  la  Preparación  e  Implementación  del  Plan  de   Reasentamiento.   8.  Fuentes  de  financiación  del  Reasentamiento.   9.  Participación  comunitaria.   10.  Gestión  de  Quejas.   11.  Seguimiento  y  evaluación.           2   Este  marco  se  ha  realizado  en  conformidad  a  la  Política  Operacional  del  Banco  Mundial  en  lo   relativo  al  Reasentamiento  Involuntario  (OP  4.12)   1.    Descripción  del  proyecto.   El   Objetivo   de   Desarrollo   del   Proyecto   es   apoyar   al   Gobierno   Descentralizado   Municipal   del   Cantón   Manta   en   la   mejora   de   la   calidad   y   sostenibilidad   de   los   servicios   públicos   de   agua,   alcantarillado,  y  transporte  público,  mediante  inversiones  en  infraestructuras  y  fortalecimiento   institucional.   El  proyecto  incluirá  los  siguientes  componentes:   Componente  1  –  Inversiones  en  Agua  y  Alcantarillado.  Este  componente  abarcará  las  siguientes   actividades:   -­â€? Ampliación   y   renovación   de   redes   de   agua   potable   (sectores   centro   de   la   parroquia   Manta;  centro  parroquia  Los  Esteros;  Centro  Parroquia  Tarqui);   -­â€? Ampliación   y   renovación   de   las   redes   de   recolección   de   aguas   residuales   (sectores   centro  de  la  parroquia  Manta;  centro  parroquia  Los  Esteros;  Centro  Parroquia  Tarqui),   incluyendo  una  estacione  de  bombeo;   -­â€? Fiscalización  de  las  obras  consideradas.   Componente  2:  Inversiones  en  Vías.    Incluiría  las  siguientes  actividades:   -­â€? Regeneración  de  corredores  viales;   -­â€? Pavimentación  de  vías;   -­â€? Construcción  y  mejoramiento  de  aceras;   -­â€? Fiscalización  de  las  obras  consideradas.   -­â€? Componente3:   -­â€? El  objetivo  es  el  fortalecimiento  institucional  en  la  gestión  de  agua  y  alcantarillado  así   como  en  transporte  público.   Componente  3:   -­â€?  El  objetivo  es  el  fortalecimiento  institucional  en  la  gestión  de  agua  y  alcantarillado  así   como  en  transporte  público.   Componente  4  –  Administración  del  Proyecto.   -­â€? Costos   asociados   con   la   administración   del   Proyecto.   Estos   fondos   del   préstamo   serían   utilizados   para   financiar   auditorías   relacionadas   con   el   Proyecto,   equipos   y   entrenamiento   para   fortalecer   la   unidad   de   ejecución   del   Proyecto,   así   como   consultores  individuales.   -­â€? Campaña  de  comunicación  relacionada  con  las  obras  de  agua,  saneamiento  y  vías.   En  lo  relativo  al  reasentamiento  los  componentes  más  relevantes  son  el  1  y  el  2.     -­â€?Estimación  del  desplazamiento-­â€?   En  la  fecha  de  preparación  de  este  documento  aún  no  es  posible  tener  una  estimación  de  la   población   desplazada,   pero   se   espera   que   las   obras   generadas   por   las   inversiones   en   Agua   y     3   Saneamiento   no   tengan   un   gran   impacto,   únicamente   la   reubicación   de   los   vendedores   informales  ubicados  en  las  aceras,  los  cuales,  según  una  primera  estimación  del  Departamento   de   Desarrollo   Comunitario   del   Municipio   no   son   muy   numerosos   en   esos   sectores,   con   la   salvedad  del  sector  de  Tarqui.     -­â€?Actividades  de  Transporte  y  obras  asociadas-­â€?   Este   Marco   también   se   aplicará   a   todos   los   impactos   inesperados   que   se   produzcan   como   consecuencia  de  las  inversiones  de  Transporte  del  Proyecto,  así  como  a  todas  las  actividades   necesarias  para  llevar  a  cabo  los  objetivos  del  proyecto  pero  que  no  están  financiadas  por  el   Banco.   En   este   momento   no   hay   previstas   acciones   asociadas   a   los   objetivos   del   proyecto   y   que  no  estén  financiadas  por  el  Banco  pero  puedan  requerir  de  expropiaciones.   Este   Marco   cubre   impactos   temporales   derivados   del   aprovisionamiento   y   almacenaje   de   materiales  necesarios  para  las  obras.   2.Objetivos  y  Principios  del  Marco.   2.1  Objetivos.   a) Minimizar     los   reasentamientosderivados   del   proyecto,   así   como   el   impacto   generado  por  dichos  reasentamientos.   b) Ayudar  a  las  personas  desplazadas  a  mejorar  su  nivel  de  vida  o,  al  menos,  mantener   las  condiciones  previas  al  reasentamiento.   c) Considerar   todos   los   aspectos   sociales   y   económicos   de   los   reasentamientos   con   el   fin  de  maximizar  los  beneficios  para  la  población  afectada.     2.2  Principios.     § Informar a las personas desplazadas de sus opciones y derechos en relación al reasentamiento. § Ofrecer a los afectados distintas opciones técnicas y económicas viables de reasentamiento. § Otorgar una indemnización rápida y efectiva equivalente al costo total de reposición por las pérdidas de activos atribuibles directamente al proyecto. § Asistencia (como subsidios de traslado) durante el traslado § Ofrecer apoyo posterior al desplazamiento para verificar la adaptación y el restablecimiento de sus condiciones de vida § Prestar una atención especial a los desplazados vulnerables § No iniciar las obras hasta que no se haya finalizado el reasentamiento § Preferentemente compensar la expropiación de terrenos con la entrega de otros terrenos que reúna condiciones lo más semejantes posible a los expropiados. Este Marco reconoce que las personas que no tienen títulos de propiedad también deben ser beneficiarias de algún tipo de asistencia social que les permita, al menos, mantener las condiciones de vida previas al proyecto.   4   Evitar en la manera de lo posible, la interrupción del negocio, y cuando esto no sea posible, establecer provisiones especiales para compensar dicha interrupción. 3. MARCO JURÃ?DICO El Art. 264 numeral 4 de la constitución de la Republica del Ecuador (aprobada en el 2008)señala las competencias exclusivas de los gobiernos municipales para prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado. El Art. 55 literal D. del COOTAD señala las competencias exclusivas de los gobiernos municipales para prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado. 3.1  Normativa  legal  que  regula  las  expropiaciones  en  Manta  (COOTAD)   Las   expropiaciones   del   Cantón   Manta   se   regulan   actualmente   según   las   leyes   que   indica   el   Código   Orgánico   de   la   Organización   Territorial,   Autonomía   y   Descentralización   (COOTAD),   en   su   sección   séptima   referente   a   Expropiaciones,   desde   el   articulo   446   hasta   el   457,   en   su   sección   quinta   el   articulo   488.-­â€?   Servidumbres   reales,   de   no   resolverse   por   estos   medios,   se   procede   a   llevar   al   caso   a   la   justicia   ordinaria,   como   lo   indican   los   artículos   781   -­â€?     803   del   código  de  procedimiento  civil.     El  COOTAD  en  su  artículo  494  (actualización  del  catastro)  determina  a  las  municipalidades  en   forma   obligatoria   actualizaciones   generales   de   catastros   y   de   la   valoración   de   la   propiedad   urbana  y  rural  de  cada  bienio.   Es   así   que   cada   bienio   se   actualiza   la   ordenanza   de   aprobación   del   plano   del   valor   del   suelo   urbano  y  rural,  los  factores  de  corrección  para  definir  el  aumento  o  disminución  del  valor  de  la   tierra   y   edificaciones   en   general,   los   parámetros   para   valorar   las   diversas   tipologías   de   edificaciones   y   demás   construcciones,   y   las   tarifas   que   regirán   en   el   cantón   manta   para   el   bienio  2012-­â€?2013.   Los   predios   urbanos   serán   valorados   mediante   la   aplicación   de   los   elementos   de   valor   de   suelo,   valor   de   las   edificaciones   y   valor   de   reposición   previstos   en   el   COOTAD.(Ver   Anexo   X   para  ver  el  texto  de  los  artículos  mencionados)   3.2Normativas  para  legalizar  los  predios  sin  título   Para  legalizar  los  predios  sin  título  el  Gobierno  Autónomo  Descentralizado  del  cantón  Manta   procedió   a   elaborar   dos   ordenanzas,   la   primera   que   regule   el   proceso   de   titularización   de   bienes   inmuebles   que   se   encuentran   en   posesión   de   los   particulares   que   carecen   de   título   inscrito,   en   la   cual   la   persona   que   solicita   el   tramite   lo   hace   en   forma   individual   y   solo   debe   reunir   la   documentación   requerida   y   la   aprobación   de   ubicación   de   los   departamentos   de   Planificación  Urbana,  Avalúos  Catastro  y  Registros  y  la  Unidad  de  Riesgo.   En   el   segundo   proceso   en   cambio   se   lo   realiza   en   forma   colectiva   por   sectores   o   barrios,   los   cuales  así  mismo  deben  reunir  la  documentación  solicitada,  se  les  realiza  las  inspecciones  en   sitio,   y   por   ultimo   no   solo   se   regula   la   titularización   sino   también   se   elabora   un   reordenamiento   de   la   trama   urbana   y   dotación   de   equipamiento   necesario   para   brindar   un   mejor  servicio  a  la  comunidad.     5   4.  Marco  Institucional  y  Proceso  de  Expropiación   4.1.  Identificación  del  predio  a  expropiar.   Una   vez   que   se   presenta   la   necesidad   de   implantar   proyectos   de   desarrollo   social,   manejo   sustentable   del   ambiente   y   bienestar   colectivo   que   constara   el   GAD   Municipal   dispone   la   ejecución  del  estudio  correspondiente,  lo  que  determina  la  ubicación  y  el  área  de  afectación   de   bienes   particulares   y   resuelve   declarar   en   utilidad   pública   dichos   bienes,   mediante   acto   debidamente  motivado  en  la  individualización  del  bien  o  bienes  requeridos  y  los  fines  a  los  que   se  destinara.   4.2.  Notificación  de  la  expropiación  al  dueño  del  predio.   La   resolución   de   la   máxima   autoridad   con   la   declaratoria   de   utilidad   pública,   se   notificara   dentro  de  los  3  días  de  haberse  expedido,  a  los  propietarios    de  los  bienes  expropiados,  a  los   acreedores  hipotecarios  si  lo  hubiere  y  al  registrador  de  la  propiedad.   Con  la  inscripción  de  la  declaratoria  de  utilidad  pública  el  registrador  de  la  propiedad  se  debe   abstener  de  inscribir  cualquier  acto  traslaticio  de  dominio  o  gravamen,  salvo  que  sea  a  favor   del  GAD  Municipal.   4.3. Identificación  del  tipo  de  suelo  (rural,  urbano,  industrial).     Para  el  proceso  de  identificación  del  tipo  de  suelo  se  creó  una  ordenanza  de  uso  y  ocupación   del   suelo   en   la   que   se   ha   determinado   un   plano   de   zonificación   del   cantón   en   áreas   urbanizables,   no   urbanizables,   de   expansión   urbana,   de   equipamiento   e   industriales   de   bajo,   medio  y  alto  impacto.   El   responsable   de   dicho   proceso   es   la   Dirección   de   Planeamiento   Urbano   la   cual   no   solo   identifica  el  tipo  de  suelo  donde  se  pretende  implantar  el  proyecto  sino  que  también  certifica   que   la   ubicación   de   dicho   bien   no   difiere   con   lo   establecido   con   el   plan   de   ordenamiento   territorial.   4.4. Comprobación  del  estado  legal  del  predio.   La   dirección   de   avalúos   catastro   y   registro   emite   un   informe   de   identificación   de   las   claves   catastrales,  propietarios  y  escrituras  según  base  de  datos  del  GAD  Manta.   En  base  a  la  información  obtenida  se  solicita  al  Registro  de  la  Propiedad  el  o  los  certificados  de   solvencia  de  los  predios  requeridos.  Estos  documentos  son  enviados  al  Departamento  Jurídico   que  realice  los  trámites  pertinentes.   4.5. Cálculo  del  valor  de  la  tierra  en  los  predios  a  expropiar.   Cada  bienio  como  lo  establece  la  ley  del  COOTAD  se  actualiza  la  valoración  del  suelo  urbano  y   rural  y  se  regula  mediante  ordenanza.   El  precio  del  suelo  se  calcula  como  lo  determina  la  ordenanza  en  su  artículo  5  y  se  calcula  por   cada   metro   cuadrado   mediante   muestras   tomadas   en   sitio   y   respaldado   con   las   normas   internacionales  de  valuación  (NIV).     6   Para   la   obtención   del   valor   del   suelo   que   se   verá   reflejado   en   el   plano   de   valor   de   la   ciudad   se   toman   fuentes   de   información   como:   muestras   de   precio   de   terreno   insitu,   corredores   y   promotores  inmobiliarios,  empresas  constructoras  inmobiliarias,  avisos  clasificados  de  prensa   escrita,   base   de   datos   del   personal   de   peritos   evaluadores   inmobiliarios;   aparte,   se   verifican   servicios  e  infraestructura  que  presenten  cada  zona  a  valorar.   4.6.  Cálculo  del  valor  de  los  edificios  situados  en  los  predios  a  expropiar   Se  establece  el  costo  de  la  infraestructura  existente  con  precios  actualizados.   Se  identifica  y  categoriza  el  estado  del  bien  inmueble  según  tabla  existen  dándole  un  índice.     Obtenido   este   dato   se   procede   a   buscar   en   la   tabla   de   depreciación   existente   para   estos   casos   tomando   en   cuenta   el   n°   de   años   que   tiene   la   construcción   y   se   obtiene   el   coeficiente     deseado.     Este  coeficiente  obtenido  es  multiplicado  por  el  costo  de  la  obra  obtenido  en  primera  instancia   y  el  resultado  obtenido  es  el  valor  real  de  la  edificación.   EJEM.       VALOR  DE  LA  INFRAESTRUCTURA  EXISTENTE   12.500,00           INDICE  OBTENIDO  X  DEPRESIACIÓN   0,5864   INDICE   DE   ESTADO   DE   LA   CONSTRUCCIÓN   ENTRE   MALO-­â€? 2,50   REGULAR-­â€?  BUENO  -­â€?  EXCELENTE     N°  DE  AÑOS  DE  CONSTRUCCIÓN   10       (12.500,00X0,5864)       VALOR  REAL  DE  LA  COSNTRUCCIÓN   7.330,00     4.7. Negociación  y  fijación  del  precio  de  expropiación.   Una  vez  fijado  el  precio  comercial  por  el  departamento  de  Avalúo,  Catastro  y  Registro(valor  de   la   tierra)   y   el   departamento   de   Obras   Públicas   (en   caso   de   que   existiese   construcción)   del   GADM-­â€?  MANTA;  se  informa  a  la  persona  asignada  para  la  intervención  de  la  negociación  (dpto.   Desarrollo   Comunitario),     para   socializar     el   proyecto   y   darle   a   conocer   al   afectado   el   valor   por   la  expropiación  del  predio.    5.  Matriz  de  comparación  entre  los  Principios  de  OP  4.12  y  Legislación/Procedimientos  del   GAD  Manta.   La   siguiente   tabla   señala   las   diferencias   entre   los   protocolos   del   Banco   para   casos   de   reasentamiento   y   la   Normativa   Legal   del   GAD   Manta,   se   indican   también   las   medidas   acordadas  para  solventar  las  diferencias.   Principios de OP.4.12 Legislación y Arreglo de diferencias Procedimientos Municipio de Manta Informar a las personas Existe un proceso de No hay diferencias desplazadas desus socialización del proyecto significativas. opciones y derechos en a los dueños de los relación al reasentamiento. predios y demás personas afectadas previo al   7   proceso de expropiación. Ofrecer a los afectados El municipio va ofrecer a No hay diferencias distintas opciones técnicas y los vendedores significativas. económicas viables de ambulantes varias calles reasentamiento. opcionales para su reubicación mientras duran las obras. Otorgar una indemnización La evaluación del costo de En el caso de este rápida y efectiva equivalente la tierra realizada por el proyecto el Municipio no al costo total de reposición catastro se basa en va a aplicar la por las pérdidas de activos criterios comerciales. La Servidumbre Real y atribuibles directamente al evaluación de los edificios pagará íntegramente la proyecto. se basa en el coste de los tierra expropiada. materiales y su antigüedad, la reposición completa del bien dañado es una opción admitida. Existe un principio legal en la Municipalidad llamado Servidumbre Real que permite expropiar hasta un 10% de la tierra sin pagar una compensación siempre y cuando este 10% expropiado tenga una clara utilidad pública. Asistencia (como subsidios El Municipio no tiene El Municipio va a ayudar de traslado) durante el ninguna normativa que con sus medios técnicos a traslado regule este aspecto. realizar las mudanzas pertinentes de las personas afectadas. Ofrecer apoyo posterior al El Municipio no tiene El equipo de desarrollo desplazamiento para ninguna normativa que social va a encargarse de verificar la adaptación y el regule este aspecto hacer un seguimiento de restablecimiento de sus la situación de las condiciones de vida personas afectadas tras el reasentamiento. Prestar una atención No hay ninguna normativa El equipo de desarrollo especial a los desplazados que regule este respecto social ha identificado los vulnerables grupos vulnerables y puede prestarles ayuda especializada. No iniciar las obras hasta No se ocupara la tierra ni No hay diferencias que no se haya finalizado el se realizaran los trabajos significativas para los reasentamiento hasta que no se ocupantes legales, establezca: Para los ocupantes Mutuo acuerdo; o, informales el municipio se Hasta que el juez ordene compromete a finalizar el la ocupación inmediata. reasentamiento antes de comenzar las obras Preferentemente compensar El Municipio compensará En este caso la   8   la expropiación de terrenos económicamente las compensación económica con la entrega de otros expropiaciones. es pertinente ya que las terrenos que reúna Únicamente en un caso se actividades comerciales condiciones lo más compensará con la no tienen una vinculación semejantes posible a los entrega de una porción de esencial a ese terreno. expropiados. tierra equivalente a la Además la ciudad cuenta expropiada. con un mercado de terrenos activo. La política del Banco La Municipalidad tiene un Para la tercera categoría identifica tres grupos proceso legal de el equipo social tiene poblacionales con derecho a reconocimiento de títulos establecidos protocolos compensación por el de propiedad. de trabajo para asistir en reasentamiento: el reasentamiento, así 1. Aquellos en como medidas especiales posesión de un título para los vulnerables. legal de propiedad de la tierra o bienes a expropiar. 2. Aquellos que no tienen un título legal de propiedad pero que se encuentran inmersos en algún proceso para la obtención de ese título. Estas dos primeras categorías se consideran que tienen derecho a una compensación plena. 3. Aquellos que carecen totalmente de un título legal de propiedad de la tierra o los bienes. Esta tercera categoría se considera que deben recibir asistencia en el reasentamiento y algún tipo de ayuda social. Establecer provisiones El Municipio no tiene Para este proyecto el especiales para compensar ninguna normativa que Municipio va a tratar de la interrupción de negocio. establezca una proveer asistencia técnica compensación por lucro para la reubicación del cesante. negocio con el mínimo impacto. El municipio se compromete a brindarle la accesibilidad y la reubicación donde sea necesario a los diferentes negocios que se encuentran incluidos dentro del proyecto vial y de agua y saneamiento con la finalidad de no   9   causarles interrupción a sus negocios. 6. Elegibilidad  y  Medidas  de  Reasentamiento.     Tipo  de  persona  afectada   Bien  afectado   Medida   de   compensación   y   reasentamiento   Propietarios   Tierra  y  edificios   Pago   del   valor   comercial   de   la   tierra   y   costo   de   reposición   de   la   construcción.   Si   se   trata   de   viviendas,   asistencia   técnica   de   mudanza.   Negocios   Asistencia  técnica  en  la  mudanza,   compensación   del   lucro   cesante   si  es  necesario.   Arrendatarios   Negocio   Asistencia  técnica  en  la  mudanza,   asistencia   técnica   en   la   identificación  de  nueva  ubicación.     Vendedores   informales   con   Negocio  y  estructura   Asistencia  técnica  para  reubicar  la   una  estructura  no  portátil.   estructura   del   negocio   en   otra   ubicación   con   características   socio-­â€?económicas   semejantes.   Así   como   la   reubicación   en   su   lugar   original   en   el   caso   de   que   sea   posible.   Vendedores   informales   con   Negocio   Asistencia   técnica   para   la   una  estructura  portátil   localización   de   una   nueva   ubicación   con   características   socio-­â€?económicas  semejantes.   Vendedores   formales   que   Negocio   Garantizar   un   acceso   alternativo   van   a   ver   bloqueado   el   de  los  clientes.   acceso   de   los   clientes   a   su   negocio   Propietarios   afectados   Tierras   Acuerdo  de  alquiler  con  el  dueño   temporalmente   por   de   la   propiedad   y   restauración   actividades   de   obtención,   del   lugar   de   acuerdo   con   el   Plan   recogida   y/o   almacenaje   de   de  Manejo  Ambiental.   materiales   relacionados   con   las   obras   a   realizar   en   el   proyecto               En   el   caso   de   los   vendedores   informales,   la   fecha   límite   de   elegibilidad   será   la   fecha   de   realización  del  censo.       10   7. RESPONSABILIDAD  INSTITUCIONAL  DE  LA  PREPARACIÓN  E  IMPLEMENTACIÓN  DEL  PLAN   DE  REASENTAMIENTO.   Tarea   Responsable   Etapa   Identificación   de   las   calles   Empresa  Pública  de  Aguas  de   Diseño   detallado   de   la   afectadas.   Manta  (EPAM).   ubicación   final   de   las   tuberías   de  agua  y  saneamiento.     Levantamiento   de   datos   de   Departamento   de   Desarrollo   Posterior  al  diseño.   los   vendedores   informales   y   Comunitario  y  Social.   demás  personas  y  estructuras   afectadas.   Proceso   de   consultas   y   Departamento   de   Desarrollo   Posterior  al  diseño.   negociación   de   opciones   de   Comunitario   y   Social,   y   asistencia   para   el   EPAM.   reasentamiento.   Firma   del   acuerdo   de   Departamento   Juridico,   Posterior  al  diseño.   desplazamiento   con   cada   Departamento   Desarrollo   persona.   Comunitario  y  EPAM.   Elaboración   y   divulgación   de   Departamento   desarrollo   Posterior  al  diseño.   un   Plan   de   Reasentamiento   comunitario,   Comunicación   y   que  recoja  todos  los  detalles.   EPAM.   Aprobación   del   Plan   de   Equipo  del  Banco  Mundial   Antes   del   inicio   del   Reasentamiento.   reasentamiento   y   de   las   obras.   Reubicación   de   las   personas   Departamento de Previo  al  inicio  de  obras.   afectadas   antes   del   inicio   de   desarrollo comunitario y las  obras   social, seguridad ciudadana, ambiente, comisaria de construcción y vía pública, comisaria de servicios públicos y jurídico.   Devolver  a  los  afectados  a  su   Departamento de Finalización  de  las  obras.   ubicación   inicial   cuando   sea   desarrollo comunitario y posible.   social, seguridad ciudadana, ambiente, comisaria de construcción y vía pública, comisaria de servicios públicos y jurídico.   Seguimiento  y  evaluación.   Departamento Desarrollo A   lo   largo   del   proceso   y   al   Comunitario y EPAM. finalizar.       El   Municipio   tiene   un   equipo   responsable   del   Reasentamiento   que   incluye   miembros   del   departamento   de   Desarrollo  Comunitario,  Obras  Públicas,  Jurídico,  Avalúos  y  Catastro…*   En   el   caso   de   las   inversiones   de   agua   los   impactos   se   centran   esencialmente   en   los   vendedores   informales,   por   lo   tanto   el   Departamento   de   Desarrollo   Comunitario   será   el   principal   coordinador  del  proceso.     11   NOMBRE PUESTO RESPONSABILIDAD Lcdo. David Loor Pisco Director Desarrollo comunitario Responsable de todo el proceso Técnica Silvia Macías Técnica en proyecto sociales De las encuestas y sociabilización del proyecto Técnica Fabricia Macías Técnica en proyecto sociales De las encuestas y sociabilización del proyecto Arq. Elaine Solís Cedeño Técnica de dirección transito Identificar las vías alternas y la planificación de seguridad vial Arq. Daniel Ferrín Director de avalúos y catastro Descripción de la vía de reubicación con relación al uso de suelo Sr. Oldemar Giler Supervisor de barrido y Encargado del vehículo y recolección personal de mudanza Ing. Carlos Arévalo Q. Director de Obras Publicas Encargado de ejecución de obras y adecentamientos. Dr. Arturo Acuña Asistente Jurídico Encargado de asesorías y procesos jurídicos Arq. Janeth Cedeño Directora de Planeamiento Urb. Encargada de planificación territorial. Ing. Alfonzo Vera Director Medio Ambiente Encargado temas ambientales. Arq. Antonio Delgado Comisario de Construcciones y Encargado del control Vía pública Ing. Pablo Macías Tesorero GAD Manta Encargado pagos Eco. Javier Briones Comisario de Servicio Públicos Encargado de control Sr. Ronald Zabala Seguridad Ciudadana Encargado de seguridad Ing. Patricio Cevallos Director Técnico EPAM Encargado de los diseños y procesos constructivos. Ing. Freddy Palacios Jefe de Proyectos EPAM Encargado de proyecto de agua potable y alcantarillado Ab.  Carlos  Chávez Jurídico  EPAM                                                   Apoyo  al  proyecto.     12   8. Fuentes  de  financiación  para  el  reasentamiento.   La   fuente   principal   de   financiación   para   la   ejecución   del   Plan   de   Reasentamiento   será   el   Municipio  de  Manta.  El  equipo  responsable  del  reasentamiento  del  municipio  se  encargará  de   la   estimación   y   revisión   del   presupuesto   del   Plan   de   Reasentamiento.   También   será   responsable  de  vigilar  el  uso  correcto  de  este  presupuesto.   9. Participación comunitaria. En el caso de los vendedores informales, el equipo de desarrollo social, planea llevar a cabo un proceso de consultas colectivo. 1. Recogida de datos a nivel individual con el fin de identificar a los vulnerables. 2. Reunión colectiva con los vendedores informales para ofrecerles y discutir ubicaciones alternativas. 3. Formar un grupo de representantes de los vendedores. 4. Firma de los acuerdos individuales con cada uno de los vendedores para proceder a su reubicación. 5. Reuniones regulares y públicas con los representantes de los vendedores para compartir información El Municipio debe publicar un resumen del Marco de Reasentamiento, en el que no haya información privada o sensible, en algún medio público local antes de la Misión de Evaluación del Banco. El Municipio informará a las personas afectadas de todos sus derechos con respecto al reasentamiento en las sesiones de socialización. 10.Gestión de quejas. Las quejas se tratarán en primera instancia por el departamento de Desarrollo Comunitario a través de una trabajadora social, en segunda instancia tenemos dos centros de apoyo que son Centro de Mediación del municipio y el de la Cámara de Comercio. El centro de mediación está facultado para patrocinar los recursos y amparo que las personas requieran, y para defender la observancia de los derechos fundamentales expresados en la constitución del Ecuador, las leyes, los convenios y tratados Internacionales. LEY DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE.- Fecha de vigencia desde el 4 de septiembre de 1997. R.O.145, ES UN MEDIO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERCIAS, GARANTIZADO POR LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA, ART. 190 DE LA CONSTITUCIÓN, SU REGULACIÓN Y EFICACIA JURÃ?DICA ESTA PREVISTA EN LA CODIFICACIÓN VIGENTE DE LA LEY DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN. Manta cuenta con un centro de mediación y arbitraje que se encuentra ejecutando en la Cámara de Comercio, contribuyendo a una solución adecuada de los conflictos, alcanzando soluciones oportunas de los Ciudadanos que requieren o se acogen a esta ley- que se encargan de los métodos alternativos que solucionan los conflictos sin necesidad de litigar judicialmente, compuesto por una base de datos en el que influyen profesionales que ejercen los temas a tratar. El tiempo estimativo de iniciación y culminación de un caso sería máximo 2 semanas.   13   Si finalmente no se alcanza un acuerdo, se recurrirá a la vía judicial. El juez puede recurrir a la asistencia de expertos independientes. Normalmente el proceso judicial no durará más de 6 meses. Sin embargo el juez puede establecer que las obras comiencen mientras tiene lugar el juicio. En cualquier momento el particular afectado puede renunciar al procedimiento judicial y aceptar la cantidad ofrecida inicialmente por el Municipio. Para los vendedores informales existe un proceso alternativo de gestión de quejas. Las mismas se trataran en primera instancia por el departamento de Desarrollo Comunitario, en segunda instancia los atenderá una comisión que estará formada entre técnicos del departamento de desarrollo comunitario y representantes de los afectados de l proyecto. 11. Seguimiento y evaluación. Realizando seguimientos continuos aplicando fichas de verificación para respaldar la información. Con la socialización continua del Proyecto las visitas que se realizaran para constatar la ejecución del proyecto a través de encuestas o entrevistas a realizársele a dueños delos negocios. El equipo de desarrollo social del municipio remitirá al Banco y informe trimestral que resuma la etapa de reasentamientos, número de personas afectadas, tipo de quejas y manera en que son atendidas y resueltas, y estado de la negociación y pago de la compensación a cada uno de los dueños. Por último cuando se finalice el reasentamiento el equipo del municipio hará una evaluación final para verificar que las condiciones de vida de los desplazados son semejantes a las que tenían antes del reasentamiento. Alcance  del  impacto  del  Proyecto   Calle.   Número   de   Número   de   Extensión   de   tierra   a   vendedores   estructuras.   expropiar  (m2).   ambulantes.         0                                             *Esta   tabla   debe   ser   completada   durante   la   fase   de   diseño,   con   el   objeto   de   valorar   la   necesidad  de  realizar  un  Plan  de  Reasentamiento.   Nombre   del   Contenido   de   Fecha   de   la   Fecha   de   Vía   de   En   proceso   reclamante   la   reclamación   resolución   resolución   judicial   reclamación   (indicar   si   (Mediación,   (aportar   (falta   de   aún   está   Arbitraje,   fecha)     14   información,   pendiente   de   Equipo   de   compensación   resolución)   Desarrollo   inadecuada,   Comunitario)   otros…)                                                                               15 Â