MARCO DE REASENTAMIENTO INVOLUNTARIO DEL PROYECTO “APRENDER PARA CRECER (P171316) “ 1 Contenido I. INTRODUCCION 3 II. OBJETIVOS 3 1. Principios rectores 4 III. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 5 IV. MARCO LEGAL Y EAS 5 APLICABLES 10 a) Marco legal nacional 10 b) Marco legal internaciona 15 c) Análisis de brechas entre normativa local y EAS 5 Adquisición de Tierras, Restricciones sobre el Uso de la Tierra y Reasentamiento Involuntario de Banco Mundial 15 V. ACCIONES DEL PROYECTO QUE PUEDEN GENERAR REASENTAMIENTO INVOLUNTARIO DE POBLACIÓN / DESPLAZAMIENTO ECONÓMICO 21 VI. METODOLOG�A Y ARREGLOS INSTITUCIONALES PARA LA GESTIÓN DEL REASENTAMIENTO INVOLUNTARIO DE POBLACION 25 a) Evaluación preliminar 25 b) Consulta y participación de los afectados 27 c) Preparación del Plan de reasentamientos (PRI) 27 d) Criterios de elegibilidad 33 e) Medidas de compensación y beneficios para personas afectadas y valoración de bienes Error! Bookmark not defined. f) Responsabilidades institucionales 37 VII. REUBICACIÓN TEMPORAL DE CENTROS ESCOLARES 38 VIII. DONACION VOLUNTARIA DE TIERRAS 45 IX. MONITOREO Y EVALUACIÓN 47 X. MECANISMO DE ATENCIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS 48 XI. Contenido sugerido de los Planes de Reasentamiento 52 Bibliografía 52 2 I. INTRODUCCION El presente documento contiene Procedimientos para Reasentamiento Involuntario del Proyecto de Educación Inicial y cuido infantil temprano, aplicando el Estándar Ambiental y Social 5 (EAS5) sobre Adquisición de Tierras, Restricciones sobre el Uso de la Tierra y Reasentamiento Involuntario. Por la naturaleza del proyecto, en los casos que se requiera, será necesario aplicar AES5, en el cual se establece lo siguiente: 1. En el EAS 5 se reconoce que la adquisición de tierras y las restricciones sobre el uso de la tierra relacionadas con el proyecto pueden tener impactos adversos en las comunidades y las personas. La adquisición de tierras o las restricciones sobre el uso de la tierra relacionadas con el proyecto pueden causar desplazamiento físico (reubicación, pérdida de tierras o de viviendas), desplazamiento económico (pérdida de tierras, bienes o acceso a bienes, que conduzcan a la pérdida de fuentes de ingresos u otros medios de subsistencia), o ambos. El término “reasentamiento involuntario� se refiere a estos impactos. El reasentamiento se considera involuntario cuando las personas o las comunidades afectadas no tienen derecho a negarse a la adquisición de tierras ni a las restricciones sobre el uso de la tierra que generan desplazamientos En el Proyecto y subproyectos, se establecer las opciones que no requieran realizar desplazamientos físicos permanentes de las personas que ocupen las tierras o viviendas, comercios que sean requeridos, pues eso incide en aspectos económicos y sociales, medios de subsistencia, trabajos, invasiones en áreas naturales protegidas, etc. Pero se debe contar con un Plan de Reasentamiento Involuntario (PRI) y un Plan de Reubicación Temporal de centros educativos. Los temas que se presentan en el documento son la Descripción del proyecto, el marco legal nacional y su relación con las EAS5, acciones que pueden generar reasentamiento involuntario y reasentamiento temporal de centros escolares, metodologías para valoración de activos, para donación voluntaria de tierras y para gestiones institucionales para el proyecto, monitoreo y evaluación, mecanismo de quejas y reclamos, incluyendo el contenido sugerido para PRI del Banco Mundial. II. OBJETIVOS a) Objetivo general Establecer los procedimientos de para Reasentamiento Involuntario del Proyecto de Educación Inicial y cuido infantil temprano, con el fin de aplicar los Estándares ambientales y sociales 5, Adquisición de Tierras, Restricciones sobre el Uso de la Tierra y Reasentamiento Involuntario. 3 b) Objetivos específicos Caracterizar y analizar los aspectos requeridos por EAS 5 para dar cumplimiento a sus diversos estándares. Caracterizar y analizar el marco legal de aplicación nacional e internacional relacionado a las EAS5. Analizar en forma comparativa el cumplimiento de la legislación nacional con EAS5 y proponer potenciales medidas de mitigación. Establecer lineamientos metodológicos para reasentamiento involuntario y reubicación temporal, incluyendo potenciales impactos ambientales y sociales, valoración de activos y donación voluntaria de tierras. 1. Principios rectores Los Planes que se elaboren para su operatividad están basados en la EAS 5 Adquisición de Tierras, Restricciones sobre el Uso de la Tierra y Reasentamiento Involuntario (2018) del Banco Mundial, sus objetivos son: • Evitar el reasentamiento involuntario o, cuando no sea posible evitarlo minimizarlo mediante la exploración de alternativas de diseño del proyecto. • Evitar los desalojos forzados • Cuando sean inevitables, mitigar los impactos sociales y económicos adversos derivados de la adquisición de tierras o las restricciones sobre el uso de la tierra mediante las siguientes estrategias: a) brindar compensación oportuna por la pérdida de bienes al costo de reposición y b) ayudar a las personas desplazadas en sus esfuerzos por mejorar o, al menos, restablecer sus medios de subsistencia y su nivel de vida, en términos reales, a los niveles anteriores a desplazamiento o a los niveles vigentes antes del comienzo de la ejecución del proyecto, el que sea mayor. • Mejorar las condiciones de vida de las personas pobres o vulnerables desplazadas físicamente, brindándoles vivienda adecuada, acceso a servicios e instalaciones, y seguridad de la tenencia. • Concebir y ejecutar las actividades de reasentamiento como programas de desarrollo sostenible, brindando suficientes recursos de inversión para permitir a las personas desplazadas beneficiarse directamente del proyecto, según lo requiera la naturaleza de este último. • Garantizar que las actividades de reasentamiento se planifiquen e implementen con adecuada divulgación de información, consultas significativas y la participación informada de los afectados. 4 III. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El proyecto Aprender para Crecer está concebido para atender la población infantil de 0 – 7 años de la Republica de El Salvador, sus resultados enfocados a lograr el desarrollo de un modelo de calidad en Primera Infancia, formación de docentes en servicio y directores del Sistema público educativo que atienden la primera infancia, el mejoramiento de la infraestructura con intervenciones en las instalaciones físicas donde se atiende la población meta, el equipamiento mediante la dotación de mobiliario, equipo lúdico y recursos tecnológicos adaptados a la primera infancia, apoyando además el fortalecimiento institucional que aborda algunos macro procesos alineados con la transformación institucional en materia de organización y funcionamiento institucional para lograr su agilidad y eficiencia, finalmente se asignan recursos para provisión de bienes, obras y servicios, como respuesta de Emergencia de contingencia que se presente en el país y que se viabilizaran de acuerdo a un Plan de Acción de Emergencia aceptable al Banco. Objetivo de Desarrollo del Proyecto (ODP) Los Objetivos de Desarrollo del Proyecto son: (i) mejorar las prácticas de enseñanza de CEPI a nivel nacional; (ii) mejorar los ambientes físicos de aprendizaje de los centros de PI seleccionados; y (iii) fortalecer la capacidad institucional del MINEDUCYT de gestión del sector de educación. Indicadores de Nivel de los ODP Los Indicadores de Desarrollo del Proyecto son: I. Maestros de Inicial y parvularia (muestra seleccionada entre aquellos que participan en la capacitación) con prácticas de enseñanza mejoradas (porcentaje). II. Centros públicos de PI con ambientes físicos de aprendizaje seguros que reúnen las condiciones de calidad para promover el aprendizaje apoyados por el proyecto (número). III. Mecanismo de certificación para estándares de calidad estructural para Centros de PI (públicos y privados) institucionalizado e implementado por el MINEDUCYT (porcentaje). IV. Escuelas públicas de educación básica implementando planes de mejora basados en los resultados de las pruebas estandarizadas (porcentaje). Componentes del Proyecto Componente 1: Aseguramiento de estándares de calidad estructurales y curriculum de primera infancia. Desarrollo e implementación del Modelo de Calidad de PI (MC) que cubrirá todo el suministro de CEPI (servicios de Inicial y parvularia para infantes de 0 a 6 años de edad) ofrecido a través de modalidades institucionales,[1] incluyendo proveedores públicos y privados y actualizando el currículum actual en concurrencia con el modelo propuesto. El MC estará alineado con la política de DPI de CRECER JUNTOS, bajo el liderazgo del MINEDUCYT en coordinación con otras instituciones públicas tales como ISNA, CONNA, MINSAL, Instituto Nacional de Formación Docente (INFOD), Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP), y municipalidades, en articulación con otros interesados clave del sector privado y ONGs. Para varios temas relacionados con salud y nutrición infantil, esto se hará en coordinación con el Proyecto de Promoción de Capital Humano en el Sector Salud (P169677). Para complementar las intervenciones del proyecto y a fin de abordar temas de demanda, la iniciativa CRECER JUNTOS, con apoyo de UNICEF, llevará a cabo campañas masivas de comunicación orientadas a informar a los padres sobre la importancia de los servicios de PI para el desarrollo y aprendizaje de sus infantes. El Componente 1 tiene dos subcomponentes: 5 Subcomponente 1.1. Certificación de estándares estructurales de calidad educativa en la primera infancia. El objetivo principal del Modelo de Calidad será definir los estándares mínimos de calidad estructural que servirán como marco para todas las modalidades institucionales de PI, tanto público como privado, así como también la institucionalización de un proceso de certificación. El proceso de validación de los estándares de calidad estructural incluye la revisión de insumos clave para informar el diseño del modelo de calidad, en coordinación con interesados relevantes, y en articulación con los estándares y normas nacionales existentes, así como también con los estándares de desarrollo y aprendizaje infantil que están siendo desarrollados durante el año antes del inicio del proyecto. El modelo se enfocará en definir estándares mínimos de calidad estructural en las áreas de: (i) currículum de PI; (ii) competencias y habilidades de la fuerza laboral de PI (maestros, personal no educador, incluyendo ATPI, cuidadores y voluntarios de los sectores público y privado); y (iii) infraestructura física y espacios de aprendizaje resilientes a peligros naturales y cambio climático. Establecer estándares para servicios de educación institucional tendrá un impacto directo sobre el valor al establecer mínimos estándares de calidad a los cuales los más vulnerables no tienen acceso ahora. Subcomponente 1.2. Revisión, adecuación e implementación del currículum nacional de primera infancia. Este subcomponente apoyará la revisión del currículum nacional de PI para garantizar su alineación con los estándares de desarrollo y aprendizaje infantil. El currículum retendrá los elementos de habilidades socio-emocionales pero será revisado y actualizado con base en los principios de paz y valores democráticos, cuidado enriquecedor, igualdad de género y educación inclusiva. También incluirá estrategias de aprendizaje separadas para niños con necesidades especiales de aprendizaje, aquellos que viven con sus madres en prisión y aquellos de minorías étnicas. La propuesta de currículum incluirá un conjunto de estrategias de cuidado infantil, las cuales serán compatibles con el logro de estándares de aprendizaje en diferentes contextos de la vida real. Se dará atención especial al desarrollo de aplicaciones curriculares multi-grado para las 1,200 escuelas rurales con Inicial y parvularia ubicadas en las regiones más vulnerables. El currículum buscará la articulación entre Inicial, parvularia, y los primeros grados de educación básica para promover la coherencia y continuidad de la prestación de servicio de educación y para facilitar el proceso de revisión curricular para todos los niveles, de acuerdo con los estándares de desarrollo, continuando en el futuro. La revisión del currículum de PI se efectuará por medio de una evaluación del currículum actual, el desarrollo de una propuesta de adaptación y su socialización y validación entre actores relevantes, tales como universidades, maestros y padres. Además, para apoyar la implementación del currículum, el proyecto apoyará la preparación y entrega de materiales didácticos al 100% de escuelas públicas de PI (4,500). Componente 2: Formación docente y de directores del sector público para el mejoramiento de la calidad educativa en primera infancia Basándose en los estándares de calidad y el currículum revisado de PI a través del Componente 1, el proyecto se enfocará en fortalecer habilidades cognitivas y socioemocionales y prácticas pedagógicas de maestros y directores públicos de Inicial y parvularia que trabajan en modalidades de PI institucionales atendiendo a niños de 0 a 6 años de edad, con énfasis especial en las necesidades de diferentes contextos y poblaciones: niños urbanos y rurales, aquellos de antecedentes étnicamente diversos y aquellos con necesidades especiales. El componente también busca revisar el plan nacional de capacitación inicial de maestros para introducir el mentoreo y técnicas efectivas en capacitación de maestros y para garantizar la calidad de los capacitadores para la implementación. El Componente 2 tiene tres subcomponentes: Subcomponente 2.1. Formación de docentes en servicio del sistema público. Este subcomponente busca mejorar las habilidades prácticas de enseñanza en línea con el currículum de PI revisado para maestros en modalidad continua que trabajan en servicios públicos de PI. Se dará atención especial a la construcción de capacidades para prácticas de enseñanza no sexistas libres de violencia de género y para identificar niños en riesgo de exposición a formas múltiples de violencia. Además, se preparará a los maestros para enfrentarse a los desafíos pedagógicos de aulas multi-grado y diversidad étnica y para abordar los desafíos de niños con necesidades especiales. Preparar a los maestros para las diversas realidades de las vidas de los niños beneficia 6 directamente a los más pobres y a los más vulnerables, ya que ellos se enfrentan a las circunstancias más desafiantes. Las actividades incluirán: i. Diagnóstico de conocimientos y habilidades de maestros de forma continua por medio de una caracterización de maestros que trabajan con la infancia temprana. El subcomponente apoyará la formulación de estándares de capacitación y de desempeño para maestros y el diagnóstico y evaluación, con base en muestras, de las competencias pedagógicas de los maestros. Instrumentos de evaluación de maestros, tales como TEACHE. ii. El diseño de un plan de capacitación continua de maestros, desarrollo profesional de capacitadores y materiales. Todos los insumos generados de la caracterización, resultados de evaluación y estándares diseñados serán la base para el diseño del plan de desarrollo profesional (con procesos de capacitación diferenciados), capacitación para capacitadores y los materiales para el proceso de capacitación. El desarrollo profesional de maestros y capacitadores se enfocará en preparar a los maestros para alcanzar estándares de desarrollo infantil y desarrollar mejores prácticas pedagógicas y nuevas formas de evaluación. También considerará los diferentes contextos a que se enfrentan los maestros (Ej. aulas integradas) e integrará contenido sobre adaptación al cambio climático y los preparará para efectuar evacuaciones ante la aparición de emergencias de índole climática, tales como huracanes y eventos sísmicos. iii. El proyecto preparará a una masa crítica de capacitadores a quienes se les otorgarán becas para estudiar en el extranjero y que serán responsables de capacitar a dos grupos. La capacitación se efectuará durante los tres recesos pedagógicos del año y será complementada con esquemas de mentoreo de maestros a lo largo del año escolar. iv. La creación de un grupo de apoyo de maestros - basado en territorios cercanos - será facilitada para apoyar el aprendizaje entre pares. Se usarán incentivos en especie y se incorporará el uso de una plataforma de interacción digital. Subcomponente 2.2. Formación de directores del sector público. El proyecto reconoce el papel destacado de los directores de escuela en la mejora de la calidad de educación y mitigación de riesgos; este subcomponente fortalecerá el liderazgo escolar con énfasis en la capacidad de los directores para monitorear y evaluar las prácticas de enseñanza. Las actividades incluirán: I. Diagnóstico de directores, hecho con base en una muestra, comprenderá el mapeo y la caracterización de directores, y la formulación de estándares de desempeño para directores, incluyendo competencias de directores. II. Diseño de la formación de directores. El desarrollo profesional. La formación de directores será implementada en tres grupos que abarcarán el total de directores de educación parvularia (4,500 directores trabajando en escuelas solamente con el nivel parvulario y en escuelas con otros niveles educativos). La capacitación combinará talleres presenciales, procesos de mentoreo en las escuelas, materiales digitales y consultas remotas. Los directores supervisarán todos los niveles de la escuela así que su capacitación mejorará la calidad global del centro y las prácticas de enseñanza. Subcomponente 2.3. Formación inicial de docentes en niveles de inicial y parvularia. Habrá una brecha entre la calidad de capital humano necesario para implementar un nuevo currículum basado en estándares y la calidad de maestros actualmente en pre-servicio si su currículum no está vinculado con los estándares de calidad. El plan actual de capacitación de maestros ofrecido en instituciones de educación superior se remonta a 2012 y no ha sido revisado. Este subcomponente efectuará un proceso de revisión y adaptación de este currículum inicial de capacitación de maestros de primera infancia ofrecida actualmente en instituciones de educación superior. El proyecto ha acordado efectuar este proceso de revisión y adaptación del currículum y su respectiva acreditación a modo que pueda ser utilizado como la base para capacitación inicial de maestros a nivel nacional. Se espera que este componente sea dirigido por el Instituto Nacional de Formación Docente (INFOD), lo que ayudará a fortalecer el rol del mismo para garantizar la calidad de la capacitación . 7 Componente 3: Mejora de los ambientes físicos de aprendizaje de la primera infancia para centros públicos seleccionados El componente apoyará al GOES en la mejora de los ambientes físicos de aprendizaje de Inicial y parvularia públicos para asegurarse que cumplan con estándares internacionales y la evidencia más reciente sobre infraestructura que es centrada en infantes, orientada al aprendizaje, con inclusión de género, segura, sostenible, y resiliente a peligros naturales y que promueve el acceso temprano de los niños y la transición entre los diferentes niveles/grados de PI. Este componente tiene dos subcomponentes: Subcomponente 3.1 Pre-inversión para la mejora de la infraestructura de centros escolares públicos que atienden primera infancia. Este subcomponente busca proporcionar al ministerio herramientas para mejorar de manera sostenible la calidad de la infraestructura de primera infancia. Primero, el proyecto proporcionará al MINEDUCYT asistencia técnica para revisar los diseños y modelos de construcción de PI para que sean adoptados formalmente y utilizados a nivel nacional por todas las instituciones públicas, asegurándose que sean centrados en el niño, inclusivos, seguros, resilientes, sostenibles y orientados al aprendizaje. En el caso de los estándares de construcción y mantenimiento relacionados con salud y nutrición infantil, esto se hará en coordinación con el Proyecto de Promoción de Capital Humano en el Sector Salud (P169677). El Subcomponente 3.1 también apoyará la revisión de las especificaciones técnicas del MINEDUCYT de mobiliario y equipo para Inicial y parvularia para asegurarse que cumplan con los estándares estructurales (desarrollados bajo el subcomponente 1.1) y procesos pedagógicos definidos en el currículum (desarrollado bajo el subcomponente 1.3) y también para garantizar la seguridad de la vida de los infantes en caso de eventos sísmicos (Ej. Evitar que estantes se caigan) y desastres naturales. Además, desarrollará una nueva regulación técnica para espacios de aprendizaje, mobiliario y equipo de PI. Esta actividad desarrollará un conjunto de requisitos y disposiciones de arquitectura e ingeniería para guiar el diseño de nueva infraestructura de PI a nivel nacional. La nueva regulación técnica debería ser legalizada para tener carácter obligatorio. Finalmente, en apoyo a la estrategia de mejora de inversión en infraestructura del MINEDUCYT, el proyecto apoyará la legalización de escuelas para primera infancia que no estén registradas a su favor. Se dará prioridad a casos que sean fáciles de resolver en términos de costo. Subcomponente 3.2 Mejoramiento de infraestructura de centros escolares públicos que atienden primera infancia. Este subcomponente busca promover que los ambientes físicos de aprendizaje de Inicial y parvularia del MINEDUCYT satisfagan los estándares de calidad definidos bajo el proyecto. Con este fin, el proyecto sustituirá, rehabilitará y/o expandirá escuelas seleccionadas propiedad del MINEDUCYT ofreciendo parvularia priorizado de acuerdo a los siguientes: (i) matrícula en parvularia, (ii) matrícula total, (iii) vulnerabilidad social de los niños que asisten a la escuela, y (iv) riesgo de colapso por evento natural (Ej. terremotos).[2] Usando estos criterios, 200 escuelas públicas han sido preseleccionadas por el MINEDUCYT, de las cuales 50 necesitan ser reemplazadas completamente y 150 necesitan ser rehabilitadas. De este universo, el proyecto apoyará estudios de preinversión para definir una lista final de aproximadamente 125 escuelas a ser intervenidas. Como parte de la mejora en infraestructura, cuando hay una demanda comprobada de servicios de parvularia y la escuela tiene las condiciones físicas para ello, el proyecto expandirá el suministro de PI en las nuevas aulas de Inicial y/o parvularia para recibir más estudiantes. Además, dado que todas estas escuelas representan un alto riesgo para la vida de los estudiantes, los trabajos de infraestructura beneficiarán no solamente a los espacios de aprendizaje de parvularia, sino a toda la escuela, incluyendo todos los niveles educativos y espacios. La intervención será integral, garantizando el acceso a servicios básicos; diseño de los espacios resistente al clima, aplicación de tecnologías de bajo carbono y estándares de eficiencia energética y aparatos fortaleciendo espacios complementarios, tales como áreas de juego, deportes u otras áreas recreativas. 8 Subcomponente 3.3 Apoyo a centros escolares públicos para alcanzar los estándares estructurales de calidad. A fin de implementar el proceso de certificación para estándares de calidad estructural para modalidades institucionales de PI, se asignarán recursos a modo que las escuelas tengan acceso a reparaciones menores, mobiliario y equipo. Para contribuir al valor, estos recursos serán asignados entre las escuelas con mayores brechas de calidad. Estos fondos serán utilizados para financiar intervenciones menores tales como (i) construcción de aulas, (ii) acceso a servicios básicos (Ej. agua), (iii) reparaciones de techos, baños, (iv) áreas de juego, (v) equipo tecnológico, y (vi) mobiliario escolar, todo de acuerdo con los estándares estructurales. Componente 4: Fortalecimiento Institucional El objetivo de este componente es fortalecer las capacidades del MINEDUCYT en las áreas de gobernanza del sector educación y gestión de proyectos. Con este fin, el proyecto apoyará: Subcomponente 4.1. Fortalecimiento organizacional. El objetivo de este componente es apoyar al MINEDUCYT para mejorar sus capacidades de gestión basadas en resultados y orientadas al aprendizaje como condición clave para llevar a cabo una gestión eficiente y efectiva del sector de educación. De manera complementaria con el apoyo del BID,[3] este subcomponente apoyará algunos de los procesos clave de reforma que son parte del plan de modernización institucional ya iniciado en el ministerio a fin de cumplir con las metas de la nueva Estrategia del Sector Educación. Este subcomponente incluirá dos procesos principales: I. Reforma institucional del MINEDUCYT: Haciendo uso de las recomendaciones de la revisión funcional efectuada por el Banco Mundial,[4] el proyecto apoyará reformas en las áreas de diseño organizacional, gobernanza y gestión del personal técnico y administrativo del Ministerio. Esto se hará bajo un plan de reforma específico que incluirá reorganización o creación de nuevas unidades del MINEDUCYT y la promoción de un cambio general en cultura organizacional a fin de alinear procesos institucionales con resultados de aprendizaje. II. Gestión de escuelas orientada al aprendizaje: De acuerdo con la iniciativa meta de WBG Learning, el proyecto apoyará acciones clave para garantizar que el MINEDUCYT establezca un robusto sistema de evaluación de estudiantes, asegurándose que los resultados de aprendizaje de los estudiantes sean utilizados para mejorar la calidad de la educación básica a nivel escolar. Esto incluirá (i) llevar a cabo evaluaciones de aprendizaje de estudiantes nacionales e internacionales a diferentes niveles; (ii) desarrollo de capacidades institucionales para procesar y analizar los resultados de la evaluación de estudiantes; (iii) asegurarse que los resultados de la evaluación de estudiantes estén disponibles para todas las escuelas y sean difundidos públicamente; (iv) capacitar al personal del MINEDUCYT a nivel nacional, subnacional y local en el uso de los resultados de pruebas para mejorar la calidad de la educación, mejorar las decisiones de gerencia en las escuelas y mejorar las prácticas de planificación y pedagógicas de los maestros; y v) proporcionar apoyo técnico para apoyar a los directores de escuelas en el desarrollo de planes de mejoramiento de las escuelas. Subcomponente 4.2 Gestión del Proyecto. Este subcomponente apoyará el fortalecimiento de la capacidad del MINEDUCYT para gestionar y supervisar la implementación del proyecto y evaluar los objetivos y resultados del proyecto, incluyendo la verificación de indicadores vinculados a desembolsos (IVDs). Adicionalmente, este subcomponente fortalecerá al MINEDUCYT para darle sostenibilidad a las iniciativas apoyadas por el proyecto, lo que incluirá fortalecimiento de la capacidad de gestión curricular, centralizar procesos de capacitación y fortalecer las capacidades de monitoreo, supervisión y acreditación, así como también la capacidad de cumplir con los estándares ambientales y sociales. Componente 5: Respuesta a Emergencias Contingentes 9 Reflejando el enfoque estratégico tomado en El Salvador en la cartera del Banco, el Componente de Respuesta a Emergencias Contingentes (CREC) proporcionará respuesta inmediata a emergencias elegibles . Como tal, en caso de una de dichas emergencias elegibles (según definido en el Manual Operativo de Respuesta a Emergencias Contingentes preparado y adoptado por el GOES, este componente financiará actividades y gastos de emergencia por medio de la reasignación de fondos del proyecto que satisfagan las condiciones estipuladas en el Manual. El CREC puede ser utilizado para el suministro de bienes, trabajos y servicios. La activación incluye (i) una solicitud gubernamental presentada por el MdeH al Banco de apoyo para un evento elegible por medio del CREC, y (ii) la preparación de un Plan de Acción en Emergencias aceptable para el uso de fondos CREC que debe ser aprobado por el Banco. IV. MARCO LEGAL Y EAS 5 APLICABLES a) Marco legal nacional Las normas jurídicas en la legislación salvadoreña son ordenadas a partir de la Constitución de la Republica (1983), la cual tiene el rango superior o de mayor jerarquía y los Tratados Internacionales siguen a la Constitución, a la que deben sometimiento y en caso de conflicto debe implicarse el Tratado o declararse inconstitucional, en su caso, con base al Art. 149 de la Constitución. Después de los Tratados Internacionales, las Leyes Ordinarias prevalecen sobre las demás normas jurídicas. La Sección Tercera, Tratados desde el Art. 144 a 149, determina lo que se debe cumplir en relación con los tratados internacionales La principal base jurídica para lo anterior es la Constitución de la República de El Salvador, la cual toma en cuenta el acceso y seguridad jurídica de la tierra en los que reconoce los derechos de la persona humana, y el Estado debe asegurar la justicia, seguridad jurídica y de bien común, y, por ende, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social. La Constitución de la República de El Salvador, reconoce “Los Derechos y Garantías Fundamentales de la Persona (Título II, Capítulo I Derechos individuales y su régimen de excepción, Sección Primera-Derechos Individuales-Art 3) establece “todas las personas son iguales ante la ley. para el goce de los derechos civiles no podrán establecerse restricciones que se basen en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión�. Sobre la propiedad privada y la transferencia de tierras la Constitución de la República de El Salvador establece que (título V orden económico): Art. 103 Se reconoce y garantiza el derecho a la propiedad privada en función social. Art. 104.- Los bienes inmuebles propiedad del estado podrán ser transferidos a personas naturales o jurídicas dentro de los límites y en la forma establecida por la ley. 10 La propiedad estatal rústica con vocación agropecuaria que no sea indispensable para las actividades propias del Estado, deberán ser transferidas mediante el pago correspondiente a los beneficiarios de la Reforma Agraria. Podrá también transferirse a corporaciones de utilidad pública. Art. 105.- El estado reconoce, fomenta y garantiza el derecho de propiedad privada sobre la tierra rústica, ya sea individual, cooperativa, comunal o en cualquier otra forma asociativa, y no podrá por ningún concepto reducir la extensión máxima de tierra que como derecho de propiedad establece esta Constitución. Art. 106.- la expropiación procederá por causa de utilidad pública o de interés social, legalmente comprobados, y previa una justa indemnización. Cuando la expropiación sea motivada por causas provenientes de guerra, de calamidad pública o cuando tenga por objeto el aprovisionamiento de agua o de energía eléctrica, o la construcción de viviendas o de carreteras, caminos o vías públicas de cualquier clase, la indemnización podrá no ser previa. Cuando lo justifique el monto de la indemnización que deba reconocerse por los bienes expropiados de conformidad con los incisos anteriores, el pago podrá hacerse a plazos, el cual no excederá en conjunto de quince años, en cuyo caso se pagará a la persona expropiada el interés bancario correspondiente. Dicho pago deberá hacerse preferentemente en efectivo. Otra legislación relacionada refiere que el Estado salvadoreño está facultado para expropiar predios lo cual está consignado en su Ley de Expropiaciones y de ocupación de bienes por el Estado, indica en su “Art. 143.- Cuando sea imprescindible la expropiación de tierras u otros bienes, para realizar las obras relativas a la concesión, se estará a lo dispuesto por la Constitución y la Ley de la materia.� (Art. 143 de la Ley de Expropiación y de ocupación de bienes por el Estado). Otros artículos de la Ley de Expropiaciones y de ocupación de bienes por el Estado son las siguientes: Art. 5 cuando no sea conocido el dueño, o se ocultare, se seguirá una investigación por el funcionario que estuviere conociendo, quien citará al efecto, a solicitud del interesado, a los presuntos dueños indicados en el memorial, a los ocupantes del predio, administradores o mayordomos, o a quienes creyere conveniente, y la expropiación se entenderá con la persona o personas que dichas diligencias determinen como propietario u ocupantes. Art. 6 Los representantes legales de los menores, de los privados de la administración de sus bienes, de los ausentes y demás personas que tienen impedimento legal para vender por sí los bienes raíces cuya administración les está encomendada, pueden sin necesidad de autorización ni intervención judicial convenir 11 en la expropiación, arreglar amigablemente el monto de la indemnización y obrar en todo como si se tratase de sus propias cosas respecto a esa materia, sin que sus representados puedan anular ni rescindir lo que aquéllos hicieron a su nombre; pero en los arreglos intervendrá el Juez que conozca en las respectivas diligencias de expropiación. Art. 24, de esta misma Ley refiere que: El arrendatario o el usufructuario actual cuyos derechos consten en instrumento público inscrito con anterioridad a la demanda de expropiación, serán indemnizados por el expropiante de los perjuicios que se les ocasionaren. Código Municipal, reconoce la personalidad jurídica y jurisdicción territorial de los municipios: Art. 2.- El Municipio constituye la Unidad Política Administrativa primaria dentro de la organización estatal, establecida en un territorio determinado que le es propio, organizado bajo un ordenamiento jurídico que garantiza la participación popular en la formación y conducción de la sociedad local, con autonomía para darse su propio gobierno, el cual como parte instrumental del Municipio está encargado de la rectoría y gerencia del bien común local, en coordinación con las políticas y actuaciones nacionales orientadas al bien común general, gozando para cumplir con dichas funciones del poder, autoridad y autonomía suficiente. El Municipio tiene personalidad jurídica, con jurisdicción territorial determinada y su representación la ejercerán los órganos determinados en esta ley. El núcleo urbano principal del municipio será la seda del Gobierno Municipal. El Código Municipal, en el Título XI De la venta voluntaria y forzoza, Capítulo Único Art. Del 138 al 155, prevé como beneficiarios de las indemnizaciones por expropiación a los propietarios o poseedores, y establece acciones según los casos especiales. Según el documento Marco de Política de Reasentamiento Involuntario (2019), en el “Código Civil, se reconocen los derechos civiles entre los cuales están la posesión, a la propiedad privada y los deberes del Estado de asegurar que esto sean cumplidos, respetados sin restricciones basadas en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión. Así como los derechos a la libertad económica, al reconocer y garantizar el derecho a la propiedad privada -como la intelectual y artística. Posibilita la trasferencia de los bienes estatales con algunas restricciones�. Otra ley que se refiere al tema de propiedad es la Ley del Régimen especial de la tierra en propiedad de las Asociaciones cooperativas, comunales y comunitarias campesinas y 12 beneficiarios de la Reforma Agraria, Decreto Legislativo Nº 719, de fecha: 30 de mayo de 1996. En la Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial, Decreto No. 644, establece en sus algunos de sus Considerandos: II Que el Estado de El Salvador ha suscrito y ratificado diversos instrumentos internacionales en materia ambiental, de desarrollo humano sostenible, de integración y comercio regional e internacional que establecen disposiciones normativas relacionadas con el ordenamiento y desarrollo territorial; III Que El Salvador es un país densamente poblado, con un crecimiento demográfico importante y con procesos de transformación en los usos del territorio que requieren de la planificación y gestión territorial concertada entre los diferentes actores del país; V Que el territorio constituye un recurso que de manera progresiva se vuelve escaso a los fines del desarrollo humano, económico y social, sobre el que concurren múltiples demandas, como el desarrollo urbano y de asentamientos humanos; la construcción de infraestructuras de conectividad y de servicios públicos; la protección de humedales y de ecosistemas de gran importancia para la conservación de la biodiversidad; la preservación de áreas naturales protegidas; la necesidad de áreas para la producción agropecuaria, agroindustrial e industrial y todas aquellas que así lo ameriten; en suma, tensiones territoriales que demandan su positiva canalización y resolución de manera ordenada, a fin de alcanzar la seguridad jurídica y el bien común a través del proceso de ordenamiento y desarrollo del territorio. Otras normativas para considerar con enfoque social son: Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres; Ley General de Juventud; Ley de Protección Niñez y Adolescencia; Ley de Igual y Equiparación para personas con discapacidad; Ley Especial Integral para una vida libre de violencia y Ley de Antipandillas y Ley de Cultura. Se pueden considerar también: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y la Ley de Ética Gubernamental. TABLA NO.1 LEYES RELACIONADAS AL REASENTAMIENTO Leyes relacionadas al reasentamiento 1. Constitución de la República de El Salvador 2. Código Civil 3. Código Municipal 13 4. La Ley de Urbanismo y Construcción 5. Ley de desarrollo y ordenamiento Territorial del �rea Metropolitana de San Salvador y sus municipios aledaños 6. Ley de Expropiación y de ocupación de Bienes por el Estado 7. Ley de Adquisición y Contrataciones de la administración Pública 8. Ley de Carreteras y Camino Vecinales 9. Ley de Medio Ambiente 10. Ley de �reas Naturales Protegidas 11. Ley de Minería 12. Ley de Protección Social 13. Política Nacional de Vivienda y Hábitat de El Salvador 14. Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial (LODT) 15. Ley Especial de Lotificaciones y Parcelaciones para Uso Habitacional (regula nuevos asentamientos) 16. Ley de Protección de Civil, Prevención y Mitigación de Desastres 17. Centro Nacional de Registros – Propiedad 18. Ley de Minería 19. Ley de Mediación, Conciliación Y Arbitraje Quedan incluidos para cada caso los reglamentos generales o especiales La interacción institucional para reasentamiento involuntario en El Salvador, involucra a instituciones Estatales, organizaciones de la sociedad civil y donantes nacionales o internacionales. Entre estas están: Ministerio de Obras Públicas MOP, tiene que actuar en casos de invasión de viviendas o comercios en vía pública por medio del Vice Ministerio de Transporte, y de viviendas en riesgo en zonas de quebradas o microcuencas. Ministerio de Vivienda (antiguo Vice Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano), lleva un censo de familias que no tienen vivienda propia y viven en condiciones precarias, especialmente cuando se dan los impactos de fenómenos naturales o antrópicos, en cuyo caso realizan gestiones de identificación de posibles terrenos para reasentar a poblaciones afectadas. Instituto de Legalización de la Propiedad (ILP), Unidad descentralizada, adscrita a la Presidencia de la República autorizada, para brindar seguridad jurídica sobre la propiedad de la tierra a familias de escasos recursos económicos; a fin de que los beneficiarios cuenten con su lote inscrito en el registro de la propiedad. Otras instituciones, que como parte de sus funciones tengan que requerir hacer proyecto de Reasentamiento Involuntario. Alcaldías Municipales, como gobiernos locales, tienen capacidad de gestionar proyectos para reasentamiento involuntario. Tienen registros catastrales de conformidad con el Centro Nacional de Registros (CNR) 14 Organizaciones no gubernamentales, algunas son ejecutores de proyectos para viviendas de interés social, su relación consiste en diseñar el proyecto y búsqueda de fondos de donantes nacionales o internacionales para implementarlo. Donantes nacionales o internacionales, son instituciones que tienen a veces entre sus programas el apoyo a viviendas en riesgo. Para el caso del proyecto, el MINEDUCYT, debe gestionar con gobiernos locales y comunidad la posibilidad de reasentamiento involuntario. Todos los terrenos donde se construyan subproyectos, deben ser propiedad de la institución. b) Marco legal internacional Se pueden considerar las relacionadas a la Gestión de riesgo como el Manual Esfera y Carta de la Tierra, Convenios en materia ambiental, la Declaración de los Derechos humanos (ONU, 1948), Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturas (ONU, 1976) y la Convención Americana o Pacto de San José de Costa Rica (1972). c) Análisis de brechas entre normativa local y EAS 5 Adquisición de Tierras, Restricciones sobre el Uso de la Tierra y Reasentamiento Involuntario de Banco Mundial En este apartado se ha elaborado una tabla comparativa para los aspectos comprendidos en la EAS 5 Adquisición de Tierras, Restricciones sobre el Uso de la Tierra y Reasentamiento Involuntario, en la cual se analizó lo determinado por la normativa local y se evalúa si existen brechas con los requerimientos de la EAS 5 y cómo éstas serán cubiertas. Tabla 2 Identificación de Brechas Generales en Normativa Nacional y EAS 5 Requerimientos de EAS 5 Alcance del Marco Brechas identificadas Normativo Nacional 4. Este EAS se aplica al desplazamiento físico y Constitución de la República de El El Estado salvadoreña contempla el económico permanente o temporal, por estos Salvador derecho a la propiedad privada y la tipos de adquisiciones o restricciones de uso: Art. 103 se reconoce y garantiza el expropiación en función social d Reubicación de personas sin derechos de uso derecho a la propiedad privada en realizando la indemnización formales, tradicionales o reconocibles, que función social. respectiva, pero no tiene en su ocupan o utilizan los terrenos antes de la fecha Art. 104.- los bienes inmuebles legislación reglamentos o normativas de corte específica de un proyecto. propiedad del estado podrán ser para la formulación, ejecución y e Desplazamiento de personas como transferidos a personas naturales o seguimiento de Planes de consecuencia de impacto de proyectos que jurídicas dentro de los límites y en la reasentamiento Involuntario hacen que las tierras se vuelvan inutilizables o forma establecida por la ley. inaccesibles art. 105.- el Estado reconoce, En el caso de �reas Naturales No.4.4: …hace referencia a la creación de zonas fomenta y garantiza el derecho de Protegidas se establece su de seguridad o amortiguamiento relacionadas propiedad privada sobre la tierra protección y conservación de nuevos con el proyecto, o a la extensión de una zona rústica, ya sea individual, asentamientos o crecimiento de los protegida que limita o prohíbe el uso de la cooperativa, comunal o en cualquier existentes, especialmente por la tierra para otros fines. otra forma asociativa, y no podrá por presión social al que son expuestos a ningún concepto reducir la extensión nivel nacional máxima de tierra que como derecho 15 Requerimientos de EAS 5 Alcance del Marco Brechas identificadas Normativo Nacional de propiedad establece esta Para subsanar las brechas constitución identificadas respecto al Art. 106.- La expropiación procederá reasentamiento involuntario se por causa de utilidad pública o de aplicarán los EAS 5 del Banco interés social, legalmente Mundial. comprobados, y previa una justa Se elaborará el plan de indemnización. reasentamiento involuntario, con Cuando la expropiación sea instrucciones para su formulación, motivada por causas provenientes ejecución y seguimiento. de guerra, de calamidad pública o cuando tenga por objeto el aprovisionamiento de agua o de energía eléctrica, o la construcción de viviendas o de carreteras, caminos o vías públicas de cualquier clase, la indemnización podrá no ser previa. Ley de �reas Naturales Protegidas Art. 29 …no se permitirá el establecimiento de nuevos asentamientos humanos ni el incremento de infraestructura en los ya existentes Ley de Expropiación y de ocupación de bienes por el Estado Art. 3.- Siempre que se trate de ejecutar una obra de utilidad pública de las indicadas en la presente ley, o de ocupar bienes de particulares, el interesado como acto previo a la expropiación deberá tratar de llegar, dentro de un plazo prudencial que no perjudique los fines perseguidos, a un arreglo con el propietario sobre el precio que deba pagarse como valor de lo que se enajene o ceda. Art. 143.- Cuando sea imprescindible la expropiación de tierras u otros bienes, para realizar las obras relativas a la concesión, se estará a lo dispuesto por la Constitución y la Ley de la materia. Requerimientos de EAS 5 Alcance del Marco Brechas identificadas Normativo Nacional 7 cuando el proyecto apoye la titulación de En el caso de procesos tierras u otras actividades destinadas a administrativos, cada institución confirmar, regularizar o determinar los establece procedimientos de acción derechos sobre la tierra, se requerirá una para los proyectos que ejecuta. Pero evaluación social, legal e institucional según no hay una ley o reglamento que EAS1 indique procedimientos para 10 clasificación de la elegibilidad elaborar, ejecutar o evaluar Planes a) Personas con derechos legales sobre de reasentamiento involuntario. tierra y bienes 16 Requerimientos de EAS 5 Alcance del Marco Brechas identificadas Normativo Nacional b) Personas que no tienen derechos Para subsanar las brechas formales sobre tierras y bienes, pero identificadas respecto al que las reclaman y les he reconocido reasentamiento involuntario se en la legislación nacional aplicarán los EAS 5 del Banco c) Personas que no tienen ningún Mundial derecho ni reclamo legales Elaborar plan de reasentamiento reconocibles sobre tierras o bienes involuntario, con instrucciones para que ocupan o usan. su formulación, ejecución y 10.1 Categoría c) ...estos grupos no son seguimiento. Debe incluir proceso de elegibles para recibir compensación por las selección de personas elegibles. tierras, pero sí para recibir asistencia… Requerimientos de EAS 5 Alcance del Marco Brechas identificadas Normativo Nacional 11 Diseño del proyecto Ley de Expropiación y de ocupación Las instituciones relacionadas con el El prestatario deberá demostrar que la de bienes por el Estado ordenamiento y desarrollo territorial adquisición de tierras o las restricciones de uso Art. 3.- Siempre que se trate de se encargan de normar, diseñar y sobre de la tierra se limitan a requerimientos ejecutar una obra de utilidad pública costear proyecto de beneficio social directos del proyecto… de las indicadas en la presente ley, o como los reasentamientos, pero …Considerará diseños alternativos del de ocupar bienes de particulares, el estos no han sido solo por proyectos proyecto que sean viables para evitar o interesado como acto previo a la dirigidos a centros escolares de minimizar la adquisición de tierras o las expropiación deberá tratar de llegar, primera infancia, sino producto de restricciones sobre el uso de la tierra… dentro de un plazo prudencial que desplazamiento por fenómenos No.11.1 … Este análisis se deberá registrar en no perjudique los fines perseguidos, naturales. el plan de reasentamiento… a un arreglo con el propietario sobre Para subsanar las brechas No. 11.2 …En la evaluación de los costos de el precio que deba pagarse como identificadas respecto al reasentamiento en la etapa inicial del valor de lo que se enajene o ceda. reasentamiento involuntario se desarrollo del proyecto se tendrá en cuenta el Art. 143.- Cuando sea imprescindible aplicarán los EAS 5 del Banco Mundial nivel de incertidumbre implicado… la expropiación de tierras u otros Elaborar plan de reasentamiento 11.3 …importancia de que durante el diseño bienes, para realizar las obras involuntario, con instrucciones para del proyecto se tengan en cuenta los impactos relativas a la concesión, se estará a su formulación, ejecución y del reasentamiento en las personas pobres y lo dispuesto por la Constitución y la seguimiento. vulnerables. Ley de la materia. Requerimientos de EAS 5 Alcance del Marco Brechas identificadas Normativo Nacional 12 Cuando no pueda evitarse la adquisición de 2.Ley de Expropiación y de El Estado salvadoreño tiene un las tierras o las restricciones sobre su uso (ya ocupación de Bienes por el Estado, marco jurídico para la expropiación y sean permanentes o temporales), el Art. 4 Si no hubiere avenimiento compensación, las cuales establecen prestatario ofrecerá a las personas afectadas sobre el precio … procesos específicos para diversos compensación… El precio que se fije no podrá ser casos. En este documento se plantea 12.1 La compensación por la pérdida de bienes mayor en un veinticinco por ciento un modelo teórico de evaluación de se calcula al costo de reposición. Este depende del que el dueño hubiere dado dos costo de reposición y Ministerio de de si son Tierras agrícolas, tierras en zonas años anteriores en sus Educación asume ese costo. urbanas, viviendas y otras estructuras y declaraciones… pérdida de acceso a recursos naturales. Art. 24 El arrendatario o Elaborar plan de reasentamiento 12.4 …son las personas pobres y vulnerables usufructuario actual cuyos derechos involuntario, con instrucciones para las que deben trasladarse como resultado del consten en instrumento público su formulación, ejecución y desplazamiento para fines del proyecto. El inscrito con anterioridad a la seguimiento. Debe incluirse que la cálculo de costos de reposición… deberá demanda de expropiación, serán posesión de tierra por parte del permitir la compra o construcción de viviendas indemnizados por el expropiante de prestatario será una vez que cumplan con los estándares… los perjuicios que les ocasionen 17 Requerimientos de EAS 5 Alcance del Marco Brechas identificadas Normativo Nacional 15. El Prestatario tomará posesión de las Reglamento a la Ley Desarrollo y compensada de conformidad a las tierras adquiridas y los bienes relacionados Ordenamiento del �rea personas reasentadas. solo después de que se haya puesto a Metropolitana de San Salvador disposición una compensación de conformidad Cap. V de las Valoraciones En el caso de la selección de centros con este EAS y, cuando corresponda, las Cuando el Estado o Municipio tengan educativos para el desarrollo del personas desplazadas hayan sido reasentadas que recurrir al sistema de Proyecto existe la posibilidad de y hayan recibido, además de compensaciones, expropiación para el desarrollo de un desplazamiento físico o económico subvenciones para mudanzas. Además, se Plan Parcial, declarándolo de utilidad de persona, según la definición de iniciarán oportunamente programas de pública se valorarán los terrenos EAS 5, para estos casos , se restablecimiento y mejora de los medios de afectados según lo dispuesto en este elaboraran planes de subsistencia con miras a garantizar que las capítulo y lo que sobre la materia reasentamiento específicos personas afectadas estén lo suficientemente establezcan otras Leyes vigentes conforme a este MRI y EAS 5.. preparadas para aprovechar las oportunidades Constitución de la República de El alternativas de subsistencia en caso de que Salvador surja la necesidad de hacerlo. Art. 106 párrafo tercero 34 Las personas económicamente desplazadas Cuando lo justifique el monto de la que enfrentan la pérdida de bienes o del indemnización que deba acceso a bienes recibirán una compensación reconocerse por los bienes por tal pérdida al costo de reposición… expropiados…, el pago deberá hacerse a plazos, el cual no excederá de quince años… Código Civil Título XVII De la Compensación Art. 1525 Cuando dos personas son deudoras una de otras, se opera entre ellas una compensación que extingue ambas deudas, del modo y los casos que van a explicarse. Art. 1526 al 1534 Art. 1527 Para que haya lugar a la compensación es preciso que las dos partes sean recíprocamente deudoras. Requerimientos de EAS 5 Alcance del Marco Brechas identificadas Normativo Nacional 17 participación de la comunidad 1.Ley de Mediación, Conciliación Y Existe en el país, un marco legal para El prestatario involucrará a las comunidades Arbitraje la resolución de conflictos y afectadas…mediante el proceso de Art. 1.- Esta Ley establece el régimen arbitraje, y la equidad y erradicación participación de partes interesadas… jurídico aplicable al arbitraje, sin por discriminación contra las 18 El proceso de consulta deberá garantizar perjuicio de lo dispuesto en los mujeres, sin embargo, la Ley que se obtengan las perspectivas de las tratados o convenios internacionales relacionada no cuenta aún con mujeres… vigentes. Reglamento. Dicho marco puede complementarse con los 2.Ley de Expropiación y de procedimientos de EAS5 del Banco ocupación de Bienes por el Estado, Mundial Art. 3.- Siempre que se trate de ejecutar una obra de utilidad pública Elaborar plan de reasentamiento de las indicadas en la presente ley, o involuntario, con instrucciones para de ocupar bienes de particulares, el su formulación, ejecución y interesado como acto previo a la seguimiento. expropiación deberá tratar de llegar, 18 Requerimientos de EAS 5 Alcance del Marco Brechas identificadas Normativo Nacional dentro de un plazo prudencial que Debe realizarse de manera no perjudique los fines perseguidos, participativa en consultas con la a un arreglo con el propietario sobre comunidad y afectados, conforme a el precio que deba pagarse como requisitos de EAS 5. valor de lo que se enajene o ceda. Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las mujeres Considerando III Que es obligación del Estado la eliminación de todas las formas de discriminación que, de manera directa e indirecta, impiden a las mujeres salvadoreñas el pleno ejercicio de la ciudadanía y el disfrute de los derechos que esta condición admite Requerimientos de EAS 5 Alcance del Marco Brechas identificadas Normativo Nacional 19 mecanismos de atención de quejas y 2.Ley de Expropiación y de Existe en el país, un marco legal para reclamos ocupación de Bienes por el Estado, la resolución de conflictos y El prestatario garantizará que se implemente Art. 3.- Siempre que se trate de arbitraje, y el MINED UCYT debe un mecanismo de atención quejas y ejecutar una obra de utilidad pública establecer mecanismos para el reclamos… de las indicadas en la presente ley, o proyecto y sus subproyectos, de ocupar bienes de particulares, el basados en las EAS5. El mecanismo interesado como acto previo a la de quejas y reclamos a utilizar para expropiación deberá tratar de llegar, posibles necesidades de dentro de un plazo prudencial que reasentamientos se hará no perjudique los fines perseguidos, considerando el mecanismo asumido a un arreglo con el propietario sobre por el Proyecto. el precio que deba pagarse como valor de lo que se enajene o ceda. Elaborar plan de reasentamiento Ley de Mediación, Conciliación y involuntario, con instrucciones para Arbitraje su formulación, ejecución y Art. 1 Esta Ley establece el régimen seguimiento. jurídico aplicable al arbitraje, sin perjuicio a lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales vigentes Art. 21 La presente Ley se aplicará al arbitraje nacional. También se aplicará al arbitraje internacional, sin perjuicio de los previsto en los tratados, pactos, convenciones o demás instrumentos de derecho internacional ratificados por El Salvador. 19 Requerimientos de EAS 5 Alcance del Marco Brechas identificadas Normativo Nacional 26 En caso de desplazamiento físico, el Ley de �reas Naturales Protegidas En el caso del proyecto no existirá prestatario elaborará un plan que cubra, como Art. 29 …no se permitirá el expropiación, pues los subproyectos mínimo, los requisitos aplicables en este EAS, … establecimiento de nuevos se desarrollarán en terrenos asentamientos humanos ni el propiedad de MINEDUCYT. 27 En caso de que las personas que viven en la incremento de infraestructura en los zona del proyecto deban mudarse a otra ya existentes En los casos de expropiación las ubicación, el Prestatario… ofrecerá opciones Reglamento Ley de Urbanismo y leyes nacionales establecen viables de reasentamiento, incluidas Construcción parámetros de aplicación, pero no viviendas… Capítulo Octavo Título Primero existe legislación específica en caso Parcelaciones habitacionales de de reasentamiento por proyectos desarrollo progresivo para construcción de centros 29 En el caso de las personas desplazadas Art. 36 Las parcelaciones de educativos para primera infancia. físicamente a las que se refiere el párrafo 10 Desarrollo Progresivo se permitirán Las instituciones relacionadas al c), el Prestatario hará arreglos para permitirles en los casos siguientes: urbanismo y construcción de obtener una vivienda adecuada con seguridad a Cuando vayan dirigidas a grupos aplicación nacional y para el �rea de tenencia. más vulnerables de la población Metropolitana de San Salvador, solo b Cuando se ubiquen en establecen facilidades para aplicar localizaciones L2, L3, L4… (relación normas mínimas necesarias. con Art.42 Tipos de localización) Es necesario tomar de referencia en c Cuando se ubiquen en suelos de estos casos las EAS5 mayor presión urbana, siempre que el municipio o el Estado a través del Elaborar plan de reasentamiento VMVDU o el Instituto Libertad y involuntario, con instrucciones para Progreso declare que dichos su formulación, ejecución y proyectos son de necesidad de seguimiento. interés social. Art. 46 y 47 Urbanizaciones Elaborar plan de reubicación progresivas o de interés social. temporal de centro educativo, con Se refieren a conceder normas instrucciones para su formulación, mínimas urbanísticas e indican ejecución y seguimiento. localizaciones Requerimientos de EASS 5 Alcance del Marco Normativo Brechas identificadas Nacional 37 El Prestatario establecerá medios de Constitución de la República Para el caso de proyectos colaboración entre el organismo o la entidad Art. 144 que requieran de la de la ejecución del proyecto y otros Los tratados internacionales organismos gubernamentales, o jurisdicciones celebrados por El Salvador con otros participación de sub nacionales o entidades que sean Estados o con organismos organismos internacionales responsables de los distintos aspectos de la internacionales, constituyen leyes de que suscriban convenios o adquisición de tierras, la planificación del la República al entrar en vigencia, tratados con El Salvador, la reasentamiento o la prestación de la asistencia conforme a las disposiciones del necesaria mismo tratado y de esta Constitución de la Constitución. República establece que en La ley no podrá modificar o derogar caso de conflicto prevalece lo acordado en un tratado vigente el tratado sobre la para El Salvador. En caso de conflicto legislación nacional. entre el tratado y la ley, prevalecerá el tratado. El país está obligado a Art 146. cumplir lo suscrito para lo 20 Requerimientos de EASS 5 Alcance del Marco Normativo Brechas identificadas Nacional No podrán celebrarse o ratificarse cual diversas legislaciones tratados u otorgarse concesiones en establecen coordinación que de alguna manera se altere la forma de gobierno o se lesionen o interinstitucional según el menoscaben la integridad del caso. territorio, la soberanía e independencia de la República o los En el caso de derechos y garantías fundamentales de la persona humana. reasentamiento prevalece Lo dispuesto en el inciso anterior se lo indicado en el EAS 5, en aplica a los tratados internacionales lo relativo a la participación o contratos con gobiernos de diversas instancias en o empresas nacionales o aspectos indicados en el internacionales en los cuales se someta el Estado salvadoreño, a la párrafo 37 y sus Notas de jurisdicción de un tribunal de un Orientación Estado extranjero. correspondientes. Lo anterior no impide que, tanto en En este documento y en el los tratados como en los contratos, el Estado salvadoreño en caso de plan de reasentamiento y controversia, someta la decisión a un reubicación temporal arbitraje o a un tribunal propuesto para este MGAS, internacional. se especifican las entidades Ley de Ordenamiento y Desarrollo que conforman el marco Territorial, Considerandos II Que el Estado de El Salvador, ha institucional y que son suscrito y ratificado diversos responsables de atender los instrumentos internacionales en distintos aspectos de la materia ambiental, de desarrollo adquisición de tierras, la humano sostenible, de integración y planificación del comercio regional e internacional que establecen normativas reasentamiento o la relacionadas con el ordenamiento y prestación de la asistencia desarrollo territorial necesaria. Reglamento a la Ley Desarrollo y Ordenamiento del �rea Metropolitana de San Salvador Art. I.15 Funciones y atribuciones … de la Oficina de Planificación del �rea Metropolitana de San Salvador, … g) Coordinar y supervisar la implementación por parte de Unidades Ejecutoras de proyectos en cada uno de los municipios, de aquellos programas necesarios para el mejoramiento comunal… Fuente: elaboración propia, con base en legislación nacional de la República de El Salvador y EAS 5 BM ACCIONES DEL PROYECTO QUE PUEDEN GENERAR REASENTAMIENTO INVOLUNTARIO DE POBLACIÓN / DESPLAZAMIENTO ECONÓMICO En el caso del Proyecto, el reasentamiento involuntario podría ocurrir cuando el proyecto de infraestructura a implementar provoque pérdida de propiedad (tierras, 21 viviendas, recursos, medios de subsistencia) o tengan limitado o nulo acceso a sus propiedades. Es importante señalar que el proyecto ha tomado la decisión de intervenir solo en escuelas ubicadas en terrenos legalizadas a nombre del MINEDUCYT y en los que no existen casos de necesidad de reasentamientos; sin embargo, para efectos de este MGAS, los riesgos de desplazamiento solo están asociados posiblemente a: a. Personas viviendo en el lugar b. Chalets o negocios que tuvieran que ser reasentados porque la construcción lo requiera. c. Reubicación temporal de Centros Escolares por demolición, ampliación o remodelación. Tabla 3 Potenciales afectaciones y medidas de mitigación para Componente No.3 Componente 3: Mejora de los Ambientes de Tipología y sub Tipos posibles Potenciales Potenciales medidas de aprendizaje de la PI tipología de sub afectaciones a actividades mitigación para centros proyectos generarse públicos seleccionados 3.1 Pre-inversión Asistencia técnica para Bases de licitación No se contemplan No aplica para la mejora de la revisar los diseños y y TDR para impactos cubiertos infraestructura de modelos de asistencia técnica por el EAS 5 centros escolares construcción de PI para para revisión de públicos que que sean adoptados diseños y modelos atienden primera formalmente y de construcción infancia utilizados a nivel para PI nacional por todas las Adjudicación de instituciones públicas contrato. Revisión de las Bases de licitación No se contemplan No aplica especificaciones y TDR para impactos cubiertos técnicas del asistencia técnica por el EAS 5 MINEDUCYT de para revisión de No se contemplan mobiliario y equipo diseños y modelos impactos cubiertos para primera infancia y mobiliario y equipo por el EAS 5 Parvularia para para PI asegurarse que Adjudicación de cumplan con los contrato. estándares estructurales Nueva regulación Elaboración de No se contemplan No aplica técnica para espacios normativa técnica impactos cubiertos de aprendizaje, para espacios de por el EAS 5 mobiliario y equipo de aprendizaje, PI. Esta actividad mobiliario y equipo desarrollará un de PI conjunto de requisitos y disposiciones de Legalización de arquitectura e normativa técnica ingeniería para guiar el diseño de nueva infraestructura de PI a 22 Componente 3: Mejora de los Ambientes de Tipología y sub Tipos posibles Potenciales Potenciales medidas de aprendizaje de la PI tipología de sub afectaciones a actividades mitigación para centros proyectos generarse públicos seleccionados nivel nacional. La nueva regulación técnica debería ser legalizada para tener carácter obligatorio. 25. El proyecto apoyará la Legalización de Posible Para las personas y legalización de centros escolares a Desplazamiento familiar desplazadas se escuelas para primera favor de físico de personas deben reponer las infancia que no estén MINEDUCYT que puedan habitar condiciones de vivienda, registradas a su favor. en los centros similares o mejores con Se dará prioridad a Proyectos de educativos a acceso a servicios casos que sean fáciles reasentamiento intervenirse básicos, de manera de resolver en involuntario Afectación y consensuada con términos de costo. Infraestructura, desplazamiento persona afectada. equipamiento y económico a familias servicios básicos Plan de Reasentamiento Afectaciones involuntario Apoyo al parciales o totales de emprendimiento viviendas u otros Plan de Reubicación 3.2 Mejoramiento de Construcción Infraestructura, activos, temporal de centros la infraestructura de ampliación y/o equipamiento y escolares centros escolares mejoramiento de servicios básicos. Necesidad de públicos que Centros escolares Sistemas de agua relocalizar de Impacto parcial: puede atienden primera dirigidos a Primera potable y manera temporal a no afectar vivienda, por infancia Infancia PI saneamiento centros educativos. lo que podrá Edificaciones y básico. considerarse el apoyo complementos: Sistemas de Establecimiento de para la posible Aulas, oficinas, energía eléctrica zonas de afectación. Todo basado bodegas, servicios (en lo posible servidumbre en consulta con persona sanitarios y duchas, energías limpias o afectada sistemas de alternativas) Establecimiento de abastecimiento de Aulas, cocina, restricciones de uso Brindar facilitación de agua potable y oficina, bodegas. información oportuna a drenajes. Sistemas de Obras exteriores los potenciales energía eléctrica. Conformación de afectados. Zonas lúdicas jardines y zonas de exteriores. Muros, recreo, instalación En el caso de los taludes, portones. de equipos y emprendimientos Otros mobiliario lúdico comerciales colocados Construcción en la parte externa del ampliación y/o centro educativo y que mejoramiento de se vieran afectados por zonas de recreación la obra y su reubicación para la primera temporal, se procederá infancia a consultar a las personas afectadas para informar las medidas a tomarse, de manera que se cumplan los objetivos y requisitos del AES5. Dichas medidas podrían incluir la construcción 23 Componente 3: Mejora de los Ambientes de Tipología y sub Tipos posibles Potenciales Potenciales medidas de aprendizaje de la PI tipología de sub afectaciones a actividades mitigación para centros proyectos generarse públicos seleccionados de instalaciones provisionales. La localización temporal en sitios de relocalización de la escuela. Aunque las instalaciones del Chalet son propiedad de la escuela y no forman parte del emprendimiento, si se diera este desplazamiento temporal, al chalet o cafetería se le construirán instalaciones provisionales en los lugares de reasentamiento temporal para que continúe funcionando el tiempo necesario. Debe considerarse la atención en casos de riesgos ante fenómenos antrópicos o naturales que se dieran durante el proceso de reasentamiento. 26. 3.3 Apoyo a centros Proceso de Bases de licitación No se contemplan No aplica. escolares públicos certificación para y TDR para impactos cubiertos para alcanzar los estándares de calidad reparaciones por el EAS 5. estándares estructural para menores, estructurales de modalidades mobiliario y equipo calidad. institucionales de PI, se de construcción asignarán recursos a para PI modo que las escuelas tengan acceso a Adjudicación de reparaciones menores, contrato mobiliario y equipo. Para contribuir al valor, estos recursos serán asignados entre las escuelas con mayores brechas de calidad. Estos fondos serán utilizados para financiar 24 Componente 3: Mejora de los Ambientes de Tipología y sub Tipos posibles Potenciales Potenciales medidas de aprendizaje de la PI tipología de sub afectaciones a actividades mitigación para centros proyectos generarse públicos seleccionados intervenciones menores tales como (i) construcción de aulas, (ii) acceso a servicios básicos (Ej. agua), (iii) reparaciones de techos, baños, (iv) áreas de juego, (v) equipo tecnológico, y (vi) mobiliario escolar, todo de acuerdo con los estándares estructurales. Fuente: elaboración propia V. METODOLOG�A Y ARREGLOS INSTITUCIONALES PARA LA GESTIÓN DEL REASENTAMIENTO INVOLUNTARIO a) Evaluación preliminar En el caso del Proyecto la institución responsable del cumplimiento de las EAS 5 de Banco Mundial es el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT). En la evaluación preliminar para la ejecución de los sub proyectos elegibles, el MINEDUCYT debe cumplir con los lineamientos y procedimientos acordados en el contrato de préstamo entregando a tiempo la licitación de carpetas de prefactibilidad para el diseño de proyectos de edificación y si fuera necesario formular el Plan de Reasentamiento Involuntario y Plan de Reubicación Temporal de Centro Educativo, aplicando una jerarquía de mitigación: 1. Evitar, 2. Reducir, 3. Mitigar. 4. Compensar. Para los casos que se requieran se adoptan las siguientes funciones: i. Coordinación interinstitucional en relación con los aspectos que en el Proyecto estén relacionados con el reasentamiento involuntario. ii. Asesorar las instancias ejecutoras de los sub-proyectos (contratistas) en el cumplimiento de los requisitos y trámites para realizar el reasentamiento involuntario. 25 iii. Revisar y dar visto a los planes de reasentamiento involuntario previo a ser enviado al Banco Mundial para su no objeción. iv. Preparar un protocolo consistente con los EAS para la reubicación temporal de las escuelas en construcción, este protocolo será parte del MRI. v. Apoyar con celeridad los trámites correspondientes con el propósito que los Planes de Reasentamiento Involuntario (PRI) sean ejecutados en el tiempo requerido. Brindar seguimiento al avance de la ejecución de los PRI. vi. Delegar persona especialista social de enlace entre la Comisión de Reasentamiento Involuntario y Reubicación Temporal de Centro Educativo y las instancias ejecutoras de los sub-proyectos. Estas responsabilidades las asume la Dirección de planificación institucional a través de la Gerencia de infraestructura y contara con el apoyo de la Unidad jurídica del MINED y otras unidades competentes a la ejecución del proyecto. El Equipo Líder del Proyecto estará informada y reportará a las instancias correspondientes a quienes por ley o disposiciones deba hacerlo. El mismo Marco de Política, establece que “dicha Comisión deberá estar conformada por personal técnico de las distintas instituciones que aplique, a manera de ilustración se mencionan las siguientes instituciones vinculadas al tema de reasentamiento�, estas son: • Gobierno Local (por su competencia en vías y servidumbres) • Asociaciones o microrregiones (para brindar apoyo técnico y pueden transferir competencias mediante ordenanzas) • Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT) • Ministerio de Obras Públicas (MOP) (para lo referido a los caminos nacionales) • Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (Política y reasentamiento) convertido en Ministerio de Vivienda a partir del nuevo Gobierno Nacional. • Centro Nacional de Registro (CNR) • Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) (avala los Estudios de Impacto Ambiental EIA, para titulares de actividades, obras o proyectos) • Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA), • Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) (avenamiento); • Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA); • Ministerio de Salud (MINSAL) Otras instituciones que deben ser consideradas son: Ministerio de Cultura y las instituciones autónomas que tenga incidencia según el caso. 26 El Marco de Política, recomienda “una segunda consideración vinculada al proceso de implementación valorando la magnitud del reasentamiento y las capacidades, es que la formulación del plan de reasentamiento o implementación de estos, sean considerados a través de contratación de firmas especializadas o consultores�. b) Consulta y participación de los afectados Durante el proyecto se debe asegurar que las personas afectadas , sean consultadas de manera previa y participativa, sobre sus opciones de reasentamiento involuntario y en el caso de reubicación temporal de centros escolares. La EAS 5, establece en la Nota de Orientación NO 17, sobre la Participación de la comunidad que: “El Prestatario involucrará a las comunidades afectadas, incluidas las comunidades anfitrionas, mediante el proceso de participación de partes interesadas descrito en el EAS 10�. Se deben considerar aspectos como el … “restablecimiento de medios de subsistencia, incluirán opciones y alternativas para las personas afectadas. La divulgación de información pertinente y la participación significativa de las comunidades y personas afectadas…� El proceso de consulta busca generar espacios de participación y solución de problemas, que pudiera generar el proyecto a construir. La consulta se enfoca a brindar opciones de mitigación. Es importante levantar una línea base de actores, comunidades, pueblos originarios, mujeres, que serán afectados o beneficiados. Debe existir además interacción con otros actores del territorio. El proceso de consulta con las personas o comunidad afectada, al menos incluirá los siguientes elementos: a.) Convocatoria, b.) Primera reunión de consulta y participación, c.) La Planificación del proceso de consulta, d.) El Proceso de consulta y participación, e.) Identificación de alternativas en cuanto a las medidas de mitigación en función a las afectaciones, f.) Sistema participativo de monitoreo y evaluación, g.) Acuerdos y concertación, h.) Vinculación con otros actores públicos y privados, y i.) Plan de acción, incluyendo cronograma de actividades asociadas al reasentamiento. c) Preparación del Plan de reasentamiento (PRI) Debido al alcance de este proyecto, los impactos cubiertos por este estándar no serán de gran escala, la información recopilada será para personas o familias, siendo muy improbable para comunidades o poblaciones. 27 Se debe establecer una línea base, describiendo la situación de social de las familias o individuos (sin proyecto), con el fin de tener claro sus condiciones actuales para restablecerlas. Se deben determinar los siguientes aspectos: a. Enumeración y recopilación de información de las personas o familias que se verán afectada, estableciendo la cantidad de personas, familias y predios que se verán afectados. b. Detallar la información de las personas o familias afectadas por residencia y localidad. c. Inventario de los bienes e inmuebles que se verán afectados (públicos/privados). d. Establecer un marco para la investigación de considerando aspectos demográficos, información social y económica y cultural. f. Determinar el tipo de relación con la propiedad: propietario, arrienda o posee otra relación. El MINEDUCYT debe proporcionar la factibilidad y viabilidad técnica de los subproyectos específicos y establecer la situación del subproyecto con base en la magnitud de las afectaciones. Esto aplica también para el caso de Reasentamiento involuntario. En el Marco de Gestión Ambiental y Social, se desarrolla el Plan de Gestión Ambiental y Social, el cual tiene lineamientos básicos para elaborar el contenido del Plan de Reasentamiento Involuntario y Plan de Reubicación escolar de centros escolares basado en EAS 5 Adquisición de Tierras, Restricciones de Uso de la Tierra y Reasentamiento Involuntario del BM, de este se retoman los siguientes aspectos: Marco legal El marco legal que respalda el PRI y PRT, está basado en la Constitución de la República, Ley de Expropiaciones y de ocupación de bienes por el Estado, Código Civil, Código Municipal, Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial, la legislación urbano arquitectónica del Ministerio de Vivienda (MV) y de sus oficinas descentralizada como las Oficinas de Planificación y Gestión del Territorio (OPLAGEST), la Oficina de Planificación del �rea Metropolitana de San Salvador (OPAMSS), Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), las relacionadas a la salud pública, trabajo, gestiones y procedimientos del Ministerio de Educación, Ciencia y Cultura (MINEDUCYT) y la legislación local, que apliquen según la jurisdicción. Otras normativas con enfoque social para considerar según el caso son: Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres; Ley General de Juventud; Ley de Protección Niñez y Adolescencia; Ley de Igual y Equiparación para personas con discapacidad; Ley Especial Integral para una vida libre de violencia y Ley de Antipandillas; 28 Ley de Cultura; Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y la Ley de Ética Gubernamental. Se deben referir también sus reglamentos y normativas aplicables y los artículos de dicha legislación que aplican al proyecto. Se debe verificar la situación de tenencia de los terrenos o inmuebles, documentación que debe proporcionar el MINEDUCYT. El subproyecto iniciará su construcción una vez finalizada la gestión de reasentamiento involuntario y/o reubicación temporal de centros escolares Marco institucional En este marco se establecen las instituciones involucradas en esta gestión, sus facultades y las responsabilidades. Las instituciones que forman parte de esta gestión son: MINEDUCYT, Instituto de la Legalización de la Propiedad (ILP), Centro Nacional de Registros (CNR), Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), alcaldías municipales, y según el caso pueden intervenir en la gestión MV y sus oficinas descentralizadas, OPAMSS y las instituciones relacionadas a la salud, trabajo, seguridad pública, gestión de riesgos, patrimonio cultural, transporte, entre otros. Incluir evidencia de las factibilidades, resoluciones de permisos correspondientes. Proceso para reasentamiento involuntario Mined proporcionará a los contratistas Diseñadores de Carpetas Técnicas o a las personas o entidad responsable de la implementación del proceso, información inicial sobre la situación del subproyecto y las necesidades de reasentamiento involuntario. 1. Actividades preliminares Censo y estudios socioeconómicos de línea de base Mined, proporcionará información inicial sobre la situación del subproyecto y las necesidades de reasentamiento involuntario detectadas. Cantidad de personas, negocios, su situación actual y posibilidades de elegibilidad. Establecer criterios de elegibilidad pues se deben cumplir de determinadas condiciones para poder ser tomado en cuenta para tener la oportunidad de este proceso. Este proceso se amplía en tema Criterios de Elegibilidad. 29 Búsqueda de inmuebles (terrenos y/o edificaciones) disponibles en el sector donde se realizará el subproyecto, contactos con alcaldías municipales y personas de la comunidad que dispongan de información necesaria. El equipo técnico ambiental y social del Proyecto, debe verificar la situación de tenencia de los terrenos o inmuebles y su situación fiscal, si cuentan con factibilidad de servicios de agua potable, manejo de aguas negras y grises, energía eléctrica e internet El proceso de selección de terrenos o edificaciones debe incluir un Diagnóstico Rápido que incluya, caracterización y análisis para conocer la situación ambiental, social económica y cultural de la zona (ubicación, accesibilidad y conectividades, geografía, clima, hidrología, etc.) Condicionantes de selección son: factibilidades de servicios básicos, de accesibilidad universal, de transporte público, aseo y seguridad pública, y otros necesarios. Se debe llevar un control y archivo de todos los procesos y documentos necesarios que avalen la selección del sitio para reasentamiento involuntario, que deben ser parte de los Términos de Referencia para el contratista que elabore la Carpeta Técnica para el subproyecto. 2. Etapa de Licitación para contratación de Diseño de Carpeta Técnica Cuando se realice la Licitación para contrato de Diseño de Carpetas Técnicas, deben incluirse los casos de reasentamiento involuntario como parte del subproyecto. Debe adjuntarse la información preliminar y cada licitante está en la obligación y responsabilidad de realizar visita de campo (documentada con evidencia fotográfica). 3. Etapa de Formulación de Carpeta Técnica Una vez adjudicado el subproyecto, se procede al Diseño de Carpeta Técnica, aplicando los planes del PGAS, entre ellos el Plan de Reasentamiento involuntario, si fuera el caso. Entre el contenido debe incluirse lo siguiente: Posibles impactos ambientales y sociales La evaluación genérica realizada por MINEDUCYT identificó y priorizó los impactos ambientales y sociales genéricos siguientes, pero el diseño de Carpeta Técnica debe considerar otros según el caso, priorizándolos y evaluándolos por el método que más convenga. Tabla 4. ACTIVIDADES DEL REASENTAMIENTO INVOLUNTARIO ETAPA MACRO-ACTIVIDAD ACTIVIDAD Saneamiento del área o edificación PREPARACIÓN DEL SITIO Limpieza, desmonte y tala 30 ETAPA MACRO-ACTIVIDAD ACTIVIDAD Construcción de bodega y acondicionamiento de zona de acopio de materiales, equipo y maquinaria. Demolición de estructuras y edificaciones existentes. Construcción de edificación(es) Acondicionamiento de para reasentamiento ACONDICIONAMIENTO DE involuntario SITIO Y/O CONSTRUCCIÓN DE Terracería y movimiento de suelo. EDIFICACIÓN Acarreo de material de préstamo y otros materiales. Construcción de infraestructura para vivienda u otro según el caso Desalojo de material de desperdicio. ABASTECIMIENTO AGUA Tuberías de abastecimiento POTABLE Tanques de almacenamiento ETAPA DE Construcción de Canaletas CONSTRUCCIÓN Construcción y colocación de servicios sanitarios REASENTAMIENTO DRENAJES Construcción e instalación de fosas sépticas INVOLUNTARIO Instalación de canales y bajadas aguas lluvias (si se diera el caso) Remoción de revestimiento y/o pavimentos. PAVIMENTOS (VIAS Conformación de pavimento de vías o aceras para CIRCULACIÓN PEATONAL) circulación peatonal Conformación de rampas Mantenimiento de la maquinaria. Conformación y protección de taludes. Instalación de letrinas móviles. Instalación de servicios (luminarias, pasarelas etc.). VARIOS Contratación de personal. Conformación y protección de taludes. Construcción de muros. Señalización. Adecuación de áreas recreativas Fuente: adaptación propia con base en MINED (2011). Marco General de Manejo Ambiental Evaluación de impactos ambientales y sociales del reasentamiento involuntario • Se considera que para el caso del Proyecto, los impactos de un reasentamiento involuntario, serán leves. Pero en el diseño de carpeta técnica se debe tomar en cuenta los posibles impactos, ambientales y sociales de los procesos de reasentamiento involuntario. Por ejemplo: Alteración del clima social (pueblos indígenas, quejas y reclamos de la comunidad ante los cambios de ambientes y relaciones sociales generadas por el subproyecto, incumplimiento de expectativas de la población por ejemplo empleo) • Conflictos sociales (maras, robos, extorsiones) • Desarraigo de lugar de residencia o trabajo Criterios de diseño urbano y arquitectónico con enfoque ambiental y social 31 Se pueden dar dos casos para reasentamiento involuntario, si es un grupo familiar, puede requerir encontrar un terreno o inmueble edificado. Los casos de negocios de primera necesidad, chalés, pueden ser reubicados temporal o definitivamente. Los criterios de diseño deben considerar entre otros los siguientes aspectos: • Condicionantes o determinantes físicos (naturales y construidos) • Diseño participativo involucrando a diferentes actores • Tecnología apropiada en procesos constructivos y operativos • Señalética de advertencia, prevención, información y evacuación. • Aplicar buenas prácticas ambientales y sociales • Respeto a las tradiciones y costumbres de la población indígena y local en general • Respeto al ecosistema natural Gestiones de permisos de urbanismo y construcción y otros Corresponde al contratista de Diseño de Carpetas técnicas, la gestión y trámite de factibilidades de servicios (agua potable y energía eléctrica), resoluciones del MARN (permiso ambiental) y permisos de construcción del MV y sus oficinas descentralizadas (OPLAGEST), OPAMSS y las instituciones relacionadas a la salud, trabajo, seguridad pública, gestión de riesgos, patrimonio cultural, transporte, alcaldías entre otros, según corresponda. El MINEDUCYT apoyará los trámites correspondientes donde tenga responsabilidad como titular del subproyecto, así como el pago de multas, impuestos y trámites. Otras actividades necesarias serán: legalización de inmuebles, levantamiento topográfico (planos de planimetría, altimetría, distribución de lotes o terrenos), estudios de suelos y materiales, estudios biológicos y arqueológicos. Cronograma de implementación Cualquiera que fuese la magnitud de la obra a construir, debe elaborarse un cronograma de implementación. Al respecto EAS 5 del BM, establece lo siguiente: 12. Cronograma de implementación. Un cronograma de implementación que incluya las fechas previstas para el desplazamiento, y las fechas estimadas de inicio y finalización de todas las actividades de reasentamiento. En dicho cronograma deberá indicarse de qué manera se vinculan las actividades de reasentamiento con la ejecución general del proyecto. El subproyecto no puede iniciar si no se ha cumplido el proceso de reasentamiento. Costos y presupuesto 32 Los montos relacionados a la compensación o asistencia correspondientes a los impactos de desplazamiento físico o económicos, descritos en el MRI, de darse en el contexto del proyecto no formaran parte del financiamiento del Banco Mundial. En cada carpeta técnica de subproyectos, debe incluirse costos y presupuestos para reasentamiento involuntario. Para el caso del proyecto, los costos de reasentamiento, de llegar a requerirse, serán dispuestos por el MINEDUCYT , Proceso constructivo El proceso de construcción de reasentamiento involuntario, debe ser parte del proceso de ejecución del subproyecto. Priorizándolo como actividad, en el cronograma y desembolsos de fondos, según el contrato de construcción. En este proceso se deben cumplir todo lo que establezcan los planes relacionados con manejo de desechos, seguridad e higiene ocupacional, prevención de riesgos, etc. 4. Arreglos para la gestión adaptativa Además, durante la etapa de formulación y construcción se deben considerar medidas alternativas a lo planificado, debido a que, durante el proceso de reasentamiento involuntario, se pueden dar cambios, situaciones no previstas en las condiciones iniciales del subproyecto. Pueden incluir aspectos relacionados a la gestión de riesgos (sismos, huracanes, incendios, enfermedades, entre otros). 5. Seguimiento y evaluación se establecerán los mecanismos de seguimiento y evaluación para tener un control detallado de todas las acciones, midiendo su eficiencia y eficacia, estableciendo grados de cumplimiento y poder realizar mejoras oportunas. Este mecanismo involucra a supervisores del MINEDUCYT, supervisor de obra, constructor, así como supervisores del Banco Mundial. Se debe llevar un control de la información completa y objetiva, formatos para seguimiento del desempeño, informes técnicos, bitácora de obra, órdenes de cambio, entre otros. d) Criterios de elegibilidad y medidas de compensación Los estándares establecen una Clasificación para la elegibilidad, según el párrafo 10 de EAS5, Criterios de elegibilidad según EAS Tipo de afectación Medidas de compensación 5, clasificación de personas: Que tienen derechos legales formales Desplazamiento de vivienda o Compensación a costo de reposición, sobre tierras y bienes; actividad laboral, comercial, según EAS 5 párrafo 12. Debe cumplir con aspectos de índole agrícola, pérdida de acceso a Según Párrafo 12.1 legal (ser titular de derecho real), recursos naturales, perdida de a) Tierras agrícolas (incluidas administrativa y operativa (residir o activos. aquellas baldías) o pastizales desarrollar actividad económica en los b) Tierras en zonas urbanas: El terrenos donde se desarrollará el valor de mercado de tierras 33 subproyecto, estar registrado en el de superficie y uso censo en períodos establecidos previa equivalentes, con comunicación), entre otros que se infraestructura y servicios establezcan según el caso. c) Viviendas y otras estructuras Que no tienen derechos legales (incluidas las estructuras formales sobre tierras o bienes, pero públicas, como escuelas, que reclaman tierras o bienes y tal clínicas y edificios religiosos reclamo es reconocido o puede ser d) Pérdida del acceso a recursos reconocido por la legislación nacional; naturales Debe cumplir con aspectos de índole Considerando uno de los objetivos de administrativa y operativa (residir o EAS 5: desarrollar actividad económica en los …brindar compensación oportuna por terrenos donde se desarrollará el la pérdida de bienes al costo de subproyecto, estar registrado en el reposición (en especie o efectivo) censo en períodos establecidos previa ayudar a las personas desplazadas en comunicación), entre otros que se sus esfuerzos por mejorar o, al menos, establezcan según el caso. restablecer sus medios de subsistencia Que no tienen derechos legales y su nivel de vida, en términos reales, a formales sobre tierras o bienes, pero los niveles anteriores al que reclaman tierras o bienes y tal desplazamiento o a los niveles vigentes reclamo es reconocido o puede ser antes del comienzo de la ejecución del reconocido por la legislación nacional; proyecto Debe cumplir con aspectos de índole administrativa y operativa (residir o desarrollar actividad económica en los terrenos donde se desarrollará el subproyecto, estar registrado en el censo en períodos establecidos previa comunicación), entre otros que se establezcan según el caso. Metodología de valuación de activos En el caso de Reasentamiento involuntario y Reubicación Temporal de Centros Escolares, generados por los subproyectos, los costos relacionados (montos compensatorios, indemnizaciones, trámites) deben ser incluidos en el presupuesto durante la fase de formulación o Diseño de Carpeta Técnica de cada subproyecto. Debe establecerse tipo de afectación y medida mitigatorias y/o compensatorias Proceso de valoración de activos Se aplicarán de mecanismos de valoración de tierras, viviendas, u otros activos, según sea el caso de las personas que se vean afectadas. Este proceso incluye determinar los impactos generados por el reasentamiento involuntario en los medios de vida y subsistencia de la población. Considerar en el valúo los siguientes aspectos: Levantamiento topográfico y arquitectónico del inmueble 34 Determinar las características físicas de los inmuebles o negocios afectados, realizando las siguientes actividades: • Elaboración de los listados de inmuebles afectados • Contratación de personal para levantamiento topográfico • Informar a propietarios y residentes de los inmuebles o negocios afectados sobre fechas y horarios del levantamiento topográfico y sobre la documentación requerida que acredite la tenencia o propiedad del inmueble (las fechas y horarios para el levantamiento y entrega de documentos deben ser acordados) • Visita para levantamiento topográfico y arquitectónico, donde la presencia del propietario o residente es necesaria, pues se firma de constancia de visita. Acompaña también el perito valuador de inmueble. • Recolección y archivo de documentación requerida, firma de constancia de entrega y recepción. • Planos topográficos elaborados Revisión y verificación de estatus de propiedades Las actividades para realizar son las siguientes: • Recolección y archivo de los documentos necesarios para el estudio de títulos (escrituras, promesas de compraventa, servicios públicos y demás documentos requeridos). • Elaborar un acta de recibo y entrega de estos documentos donde conste tipo de documento entregado, lugar y fecha. • Revisión y estudio de los documentos, para identificar a los titulares de derechos reales, y la identificación de situaciones jurídicas que eventualmente podrían impedir o retardar el proceso. • En el estudio de documentos se debe identificar y conciliar la información jurídica y catastral de los inmuebles objeto de compra (identificación de inconsistencias en las medidas físico catastral y jurídico y propuesta de solución de problemas identificados). • Elaborar un listado de los titulares de derechos reales y las limitaciones y gravámenes (impuestos y multas) que recaigan sobre los inmuebles. Adjuntando estudios de títulos, registros topográficos, avalúos, datos sociales de cada inmueble y la identificación de casos que requieren manejo especial (invasiones a inmuebles, usufructuarios de hecho, etc.) Formas de avalúo En el caso de viviendas o negocios a ser reasentados, el costo de reposición puede ser otorgado en especie o compensación económica (evitando esta última si es posible). Las viviendas o negocios para reponerse deberán contar con servicios básicos, aun si los 35 inmuebles iniciales no los tenían, de lo que se trata es mejorar las condiciones de vida y trabajo (EAS 5 párrafo 27). Pero si se determina que la reposición en especie no es la alternativa más adecuada, se procede al avalúo. Uno de los objetivos de EAS 5 refiere lo siguiente: Cuando sean inevitables, mitigar los impactos sociales y económicos adversos derivados de la adquisición de tierras o las restricciones sobre el uso de la tierra mediante las siguientes estrategias: a) brindar compensación oportuna por la pérdida de bienes al costo de reposición y b) ayudar a las personas desplazadas en sus esfuerzos por mejorar o, al menos, restablecer sus medios de subsistencia y su nivel de vida, en términos reales, a los niveles anteriores al desplazamiento o a los niveles vigentes antes del comienzo de la ejecución del proyecto, el que sea mayor. Para la realización de reasentamientos que se generen por el subproyecto, deberán compensarse las pérdidas bajo el concepto de costo de reposición. Según EAS 5 (Nota a pie de página No.6) “Costo de reposición�: se define como un método de avalúo que ofrece compensación suficiente para reemplazar los bienes, más los costos de transacción relacionados con la reposición de bienes. Cuando existen mercados en funcionamiento, el costo de reposición es el valor de mercado establecido mediante la valoración inmobiliaria independiente y competente, más los costos de transacción. Cuando no existen mercados en funcionamiento, el costo de reposición podrá determinarse por medios alternativos, como el cálculo del valor de producción de la tierra o los activos productivos, o el valor sin depreciación del material de reposición y la mano de obra para la construcción de estructuras u otros inmuebles, más los costos de la transacción. En todos los casos en que el desplazamiento físico genere pérdida de vivienda, el costo de reposición debe ser al menos suficiente para permitir la compra o construcción de viviendas que cumplan con los estándares mínimos de calidad y seguridad de la comunidad. El método de avalúo para determinar el costo de reposición deberá documentarse e incluirse en documentos pertinentes de planificación del reasentamiento. Los costos de transacción incluyen los cargos administrativos, las tarifas de registro y titulación, los gastos razonables de movilidad, y todo costo similar impuesto a las personas afectadas. A fin de garantizar la compensación al costo de reposición, puede ser necesario actualizar las tarifas de compensación previstas en zonas del proyecto en las que la inflación es alta o transcurre mucho tiempo entre el cálculo de los valores de compensación y la entrega de esta. El método de costo de reposición normalmente realiza depreciación de edificaciones existentes, pero según EAS 5, al aplicar este método de valoración, no debe tenerse en cuenta la depreciación de las estructuras ni de los bienes. Según Hermosillo Morales (2001), respecto al Método Costo de Reposición: 36 Está basado en el principio de sustitución donde se estipula que el costo de reproducción o sustitución es el límite superior del valor. Es decir, que la estimación final de un avalúo inmobiliario tendrá como límite máximo de valor, el costo del inmueble sobre presupuesto a valor actual. Determina el valor de las mejoras o construcciones en comparación con otras que tengan la misma utilidad y calidad, por medio de un presupuesto detallado o sintetizado, con los costos actuales de construcción y para un modelo similar (Valor de Reposición Nuevo - VRN), depreciándolo de acuerdo a las condiciones de edad, conservación y funcionalidad existentes en el bien a valuar, y por la falta de demanda y desuso económico por causas ajenas a la propiedad misma. Establecer el costo de reposición o reproducción de todas las mejoras realizadas hasta la fecha del avalúo. Deducir, del costo de todas las mejoras, la depreciación acumulada con base a los diversos factores de obsolescencia que se consideren apropiados. Sumar el valor del terreno y el costo de reproducción o reposición de todas las mejoras ya depreciadas para definir el valor bajo este enfoque. Si las pérdidas no son fáciles de evaluar o compensar en términos monetarios (por ejemplo, el acceso a los servicios públicos, a los clientes y proveedores o a las zonas de trabajo agropecuario), debe procurarse brindar acceso a recursos y oportunidades equivalentes y aceptables desde una perspectiva cultural en especial de pueblos indígenas. Para la elaboración de avalúos, se debe contratar a personas o entidades autorizadas para tal fin, las cuales deben seguir un proceso en la Superintendencia del Sistema Financiero para autorización de peritos valuadores. En las Normas para la Inscripción de Peritos Valuadores y sus obligaciones profesionales en el Sistema Financiero (NPB4-42) del año 2009, establece en el Capítulo V, Contenido de los informes periciales. Art. 23 Contenido mínimo del informe de valúo, información y documentos de Carácter General, Específica para Terrenos y Construcciones, Específica para inmuebles Agropecuarios y Bienes Industriales y Específica para Medios de Transporte y Otros Bienes Inmuebles. El proceso de reasentamiento debe tomar en cuenta , el tiempo, los beneficios para los afectados, el precio de la tierra de la zona, incluir costos transaccionales (trámites, impuestos, costos logísticos del traslado y compensación por inflación). e) Responsabilidades institucionales En el párrafo 22 de EAS 5, se establece que deben asignarse roles y responsabilidades: El plan del Prestatario establecerá los roles y las responsabilidades relacionados con el financiamiento y la implementación, e incluirá disposiciones sobre financiamiento de 37 contingencia para hacer frente a los costos imprevistos, así como disposiciones para dar una respuesta oportuna y coordinada a circunstancias no previstas que amenacen el progreso hacia los resultados esperados. El costo total de las actividades de reasentamiento necesarias para alcanzar los objetivos del proyecto está incluido en los costos totales del proyecto. Los costos de reasentamiento, como los costos de otras actividades del proyecto, son tratados como una carga contra los beneficios económicos del proyecto, y los beneficios netos para quienes son reasentados (en comparación con los escenarios “sin proyecto�) se añaden al flujo de beneficios del proyecto. Existen diversos tipos de roles y responsabilidades, desde las actividades preliminares, hasta la elaboración, ejecución, seguimiento y monitoreo del Plan de Reasentamiento Involuntario. A nivel nacional, están los siguientes: Prestatario, normativo y fiscalizador será el Gobierno Nacional, con sus instancias correspondientes. Ejecutor del proyecto será el MINEDUCYT, coordinando la situación de Reasentamiento involuntario con alcaldías, comunidades, organizaciones de la sociedad civil y Banco Mundial. 6. REUBICACIÓN TEMPORAL DE CENTROS ESCOLARES La reubicación temporal de centros escolares (aulas, dirección, servicios sanitarios, otros), se incluye en el Marco de Reasentamiento Involuntario, pues implica el traslado temporal de instalaciones debido a la construcción de los subproyectos. De ser necesario, según lo identificado en los perfiles de los sub proyectos, se elaborará e inclirá un un Plan de reubicación temporal de Centros Escolares, a continuación se detalla el contenido básico de dicho plan. Se aplicará en los casos en que sea necesario realizar demoliciones, ampliaciones y remodelaciones que requieran desalojar aulas y otros espacios, por lo que se deben considerar terrenos donde construir aulas temporales o edificaciones que se deban acondicionar para aulas temporales. Marco legal El marco legal que respalda el PRT, está basado en la Constitución de la República, la legislación urbano arquitectónica del Ministerio de Vivienda (MV) y de sus oficinas descentralizada como las Oficinas de Planificación y Gestión del Territorio (OPLAGEST), la 38 Oficina de Planificación del �rea Metropolitana de San Salvador (OPAMSS), Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), las relacionadas a la salud pública, trabajo, gestiones y procedimientos del Ministerio de Educación, Ciencia y Cultura (MINEDUCYT) y la legislación local, que apliquen según la jurisdicción. Otras normativas con enfoque social para considerar según el caso son: Ley de Igual y Equiparación para personas con discapacidad; Ley Especial Integral para una vida libre de violencia y Ley de Antipandillas y Ley de Cultura, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Ética Gubernamental. Se deben referir también sus reglamentos y normativas aplicables y los artículos de dicha legislación que aplican al proyecto. Marco institucional Las instituciones que forman parte de esta gestión son: MINEDUCYT, Instituto de la Legalización de la Propiedad (ILP), Centro Nacional de Registros (CNR), Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), alcaldías municipales, y según el caso pueden intervenir en la gestión MV y sus oficinas descentralizadas, OPAMSS y las instituciones relacionadas a la salud, trabajo, seguridad pública, gestión de riesgos, patrimonio cultural, transporte, entre otros. Proceso para reubicación temporal La Unidad Técnica Ambiental y Social, proporcionará a los contratistas Diseñadores de Carpetas Técnicas información inicial sobre la situación del subproyecto y las necesidades de reubicación de infraestructura educativa detectadas. 1. Actividades preliminares Consulta con la comunidad educativa, padres, maestros, estudiantes para informar sobre el subproyecto y la necesidad de reubicación temporal, el plan propuesto de reubicación, las opciones existentes y el mecanismo de gestión de queja del proyecto Búsqueda de inmuebles (terrenos y/o edificaciones) disponibles en el sector donde se realizará el subproyecto, contactos con alcaldías municipales, la comunidad educativa y personas de la comunidad que dispongan de información necesaria. El equipo técnico ambiental y social del Proyecto, debe verificar la situación de tenencia de los terrenos o inmuebles y su situación fiscal, si cuentan con factibilidad de servicios de agua potable, manejo de aguas negras y grises, energía eléctrica e internet (si fuera necesario). El proceso de selección de terrenos o edificaciones debe incluir un Diagnóstico Rápido que incluya, caracterización y análisis para conocer la situación ambiental, social económica y 39 cultural de la zona (ubicación, accesibilidad y conectividades, geografía, clima, hidrología, etc.) Condicionantes de selección son: cantidad de alumnos, maestros, espacios (aulas, servicios sanitarios, área recreativa), factibilidades de accesibilidad universal, factibilidades de transporte público, aseo público, seguridad pública, y otros necesarios. Se debe llevar un control y archivo de todos los procesos y documentos necesarios que avalen la selección del sitio para reubicación temporal, que deben ser parte de los Términos de Referencia para el contratista que elabore la Carpeta Técnica para el subproyecto. 2. Etapa de Licitación para contratación de Diseño de Carpeta Técnica Cuando se realice la Licitación para contrato de Diseño de Carpetas Técnicas, deben incluirse los casos de reasentamiento temporal como parte del subproyecto. Debe adjuntarse la información preliminar y cada licitante está en la obligación y responsabilidad de realizar visita de campo (documentada con evidencia fotográfica). 3. Etapa de Formulación de Carpeta Técnica Una vez adjudicado el subproyecto, se procede al Diseño de Carpeta Técnica, aplicando los planes del PGAS, entre ellos el Plan de Reubicación Temporal si fuera el caso. Entre el contenido debe incluirse lo siguiente: Posibles impactos ambientales y sociales En 2011 MINED, hoy MINEDUCYT, realizó el Marco General de Manejo Ambiental, donde realizó una evaluación genérica para construcción de centros escolares, identificó y priorizó los impactos ambientales y sociales genéricos siguientes tomando de base las actividades, pero el diseño de Carpeta Técnica debe considerar otros según el caso, priorizándolos y evaluándolos por el método que más convenga. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN DE REUBICACIÓN TEMPORAL ETAPA MACRO-ACTIVIDAD ACTIVIDAD Saneamiento del área del de reubicación Limpieza, desmonte y tala PREPARACIÓN DEL SITIO Construcción de bodega y acondicionamiento de ETAPA DE CONSTRUCCIÓN zona de acopio de materiales, equipo y maquinaria. REUBICACION TEMPORAL Demolición de estructuras y edificaciones DE AULAS existentes. ACONDICIONAMIENTO DE (si se diera el caso) Construcción de aulas provisionales SITIO Y/O CONSTRUCCIÓN DE Acondicionamiento de inmueble (alquilado, AULAS PROVISIONALES prestado, comodato) para ubicación temporal de aulas 40 ETAPA MACRO-ACTIVIDAD ACTIVIDAD Terracería y movimiento de suelo. Acarreo de material de préstamo y otros materiales. Desalojo de material de desperdicio. ABASTECIMIENTO AGUA Tuberías de abastecimiento POTABLE Tanques de almacenamiento Construcción de Canaletas Construcción y colocación de servicios sanitarios DRENAJES Construcción e instalación de fosas sépticas Instalación de canales y bajadas aguas lluvias Remoción de revestimiento y/o pavimentos. Conformación de pavimento PAVIMENTOS Conformación de rampas e instalación de pasamanos Mantenimiento de la maquinaria Conformación y protección de taludes Instalación de letrinas móviles. Instalación de servicios (luminarias, pasarelas etc.). VARIOS Contratación de personal. Conformación y protección de taludes. Construcción de muros. Señalización. Adecuación de áreas recreativas Fuente: adaptación propia con base en MINED (2011). Marco General de Manejo Ambiental Evaluación de impactos ambientales y sociales de la reubicación En el diseño de carpeta técnica se debe realizar una evaluación ambiental y social de los impactos que causará el subproyecto al medio natural, físico, social, económico y cultural. El método puede ser retomado de autores como Leopold, Gómez Orea, Walsh, entre otros, realizando adaptaciones de procesos para evaluar los impactos. Los impactos genéricos establecidos en el Marco General de Manejo Ambiental (2011), son los siguientes, y se retoman pues fueron realizados con base al análisis y evaluación de varios proyectos tipos realizados y pueden ser tomados de referencia para la reubicación temporal: IMAGEN No. Resumen de Valoración de Impactos Nivel Calificación Rangos Número de impactos I Muy alta 80-100 1 Cambio en las condiciones de la infraestructura vial (-) II Alta 60-80 2 Generación de partículas suspendidas (-) 41 3 Alteración de la geomorfología (-) 4 Cambio del régimen y flujo de aguas (-) 5 Pérdida del hábitat (-) 6 Generación de empleo (hombre y mujer) (+) 7 Cambio de cobertura vegetal (-) 8 Generación de ruido (-) 9 Inestabilidad de taludes (-) 10 Incremento de la erosión del suelo (-) 11 Afectación a los recursos geológicos (-) Media o III 40-60 12 Incremento de desechos (-) moderada 13 Cambio en la calidad de vida (+) 14 Riesgos laborales (-) 15 Afectación a los servicios públicos (-) 16 Riegos a la salud y seguridad de niños, niñas, hombres y mujeres (-) MINED (2011). Marco General de Manejo Ambiental, Tabla NO. 10 resumen de Valoración de impactos MINEDUCYT, establece los siguientes impactos, según su significancia en: • Nivel I: Muy Alta (80-100) color rojo • Nivel II: Alta (60-80) color naranja • Nivel III: Media o moderada (80-100) color amarillo Se consideran impactos negativos a nivel genérico los siguientes: Impactos al medio físico: • Generación de partículas suspendidas • Alteración geomorfológica • Cambio del régimen y flujo de aguas • Generación de ruidos • Inestabilidad de taludes • Incremento de la erosión del suelo • Afectación a los recursos geológicos • Incremento de los desechos (orgánicos e inorgánicos) • Riesgos laborales Impactos genéricos negativos al Medio Biológico • Perdida de hábitat • Cambio de la Cobertura Vegetal Impactos Genéricos Negativos al Medio Socioculturales 42 • Cambio en las condiciones de infraestructura vial • Afectación a los servicios públicos • Riesgos a la salud de los niños, niñas y trabajadores • Cambio en la calidad de vida Para el caso del proyecto y subproyectos, los marcos sociales han identificado los siguientes Impactos específicos Negativos en caso de tener que realizar reubicación temporal de aulas. Caso reubicación temporal de aulas • Los ambientes de aprendizaje temporales no cumplen con las normas mínimas para centros educativos • Conflictos sociales (maras, robos, extorsiones) Criterios de diseño urbano y arquitectónico con enfoque ambiental y social Los criterios de diseño deben considerar entre otros los siguientes aspectos: • Condicionantes o determinantes físicos (naturales y construidos) • Diseño participativo involucrando a diferentes actores • Tecnología apropiada en procesos constructivos y operativos • Señalética de advertencia, prevención, información y evacuación. • Aplicar buenas prácticas ambientales y sociales • Respeto a las tradiciones y costumbres de la población indígena y local en general • Respeto al ecosistema natural Gestiones de permisos de urbanismo y construcción y otros Corresponde al contratista de Diseño de Carpetas técnicas, la gestión y trámite de factibilidades de servicios (agua potable y energía eléctrica), resoluciones del MARN (permiso ambiental) y permisos de construcción del MV y sus oficinas descentralizadas (OPLAGEST), OPAMSS y las instituciones relacionadas a la salud, trabajo, seguridad pública, gestión de riesgos, patrimonio cultural, transporte, alcaldías entre otros, según corresponda. El MINEDUCYT apoyará los trámites correspondientes donde tenga responsabilidad como titular del subproyecto, así como el pago de multas, impuestos y trámites. Otras actividades necesarias serán: alquiler de inmuebles, levantamiento topográfico (planos de planimetría, altimetría), estudios de suelos y materiales, estudios biológicos y arqueológicos. Cronograma de implementación 43 Cualquiera que fuese la magnitud de la obra a construir, debe elaborarse un cronograma de implementación. En una matriz de doble entrada se presentan actividades y tiempo de ejecución con fechas estimadas de inicio y finalización de la reubicación temporal de infraestructura educativa. Este cronograma debe indicar cómo se relaciona la reubicación temporal con las actividades el subproyecto de ECCE. El subproyecto no puede iniciar si no se ha cumplido el proceso de reubicación temporal. Costos y presupuesto En cada carpeta técnica de subproyectos, debe incluirse costos y presupuestos para reubicación temporal si el proyecto así lo requiere. Se elaboran cuadros que muestran estimaciones de costos categorizadas para todas las actividades de la reubicación incluyendo imprevistos y cronogramas para los gastos. El presupuesto debe desglosarse en partidas y rubros. Elaborando costos directos (materiales y mano de obra de construcción) y costos indirectos (administrativos). 4. Proceso constructivo El proceso de construcción de reubicación temporal, debe ser parte del proceso de ejecución del subproyecto. Priorizándolo como actividad, en el cronograma y desembolsos de fondos, según el contrato de construcción. En este proceso se deben cumplir todo lo que establezcan los planes relacionados con manejo de desechos, seguridad e higiene ocupacional, prevención de riesgos, etc. 5. Arreglos para la gestión adaptativa Además, durante la etapa de formulación y construcción se deben considerar medidas alternativas a lo planificado, debido a que, durante el proceso de reubicación temporal, se pueden dar cambios, situaciones no previstas en las condiciones iniciales del subproyecto. Pueden incluir aspectos relacionados a la gestión de riesgos (sismos, huracanes, incendios, enfermedades, entre otros). 6. Seguimiento y evaluación Se deben establecer mecanismos de seguimiento y evaluación para tener un control detallado de todas las acciones, midiendo su eficiencia y eficacia, estableciendo grados de cumplimiento y poder realizar mejoras oportunas. Este mecanismo involucra a supervisores del MINEDUCYT, supervisor de obra, constructor, así como supervisores del Banco Mundial. Se debe llevar un control de la información completa y objetiva, formatos para seguimiento del desempeño, informes técnicos, bitácora de obra, órdenes de cambio, entre otros. 44 VI. DONACION VOLUNTARIA DE TIERRAS Para el desarrollo de subproyecto, puede presentarse la oportunidad de contar con donaciones voluntarias de tierra. Para estos casos deberá existir un mecanismo de control para confirmar que las donaciones son completamente voluntarias. Es importante establecer que la decisión de donar el terreno al MINEDUCYT haya ocurrido bajo circunstancias de consentimiento informado, lo cual significa que el propietario y los usuarios del terreno entiendan: • Cuál va a ser el uso del terreno, por parte de quién y por cuánto tiempo. • Que cederán la posesión del terreno o el derecho a su uso con pleno entendimiento de sus consecuencias. • Que tienen derecho a negarse a donar el terreno. • Si existen alternativas para el uso del terreno. • Cuál procedimiento deben seguir para hacer la donación (documentos de ejecución, consentimientos familiares, pago de impuestos, etc.). • Los efectos que la donación pudiera tener para su familia, y lo que podrían hacer si quisieran recuperar el terreno donado. El derecho a negarse debe ser un derecho legítimo, incondicional, y donde sea posible tomar esa decisión sin consecuencias comunitarias o políticas. Por esta razón, es importante que la decisión se tome sin que exista coerción, manipulación, o ninguna otra forma de presión por parte de las autoridades ministeriales. Para terrenos comunales, la donación deberá fundamentarse en el consentimiento informados de todos los individuos usando o ocupando el terreno Es importante que exista evidencia de la intención y el acuerdo de donar el terreno y asegurar, donde sea requerido y apropiado, que el terreno se ha transferido legalmente. Deberán existir registros de los procesos que se siguieron, incluidas las consultas, copias de las declaraciones formales de donación, prueba del consentimiento informado, y las firmas de los dueños o usuarios de los terrenos. El MINEDUCYT es responsable por mantener un registro con todos los documentos relevantes para cada uno de los casos donde exista una donación de terreno para efectos de este proyecto. Esta información deberá estar disponible para revisión por parte del Banco Mundial, así como para cualquier revisión relacionada a quejas que puedan surgir durante el proceso. En el párrafo 4 de EAS 5, se refiere al desplazamiento físico y económico permanente o temporal que resulta de diversos tipos de adquisiciones de tierras o restricciones sobre el uso de la tierra, específicamente en el literal g) Derechos sobre tierras o reclamos sobre tierras o recursos a los que individuos o las comunidades renunciaron sin el pago total de una compensación. 45 Y según describe al respecto la Nota al pie 10: Sujeto a aprobación previa del Banco, esto puede ser aceptable siempre que el Prestatario demuestre que: a) los posibles donantes han sido adecuadamente informados y consultados sobre el proyecto y las opciones de las que disponen; b) los posibles donantes son conscientes de que negarse es una opción y han confirmado por escrito su voluntad de proceder con la donación; c) la cantidad de tierra que se donará es menor y no reducirá la superficie restante del donante por debajo de la necesaria para mantener sus medios de subsistencia en los niveles actuales; d) no implica ninguna reubicación de hogares; e) se espera que el donante se beneficie directamente del proyecto, y f ) para tierras comunitarias o colectivas, la donación puede realizarse solo con el consentimiento de los individuos que usan u ocupan la tierra. El Prestatario mantendrá un registro transparente de todas las consultas y los acuerdos logrados. Según el Párrafo 4.11 de la Nota de Orientación sobre EAS 5, el donante debe estar adecuadamente informado y actuar con libre albedrío: “Adecuadamente informado� significa que el propietario tiene toda la información disponible acerca de la actividad propuesta y sus impactos, las tierras que se requieren y sitios alternativos para la ubicación de las actividades, así como sus derechos a una compensación. “Libre albedrío� significa que el propietario puede rechazar la propuesta de ceder su tierra porque, por ejemplo, hay alternativas viables disponibles para el proyecto (como, por ejemplo, realinear un conducto de agua si la persona niega el acceso a su propiedad) o, cuando no hay alternativas viables disponibles, la donación es para beneficio del propietario (como un proyecto de inversión comunitario que beneficia al propietario de la tierra que se donará. NO 4.12: Sin embargo, en algunos casos, las donaciones pueden inducirse a través de presiones informales o, en casos extremos, por coerción. En otros casos, las personas pueden aceptar donar tierras porque desconocen que tienen derecho a una compensación y no han recibido suficiente información para tomar una decisión fundamentada. Las donaciones voluntarias no pueden causar pérdidas de ingresos o desplazamientos físicos. Se deben considerar también medidas de mitigación, según el análisis ambiental y social correspondiente. Llevar registro de todas las gestiones realizadas, según establece el párrafo 4.13: NO 4.13: Las donaciones voluntarias de tierras se deberán documentar. Esto exige a) una notificación escrita que indique la ubicación y la cantidad de tierra que se requiere y su uso previsto; b) una declaración de donación formal, firmada por cada 46 propietario o usuario involucrado, en la que se establezca el consentimiento informado y se confirme que no existe ninguna disputa sobre la propiedad y que no hay reclamos de arrendatarios, usuarios, ocupantes o intrusos. Todos los impuestos o las comisiones que se deban abonar por la tramitación o el registro de la transferencia de tierras, si existen o si se aplican, serán pagados en su totalidad por el Prestatario, que guardará los registros de las donaciones, incluida la documentación. La documentación estará disponible para su revisión en caso de que surja algún reclamo. Para garantizar la transparencia con respecto a las donaciones voluntarias de tierras puede ser conveniente recurrir a la revisión de un tercero independiente. . Cualquier acuerdo entre el MINEDUCYT y una comunidad indígenas -para el uso de la tierra, donde se rehabilitará las clases de aula de preescolar- en virtud del Proyecto, solo se aceptará si se proporciona de forma voluntaria, como se establece en el MGAS y el MPI, de conformidad con los requisitos de EAS5 y EAS7. Los acuerdos alcanzados se registrarán en los respectivos PGAS y en los Planes de los Pueblos Indígenas (PPI) preparados para los trabajos del Proyecto dónde se utilizarán las tierras. PROTOCOLO DE DONACIÓN VOLUNTARIA DE TIERRAS: Se preparará un protocolo de donación voluntaria de tierras conforme a los principios antes mencionados y coherente con los EAS y se incluirá como anexo al MPR. El Marco Reasentamiento Involuntario, MRI que incluye el anexo del protocolo de reubicación temporal se preparará y divulgará, e informará los TDR para las Carpetas Técnicas y el convenio con el Instituto de Legalización de Tierras. IX. MONITOREO Y EVALUACIÓN Sobre el tema Monitoreo y evaluación, EAS5 establece en el párrafo 23 lo siguiente: El Prestatario establecerá procedimientos para hacer el seguimiento y evaluar la implementación del plan y adoptará las medidas correctivas necesarias durante la implementación para lograr los objetivos de este EAS. El alcance de las actividades de seguimiento será proporcional a los riesgos e impactos del proyecto. Para todos los proyectos que tengan impactos significativos de reasentamiento involuntario, el Prestatario contratará profesionales competentes dedicados al reasentamiento involuntario para que efectúen el seguimiento de la implementación de los planes de reasentamiento, diseñen las medidas correctivas necesarias, brinden asesoramiento sobre el cumplimiento de este EAS y elaboren informes periódicos de seguimiento. Durante el proceso de seguimiento se consultará a las personas afectadas. Se prepararán informes periódicos de seguimiento y se informará oportunamente a las personas afectadas acerca de los resultados del seguimiento. 47 Todas las actividades del Proyecto deberán ser monitoreadas, evaluadas y auditadas durante el proceso de desarrollo y cierre de sub proyectos ejecutados y que se les elaboró el Plan de Reasentamiento Involuntario. Se evaluarán cumplimientos de EAS, de responsabilidades, de manejo financiero y técnico, entre otros según el proyecto. Las capacitaciones al personal responsable son estrategias para el cumplimiento efectivo de convenios. 7. MECANISMO DE ATENCIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS Tomando como base las orientaciones del EAS10 del Banco Mundial, el Mecanismo de Comunicación para Preocupaciones, Quejas, Sugerencias y Respuestas es: “Un mecanismo de atención de quejas y reclamos es un sistema, proceso o procedimiento accesible e inclusivo que se utiliza para recibir reclamos y sugerencias de mejoras y adoptar medidas oportunas al respecto, y para facilitar la solución de las inquietudes y quejas que surjan en relación con un proyecto. Un mecanismo eficaz de atención de quejas y reclamos proporciona una reparación a las partes afectadas por el proyecto y permite abordar los problemas en una etapa temprana.� (EAS10, pag 8) “….se diseña sobre la base de la comprensión de las cuestiones que, probablemente suscitarán inquietudes y reclamos. El diseño y la escala adecuados de dicho mecanismo son específicos de cada proyecto. El diseño depende de factores tales como el contexto, la escala y el alcance del proyecto; el número de beneficiarios del proyecto; la capacidad; las actitudes culturales respecto de la formulación de reclamos; los recursos humanos y financieros disponibles, y las limitaciones tecnológicas. Se pueden utilizar los mecanismos existentes, tanto formales como informales, identificados como parte de la evaluación ambiental y social en el EAS 1, siempre que se consideren adecuados para los fines del proyecto, y, si fuese necesario, se pueden complementar con mecanismos específicos del proyecto. En algunas circunstancias, puede ser más eficaz en función de los costos y sostenible aprovechar y mejorar tales mecanismos formales o informales de solución de reclamos.� (EAS10, pag.9) El EAS10 plantea con mucha claridad el carácter inclusivo que debe tener el mecanismo de quejas y reclamos. En este sentido, el mecanismo aquí presentado en reiteradas ocasiones expone cómo se brindará atención a las quejas, reclamos y sugerencias. Primer nivel del mecanismo: Para los efectos de este proyecto, se mantendrá un sistema centralizado que se expone sintéticamente en los próximos párrafos, pero se adicionarán algunas acciones derivadas de las particularidades del proyecto y de las poblaciones con las que se tendrá relación. 48 En coherencia con el Plan Cuscatlán Modernización del Estado, referente a la “profunda revisión del sistema institucional existente, con el objetivo de otorgar al Órgano Ejecutivo un carácter moderno, articulado, eficiente, promotor del desarrollo sustentable por medio de la transformación, modernización y fortalecimiento de las instituciones existentes para que estén a la altura de las necesidades nacionales�1 se reafirman los procedimiento para implementar estrategias que contribuyan a brindar una atención con calidez y respuestas oportunas a la población usuaria del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT) (MINED), esto sumado al cumplimiento de la Ley de Procesos Administrativos que entró en vigencia a partir de febrero 2019 y que en su Artículo 1 regula lo siguiente: 1. Los requisitos de validez y eficacia de las actuaciones administrativas de toda la Administración Pública; 2. Los derechos de los ciudadanos frente a la Administración Pública; 3. El régimen de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública y de sus funcionarios; y, 4. El ejercicio de la potestad normativa, así como los principios y garantías del procedimiento administrativo sancionador. Estas acciones están basadas en los principios de legalidad, eficacia, celeridad e impulso de oficio, economía y buena fé, establecidos en la Ley de Procesos administrativos; mismos que son considerados por la Oficina de Información y Respuesta (OIR) por medio del Departamento de Quejas y Avisos, quienes deben dar cumplimiento a las Normas de Atención al Público establecidas en la ley en referencia, en su Art. 11. Que literalmente cita “Los órganos administrativos deberán potenciar los más altos estándares de atención al ciudadano, para lo cual se atienden las siguientes normas: 1. No podrá negarse la atención al público antes del cumplimiento de la hora de cierre de la respectiva oficina; 2. El servicio de atención al público deberá prestarse de manera ininterrumpida, dentro del horario establecido; 3. Se deberá respetar el orden de atención de los ciudadanos y aplicar técnicas que eviten la formación de aglomeraciones; 4. Los servicios en línea podrán establecer horarios de atención ininterrumpida, de acuerdo a la capacidad económica y técnica del organismo de que se trate; y, 5. Deberá tratarse a los ciudadanos con el más alto índice de decoro y transparencia.� 1 Plan Cuscatlán, Modernización del Estado, año 2019, página 3. 49 La nueva gestión institucional fortalece el área responsable de atención de quejas y avisos, denuncias, reclamos, entre otros, que requieren de intervención y respuesta por parte de las diferentes instancias que conforman el MINEDUCYT. Dicho departamento está compuesto con una oficina responsable en nivel central, ubicada en el nivel 1 del Edificio A1 Plan Maestro y una en cada departamento del país ubicadas en las Direcciones Departamentales de Educación. Para la recepción de quejas o avisos por parte de la comunidad educativa y la población usuaria en general, se han puesto a disposición diferentes canales de comunicación con el objeto de dar cobertura a los diferentes segmentos de usuarios que se tienen a nivel nacional, los que se citan a continuación: a) Un PBX 2281-0274 que posee múltiples extensiones para su atención oportuna b) Correo electrónico: transparencia@mined.gob.sv c) Redes sociales del MINED (Whatsapp +503 7900 0010, Twitter o Facebook). d) Enviando un correo: micaso@atenciociudadana.sv e) Se atiende de manera presencial en el MINED nivel Central en el departamento de quejas y aviso, y además en las oficinas de la OIR de las 14 Direcciones Departamentales de Educación a nivel nacional. MINED dispone de un equipo multidisciplinario (Abogados, psicólogos, administradores, gerencia infraestructura, entre otros) que facilita una mejor intervención para la resolución de los casos recibidos, además se coordina con las OIR Departamentales facilitando la comunicación y seguimiento a la resolución final de los casos. Segundo nivel del mecanismo Recepción de Quejas, Reclamos y Sugerencias Por tratarse de un proyecto a desarrollarse a nivel nacional y con poblaciones de diferentes perfiles socioculturales y accesos a tecnología u otros recursos, las quejas, reclamos o sugerencias para el caso de las infraestructuras, serán recibidas por varios actores: • En el caso específico de gestión quejas y denuncias para las obras de infraestructura, se disponen procedimientos establecidos para atender las quejas de nuestros clientes y de los centros escolares intervenidos, desde el inicio de la obra y con énfasis al final, se ha proporcionan teléfonos y correos electrónicos de los contratistas de obra, supervisión y de la Gerencia de Infraestructura del MINED, para agilizar respuesta a cualquier reclamo o aviso de problemas suscitados. Posterior a ello, se da el seguimiento por el Gerente de Obras y la supervisión, para que sean superadas las observaciones • En los centros educativos a través de la figura del Director o de un docente asignado para la tarea. En los centros educativos también estará colocado un buzón de quejas, 50 reclamos o sugerencias que podrá ser accedido por los padres-madres o encargados de niñas y niños estudiantes de la institución o gente de la comunidad. El buzón estará identificado con un rótulo alusivo al proyecto y a su función de recibir quejas, reclamos y sugerencias por escrito. De este, solo el Director y docente asignado tienen acceso. • Dado que en las comunidades donde se estará desarrollando el proyecto (a nivel nacional) puede haber personas que no saben leer y escribir, o en el caso que sean de pueblos indígenas que hablan otras lenguas, etc. las quejas, reclamos y sugerencias podrán ser recibidos de forma oral y por escrito a través del teléfono, WhatsApp, correo electrónico; pero, además, en sesiones de trabajo/talleres, en citas solicitadas por parte de la persona que denuncia, etc.). Tercer nivel del mecanismo. Registro Para el registro de las quejas o sugerencias se establecen los formatos estándar de presentación, respuesta y control, en donde se detallen los datos sobre la persona que presenta el reclamo, fecha y hora, descripción del reclamo, así como datos para mayor contacto y devolución de respuesta. Los formatos son los siguientes: Toda la información será digitalizada porque se intenta sistematizar este ejercicio y tomar decisiones con los resultados. Se dispone de una matriz donde se van registrando los problemas atendidos durante la preparación y ejecución del proyecto y la forma en cómo se gestiona soluciones. Esta matriz recoge los diferentes problemas en las obras y las acciones implementadas para la resolución de conflictos. Estos formatos están disponibles para toda la comunidad educativa. Algo importante de desatacar es que, en caso de denuncias, la población tiene opción de realizar denuncia anónima, especialmente aquellos casos cuando la persona no tenga la confianza de hacer visible sus datos. En caso de las obras de infraestructura, se implementan registros en una bitácora de registro de visitas, la cual permite colocar el nombre del visitante, procedencia, motivo, firma y comentario de la visita efectuada, con el propósito de obtener los comentarios de todos los actores interesados. 51 Ruta de gestión de proceso de recepción de avisos, quejas o denuncias de la comunidad educativa en la oficina de OIR área de quejas 8. Contenido sugerido de los Planes de Reasentamiento Los planes de reasentamiento preparados para los subproyectos que así lo requieren deberán tener los siguientes Elementos mínimos según EAS5 (anexo A. Plan de Reasentamiento, del cual se resumen): PLAN DE REASENTAMIENTO INVOLUNTARIO • Descripción general del proyecto e identificación de la zona del proyecto. • Posibles impactos • Objetivos. Los objetivos principales del programa de reasentamiento. • Censo y estudios socioeconómicos de línea de base. • Marco legal. • Marco institucional. • Elegibilidad. • Valoración y compensación de pérdidas. • Cronograma de implementación. • Costos y presupuesto. • Mecanismo de atención de quejas y reclamos. • Seguimiento y evaluación. • Arreglos para la gestión adaptativa. Bibliografía Asamblea Legislativa. (1983). Asamblea Legislativa. Recuperado el noviembre de 2019, de Constitución de la República de El Salvador: 52 https://www.asamblea.gob.sv/sites/default/files/documents/decretos/F0DD4DE1- 8CCA-461B-B1CB-0D04D37B4FD1.pdf Gobierno de El Salvador. (febrero de 2019). Documentos del Banco Mundial. Recuperado el 27 de noviembre de 2019, de Proyecto de Desarrollo Económico Local Resilente. Marco de Política de reasentamiento involuntario: http://documentos.bancomundial.org/curated/es/827411551330956506/pdf/Mar co-de-Reasentamiento-Involuntario.pdf 53