Proyecto Hacienda Digital para el Bicentenario Plan de Participación de Partes Interesadas 19 de febrero, 2020 Nota: Esta versión corresponde a un borrador del documento al 19/02/2020. El documento se actualizará a medida que avance el proyecto. 1 1. Introducción El Gobierno de Costa Rica, mediante del Ministerio de Hacienda, ha convenido formular los lineamientos del proyecto denominado “Hacienda digital para el Bicentenarioâ€? (en adelante, el Proyecto), el cual constituye una propuesta para la transformación del Ministerio de Hacienda cuyo objetivo es el fortalecer la estabilidad fiscal mejorando la eficiencia de la gestión del gasto público y el desempeño operativo en la administración tributaria y la facilitación del comercio. Se llevará a cabo a escala nacional y se estima que su período de ejecución sea de 5 a 7 años. El presente documento reporta sobre el proceso de elaboración del Plan de Participación de Partes Interesadas (PPPI), los principales resultados obtenidos durante los procesos de participación y consultas que se llevó a cabo en la etapa de diseño del proyecto, y la propuesta para continuar su implementación durante la ejecución del proyecto. El PPPI es un documento operativo que responde a los requerimientos del Estándar (EAS 10) el cual forma parte de las nuevas normativas del Banco Mundial que sustituye a las antiguas políticas operativas conocidas también como salvaguardas. Estos Estándares buscan la cobertura amplia y sistémica de los riesgos ambientales y sociales, al considerar áreas tales como la transparencia, no discriminación, participación pública, rendición de cuentas; así mismo, se incluye la definición de mecanismos de atención de quejas y reclamos.1 Los estándares son Evaluación y Gestión de Riesgos e Impactos Ambientales y Sociales; Trabajo y Condiciones Laborales; Eficiencia en el Uso de los Recursos de Prevención y Gestión de la Contaminación; Salud y Seguridad de la Comunidad; Adquisición de Tierras, Restricciones sobre el Uso de la Tierra y el Reasentamiento Involuntario; Conservación de la Biodiversidad y Gestión Sostenible de los Recursos Vivos; Pueblos Indígenas/ Comunidades Locales Tradicionales, Históricamente Desatendidas de Ã?frica Subsahariana; Patrimonio Cultural; e Intermediarios Financieros y Participación de las Partes Interesadas y Divulgación de la Información. El EAS 10 se aplica a todos los proyectos respaldados por el Banco Mundial mediante financiamiento para proyectos de inversión. La interacción entre el Prestatario, en este caso el Gobierno de Costa Rica mediante el Ministerio de Hacienda y las partes interesadas será parte integral de la evaluación ambiental y social del proyecto, su diseño y su ejecución, como se describe en el EAS 1. En este nuevo contexto normativo, este décimo estándar está referido a la Participación de las Partes Interesadas y la Divulgación de la Información y debe leerse de manera conjunta con el EAS 1: Evaluación y Gestión de Riesgos e Impactos Ambientales y Sociales. En este sentido, para facilitar dicha lectura y la comprensión de las propuestas, el presente documento contiene información clave tomada del documento de la Evaluación Ambiental y Social. 1 https://projects.bancomundial.org/es/projects-operations/environmental-and-social-framework 2 El Banco Mundial en su nuevo Marco Ambiental y Social, define parte interesada como aquellos individuos o grupos que se vean afectados o puedan verse afectados por el Proyecto; en esta misma línea las otras partes interesadas, como aquellas que pueden tener interés en el proyecto. En este plan, se entiende Partes Interesadas como a) se vean afectados o puedan verse afectados por el proyecto (“partes afectadas por el proyectoâ€?), y b) pueden tener interés en el proyecto (“otras partes interesadasâ€?); así la la inclusión de los grupos vulnerables, pueblos indígenas y afrodescendientes, pero para estas poblaciones se elaborará un plan de participación particular. La expresión “partes afectadas por el proyectoâ€? incluye a las partes que probablemente se verán afectadas por este Proyecto debido a impactos reales o riesgos potenciales en su ambiente físico, salud, seguridad, prácticas culturales, bienestar o medios de subsistencia. Estas partes interesadas pueden incluir individuos o grupos, así como comunidades locales. 2 Para efectos del presente los individuos son físicos o jurídicos del sector público o privado que se constituyen como personas usuarias finales a los sistemas del Ministerio de Hacienda para acceder a los bienes y servicios de este, tanto en lo concerniente a ingresos como a egresos. En esta misma línea, se entenderá bajo la expresión de “otras partes interesadasâ€? a cualquier individuo, grupo, organización o institución que tenga un interés en el Proyecto, por su la ubicación geográfica, sus características, sus impactos o aspectos relacionados con el interés público. Aspecto que se complejiza en el caso del Ministerio de Hacienda por lo sensible de su competencia y gestión en relación al funcionamiento del Estado Costarricense y en este caso por tener un alcance a escala nacional. Al respecto, en el apartado 6 del presente documento encontrará el detalle del listado de las instancias identificadas en asocio a ambas expresiones, más los considerados grupos vulnerables según la realidad costarricense, además las poblaciones indígenas y afrodescendientes. Los objetivos del presente PPPI son los siguientes: a.) Establecer un enfoque sistemático con respecto a la participación de las partes interesadas que ayudará en este caso al Ministerio de Hacienda (como prestatario) a identificarlas y crear y mantener una relación constructiva con ellas, sobre todo con las partes afectadas consideradas afectadas por este Proyecto; b.) Evaluar el grado de interés y de apoyo de las partes interesadas en relación con el Proyecto, y permitir que las opiniones de las partes interesadas se tengan en cuenta en el diseño del proyecto y el desempeño ambiental y social; c.) Promover durante todo el ciclo del Proyecto la participación inclusiva y eficaz de las partes afectadas en relación con las cuestiones que podrían tener impacto en ellas, y brindar los medios necesarios para dicha participación; d.) Garantizar que se divulgue información adecuada sobre los riesgos e impactos ambientales y sociales a 2Tomada y adaptado a la realidad de este Proyecto de la NO 5.1. contenida en la ESF Guidance Note 10 Stakeholder Engament and Information Disclousure. Disponible en http://documents.worldbank.org/curated/en/213761548346035638/ESF-Guidance-Note-10-Stakeholder-Engagement- and-Information-Disclosure-Spanish.pdf 3 las partes interesadas en un formato y de una manera que sean accesibles, oportunos, comprensibles y apropiados y f.) Proporcionar a las partes afectadas por el Proyecto medios accesibles e inclusivos para plantear problemas y reclamos; así como permitir que el Ministerio de Hacienda respondan a dichos reclamos y los gestionen. Ahora bien, también se incluyó en esta evaluación la población indígena, afrodescendiente y vulnerable, las cuales están referenciadas al EAS 7, el cual se detalla más adelante en las secciones dedicada a los pueblos indígena / comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas, las cuales se reconocen como una parte interesada, como una acción afirmativa de inclusión desde un enfoque de Derechos Humanos. El EAS 7 reconoce que los pueblos indígenas tienen identidades y aspiraciones que se diferencian de las de los grupos sociales predominantes en las sociedades nacionales y suelen estar en desventaja dentro de los modelos tradicionales de desarrollo. En muchas instancias, se encuentran entre los segmentos más vulnerables y económicamente marginados de la población, y que, en muchos casos, no reciben acceso equitativo a los beneficios del proyecto o los beneficios no están diseñados ni se entregan de manera culturalmente adecuada, y no siempre son consultados acerca del diseño o la ejecución de proyectos que podrían afectar profundamente sus vidas o sus comunidades. Es por ello que este Plan presenta una estratégica diferenciada en los procesos participativos y de consulta para los Pueblos Indígenas, la cual se complementa con la estrategia de participación y consulta descrita en el Marco de Participación de Pueblos Indígenas, y en cumplimiento con lo estipulado por el Marco Ambiental y Social del Banco y el EAS7. Las inquietudes o preferencias de los pueblos indígenas se abordarán mediante una consulta significativa y el diseño y la documentación del proyecto resumirán los resultados de la consulta y describirán en qué manera se han abordado las cuestiones de los pueblos indígenas en el diseño del proyecto. También se describirán los acuerdos de consultas continuas durante la ejecución y el seguimiento. (Estándar 7, Marco Ambiental y Social, Banco Mundial) El siguiente apartado contiene la descripción del proyecto con atención a cada uno de sus componentes. 2. Descripción del Proyecto3 Este segundo apartado contiene un detalle del Proyecto y una identificación de los principales aspectos sociales asociados a esta propuesta. La información se organizó en dos secciones: la primera contiene el detalle del Proyecto (2.1); la segunda, Identificación de Aspectos Sociales del Proyecto (2.2) y los ambientales en última sección (2.3). En seguida, el detalle del Proyecto. 3 Esta descripción es la más actualizada y sustituye la contenida en el avance anterior. A manera de salvedad metodológica, y considerando que en esta fase de formulación se dan cambios, se aclara que la descripción Proyecto presenta algunos cambios en relación reportado en el avance anterior. 4 2.1. Detalles del Proyecto El Proyecto denominado “Hacienda digital para el Bicentenarioâ€? (en adelante, el Proyecto) es una propuesta para la modernización del Ministerio de Hacienda con el objetivo de fortalecer la estabilidad fiscal mejorando la eficiencia de la gestión del gasto público y el desempeño operativo en la administración tributaria y la facilitación del comercio. Se llevará a cabo a escala nacional y se estima que su período de ejecución será de 5 a 7 años. Este Proyecto está compuesto por cuatro componentes: Componente 1: Fortalecimiento de la gestión del gasto público Componente 2: Mejorar la eficiencia y la orientación al cliente de la administración tributaria Componente 3 Mejora de los controles y servicios aduaneros. Componente 4: Fortalecimiento del entorno tecnológico, institucional y operacional Componente 5: Gestión de proyectos y creación de capacidad Estos cuatro componentes se implementarán de manera integrada y coordinada con el fin de garantizar una agenda de reforma institucional coherente que optimice la eficiencia de asignación de las finanzas públicas, fortalezca la capacidad de recaudación de las agencias de ingresos e impulse el entorno empresarial general de Costa Rica. Ver el detalle de cada uno de los componentes en el siguiente recuadro (Caja 1) Caja 1. Descripción de Componentes y Sub Componentes del Proyecto Componente 1: Mejorar la eficiencia del gasto público y las prácticas de sostenibilidad fiscal Este componente fortalecerá la capacidad del Ministerio de Hacienda en las esferas de la política y la planificación fiscal, la gestión y el control de los gastos. El componente apoyará la reorganización de las funciones y prácticas de la gestión de las finanzas públicas, la creación de capacidad y los sistemas de tecnología de la información. Promoverá la adopción de decisiones basadas en pruebas e incorporará el cambio climático y las consideraciones de género en la gestión de las finanzas públicas. Subcomponente 1.1: Fortalecimiento de la política y la planificación de los gastos. Este subcomponente busca mejorar la alineación de políticas y la efectividad del gasto público. El subcomponente apoyará: Elaboración de una estrategia de gestión de las finanzas públicas que guíe el proceso de reforma a mediano plazo; elaboración y aplicación de instrumentos para la adopción de decisiones basadas en datos empíricos, incluidos exámenes periódicos de los gastos y evaluaciones de los programas; integración de las consideraciones relativas al cambio climático, la gestión de los riesgos de desastre y el género en la planificación de los gastos; fortalecimiento de las prácticas de inversión pública en todo el ciclo de los proyectos, en la gestión de las carteras y los activos; el fortalecimiento de la planificación de los gastos, incluidos los instrumentos fiscales, de gastos y de presupuestación a mediano plazo para el desarrollo; la aplicación sistemática de la presupuestación basada en los programas y los resultados; la consolidación de la información fiscal y la presentación de informes con fines de gestión fiscal; y el fortalecimiento de las funciones de gobernanza y políticas de la dependencia de supervisión de las empresas públicas, incluido el 5 apoyo a la colaboración con determinadas empresas públicas. El subcomponente financiará la asistencia técnica y la capacitación para ayudar a diseñar y aplicar las reformas en colaboración con las entidades básicas de la gestión de las finanzas públicas, el Ministerio de Planificación y las dependencias de gasto. Subcomponente 1.2: Racionalización y control del ciclo de gasto público. Este subcomponente tiene por objeto mejorar la integración funcional, la fiabilidad y la puntualidad de la información y los procesos de la gestión de las finanzas públicas en todo el ciclo del gasto público, que abarca: la formulación del presupuesto, la ejecución del presupuesto, la contabilidad, la tesorería, la inversión pública, la nómina y la gestión de activos. El subcomponente apoyará: el examen y, en caso necesario, la actualización del marco institucional, jurídico y operacional; la simplificación y racionalización de los procesos y procedimientos de gestión de las finanzas públicas; la ampliación de la cuenta única de tesorería; la aplicación de las normas internacionales, incluidas las IPSAS, las NIIF y el plan de financiación plurianual para 2014; el mejoramiento de la gestión y los controles de los atrasos; el fortalecimiento de la capacidad para elaborar y aplicar una estrategia de gestión de la deuda, un programa de emisión y un sistema de determinación de precios; la racionalización del registro de los ingresos para el presupuesto y la contabilidad; el fortalecimiento de los controles de la nómina de sueldos; y el fortalecimiento de los procedimientos de gestión de activos. El subcomponente financiará la asistencia técnica y la capacitación para ayudar en el diseño y la aplicación de las reformas trabajando con las entidades básicas de la gestión de las finanzas públicas y las dependencias de gastos. Subcomponente 1.3: Modernización de los sistemas de información de la gestión financiera pública. Este subcomponente refuerza la gestión del ciclo de la gestión de las finanzas públicas mediante la renovación de los sistemas de información de la gestión financiera pública y mejoras en la funcionalidad, la tecnología y la interconectividad. El sistema abarcará por lo menos las siguientes funciones como solución informática integrada: preparación de presupuestos; autorización de presupuestos; compromiso de fondos; gestión de pagos e ingresos; gestión del efectivo; contabilidad (automática y de registro); gestión de la deuda y la ayuda; gestión de la inversión pública; gestión de activos e inventarios; cálculo de nóminas y gestión de recursos humanos. El sistema se integrará con los sistemas de información internos y externos, incluidos los sistemas de adquisiciones y pagos. Este subcomponente financiará el suministro, la adaptación, la aplicación y el apoyo tecnológico a la solución integrada. Componente 2: Mejorar la eficiencia operativa y la efectividad de la administración tributaria en Costa Rica. Este componente mejorará la capacidad operacional de la DGT y la DGH para aumentar la cobertura del control, facilitar el cumplimiento voluntario entre los contribuyentes y reducir las lagunas de cumplimiento. Lo logrará fortaleciendo los procesos centrales y los sistemas de información que apoyan la gestión, la recaudación y el control de los impuestos, y garantizando la interoperabilidad entre los procedimientos y servicios de las instituciones. Se mejorará la prestación de servicios a los contribuyentes para reducir al mínimo los costos de cumplimiento, limitar las prácticas de evasión fiscal y asegurar la continuidad de los servicios en caso de desastres naturales. Se espera que esto mejore el cumplimiento voluntario y la satisfacción de los contribuyentes. Hay tres subcomponentes. Subcomponente 2.1: Racionalizar y automatizar los procesos fiscales básicos. Este subcomponente modernizará y simplificará los procesos operativos de la DGT y la DGH mediante, entre otras cosas: el mapeo y la reingeniería de los principales procesos de negocio de la administración tributaria; el desarrollo de 6 requisitos funcionales y técnicos y documentos de licitación para el nuevo sistema tributario; la aplicación de un sistema integrado de gestión de la información tributaria para automatizar los procesos perfeccionados y apoyar la planificación, la ejecución, el control y la supervisión de la gestión fiscal; el desarrollo de una cuenta corriente de contribuyentes sólida y un modelo integrado de cumplimiento tributario; el desarrollo de un gestor de casos que permita la administración y el seguimiento de los asuntos internos y los procedimientos de los contribuyentes, desde su origen hasta su conclusión; la mejora de la funcionalidad del registro de contribuyentes y la facturación electrónica; y el desarrollo de servicios digitales para los impuestos. Este subcomponente también apoyará la actualización del marco reglamentario existente para permitir la aplicación y la sostenibilidad de los procesos, tecnologías y sistemas actualizados. Estos sistemas incluirán, entre otros, la contabilidad electrónica, las propuestas de declaración de impuestos y los pagos atrasados de la administración. Esto reducirá la carga de cumplimiento para los contribuyentes y aumentará la coherencia e integridad de los controles posteriores a la presentación de la solicitud y la aplicación de la ley. Subcomponente 2.2: Mejorar los servicios a los ciudadanos y a las empresas contribuyentes. Este subcomponente se centrará en la mejora de los servicios para los contribuyentes mediante la aplicación de aplicaciones orientadas al cliente para, entre otras cosas, el registro de contribuyentes, la presentación electrónica, el servicio de asistencia automatizado y el acceso en línea a los registros y perfiles de los contribuyentes, mediante puntos de acceso multicanal y aplicaciones móviles. Además de la expansión de los servicios electrónicos, introducirá mejoras en los servicios presenciales que prestan las oficinas sobre el terreno. Se aplicarán mecanismos de participación ciudadana para mejorar continuamente, se realizarán encuestas periódicas a los contribuyentes para generar datos desglosados por género que puedan analizarse para determinar las necesidades especiales de las mujeres y los grupos vulnerables. Estos análisis servirán para adaptar y mejorar los servicios al contribuyente. Subcomponente 2.3: Diseño y aplicación de una estrategia integral de cumplimiento. Este subcomponente fortalecerá la gestión del cumplimiento mediante la introducción de una estrategia de cumplimiento selectiva y basada en los riesgos que promueva un uso más eficiente de las fuentes de datos e información fiscal para los controles preventivos, la auditoría fiscal y la aplicación de la ley. Esta estrategia incluirá el diseño y la aplicación de un sistema integrado de gestión de riesgos que permita una visión holística del riesgo de los contribuyentes con la información disponible de las direcciones pertinentes de la administración de ingresos (DGT, DGA). El subcomponente también introducirá técnicas y mecanismos de auditoría avanzada para cotejar automáticamente la información de terceros, lo que permitirá una detección más eficaz de la evasión y el fraude fiscal. El sistema de apelación se reformará para reducir el contacto entre los funcionarios fiscales y los contribuyentes, disminuyendo así la carga de cumplimiento de los contribuyentes. Una plataforma avanzada de análisis de datos que aproveche el aprendizaje de las máquinas y otras técnicas avanzadas de datos constituirá la base de las actividades de gestión de riesgos.. Componente 3: Mejorar los controles aduaneros, así como los servicios para facilitar el comercio en Costa Rica. Este componente fortalecerá los procedimientos, controles y servicios de la DGA y el PCF para facilitar el comercio y mejorar el entorno empresarial y sostener la recaudación de ingresos. Para ello, llevará a cabo actividades centradas en la introducción de procedimientos racionalizados de despacho y control basados en el riesgo que reduzcan los esfuerzos y el tiempo de los comerciantes para cumplir con las formalidades y 7 procedimientos de importación, exportación y tránsito. Hay tres subcomponentes. Subcomponente 3.1: Fortalecimiento de los controles aduaneros y los procedimientos de despacho. Este subcomponente se encargará de: cartografiar y rediseñar los principales procesos comerciales de la administración de aduanas; elaborar los requisitos y documentos de licitación para el nuevo sistema de aduanas; sustituir el sistema de la TICA; y mejorar la cooperación y la capacitación en todos los sectores. También se actualizará el marco reglamentario y se aplicarán instrumentos y metodologías para mejorar la eficiencia y la eficacia de la administración de aduanas. El sistema modernizado del TICA incorporará: gestión de riesgos; trazabilidad de la carga; cumplimiento histórico de cada comerciante; intercambio de información y datos; y reconocimiento de los operadores autorizados con un tratamiento especial y una mejor gestión de las relaciones. El subcomponente también financiará la adquisición de un moderno sistema de gestión de aduanas y un programa informático de gestión de relaciones con los clientes para apoyar el Programa de Operador Económico Autorizado. Se prestará apoyo para fomentar la capacidad técnica de la DGA y la FPC, incluso mediante el establecimiento de una política operacional y una estrategia de sostenibilidad para la adopción de tecnologías modernas y una mejor gestión de los datos para la inteligencia y la gestión de los riesgos. El subcomponente también apoyará la adquisición de equipo de laboratorio, cámaras de seguridad conectadas a centros de monitoreo virtual, computadoras portátiles, impresoras y otras herramientas que mejoren la conectividad, la movilidad y la productividad. Este equipo mejorará la capacidad de la administración de aduanas para hacer frente al crecimiento del comercio y a los cambios de los modelos económicos y de trabajo, como el comercio electrónico y otras tecnologías perturbadoras. Subcomponente 3.2: Mejorar los servicios de facilitación del comercio. Este subcomponente apoyará a los comerciantes racionalizando los servicios y aplicaciones destinados a los clientes para facilitar las transacciones comerciales y el acceso a la información. Se financiará: apoyo técnico para acelerar el despacho de aduana de las mercancías, como la tramitación previa a la llegada, la agilización de los envíos y la cooperación de los organismos de fronteras; el desarrollo de servicios digitales y de aplicaciones en línea y móviles para facilitar los servicios comerciales; un portal de información comercial (con elementos como los procedimientos de importación, exportación y tránsito, incluidos los formularios y documentos necesarios, los derechos, impuestos y tasas gubernamentales aplicables, las normas de clasificación o valoración de los productos para las aduanas, y las leyes, reglamentos y resoluciones administrativas); integración de datos entre las aduanas, la ventanilla única comercial y otros organismos fronterizos para agilizar el despacho de aduanas y proporcionar información precisa; capacitación continua sobre nuevos procedimientos para los comerciantes; y estudios de liberación de tiempo y reducción continua de los cuellos de botella en los procesos comerciales, especialmente los planteados por la CONAFAC. Subcomponente 3.3: Aplicación de un marco basado en los riesgos y auditoría posterior a la autorización. Este subcomponente elaborará y aplicará un sólido marco de gestión de riesgos para mejorar el desempeño de la DGA y el PCF, y promoverá un uso más eficiente de las aduanas, los impuestos, la retroalimentación de los resultados de las inspecciones y otras fuentes de información para apoyar la auditoría, el control y la ejecución de las aduanas. El nuevo sistema se basará en una estrategia integral de cumplimiento aduanero que diferencie los controles para los comerciantes que cumplen y los que no cumplen y otros operadores aduaneros (como los agentes de aduanas), se centre en las remesas de alto riesgo y acelere la liberación de las remesas de bajo riesgo, y mejore la planificación y la gestión de las auditorías posteriores al despacho de aduana. El sistema permitirá el intercambio de información y la interoperabilidad 8 con la administración fiscal para ofrecer una visión holística del riesgo de los comerciantes y los operadores de aduanas. También compartirá información e interopera con los sistemas de otros organismos fronterizos para facilitar el comercio y mejorar el control. Este marco basado en los riesgos permitirá a las aduanas realizar auditorías adecuadas posteriores al despacho de aduana en coordinación con la administración fiscal y, de ese modo, mejorar tanto la facilitación como el control del comercio. Una plataforma avanzada de análisis de datos, que se utilizará de manera transversal, constituirá la base de las actividades de gestión de riesgos. El proyecto evaluará y apoyará las iniciativas aduaneras que han tenido éxito en otros países y que se aceptan como buenas prácticas, como el control documental a posteriori o el "canal amarillo" para operaciones de bajo riesgo, los programas de operador de confianza y las tecnologías no intrusivas y los dispositivos de seguimiento electrónico en las aduanas para mejorar los procedimientos de control y liberación. Adicionalmente, durante la preparación del proyecto se ha contemplado la posible adquisición de tecnología de reconocimiento no intrusivo (equipo de tecnología o máquinas de rayos X o rayos gama que cuentan con equipo de imagen que permite el reconocimiento de carga sin la necesidad de abrir el medio de transporte para descargarla), en las zonas de fronteras y aduanas. Durante la preparación de este documento se ha establecido 5 zonas en las que se instalaran dicho equipamiento. Componente 4: Fortalecimiento del entorno tecnológico, institucional y operacional. Este componente fortalecerá la función de gestión de los recursos humanos del Ministerio de Hacienda, modernizará e integrará su infraestructura tecnológica y apoyará las operaciones de reforma y la gestión del cambio. Hay cuatro subcomponentes. Subcomponente 4.1: Fortalecimiento de la gestión de los recursos humanos. Este subcomponente será implementado por el Departamento de Recursos Humanos de la MOF. Fortalecerá las funciones de gestión de los recursos humanos del Ministerio de Hacienda, entre otras cosas, mediante la elaboración y aplicación de una estrategia integrada de gestión de los recursos humanos y del Sistema de Información sobre Recursos Humanos; la actualización de los planes de dotación de personal para las administraciones de ingresos y gastos; el establecimiento de un sólido marco de gestión del desempeño y la carrera profesional; la definición de un riguroso proceso de selección para la contratación de personal; la aplicación y el fortalecimiento de un programa interno de desarrollo de la capacidad y gestión del conocimiento para el Ministerio de Hacienda; la elaboración de los requisitos y documentos de licitación para el Sistema de Información sobre Recursos Humanos; la aplicación de un sistema de Información sobre Recursos Humanos basado en la web para apoyar las operaciones descentralizadas; y la modernización de los sistemas de recursos humanos y del modelo de comunicación interna de los recursos humanos. El proyecto reforzará la integridad y la transparencia de las operaciones de los recursos humanos mediante la mejora de la función de auditoría interna, la unidad de investigación interna y el diseño y la aplicación de una estrategia integral de transparencia. Los principios de igualdad se aplicarán en todo el marco de gestión de la carrera y en el proceso de selección para la contratación de personal, a fin de evitar toda discriminación arraigada hacia las mujeres y las minorías. Subcomponente 4.2: Modernización e integración de la infraestructura de tecnología de la información del Ministerio de Defensa. Este subcomponente será implementado por DTIC. Apoyará la modernización de la infraestructura de TIC del Ministerio de Hacienda, así como el modelo operacional y la capacidad 9 institucional para apoyar el programa de transformación digital. Financiará el diseño y la aplicación de, entre otras cosas: una arquitectura empresarial (EA) que mejorará la interconectividad e interoperabilidad de los sistemas gubernamentales, incluidos los procesos intersectoriales que forman parte integrante de las arquitecturas de intercambio de información, datos y tecnología de todo el gobierno; disposiciones modernas de gobernanza de la tecnología de la información, incluido un plan de continuidad de las actividades; un servicio de asistencia unificada para prestar apoyo técnico y a los usuarios finales de los sistemas que se apliquen en el marco del proyecto; un bus de servicios gubernamentales (arquitectura orientada a los servicios); un sistema de gestión de documentos digitales; una plataforma de análisis de datos para las administraciones de ingresos y gastos; y una estrategia para migrar la infraestructura de las TIC a una nube gubernamental, incluida la actualización del equipo de redes y telecomunicaciones, y el desarrollo de procedimientos de recuperación de desastres basados en los costos. La estrategia de TI abordará los riesgos climáticos mediante directrices de preparación y recuperación para garantizar una interrupción mínima y la instalación de servidores para la recuperación de datos y sistemas de respaldo. Las soluciones informáticas se adquirirán utilizando criterios de eficiencia energética y de adquisición ecológica. Habida cuenta de las actuales deficiencias en materia de seguridad de la tecnología de la información, este subcomponente prestará apoyo específico para fortalecer la seguridad cibernética, incluso mediante una evaluación y reparación de la infraestructura y los sistemas actuales que se hayan identificado como deficientes. Los sistemas de información funcional -el IFMIS y el HRMIS/Payroll desarrollados en el marco del Componente 1, los impuestos en el marco del Componente 2 y las aduanas en el marco del Componente 3- se alojarán en una nueva nube gubernamental y utilizarán un bus de servicios gubernamentales y API de la web para automatizar el intercambio de datos (véase el anexo 4). Los consultores y proveedores de soluciones que se seleccionen para estas tareas llevarán a cabo, en el marco de las actividades de los componentes pertinentes, la cartografía y la reingeniería de los procesos empresariales para el IFMIS, los impuestos, las aduanas y el HRMIS/Pago de salarios. Subcomponente 4.3: Apoyo operacional y gestión del cambio. Este subcomponente financiará una consultoría de gestión de proyectos y garantía de calidad para trabajar con el Ministerio de Hacienda en la gestión y la garantía de calidad de los documentos de licitación, las propuestas recibidas y los productos finales de las complejas soluciones de TIC previstas. El PMQA también proporcionará la orientación necesaria y el fomento de la capacidad al Ministerio de Hacienda para ayudar a generar el apoyo del personal, las partes interesadas externas y el público en general que será esencial para instituir las reformas previstas y lograr los resultados esperados. Este subcomponente también financiará una estrategia de gestión del cambio, la creación de capacidad de gestión y una campaña de educación pública. La estrategia de gestión del cambio incluirá: la sensibilización para familiarizar al personal con los objetivos y beneficios de las reformas específicas para garantizar la aceptación interna; la capacitación intensiva del personal en el uso de los nuevos sistemas de tecnología de la información y la mejora de la forma de trabajar; una estrategia de cambio de comportamiento para promover una nueva cultura organizativa; una campaña de educación pública que utilice múltiples canales de comunicación, incluidos los medios sociales, móviles y de masas, para sensibilizar a las partes interesadas y orientar a los contribuyentes sobre las nuevas normas y la forma de utilizar los nuevos instrumentos; la planificación y la formulación de políticas participativas en relación con el diseño y la aplicación de la estrategia de gestión del cambio; diálogos anuales entre múltiples interesados; y actividades de promoción para sostener la transformación. El fomento de la capacidad incluirá la capacitación en materia de gestión para los funcionarios de línea a fin de apoyar la adopción de decisiones basadas en pruebas, una 10 orientación hacia los resultados en las operaciones, la gestión y el análisis de datos, y el cambio a un enfoque de servicio al cliente en materia de impuestos y aduanas. Subcomponente 4.4: Asistencia técnica flexible. Este subcomponente proporciona fondos para abordar cuestiones técnicas y de política mediante aportaciones de asistencia técnica a corto plazo que surgirán en el complejo proceso de reforma, no pueden preverse y tal vez sea necesario movilizarlas con poca antelación. La asistencia técnica será identificada por el MOF y estará sujeta a la no objeción del Banco Mundial para asegurar la coherencia con el PDO. Componente 5: Gestión de proyectos y creación de capacidad Este componente apoya la coordinación y gestión de los proyectos para asegurar la ejecución satisfactoria y oportuna de todas las actividades y resultados de los proyectos. Este componente financiará la Dependencia de Coordinación del Proyecto (UCP) dentro del Ministerio de Hacienda, que se encargará de: la gestión y supervisión del proyecto; las tareas fiduciarias, incluidos los controles internos y las auditorías del proyecto; la gestión de los riesgos ambientales y sociales; la divulgación entre los interesados para la sensibilización sobre el proyecto y los mecanismos de participación ciudadana y el sistema de gestión de reclamaciones. La financiación cubrirá el personal de la UCP, la capacitación de la UCP, los vehículos, el equipo de oficina y los gastos de funcionamiento. 11 2.2. Identificación de Aspectos Sociales del Proyecto Desde la perspectiva social y ambiental, el Proyecto espera proporcionar impactos positivos a la población costarricense. En primera instancia, esta inversión tiene previsto fortalecer la capacidad del Ministerio de Hacienda para asignar eficientemente los recursos públicos, lo que se espera pueda resultar en una mejor prestación de servicios públicos hacendarios esenciales para la población. De igual manera, por medio de una estratégica de recaudación fortalecida, el Ministerio, y el Gobierno de Costa Rica, estarán en una mejor posición fiscal para continuar con una oferta de servicios públicos básicos; así como, seguir trabajando en la reducción de la pobreza y desigualdad. Finalmente, el Proyecto busca generar ahorros a las personas contribuyentes en términos de la reducción del tiempo requerido para el pago de impuestos y el cumplimiento de las gestiones aduaneras con procesos automatizados y eficientes. Aspecto que también ser verá reflejado en una reducción de los costos que les generan las actuales operaciones. En 2018, el Gobierno de Costa Rica aprobó la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas después de protestas generalizadas en contra del potencial aumento tributario. Aunque el Proyecto no financiará actividades relacionadas con cambios en la política fiscal, sí apoyará el fortalecimiento de la administración tributaria y aduanera para aumentar los ingresos y reducir el incumplimiento. En este marco, esta Evaluación Social ha identificado una posible resistencia o rechazo a las actividades del Proyecto por las personas contribuyentes en general, dada la relación de esta inversión con el plan de Reforma Fiscal, o por personas naturales o grupos que actualmente no cumplen con los deberes tributarios o bien, porque actualmente operan en mercados económicos informales. Dado el contexto de país y los efectos que ha tenido la aprobación e implementación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, el diseño e implementación de un Plan de Participación de Partes Interesadas se convierte un elemento fundamental y transversal para el proyecto. Este Plan busca asegurar que las partes interesada y afectadas por el proyecto cuenten con información precisa y correcta durante la etapa de diseño y ejecución del proyecto. Se espera que este espacio de dialogo no solo sirva para informar a la ciudadanía sobre los avances, sino también para recibir retroalimentación por parte de los usuarios, beneficiarios y afectados que complemente las actividades del proyecto. Adicionalmente, se han identificado otros potenciales riesgos e impactos negativos para los cuales se han diseñado medidas de mitigación y oportunidades de inclusión que se detallan en las próximas secciones de la Evaluación Social. Estas medidas de mitigación y oportunidades de inclusión deben incorporarse en la implementación del Proyecto, ya sea como acciones que formen parte de las actividades ya identificadas o bien, como actividades adicionales a las ya identificadas. El proyecto también ha contemplado la posible adquisición de tecnología de reconocimiento no intrusivo (equipo de tecnología o máquinas de rayos X o rayos gama que cuentan con equipo de imagen que permite el reconocimiento de carga sin la necesidad de abrir el medio de transporte para descargarla), en las zonas de fronteras y aduanas. En las cinco zonas pre identificadas en las que se instalaran dicho equipamiento, se ha confirmado que no existiría impactos sociales o que no puedan ser manejados, tal como lo detalla el informe 12 técnico en el Anexo 5. Para los efectos de cumplir con la Gestión Social del Proyecto, se han desarrollado instrumentos, como esta Evaluación Social, que asegurarán el cumplimiento de los Estándares Sociales del Banco, aplicables a este proyecto. Estos son: Plan de Participación de Partes Interesadas; Marco de Participación de Pueblos Indígenas y el correspondiente Plan de Pueblos Indígenas, y; Manual de Procedimientos Laborales. Con el interés de describir el marco legal e institucional en el cual se insertará este Proyecto; así como, las formas de vinculación entre estos, los dos siguientes apartados contienen un detalle de las normas jurídicas vinculantes a esta inversión y al Ministerio de Hacienda. 2.3. Identificación de Aspectos Ambientales del Proyecto Desde la perspectiva ambiental, este Proyecto tendrá un impacto ambiental leve y se consideró que los Estándares son los Estándares 1, 2 y 3 aplican a la naturaleza y alcance de este Proyecto, a partir de estos requerimientos se revisó las actividades y adquisiciones que, se están previendo. En el EAS 1 se establecen las responsabilidades en relación con la gestión y el seguimiento de los riesgos e impactos ambientales y sociales, asociados con cada etapa del proyecto respaldado por el Banco Mundial a través del financiamiento para proyectos de inversión, a fin de lograr resultados ambientales y sociales coherentes con los Estándares Ambientales y Sociales (EAS). En relación a lo anterior, el Ministerio de Hacienda, cuenta dentro de su estructura organizativa con la Unidad de Gestión Ambiental, la cual pertenece a la Dirección Administrativa y Financiera. La Unidad de Gestión Ambiental se crea como respuesta a la implementación y ejecución en el Ministerio del Decreto Ejecutivo Nº 36499 MINAET-MS “Sobre el Reglamento para la elaboración de programas de gestión ambiental institucional en el sector público de Costa Rica, publicado en la Gaceta No. 88 de fecha 9 de mayo del 2011â€?. Por su parte, el EAS 2: Trabajo y Condiciones Laborales reconoce la importancia de la creación de empleos y la generación de ingresos en la búsqueda de la reducción de la pobreza y el crecimiento económico inclusivo. Los Prestatarios pueden promover relaciones adecuadas entre los trabajadores y la gerencia, y mejorar los beneficios de desarrollo que genera un proyecto al tratar a los trabajadores del proyecto de manera justa y brindarles condiciones laborales seguras y saludables. Asimismo, el EAS 3 se reconoce que la urbanización y la actividad económica a menudo generan contaminación del aire, el agua y la tierra, y consumen los recursos finitos de una manera que puede poner en peligro a las personas, los servicios eco sistémicos y el medio ambiente a nivel local, regional y mundial. Además, indica que las concentraciones atmosféricas de gases de efecto invernadero (GEI) actuales y proyectadas amenazan el bienestar de las generaciones actuales y futuras. Las estrategias planteadas por el Banco Mundial están dirigidas a la prevención con un medio de acción para disminuir el impacto ambiental, acciones que se asocian a las funciones de la Unidad de Gestión Ambiental y a lo establecido en la Política Ambiental Institucional del Ministerio de Hacienda. El Proyecto busca la mejora de los sistemas digitales del Ministerio de Hacienda, para usuarios internos como 13 externos, por lo que se contempla el cambio de software de los equipos del Ministerio de Hacienda para facilitar la ejecución de los nuevos sistemas. El proyecto también ha contemplado la posible adquisición de tecnología de reconocimiento no intrusivo, en las zonas de fronteras y aduanas. Estos equipos serán instalados bajo las medidas descritas en el Plan de Gestión Ambiental y Social, parte del Manual Operativo del proyecto, entre las cuales se incluirá la adecuada gestión del manejo de equipo y maquinaria pesada, planes de instalación y manejo de desechos/residuos. La compra/arrendamiento de dichos equipos deberá contar con un plan de manejo y mantenimiento, tanto preventivo como correctivo. Los sitios pre identificados para la instalación de estos equipos están dentro de terrenos estatales o bajo concesión. En caso de que se instalen en terrenos bajo concesión, se analizará si se requiere una modificación del contrato de concesión. Para la adquisición de estos equipos, se detallará en el cartel de adquisiciones el compromiso ambiental, en cuanto al desecho de residuos una vez que estos vayan a ser destruidos o reemplazados, y el cumplimiento de los requerimientos ambientales nacionales y del Banco que debe cumplir el contratista. En cuanto a los equipos de cómputo, estos están actualmente arrendados, por lo que en caso de ser necesario el cambio de estos, la empresa contratada se hará responsable de la sustitución de los equipos de cómputo. Análisis de consumo de energía. El proyecto podría variar la intensidad del uso de los equipos de cómputo por lo que se podría aumentar el consumo de energía, sin embargo, dentro de los aspectos que se establecen de la legislación nacional está la Directriz N°011- MINAE, la cual establece los lineamientos para la compra de equipos eficientes. Análisis de la generación de residuos. En cuanto a la generación de residuos por la ejecución del proyecto, se consideran que es poca la afectación dado a que los cambios indicados son meramente en software, sin embargo, se debe valorar la gestión de los residuos ordinarios y especiales que se puedan generar. Generación de residuos ordinarios. Se considera que el Proyecto podría generar residuos ordinarios valorizables como cajas de cartón, bolsas plásticas, cajas plásticas de CDs, papelería informativa. Generación de residuos especiales. En cuanto a los residuos de manejo especial, se considera la generación de baterías, estereofón, equipo electrónico y eléctrico, los cuales deberán ser entregados a la empresa arrendaría. 2.4 Arreglos institucionales internos para la Gestión Ambiental y Social. En cuanto a algunas recomendaciones que para la gestión ambiental deberán ser consideradas en el Manual Operativo están las siguientes: â—? Unidad de Gestión Ambiental (EAS1) El Ministerio de Hacienda tiene una Unidad de Gestión Ambiental depende de la Dirección Administrativa y Financiera como respuesta a la implementación y ejecución en el Ministerio de Hacienda, del Decreto Ejecutivo Nº 36499 MINAET-MS. Esta Unidad es una herramienta que podrá contribuir con el seguimiento y verificación de las acciones 14 ambientales que permitirán disminuir el impacto ambiental que pueden generarse con la ejecución del Proyecto. Mediante el asesoramiento y acompañamiento a la Unidad Ejecutora. â—? (EAS 3) Incluir la Directriz N°011- MINAE. Esta Directriz es de acatamiento obligatorio para todas las compras que se realicen a nivel del Estado, por lo tanto, la Proveeduría velará por la inclusión y cumplimiento de lo indicado en las nuevas contrataciones en el marco de este Proyecto. Por lo anterior, dentro de los nuevos carteles de contratación la Dirección de Tecnologías de información y Comunicación, incluye lo siguiente: Todo el equipo, CPU y Monitor, debe cumplir la norma “ENERGY STARâ€?, que establece la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA), que asegura que los productos eléctricos cuentan con un consumo eficiente de electricidad, reduciendo de esta forma la emisión de gas de efecto invernadero por parte de las centrales eléctricas. Lo cual contribuye a establecer un consumo de energía eficiente de acuerdo al uso que se le va a dar a los equipos. â—? EAS 3 Gestión de residuos. La gestión de los residuos es uno de programas que se incluyen dentro de la Política Ambiental Institucional y las acciones de la Unidad de Gestión Ambiental, por lo que es necesario que durante la ejecución del proyecto se tome en cuenta el cumplimiento de las disposiciones y legislación vigente, las cuales se citan y resumen en el Marco Ambiental de la presente Evaluación. A continuación, solo se refieren con el propósito de facilitar su ubicación, estas son: Ley para la Gestión Integral de Residuos, N° 8839; Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, N° 37567-S-MINAET-H; Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos Electrónicos de Costa Rica, Nº 35993-S, Reglamento para la declaratoria de residuos de manejo especial, Nº 38272-S: â—? EAS ·3. El Ministerio de Hacienda en cumplimiento a este marco jurídico y en cumplimiento a sus disposiciones internas ha establecido las siguientes acciones: CIRCULAR DM-0004-2018. Prohibición uso de plásticos de un solo uso; CIRCULAR DAF -012-2018. Disposición de tonner y cartuchos de tinta; CIRCULAR DAF-008-2019. Valorización de residuos; CIRCULAR DAF-009- 2019. Prohibición de acumulación de residuos; Gestión de residuos electrónicos no patrimoniales. Código MH-DAF-PGAI-P-02 y MH-DAF-PRO06-PCD-002 Gestión Integral de Residuos del Ministerio de Hacienda (En actualización). Por lo anterior, dentro de los nuevos carteles de contratación la Dirección de Tecnologías de información y Comunicación, en el marco de la implementación de este Proyecto se deberá incluir como mínimo lo siguiente: − Prohibición de uso de plásticos de un solo uso: En acatamiento a la circular DM-0004- 2018, de fecha 31 de enero del 2018 y de conformidad con la Ley de la Gestión Integral de Residuos Sólidos N° 8839, se prohíbe la entrega de bienes con removedores y envolturas que no son parte del producto desde su embalaje, llámese envases de estereofón o cartones con recubrimiento de polietileno de baja densidad, o parafina, en su lugar se deben utilizar alternativas renovables y compostables .Por lo tanto, el 15 oferente deberá hacerse cargo de los residuos generados por la entrega de los bienes o servicios. − Embalaje: El oferente deberá presentar una declaración jurada donde se compromete a recoger los residuos del embalaje de los equipos y bienes que suministra, todo de acuerdo con lo establecido en la Ley para la Gestión Integral de los Residuos, Ley Nº 8839. − Gestor de residuos: La empresa que facilite, venda o arrende los equipos eléctricos, suministros y la infraestructura necesaria para el funcionamiento del servicio deberá presentar al Encargado del Contrato y a la Unidad de Gestión Ambiental, el certificado de autorización del Ministerio de Salud, de la empresa que será la Gestora de Residuos, asimismo, deberá presentar una nota donde la empresa Gestora de Residuos, certifique que brinda el servicio al oferente. Estas acciones son obligatorias en cumplimiento de la legislación nacional, además, de que están implícitas dentro de la Política Ambiental Institucional y son parte del Programa de Gestión Ambiental Institucional que ejecuta el Ministerio de Hacienda a través de la Unidad de Gestión Ambiental. En otro orden, el siguiente apartado contiene el marco legal en el cual se insertará el Proyecto, es un marco robusto que indica los principales instrumentos jurídicos. 3. Marco jurídico relevante para este Proyecto4 El presente apartado contiene una compilación de los principales instrumentos jurídicos vinculantes en relación con su naturaleza, alcance y las partes interesadas identificadas en esta Evaluación Ambiental y Social. La información se organizó en 10 secciones, estas son: jerarquía de las normas según la legislación administrativa costarricense (3.1); marco legal del sector público costarricense (3.2); marco legal tributario (3.3); Marco legal tributario aduanero (3.4); Marco legal laboral (3.5); Marco legal ambiental (3.6); Marco legal para la participación de los pueblos indígenas (3.7); Marco legal para la participación de la población afrodescendiente (3.8); Marco legal para la participación de población en condición de vulnerabilidad (3.9) y Marco legal sobre Participación ciudadana (3.10). 3.1 Jerarquía de las normas según la legislación administrativa costarricense. En Costa Rica, la fuente normativa central es la ley. Sin embargo, de acuerdo con los lineamientos de la Constitución Política patria, existe una escala jerárquica de fuentes normativas, cuyo propósito es evitar problemas de aplicación del Derecho ante situaciones de diversa índole. A este respecto, según el ordinal 6 4 Este marco jurídico e institucional del Ministerio de Hacienda, donde se explicita por norma judicial la importancia para el Proyecto, también fue fortalecido en relación con la anterior entrega. 16 de la Ley General de la Administración Pública, N.° 6227 del 2 de mayo de 1978, la escala en mención se vislumbra de la siguiente manera: “Artículo 6º.- 1. La jerarquía de las fuentes del ordenamiento jurídico administrativo se sujetará al siguiente orden: a) La Constitución Política; b) Los tratados internacionales y las normas de la Comunidad Centroamericana; c) Las leyes y los demás actos con valor de ley; d) Los decretos del Poder Ejecutivo que reglamentan las leyes, los de los otros Supremos Poderes en la materia de su competencia; e) Los demás reglamentos del Poder Ejecutivo, los estatutos y los reglamentos de los entes descentralizados; y f) Las demás normas subordinadas a los reglamentos, centrales y descentralizadas. 2. Los reglamentos autónomos del Poder Ejecutivo y los de los entes descentralizados están subordinados entre sí dentro de sus respectivos campos de vigencia. 3. En lo no dispuesto expresamente, los reglamentos estarán sujetos a las reglas y principios que regulan los actos administrativos.â€?5 Desde esta perspectiva, primero está la Constitución Política; en segundo lugar, los tratados internacionales; en tercer lugar, la ley y, en cuarto lugar, los decretos ejecutivos o reglamentos que dicta el Poder Ejecutivo u otros Supremos Poderes para su funcionamiento. 3.2 Marco legal costarricense en el sector público. En concordancia con la jerarquía de las normas según la legislación administrativa costarricense expuesta en el acápite anterior se detalla el marco legal costarricense en el sector público. Se presentan cada uno de estos instrumentos. Constitución Política. Aprobada mediante Ley Número 0 del 7 de noviembre del año 1949. La Constitución Política de la República de Costa Rica. Es la norma suprema mediante la cual se establecen las bases del aparato estatal, fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado, de estos con sus ciudadanos estableciendo así las formas de gobierno y la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Respecto al tema tributario, en virtud del precepto constitucional que indica que los costarricenses se encuentran obligados a contribuir con los gastos públicos, de acuerdo con los artículos 18 y 121 inciso 13 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, se desprende la existencia de la obligación tributaria, y es así como se crean los impuestos, tal y como se indica en la siguiente norma constitucional: Artículo 18.- Los costarricenses deben observar la Constitución y las leyes, servir a la Patria, defenderla y contribuir para los gastos públicos. 5 Los artículos 2 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ley N.° 4755 del 3 de mayo de 1971 y sus reformas) y cuatro de la Ley General de Aduanas (Ley N.° 7557 del 20 de octubre de 1995 y sus reformas) también se establece un sistema de fuentes normativas o escala -como se indica en este documento-, que no es dispar del que señala el ordinal 6 de la Ley General de la Administración Púbica. 17 Artículo 121.- Además de las otras atribuciones que le confiere esta Constitución, corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa: (…) 13) Establecer los impuestos y contribuciones nacionales, y autorizar los municipales; (…). Tratados Internacionales. Costa Rica ha suscrito Instrumentos Internacionales sobre Derechos Humanos que, al ser aprobados por la Asamblea Legislativa, se incorporan en nuestro ordenamiento positivo y refuerzan las garantías fundamentales consagradas por la Constitución Política, con un rango infra constitucional, pero con una jerarquía superior a las leyes (artículos 7 y 48 Constitución Política). Ley de la Jurisdicción Constitucional. Ley 7135 del 11 de octubre de 1989. Tiene como fin regular la jurisdicción constitucional, cuyo objeto es garantizar la supremacía de las normas y principios constitucionales y del Derecho Internacional o Comunitario vigente en la República, su uniforme interpretación y aplicación, así como los derechos y libertades fundamentales consagrados en la Constitución o en los instrumentos internacionales de derechos humanos vigentes en Costa Rica. La jurisdicción constitucional es ejercida por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia establecida en el artículo 10 de la Constitución Política. La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia es el órgano jurisdiccional que garantiza la dignidad, las libertades y los derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución Política y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Está conformada por siete magistrados propietarios y 12 suplentes. La elección de los magistrados le corresponde a la Asamblea Legislativa por medio de una votación de las dos terceras partes del total de sus integrantes (mayoría calificada). El período de nombramiento es de ocho años con la posibilidad de reelección automática, en caso de que el Congreso no disponga lo contrario. El nombramiento de los suplentes es de 4 años. Es competencia de la Sala Constitucional resolver: Recurso de Amparo: recurso mediante el cual se garantizan los derechos y libertades fundamentales consagrados en la Constitución Política y los instrumentos internacionales sobre derechos humanos. Se utiliza, por ejemplo, para reclamar que se cumpla el derecho a la educación, a la salud, a la libertad de expresión…El escrito puede ser presentado por cualquier persona, gratuitamente, por cualquier medio, sin mayores exigencias de forma y sin necesidad de ser autenticado por un abogado. − Recurso de Hábeas Corpus: este recurso garantiza la libertad e integridad de la persona, la protege de ser perturbada o de sufrir restricciones por actos y omisiones que cometa la autoridad, detenciones e incomunicaciones ilegítimas. Además, resguarda la libertad de tránsito. − Acción de Inconstitucionalidad: procede contra las leyes y disposiciones generales que lesionen el Derecho de la Constitución, o cuando en la formación de las leyes o acuerdos legislativos se viole algún requisito o trámite esencial indicado en la Constitución o establecido en el Reglamento de la Asamblea Legislativa. 18 − Consulta Legislativa de Constitucionalidad: Existen dos tipos, la consulta preceptiva y la consulta facultativa. La consulta preceptiva es planteada por el Directorio de la Asamblea Legislativa cuando se trata de proyectos de reformas constitucionales o a la Ley de la Jurisdicción Constitucional, así como aquellos proyectos de ley tendientes a la aprobación de convenios o tratados internacionales. La consulta facultativa se puede realizar por un grupo de al menos 10 diputados para solicitar a la Sala Constitucional su opinión respecto a los proyectos legislativos con el objetivo de corroborar que no infringen el Derecho de la Constitución. Asimismo, conforme lo dispuesto por el artículo 96 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Supremo de Elecciones, la Contraloría General de la República y la Defensoría de los Habitantes también podrán plantear una consulta, en los casos previstos por dicho numeral. − Consulta Judicial: Se establece este mecanismo para los jueces de la república, se consulta a la Sala sobre la constitucionalidad de una norma o acto que deban aplicar o de un acto, conducta u omisión que deban juzgar. − Conflicto Constitucional: relacionados con los conflictos de competencia o atribuciones constitucionales entre los Poderes del Estado y el Tribunal Supremo de Elecciones, o entre aquellos y la Contraloría General de la República, las entidades descentralizadas, municipalidades y otras personas de Derecho Público. Código Procesal Contencioso Administrativo. Ley 8508 de 28 de abril de 2006. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa, establecida en el artículo 49 de la Constitución Política, tiene por objeto tutelar las situaciones jurídicas de toda persona, garantizar o restablecer la legalidad de cualquier conducta de la Administración Pública sujeta al Derecho administrativo, así como conocer y resolver los diversos aspectos de la relación jurídico-administrativa. El artículo 1 del Código Procesal Contencioso Administrativo señala lo siguiente en relación a las competencias de la jurisdicción contencioso-administrativa: 1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa, establecida en el artículo 49 de la Constitución Política, tiene por objeto tutelar las situaciones jurídicas de toda persona, garantizar o restablecer la legalidad de cualquier conducta de la Administración Pública sujeta al Derecho administrativo, así como conocer y resolver los diversos aspectos de la relación jurídico-administrativa. 2. Los motivos de ilegalidad comprenden cualquier infracción, por acción u omisión, al ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder. 3. Para los fines de la presente Ley, se entenderá por Administración Pública: a. La Administración central. 19 b. Los Poderes Legislativo, Judicial y el Tribunal Supremo de Elecciones, cuando realicen funciones administrativas. c. La Administración descentralizada, institucional y territorial, y las demás entidades de Derecho público. Ley General de la Administración Pública. Ley Número 6227 del 02 de mayo de 1978. Regula la organización y la actividad de los entes públicos. Asimismo, en el artículo 23 se crean las carteras ministeriales, siendo estas: Artículo 23.- 1.- Las carteras ministeriales serán: a) Presidencia; b) Relaciones Exteriores y Culto; c) Gobernación y Policía; ch) Ministerio de Justicia y Paz; (Así modificada su denominación por el artículo 2° de la ley N° 8771 del 14 de setiembre de 2009) d) Seguridad Pública; e) Hacienda; f) Agricultura y Ganadería; g) Economía, Industria y Comercio; h) Ambiente y Energía. i) Obras Públicas y Transportes; j) Educación Pública; k) Salud; l) Trabajo y Seguridad Social; m) Cultura, Juventud y Deportes (*); (*) (Nota de SINALEVI: Según el dictamen C-023 de 31 de enero 2007, de la Procuraduría General de la República, este inciso se encuentra derogado parcialmente en forma tácita por la Ley Crea Instituto del Deporte y Recreación (ICODER) y su Régimen Jurídico, No. 7800 de 30 de abril de 1998, en lo que respecta a "Deportes", en este caso debe leerse "Cultura y Juventud"). n) Planificación Nacional y Política Económica; ñ) Ciencia y Tecnología y Telecomunicaciones. (Así adicionado el inciso ñ por el artículo 104 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico y Creación del MICIT (Ministerio de Ciencia y Tecnología), Nº 7169 del 26 de junio de 1990. Posteriormente, este mismo inciso fue reformado por el artículo 6° de la Ley de Traslado del Sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología", N° 9046 del 25 de junio de 2012. El artículo 11 de la ley afectante modifica además la denominación del Ministerio en la forma vista) Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Ley N° 7428 de 04 de noviembre de 1994. La Contraloría General de la República fue creada en la Constitución Política de 1949, según el artículo 1 de ley en mención se trata de un órgano constitucional fundamental del Estado y auxiliar de la Asamblea Legislativa en el control superior de la Hacienda Pública y rector del sistema de fiscalización que contempla esta Ley. Según el artículo 4 tiene competencia sobre todos los entes y órganos que integran la Hacienda Pública. De igual forma, tiene competencia facultativa sobre los siguientes entes: 20 “(…) a) Los entes públicos no estatales de cualquier tipo. b) Los sujetos privados, que sean custodios o administradores, por cualquier título, de los fondos y actividades públicos que indica esta Ley. c) Los entes y órganos extranjeros integrados por entes u órganos públicos costarricenses, dominados mayoritariamente por estos, o sujetos a su predominio legal, o cuya dotación patrimonial y financiera esté dada principalmente con fondos públicos costarricenses, aun cuando hayan sido constituidos de conformidad con la legislación extranjera y su domicilio sea en el extranjero. Si se tratara de entidades de naturaleza bancaria, aseguradora o financiera, la fiscalización no abarcará sus actividades sustantivas u ordinarias. d) La s participaciones minoritarias del Estado o de otros entes u órganos públicos. (…)Los criterios que emita la Contraloría General de la República, en el ámbito de su competencia, serán vinculantes para los sujetos pasivos sometidos a su control o fiscalización." La Contraloría General de la República tiene la facultad de fiscalización sobre los fondos y actividades privados que provengan de otorgamientos de beneficios patrimoniales, gratuito o sin contraprestación tal y como a continuación señala el artículo 5 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República: “Artículo 5.- Control sobre fondos y actividades privados. Todo otorgamiento de beneficios patrimoniales, gratuito o sin contraprestación alguna, y toda liberación de obligaciones, por los componentes de la Hacienda Pública, en favor de un sujeto privado, deberán darse por ley o de acuerdo con una ley, de conformidad con los principios constitucionales, y con fundamento en la presente Ley estarán sujetos a la fiscalización facultativa de la Contraloría General de la República.(...)" Asimismo, sobre el alcance de este control el artículo 6 indica: "Artículo 6.- Alcance del control sobre fondos y actividades privados. En materia de su competencia constitucional y legal, el control sobre los fondos y actividades privados, a que se refiere esta Ley, será de legalidad, contable y técnico y en especial velará por el cumplimiento del destino legal, asignado al beneficio patrimonial o a la liberación de obligaciones. (...)". Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Ley N.° 8422 del 6 de octubre de 2004. Como parte de los esfuerzos legislativos en la lucha contra la corrupción y en el fomento de la probidad y la transparencia en el funcionamiento de la Administración Pública, esta ley fue promulgada con la finalidad de prevenir, detectar y sancionar la corrupción en el ejercicio de la función pública. La llegada de este cuerpo normativo, dados los diferentes tópicos sobre los cuales introdujo una serie de limitaciones, prohibiciones, sanciones y algunos mecanismos de control, suscitó múltiples inquietudes, primordialmente por parte de los servidores públicos, pero también en la ciudadanía en general. Sobre esta ley, la Procuraduría General de la República ha referido, en el pronunciamiento N.° OJ-114-2019 del 11 de setiembre de 2019, que: “Asimismo, el Oficio N° 6762 (DAGJ-1550) de 10 de junio de 2005 de la Contraloría General de la República, se refiere a los fines de la Ley en contra de la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la 21 Función Pública, que, aunque parecen obvios, se vuelven necesarios a la hora de cuestionar la omisión de incluir estos delitos que en ella se encuentran, para los fines que persigue este proyecto de ley: ‘... Sobre este particular, la Ley No.8422 (Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública) vino a significar la implementación de los compromisos asumidos por nuestro país al ratificar, mediante la Ley No.7670 de 17 de abril de 1997, la Convención Interamericana contra la corrupción, la cual fue suscrita en Caracas, Venezuela el 29 de marzo de 1996. Asimismo, dicha ley desarrolla un amplio régimen jurídico destinado a detectar, prevenir y sancionar la corrupción en la función pública (art.1 de la Ley 8422), significando una adecuación de la legislación interna. Uno de esos campos de adecuación del derecho interno es el que tiene relación con las medidas preventivas previstas en el artículo III de la Convención, que trata entre otros de la promoción de la participación ciudadana en los asuntos públicos y de las reglas encaminadas al establecimiento de normas de conducta para el correcto, honorable y adecuado desempeño de las funciones públicas...’ (…)â€? Superintendencias. Ley N°7732 del 17 de diciembre de 1997 (Ley Reguladora del Mercado de Valores). Ley N°7523 del 07 de julio de 1995 (Ley del Régimen Privado de Pensiones complementarias). Ley N° 8653 del 07 de agosto del 2008 (Ley Reguladora del Mercado de Seguros). Ley N° 8642 del 30 de junio del 2008 (Ley General de Telecomunicaciones) Las superintendencias que regulan el sistema financiero costarricense fueron creadas en diferentes leyes, en la Ley Reguladora del Mercado de Valores se establecen la Superintendencia General de Entidades Financieras y la Superintendencia General de Valores, las cuales, junto con las superintendencias de pensiones y seguros, están bajo la dirección del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero CONASSIF. El CONASSIF es un órgano colegiado de dirección superior, responsable de aprobar los reglamentos aplicados al sistema financiero costarricense y las políticas generales que rigen a las cuatro superintendencias, cuyo fin es el de dotar de uniformidad e integración a las actividades de regulación y supervisión del Sistema Financiero Costarricense. La Superintendencia de Pensiones, fue creada por la ley del Régimen Privado de Pensiones complementarias y sus reformas número 7523 del 07 de julio de 1995, autoriza, regula, supervisa y fiscaliza los planes, fondos, gestores, y regímenes, contemplados en el marco normativo que regula el sistema nacional de pensiones de Costa Rica. Supervisa los regímenes básicos de pensiones, los regímenes complementarios y el fondo de capitalización de laboral. La Superintendencia de Seguros, fue creada mediante la Ley Reguladora del Mercado de Seguros número 8653 del 07 de agosto del 2008. Es la entidad responsable de la autorización, regulación y supervisión de las personas físicas y jurídicas que intervengan en los actos o contratos relacionados con la actividad aseguradora, reaseguradora, la oferta pública y la realización de negocios de seguros. Las superintendencias del sistema financiero nacional son órganos de máxima desconcentración adscritos al Banco Central de Costa Rica. La Superintendencia de Telecomunicaciones es el regulador de la industria de telecomunicaciones del país, entre sus funciones principales se encuentra asegurar la eficiencia, igualdad, continuidad, calidad, mayor y 22 mejor cobertura e información en el mercado de telecomunicaciones, así como mejores alternativas en la prestación de servicios de telecomunicaciones en el país. Se creó por medio de la Ley 8642 Ley General de Telecomunicaciones que le otorga a la SUTEL entre otras funciones la potestad de ser la autoridad sectorial de competencia, responsable de: investigar las prácticas monopolísticas, analizar las concentraciones económicas y, por medio de otra función, velar por el funcionamiento eficiente del mercado de telecomunicaciones. La SUTEL es un órgano de desconcentración máxima adscrito a la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (ARESEP). Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos. Ley 8131 de 16 de octubre de 2001. Regula el régimen económico-financiero de los órganos y entes administradores y custodios de fondos públicos. Artículo 1°-Ã?mbito de aplicación. La presente Ley regula el régimen económico-financiero de los órganos y entes administradores o custodios de los fondos públicos. Será aplicable a: a. La Administración Central, constituida por el Poder Ejecutivo y sus dependencias. b. Los Poderes Legislativo y Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones, sus dependencias y órganos auxiliares, sin perjuicio del principio de separación de Poderes estatuido en la Constitución Política. c. La Administración Descentralizada y las empresas públicas del Estado. d. Las universidades estatales, las municipalidades y la Caja Costarricense de Seguro Social, únicamente en cuanto al cumplimiento de los principios establecidos en el título II de esta Ley, en materia de responsabilidades y a proporcionar la información requerida por el Ministerio de Hacienda para sus estudios. En todo lo demás, se les exceptúa de los alcances y la aplicación de esta Ley. También esta Ley se aplicará, en lo que concierna, a los entes públicos no estatales, las sociedades con participación minoritaria del sector público y las entidades privadas, en relación con los recursos de la Hacienda Pública que administren o dispongan, por cualquier título, para conseguir sus fines y que hayan sido transferidos o puestos a su disposición, mediante partida o norma presupuestaria, por los órganos y entes referidos en los incisos anteriores o por los presupuestos institucionales de los bancos del Estado.(…) “ Ley General de Control Interno. Ley Nª 8292 de04 de setiembre de 2002. Establece la obligatoriedad para aquellos entes y órganos sujetos a esta ley de disponer de los sistemas de control internos. Artículo 7º-Obligatoriedad de disponer de un sistema de control interno. Los entes y órganos sujetos a esta Ley dispondrán de sistemas de control interno, los cuales deberán ser aplicables, completos, razonables, integrados y congruentes con sus competencias y atribuciones institucionales. Además, deberán proporcionar seguridad en el cumplimiento de esas atribuciones y competencias; todo conforme al primer párrafo del artículo 3 de la presente Ley. Artículo 8º-Concepto de sistema de control interno. Para efectos de esta Ley, se entenderá por sistema de control interno la serie de acciones ejecutadas por la administración activa, diseñadas para proporcionar 23 seguridad en la consecución de los siguientes objetivos: a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal. b) Exigir confiabilidad y oportunidad de la información. c) Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones. d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico. Ley de Contratación Administrativa y sus reglamentos. Ley No.7494 de 01 mayo de 1996. Regula la actividad de contratación desplegada por los órganos del Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, el Poder Legislativo, el Tribunal Supremo de Elecciones, la Contraloría General de la República, la Defensoría de los Habitantes, el sector descentralizado territorial e institucional, los entes públicos no estatales y las empresas públicas. 3.3. Marco Legal Tributario de Costa Rica. El Marco Legal Tributario costarricense está conformado por los siguientes instrumentos: Código de Normas y Procedimientos Tributarios (CNPT). Ley N.° 4755 del 3 mayo de 1971. Entró en vigencia en dicha fecha. Ha sufrido múltiples reformas, entre las que sobresalen las introducidas por las Leyes de Justicia Tributaria y de Ajuste Tributaria (N.° 7535 del 1 de agosto de 1995 y 7543 del 14 de setiembre de 1995), la Ley N.° 7900 del de 3 de agosto de 1999; Ley de Eficiencia y Simplificación Tributarias, N.° 8114 del 4 de julio de 2001; Ley para el cumplimiento del Estándar de Transparencia Fiscal N.° 9068 del 10 de setiembre de 2012; Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, N.° 9069 del 10 de setiembre de 2012; Ley para mejorar la lucha contra el Fraude Fiscal, N.° 9416 del 14 de diciembre de 2016; y Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N.° 9635 del 3 de diciembre de 2019. El CNPT es la ley general tributaria del país y como tal, pretende definir los contornos del tributo, es decir, sus clases, el concepto de obligación tributaria, los elementos estructurales, las normas y principios de interpretación, su nacimiento, dispensa (exención) y extinción. Una vez que define el tributo y su ciclo de vida, el CNPT regula el funcionamiento, las facultades de la administración tributaria, las infracciones y los delitos tributarios, y el procedimiento de cobro administrativo de las deudas tributarias. En razón de que el Derecho Aduanero se concibe como una rama del Derecho Tributario se utiliza de manera supletoria el CNPT, por lo que se aplica tanto a nivel tributario como aduanero. A este respecto, el artículo 99 del CNPT señala: “Se entiende por Administración Tributaria el órgano administrativo encargado de gestionar y fiscalizar los tributos, se trate del fisco o de otros entes públicos que sean sujetos activos, conforme a los artículos 11 y 14 del presente Código. Dicho órgano puede dictar normas generales para los efectos de la aplicación correcta de las leyes tributarias, dentro de los límites fijados por las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. Las normas generales serán emitidas mediante resolución general y consideradas criterios 24 institucionales. Serán de acatamiento obligatorio en la emisión de todos los actos administrativos y serán nulos los actos contrarios a tales normas. Tratándose de la Administración Tributaria del Ministerio de Hacienda, cuando el presente Código otorga una potestad o facultad a la Dirección General de Tributación, se entenderá que también es aplicable a la Dirección General de Aduanas, a la Dirección General de Hacienda y a la Dirección General de la Policía de Control Fiscal, en sus ámbitos de competencia.â€? Ley del Impuesto sobre bienes inmuebles. Ley 7509 del 9 de mayo de 1995. Comenzó a regir el 19 de junio de 1995. Este instrumento normativo establece un impuesto en favor de las municipalidades, lo que les permite fungir como administración tributaria a efectos de recibir un tributo, cuyo objeto son las propiedades inmuebles (fincas); aún y cuando éstas no posean instalaciones o construcciones fijas y permanentes. Esta ley otorga la potestad a todas las municipalidades del país de realizar avalúos de las propiedades, proceder con el cobro del impuesto calculado, y adoptar las medidas necesarias para exigir su pago en sede judicial cuando los propietarios se nieguen a pagar el tributo en sede administrativa. Ley del Impuesto sobre la Renta. Ley N.° 7092 del 21 de abril de 1988. En este instrumento normativo se crea el Impuesto sobre la Renta. “Este impuesto lo conforman los gravámenes a las utilidades de las empresas y de las personas físicas que realizan actividades lucrativas, el impuesto sobre las rentas del trabajo personal dependiente, los impuestos sobre las remesas al exterior y el impuesto a los dividendos e intereses de títulos valores. Hay dos características importantes del impuesto sobre la renta que se deben tener presentes. En primer lugar, en el país se aplica el principio de territorialidad, de tal forma que el impuesto se cobra sobre los ingresos generados en el territorio nacional. Esto implica que los ingresos generados por los costarricenses en otros países (por ejemplo, por consultorías, rentas realizadas o intereses) están exentos. (…) Una segunda característica importante del impuesto sobre la renta en Costa Rica es que se aplica en forma cedular, o sea, que se cobra de modo independiente (y hasta con diferentes tasas) sobre los distintos ingresos de una misma persona. (...)â€? [Contraloría General de la República. División de Fiscalización Operativa y Evaluativa. Ã?rea de Ingresos Públicos. (2002). El sistema tributario costarricense: contribuciones al debate nacional. San José, Costa Rica: Editado por Fernando Herrero Acosta, 1° edición, página 9]. Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado. Aprobada por el Título I de la Ley N.° 9635 del 3 de diciembre de 2018 que modificó integralmente la Ley N.° 6826 del 8 de noviembre de 1981, denominada “Ley del Impuesto General sobre las Ventasâ€?. Esta ley se estructura de acuerdo con el esquema de la Sexta Directiva Comunitaria de la hoy Unión Europea, modelo adoptado por los distintos países europeos e incorpora simplificaciones orientadas a adaptar el modelo la realidad costarricense. 25 Se transforma en un verdadero IVA que grava tanto los bienes como los servicios, desarrolla de una forma más completa los aspectos sobre reconocimiento de créditos fiscales, devoluciones fiscales y nuevos regímenes. Al respecto, entre otros elementos novedosos, sobresale la ampliación de la base imponible, gravando toda clase de servicios; se delimitan las situaciones no sujetas, en particular, la no sujeción de los bienes inmuebles cuya trasmisión está sujeta al impuesto de traspaso de bienes inmuebles; se sustituye el criterio de deducción física por el de deducción financiera para la admisibilidad de la aplicación del crédito fiscal, se introduce un régimen especial para la deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de bienes de inversión o capital. Ley del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda. Ley N.° 8683 del 19 de noviembre de 2008. Entró en vigencia el 10 de diciembre de 2008. Este impuesto se destina, exclusivamente, a financiar los programas públicos dirigidos a la dotación de vivienda digna, para personas y familias en condición de pobreza y pobreza extrema y recae sobre el valor de los bienes inmuebles de uso habitacional que sean utilizados en forma habitual, ocasional o de recreo; incluye tanto las instalaciones fijas como las permanentes. Ley de Consolidación de Impuestos Selectivos de Consumo. Ley N.° 4961 del 11 de marzo de 1972. Este impuesto se aplica a los bienes y servicios que tienen una alta elasticidad ingreso y una baja elasticidad precio. La alta elasticidad ingreso implica que su consumo aumenta más que proporcionalmente cuando aumenta el ingreso (son bienes de lujo); la baja elasticidad precio implica que el consumo del bien no se reduce sustancialmente por el incremento en el precio generado por el impuesto, por lo que la distorsión producida por el mismo es pequeña. Es esencial para el proyecto, debido a que este impuesto es administrado por la DGT. Ley para mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal. Ley N.° 9416 del 14 de diciembre de 2016. Entró en vigencia el 30 de diciembre de 2016. Con este instrumento normativo se establecieron nuevas e importantes obligaciones tributarias y se crean herramientas que le facilitarán a la Tributación perseguir la evasión fiscal, entre ellas el registro de beneficiarios fiscales. Algunos aspectos novedosos de la norma fueron la creación de un registro centralizado de accionistas y beneficiarios finales de las sociedades anónimas; obligación de aceptar medios de pago alternativos; obligación de todos los comercios y profesionales liberales de emitir facturas electrónicas; medida cautelar provisionalísima de congelamiento de bienes de contribuyentes morosos y el remate electrónico de bienes. Ley de Impuesto de Traspaso de Bienes Inmuebles. Ley N.° 6999-A del 3 de setiembre de 1985. Este impuesto grava el traspaso, bajo cualquier título, de inmuebles que estén o no inscritos en el Registro Público de la Propiedad, entendiéndose por traspaso todo negocio jurídico por el cual se transfiera, directa o indirectamente, un inmueble, atendiendo a la naturaleza jurídica del negocio respectivo y no a la denominación que a este le hayan dado las partes. Por traspaso indirecto se entiende cualquier negocio jurídico que implique la transferencia del poder de control sobre una persona jurídica titular del inmueble. 26 Están obligados al pago del impuesto, por partes iguales, los transmitentes (vendedor) y los adquirentes (comprador), quienes para dicho efecto serán responsables solidarios por el total del impuesto. La base imponible es el valor real de la transacción, que lo constituye el monto mayor entre el valor fiscal del bien inmueble y su valor de traspaso según la escritura pública. Ley Reguladora de Exoneraciones Vigentes, Derogatorias y Excepciones. Ley N.° 7293 del 31 de marzo de 1992.Entró en vigencia el 3 de abril de 1992; regula el buen uso y destino de los bienes exonerados, sea directamente o por medio de directrices a otros órganos o instituciones públicas. El artículo 1 señala que se derogan todas las exenciones tributarias objetivas y subjetivas previstas en las diferentes leyes, decretos y normas legales referentes, entre otros impuestos, a los derechos arancelarios, a las ventas, a la renta, al consumo, al territorial, a la propiedad de vehículos, con las excepciones que indique la presente Ley. Reglamento de Procedimiento Tributario. Decreto Ejecutivo N.° 38277 del 7 de marzo de 2014, vigente a partir del 2 de abril de 2014. Con la promulgación de la Ley Nº 9069 denominada Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria y la Ley Nº 9068 denominada Ley para el Cumplimiento del Estándar de Transparencia Fiscal, ambas del 10 de setiembre de 2012, así como la aprobación y publicación de la Ley Nº 8981 denominada Ley para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria del 25 de agosto de 2011, este reglamento desarrolla todos los aspectos relacionados con los procedimientos de gestión tributaria, de control -extensivo e intensivo-, de recaudación y de valoración tributarias, así como aquellos referidos a la impugnación de los actos administrativos. Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación. Decreto Ejecutivo N.° 35688 del 27 de noviembre de 2009. Desarrolla toda la estructura orgánica y las funciones de la DGT y sus dependencias, señaladas anteriormente. Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Hacienda. Decreto Ejecutivo N.° 35366 del 24 de junio de 2009. En él se define una estructura organizacional. 3.3.1 Síntesis sobre Convenios tributarios internacionales: a. Acuerdos de Intercambio de Información Tributaria. Los acuerdos de intercambio de información son instrumentos jurídicos internacionales ratificados por Ley que regulan el intercambio internacional de información en materia tributaria, el cual puede efectuarse en alguna de las siguientes modalidades: por requerimiento, espontáneo y automático. Su finalidad es promover la cooperación internacional en materia tributaria mediante el intercambio objetivo de información y así garantizar el cumplimiento de los estándares de transparencia fiscal internacional. La mayor parte de los acuerdos de este tipo suscritos por Costa Rica siguen el Modelo de Acuerdo sobre Intercambio de Información en Materia Tributaria propuesto por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). A la fecha Costa Rica ha suscrito 20 acuerdos bilaterales de intercambio de información, de los cuales 17 se encuentran vigentes y 3 en proceso de entrada en vigencia. Adicionalmente el país es signatario de convenios 27 multilaterales tales como la Convención de Asistencia mutua con Centroamérica y la Convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal de la OCDE. b. Convenios para evitar la Doble Imposición. Los convenios para evitar la doble imposición son instrumentos jurídicos internacionales ratificados por Ley que contienen una serie de disposiciones para evitar la doble imposición jurídica internacional que puede surgir como producto de operaciones transfronterizas. En adición a las normas que determinan cuál Estado ostenta la potestad de gravar, todos estos convenios contienen una cláusula que regula el intercambio de información en materia tributaria que fomenta la transparencia internacional entre los estados contratantes. La lista de convenios para evitar la doble imposición de Costa Rica se compone de 4 convenios tributarios, de los cuales 3 se encuentran vigentes y 1 en trámite de ratificación legislativa. c. Mecanismos de resolución de controversias (MAP “Mutual Agreement Procedure"). El también conocido como “procedimiento amistosoâ€?, es una cláusula prevista en los convenios o tratados para evitar la doble imposición que permite la resolución de controversias de naturaleza fiscal que surgen en el ámbito de la aplicación de estos convenios. Esta cláusula se ejecuta cuando una persona considera que las medidas adoptadas por uno o ambos Estados implican, o pueden implicar, una imposición que no esté conforme a las disposiciones del Convenio, también se pueden ejecutar ante las dudas que surjan por la interpretación o aplicación de un Convenio o bien para casos de doble imposición referidos a hipótesis no previstas en el Convenio. Para el inicio de este procedimiento, cualquier persona que sea residente fiscal en Costa Rica, en el sentido definido por el correspondiente Convenio, y que considere que las medidas adoptadas por la Administración Tributaria costarricense implican o pueden implicar para una imposición que no esté de acuerdo con las disposiciones del Convenio, puede solicitar el inicio del Procedimiento Amistoso a la autoridad competente de cualquiera de los Estados contratantes. 3.3.2 Síntesis sobre intercambio automático de información tributaria a. Ley de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras (FATCA). En el año 2013, Costa Rica suscribió un acuerdo intergubernamental (intergovernmental agreement, IGA) con Estados Unidos para garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley FATCA en lo relacionado con el reporte de información sobre cuentas financieras de ciudadanos estadounidenses mantenidas en el país. En virtud de lo anterior, las instituciones financieras deben reportar anualmente la información de los tenedores de cuentas estadounidenses a la Administración Tributaria costarricense y luego ésta, mediante proceso de intercambio automático de información amparado en el convenio bilateral suscrito entre ambas naciones, traslada la información al Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos de América. Asimismo, por tratarse de un acuerdo recíproco, la Dirección General de Tributación cuenta con la posibilidad de recibir información financiera de costarricenses con cuentas bancarias en Estados Unidos. 28 b. Estándar común de reporte (CRS). Estándar de reporte común es otro modelo de intercambio automático de información financiera que funciona de manera similar a la Ley FACTA, el cual es producto de la suscripción de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de OCDE y el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras. En razón de CRS, las instituciones financieras obligadas deben establecer y aplicar los procedimientos de identificación, debida diligencia y seguimiento de las cuentas extranjeras (respecto a Costa Rica) según se establece en las resoluciones DGT-R-006-2018 y DGT-R-006-2017. c. Precios de transferencia (reporte CbC). El reporte país por país, conocido como CbC por sus siglas en inglés, es otro modelo de intercambio automático de información como resultado de la suscripción de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de OCDE y el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre el reporte país por país. Esta obligación se estableció en las resoluciones DGT-R-001-2018 del 11 de enero de 2018 y DGT-R-008-2019 del 18 de febrero 2019. 3.3.3 Síntesis del rol de la Dirección de Tributación Internacional en la dirección, supervisión y administración de normas tributarias internacionales (algunos Tratados) aplicables en Costa Rica. El rol de la Dirección de Tributación Internacional y Técnica Tributaria en la dirección, supervisión y administración de normas tributarias internacionales es amplio en el marco de las competencias de la Dirección General de Tributación. Lo anterior se debe a que dentro de sus funciones se encuentran la negociación y aplicación de los convenios tributarios internacionales, que son las normas de mayor rango que rigen las funciones de tributación internacional, así como la participación en el análisis y revisión de estudios sobre precios de transferencia, que representa una de las principales herramientas de la administración tributaria para la lucha contra la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios. Cuando se trata de convenios internacionales, además de participar directamente en su negociación, la Dirección de Tributación Internacional desarrolla los procedimientos de aplicación de estos convenios en todas las funciones de gestión y control tributario que se realizan en la Dirección General de Tributación. Además, es parte activa en el diseño y desarrollo de las reformas legales y reglamentarias que se requieren para incorporar en la normativa costarricense las disposiciones de mejores prácticas internacionales en materia de transparencia e intercambio de información y lucha contra el fraude tributario, así como las recomendadas por el Foro Global de transparencia e intercambio de información y el Programa BEPS de la OCDE. 29 3.4 Marco Legal Tributario Aduanero de Costa Rica. El Marco Legal Tributario Aduanero costarricense está integrado por las siguientes normas: 3.4.1 Normas internacionales Tratado General de Integración Económica Centroamericana: Aprobado por Ley N° 3150 del 29 de julio de 1963, comenzó a regir el 13 de setiembre de ese mismo año. Casi de inmediato se aprobaron el Código Aduanero Uniforme Centroamericano, conocido como CAUCA, y su reglamento, el RECAUCA; estas normas se convirtieron en la principal legislación aduanera de la región centroamericana. Convenio sobre el Régimen Aduanero y Arancelario Centroamericano: Aprobado en Costa Rica por la Ley N° 6986 del 03 de mayo de 1985. Por medio de éste Convenio los Estados Contratantes establecen un nuevo Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, que responderá a las necesidades de la reactivación y reestructuración del proceso de integración económica centroamericana, así como a las de su desarrollo económico y social. Convenio Marco Para El Establecimiento De La Unión Aduanera Centroamericana La ratificación de la República de Costa Rica al Convenio Marco para el Establecimiento de la Unión Aduanera Centroamericana, suscrito el día 12 de diciembre de 2007, fue aprobado por la Ley N° 8903 del 9 de noviembre de 2010, vigente a partir del 13 de enero del 2011, fecha de publicación en La Gaceta N° 9. Mediante Decreto Ejecutivo N° 36494 del 31 de enero del 2011, el cual fue publicado mediante La Gaceta N° 64 del 31 de marzo del 2011, Costa Rica ratifica el presente Convenio. Éste Convenio Marco los Estados Parte reafirman su voluntad de conformar una Unión Aduanera entre sus territorios. La Unión Aduanera se fundamentará en los objetivos y principios de los instrumentos de integración regional vigentes y conforme a lo establecido en el Artículo XXIV 8.a del Acuerdo General de Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, GATT, que forma parte del Acuerdo sobre la Organización Mundial de Comercio, OMC. Convenio del Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano (ANEXO A: Arancel Centroamericano de Importación y la Resolución Nº 2 del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano: Aprobado mediante Ley N° 7017 del 16 de diciembre de 1985, comenzó a regir el 06 de enero de 1986. Por medio de éste Convenio se aprobó el Anexo A al Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano. Según el Convenio al Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, el Arancel Centroamericano de Importación es el instrumento regulador que contiene la clasificación oficial de las mercancías susceptibles de ser importadas al territorio de los estados contratantes, así como los derechos de importación y las normas que regulan la ejecución de sus disposiciones. 30 Arancel Centroamericano de Importación: Costa Rica aprobó la Ley N° 7346 del 7 de junio de 1993 que autorizó la entrada en vigencia del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), basado en la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA) aceptada internacionalmente. Mediante el Decreto Ejecutivo N° 33464 del 22 de noviembre del 2006 se publica la Resolución No. 180-2006 (COMIECO-XXXIX) que aprueba modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación, que incorpora al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), los resultados de la Cuarta Enmienda de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, la cual fue aprobada el 26 de junio de 2004 por la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Éste Decreto comenzó a regir a partir del 01 de julio del 2007. Aprobación del Protocolo al Convenio Legislación Centroamericana sobre el Valor Aduanero de las mercancías Anexo B del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano: Aprobado mediante Ley N° 7984 del 03 de febrero del 2000, comenzó a regir el 21 de febrero del 2000. Por medio de éste Convenio se aprobó en cada una de sus partes, el Protocolo al Convenio Legislación Centroamericana sobre el Valor Aduanero de las Mercancías Anexo B del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, suscrito el 7 de junio de 1985. Es preciso destacar que a través de la Ley N° 8013 del 18 de agosto del 2000, publicada el 05 de setiembre del 2000, se adiciona el Título XII (Valor Aduanero) a Ley General de Aduanas. El Acuerdo de Valoración establece seis métodos para determinar el valor en aduanas de las mercancías importadas, los cuales se aplican respetando el siguiente orden: el valor de transacción de las mercancías que se valoran; el valor de transacción establecido en el mismo momento o en uno cercano, para mercancías idénticas; el valor de transacción fijado en el mismo momento o en uno aproximado para mercancías similares; el precio de venta en el país de importación de las mercancías importadas o de mercancías idénticas o similares menos ciertas deducciones (procedimiento sustractivo); el precio reconstruido a partir del costo de los materiales, la fabricación, los beneficios y gastos generales, y el transporte, que es el método basado en el costo de producción o del valor reconstruido. El último recurso consiste en la aplicación flexible de los métodos anteriores cuando no se puede definir el valor aduanero a partir de la aplicación de uno de ellos. Los cinco procedimientos últimos se consideran métodos secundarios y sólo se puede recurrir a ellos si se descarta la aplicación del valor de transacción de las mercancías que se valoran. Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías, con su anexo de Reglas de Origen Específicas Resolución N° 156-2006 (COMIECO-EX) Aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 33263 del día 21 de junio del 2006, publicado en La Gaceta N° 159 del 18 de agosto del 2006. En el tema de origen los países buscaron establecer las reglas a seguir en la determinación, declaración y certificación de origen de las mercancías como los procedimientos a seguir para verificar el origen de éstas. 31 Lo anterior con la finalidad de fomentar la producción nacional, privilegiando los procesos productivos que se desarrollan en la región y favoreciendo el intercambio comercial de los productos centroamericanos. Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio Aprobado mediante la Ley N° 7475-F del día 20 de diciembre de 1994, publicada en el Alcance N° 40 a La Gaceta N° 245 del día 26 de diciembre de 1994. La normativa multilateral en el Acuerdo sobre los Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC sigue algunos lineamientos como: el compromiso de los países miembros de no generar obstáculos innecesarios al comercio, garantizar garantiza el principio de trato nacional (TN) y de nación más favorecida (NMF) consagrados y respetados en el comercio multilateral, el derecho de las partes a elaborar, adoptar, aplicar y mantener los reglamentos técnicos y los procedimientos de evaluación de la conformidad que les permitan lograr objetivos legítimos; y la utilización de normas internacionales como base para la elaboración o aplicación de sus medidas de normalización. Reglamento Centroamericano sobre Medidas y Procedimientos Sanitarios y Fitosanitarios (Resolución N° 271-2011 (COMIECO-LXI) del 2 de diciembre del 2011) Aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 37011-COMEX-MEIC-MAG del día 09 de enero del 2012, publicado en el Alcance N° 24 a La Gaceta N° 42 del día 28 de febrero del 2012. Tiene por objeto regular aquellas medidas sanitarias y fitosanitarias que puedan afectar directa o indirectamente el comercio entre los estados parte y evitar que la imposición de las mismas se constituya en barreras innecesarias al comercio. El reglamento desarrolla las disposiciones legales para armonizar en el comercio intra-regional y con terceros países, de una forma gradual y voluntaria, las medidas y procedimientos en la materia, con el propósito de proteger la salud y la vida humana y de los animales y para preservar la sanidad de los vegetales. Esta normativa tiene como principios generales la transparencia, la armonización y la equivalencia de las medidas y procedimientos sanitarios y fitosanitarios y la no discriminación arbitraria o injustificable. Los países también se han comprometido a procurar la armonización de los procedimientos para la emisión de las autorizaciones sanitarias y fitosanitarias de acuerdo con lo establecido en la OMC. De igual forma se comprometieron a armonizar los requisitos y procedimientos para los registros sanitarios y fitosanitarios y adoptar un sistema común para acreditar a los profesionales e instituciones en el campo de la aplicación de las medidas sanitarias y fitosanitarias, y el reconocimiento mutuo de los sistemas de inspección, evaluación, aprobación y control. La región ha logrado avanzar por un camino tendiente a la armonización de instrumentos que buscan la facilitación del comercio respecto de estos productos agrícolas. Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Guatemala)Protocolo de Guatemala 32 Aprobado mediante la Ley N° 7629 del 26 de setiembre de 1996, publicada en La Gaceta N° 199 del 17 de octubre de 1996. El Protocolo de Guatemala señala que los países trabajarán para lograr la Unión Aduanera, con base en principios de legalidad, consenso y gradualidad. El proceso consiste en crear entre ellos un territorio aduanero común, lo que significa que la libre movilidad se extenderá a todos los bienes, independientemente de su origen, dando como resultado la eliminación de las aduanas entre los cinco países centroamericanos. La Unión Aduanera se plantea bajo el concepto de constituir un espacio aduanero entre los países miembros con las siguientes expectativas: a) Libre movilidad de bienes, independientemente del origen de los mismos, una vez internados en cualquier país miembro; b) Libre comercio de servicios, especialmente aquellos asociados al comercio de bienes; c) Arancel externo común; d) Mecanismo de recaudación, administración y distribución de los ingresos tributarios; e) Política comercial externa común; f) Política común en el ámbito del transporte; g) Aproximación de las legislaciones nacionales en materia fiscal, estadísticas, de registro, marcas, autenticidad de actos y contratos; h) Política común agropecuaria; i) Fortalecimiento de la competitividad de la industria en la región; j) Regionalización de política de competencia y de protección a los consumidores. Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (AACUE). Acuerdo que establece asociación entre Centroamérica y la Unión Europea y sus Estados miembros, aprueba Enmienda al artículo XXI de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre" Aprobado mediante la Ley N° 9154 de fecha 03 de julio del 2013, publicada en el Alcance N° 120 a La Gaceta N° 133 del 11 de julio del 2013. Mediante decreto ejecutivo Nº 37785 del 04 de julio del 2013, la República de Costa Rica ratificó el presente Acuerdo. De conformidad con la resolución RES-DGA-314- 2013 del 8 de octubre del 2013 de la Dirección General de Aduanas, el presente instrumento entró en vigencia el 1° de octubre del 2013. Los países buscaron alcanzar un acuerdo integral y balanceado que elimine las barreras al comercio y facilite el intercambio comercial entre las Partes, promoviendo la inversión, el crecimiento económico y creando mayores oportunidades para la población costarricense. La negociación del componente comercial del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea representa un nuevo eslabón de la cadena que complementa y fortalece el engranaje comercial costarricense, cuyo objetivo es insertar a Costa Rica en una economía internacional cada vez más globalizada e interdependiente. A nivel de región, el objetivo principal del AACUE es reafirmar la voluntad de las Partes por fortalecer y profundizar sus respectivos procesos de integración económica, dentro de los marcos aplicables. Asimismo, se reconocen la importancia de la integración regional económica en las áreas de procedimientos aduaneros, reglamentos técnicos y medidas sanitarias y fitosanitarias para la libre circulación de bienes dentro de Centroamérica y la UE. 33 Aprobación del Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, Ginebra 27 de noviembre 2014 y su anexo (acuerdo sobre facilitación del comercio) y crea Consejo Nacional de Facilitación del Comercio Aprobado mediante Ley N° 9430 del 04 de abril del 2017, publicado en el Alcance N° 83 a La Gaceta N° 74 del 20 de abril del 2017. Mediante el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 40342 del 4 de abril de 2017, Costa Rica ratifica el presente Protocolo. Los Miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) concluyeron las negociaciones en torno al Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC), en la Conferencia Ministerial de Bali, Indonesia, celebrada en diciembre de 2013. El 27 de noviembre de 2014, en Ginebra, se adoptó un Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por medio del cual se establece la Organización Mundial del Comercio, para insertar el nuevo instrumento en el Anexo 1A del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC. El Acuerdo contiene disposiciones para agilizar el tránsito de mercancías, mejorar la cooperación entre las autoridades aduaneras y otros entes competentes en cuestiones relativas al comercio exterior. Establece medidas para la simplificación, modernización de trámites comerciales y reducción de tiempos y costos de transacción, lo que se traduce en una mayor eficiencia, efectividad y ahorro para el Estado y los sectores productivos. La iniciativa es congruente con los esfuerzos que se realizan a nivel centroamericano y en el ámbito internacional para promover el aumento de la competitividad comercial de Costa Rica. La Ley de aprobación de este instrumento contempla, además, la creación del Consejo Nacional de Facilitación del Comercio (CONAFAC) para facilitar la coordinación interna y la aplicación de las obligaciones adquiridas en el Acuerdo; promover el diálogo y coordinación con el sector privado y fomentar las alianzas público-privadas en materia de facilitación del comercio. A la vez, plantea la creación de comisiones técnicas y locales para apoyar su funcionamiento. A partir de su publicación y ratificación, Costa Rica forma parte de la lista de más de 115 países que se benefician de su aplicación. Segundo Protocolo de Modificación al Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA III): Aprobado mediante Ley Nº 8360 del día 24 de junio del 2003, publicada el 08 de julio del 2003. El Decreto Ejecutivo Nº 31347 del 25 de agosto del 2003, que comenzó a regir el 10 de setiembre del 2003, ratifica el Segundo Protocolo de Modificación al Código Aduanero Uniforme Centroamericano. El CAUCA III tiene por objeto establecer la legislación aduanera básica de los países signatarios conforme los requerimientos del Mercado Común Centroamericano y de los instrumentos regionales de la integración. El ámbito de aplicación de este Código y su Reglamento será el territorio aduanero, sus normas serán aplicables a toda persona, mercancía y medio de transporte que cruce los límites del territorio aduanero de los países signatarios. Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA III): Aprobado mediante Resolución Nº 101-2002 del CONSEJO ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO. El Decreto Ejecutivo Nº 31536 del 24 de noviembre del 2003, que comenzó a regir el 17 de diciembre del 2003, pone en vigencia la Resolución que aprueba el Reglamento del Código Aduanero 34 Uniforme Centroamericano. El Reglamento tiene por objeto desarrollar las disposiciones del Código Aduanero Uniforme Centroamericano. Salvo disposiciones en sentido contrario, resultantes de convenios, tratados o acuerdos internacionales, la normativa aduanera constituida por el Código Aduanero Uniforme Centroamericano y este Reglamento, se aplicará de modo uniforme en la totalidad del territorio aduanero de los Estados Parte. Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica República Dominicana y los Estados Unidos de América: Entró en vigencia en Costa Rica a partir del 1 de enero del 2009, de conformidad con la Ley Nº 8622 del 21 de noviembre del 2007, publicada en el Alcance N° 40 a La Gaceta Nº 246 del 21 de diciembre del 2007. El Tratado regula las relaciones comerciales y de inversión entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana. En el caso de Costa Rica, constituye uno de los principales instrumentos de la política comercial por cuanto regula el comercio con el principal socio comercial del país. El Tratado permitió modernizar la legislación costarricense en materia de propiedad intelectual, seguros, telecomunicaciones y contratos de distribución; así como facilitar mecanismos para asegurar la efectiva aplicación de la legislación laboral y ambiental. La negociación, firma y ratificación del tratado se realizó en condiciones diferenciadas, amoldándose a las características y contexto político y social de cada Estado parte. La rama fundamental del Tratado consiste en las disposiciones concernientes al trato comercial, razón por la cual, en el Tratado se abordan elementos como el arancelario, movimiento aduanero, origen de las mercancías y las reglas internas para el tráfico de las mismas. Como complemento, el CAFTA se ocupa de regular los aspectos relativos a producción higiénica y protección al ambiente, respeto a los derechos de propiedad intelectual e inversión pública y privada, así como toda la legislación laboral en los Estados de la zona CAFTA. También especifica los mecanismos para dirimir controversias y para el establecimiento de normativas de mutuo acuerdo. Convenios o Acuerdos de Intercambio de información en materia aduanera, vigentes: â—? Convenio Multilateral de Aduanas de América Latina, España y Portugal (COMALEP) Entró en vigencia en Costa Rica a partir del 09 de diciembre del 2010, de conformidad con la Ley Nº 8887 del 03 de noviembre del 2010, publicada en La Gaceta Nº 239 del 09 de diciembre del 2010. Mediante Decreto Ejecutivo Nº 36367 del 13 de diciembre de 2010, la República de Costa Rica se adhiere a éste Convenio. El objeto del Convenio es fortalecer la asistencia mutua en la lucha contra el fraude, así como la cooperación para el incremento y desarrollo del comercio entre las Partes. Procura promover la cooperación y asistencia técnica entre las aduanas para asegurar la correcta aplicación de las leyes aduaneras; institucionalizar la cooperación entre los países y combatir el fraude y los ilícitos aduaneros; y el intercambio de información que le permita asegurar la correcta aplicación de la legislación aduanera. â—? Convenio de Asistencia Mutua y Cooperación Técnica entre las Administraciones Tributarias y Aduaneras de Centroamérica 35 Entró en vigencia en Costa Rica a partir del 15 de diciembre del 2010, de conformidad con la Ley Nº 8880 del 01 de noviembre del 2010, publicada en La Gaceta Nº 243 del 15 de diciembre del 2010. Mediante Decreto Ejecutivo Nº 36368 del 15 de diciembre de 2010, la República de Costa Rica ratifica éste Convenio. El objeto del Convenio consiste en requerir y proporcionar la asistencia mutua y cooperación técnica entre las Administraciones de los Estados Parte, así como, obtener y proporcionar información y documentación relacionada con: a) Datos generales o de identificación de personas naturales o jurídicas, en su calidad de contribuyentes, representantes legales, así como de accionistas, socios o partícipes de otras entidades sociales o colectivas sin personalidad jurídica; o bien como clientes, acreedores o proveedores de otros contribuyentes. b) Transacciones u operaciones comerciales, financieras, industriales, de propiedad intelectual o de cualquier otra actividad económica. c) Cualquier otra tendiente a asegurar la correcta imposición y recaudación de los tributos. â—? Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de los Estados Unidos de América relativo a la Asistencia Mutua entre sus Administraciones Aduaneras Entró en vigencia en Costa Rica a partir del 08 de mayo del 2017, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 40341-H-RE-COMEX del 13 de diciembre del 2016, publicado en el Alcance N° 98 a La Gaceta Nº 85 del 08 de mayo del 2017. El objeto del Acuerdo consiste en brindarse asistencia mutua en la prevención, detección e investigación de toda infracción aduanera, mediante el suministro de información a fin de garantizar el cumplimiento de las leyes de aduanas y la valoración precisa de los derechos de aduanas y otros impuestos, y para detectar, prevenir e investigar los delitos aduaneros. â—? Acuerdo entre la República de Costa Rica y los Estados Unidos Mexicanos sobre Cooperación Técnica y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros Entró en vigencia en Costa Rica a partir del 25 de setiembre del 2018, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 41255-H-RE-COMEX del 16 de mayo del 2018, publicado en el Alcance N° 170 a La Gaceta Nº 176 del 25 de setiembre del 2018. El objeto del Acuerdo consiste en brindarse cooperación técnica y asistencia para prevenir, investigar y combatir cualquier infracción de la legislación aduanera, así como el intercambio de información. Arreglos de Reconocimiento Mutuo (ARM), vigentes: Los Acuerdos o Arreglos de Reconocimiento Mutuo (ARM) tienen como finalidad reconocer por la contraparte a los operadores de comercio que han obtenido la certificación “Operador Económico Autorizadoâ€? en el otro o en los otros países que negociaron el ARM; y otorgarles beneficios adicionales acordados bajo el ARM. Los países firmantes se comprometen a asegurar la precisión, confidencialidad, protección y seguridad de la información intercambiada, de conformidad con sus respectivas legislaciones nacionales, así como a tomar 36 las medidas que sean necesarias, para fortalecer la seguridad de la cadena logística de suministro en ambos sentidos. â—? ARM Costa Rica-México El Arreglo fue suscrito por Wilson Céspedes Sibaja, Director General de Aduanas del Ministerio de Hacienda de Costa Rica, en ese entonces, y Luis Eduardo Lara Gutiérrez, administrador general de Auditoría de Comercio Exterior del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México, en ese entonces. Al referirse al Arreglo con México el Director General de Aduanas de Costa Rica externó: “El reconocimiento mutuo entre los programas OEA de Costa Rica y México permitirá mantener los estándares compatibles para cada Programa, seguir operando en el contexto del Pilar Aduanas-Aduanas del Marco SAFE de la Organización Mundial de Aduanas e ir adaptándose a los cambios conforme ese Marco vaya evolucionando. También contribuye de manera significativa a la seguridad de la cadena de suministro y a la facilitación de comercio de las empresas OEA de ambos países que realizan comercio entre ellas.â€? El objeto del ARM Costa Rica-México consiste en establecer la colaboración entre los países participantes para el reconocimiento mutuo de sus respectivos programas OEA. En dicho Acuerdo se acepta el proceso de verificación de cada programa OEA, se establecen medidas de facilitación del comercio (los beneficios negociados están orientados a la reducción en el porcentaje de inspecciones físicas y agilización en el flujo comercial), intercambio de información (Datos generales de los OEAs, validez de la certificación de cada OEA). â—? ARM Costa Rica-Centroamérica (El Salvador, Guatemala y Panamá). El objeto del ARM Costa Rica-Centroamérica (El Salvador, Guatemala y Panamá) consiste en el reconocimiento mutuo de los respectivos programas OEA autorizados y administrados por los participantes. Cada participante acepta el estado de validación y aprobación es compatible con su programa OEA. Se establece como beneficios: procedimientos expeditos de inspección, prioridad en el despacho de mercancías, prioridad en la atención y movilización de las cargas en pasos fronterizos terrestres. Contar con procedimientos operacionales o informáticos necesarios que permitan su aplicación y el intercambio de información (lista de OEA, puntos de contacto, etc.). â—? ARM Costa Rica-Colombia. El objeto del ARM Costa Rica-Colombia consiste en establecer la cooperación entre los participantes para el reconocimiento mutuo de sus respectivos programas OEA. Se acepta los resultados de validación y el estatus de autorización o certificación otorgado a los OEA del programa OEA del otro participante. Asimismo, se acepta otorgar entre las medidas de facilitación las siguientes: Reducción de verificación de la carga y el medio de transporte, Reducción de las inspecciones físicas y documentales de importación, 37 prioridad y agilización para la atención del despacho aduanero de mercancías, Medidas que permitan responder a las interrupciones del flujo del comercio, Puntos de contacto. 3.4.2 Normas nacionales En seguida las normas nacionales vinculadas a los servicios aduaneros Ley General de Aduanas Aprobada mediante Ley N° 7557 del 20 de octubre de 1995, publicada en La Gaceta N° 212 del 08 de noviembre de 1995 y sus reformas (Ley N° 8013 del 18 de agosto del 2000; Ley N° 8373 del 18 de agosto del 2003 y Ley N° 8458 del 21 de setiembre del 2005). Este instrumento jurídico regula las entradas y las salidas, del territorio nacional, de mercancías, vehículos y unidades de transporte; también el despacho aduanero y los hechos y actos que deriven de él o de las entradas y salidas, de conformidad con las normas comunitarias e internacionales, cuya aplicación esté a cargo del Servicio Nacional de Aduanas. Reglamento a la Ley General de Aduanas Aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 25270-H del 14 de junio de 1996, publicado en el Alcance N° 37 a La Gaceta N° 123 del 28 de junio de 1996. El Reglamento establece disposiciones para la aplicación del Segundo Protocolo de Modificación del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, aprobado mediante Ley Nº 8360 de 24 de junio del 2003, del Reglamento al Segundo Protocolo de Modificación al Código Aduanero Uniforme Centroamericano, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 31536-COMEX-H- de 24 de noviembre del 2003, y de la Ley General de Aduanas, Ley Nº 7557 de 20 de octubre de 1995, y sus reformas. Otra normativa aduanera vigente Para la aplicación del régimen jurídico aduanero se aplican además directrices, reglamentos y decretos que tienen relación directa con algún tema específico en materia de procedimientos aduaneros. Si bien esta legislación define el ámbito de acción y las funciones y atribuciones del Servicio Nacional Aduanero, también establece que le compete, a esta entidad, la ejecución de las disposiciones de la legislación centroamericana, así como de los convenios o tratados internacionales que el país suscriba. Además, existen otras normas nacionales que regulan los procedimientos de despacho y diferentes tratamientos tributarios y aduaneros para las mercancías; entre otras, cabe citar la Ley de Zonas Francas (Ley 7210 del 23 de noviembre de 1990) y sus reformas y; la Ley de Creación del Depósito Libre Comercial de Golfito y su Reglamento. El Código de Normas y Procedimientos Tributarios y la Ley General de la Administración Pública son de aplicación supletoria, por disposiciones expresas de los artículos 192 y 272 de la Ley General de Aduanas. 38 3.5 Marco Legal Laboral El Código de Trabajo de Costa Rica fue aprobado mediante la Ley N°2 de 1943, y sus disposiciones son vinculantes para todos los patronos. El artículo 11 del Código declara nula y tiene por no puesta cualquier declaración por parte de los trabajadores en la cual renuncien a los derechos que la legislación laboral les otorga. Costa Rica ha ratificado los Convenios de la Organización Internacional de Trabajo OIT en materia de derechos laborales de los trabajadores. Mediante la N° 9343 del 25 de enero de 2016 se realizó la Reforma Procesal Laboral vino a evolucionar y modernizar la legislación laboral de Costa Rica, y hacer más expeditos los juicios laborales para que de esta manera los trabajadores una justicia laboral pronta y cumplida. Aunado a las normas antes citadas el empleo público se encuentra regulado en el Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, que ampara a todos los puestos cubiertos por el Régimen de Servicio Civil, es decir todos los Ministerios que componen. Gobierno Central y sus entes adscritos. El Estatuto es Ley No. 1581 y se promulgó como ley de la República de Costa Rica en el año 1953. Esta Ley tiene fundamento en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política. Además, deben considerarse como normas conexas están el Reglamento Interno del Ministerio de Hacienda, la Ley de Licencias para Adiestramiento de Servidores Públicos; Una Ley de Compensación por pago de Prohibición; un Reglamento a la Ley de pago por concepto de Prohibición y una Ley de Salarios de la Administración, normas específicas que se refieren respectivamente a los temas de capacitación, incentivos y salarios. 3.5.1 Salud ocupacional6 De conformidad con los principios de nuestra Constitución Política, las personas empleadoras deben adoptar en su empresa o empresas, las medidas necesarias para la higiene y seguridad del trabajo, con el fin de proteger la vida, la salud y la integridad de las personas trabajadoras en el ejercicio de su actividad laboral. El artículo 66 de la Constitución Política establece que todo patrono debe adoptar en sus empresas las medidas necesarias para la higiene y seguridad del trabajo, así mismo este mismo cuerpo normativo en el artículo 73 establece los seguros sociales en beneficio de los trabajadores manuales e intelectuales, regulados por el sistema de contribución forzosa del Estado, patronos y trabajadores, a fin de proteger a éstos contra los riesgos de enfermedad, invalidez, maternidad, vejez, muerte y demás contingencias que la ley determine. Así mismo en el artículo 273 de la ley 6727 título cuarto del Código de Trabajo, se establece la protección de los trabajadores durante el ejercicio del trabajo, declara de interés público todo lo referente a salud 6Esta sección es elaborada a partir de los insumos aportados por la responsable del Departamento de Salud Ocupacional del Ministerio de Hacienda. Remitido para los fines de esta Evaluación. Referencia DSO-004 - 2019 del 04 de febrero, 2020. 39 ocupacional, que tiene como finalidad promover y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social del trabajador en general; prevenir todo daño causado a la salud de éste por las condiciones del trabajo; protegerlo en su empleo contra los riesgos resultantes de la existencia de agentes nocivos a la salud; colocar y mantener al trabajador en un empleo con sus aptitudes fisiológicas y sicológicas y, en síntesis, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su tarea. La ley 6727 título cuarto del Código de Trabajo, de la protección de los trabajadores durante el ejercicio del Trabajo, establece que corre a cargo de todo patrono la obligación de adoptar, en los lugares de trabajo, las medidas para garantizar la salud ocupacional de los trabajadores, conforme a los términos de este Código, su reglamento, los reglamentos de salud ocupacional que se promulguen, y las recomendaciones que, en esta materia, formulen tanto el Consejo de Salud Ocupacional, como las autoridades de inspección del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Salud e Instituto Nacional de Seguros. Así como también establece, que sin perjuicio de lo establecido en otras disposiciones de este Código, será obligación del patrono: a) Permitir a las autoridades competentes la inspección periódica de los centros de trabajo y la colocación de textos legales, avisos, carteles y anuncios similares, referentes a salud ocupacional; b) Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias para la capacitación y adiestramiento de los trabajadores, en materia de salud ocupacional; c) Cumplir con las normas, y disposiciones legales y reglamentarias sobre salud ocupacional; y ch) Proporcionar el equipo y elemento de protección personal y de seguridad en el trabajo y asegurar su uso y funcionamiento. El artículo 288 de la ley 6727 título cuarto del Código de Trabajo, de la protección de los trabajadores durante el ejercicio del trabajo, establece que en cada centro de trabajo, donde se ocupen diez o más trabajadores, se establecerán las Comisiones de Salud Ocupacional que, a juicio del Consejo de Salud Ocupacional, sean necesarias. Estas comisiones deberán estar integradas con igual número de representantes del patrono y de los trabajadores, y tendrán como finalidad específica investigar las causas de los riesgos del trabajo, determinar las medidas para prevenirlos y vigilar para que, en el centro de trabajo, se cumplan las disposiciones de salud ocupacional. La constitución de estas comisiones se realizará conforme a las disposiciones que establezca el reglamento de la ley y su cometido será desempeñado dentro de la jornada de trabajo, sin perjuicio o menoscabo de ninguno de los derechos laborales que corresponden al trabajador. El Consejo de Salud Ocupacional, en coordinación con el Instituto Nacional de Seguros, pondrá en vigencia un catálogo de mecanismos y demás medidas que tiendan a lograr la prevención de los riesgos del trabajo, por medio de estas comisiones. El Reglamento General de Higiene y Seguridad de Trabajo, en su artículo 3, establece que todo patrono o su representante, intermediario o contratista, debe adoptar y poner en práctica en los centros de trabajo, por su exclusiva cuenta, medidas de seguridad e higiene adecuadas para proteger la vida, la salud, la integridad corporal y moral de los trabajadores, especialmente en lo relativo a: a) Edificaciones, instalaciones y condiciones ambientales; b) Operaciones y procesos de trabajos; c) Suministro, uso y mantenimiento de los equipos de protección personal; 40 d) Colocación y mantenimiento de resguardos y protecciones de las máquinas y todo género de instalaciones; e) La reducción, por medio de medidas técnicas adecuadas, del impacto del ruido y de las vibraciones que puedan perjudicar a los trabajadores. Así mismo las obligaciones como patrono de: a) Mantener en buen estado de conservación, funcionamiento y uso, la maquinaria, las instalaciones y las herramientas de trabajo; b) Promover la capacitación de su personal en materia de seguridad e higiene en el trabajo; c) Permitir a las autoridades competentes la colocación, en los centros de trabajo, de textos legales, avisos, carteles y anuncios similares, atinentes a la seguridad e higiene en el trabajo. El Reglamento General de Higiene y Seguridad de Trabajo establece que los locales de trabajo deberán llenar, en lo relativo a ubicación, construcción y acondicionamiento, los requisitos de seguridad e higiene que demanden la seguridad, integridad, salud, moral y comodidad de los trabajadores y cumplir, en especial, lo que establece ese reglamento y cualesquiera otras disposiciones reglamentarias sobre la materia. El reglamento autónomo de Servicios del Ministerio de Hacienda establece que el Departamento de Salud Ocupacional elaborará e impulsará el programa de salud ocupacional que cubra a todas las dependencias del Ministerio, de conformidad con el artículo 288 de la Ley sobre Riesgos de Trabajo, N° 6727 del 24 de marzo de 1982 y sus reformas: 3.6 Marco Legal Ambiental El marco legal ambiental costarricense es muy robusto, no obstante, en este apartado solo se consideró las normas vinculantes al Proyecto considerando su naturaleza, alcance y tipo de inversiones que se realizarán, las cuales se concentran en el mejoramiento de equipos informáticos y nubes para el alojamiento de información, por tanto, se han definido un impacto leve. Basado en lo anterior, cobra importancia las normas referidas a la gestión de desechos sólidos y de uso energético. A continuación, el detalle de las principales normas vinculantes a esta inversión. 41 3.6.1 Normativa nacional.7 Constitución de la República de Costa Rica, 7 de noviembre de 1949. Artículo 50. El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientesâ€?. Ley Orgánica del Ambiente NO. 7554, 4 de octubre de 1995. Artículo 1. Objetivos La presente ley procurará dotar, a los costarricenses y al Estado, de los instrumentos necesarios para conseguir un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. El Estado, mediante la aplicación de esta ley, defenderá y preservará ese derecho, en busca de un mayor bienestar para todos los habitantes de la Nación. Se define como ambiente el sistema constituido por los diferentes elementos naturales que lo integran y sus interacciones e interrelaciones con el ser humano. La Ley de Biodiversidad Nº 7788, de 30 de abril de 1998, publicada en La Gaceta Nº 101 del 27 de mayo de 1998. Artículo 1. “El objeto de la presente Ley es conservar la biodiversidad y el uso sostenible de lo s recursos, así como distribuir en forma justa los beneficios y costos derivados. Esta se incluye porque norma el uso de los recursos naturales dentro de los territorios indígenas y la participación de los beneficios/costos que se derivan de este, este aspecto es importante por el tema de determinación de tributos a algunas actividades. Se estima que los impactos leves del Proyecto, estará en lo referido al consumo de energía y la gestión de desechos sólidos. Directriz N°011- MINAE, la cual establece los lineamientos para la compra de equipos eficientes. Esta Directriz es de acatamiento obligatorio para todas las compras que se realicen a nivel del Estado. En cuanto a los residuos de manejo especial, se considera la generación de baterías, estereofonía, equipo electrónico y eléctrico, los cuales deberán ser entregados a la empresa arrendaría. La gestión de los residuos es uno de programas que se incluyen dentro de la Política Ambiental Institucional y las acciones de la Unidad de Gestión Ambiental, por lo que es necesario que durante la ejecución del proyecto se tome en cuenta el cumplimiento de las disposiciones y legislación vigente, las cuales se citan y resumen a continuación: Ley para la Gestión Integral de Residuos, N° 8839. Establece principio de Responsabilidad compartida, Responsabilidad extendida del productor, Internalización de costos, entre otros principios que facilitan la gestión de los residuos. 7Esta sección se construyó con aportes de Andrés Alfonso Chinchilla Córdoba. Unidad de Gestión Ambiental. Dirección Administrativa y Financiera Ministerio de Hacienda. Mediante oficios DAF-UGA-008-2020_Analisis de EAS3-UGA-MH- BM. 42 Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, N° 37567-S-MINAET-H. Establece la aplicación de los criterios sustentables en la compra pública, así como los mecanismos para implementar la ponderación adicional a los oferentes que en igualdad de condiciones apliquen dichos criterios, entre ellos el de gestión integral de residuos. Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos Electrónicos de Costa Rica, Nº 35993-S. Define en su anexo 1, cuales son los residuos electrónicos, además, establece que, en caso de donaciones, la responsabilidad de garantizar que al final de su vida útil, los residuos sean entregados por el donatario a un gestor de residuos electrónicos autorizado, caso contrario el donante deberá recibirlos de vuelta para asegurar su valorización o disposición final. Reglamento para la declaratoria de residuos de manejo especial, Nº 38272-S. Define cual es la definición de residuos especiales, además detalla el listado de los mismos en el anexo 1. Asimismo, el Ministerio de Hacienda en cumplimiento a este marco jurídico y en cumplimiento a sus disposiciones internas ha establecido las siguientes acciones: − CIRCULAR DM-0004-2018. Prohibición uso de plásticos de un solo uso. − CIRCULAR DAF -012-2018. Disposición de tóner y cartuchos de tinta. − CIRCULAR DAF-008-2019. Valorización de residuos. − CIRCULAR DAF-009-2019. Prohibición de acumulación de residuos. − Gestión de residuos electrónicos no patrimoniales. Código MH-DAF-PGAI-P-02. − MH-DAF-PRO06-PCD-002 Gestión Integral de Residuos del Ministerio de Hacienda (En actualización). Ley para la Gestión Integral de Residuos No. 8839, 24 de junio del 2010. Su artículo 1, indica que, “Esta Ley tiene por objeto regular la gestión integral de residuos y el uso eficiente de los recursos, mediante la planificación y ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas, educativas, ambientales y saludables de monitoreo y evaluación.â€? Establece principio de Responsabilidad compartida, Responsabilidad extendida del productor, Internalización de costos, entre otros principios que facilitan la gestión de los residuos. Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, N° 37567-S-MINAET-H: establece la aplicación de los criterios sustentables en la compra pública, así como los mecanismos para implementar la ponderación adicional a los oferentes que en igualdad de condiciones apliquen dichos criterios, entre ellos el de gestión integral de residuos. Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos Electrónicos de Costa Rica, Nº 35993-S. Define en su anexo 1, cuales son los residuos electrónicos, además, establece que, en caso de donaciones, la responsabilidad de garantizar que al final de su vida útil, los residuos sean entregados por el donatario a un gestor de residuos electrónicos autorizado, caso contrario el donante deberá recibirlos de vuelta para asegurar su valorización o disposición final. Reglamento para la declaratoria de residuos de manejo especial, Nº 38272-S: Define cual es la definición de residuos especiales, además detalla el listado de los mismos en el anexo 1 de la misma. Reglamento para la declaratoria de residuos de manejo especial, Nº 38272-S y la Directriz Nº 011- MINAE. Estable prohibición de adquirir equipos luminarias y artefactos de baja eficiencia que provoquen alto 43 consumo de electricidad para ser utilizados en los edificios e instalaciones de tránsito peatonal que ocupe el sector público. Por otro lado, basado en las anteriores disposiciones normativas y a fin de su cumplimiento de las mismas, el Ministerio de Hacienda cuenta con un Programa de Gestión Ambiental Institucional (PGAI) el cual es un instrumento de planificación, que parte de un diagnóstico ambiental institucional, y a partir de este se priorizan y establecen medidas de prevención, mitigación, compensación o restauración de los impactos ambientales. Unidad de Gestión Ambiental depende de la Dirección Administrativa y Financiera. En respuesta a la implementación y ejecución en el Ministerio de Hacienda, del Decreto Ejecutivo Nº 36499 MINAET-MS “Sobre el Reglamento para la elaboración de programas de gestión ambiental institucional en el sector público de Costa Rica, publicado en la Gaceta No. 88 de fecha 9 de mayo del 2011â€?; la cual tiene dentro de sus funciones establecidas por el Ministerio de Hacienda, las siguientes: − Velar por mantener una mejora continua en el tema de gestión ambiental en el Ministerio. − Monitorear los impactos ambientales que genera el Ministerio de Hacienda en cada una de sus dependencias, y proponer medidas preventivas para mitigar los impactos detectados, así como prevenir la generación de nuevos impactos ambientales negativos. − Dar asesoría a las dependencias que conforman el Ministerio de Hacienda para la toma de decisiones que involucren temas ambientales. − Velar por el cumplimiento de la normativa ambiental vigente en las diferentes dependencias del Ministerio y comunicar al director de la dependencia correspondiente, con la finalidad que este priorice las acciones correctivas a tomar. La Unidad de Gestión Ambiental dentro de sus funciones operativas tiene como responsabilidad promover la implementación de la Política Ambiental Institucional y la ejecución de los Programas Ambientales en los que participa el Ministerio de Hacienda, como es el caso del Programa de Gestión Integral de Residuos. 3.6.2 Convenios internacionales. Convención sobre la Diversidad Biológica, Río de Janeiro; Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Nueva York; Protocolo de Kioto a la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático. Kioto, Convención de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. Estocolmo; Convención de Viena para la Protección de la Capa de Ozono. Viena, 22 de marzo de 1985; Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono; Convenio Regional sobre Cambios Climáticos. Guatemala, 29 de octubre de 1993. 3.7 Marco Legal para Pueblos Indígenas En relación con el tema de la defensa de los derechos humanos de los pueblos indígenas es de gran relevancia en el ámbito internacional y nacional debido a la persistente situación de desigualdad y marginación que padecen en la mayor parte del mundo, de modo que el respeto y la protección de sus 44 derechos es hoy en día un asunto de primer orden. Actualmente se cuenta con diversos instrumentos jurídicos internacionales que promueven el respeto de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas, muchos de los cuales han sido suscritos y ratificados por el Estado costarricense y de carácter obligatorio al interior de nuestro país. Ley N° 2330 de 1959 Aprobación del Convenio 107 de la OIT Reconoce derechos a las poblaciones indígenas, entre ellos el derecho a las tierras habitadas tradicionalmente. Ley N° 2825 de 1961 Ley de Creación del ITCO luego convertido en Instituto de Desarrollo agrario IDA, Deroga la Ley N° 13 de 1939 de Terrenos Baldíos y retoma el carácter inalienable de los territorios indígenas y declara como propiedad estatal las Reservas Indígenas y todas las tierras habitadas por indígenas en el país. Ley N° 5251 de 1973 Ley de creación del CONAI se encomienda a CONAI, la coordinación inter institucional para el desarrollo de las comunidades indígenas bajo. Esta ley crea la CONAI y entre los principales objetivos que tiene esta institución es promover el mejoramiento social, económico y cultural de la población indígena; servir de instrumento de coordinación entre las distintas instituciones públicas obligadas a la ejecución de obras y a la prestación de servicios en beneficio de las comunidades indígenas; velar por el respeto a los derechos de las minorías indígenas, estimulando la acción del Estado a fin de garantizar es estas poblaciones la propiedad individual y colectiva de la tierra; velar por el cumplimiento de cualquier disposición legal actual o futura para la protección del patrimonio cultural indígena, colaborando con las instituciones encargadas de estos aspectos; crear consejos locales de administración para resolver en principio los múltiples problemas de las localidades indígenas; y servir de órgano oficial de enlace con el Instituto Indigenista Interamericano y con las demás agencias internacionales que laboren en este campo Ley N° 6172 de 1977 Ley Indígena Eleva a rango de ley las Reservas Indígenas creadas mediante Decretos, declara las tierras indígenas como inalienables, imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas. Esta ley establece que las Asociaciones de Desarrollo Integral tienen la representación legal de las Comunidades Indígenas y actúan como gobierno local de éstas. Se definen como indígenas a las personas que constituyen grupos étnicos descendientes directos de las civilizaciones precolombinas y que conservan su propia identidad; adicionalmente se establecen los límites de las “reservas indígenasâ€? o territorios indígenas (Artículo 1). Se establece que las comunidades indígenas tienen plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones de toda clase. No son entidades estatales; además se declaran propiedad de las comunidades indígenas las reservas mencionadas en el artículo primero de esta ley (Artículo 2), las Comunidades Indígenas adoptarán la organización prevista en la Ley N° 3859 de la Dirección Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad y su Reglamento; dejando a las estructuras comunitarias tradicionales, a que se refiere el artículo 4° del reglamento, para que operen en el interior de las respectivas Comunidades; y las Asociaciones de Desarrollo, una vez inscritas legalmente, representarán judicial y extra judicialmente a dichas Comunidades.â€? Las reservas i ndígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan. Las reservas serán regidas por los indígenas en sus estructuras comunitarias tradicionales o de las leyes de la República que los rijan, bajo la coordinación y asesoría de CONAI (Artículo 4). 45 Esta ley fue reglamentada por el Decreto Ejecutivo No. 8487 de 26 de abril de 1978 y mediante Decreto Ejecutivo No. 13568 de 30 de abril de 1982. Asimismo, el país cuenta con los siguientes instrumentos jurídicos: â—? Ley N° 6797 de 1982 Código de Minera El artículo 8 modifica el derecho de copropiedad de las comunidades sobre los recursos del subsuelo, quedando el Estado como único propietario. â—? Ley N° 7225 de 1991 Ley de Inscripción y cedulación indígena Declara la obligación del Estado de otorgar cédulas de identidad costarricense a los Engobes. â—? Ley N° 7316 de 1992 Aprobación del Convenio 169 de la OIT Reemplaza y actualiza el Convenio 107 de la OIT, con una visión más acorde con aspiraciones de los pueblos indígenas por su autonomía, aboga por la filosofía de la “autodeterminación indígenaâ€?, que parte del reconocimiento de la cultura indígena al derecho a concebir su desarrollo y sus prioridades. Se reconocen los derechos culturales propios de los indígenas, en la misma medida con relación a otras expresiones culturales del sistema. â—? Votos varias Sala Constitucional 1993-1999, relacionados con la aplicación del Convenio 169 de la OIT Por su carácter vinculante, debido al rango supra legal de los Convenios Internacionales suscritos por Costa Rica, los votos tienen una importancia fundamental que no alcanza otra jurisprudencia sobre el tema indígena. â—? La “Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenasâ€? (ONU), aprobada por la Asamblea General de este ente en setiembre del 2007. En Costa Rica, la Declaración es fuente de derecho constitucional, ya que el sistema costarricense desde el año 1989, por medio de Ley de Reforma Constitucional N°7128, al artículo 48 establece que los instrumentos internacionales sobre derechos humanos vigentes en Costa Rica tienen igual fuerza normativa que la Constitución misma, lo que en la práctica equivale a que, en la medida en que otorguen mayores derechos o garantías a las personas, priman por sobre las disposiciones constitucionales. El Tribunal Constitucional (Sala Constitucional) ha sostenido que las Declaraciones de Derechos Humanos, pese a no haber sido aprobadas por el órgano legislativo, guardan ese carácter. â—? La Sala Constitucional ha expresado incluso el rango superior a la Constitución Política de las disposiciones de las convenciones, declaraciones o tratados de derechos humanos al enfatizar que, “… los instrumentos de Derechos Humanos vigentes en Costa Rica, tienen no solamente un valor similar a la Constitución Política, sino que en la medida en que otorguen mayores derechos o garantías a las personas, priman por sobre la Constituciónâ€? (Voto N°2313-95). â—? Decreto N° 24489-MEP de 1994 Reforma Orgánica del MEP crea el departamento de educación indígena en el Ministerio Educación Pública. â—? Reforma de Constitución 1999 Reforma artículo 76 sobre idioma oficial Reconoce el español como idioma oficial, pero reconoce los idiomas indígenas con el fin de promoverlos. 46 â—? Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas Reconoce el español como idioma, pero reconoce los idiomas indígenas con el fin de promovernos. Este proyecto está en discusión desde 1994 y pretender ser a la vez un reglamento al convenio 169 como también una norma que regula las relaciones entre pueblos indígenas y Estado. â—? Decreto Ejecutivo N° 40932-MP-MJP, denominado “Mecanismo General de Consulta a Pueblos Indígenas â—? El Decreto Ejecutivo N° 40932-MP-MJP, denominado “Mecanismo General de Consulta a Pueblos Indígenasâ€?, el cual tiene como objeto reglamentar la obligación del Poder Ejecutivo de consultar a los pueblos indígenas de forma libre, previa e informada, mediante procedimientos apropiados y a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas administrativas, proyectos de ley promovidos por el Poder Ejecutivo o proyectos privados, susceptibles de afectarles. â—? El Mecanismo General de Consulta a Pueblos Indígenas es de aplicación obligatoria para la Administración Pública Central. Sin perjuicio del principio de separación de poderes consagrado en la Constitución Política y el régimen de autonomía que corresponda de conformidad con las disposiciones legales y constitucionales pertinentes, los Poderes Legislativo y Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones, sus dependencias y órganos auxiliares, municipalidades, universidades estatales, instituciones autónomas, semiautónomas, empresas públicas, así como las empresas privadas que administran bienes públicos o ejecutan potestades públicas, podrán aplicar la presente normativa como marco de referencia para sus normas propias. â—? Directriz No. 101-P, Implementación del mecanismo general de consulta a pueblos indígenas Se ordena a la Administración Central y se instruye a la Administración Descentralizada, a aplicar los lineamientos y objetivos establecidos en el Mecanismo General de Consulta Pueblos Indígenas, Decreto Ejecutivo N° 40932 -MP--MJP. â—? Directriz N° 31. Creación de oficinas públicas especializadas en atención a los ciudadanos y asociaciones de desarrollo indígenas, en Instituciones Centralizadas y Descentralizadas. Dada la cobertura nacional de este Proyecto, adicionalmente a la normativa nacional referida a pueblos indígenas, también aplica la política de pueblos indígenas del Banco Mundial (Estándar 7) Esta política contribuye al cumplimiento de la misión del Banco Mundial de reducir la pobreza y lograr un desarrollo sostenible, asegurando que el proceso de desarrollo se lleve a cabo con respeto de la dignidad, derechos, economías y culturas de los Pueblos Indígenas. 3.7.1 Marco normativo vigente en materia de consulta indígena en Costa Rica En un sentido amplio, la finalidad de la consulta es integrar a los pueblos indígenas en la formulación de políticas públicas que puedan afectar sus derechos colectivos. Este deber de consultar a esta población se origina en una serie de tratados internacionales en materia de 47 derechos humanos que han sido suscritos por el Estado costarricense. En primera instancia, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Costa Rica en 1970, y la jurisprudencia emanada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de consulta a pueblos indígenas. Por otra parte, el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo, suscrito por el Estado en 1993. Finalmente, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, firmada por Costa Rica en el año 2007. Instrumentar el derecho a la consulta significa robustecer mucho más la estructura estatal en pro de los derechos indígenas plasmados en el Convenio 169, y realzar los objetivos del mismo: mantener y fortalecer sus culturas e instituciones propias, y el derecho a participar de manera efectiva en las decisiones que les afectan. Sobre el particular, el artículo 6.1 del Convenio n. 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT, establece el deber de los Gobiernos de: “(...) a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente; b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les concierne; (...)â€? En el año 2015, la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, se reforma el Artículo 1 de la Constitución Política, estableciendo lo siguiente: "Artículo 1.- Costa Rica es una República democrática, libre, independiente, multiétnica y pluricultural." Mediante la Directriz Ejecutiva N ÌŠ 042-MP denominada “Construcción del Mecanismo de Consulta a Pueblos Indígenasâ€?, se procuró la construcción de un mecanismo que cumpla con los estándares internacionales, el cual establece un proceso de articulación entre el Gobierno y las instituciones de gobierno que se vinculen a los asuntos indígenas según su competencia, para construir el mecanismo. En atención a este deber internacional del Estado costarricense, se creó el Decreto Ejecutivo N° 40932- MP-MJP, denominado “Mecanismo General de Consulta a Pueblos Indígenasâ€?, el cual tiene como objeto reglamentar la obligación del Poder Ejecutivo de consultar a los pueblos indígenas de forma libre, previa e informada, mediante procedimientos apropiados y a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas administrativas, proyectos de ley promovidos por el Poder Ejecutivo o proyectos privados, susceptibles de afectarles. El Mecanismo General de Consulta a Pueblos Indígenas es de aplicación obligatoria para la Administración Pública Central. Sin perjuicio del principio de separación de poderes consagrado en la Constitución Política y el régimen de autonomía que corresponda de conformidad con las disposiciones legales y constitucionales pertinentes, los Poderes Legislativo y Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones, sus dependencias y órganos auxiliares, municipalidades, universidades estatales, instituciones autónomas, 48 semiautónomas, empresas públicas, así como las empresas privadas que administran bienes públicos o ejecutan potestades públicas, podrán aplicar la presente normativa como marco de referencia para sus normas propias. Para cumplir con este fin, el Gobierno debe garantizar que las personas indígenas cuenten con la información pertinente y de naturaleza comprensible para los participantes, dotándolos de los recursos y asesoría necesarios. Además, se dispone del tiempo suficiente para que, a lo interno de cada territorio, se pueda deliberar sobre los temas bajo análisis, logrando así una participación informada y efectiva. Como premisa general, se somete a consulta con los pueblos indígenas las medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectar sus derechos. Esta consulta se realiza mediante la Unidad Técnica de Consulta Indígena, como órgano del Ministerio de Justicia y Paz, encargado de la gestión técnica y financiera de los procesos de Consulta Indígena, para los efectos exclusivos de las Consultas a pueblos indígenas. El Ministerio de Justicia y Paz, a través de la UTCI, ejerce la rectoría del proceso en todas sus etapas. 3.8 Marco Legal para la población afro descendiente8 Si bien Costa Rica cuenta con la Ley número 2694 de 1960, “Ley anti discriminaciónâ€?, donde se prohíbe toda suerte de discriminación, –incluyendo las de índole racial-, que limite la igualdad de oportunidades en lo referente al empleo u ocupación. Esta ley se nutre de los principios establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Convenio III y la Recomendación del mismo número de la Organización Internacional del Trabajo, sobre discriminación en materia de empleo y ocupación, a efectos de impedir que ocurran situaciones que impliquen discriminación. En relación con la población afro descendiente sus esfuerzos son recientes. Sumada a esta Ley, se cuentan con los siguientes instrumentos que promocionan y protegen sus derechos: â—? Ley número 2694 de 1960, “Ley anti discriminaciónâ€?, donde se prohíbe toda suerte de discriminación, –incluyendo las de índole racial-, que limite la igualdad de oportunidades en lo referente al empleo u ocupación. Esta ley se nutre de los principios establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Convenio III y la Recomendación del mismo número de la Organización Internacional del Trabajo, sobre discriminación en materia de empleo y ocupación, a efectos de impedir que ocurran situaciones que impliquen discriminación. â—? Decreto Ejecutivo número 11938-E del 8 de octubre de 1980 establecido por el presidente de la República y el Ministerio de Educación Pública, que declara la celebración del “Día del Negroâ€?, el día 31 de agosto de cada año.6. Ley número 7426, del 21 de setiembre de 1994, que sustituye el Día de la Raza, por el “Día de las Culturasâ€? y le señala al Estado costarricense la obligación de “enaltecer el carácter pluricultural y multiétnico del pueblo costarricenseâ€?, y específicamente agrega, en su artículo 8Presidencia de la República. 2015-2018. Comisionado para Asuntos de la Afro descendencia. Plan Nacional de Afro descendientes. Plan de Acción Decenio para la Afro descendencia Costa Rica. Con el apoyo del Sistema de las Nacional Unidas de Costa Rica. Disponible en: https://presidencia.go.cr/wp-content/uploads/2015/10/PLAN- AFRODESCENDENCIA-DIAGRAMADO.pdf 49 3, que en los “programas de estudios del primer y segundo ciclosâ€?, se deberá incluir todos los componentes culturales y étnicos “acordes con el carácter pluricultural y multiétnico del pueblo costarricenseâ€?. â—? Ley número 7711, de 1997 “Ley de eliminación de la discriminación racial en los programas educativos y en los medios de comunicaciónâ€?, donde se ordena al Consejo Superior de Educación revisar los textos escolares con el fin de eliminar cualquier forma de discriminación y a la vez incorporar elementos de la cultura y la historia de los afrodescendiente. Esta ley también prohíbe la difusión de contenidos racistas en los medios de comunicación escrita, radial y televisiva. â—? Ley 8054 de 2000 “Ley de la diversidad étnica y lingüísticaâ€?, donde se crea, el Día Nacional de la Diversidad Étnica y Lingüística, con el objetivo de poner de manifiesto la importancia de las minorías étnicas y lingüísticas en el desarrollo nacional y su contribución al impulso del arte, la educación, la cultura, las letras y las tradiciones. â—? Ley número 8107 de 2001 en el cual se adiciona al Código de Trabajo un capitulo único de la prohibición de la discriminación por razones de edad, etnia, género y religión. â—? Decreto número 32338-MEP, de 2005 para el “Establecimiento de la Comisión Nacional de Estudios Afro Costarricensesâ€?, la cual tiene entre otras funciones, la de integrar en el proceso educativo nacional, la cosmovisión, filosofía y pensamientos del grupo cultural afro costarricense. â—? Ley número 8938, del 2011, donde se declara el día 31 de agosto, de cada año, como “Día de la Persona Negra y la Cultura Afro costarricenseâ€?, con el objeto de que se incluyera en el calendario escolar para que fuese celebrado al igual que otros acontecimientos de relevancia nacional. â—? Decreto ejecutivo 36776-RE del 30 de setiembre del 2011, se crea la “Comisión Interinstitucional para el Seguimiento e Implementación de las Obligaciones Internacionales de Derechos Humanos (CCIIDDHH), la cual cumplirá un papel fundamental en la elaboración y promulgación de la Política Nacional para una Sociedad Libre de Racismo. Posteriormente, en concordancia la resolución N° A/RES/68/237 emitida por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la cual proclamó el Decenio Internacional de los Afrodescendientes 2015-2024, con el tema “Afrodescendientes: reconocimiento, justicia y desarrolloâ€?, realizada en el 2013. Ha venido realizando esfuerzos orientados al pleno disfrute de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos de las personas de ascendencia africana, y su plena e igualitaria participación en todos los aspectos de la sociedad. En el marco de dicha declaratoria, en el 2014 se emitió la “Política Nacional para una Sociedad Libre de Racismo, Discriminación Racial y Xenofobia 2014-2025â€? y su Plan de Acción, con el propósito de propiciar las condiciones para que Costa Rica sea una sociedad libre de racismo, discriminación racial y xenofobia. Decreto número 38114 de febrero de 2014 donde se aprueba la Política Nacional para una sociedad libre de racismo, discriminación racial y xenofobia 2014-2015 y su Plan de Acción. 50 Decreto legislativo número 9223 de marzo de 2014 sobre el “Reconocimiento de los Derechos de los Habitantes del Caribe Surâ€? 15. Decreto número 38629-MCJ-MEP de setiembre de 2014 que declara la Puebla de los Pardos como sitio de asiento histórico del afro descendiente en Costa Rica. En este marco el Gobierno de Costa Rica emitió el Decreto N° 38835-RE, creando la figura de Comisionado de la Presidencia de la República para Asuntos Relacionados con la Comunidad Afro costarricense, con la función primordial de articular y coordinar con las instituciones de gobierno, la representación nacional e internacional en aquellos temas que fortalezcan el desarrollo de la cultura afrodescendiente Así mismo se emite la Directriz N° 022-P que da origen al “Plan Nacional para Afrodescendientes 2015-2018, Reconocimiento, Justicia y Desarrolloâ€? que tiene por objeto reducir la brecha en las condiciones de vida de la población afrodescendiente respecto al resto de la población del país, así como consolidar las actividades que las diversas instancias deben llevar a cabo para dar cumplimiento a sus objetivos. Posteriormente, se construyó el Plan Nacional de Salud para Personas Afrodescendientes 2018-2021, su objetivo es Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población afrodescendiente mediante la articulación intersectorial e interinstitucional de acciones con enfoque intercultural y desde el abordaje de los determinantes sociales de la salud.9 3.9 Marco Legal para Población Vulnerable El marco legal que promociona u protege los derechos de población considerada vulnerable en Costa Rica es robusto, a continuación, sin intentar ser exhaustivo se enlistan los principales con algún grado de vinculación con el Proyecto. 3.9.1 Principales instrumentos internacionales ratificados por Costar Rica y vinculantes con el Proyecto. Costa Rica ha ratificado un conjunto de instrumentos jurídicos internacionales a favor de la población vulnerable, pueblos indígenas, afro descendientes y personas con discapacidad. Estos son: Convenio sobre igualdad de remuneración; Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales (Convenio 159); Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la mujer; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Convenio sobre la Discriminación (empleo y ocupación); Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial Convención Internacional sobre la protección de derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares; Convención sobre los Derechos del Niño; Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía; Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos 9Ministerio de Salud Pública (2018). Plan Nacional de Salud para Personas Afro descendientes 2018-2021. Elaborado con OPS-OMS-Gobierno de la República y el Ministerio de Salud. Disponible en: https://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/biblioteca-de-archivos/sobre-el-ministerio/politcas-y-planes-en- salud/planes-en-salud/3909-plan-nacional-de-salud-para-personas-afrodecendientes/file 51 3.9.2 Principales políticas públicas referidas a población considerada en condiciones de vulnerabilidad. La tabla N. 1 contiene una lista las principales políticas públicas vinculadas con poblaciones vulnerables y con la naturaleza del Proyecto. se presenta un listado de las principales políticas públicas que existen en Costa Rica que promocionan o protegen los derechos de las personas considerada en condición de vulnerabilidad. Asimismo, es de interés indicar que más adelante el apartado referido a la situación de esta población se brinda mayor detalle de cada una de estas y seguido a la tabla algunas consideraciones en cuanto a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Tabla 1. Políticas públicas relacionadas directamente con poblaciones vulnerables Nombre de la política pública Vigencia â—? Política Nacional para la Igualdad y Equidad de Género (PIEG) 2018-2030 â—? Política Nacional para la Atención y Prevención de la Violencia Intrafamiliar 2017-2032 (PLANOVI) â—? Política Nacional para una sociedad libre de racismo, discriminación racial y 2014-2025 Xenofobia â—? Política Nacional en Discapacidad (PONADIS) y su Plan de Acción 2011-2021 â—? Política Nacional de Niñez y Adolescencia 2009-2021 â—? Política Pública de la Persona Joven y su Plan de Acción 2014-2019 â—? Política Nacional de Salud 2016-2020 â—? Política Nacional de Salud Mental 2012-2021 â—? Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2011-2021 â—? Política Nacional de Sexualidad 2010-2021 â—? Agenda Nacional de Niñez y Adolescencia 2015-2021 â—? Agenda 2030 para el Desarrollo Sustentable Vigente â—? Política Institucional de Igualdad y Equidad de Género Caja Costarricense del 2010-2020 Seguro Social â—? Política Institucional para la Igualdad y Equidad de género Tribunal Supremo Vigente de Elecciones â—? Programas articulados para la reducción de la desigualdad social y la garantía Vigente de derechos de la población en pobreza â—? Programa de dotación de infraestructura para contribuir a la reducción de la Vigente desigualdad social y el desarrollo en los distritos prioritarios. â—? Programa para la implementación de la Política Nacional para la Igualdad y la Vigente Equidad (PIEG39) y el Plan Nacional de Atención contra la Violencia (PLANOVI). â—? Política para Pueblos Indígenas En construcción â—? 2015-2018. Plan de Acción Decenio para la Afro descendencia Costa Rica. En actualización Fuente: Adaptación y actualización para efectos de la presente Evaluación Social y Ambiental. Secretaría Técnica de los ODS. (2016). Fuente original: Estado de ratificaciones en la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (2017), Ratificaciones de Costa Rica en la Organización Internacional del Trabajo 52 (2018) y Tratados Multilaterales Interamericanos en OEA (2017). Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Costa Rica cuenta con un marco jurídico e institucional orientado a la inclusión de los sectores sociales vulnerables o históricamente excluidos. En este marco, el Proyecto se alinea a estos esfuerzos del Estado Costarricense y es por esa razón que considera la priorización de temas y acciones que los grupos en condición de vulnerabilidad manifestaron en el 2016. Esta información se detallará más adelante en el apartado de análisis de la situación de las mismas. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, ratifica y retoma los Objetivos de Desarrollo del Milenio y pretende alcanzar aquellos que no se han logrado. Procura, además, hacer realidad los derechos humanos de todas las personas y alcanzar la igualdad entre los géneros como el empoderamiento de todas las mujeres y niñas. Los Objetivos de Desarrollo del Milenio son 17 y fueron definidos en el 2015 por la Asamblea Nacional de las Naciones Unidas, la cual está conformada por 193 naciones del mundo entre ellas Costa Rica. Estableció un plan de acción para 15 años. Los objetivos son los siguientes: â—? Objetivo 1. Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo. â—? Objetivo 2. Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible. â—? Objetivo 3. Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades. â—? Objetivo 4. Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos. â—? Objetivo 5. Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas. â—? Objetivo 6. Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todas las personas. â—? Objetivo 7. Garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna para todas las personas â—? Objetivo 8. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todas las personas â—? Objetivo 9. Construir infraestructuras recipientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación â—? Objetivo 10. Reducir la desigualdad en y entre los países. Objetivo 11. Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, recipientes y sostenibles. â—? Objetivo 12. Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles. â—? Objetivo 13. Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos. â—? Objetivo 14. Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible. â—? Objetivo 15. Proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad. â—? Objetivo 16. Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todas las personas y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas. 53 â—? Objetivo 17. Fortalecer los medios de ejecución y revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible â—? La Agenda trabaja en 5 esferas de incidencia (personas, planeta, prosperidad, paz y las alianzas); así mismo, está orientada por 6 principios (No dejar a nadie atrás, Universalidad, Integridad e indivisibilidad de los ODS, Enfoque inclusivo y participativo, Apropiación Nacional, Enfoque basado en Derechos Humanos). La gráfica No.1 contiene un detalle de los mismos. Gráfica No.1. Principios de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. • Los Estados deben realizar esfuerzos para llegar primero a aquellas personas que se encuentran en condiciones de exclusión y vulnerabilidad, como las mujeres, indígenas, afrodescendientes, personas con discapacidad, personas No dejar a nadie atrás adultas mayores, jóvenes, LGBTIQ, migrantes, refugiadas, rurales y periurbanas, entre otros. Ello implica el análisis de políticas, legislación y estrategias nacionales, sectoriales y locales, para la inclusión e impacto, en estos grupos poblacionales • La Agenda 2030 considera el involucramiento de todos los países, tomando en cuenta sus realidades nacionales, capacidades y niveles de desarrollo, así como sus políticas y prioridades nacionales. Los esfuerzos para convertir las Universalidad metas en acciones nacionales deben ser guiadas por las aspiraciones globales de la Agenda 2030, peroteniendo encuentra la propia estrategia de desarrollo del país y sus • prioridades. La implementacioÌ? n de la Agenda 2030 debe tomar en consideracioÌ? n la interconexioÌ? n entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible, sus metas y las tres dimensiones del desarrollo sostenible de forma integrada (social, Integralidad e econoÌ? mica y ambiental). Ello implica analizar coÌ? mo se indivisibilidad de los ODS estaÌ? n diseñ ando y aplicando las poliÌ?ticas de desarrollo para reflejar esa integracioÌ? n e interconexioÌ? n (no seleccionando cada objetivo de forma aislada) a la luz de las sinergias programaÌ? ticas, presupuestarias y sectoriales para maximizar recursos y esfuerzos. • La Agenda 2030 implica la participacioÌ? n de todos los actores y todas las personas representantes de las Enfoque inclusivo y poblaciones en mayores condiciones de vulnerabilidad y exclusioÌ? n de la sociedad en el proceso de planificacioÌ? n, de participativo adaptacioÌ? n de los ODS al contexto nacional, regional y local, de implementacioÌ? n, de monitoreo y de rendicioÌ? n de cuentas. • Agenda 2030 y sus 17 Objetivos tendraÌ? n que adaptarse al contexto de cada paiÌ?s para definir metas nacionales, Apropiación nacional abordando vectores estructurales, al tiempo que se mantiene un margen de maniobra para establecer poliÌ?ticas y prioridades nacionales. • Los ODS aspiran a liberar a las personas del miedo y la Enfoque basado en escasez, lo que solo es posible si los gobiernos respetan, salvaguardan y promueven todo el abanico de derechos Derechos Humanos humanos bajo los principios de universalidad, igualdad y no discriminacioÌ? n. Fuente: Adaptación y actualización. Secretaría Técnica de los ODS. (2016). Fuente original: Estado de 54 ratificaciones en la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (2017), Ratificaciones de Costa Rica en la Organización. El Enfoque basado en Derechos humanos se basa a su vez en seis principios, los cuales se detallan en la siguiente gráfica y los mismos han sido considerados en este Proyecto para su inclusión de las poblaciones en condición de vulnerabilidad. Gráfica No,2. Principios del Enfoque de Derechos Humano Universalidad. Los derechos humanos pertenecen a todas las personas sin discriminación alguna, independientemente del sexo, edad, nacionalidad, estatus migratorio, opinión política, creencia religiosa, orientación sexual e identidad y/o expresión del género. Interdependencia: Los derechos humanos se relacionan entre sí de manera recíproca, de manera que el disfrute de un derecho depende de que otro derecho se realice. Indivisibilidad: Los derechos humanos no pueden tomarse como elementos aislados, negando cualquier separación y jerarquía. Igualdad y no discriminación: Todas las personas son iguales como seres humanos, en virtud de la dignidad instrínseca de cada persona, debiendo garantizárseles sus derechos humanos sin distinción alguna por color, sexo, origen étnico, edad, idioma, opinión política, nacionalidad, discapacidad, posición económica, orientación sexual e identidad y/o expresión del género. Participación e inclusión: Las personas y los pueblos tienen derecho a participar activa, libre y significativamente en el desarrollo civil, económico, social, cultural y político en que se puedan realizar sus derechos humanos y libertades fundamentales. Rendición de cuentas y estado de derecho: Se deben cumplir las normas legales consagradas e instrumentos de derechos humanos. En caso de no hacerse, las personas podrán iniciar procesos de reparación ante tribunales y juzgados competentes. Fuente: Adaptación y actualización. Secretaría Técnica de los ODS. (2016). Fuente original: Estado de ratificaciones en la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (2017), Ratificaciones de Costa Rica en la Organización 55 3.9.3. Marco Legal que Protege a Personas con Discapacidad Dentro del marco jurídico costarricense se contempla un conjunto de normas a favor de los derechos de las poblaciones con discapacidad. A continuación, se detallan las más importantes: â—? "Constitución Política de la República de Costa Rica" emitida en fecha 7 de noviembre de 1949; (artículos 140 incisos 3), 8), 18) y 20), y 146) â—? Ley N° 8661, "Ley de Aprobación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo", emitida en fecha 19 de agosto de 2008 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 187 de fecha 29 de setiembre de 2008; â—? La Ley N° 7948, "Ley de Aprobación a la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad", emitida en fecha 22 de noviembre de 1999 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 238 de fecha 8 de diciembre de 1999; â—? "Ley General de la Administración Pública", emitida en fecha 2 de mayo de 1978 y Diario Oficial La Gaceta N° 102 de fecha 30 de mayo de 1978, Alcance N° 90 y sus reformas; â—? El artículo 50 de la Ley N° 7600, "Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad", emitida en fecha 02 de mayo de 1996 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102 de fecha 29 de mayo de 1996 y sus reformas; en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley N° 9303, â—? "Ley de Creación del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad", emitida en fecha 26 de mayo de 2015 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 123 de fecha 26 de junio de 2015; el artículo 3 de la Ley N° 8642, â—? El artículo 177 del Decreto Ejecutivo N° 26831, "Reglamento a la Ley de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad", emitido en fecha 23 de marzo de 1998 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 75 de fecha 20 de abril de 1998; el Decreto Ejecutivo N° 34780-RE, "Ratificación de la República de Costa Rica a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo", emitido en fecha 29 de setiembre de 2008 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 208 de fecha 28 de octubre de 2008. La rectoría del CONAPDIS en relación con la población con alguna discapacidad. En Costa Rica, el (CONAPDIS)10 es el ente rector en discapacidad, responsable de promover, fiscalizar el cumplimiento de los derechos humanos de la población con discapacidad, para fomentar su desarrollo inclusivo en todos los ámbitos de la sociedad. Su visión es “Ser una institución innovadora y visionaria, referente en la efectiva promoción y protección de los derechos humanos de la población con discapacidad.â€? Esta instancia fue creada mediante "Ley de Creación del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad", emitida en fecha 26 de mayo de 2015 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 123 de fecha 26 de junio de 2015; la cual en su primer artículo que, “ARTÃ?CULO 1.- Se crea el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad, en adelante 10Los datos sobre el CONAPDIS fueron tomados de su WEB. Ubicaciónhttp://www.conapdis.go.cr/el_conapdis/index.aspx 56 CONAPDIS, como rector en discapacidad, el cual funcionará como un órgano de desconcentración máxima y personalidad jurídica instrumental, adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social…â€?. Asimismo, se dicta que, “El Comandos tendrá la estructura administrativa que se defina vía reglamento y contará con su propia auditoría interna, de conformidad con la Ley N.º 8292, Ley General de Control Interno, de 31de julio de 2002, y la Ley N.º 7428, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, de 7 de setiembre de 1994.â€?. Los fines del CONAPDIS11 son los siguientes a) Fiscalizar el cumplimiento de los derechos humanos y las libertades fundamentales de la población con discapacidad, por parte de las entidades públicas y privadas. b) Regir la producción, ejecución y fiscalización de la política nacional en discapacidad, en coordinación con las demás instituciones públicas y organizaciones de personas con discapacidad, en todos los sectores de la sociedad. c) Promover la incorporación plena de la población con discapacidad a la sociedad. d) Asesorar a las organizaciones públicas y privadas que desarrollen o presten servicios a la población con discapacidad, coordinando sus programas o servicios. e) Orientar, coordinar y garantizar la armonización de criterios, protocolos de atención, políticas de cobertura y acceso, estándares de calidad y articulación de la red de servicios a la población con discapacidad, para el cumplimiento de los principios de equidad, solidaridad y transversalidad. En correspondencia a estos fines, sus funciones12 son: a) Servir como instancia asesora entre las organizaciones públicas y privadas coordinando los programas o servicios que presten a la población con discapacidad. b) Fiscalizar y evaluar el cumplimiento de la normativa nacional e internacional vigente en relación con los derechos de las personas con discapacidad, por parte de todos los poderes del Estado y de las organizaciones e instituciones públicas y privadas. Los criterios que emita el CONAPDIS, en el ámbito de su competencia, serán vinculantes para los sujetos sometidos a su control o fiscalización. c) Coordinar la formulación de la política nacional de discapacidad garantizando la participación de los diversos representantes de la institucionalidad pública, las personas con discapacidad y las 11 Art.2. Ley de Creación del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad", emitida en fecha 26 de mayo de 2015 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 123 de fecha 26 de junio de 2015 12 Art. 3 Ley de Creación del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad", emitida en fecha 26 de mayo de 2015 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 123 de fecha 26 de junio de 2015 57 organizaciones de personas con discapacidad legalmente constituidas, de forma articulada con las demás políticas y los programas del Estado, evitando duplicidades y utilizando de forma óptica los recursos económicos y humanos disponibles. d) Coordinar, orientar y articular la provisión de recursos de los programas sociales selectivos y de los servicios de atención directa a personas con discapacidad, minimizando la duplicidad y dando énfasis a los sectores de la población que se encuentran en condiciones de mayor vulnerabilidad y pobreza. e) Promover la inclusión de contenidos sobre derechos y la equiparación de oportunidades de participación para la población con discapacidad en todos los ámbitos de la sociedad y en la formación técnica y profesional en todo nivel (para universitario, universitario y en todas las profesiones), en coordinación con las entidades públicas y privadas que tengan a su cargo la preparación de personal profesional, técnico y administrativo. f) Promover y velar por la inclusión laboral de persona con discapacidad en los sectores público y privado, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y otros servicios de intermediación de empleo, así como velar por su cumplimiento. g) Brindar asesoramiento a las dependencias del sector público y a los gobiernos locales en la constitución de las comisiones municipales de accesibilidad y discapacidad (Comed) y de las comisiones institucionales sobre accesibilidad y discapacidad (CIAD), así como fiscalizar y apoyar su adecuado funcionamiento. h) Coordinar, con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), la inclusión de la variable discapacidad en los censos de población, las encuestas de hogares y cualquier otro instrumento de medición en los censos o estudios de población que realicen, para contar con datos confiables sobre la situación y las condiciones reales de la población con discapacidad. i) Brindar capacitación, información y asesoramiento sobre los derechos y las necesidades de la población con discapacidad. j) Informar a la sociedad sobre los derechos, las capacidades, las necesidades y las obligaciones de las personas con discapacidad, a fin de coadyuvar en el proceso de cambio social y el mejoramiento de la imagen de este grupo de la población. k) Gestionar, en coordinación con los ministerios respectivos, la provisión anual de los fondos necesarios para la atención debida de los programas que benefician a la población con discapacidad, asegurando su utilización para los fines establecidos. l) Brindar asesoramiento legal a las personas con discapacidad sobre el ejercicio de los derechos tutelados en la normativa nacional e internacional vigente sobre discapacidad. m) Coadyuvar en los procesos de consulta a la población con discapacidad y sus organizaciones, sobre legislación, planes, políticas y programas, en coordinación con las diferentes entidades públicas o privadas y los demás poderes del Estado. 58 n) Desarrollar procesos que animen el involucramiento de los medios de comunicación en la difusión y proyección de una imagen respetuosa y positiva de las personas con discapacidad. ñ) Todas aquellas otras funciones y obligaciones derivadas de la Ley N.º 7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 2 de mayo de 1996, y la demás normativa nacional e internacional vigente. o) Todas aquellas otras funciones y obligaciones derivadas de la Ley N.º 8661, Aprobación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de 19 de agosto de 2008, y su Protocolo, por lo que será el órgano coordinador de su aplicación. p) Las demás que establezca el reglamento de la ley de su creación Es de interés indicar que en su organización el CONAPDIS cuenta con una Junta Directiva13, el cuales su órgano máximo. Este CONAPDIS está conformado por 11 miembros propietarios y cada uno con su suplente, los cuales provienen de sectores mixtos (estatal y privado), dentro del os primeros están las siguientes instituciones: MEP, MTSS, MOPT, MICITT, CCSS, INA e IMAS; así como, de 4 representantes de organizaciones de personas con alguna discapacidad. Políticas a favor de la población con alguna discapacidad. â—? La Directriz No. 051-MTSS –MICIT obliga a que sitios WEB sean accesibles para personas con discapacidad, cuyo objetivo es “… es requerir a los órganos, entes, instituciones y empresas que conforman el Sector Público que, les resulte obligatoria la presente Directriz, conforme lo dispuesto en el artículo 4 de ésta, así como a los que voluntariamente se acojan a sus parámetros, la utilización de criterios de accesibilidad establecidos en la norma WCAG 2.1 "Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web" y sus posteriores versiones, en las páginas de sus sitios web, facilitando a las personas con discapacidad el acceso a la información y a las Tecnologías de Información y Conocimiento (TIC), de manera oportuna y sin costo adicional al usuario final, en formatos accesibles y con las tecnologías adecuadas a los diferentes tipos de discapacidad, con el objeto de garantizar la igualdad real de oportunidades y trato, evitando así todo tipo de discriminación.â€? Amparada el marco jurídico indicado, más las siguientes: â—? La Ley N° 8100, "Ley de Aprobación de la Constitución y Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (Firmado en Ginebra el 22 de diciembre de 1992) y el instrumento de enmienda a la Constitución y al Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (Kioto 1994)", emitida en fecha 4 de abril de 2002, y publicada en el Alcance N° 44, al Diario Oficial La Gaceta N° 114 de fecha 14 de junio de 2002; â—? La Resolución N° 70 de la Asamblea Mundial de Normalización de las Telecomunicaciones, Amante 2016, de la Unión Internacional de Telecomunicaciones; y en razón de lo dispuesto en los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2subincisos a) y b), 99 y 100 de la Ley N° 6227, 13Se recomienda referirse para mayor detalle en cuanto a esta Junta Directiva a los artículos 4, 5, 6 y 7 la Ley de creación del este Concejo; asimismo, en el artículo 8 de se detalla las funciones de la Junta Directiva. 59 â—? "Ley General de Telecomunicaciones", emitida en fecha 4 de junio de 2008 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N°125 de fecha 30 de junio de 2008 y sus reformas; los artículos 39 y 40 de la Ley N° 8660, â—? "Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones", emitida en fecha 8 de agosto de 2008 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 156 de fecha 13 de agosto de 2008, Alcance N° 31 y sus reformas; â—? Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones 2015-2021: "Costa Rica: una sociedad conectada", emitido en fecha 5 de octubre de2015. 3.10 Participación Ciudadana La participación pública en Costa Rica está amparada a los principios jurídicos de transparencia, publicidad, información, participación ciudadana, representación, por indicar los principales. A continuación, se presentan algunas consideraciones normativas. Constitución Política de la República de Costa Rica. Existe varios artículos que referidos a la participación ciudadana. Estos son: â—? Artículo 1- Costa Rica es una República democrática, libre, independiente, multiétnica y pluricultural.; â—? Artículo 4- Ninguna persona o reunión de personas puede asumir la representación del pueblo, arrogarse sus derechos, o hacer peticiones a su nombre. La infracción a este artículo será sedición; â—? Artículo 7- Los tratados públicos, los convenios internacionales y los concordatos, debidamente aprobados por la Asamblea Legislativa, tendrán desde su promulgación o desde el día que ellos designen, autoridad superior a las leyes. Los tratados públicos y los convenios internacionales referentes a la integridad territorial o la organización política del país, requerirán aprobación de la Asamblea Legislativa, por votación no menor de las tres cuartas partes de la totalidad de sus miembros, y la de los dos tercios de los miembros de una Asamblea Constituyente, convocada al efecto. Nota: Reformado el artículo 7 por la Ley N.° 4123 de 31 de mayo de 1968, publicada en el tomo II de la Colección de Leyes y Decretos de 1968. â—? Artículo 9- El Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y responsable. Lo ejercen el pueblo y tres Poderes distintos e independientes entre sí. El Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Ninguno de los Poderes puede delegar el ejercicio de funciones que le son propias. Un Tribunal Supremo de Elecciones, con el rango e independencia de los Poderes del Estado, tiene a su cargo en forma exclusiva e independiente la organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al sufragio, así como las demás funciones que le atribuyen esta Constitución y las leyes. Por su parte, los artículos 27 y 30 garantizan los derechos fundamentales de petición y acceso a la información pública, que son fundamentales para el desarrollo y fortalecimiento de la democracia representativa y participativa en tanto que permite a la sociedad civil analizar, juzgar y evaluar íntegramente los actos de sus representantes y estimula la transparencia en los actos de la administración pública del 60 Estado. () A continuación, el detalle, â—? Artículo 27.- Se garantiza la libertad de petición, en forma individual o colectiva, ante cualquier funcionario público o entidad oficial, y el derecho a obtener pronta resolución. â—? Artículo 28.- Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley. Las acciones privadas que no dañen la moral o el orden públicos, o que no perjudiquen a tercero, están fuera de la acción de la ley. No se podrá, sin embargo, hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio, de creencias religiosas. â—? Artículo 29.- Todos pueden comunicar sus pensamientos de palabra o por escrito, y publicarlos sin previa censura; pero serán responsables de los abusos que cometan en el ejercicio de este derecho, en los casos y del modo que la ley establezca. â—? Artículo 30.- Se garantiza el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público â—? Artículo 30.- Se garantiza el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público. Quedan a salvo los secretos de Estado. â—? Artículo 33.- Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana. â—? Artículo 50.- El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. â—? Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrínjase el derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientes. â—? Artículo 71.- Las leyes darán protección especial a las mujeres y a los menores de edad en su trabajo. â—? Artículo 90.- La ciudadanía es el conjunto de derechos y deberes políticos que corresponde a los costarricenses mayores de dieciocho años. Toda persona habitante de Costa Rica tiene derechos que se protegen en la Constitución Política y que son fundamentales para garantizar la participación activa en la vida del país. Algunos son: el derecho de asociarnos con fines legales, de reunirnos pacíficamente, el derecho de discutir sobre asuntos políticos y sobre funcionarios públicos, el derecho de solicitar información pública y tener pronta respuesta, el derecho de opinar y comunicar nuestras ideas y opiniones. 14 14 Castro Ã?vila, Ana Mariela. Participación ciudadana en democracia: espacios y mecanismos / Ana Mariela Castro 61 Convención Americana sobre Derechos Humanos Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto de San José, establece que "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección". En Costa Rica, ciudadanía tiene el derecho a exigir transparencia en las acciones que realizan las instituciones de Gobierno, a que los servicios e información que brindan estas instituciones sean accesibles, o sean fáciles de comprender y de utilizar, pero además tenemos derecho a que esas instituciones escuchen nuestras ideas, demandas y necesidades3. Incluso se ha diseñado una serie de mecanismos que nos permiten participar activamente defendiendo estos derechos cuando sentimos que no se cumplen. Convenio Marco para Promover un Estado Abierto. Convenio Marco para Promover un Estado Abierto de la República de Costa Rica entre el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Tribunal Supremo De Elecciones Indica que, “Que el gobierno de Costa Rica se incorporó en el año 2012 a la iniciativa multilateral Alianza para el Gobierno Abierto (Open Jovenmente Partnership), que promueve que los países miembros establezcan compromisos concretos en materia de transparencia y acceso a la información pública, ética de la función 1 pública, lucha contra la corrupción, participación ciudadana y promoción de la innovación utilizando las tecnologías de la información y comunicación.â€?15 En Costa Rica se cuenta además con un conjunto de instrumentos de participación, entre estos: Recursos de amparo, Acciones de constitución; Oficina de Iniciativa popular en la Asamblea Legislativa y Referéndum. Asimismo, se cuenta con mecanismos institucionales de participación, tales como la Contraloría de Servicios) 16 ; Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos 17 ; Defensoría de los Habitantes18; Defensoría del Consumidos19.; asimismo, se cuenta con Mecanismos sociales de participación Ã?vila; Gina Sibaja Quesada. -- Primera edición.-- San José, Costa Rica : Instituto de Formación y Estudios en Democracia,2016. 15 Convenio Marco para Promover un Estado Abierto de la República De Costa Rica Entre El Poder Ejecutivo, El Poder Legislativo, El Poder Judicial Y El Tribunal Supremo de Elecciones . Disponible en: https://presidencia.go.cr/wp- content/uploads/2017/03/Convenio-Estado-Abierto-Versio%CC%81n-Oficial.pdf 16 Las instituciones públicas tienen Contralorías de Servicios, dentro de las cuales está el Ministerio de Hacienda. Castro (2016) indican que, estos órganos tienen como objetivo promover la mejora continua y la calidad de los servicios que brindan las organizaciones, con la participación de las personas usuarias; así como, la responsabilidad el recibir, tramitar, resolver y dar seguimiento de toda inconformidad, reclamo, consulta, denuncia, sugerencia o felicitación respecto de la forma o el contenido con el que se brinda un servicio, presentadas por las personas usuarias ante la contraloría de servicios, respecto de los servicios que brinda la organización de manera oportuna y efectiva dentro de los plazos establecidos en la ley. (Castro, 2016) 17 La ARESEP vela por el equilibrio entre el servicio dado por una institución pública, su calidad y su respectivo costo. Para ello realiza audiencias públicas para que las personas interesadas en un tema específico que atañe a la ARESEP puedan manifestarse y sus consideraciones generen algún impacto o resonancia en los tomadores de decisiones; las personas pueden presentar, por escrito, oposiciones a la variación de las tarifas en los días previos a la audiencia o pueden emitir su opinión de manera oral asistiendo a la audiencia. (Castro, 2016) 18 La DHR vela porque el funcionamiento del sector público se ajuste a la moral, a la justicia, y al marco legal. Debe promocionar y divulgar los derechos de los habitantes. En este sentido cualquiera de estos (nacional o extranjero) que 62 (medios de comunicación, redes sociales). Rendición de cuentas. Nuestra Constitución Política dice que, “Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. Deben prestar juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes. La acción para exigirles la responsabilidad penal por sus actos es pública. La Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes. La ley señalará los medios para que este control de resultados y rendición de cuentas opere como un sistema que cubra todas las instituciones públicas.â€? (Art. 11) Partiendo del marco jurídico nacional presentado y en comparación con los Estándares del Marco Ambiental y Social del Banco Mundial, el siguiente apartado contiene los resultados del análisis comparativo realizado a ambos, con el interés de identificar si existen brechas, las cuales serían necesarias considerar en la propuesta del proyecto y los instrumentos operativos acompañantes. 4. Análisis de brechas a partir de la relación comparativa entre el marco jurídico nacional y los Estándares (EAS 1, EAS7 y EAS 10) del Marco Ambiental y Social del Banco Mundial vinculantes al Proyecto. El análisis de brechas realizó consideró la legislación nacional expuesta en el apartado anterior, así como los Estándares del Banco Mundial que se activan en este Proyecto. A continuación, se brinda el resultado obtenido según Estándar y en el Anexo No. 1 encontrará un detalle del análisis realizado. El análisis de brechas, permitió concluir que, para la implementación del Proyecto Hacienda Digital para el Bicentenario, Costa Rica cuenta con un marco legal sólido, instituciones y políticas públicas que permiten para garantizar el cumplimiento de políticas nacionales, los acuerdos internacionales y requerimientos expresados en los Estándares activados según la naturaleza y alcance de esta inversión, los cuales forman parte el Marco Ambiental y Social del Banco Mundial. Ahora bien, para el caso de algunos estándares se consideraron algunas recomendaciones a tomar en cuenta en el Manual Operativo del Proyecto. reciba un mal servicio por parte de alguna institución del Estado Costarricense o bien, considere que se ha irrespetado, sus derechos, puede presentar su reclamo directamente en la institución respectiva superior jerárquico de la misma e indicar la oficina o los nombres de quienes no lo atendieron debidamente. Si su queja no es tramitada oportunamente, o de manera satisfactoria, puede presentar la denuncia o consulta ante la Defensoría. Esta puede actuar cuando observe irregularidades, sin que necesariamente alguien tenga que poner una queja. (Castro, 2016) 19 Esta institución es el ente protector de los derechos de las personas en su calidad de consumidores en temas sobre incumplimientos de garantías, contratos, falta de información o información incompleta, publicidad engañosa, cancelación de espectáculos, etc para contrarrestar las medidas abusivas o el perjuicio que se pueda haber ocasionado a una persona tras el consumo o compra de algún producto en el ámbito privado. (Castro, 2016) 63 A continuación, la Tabla No. 2 Tabla 2: Resultado del análisis de brechas entre el marco legal costarricense y los estándares del Banco vinculantes al Proyecto. Estándar Descripción del Estándar Conclusión del análisis comparativo Evaluación y Gestión de Riesgos e La legislación nacional ambiental es EAS 1. Impactos Ambientales y Sociales: congruente con los requerimientos del Establece las responsabilidades del Estándar EAS 1. No se identifican Prestatario en relación con la evaluación, brecha entre ambas normativas. la gestión y el seguimiento de los riesgos El Proyecto promueve y velará por el respeto e impactos ambientales y sociales de los derechos de los actores involucrados asociados con cada etapa de un proyecto procurando siempre la sostenibilidad respaldado por el Banco, mediante el ambiental, dichos aspectos se encuentran financiamiento para proyectos de regulados en la normativa existente razón inversión, a fin de lograr resultados por la cual se consideran que son ambientales y sociales coherentes con los congruentes con las regulaciones Estándares Ambientales y Sociales (EAS). costarricenses en materia ambiental. La Evaluación Social e identificación de riesgos y posibles medidas de mitigación sociales del proyecto contribuirá al cumplimiento del Ministerio con el EAS1. En el caso de identificación y mitigación de riesgos ambientales, el proyecto desarrollará un Plan de Gestión Ambiental para cubrir los aspectos ambientales del proyecto. EAS 7. Pueblos Indígenas/Comunidades Locales La legislación nacional con respecto a la Tradicionales Históricamente identificación y consulta con Pueblos Desatendidas para garantizar que el Indígenas es congruente con los proceso de desarrollo fomente el pleno requerimientos del Estándar EAS 7. respeto por los derechos humanos, la dignidad, las aspiraciones, la identidad, la Se desarrollará un Marco de Planificación cultura y los medios de subsistencia de Pueblos Indígenas, usando la basados en recursos naturales de los normativa de Consulta Nacional y pueblos indígenas/comunidades locales posteriormente un Plan de Pueblos tradicionales históricamente desatendidas Indígenas que permita la implementación de Ã?frica subsahariana. Tiene también el de las medidas de mitigación y objetivo de evitar los impactos adversos oportunidades identificadas en la potenciales de los proyectos sobre los Evaluación Social. pueblos indígenas/comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas, o, cuando no sea posible evitarlos, minimizarlos, mitigarlos o compensarlos. 64 EAS 10 Participación de las Partes Interesadas y Divulgación de Información se reconoce la La legislación nacional es importancia de la interacción abierta y congruente/cumple con lo relacionado transparente entre el Prestatario y las al requerimiento de Requisitos de partes interesadas afectadas por el Participación contenido en el Estándar proyecto como elemento esencial de las 10-. No se identifican brechas entre buenas prácticas internacionales. La ambas normativas. participación eficaz de las partes interesadas puede mejorar la No obstante, se debe como una buena sostenibilidad ambiental y social de los práctica de este Proyecto incluir el Plan de proyectos, incrementar su aceptación, y Participación de Partes Interesadas y el contribuir significativamente al éxito de su manual de operaciones la obligatoriedad diseño y ejecución. en el marco de este proyecto de mantener canales de comunicación/ información permanente y de diálogo con la parte interesada que permiten también la retroalimentación y la gestión adecuada del riesgo de conflicto. Máxime que el Proyecto está orientado a entre otras a la mejora de los servicios hacendarios y la gestión del Ministerio. Fuente: Elaboración propia a partir de las matrices de evaluación de brechas, contenidas en el Anexo No. 1 de la presente Evaluación A continuación, se presenta el detalle del estudio comparativo realizado a ambos grupos de normas, la información se organizó en tablas separadas por Estándar. 65 5. Marco institucional del Ministerio de Hacienda. El presente apartado contiene el marco institucional del Ministerio de Hacienda, el cual contiene una descripción de la institucionalidad costarricense según el sector público (5.1); así como del propio Ministerio (5.2) y la Estructura de Gobernanza del Proyecto y Arreglos de Implementación y Gestión Social (5.3) y Análisis de Vinculación entre Departamentos de Hacienda y el Proyecto (5.4). Asimismo, a manera de referencia y mayor detalle, el Anexo No. 3, encontrará mayor información sobre las dependencias que conforman este Ministerio. 5.1 Institucionalidad costarricense según el sector público20. El sector público costarricense se encuentra conformado de las instituciones públicas de los tres siguientes niveles, lo cual representa la gran diversidad de entidades públicas mediante la clasificación por categorías, siguiendo el criterio de naturaleza jurídica, según la norma vigente. Asimismo, procura facilitar una visión integral del Sector Público Costarricense, agrupando las instituciones en tres niveles: El Primer nivel incluye los Poderes de la República: -Poder Legislativo (incluye la Contraloría General de la República y la Defensoría de los Habitantes), -Poder Ejecutivo (con sus ministerios) -Poder Judicial. Además, se incluye el Organismo Electoral (con el Tribunal Supremo de Elecciones y el Registro Civil). Por su parte, el segundo nivel corresponde al Sector Descentralizado Institucional que abarca las instituciones autónomas y semiautónomas, las empresas públicas estatales, las empresas públicas no estatales, los entes públicos no estatales (caso de los colegios profesionales, así como otras entidades que señala la norma vigente) y entes administradores de fondos públicos. El Tercer nivel incluye el Sector Descentralizado Territorial que comprende las 81 municipalidades del país y sus órganos adscritos (los concejos municipales de distrito, Empresa Municipal de Heredia y los órganos municipales). En relación con el Sector Público Descentralizado Territorial (Municipalidades), la Constitución Política establece dos categorías de entidades descentralizadas: las municipalidades (descentralización administrativa territorial) y las instituciones autónomas (descentralización administrativa institucional). 20 http://cidseci.dgsc.go.cr/datos/Sector-Publico-Costarricense-y-su-organizaci%C3%B3n-Versi%C3%B3n- final.pdf 66 5.2 Ministerio de Hacienda. 5.2.1 Información General del Ministerio de Hacienda. De acuerdo al "Informe de Estructura Organizativa y Funciones del Ministerio de Hacienda", elaborado por la Dirección de Planificación Institucional, de fecha de enero 2020, señala los antecedentes y conformación del Ministerio de Hacienda, de la siguiente manera: El Ministerio de Hacienda fue creado mediante el Decreto Ejecutivo LV, con el nombre de Tesorería General de Hacienda del Estado el 14 de octubre de 1825. El 25 de octubre de ese mismo año, se cambió su nombre por el de Dirección General de Hacienda. En 1948 y a raíz de una serie de modificaciones a sus objetivos y funciones, se varió de nuevo su nombre por el de Ministerio de Economía y Hacienda. En 1966 como resultado de la separación de la Dirección General de Estadísticas y Censos y la Dirección General de Integración Económica de la Cartera de Economía y Hacienda, pasa a llamarse Ministerio de Hacienda. El Ministerio de Hacienda es el encargado de asegurar a la sociedad costarricense los recursos financieros, al menor costo posible, para satisfacer las necesidades sociales y promover su adecuada asignación; además, es un ente que contribuye a la gobernabilidad ejerciendo una sólida rectoría en el ámbito fiscal del país y apoyando a las instituciones y clientes para el logro de los objetivos prioritarios nacionales. Misión: “Somos la institución rectora de la política fiscal que garantiza la obtención y aplicación de los recursos públicos, según los principios de economía, eficiencia y eficacia, mediante procesos modernos e integrados, para lograr una sociedad más próspera, justa y solidaria Visión: “Direccionar las finanzas públicas hacia el crecimiento y la generación de empleo afín de buscar la estabilidad y equidad económica de Costa Rica.â€? Los valores del Ministerio de Hacienda son: â—? Integridad: actuar con rectitud, bajo un compromiso con la honestidad, la franqueza y la justicia. â—? Responsabilidad: llevar a cabo las tareas con diligencia, seriedad y prudencia desde el principio hasta el final. â—? Eficiencia: cumplir con los objetivos y metas programadas, utilizando racionalmente los recursos disponibles. â—? Transparencia: llevar a cabo la función pública sin tener nada que ocultar, aceptando y facilitando que la gestión sea observada en forma directa por los grupos de interés. â—? Compromiso: identificarse con el Ministerio de Hacienda, logrando dar el máximo esfuerzo en el desempeño de las funciones â—? Calidad de Servicio: satisfacer las necesidades y expectativas del usuario en el desempeño de la función pública. â—? Excelencia: máxima calidad en el desempeño de las funciones. Los Objetivos Estratégicos Institucionales, son los siguientes: 67 − Incrementar el cumplimiento tributario mediante el aprovechamiento de las herramientas tecnológicas y procesos eficientes de trabajo, para combatir la evasión. − Mejorar la eficiencia e inteligencia en el gasto público, mediante la aplicación de la gestión para resultados en el desarrollo, para contribuir en la reducción del déficit fiscal. − Alcanzar un nivel sostenible de la Deuda del Gobierno Central y controlar sus riesgos mediante una estrategia adecuada de gestión, para la consolidación de las finanzas. − Modernizar la gestión institucional, mediante la aplicación de un modelo enfocado a procesos, para mejorar los resultados. − Mejorar la gestión tecnológica mediante el uso de tecnologías innovadoras que permitan la integración y seguridad de la información, para la toma de decisiones5.3. Estructura de Gobernanza del Proyecto y Arreglos de Implementación y Gestión Social El Ministerio de Hacienda será responsable de la implementación del Proyecto. A continuación, la gráfica No,3 presenta la estructura organizativa del proyecto. Gráfica No. 3 Estructura de Gobernanza del Proyecto. Fuente: Ministerio de Hacienda. 68 Los detalles sobre los arreglos institucionales y de implementación del proyecto, incluyendo las funciones y responsabilidades, se incluirán en el Manual Operativo (MO). El MO incluirá: una descripción detallada de las actividades del Proyecto y los arreglos institucionales; los procedimientos administrativos, contables, de auditoría, de presentación de informes, gestión financiera, adquisiciones y desembolsos del proyecto; los indicadores de monitoreo para el Proyecto; los mecanismos institucionales y administrativos establecidos para garantizar la coordinación institucional; y las funciones, responsabilidades y composición del Comité Directivo. El Comité Directivo del proyecto proporcionará orientación estratégica y supervisión de las reformas y la implementación del proyecto. Estará presidido por el Ministro de Finanzas e incluirá al Viceministro de Ingresos, Viceministro de Egresos, los directores de las direcciones de Ministerio y otras partes interesadas relevantes, según sea necesario. El Comité Directivo será responsable de la coordinación general de políticas y las directrices de políticas para la reforma del Ministerio, brindará orientación estratégica, establecerá prioridades, resolverá conflictos y garantizará la colaboración interministerial cuando sea necesario y supervisará el progreso del mismo. El Proyecto contará con una Unidad de Coordinación del Proyecto (UCP) dentro del Ministerio la cual estará encabezada por un Director de Proyecto. El Director del Proyecto reportará directamente al Ministro de Finanzas y será también miembro del Comité Directivo. La UCP será responsable de: planificación para la implementación; planificación presupuestaria e informes financieros; preparación de informes de resultados basados en datos proporcionados por los departamentos de implementación; gestión diaria del proyecto; gestión de los recursos humanos y financieros del proyecto; gestión de los aspectos ambientales y sociales; y coordinación con los equipos de implementación y el Banco Mundial. La UCP contratará especialistas en adquisiciones, gestión de contratos, gestión financiera, monitoreo y evaluación, gestión ambiental y social, y comunicaciones. 5.4. Análisis de Vinculación entre Departamentos de Hacienda y el Proyecto A continuación, se detalla un análisis de la vinculación de cada departamento del Ministerio de Hacienda con el proyecto. En el mismo se detalla también la vinculación de los departamentos con algunos aspectos de gestión social del proyecto. 69 Nombre de Departamento Función / actividad Vinculación con el proyecto Centro de Investigación y Encargado del fortalecimiento de El CIFH al ser una dependencia del Formación Hacendaria procesos integrales de investigación, Programa de Administración (CIFH), formación, capacitación, gestión del Central, se constituye en un eje conocimiento y desarrollo transversal, con impacto organizacional, para el logro de los institucional en los procesos de objetivos institucionales y el capacitación, y se visualiza como mejoramiento del desempeño en el coordinador del proceso de Gestión sector público del Cambio junto con Recursos Humanos. Departamento de Salud Departamento se dedica a la El vínculo con este proyecto se Ocupacional organización de la prevención, cuya podría visualizar, en una finalidad es de promover y mantener el perspectiva de analizar los posibles más alto nivel de bienestar físico, mental efectos del proceso de y social de los trabajadores en general transformación institucional que se deriven de la implementación del proyecto, y enfocándose en el impacto, y mitigación de posibles riesgos organizacionales. Dirección Administrativa y Departamento encargado de gestionar Por sus funciones y actividades y Financiera (DAF). las actividades sustantivas de orden ser un componente muy importante administrativo, financiero, jurídico, de en el Programa de Administración fiscalización, asesoría y planificación del Central, lo convierte en un eje Ministerio de Hacienda transversal, cuyos procesos estarían relacionados en forma directa con la implementación del Proyecto. Dirección de Tecnologías de Encargado de administrar la plataforma modernización de la infraestructura Información y Comunicación de servicios tecnológicos del Ministerio tecnológica de las TIC, así como su (DTIC) de Hacienda modelo operativo y las capacidades institucionales para garantizar la alineación y la sostenibilidad de su agenda de transformación digital Secretaría Técnica de la Departamento que contribuye al uso Esta dependencia está directamente Autoridad Presupuestaria racional de los recursos públicos, relacionada al componente No. 3 (STAP). mediante la elaboración y seguimiento del Proyecto, que promueve el de las directrices y normativas en fortalecimiento de la Gestión materia de política presupuestaria y la Financiera, lo cual está en las participación en la evaluación de la funciones y actividades que tiene la gestión institucional STAP. Contraloría de Servicios Atender las denuncias, quejas o Fortalecerá el Sistema actual de sugerencias que presentan los usuarios atención de quejas, sugerencias, de los distintos servicios que brinda el denuncias, con la modernización Ministerio de Hacienda del sistema digital y de la página web Auditoría Interna Brindar servicios de fiscalización Como dependencia responsable de orientados a fortalecer el sistema de la Fiscalización, tiene un vínculo control interno, la gestión del riesgo y los directo con todos los componentes procesos de dirección. del proyecto, en tanto, la actividad 70 de la Auditoria Interna, es evaluar las debilidades y recomendar medidas correctivas. Dirección Jurídica Conocer y resolver de forma eficiente y Esta dependencia tiene un vínculo eficaz los asuntos sometidos a la directo con los componentes del Dirección Jurídica, dentro del marco de proyecto, en tanto, debe analizar el legalidad, al amparo de los principios del marco de legalidad, y velar porqué ordenamiento jurídico y de los valores las acciones que se emprenda, se institucionales sujetan a dicho marco. Dirección de Planificación coordinar los procesos de planificación, Esta dependencia está relacionada Institucional seguimiento y control gerencial, para lo en forma directa a los componentes cual facilitará las metodologías del Proyecto, al ser el ente rector de necesarias para la estandarización de la Planificación Institucional, estos procesos y su mejora continua, de facilitando la metodología que tal manera que se cuente con la permita estandarizar el información necesaria para la toma levantamiento de procesos y su oportuna de decisiones en el Ministerio mejoramiento. de Hacienda. Unidad de Comunicación general fomentar una comunicación la modernización de los sistemas Institucional fluida en ambas vías entre el Ministerio del modelo de comunicación interna de Hacienda, sus funcionarios, sus usuarios, los medios de comunicación y la opinión pública Asuntos Internos Dependencia que atiende las denuncias El proyecto contiene un componente que se presenten sobre presuntos actos relacionado con las denuncias, y su de corrupción de funcionarios públicos, gestión institucional, y es parte, de aun cuando la fuente sea anónima. las acciones que se pretende no sólo integrar sino evaluar para su mejoramiento. Tribunal Aduanero Nacional órgano especializado los recursos de Es una dependencia, que si bien apelación interpuestos contra actos atiende, y se especializa en los dictados por el Servicio Nacional de recursos de apelación que se Aduanas interponga contra actos dictados por el SNA, es parte del componente de mejoramiento de los Servicios del Usuario, y se relaciona con el componente No2 del Proyecto. Tribunal Fiscal La función de contralor de legalidad de Es una dependencia, que si bien Administrativo la gestión tributaria, facilitando una atiende, y se especializa en los justicia pronta y cumplida con la finalidad recursos de apelación que se de tutelar las garantías de los interponga contra actos dictados por contribuyentes que acuden a esta la Administración Tributaria, es instancia. parte del componente de mejoramiento de los Servicios del Usuario, y se relaciona con el componente No2 del Proyecto. Órgano de Normalización Órgano técnico especializado y asesor Por sus funciones, esta Técnica obligado de las municipalidades. Tendrá dependencia al ser asesor de los por objeto garantizar mayor precisión y gobiernos locales, se circunscribe homogeneidad al determinar los valores en uno de los elementos que 71 de los bienes inmuebles en todo el requiere mejoras, y está territorio nacional; además, optimizar la directamente relacionado al administración del impuesto. componente No.2. Dirección General de órgano con competencia exclusiva a mejorar los controles aduaneros, así Aduanas (DGA) nivel nacional en materia aduanera, es el como los servicios para facilitar el encargado de garantizar una correcta comercio en Costa Rica El proyecto recaudación de tributos y participar fortalecerá los procesos comerciales como facilitador y contralor en el centrales y los sistemas de comercio internacional de mercancías, información de la DGA. Mejorará protegiendo intereses superiores de la los controles de mercancías y los colectividad, como lo son: salud, procedimientos de despacho, seguridad, ambiente, propiedad facilitando los servicios a los intelectual y patrimonio arqueológico, comerciantes, reduciendo el tiempo entre otros de despacho de aduanas y minimizando los costos de cumplimiento. Dirección General de ente asesor de las autoridades Hacienda (DGH) ministeriales en la elaboración de la mejorar las capacidades operativas política fiscal, coadyuvando a su de la Dirección General de implementación con el otorgamiento y Tributación y de la Dirección fiscalización de incentivos fiscales, la General de Hacienda evaluación y control de la gestión de ingresos, y la recuperación de los adeudos estatales. Dirección General de Administra tributos nacionales, Mejorar y automatizar los procesos Tributación (DGT) promueve el cumplimiento voluntario y tributarios centrales. ejerce el control de las obligaciones Desarrollo de software para tributarias, mediante procesos automatizar estos procesos integrados. diseño e implementación de un sistema de gestión de riesgos que se integrará con el sistema de gestión de riesgos DGA. reforzar el cumplimiento y facilitar el cumplimiento voluntario entre los contribuyentes 72 Policía de Control Fiscal Fuerza policial que protege los intereses Modernización de sistemas, (PCF) fiscales en todo el territorio nacional. atención de denuncias, usos de sistemas de riesgos los cuales al tener interoperabilidad con los sistemas de Tributación son importantes para combatir el contrabando y la defraudación. Dirección General de Órgano rector, el Sistema de Modernizará los sistemas que se Administración de Bienes y Administración de Bienes y Contratación utilizan para registro de bienes y Contratación Administrativa Administrativa. activos y compras públicas. Dirección General de Rectoría del subsistema de contabilidad Esta dependencia está directamente Contabilidad Nacional del sector público costarricense así relacionada al componente No. 3 como la emisión de estados financieros. del Proyecto, que promueve el fortalecimiento de la Gestión Financiera, Dirección General de Rectores del Subsistema de Esta dependencia está directamente Presupuesto Nacional Presupuesto, que administra la relacionada al componente No. 3 programación, formulación, ejecución, del Proyecto, que promueve el control y evaluación del Gobierno de la fortalecimiento de la Gestión República. Financiera, Tesorería Nacional Órgano constitucional responsable de Esta dependencia está directamente gestionar la Deuda Interna del Gobierno relacionada al componente No. 3 Central y administrar los recursos del Proyecto, que promueve el líquidos del Gobierno de la República, fortalecimiento de la Gestión para garantizar su disponibilidad y Financiera, realizar el buen pago de las obligaciones. Fuente: Elaboración propia a partir de Ministerio de Hacienda. 73 Finalmente, recordar que en el En el Anexo No. 2, se detalla una descripción de la Estructura Organizativa del Ministerio de Hacienda y las Ã?reas de Trabajo a enero 2020. En cada una de las unidades administrativas se presenta el organigrama, salvo en aquellas que no cuentan con divisiones internas, las cuales dependen del Ministro de Hacienda. La última estructura organizativa, avalada y aprobada por el Ã?rea de Modernización el Estado del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica fue en julio del 2017. Asimismo, la Unidad Ambiental tiene un rol de acompañamiento y asesoramiento de la UCP. A continuación, algunas consideraciones en relación con el actual contexto político, económico, social y cultural del país. 6. Contexto Político, Económico, Social y Cultural de País21 Costa Rica se encuentra en una coyuntura crítica en relación con el tema fiscal, aspecto que provocó durante el 2018 y 2019 situaciones no solo económicas sino política tensas. Al respecto, el Programa Estado de la Nación indicó que la desaceleración económica y el desbalance en las finanzas públicas crearon un escenario de complejidad y riesgo, tanto económico como político, que exacerbó las debilidades estructurales o “puntos ciegosâ€? del estilo de desarrollo nacional. Asimismo, advierte este Informe que los problemas fiscales limitan una reactivación basada en mayor gasto e inversión pública, la confianza de los consumidores y empresarios ha disminuido a niveles mínimos y un creciente escepticismo ciudadano reduce la “reserva políticaâ€? de buena voluntad para que la población asuma sacrificios o postergue sus demandas. Algunas manifestaciones de esta coyuntura crítica son: i. Pérdida de dinamismo de la economía - Casi todas las actividades económicas (el PIB real pasó de 4.2% al 2.6%, alcanzó el tercer nivel más bajo de las dos últimas décadas); - Desacelerado consumo en los hogares (entre el 2015 y el 2018 su crecimiento se redujo de 4.6% al 1.9%). - El gobierno general entre 2017 y 2018 se reportó una fuerte contracción del gasto (3. % al 0,5%) y un decrecimiento de la inversión pública de 4.4% al -3,2%). Desaceleración continúo a lo largo del 2019, tal y como lo reportó el Ã?ndice Mensual de la actividad económica (IMAE) - La pérdida de dinamismo se expresa especialmente en “el régimen definitivoâ€? que agrupa sobre todo las actividades económicas enfocadas en el mercado interno mientras que se evidenció un 21Este apartado se encuentra en proceso y por tanto será fortalecido para la versión final de esta Evaluación. Se tomó como base algunas de las consideraciones planteadas en el último informe, Estado de la Nación (2019). 74 crecimiento notable en el régimen al cual pertenecen las zonas francas (presentado un notable dinamismo, aunque con oscilaciones cíclicas). En relación con este último punto, este Informe advierte que “Estos resultados no solo refuerzan las brechas estructurales existentes en el aparato productivo costarricense… sino que hacen de manifestó la importancia del mercado interno ara el comportamiento de la economíaâ€?. ii. Comportamiento del crédito, el cual se reflejó en: - El crédito en moneda local se redujo de un 14 a un 6%, en el 2018 se registró un aumento en moneda extranjera, pero se mantiene bajo en relación con último quinquenio. - Proporción de créditos de morosidad mayor de noventa días y en cobro judicial en bancos comerciales del Estado pasó de un 2.2% a un 4.2% (según datos de la SUGEF para el 2016-2018). Advierte este informe que, a estos factores internos se suman otros internacionales, asociados a la tensión política entre Estados Unidos y China, la reducción de la confianza empresarial, el empeoramiento de las condiciones financieras y la incertidumbre política en varios países ha frenado la economía mundial. (FMI,2019; Meneses y Córdova,2019 citado en el PEN,2019:28). Por otro, lado según datos del Banco Central citado en este Informe, la exportación total de bienes se redujo de 8.5% a un 5.1% entre el 2016 al 2018, mientras que las ventas externas de servicios (indicador) pasó de 10.6% a un 3%. Aspecto, al cual se debe sumar la pérdida del dinamismo en países centroamericanos como Honduras y Panamá (así como la crisis político económica que enfrenta Nicaragua) y la cual afecta a Costa Rica, porque hacia esta región se dirige el 21% del total de la exportación. (PEN,2019:28). Esta crisis en Nicaragua, explica la reducción de las exportaciones a este país en -10% y un crecimiento en de Costa Rica de 0,2 puntos porcentuales. (PEN,2019:28). Ahora bien, esta desaceleración en la exportación no generó un desbalance en la economía porque las también se dio una disminución en el crecimiento de las importaciones redujo la demanda de divisas, a lo cual se adiciona que los flujos de Inversión Extranjera Directa (IED) descendieron, generando como resultado el poder financiar gran parte del déficit de cuenta corriente. En el 2018 entraron al país 2237 millones de dólares, un 18% menos que el año anterior. El IED se concentra en un 60% en zonas francas y solo un 24% en las empresas del régimen definitivo, en turismo se reportó el monto más bajo de la última década. (PEN,2019:28). iii. El comportamiento del mercado laboral. La tendencia entre abril del 2018 a junio del 2019 es el aumento del sub empelo, desempleo ampliado (incluyendo las personas desalentadas, definidas como aquellas que quieren buscar empleo pero no salieron a buscar). (PEN,2019:29). 75 Al respecto, según la Encuesta Continua de Empleo (ECE)22 del INEC, arrojó los siguientes resultados para el tercer trimestre de 2019: â—? La tasa de desempleo fue 11,4 %, aumentó interanualmente 1,2 pp. â—? La tasa de ocupación fue 54,7 % y se mantiene sin variación con respecto al mismo período del año anterior. â—? La participación laboral se situó en 61,8 % y se mantiene sin variación con respecto al tercer trimestre de 2018. â—? El porcentaje de ocupados con subempleo aumentó 2,2 pp. y se estimó en 11,6 %. â—? El porcentaje de ocupados con empleo informal fue 46,3 % y se mantiene sin variación en comparación con el mismo periodo del año anterior. Al respecto indica INEC23 que para este tercer trimestre de 2019. â—? La tasa neta de participación laboral se mantiene estadísticamente con respecto al mismo periodo del año anterior, en el ámbito nacional se estimó en 61,8 %. â—? La fuerza de trabajo nacional fue de 2,44 millones de personas y no registró cambio con respecto al tercer trimestre del 2018. â—? La fuerza de trabajo nacional la componen 1,45 millones hombres y 992 mil mujeres. En términos interanuales, las mujeres muestran un mayor crecimiento (creció en 65 mil personas), lo cual conlleva a un aumento significativo estadísticamente en la tasa neta de participación laboral de 2,6 pp; con una tasa de 50,4 %. En contraste, los hombres se mantienen sin variación respecto al mismo periodo del año anterior y su participación fue del 73,1 %. 1/ La tasa neta de participación laboral relaciona la población en la fuerza de trabajo con la población en edad de trabajar. â—? Por zona de residencia. La fuerza de trabajo urbana se estimó en 1,83 millones de personas mientras que la fuerza de trabajo rural se estimó en 612 mil personas, ambas zonas sin cambio interanual. â—? Esto significó una tasa de participación laboral urbana de 62,9 % y respecto al mismo trimestre de 2018 no mostró cambio estadísticamente significativo, mientras que en la zona rural se estimó en 58,6 %, y disminuyó estadísticamente 1,4 pp. 22 Instituto Nacional de Estadística y Censos. Encuesta Continua de Empleo: Dinámica del mercado laboral costarricense III trimestre 2019 / INEC. N°1 --San José, C.R.: INEC 2019. Disponible en http://www.inec.cr/sites/default/files/documetos-biblioteca-virtual/reeceiiit2019.pdf 23 Análisis tomado textualmente de la fuente del la ECE correspondiente al III 2019. 76 â—? La población ocupada nacional no presentó cambios significativos. Para el tercer trimestre de 2019 se estimó en 2,16 millones de personas. Por sexo, 1,32 millones de la población ocupada son hombres y 840 mil son mujeres, ambos sin cambios significativos. â—? Por zona de residencia (urbana/ rural), un total de 1,62 millones de personas ocupadas residían en la zona urbana y 543 mil personas en la rural, de igual manera, sin cambio interanual significativo en la población ocupada. â—? La tasa de ocupación nacional fue de 54,7 % y no registra variación con respecto al mismo periodo del año previo. La tasa de ocupación por sexo fue 66,7 % para los hombres y 42,6 % para las mujeres, ambas sin variación estadística interanual. â—? La tasa de ocupación urbana fue de 55,7 % y se mantiene sin variación respecto al tercer trimestre de 2018, mientras que en la zona rural fue de 52 % y disminuyó 2 pp. respecto al mismo periodo del 2018. En relación con el mercado laboral, el PEN (2019) advierte que, “…el mal desempeño de la producción y el empleo se tradujo en una caída generalizada de los ingresos reales que golpea con mayor intensidad a los grupos más vulnerables.â€? (PEN,2019:29) En relación con los ingresos, pese a la coyuntura, los únicos que aumentaron fueron los subsidios estatales y las becas (alrededor del 3.8%), dirigidos sobre todo a la población más pobre. (PEN,2019:29) 6.4. Regresiones importantes en el ingreso de las familias y la pobreza Ahora bien, de la radiografía que hace este estudio del Estado de la Nación (2019), llama la atención sobre como en el 2018 “… se agravó la falta de oportunidades para que las personas tengan recursos que les permitan llevar una vida dignaâ€?. Expresado como evidencia en el contracción de los ingresos de la mayoría de la población y un mercado laboral que genera empleos escasos y casi siempre de baja calidad, lo cual limita las posibilidades de lograr reducciones del desempleo, la pobreza y la desigualdad. La situación es crítica para quienes viven fuera del Valle Central, quienes tienen baja escolaridad, las personas jóvenes o con discapacidad y particularmente las mujeres. Estas debilidades del mercado de trabajo afianzan las brechas sociales…â€? (PEN, 2019:29) Esta diferenciación social en relación al como se ha manifestado esta coyuntura crítica en Costa Rica, es una mirada que permite introducir la situación de las poblaciones indígenas, afro descendientes y población vulnerable. 77 i. Insolvencia fiscal. Costa Rica presentó en el 2018 experimentó la insolvencia fiscal más crítica de la última década. Producto entre otros factores de una política fiscal expansiva entre el 2008-2009, que incrementó la remuneración de los empleados del sector público y las transferencias corrientes, dispararon de forma acelerada el gasto público. Entre 2009 y el 2018, el gasto total del Gobierno creció en términos reales de 5.2 a 7 billones de colones, mientras que los ingresos solo de 4.2 a 5 billones. (PEN, 2019:32) La insolvencia fiscal ha generado constantes dificultades para cumplir con las obligaciones corrientes, como el pago de salarios y las transferencias sociales. (PEN, 2019:32) Para enfrentar este déficit el Ministerio de Hacienda recurrió al endeudamiento. Resultante, la deuda del Gobierno Central paso del 2008 al 2018 de un 24% a un 54%. Así como, la posterior aprobación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (conocida popularmente como la reforma fiscal) en diciembre del 2018. Expresando ya para el 2019 un aumento en la recaudación fiscal. En este sentido, el nivel de deuda para el 2019, es insostenible y riesgoso en términos de la solvencia al corto plazo y según el criterio emitido por la OCDE (2018) citado por el PEN (2019) “…en las economías emergentes, el límite para que la deuda empiece a producir efectos negativos es de entre el 30% y el 50% del PIBâ€?. (PEN, 2019:32) Es justo en este marco que la gestión de la deuda, el control del gasto público y el aumento en la recaudación fiscal son improntas no solo para el Ministerio de Hacienda sino para Costa Rica como país, siendo precisamente este Proyecto una de las políticas, establecida con el interés de transformar este Ministerio para contribuir en el aumento de la recaudación y en la prestación de los servicios hacendarios para facilitar las transacciones económicas tanto del sector privado como del público. Para finalizar, es de interés indicar que el siguiente apartado se presentan los resultados de la identificación de actores y una propuesta de clasificación desde una perspectiva teórica – analítica, esto debido a su cantidad y diversidad. 7. Identificación de las Partes Interesadas del Proyecto24 El presente apartado contiene los principales resultados del ejercicio de identificación de las partes interesadas, sus posibles beneficios, afectaciones y riesgos. Lo anterior, con el interés de proponer medidas para su gestión adecuada, tanto considerando la normativa nacional como la del Banco Mundial para de esta forma contribuir al éxito del Proyecto, el cual para este caso tendrá un importante impacto en Costa Rica. La Participación de las Partes Interesadas y Divulgación de Información reconoce la importancia de la interacción abierta y transparente entre el Prestatario y las Partes Interesadas afectadas por el proyecto como elemento esencial de las buenas prácticas internacionales, corresponde a los requerimientos del Estándar 10 del Banco Mundial. 24 Esta identificación es el resultado del trabajo del equipo interno del Ministerio de Hacienda, 10 al 20 de diciembre,2019. 78 El Banco Mundial en su nuevo Marco Ambiental y Social, define parte interesada como aquellos individuos o grupos que se vean afectados o puedan verse afectados por el Proyecto; en esta misma línea las otras partes interesadas, como aquellas que pueden tener interés en el proyecto. Ahora bien, también se incluyó en esta evaluación la población indígena, afro descendiente y vulnerable, las cuales están referenciadas al Estándar 7, el cual se detalla más adelante en la sección dedicada a los pueblos indígena / comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas, las cuales se reconocen como una parte interesada, como una acción afirmativa de inclusión desde un enfoque de Derechos Humanos. La información de este apartado se organizó en las siguientes secciones: Estándar 10: Participación de las Partes interesadas y Divulgación de la Información (7.1) mediante la cual se presenta este criterio, seguido, de la descripción de la Metodología definida para la identificación y evaluación del Proyecto por las partes interesadas (7.2); las Partes Interesadas del Proyecto identificadas (7.3) y la presentación de las Otras partes interesadas (7.4). A continuación, la descripción del Estándar 10. 7.1 Estándar 10: Participación de las Partes interesadas y Divulgación de la Información25. Este Estándar se aplica a todos los proyectos a ser financiados por el Banco Mundial y parte de la premisa que la participación eficaz de las Partes Interesadas puede mejorar la sostenibilidad ambiental y social de los proyectos, incrementar su aceptación, y contribuir significativamente al éxito de su diseño y ejecución. Se reconoce además que la participación de las Partes Interesadas es un proceso inclusivo que se lleva a cabo durante el ciclo del Proyecto. Para tales fines, se requiere que ésta debe ser adecuadamente diseñada e implementada. De manera que permita la construcción de relaciones sólidas, constructivas y receptivas, las cuales son claves para la gestión exitosa de los riesgos ambientales y sociales de un proyecto. Asimismo, se indica que la participación de las partes interesadas es más eficaz cuando comienza en las etapas iniciales del proceso de desarrollo del proyecto, y es una parte integral de las decisiones que se toman al principio del proyecto; así como, de la evaluación, la gestión y el seguimiento de los riesgos e impactos socio ambientales del mismo. Los objetivos de este Estándar son los siguientes: â—? Establecer un enfoque sistemático con respecto a la participación de las partes interesadas que ayudará a los Prestatarios a identificarlas y crear y mantener una relación constructiva con ellas, sobre todo con las partes afectadas por proyectos. 25 Banco Mundial. Marco Ambiental y Social. Disponible en http://pubdocs.worldbank.org/en/345101522946582343/Environmental-Social-Framework- Spanish.pdf#page=111&zoom=80 79 â—? Evaluar el nivel de interés y de apoyo de las partes interesadas en relación con el proyecto, y permitir que las opiniones de las partes interesadas se tengan en cuenta en el diseño del proyecto y el desempeño ambiental y social. â—? Promover durante todo el ciclo del proyecto la participación inclusiva y eficaz de las partes afectadas en relación con las cuestiones que podrían tener impacto en ellas, y brindar los medios necesarios para dicha participación. â—? Garantizar que se divulgue información adecuada sobre los riesgos e impactos ambientales y sociales a las partes interesadas en un formato y de una manera que sean accesibles, oportunos, comprensibles y apropiados. Participación de las Partes Interesadas y Divulgación de Información â—? Proporcionar a las partes afectadas por el proyecto medios accesibles e inclusivos para plantear problemas y reclamos, y permitir que los Prestatarios respondan a dichos reclamos y los gestionen. 7.2 Metodología definida para la identificación y evaluación del Proyecto por las partes interesadas. En seguimiento y cumplimiento a la premisa del Estándar 10, referida al contar con una metodología adecuadamente diseñada e implementada, de manera que, permita la construcción de relaciones sólidas, constructivas y receptivas, todas las anteriores claves para la gestión exitosa de los riesgos ambientales y sociales de este Proyecto Hacienda Digital para el Bicentenario. En este marco, es de interés acotar que este proceso referido a las Partes Interesadas se llevó a cabo desde una perspectiva epistemológica constructivista, desde un enfoque de investigación acción, privilegiando las técnicas de investigación social de tipo cualitativas, orientadas a abrir espacios de diálogo entre distintos actores tanto internos como externos al Ministerio de Hacienda. Aspecto que no exime en las etapas posteriores en esta fase de formulación el apoyarse con otras de tipo cualitativas, las cuales se identificaron en el proceso de evaluación precisamente por la diversidad y cantidad de usuarios finales de sus sistemas. Dando prioridad a las técnicas de “tallerâ€?, “consulta a expertosâ€?, guía estructurada de preguntas para orientar sesiones de trabajo al interno de los sectores considerados como partes interesadas. 7.3 Partes Interesadas del Proyecto identificadas La identificación de las partes interesadas es una etapa metodológica previa para cumplir con el objetivo del Estándar 10: Evaluar el nivel de interés y de apoyo de las partes interesadas en relación con el proyecto, y permitir que las opiniones de las partes interesadas se tengan en cuenta en el diseño del proyecto y el desempeño ambiental y social. La identificación de la parte interesada se realizó desde una perspectiva constructivista, primero mediante una lluvia de ideas se enlistaron los actores/ sectores tradicionales con los cuales el Ministerio de Hacienda tiene relación, que demandan servicios o bien que han interpuesto quejas/ reclamos. Posterior a este listado, se sumaron otros actores “no tradicionalesâ€? y dentro de estos los pueblos indígenas, afro descendientes y población considerada vulnerable (mujeres, jóvenes, niñez, adolescencia, población LGTBIQ+, personas con alguna discapacidad, personas migrantes, refugiados y población en condición de 80 pobreza. Junto a estos se identificaron las organizaciones socias que son aquellas que tiene competencia o rectoría con estos últimos grupos de población. Posteriormente, se realizó una primera agrupación en función de categorías que facilitaran el determinar la cantidad de consultas se debían realizar en el marco de esta evaluación. Asimismo, se reconoció que por la naturaleza y alcance del Ministerio de Hacienda tiene una diversidad de destinatarios de sus servicios hacendarios, con calidades y necesidades distintas. En este sentido, las partes interesadas del Proyecto es un universo y que era necesario utilizar categorías más exhaustivas con criterio técnico que fuese adecuado para el Ministerio de Hacienda (con el interés de definir tipos de población, desde una perspectiva estadística, es decir conjunto de casos que concuerdan con una serie de especificaciones /características). Indicado lo anterior, se definió que las partes interesadas del Proyecto Hacienda Digital para el Bicentenario está conformada por el conjunto de personas físicas y jurídicas que son el universo de destinatarios de los servicios hacendarios y que a su vez se constituyen en los usuarios (as) finales de sus sistemas, los cuales son tanto internos como externo al Ministerio; así mismo, considerando las distintas áreas del Ministerio de Hacienda, tanto de ingresos como de egresos, y los cuales se ubican en dos ámbitos: el público y el privado. Sector público y sector privado. En Costa Rica, el sector público se define como: “… el conjunto de instituciones que realizan función de gobierno, son propiedad del gobierno o están bajo su control. Se divide en dos sectores mutuamente excluyentes: el Sector Público no Financiero y el Sector Público Financieroâ€?. (MH,2011: p4)26 y el sector privado son todos aquellos que no son clasificados en el público. Al respecto la figura No. 5 muestra un resumen de cada uno de estos dos sectores. 26 Ministerio de Hacienda- Presupuesto Público. Clasificador Institucional del Sector Público. Mayo, 2011 Disponible en https://www.hacienda.go.cr/docs/51dedd6dcf55c_CLASIFICADORINSTITUCIONALDELSECTORPUBLICO2011.pdf 81 Figura 5: Clasificación del Sector Público Costarricense. Sector Público No Financiero Sector Público Financiero Gobierno general - Gobierno de la República Instituciones Públicas Financieras. -Instituciones descentralizadas no empresariales - Gobiernos locales Instituciones Públicas Financieras Bancarias. Empresas públicas no Financieras Instituciones Públicas Financieras no - Empresas Públicas no Financieras Bancarias y Ahorro Nacionales - Empresas Financieras Municipales Instituciones Públicas Financieras de Rectoría y Supervisión. Fuente: Elaboración propia, con base en tipologías consignadas en el Clasificador Institucional del Sector Público del Ministerio de Hacienda. 2011 Considerando el universo de las personas naturales (físicas) y jurídicas (empresas, instituciones, organizaciones) que son destinatarias de los servicios hacendarios y usuarias finales de sus sistemas para efectos teórico-analíticos, han sido clasificados en las categorías: − Sector Público No Financiero − Sector Público Financiero − Funcionarios (as) del Ministerio de Hacienda y sus sindicatos − Sector Privado Las tres primeras categorías están ubicadas en el ámbito público y una en el sector privado. En este sentido, en cuanto a la definición de las partes interesadas del Sector Público para la presente Evaluación, se consideró como referencia lo contenido en la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos. Aprobada mediante Ley 8131 de fecha de 16 de octubre de 2001, la cual regula 82 el régimen económico-financiero de los órganos y entes administradores y custodios de fondos públicos.27 ; así como, el documento del Ministerio de Hacienda utilizado para clasificar las instituciones del sector público costarricense y él se basó en tres criterios: económico, competencia en la administración de los recursos públicos y político administrativo. (MH,2011: 3) 28 Mientras que, para clasificar aquellas personas jurídicas del sector privado se utilizó las categorías utilizadas por el Registro Nacional. A continuación, un resumen de las partes interesada. La caracterización completa se podrá encontrar en el documento Evaluación Social. 7.3.1. Sector Público No Financiero está constituido por todas las instituciones que realizan funciones económicas de gobierno como son la provisión de bienes y servicios fuera de mercado a la comunidad. Así como las empresas que realizan las actividades comerciales y productivas pertenecientes al gobierno o controladas por éste. Se divide en dos subsectores Gobierno General y Empresas Públicas no Financieras.â€? (MH,2011: 4). El Sector Público No Financiero se subdivide en los siguientes subsectores: − Gobierno general. Agrupa las instituciones que se dedican a cumplir las funciones de Gobierno. El Gobierno General se divide en los siguientes grupos institucionales, y que son descritos en la Evaluación Ambiental y Social de este proyecto : â—? Gobierno de la República. â—? . Instituciones Descentralizadas no Empresariales. â—? Gobiernos Locales. Empresas Públicas no financieras. 7.3.2. Sector Público Financiero considera todas aquellas instituciones dedicadas a la intermediación, movilización y distribución del ahorro del país, mediante la creación de activos financieros para ser transados por los agentes económicos. Sus fines específicos son: captar ahorros, conceder préstamos, proporcionar seguros, compra y venta de divisas y otros servicios financieros. Incluye además, las instituciones que ejercen funciones de autoridad monetaria, supervisión y control del sector financiero. Contempla aquellos entes públicos no estatales con características similares al resto de las instituciones que conforman este grupo. (MH,2011:6) − Instituciones Públicas Financieras Bancarias. − Instituciones Públicas Financieras no Bancarias − Instituciones Públicas Financieras. 27 Se recomienda como referencia el Artículo 1° de esta Ley. 28 Ministerio de Hacienda- Presupuesto Público. Clasificador Institucional del Sector Público. Mayo, 2011 Disponible en https://www.hacienda.go.cr/docs/51dedd6dcf55c_CLASIFICADORINSTITUCIONALDELSECTORPUBLICO2011.pdf 83 − Instituciones Públicas Financieras de Rectoría y Supervisión. 7.3.3. Personas Funcionarias del Ministerio de Hacienda y sus sindicatos, quienes conforman los operadores de los sistemas y tienen relación directa o indirecta con sus usuarios (as) finales. Se estima en una población aproximada de 2800 personas. Es importante al interno del Ministerio la ubicación de instancias de apoyo para trabajar con este sector interno: Comunicación Institucional y el CIFH, para apoyar los procesos de gestión del cambio. 7.3.4. Sector Privado está conformado por todas las personas usuarias de los servicios del Ministerio de Hacienda que no forman parte del Sector Público, los cuales pueden estar dentro o fuera del país. Se divide en dos sub sectores: personas naturales (físicas) y jurídicas (empresas, organizaciones, entre otras). − Dentro de las personas físicas están las y los profesionales libres; así como, otros contribuyentes. − Dentro de las personas jurídicas privadas (no ubicadas en el Sector Público), están las siguientes29: Asociaciones Civiles (amparadas en la Ley No. 218); Organismos internacionales; Asociaciones Cooperativas; Fundaciones; Entidades creadas por Ley Especial; Mutuales de Ahorro y Préstamo; Sindicatos y sus federaciones; Asociación y Fundaciones extranjeras; Sociedades Anónimas; Sociedades con Responsabilidad Limitada; Empresa individual de Responsabilidad Limitada; Sociedades de Usuarios de Agua; Sociedades de Profesionales; Fideicomiso de Partidos Políticos, entre otras. El Sector Privado como Parte Interesada de este Proyecto es diversa bajo las distintas formas de personas jurídicas que participan y las cuales están asociadas a la naturaleza de la organización / empresas bajo las cuales operan. En este marco, en su totalidad estos son destinatarios de los servicios hacendarios y usuarios finales de los sistemas de hacienda pero si se considera pertinente hacer la siguiente distinción: - Empresas que son solo destinatarios directos de los servicios hacendarios y usuarios finales de sus sistemas - Los Auxiliares de la Función Pública aduanera que destinatarios directos de los servicios hacendarios y usuarios finales de sus sistemas. Se definen como las personas naturales (física) o jurídicas (empresas), públicas o privadas debidamente registradas ante la Dirección General de Aduanas, quienes se encargan de realizar en nombre propio o de los importadores y exportadores, las operaciones y trámites aduaneros ante el Servicio Nacional de Aduanas. Asimismo, son responsables solidarios ante el Ministerio de Hacienda por las consecuencias tributarias derivadas de sus actos, omisiones, infracciones y delitos en los cuales se incurran. Dentro de estos están: los agentes aduaneros, Los Apoderados Especiales Aduaneros, Los Transportistas Aduaneros y los Courier o Empresas de Entrega Rápida. 29 Se utilizó como fuente el Registro Nacional. Listado de Clases y Tipos de Cédulas Jurídicas- Disponible en la siguiente dirección https://www.rnpdigital.com/personas_juridicas/documentos/Consultas/Listado%20de%20Clases%20y%20Tipos%20Cedulas%20Juridi cas.pdf 84 - Gestión social y comunitaria. Organizaciones vinculados a la gestión social (fundaciones, sindicatos, federaciones) comunitaria o comunal; así como sus expresiones gremiales (de primer o segundo grado, etc.). Entre este segundo grupo están: las ASADAS, las asociaciones de desarrollo, etc. Dentro de este grupo, algunos de los cuales prestan servicios públicos (como el de agua potable bajo la figura de asociación –Ley No.218 o electricidad bajo la modalidad de cooperativas), algunos de estos fondos son recolectados producto de la prestación se convierten en públicos y por ende deben ser no solo declarados sino fiscalizados. O bien, son ejecutores directos de fondos públicos como es el caso de las asociaciones de desarrollo. 7.4. Otras partes interesadas Por su parte, en relación con otras partes interesadas están las siguientes: − Ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil. − Asamblea Legislativa y sus comisiones − Medios de comunicación como generadores de opinión al interno y al externo del Ministerio de Hacienda − Defensoría de los Habitantes − Contraloría General de la República − Ministerio de la Vicepresidencia. Viceministerio de Diálogo Ciudadano (Pueblos Indígenas, Afro descendiente y Población LGTBIQ). − Unidad Técnica de Consulta Indígena, adscrita a la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos (DINARAC) del Ministerio de Justicia y Paz. − Organizaciones socias A continuación, el detalle de cada una de estas otras partes interesadas en el proyecto. 7.4.1. Ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil. En este sector se identifica las personas ciudadanas y organizaciones de la sociedad civil, interesadas en los temas fiscales pero también los sectores que carecen de educación fiscal y/o bien presentan un marco cultural de evasión. 7.4.2. Asamblea Legislativa y sus comisiones. Esta instancia es sumamente importante porque es otro poder de la Republica y le compete aprobar o desaprobar el proyecto de Ley para el Contrato del Préstamo. 7.4.3. Medios de comunicación como generadores de opinión. En este segmento están los medios de comunicación internos y externos que facilitan el acceso a los amplios sectores de la población. 7.4.4. Contraloría General de la República. Ente fiscalizador del Ministerio de Hacienda y de las instituciones que conforman el sector público del País. Las siguientes son entes públicos los cuales se consideran a este grupo porque tienen competencia en relación con los grupos vulnerables, indígenas y afro descendientes o bien como es el caso de Defensoría de los Habitantes trabaja también en la defensa de los derechos de la ciudadanía. 85 7.4.5. Pueblos Indígenas, Afro descedendiente y Población LGTBIQ en el Ministerio de la Vicepresidencia. Todas las anteriores instancias del viceministerio de Asuntos Políticos y Diálogo Ciudadano 7.4.6. Unidad Técnica de Consulta Indígena, adscrita a la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos (DINARAC) del Ministerio de Justicia y Paz. 7.4.7. Defensoría de los Habitantes de la República. Es el órgano encargado en Costa Rica de proteger los derechos y los intereses de los habitantes. 7.4.8. Organizaciones socias. Aquellas que conforman el sector social y las cuales tienen competencia con segmentos de población vulnerable. Entre estas está el INAMU, CONPDIS, MIDEPLAN. Para finalizar indicar que junto a las Partes interesadas y Otras partes interesadas la siguiente figura No. 6 resume el conjunto de las identificadas para este Proyecto. Asimismo, el apartado a continuación contiene una descripción de la población vulnerable, Pueblos Indígenas y Afros descendiente. 86 Figura No.6 Partes Interesadas y Otras Partes Interesadas del Proyecto Hacienda Digital para el Bicentenario Sector Público Gobierno No Financiero general Gobierno de la República Institituciones descentralizadas no empresariales Gobierno locales Empresas públicas no Financieras Empresas Públicas no Financieras Nacionales Empresas Financiera Municipales Secrtor Público Financiero Instituciones Públicas Financieras. Instituciones Públicas Financieras Bancarias. Instituciones Públicas Financieras no Bancarias y Ahorro Instituciones Públicas Financieras de Rectoría y Supervisión. Funcionarios y funcionarios del Ministerio de Hacienda y sus sindicatos Funcionarios y funcionarias Sindicatos Sector Privado Asociaciones Civiles (amparadas en la Ley No. 218) Cámaras empresariales Asociaciones Cooperativas Fundaciones Entidades creadas por Ley Especial Mutuales de Ahorro y Préstamo Sindicatos y sus federaciones Asociación y Fundaciones extranjeras Sociedades Anónimas Sociedades con Responsabilidad Limitada Empresa individual de Responsabilidad Limitada Sociedades de Usuarios de Agua Sociedades de Profesionales Fideicomisoso de Partidos Politicos Sucesion indivisa. Otras Partes Interesadas Ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil. Asamblea Legislativa y sus comisiones Medios de comunicación como generadores de opinión al interno y al externo del Ministerio de Hacienda Defensoría de los Habitantes Contraloría General de la República Comisionados de Pueblos Indígenas, Afrodescedendiente y Población LGTBIQ en el Ministerio de la Vicepresidencia Unidad Técnica de Consulta Indígena, adscrita a la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos (Dinarac) del Ministerio de Justicia y Paz. 87 8. Pueblos Indígenas, Afrodescendiente y Población Vulnerable. El EAS 7 se utiliza el término “pueblos indígenas/comunidades locales tradicionales histó ricamente desatendidas para referirse a aquellos grupos que considerando las diferencias país pueden ser nombrados de distinta forma. Entre estas denominaciones se incluyen “comunidades locales tradicionales históricamente desatendidasâ€?, “minorías étnicas indígenasâ€?, “aborígenesâ€?, “tribus de las montañasâ€?, “grupos vulnerables y marginalesâ€?, “nacionalidades minoritariasâ€?, “tribus registradasâ€?, “primeras nacionesâ€? o “grupos tribalesâ€?. En sentido genérico refiere a un grupo social y cultural bien diferenciado que posee las siguientes características en distintos grados: a) auto identificación como miembros de un grupo social y cultural indígena bien diferenciado, y reconocimiento de esta identidad por parte de otros grupos; b) apego colectivo a hábitats geográficamente diferenciados, territorios ancestrales o áreas de uso u ocupación estacional, así como a los recursos naturales de esas áreas; c) instituciones tradicionales culturales, económicas, sociales o políticas que están bien diferenciadas y son independientes de las de la sociedad o cultura predominante; d) una lengua o dialecto distintivos, a menudo diferente del idioma o los idiomas oficiales del país o la región en la que residen. Busca garantizar que el proceso de desarrollo fomente el pleno respeto por los derechos humanos, la dignidad, las aspiraciones, la identidad, la cultura y los medios de subsistencia basados en recursos naturales de los pueblos indígenas/comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas; asimismo, tiene el objetivo de evitar los impactos adversos potenciales de los proyectos o, cuando no sea posible evitarlos, minimizarlos, mitigarlos o compensarlos en relación con esta poblaciones. Los objetivos del Estándar 7 son los siguientes: â—? Garantizar que el proceso de desarrollo fomente el respeto por los derechos humanos, la dignidad, las aspiraciones, la identidad, la cultura y los medios de subsistencia basados en recursos naturales de los pueblos indígenas/comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas. â—? Evitar los impactos adversos potenciales de los proyectos sobre los pueblos indígenas/comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas, o, cuando no sea posible evitarlos, minimizarlos, mitigarlos o compensarlos. â—? Promover beneficios de desarrollo sostenible y oportunidades para los pueblos indígenas/comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas de manera tal que sean accesibles, culturalmente adecuados e inclusivos. â—? Mejorar el diseño de los proyectos y promover el respaldo local estableciendo y manteniendo una relación continua basada en la consulta significativa a los pueblos indígenas/comunidades locales 88 tradicionales históricamente desatendidas que se vean afectados por un proyecto durante todas sus etapas. â—? Obtener el consentimiento libre, previo e informado (CLPI)3 de los pueblos indígenas que se vean afectados en las tres circunstancias descritas en este EAS. â—? Reconocer, respetar y preservar la cultura, el conocimiento y las prácticas de los pueblos indígenas/comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas, y brindarles la oportunidad de adaptarse a las condiciones cambiantes de una manera y en un marco de tiempo aceptable para ellos. Con base en lo consignado en el Estándar 7 y su interés; así como, la realidad de Costa Rica considerando que el proyecto tiene una escala país (incidencia en el territorio nacional), considerando la naturaleza del Proyecto y el marco jurídico costarricense para efectos del Proyecto Hacienda Digital para el Bicentenario, serán incluidas las siguientes poblaciones. â—? Población Indígena â—? Población Afrodescendiente â—? Población en condición de vulnerabilidad que posee en el ordenamiento nacional normas, instituciones y políticas que no solo promocionan sino que tienen competencia sobre sus derechos: mujeres, jóvenes, niñez, adolescencia, población LGTBIQ+, personas con alguna discapacidad, personas migrantes y casos de humanidad (Refugio, Asilado, Apátridia, humanidad) y población en condición de pobreza. 30 En el marco de este Proyecto, estos tres grupos de población son destinatarios de los servicios hacendarios (o potenciales), usuarios finales de sus sistemas (o potenciales), siendo sus actividades económicas formales o informales el punto donde se da la interacción entre ambas partes (estas poblaciones y el Ministerio de Hacienda.) Considerando esta interacción, a continuación se presenta una caracterización de cada una de estas poblaciones y sus principales actividades económicas, así como, las instituciones que tienen dentro de sus responsabilidades la promoción y tutela de sus derechos y en la medida de la información disponible las políticas públicas vigentes a favor de estas, lo anterior con el interés que con un mayor conocimiento de estos grupos, se facilite que, este Proyecto contribuya al cumplimiento de los objetivos de este Estándar 7, citados al inicio de este apartado. La información utilizada proviene sobre páginas de las instituciones vinculadas a estos sectores y en relación con la caracterización socioeconómica, se fortaleció con los perfiles territoriales del Instituto de Desarrollo Rural (INDER) 31 , realizados entre el 2014 y 2016, dentro de los cuales se brinda información sobre las comunidades indígenas. Asimismo, se consideró el último informe del Estado de la Nación (2019). 30 Este Estándar se adapta a la realidad del Proyecto y del área geográfica donde se ubica el Proyecto . 31 El INDER dividió al país en 11 territorios, definidos con criterios del enfoque de desarrollo rural territorial. 89 Asimismo, es de interés tomar de referencia los aspectos indicados en el apartado anterior y los cuales fueron extraídos del último informe del Estado de la Nación publicado a finales del 2019, donde se indican entre otros aspectos: las regresiones importantes en el ingreso de las familias y la pobreza que ha venido experimentando el país; así como, la consideración en relación con las desigualdades geográficas al interno del país. Advirtiendo que, “… la situación del país afecta de manera más crítica a aquellas poblaciones que viven fuera del Valle Central, quienes tienen baja escolaridad, las personas jóvenes o con discapacidad y particularmente las mujeres. Estas debilidades del mercado de trabajo afianzan las brechas sociales…â€? (PEN, 2019). A estos grupos, se suman otros vulnerables por razones económicas, humanitarias o bien por discriminación derivado de su preferencia sexual. Todas las anteriores, tipos de población con condiciones distintas que el Ministerio debe considerar en el marco de la transformación, precisamente con el interés de no reproducir brechas en estas condiciones y el cómo estas influyen en algún grado en el acceso real de estos sectores de población a los servicios hacendarios y a los sistemas que los facilitan. Precisamente en concordancia con las normativa nacional y los objetivo del Estándar 7. Se inicia está caracterización con los pueblos indígenas en Costa Rica. 8.1. Población Indígena Costa Rica cuenta con 8 grupos étnicos indígenas y cuya población se encuentra distribuida en 24 territorios, según el último Censo Nacional realizado por Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) en el 2011 es de 104,143 y corresponde al 2.4 por ciento de la población total32. La población indígena asentada en sus territorios indígenas (denominados reservas por la Ley Indígena) es de 35.943 habitantes. La extensión de estas áreas es de un total de 334.447 hectáreas (densidad de 9.3 H/KM2). Una tercera parte de los indígenas viven fuera de sus territorios indígenas en cabeceras de cantón como Bribrí, Limón, Turrialba, San Vito, Neily, Buenos Aires, San Isidro y el propio San José. Se estima que la población indígena en esta condición es de 33.866 personas indígenas y representa un poco menos de la mitad (INCOPESCA, 2019). Es de interés acotar que estas poblaciones que viven fuera de sus comunidades de origen quedan fuera de los proceso de consulta. También existen comunidades importantes en los alrededores de las reservas indígenas Bribrí - Cabécar como Volio, Olivia, Fila Carbón, Katuair (Talamanca), Vesta (Valle de la Estrellas), Carrandí (Matina), Grano de Oro (Turrialba), Peje, Santa María de Brunca y San Carlos (Buenos Aires). En todas las comunidades citadas existe centros educativos con código de escuela indígena o con maestro de lengua y cultura. (INCOPESCA, 2019). Algunos de estos poblados son importantes centros de población por su densidad de habitantes y servicios. Finalmente, la población indígena en Costa Rica también la conforman las comunidades Ngöbe migrantes de 32 INEC Censo 2011. 90 más de 2.000 habitantes en Sixaola de Talamanca y de más de 800 habitantes en la Zona de Los Santos. Algunas de estas migraciones son temporales, vinculadas a los tiempos de cosecha de café esta población aumenta considerablemente por migraciones estacionales desde Chiriquí, Panamá. También otros sectores de población ubicados en la zona limítrofe por el lado de Sixaola, algunos de los cuales se les otorgó un estatus regular mediante la Apátrida. 8.1.1. Caracterización según grupo étnico indígena.33 Bribri. Es el pueblo más numeroso con casi 17.000 habitantes dentro de sus 4 territorios ubicados en ambas vertientes de la Cordillera de Talamanca; en la vertiente Caribe están los territorios Talamanca Bribri y Keköldi (en el cantón de Talamanca) y en la vertiente Pacífico, los territorios de Salitre y Cabagra (en el cantón de Buenos Aires). (INCOPESCA, 2019) Los bribris tienen costumbres y tradiciones semejantes con el pueblo Cabécar, como la organización social en clanes matrilineales, especialistas médicos aborígenes, idiomas cercanos entre sí, cosmología y otras tradiciones. Al igual que sucede en otros territorios indígenas desde su creación, la penetración en ellos de colonos no indígenas ha generado conflictos sociales. (Incopesca, 2019) El Instituto Nacional de Desarrollo Rural (INDER) tiene una división territorial y la población indígena para el Territorio Talamanca - Valle La Estrella representa el 30% (14 462 habitantes), las cuales incluye también la población cabécar ubicada tanto en Talamanca como el distrito del Valle La Estrella, que pertenece al cantón Central de Limón. (Calderón 2014 :9) Se indica en este informe que, los Bribrís (7 744 habitantes) se encuentran únicamente en el cantón de Talamanca mientras que, los pueblos Cabécares (6 718 habitantes) se ubican tanto en el cantón de Talamanca como en el distrito de Valle de La Estrella, siendo este distrito el de mayor número de población indígena presente con 5 356 habitantes indígenas. (Calderón 2014:9) Brunca. Son conocidos también como borucas, se encuentran hoy en los territorios indígenas de Boruca y Rey Curré (en el cantón de Buenos Aires de Puntarenas) y en comunidades que quedaron fuera de los territorios indígenas como Puerto Cortés y Palmar Norte, así como en las grandes sabanas de la desembocadura del río Térraba. Se considera que este pueblo y el pueblo teribe son los que mayor impacto de desarticulación territorial han sufrido la presencia de órdenes religiosas, la ganadería y la construcción de la carretera Interamericana sur, posteriormente, fueron detonantes de su proceso de pérdida cultural y de espacio habitable. El idioma prácticamente ha desaparecido; sin embargo, existe un gran proceso de revitalización cultural, a través de la artesanía y las expresiones culturales folclóricas. En estos espacios de revitalización se destaca la labor de las mujeres artesanas. Cabécar. Es el segundo pueblo más numeroso con casi 14.000 habitantes dentro de sus territorios. Los 33 Esta caracterización parte de un documento reciente elaborado Incopesca (2019) para otro proyecto del Banco Mundial. 91 cabécar han ocupado zonas muy remotas en ambas vertientes de la cordillera de Talamanca. Debido a la lejanía de sus territorios, han tenido un menor grado de aculturación y, por ende, conservan su idioma y muchas de sus tradiciones. Hay 8 territorios indígenas Cabécar: en el Pacífico, se encuentran en el territorio indígena de Ujarrás (en el Cantón de Buenos Aires de Puntarenas) y China Kichá (en Pérez Zeledón). En el Atlántico, se encuentran en seis territorios en tres bloques: el primero comprende los territorios indígenas de Alto Chirripó (en los cantones de Limón centro y Turrialba), Bajo Chirripó (en los cantones de Turrialba y Matina) y Nairi Awari (en los cantones de Turrialba, Matina y Siquirres); el segundo bloque comprende los territorios de Tayní (cantones de Limón Centro y de Talamanca) y Telire (Talamanca); y el tercer bloque comprende el territorio Talamanca Cabécar (MIDEPLAN, 2015). Chorotega. Históricamente, se han ubicado en la provincia de Guanacaste y parte de Puntarenas. Los chorotegas pasaron por un proceso de amplio mestizaje que se evidencia hoy en la población actual de la península de Nicoya; los bailes, la música y la comida se cuentan entre los legados del pueblo indígena chorotega. Habitan en el territorio indígena de Matambú y comunidades aledañas (cantones de Nicoya y Hojancha). Los chorotegas que se identifican como tales son uno de los pueblos más pequeños, con aproximadamente 1600 personas. Huetar. Los huetares son el pueblo indígena que está más cerca del Valle Central, de hecho, el pueblo huetar se enfrentó con los españoles y sus descendientes para la recuperación de sus tierras en el Valle Central, proceso en marcha a mediados del siglo XIX. Se encuentran en dos territorios: Quitirrisí (cantón de Mora) y Zapatón (cantón de Puriscal). Conservan tradiciones culturales como el trabajo con textiles y tintes naturales, la preparación de comidas, formas de medicina natural y normas propias de vida comunitaria. El idioma no se habla desde el siglo XVIII, pero se han reconstruido algunas de sus características por los nombres geográficos, de plantas, animales, objetos y otras expresiones que han perdurado. Maleku. El pueblo maleku es también conocido como “Guatusoâ€?, debido a una denominación col onial del siglo XVIII, relacionada con el lugar donde fueron encontrados: el Cerro La Guatusa. Se ubica en el cantón de Guatuso, sin embargo, sus territorios ancestrales comprendían parte del cantón San Carlos y de los Chiles. Poseen tres localidades o palenques: Tonjibe, El Sol y Margarita. Sus habitantes no fueron sometidos durante la colonia, por lo que mantuvieron una fuerte autonomía cultural hasta casi entrado el siglo XX. Pese a haber sido impactados por el despojo de sus tierras ancestrales, tanto los jóvenes como los ancianos mantienen vitales sus tradiciones. Una muestra de ello es la forma en la que continúan enterrando a sus muertos, en un área de las viviendas, pues en la cosmovisión maleku, los espíritus siguen influyéndoles benéficamente. Su sistema de parentesco es bilineal o de doble filiación. Ngäbe. Los ngäbes representan el pueblo más numeroso de la llamada Baja Centroamérica (siendo más 92 numeroso en Panamá); en Costa Rica se estimaron en aproximadamente 5.600 personas (cita) viviendo dentro de territorios indígenas designados ngäbes, situados en el Pacífico Sur, próximos a la frontera con Panamá. Son cinco territorios: Abrojo-Montezuma (en el cantón de Corredores), Conte Burica (en el cantón de Golfito y Corredores), Coto Brus (cantones de Buenos Aires y Coto Brus), Osa (Cantón de Golfito) y Altos de San Antonio (Cantón de Corredores). Conservan un arraigo muy fuerte a su cultura tradicional. La práctica de su idioma se mantiene al 100% en todos los territorios y comunidades, diferenciándose dos lenguas, el ngawbere y el bokotá (denominado buglé en Panamá). El sistema tradicional de parentesco es muy complejo, siendo la filiación en referencia a los abuelos maternos y paternos. (MIDEPLAN, 2015) Teribe. El pueblo teribe o térraba de Costa Rica es descendiente de los teribes que fueron trasladados por los españoles en los siglos XVII y XVIII desde Talamanca, en la vertiente Caribe, hasta la vertiente del Pacífico. El pueblo térraba de Costa Rica y el naso-teribe de Panamá están emparentados. En Panamá se los conoce como nasos, en cambio en Costa Rica como teribes o térrabas (Broran). Se ubican en un único territorio indígena llamado Térraba (cantón de Buenos Aires) a orillas del río Grande de Térraba. Su idioma, aunque tuvo unos pocos hablantes en el siglo XX, se extinguió La desarticulación de la cultura original, como la de otros grupos indígenas, ocurrió desde tiempos coloniales, pero a eso se agregó el hecho de haber sido forzados a emigrar. A pesar de la pérdida cultural, realizan grandes esfuerzos por revitalizar su identidad; uno de sus medios para ello es el intercambio con sus hermanos del país vecino, quienes sí conservan su idioma teribe, y otros son rescate de tradiciones orales, rescate de memorias del trabajo agrícola, entre otros. 93 Territorio Pueblo Cantones Provincia Idioma Térraba Teribe Buenos Aires Puntarenas Español y teribe Guatuso Guatuso Guatuso y San Alajuela Español y maleku Carlos Kéköldi Bribri Talamanca Limón Bribri y español Quitirrisí Huetar Mora San José Español Matambú Chorotega Hojancha y Nicoya Guanacaste Español Abrojos Ngäbe Corredores Puntarenas Ngäbere Montezuma Coto Brus Ngäbe Coto Brus y Puntarenas Ngäbere Buenos Aires Conte Burica Ngäb Golfito y Puntarenas Ngäbere Corredores Ujarrás Cabécar Buenos Aires San José y Cabécar Puntarenas Salitre Bribri Buenos Aires Puntarenas Bribri y español Cabagra Bribri Buenos Aires Puntarenas Bribri y español Tayní Cabécar Limón Limón Cabécar Telire Cabécar Talamanca Limón Cabécar Cabecar Cabécar Talamanca Limón Cabécar Talamanca Bribri Bribri Talamanca Limón Bribri y español Talamanca Zapatón Huetar Puriscal San José Español Osa Ngobe Golfito Puntarenas Ngäbere Nairi-Awari Cabécar Turrialba, Matina y Cartago y Limón Cabécar Siquirres Bajo Chirripó Cabécar Turrialba y Limón Cartago y Limón Cabécar Alto Chirripó Cabécar Turrialba y Matina Cartago y Limón Cabécar Curré Brunca Buenos Aires Puntarenas Brunca Boruca Brunca Buenos Aires Puntarenas Brunca China Kichá Cabécar Pérez Zeledón San José Cabécar Altos de San Ngobe Golfito Puntarenas Ngäbere Antonio 8.1.2. Territorios indígenas. Actualmente existen 24 territorios indígenas de ocho pueblos originarios formalmente reconocidas por el Estado, los cuales se pueden observar en la Tabla No. 3: Territorios Indígenas de Costa Rica Tabla No.3 Costa Rica: Ubicación de territorios indígenas según división político – administrativa. Fuente: Comisión Nacional de Asuntos Indígenas, 2018.34 34 Disponible en: http://www.conai.go.cr/documentos.html 94 8.1.3. Concentración de población en cuanto a su cantidad de integrantes y áreas geográficas de asentamiento. Los Bribrí - Cabécar de la Cordillera de Talamanca, son las dos etnias más numerosas (con mayor cantidad de integrantes). Se estima que cuentan con un total de población de 35.183 (50.3% de población que se identifica con una etnia costarricense) con un territorio de 264.889 hectáreas distribuidas en once reservas indígenas, para casi un 80% del área total de las tierras indígenas del país. En general, en el sudeste de Costa Rica (provincias de Cartago, Limón y Puntarenas) se localizan 20 de los 24 territorios indígenas. Siendo las dos últimas (Puntarenas y Limón) donde se concentran la mayor cantidad de reservas indígenas, destacándose los cantones de Talamanca y Buenos Aires en las cuencas de los ríos Sixaola y Térraba. Asimismo, es de interés destacar que Buenos Aires y San Vito de Coto Brus, son cantones donde habitan integrantes de cinco de las ocho etnias indígenas. Estas se encuentran formadas por comunidades diferenciadas por su cultura. En ambos cantones habita una población indígena de 11.241 indígenas. Se mantienen vigentes cinco lenguas: Bribri, Cabécar, Guaymí, Teribe y Brunca (Boruca). La mayor población indígena del territorio se concentra en el cantón Buenos Aires, donde se encuentran 7 territorios indígenas, ubicadas en los siguientes pueblos: Térraba, Ujarrás; Boruca, Boruca, Rey Curré, Salitre y Cabagra. En el cantón de Coto Brus, la población indígena que predomina los Nögbe o Guaymí en un 64.30% los cuales se concentran en los distritos de Sabalito y en Limoncito, donde se encuentra ubicada el territorio Indígena Guaimí (Limoncito). (Inder, 2016) Al respecto, un mayor detalle en la siguiente tabla No 4. Tabla No.4: Población Indígena según etnia que se encuentra asentada en los cantones de Coto Brus Buenos Aires, Provincia de Puntarenas Fuente: INDER, 2016 a partir del Censo del 2011. En la zona sur abajo, que comprende los cantones de Osa, Golfito y Corredores, se registraron según el Censo del 2011, personas indígenas pertenecientes a los 8 pueblos indígenas. Siendo Corredores el cantón 95 con mayor presencia indígena y es uno de los cantones donde se encuentra una de los puestos fronterizos y de aduanas. El detalle en la siguiente tabla No.5 Tabla No.5: Población indígena ubicada en los cantones de Osa, Golfito y Corredores, 2011. Población Costa Rica Osa Golfito Corredores Total Indígena Territorial Bribrí 18 198 40 73 28 141 o Brunca 5 555 684 122 65 871 Boruca Cabécar 16 985 84 41 35 160 11 985 Chorotega 79 43 34 156 Huetar 3 461 16 5 10 31 o Maleku 1 780 18 7 9 34 Guatuso Nogbe 9 543 o 175 1229 1637 3041 Guaymi o Teribe 2 665 250 34 47 331 Terraba 8 444 De otro país 46 24 91 161 Ningún 26 070 309 290 228 827 Pueblo Total 104 143 1701 1868 2184 5753 Población Indígena Fuente: INDER, 2016 a partir del Censo, 2011. 96 8.1.4. Principales actividades económicas. Las actividades económicas principales al interno de los territorios están las agrícolas, donde sobresalen la producción de granos básicos, raíces tropicales. Producción tradicional para el auto consumo y un porcentaje de excedentes comercializables para el auto consumo y la venta de algunos excedentes, en la mayor parte como materia prima, hay pocas experiencias de generación de valor agregado (bajo desarrollo industrial), uno de estos casos es el de ACOMUITA en Talamanca. Siembra y Cultivo del Plátano. La población indígena de Talamanca (bribrís y cabécares), se dedican a la producción del Plátano, la mayor cantidad es sembrado con técnicas indígenas tradicionales; pero como indica el INDER “expuesto a presiones externas de los compradores demandan el uso de agroquímicos, principalmente para evitar manchas y picaduras en los frutosâ€?. La producción se vende a intermediarios. Siembra y cultivo del banano criollo. La población indígena de Talamanca (bribrís y cabécares), se dedican a la producción del banano, la mayor cantidad es sembrado con técnicas indígenas tradicionales; también expuesto a presiones externas de los compradores demandan el uso de agroquímicos. La producción se vende a intermediarios. Siembra y cultivo del cacao. Ã?reas de cultivo tradicional, manejados principalmente según las técnicas indígenas persistentes. Se encuentra en Talamanca y dentro de los palenques en el territorio Maleku. Indica el INDER que, la ubicación del territorio Talamanca-Valle de La Estrella es privilegiada, ya que cuenta con la cercanía de los puertos de Limón y Almirante en Panamá, lo que aumenta el potencial productivo y económico del territorio. (Calderón, 2014) En Bajo Chirripó la producción de hoja para envolver tamales es una actividad económica importante que debe ser fortalecida no solo a nivel productivo sino en cuanto a comercialización porque actualmente lo venden a intermediarios. El Turismo es una actividad importante en algunos territorios, asociados a este la producción de artesanía (mascaras borucas) y alimentos tradicionales (por ejemplo, las rosquillas en Matambú). También hay actividades vinculadas al transporte, acarreo de mercadería, de personas, así como algunos oficios y comercios. 8.1.5. Políticas públicas para pueblos indígenas vinculantes con el Proyecto. Política para Pueblos Indígenas 2019-2024. Actualmente, se encuentra en construcción esta política cuyo objetivo es el promover sus derechos mediante iniciativas que buscan el mejoramiento en sus condiciones de vida, en un marco de respeto a su cultura y autonomíaâ€?. Actualmente, se encuentra en la fase de consulta y se está construyendo de manera participativa. Es facilitada por el Viceministerio de la Presidencia, encargado del diálogo ciudadano. INDER-Concejos Territoriales. Cada uno de estos territorios tiene un plan de trabajo donde se implementan proyectos en territorios indígenas y los pueblos indígenas tienen un espacio de participación e incidencia. 97 Asimismo, es el INDER la instancia encargada de la compra de tierras dentro de los territorios indígenas tendientes a su devolución. Dentro de las dimensiones está el desarrollo económico local donde sería el punto de interacción con el Ministerio de Hacienda. 8.2. Población Afro descendiente En Costa Rica, la Población Afro descendiente. 35, se estima según el Censo del 2011 que el 7,8 % de la población del país se auto identificó como afro descendiente, este sector incluye a personas mulatas y negras. Indica la fuente consultada que, “las barreras para la población afro descendiente suelen ser mayores, puesto que también deben superar los prejuicios sociales vinculados con su condición étnica y, en el caso de las mujeres Afro descendientes, también con su condición de géneroâ€?. Asimismo, sostiene que, “los datos muestran que en Costa Rica aún persisten escollos que obstaculizan el desarrollo pleno de las capacidades de muchas personas afro descendientes, donde las limitaciones en el acceso a la educación y a los mercados laborales inciden en los niveles de pobreza de las personas y los hogaresâ€?. Por otro lado, acota que, “la población afro descendiente integra los grupos de población que presentan los porcentajes más altos de hogares en situación de pobreza, hecho que se manifiesta con mayor fuerza en las zonas rurales.â€? Finalmente, se insiste en la importancia de “…intensificar los esfuerzos para aumentar la visibilizarían de la población afro descendiente, e implementar campañas educativas y de promoción de derechos a fin de luchar contra la discriminación que actualmente sufre esta parte de la población de Costa Rica en diversos aspectos de su vida cotidiana, así como promover la diversidad y la multiculturalidad.â€? 8.3. Población en condición de vulnerabilidad Se consideró aquella población que en el ordenamiento nacional normas, instituciones y políticas que no solo promocionan, sino que tienen competencia sobre sus derechos. Dentro de este grupo se encuentran las mujeres, jóvenes, niñez, adolescencia, población LGTBIQ+, personas con alguna discapacidad, personas migrantes y casos de humanidad (Refugio, Asilado, Apátrida, humanidad) y población en condición de pobreza. 8.3.1. Mujeres En Costa Rica se cuenta con el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) ente público, descentralizado encargado y con la competencia para promoción y tutela los derechos humanos de las mujeres. 35 Los datos para la caracterización de la población afrodescendiente se elaboron apartir de las siguientes fuentes: https://www.cr.undp.org/content/costarica/es/home/presscenter/articles/2013/10/29/poblaci-n-afrodescendiente-en-costa-rica-muestra- rezagos-en-educaci-n-y-mayores-niveles-de-desempleo.html 98 En relación con las políticas públicas, Costa Rica cuenta con dos políticas orientadas hacia este sector de población. Estas son: la Política Nacional para la atención y la prevención de la violencia contra las mujeres de todas las edades, Costa Rica 2017-2032 (PLANOVI) y la Política Nacional para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres PIEG 2018-2030; así como, la tercera que está en proceso de construcción, denominada Política Nacional para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la formación del empleo y el disfrute de los productos de la Ciencia, la Tecnología y las Telecomunicaciones. Esta política se elaboró mediante la Secretaría Técnica de PLANOVI y las comisiones interinstitucionales de seguimiento y evaluación en coordinación con el Ã?rea de Violencia de Género del INAMU. Esta política se ubica dentro del sector Trabajo, Desarrollo Humano e Inclusión Social. Esta política contiene propuestas jurídicas, proyectos o acciones que garantizan el cumplimiento de los mandatos establecidos en los instrumentos que el ordenamiento costarricense contiene. Estas son: Convención de Belem do Pará, Ley 7586 contra la Violencia Doméstica, art. 22, Ley 8688 Creación del Sistema Nacional para la Atención y Prevención de la Violencia contra las Mujeres y Violencia Intrafamiliar art. 2). Tabla 6: Ejes y objetivos de PLANOVI (2017-2032) Ejes Objetivos: Articulación de iniciativas Aumentar el acceso de las mujeres afectadas por la violencia en público-privadas de desarrollo condiciones de pobreza, vulnerabilidad y exclusión, a programas de social para desvincular la desarrollo económico y social articulados, continuos y de largo plazo pobreza multidimensional, la que coadyuven al logro de su autonomía económica, con especial exclusión y la violencia contra énfasis en mujeres adolescentes, adolescentes madres por primera las mujeres: vez y madres con niños y niñas menores de 5 años. Protección efectiva, acceso Aumentar el acceso de las mujeres usuarias afectadas por la real, debida diligencia, sanción violencia a servicios públicos que les garantice: protección efectiva, y no re victimización. debida diligencia, sanción, reparación y no re-victimización Prevención, atención integral y Aumentar el acceso de las mujeres, especialmente, niñas, no-re victimización frente a la adolescentes y mujeres jóvenes afectadas por diversas formas de violencia sexual: violencia sexual a servicios especializados. Elaboración propia a partir de MIDEPLAN, La Política Nacional para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres PIEG 2018-2030. Igual a PLANOVI (2017-2032) pertenece al sector de Trabajo, Desarrollo Humano e Inclusión y fue elaborada por la Secretaría Técnica de la PIEG del INAMU en coordinación con la Comisión Técnica Interinstitucional de la PIEG y una Comisión Interna del INAMU. La Política Nacional para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres en Costa Rica 2018-2030 es la respuesta país a los compromisos internacionales sobre derechos humanos y la igualdad efectiva, los cuales se sustentan en las convenciones ratificadas; en particular, está vinculada con la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Comité para la Eliminación de la 99 Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) 1984) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Convención Belem Do Pará, OEA 1994), así como los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Tabla No.7: Ejes y objetivos Política Nacional para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres en Costa Rica 2018-2030 Ejes Objetivos: Promover cambios culturales en la ciudadanía, favorables a la igualdad efectiva entre mujeres y Cultura de hombres para la promoción, protección, respeto y garantía de sus derechos humanos, los derechos en todas las regiones y zonas del país. para igualdad Promover la corresponsabilidad social de los cuidados de personas en situación de Distribución dependencia y del trabajo doméstico no remunerado, que posibilite oportunidades y el del tiempo
 ejercicio efectivo de los derechos humanos de las mujeres. Distribución de Fortalecer la autonomía económica de las mujeres mediante el empleo inclusivo de la riqueza: calidad y el uso, acceso y control a ingresos, recursos y beneficios, reduciendo la desigualdad en la distribución de la riqueza del país y considerando la corresponsabilidad social de los cuidados como eje de empoderamiento económico en todas las regiones y zonas. Distribución del Fortalecer a las mujeres en su empoderamiento personal, liderazgo individual y poder colectivo, el autocuidado y su bienestar para la ciudadanía plena y el logro de la igualdad efectiva. Elaboración propia a partir de MIDEPLAN La tercera, es la Política Nacional para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la formación del empleo y el disfrute de los productos de la Ciencia, la Tecnología y las Telecomunicaciones. La institución encargada es el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT). Pertenece al área de Innovación y competitividad y al sector: Ciencia, Tecnología, Telecomunicaciones y Gobernanza Digital. Esta política se está en proceso de construcción, los encargados son el (MICITT) con colaboración del Instituto de la Mujer (INAMU) y la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI). Se centrará en la eliminación de la desigualdad en la participación de las mujeres con respecto a la de los hombres en Ciencia y Tecnología, mediante la implementación de iniciativas tendiente a la promoción de la “…igualdad en la participación de las mujeres respecto a los hombres en la atracción, la permanencia, la formación, la capacitación, el empleo de calidad y la investigación, en los diferentes campos de la ciencia, la tecnología y la innovación, para facilitar el acceso y el disfrute a las CTTI a las mujeres. “. A continuación, la siguiente tabla No.8 contiene el detalle de los ejes y objetivos. 100 Tabla No.8: Ejes y objetivos Política Nacional para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la formación del empleo y el disfrute de los productos de la Ciencia, la Tecnología y las Telecomunicaciones Ejes Objetivos Atracción a las mujeres a la ciencia, la tecnología y Contribuir a mejorar la participación de las mujeres las telecomunicaciones en la ciencia y la tecnología, desde la primera infancia y a lo largo de la vida Formación y permanencia de las mujeres en Promover el ingreso y la graduación de las mujeres carreras de la ciencia y la tecnología en las carreras técnicas y profesionales de la ciencia y la tecnología Fomento de investigación y el empleo de las Facilitar la creación de redes de actores mujeres en ciencia y tecnología competentes para establecer y aplicar mecanismos para erradicar las desigualdades de género en la distribución del lanzamiento, así como en los procesos de contratación, remunerativos y la carrera profesional en los empleos vinculados a la ciencia y la tecnología, en los sectores público y privado. Apropiación social de la ciencia con perspectiva Estimular la apropiación social de la ciencia y la de género tecnología, mediante el apoyo a proyectos e investigaciones científico - tecnológicos con perspectiva de género en todas las áreas del desarrollo humano que cuenten con participación activa de mujeres en el planteamiento y solución de problemas, considerando los diferentes contextos socioculturales. Sostenibilidad y seguimiento:
 Generar un sistema de Seguimiento y Evaluación coordinado por los mecanismos establecidos para la ejecución del Plan de la Política. Plan de Acción: se encuentra en proceso de elaboración. Elaboración propia a partir de MIDEPLAN Participación de las mujeres en los distintos sectores económicos. Al respecto, según datos del INEC para el I Trimestre del 2019 la Tasa de Ocupación Laboral de las mujeres fue de un 43,1% en relación con los hombres la cual representó un 67.5%. Asimismo, la Tasa de Desempleo 101 para ese mismo período fue de 14,2% mientras que para los hombres un 9,3%. En cuanto a la brecha salarial para los últimos cinco años, según el Programa del Estado de la Nación (2018) se encuentra en el intervalo de 17% y un 12%. Por otra parte, en cuanto a los puestos de decisión 3 de cada 10 directores y gerentes en el sector privado son mujeres. En cuanto a la participación de las mujeres en sectores productivos, la siguiente tabla se elaboró a partir de datos proporcionados por el INAMU según la Encuesta Nacional a Empresas, INEC (2017) en el sector de atención a la salud y la atención social, se estima que el 46% de los que laboran son mujeres y un 54% hombres. Mientras que en el sector de comercio el 73% son hombres y 27% mujeres. Se indica además que, en los grupos de Oficiales operarios, artesanos de artes mecánicas, Operadores de Instalaciones y máquinas y ensambladores, la participación de mujeres fue de 7 o menos por cada 100 personas trabajadoras. Asimismo, en el sector de servicios fue de 53%, en el Industrial 56% de las personas trabajadoras fueron hombres y 44% mujeres; así como en el Industrial es de 56% fueron hombres y 44% mujeres. En el sector cooperativo, según datos del INOCOOP (2018) facilitado por el INAMU en Costa Rica de las 860 843 personas asociadas a una cooperativa, un 42.7% son mujeres. Mientras que, en el sector financiero, según datos de la Encuesta de Género de la Asociación Bancaria Costarricense, se estima que el cual se estima en 25 000 empleados bancarios directos, laboran 12 523 mujeres (504%), no solo en puestos operativos y administrativos sino también en directivas y gerencias. Asimismo, es de interés indicar que según datos del INAMU36 reconoce que el sistema cooperativista es una excelente opción para que las mujeres accedan a sus autonomías física, económica, política, y con ello su empoderamiento de una forma digna y humanitaria. No obstante, ha identificado junto con el sector cooperativo un conjunto de brechas de género y además cuenta con un conjunto de acciones que viene implementado con el interés de reducir las primeras. A continuación, la siguiente tablaNo.9 contiene un detalle de las brechas de género y las acciones que está implementando para su reducción Tabla No.9 Brechas de Género y acciones del INAMU orientadas a su reducción. Brechas de género Acciones de INAMU para la reducción de estas brechas Las cooperativas de mujeres en un 45% son Las cooperativas de mujeres son reconocidas por el cooperativas autogestionarias, es decir, aquellas INAMU como una plataforma efectiva para el en donde las asociadas tienen el control de los empoderamiento económico de las mujeres y por medios de producción en su doble papel de esta razón han sido incorporadas a la PIEG y son propietarias y trabajadoras. Sin embargo, la mayoría tomadas en cuenta en todas las acciones tendientes de estas cooperativas presentan características de a fomentar la Autonomía económica de las mujeres. subsistencia y no reúnen las condiciones de trabajo decente: Salarios mínimos, seguridad social, 36 Cooperativismo. https://www.inamu.go.cr/web/inamu/cooperativismo 102 cotización para pensiones, etc. En cuanto a puestos en toma de decisiones los Apoyo alempresariado asociativa de las mujeres en hombres están ocupando el 61.5% y las mujeres el marco de las de las Ferias Nacionales y regionales el 38.5% de todos los cuerpos y la capacitación técnica especializada. directivos (Consejos de administración, comités de vigilancia, Comités de educación y bienestar) Sólo un 30% de las gerencias de las cooperativas, Entre INAMU, INFOCOOP, AMUCODE y el Comité son ocupadas por mujeres y solo un 22.1% de Nacional de Mujeres Cooperativistas se construyó mujeres ocupan el puesto de presidencias de los una Agenda Nacional de Mujeres Cooperativistas que Consejos de administración. va a ser presentada formalmente en los próximos meses. Se trabaja en el apoyo, junto con el Comité Nacional de Mujeres Cooperativistas, al intercambio de experiencias exitosas entre mujeres en materia de empoderamiento económico, como lo son los proyectos de Abastecedores comunitarios liderados por mujeres. Con las cooperativas del sector financiero, se ha estado trabajando desde el 2016 en la promoción de acciones que ayuden a disminuir las brechas financieras existente entre mujeres y hombres en cuanto a temas como apertura de cuentas, el ahorro, el acceso al crédito, la capacitación para el empresariado y para estimular la asociatividad. INAMU e INFOCOOP firmaron un Convenio de colaboración que ha favorecido la elaboración de Estrategias conjuntas para promover la autonomía económica de las mujeres con: (i)Acciones para avanzar en la implementación del Sello de Igualdad de género; (ii) Fomento y promoción de la asociatividad de las mujeres; y, (iii) Transversalización del enfoque de género en las políticas y servicios, incluyendo la incorporación del enfoque de género en el próximo Censo Nacional Cooperativo que realizará el INFOCOOP. Nota: Ambos son listados independientes, tomados tal cual aparecen en la fuente original, es decir que no se hace una relación directa entre brecha y acción correspondiente. Fuente: Elaboración personal a partir de Cooperativismo. Disponible en https://www.inamu.go.cr/web/inamu/cooperativismo. En el sector turismo, según la Organización Mundial del Turismo (OMT) (2010), en Latino América, las mujeres representan el 51.3% de la fuerza laboral del sector hotelero y restaurantes. Asimismo, indica esta Organización que, en algunos países, la mujer posee en doble de posibilidades de ser empleadoras en el turismo que en otros sectores económicos. En relación con el sector de tecnología e información, según datos del Estudio Salaria De Deloitte y la Cámara de Tecnologías de la Información y Comunicación, 2018, la participación de las Mujeres des de un 27%. 103 Por su parte, en el sector agropecuario, dentro de la población ocupada para los cuatro trimestres del 2017 se estimó que las mujeres participaron en un 13.3%. Este dato lo indica el INAMU a partir del Ã?ndice de Mejores Trabajos, elaborado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID, 2017) En relación con el trabajo doméstico y cuido no remunerado, según la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo para el 2017, las mujeres invierten 35:39 horas semanales, mientras que los hombres 13:49. Al respecto, el INAMU expresa que, Esta situación refleja el mandato social de género que asigna las tareas domésticas no remuneradas y de cuidados de personas a las mujeres, mayoritariamente. Como resultado de ello, se concluye que las mujeres disponen de menos tiempo para realizar otras actividades, como podría ser, aumentar su participación en el mercado laboral y acceder a un empleo decente, desarrollarse en lo personal y/o realizar actividades de autocuidado. Esa misma encuesta arrojó datos sobre la Carga Global de Trabajo (CGT), indicador que se obtiene de la sumatoria del tiempo dedicado al trabajo remunerado y no remunerado; el resultado es que las mujeres a lo largo de toda su vida tienen mayor CGT que los hombres (69 horas las mujeres vs 62 horas los hombres). También señala que el principal motivo que le impide a una mujer buscar un empleo, es tener que realizar actividades de cuidados a la familia. (INAMU, 2019)37 Género y pobreza. En cuanto a la pobreza, se estimó según el INEC (2018) que las jefaturas femeninas en esta condición son de 25% mientras que los hombres en 18,3%. 8.3.2. Jóvenes En Costa Rica, la población joven comprende aquella comprendida entre las edades de 15 a 24 años. Estimada en 747 438, de las cuales para el III Trimestre del 2019, se estimó dentro de la población ocupada 233 310, de los cuales 82 209 son mujeres. La densidad de ocupación está en zonas urbanas (164 728). Dentro del sector formal 131 490, de los cuales la mayor concentración se ubica en la zona urbana (100 820). Mientras que en sector informal 101 820, también con mayor incidencia en la zona urbana 63 970. Por su parte la población desempleada es de 105 204, de los cuales 47 904 con mujeres. La población femenina en edad de trabajar es de 359 576, de la cual 71 504 tiene hijos. De 37Información tomada de Valoración del Trabajo Doméstico No Remunerado (TDNR) y Cuenta Satélite del Trabajo Doméstico No Remunerado (CSTDNR). Ubicado en https://www.inamu.go.cr/web/inamu/valoracion-del-trabajo- domestico-no-remunerado. Se busca un reconocimiento social y económico del TDNR que mayoritariamente hacen las mujeres, mediante la realización de un conjunto de acciones tendientes a visibilizar estas brechas en el uso y distribución del tiempo (remunerado o no) para visibilizar el aporte económico de las mujeres y hombres al desarrollo económico y bienestar de las familias mediante el Trabajo Doméstico No Remunerado. Para tales fines se han creado dos herramientas: La Encuesta Nacional de Uso del Tiempo 2017 y la Cuenta Satélite del Trabajo Doméstico No Remunerado. Amparadas las acciones anteriores en la norma Ley 9325, del 19 de octubre de 2015 "Contabilización del aporte del trabajo doméstico no remunerado en Costa Rica". 104 estos 33255, 20 186 están ocupados, 13 069 desempleados y 38 249 fuera de la fuerza de trabajo. Ahora bien, la población femenina en edad para trabajar sin hijos es de 288 072, de la cual 96 567 está en la fuerza de trabajo sin hijos, 61 811 están ocupadas, 34 756 desempleadas y fuera de la fuerza de trabajo 191 5. Tabla No.10: Costa Rica: Porcentaje de Población jóvenes que trabajan y estudian y aquellos que no. III Trimestre del 2019. III Trimestre 2019 Indicadores generales Total en P. Joven 15 a 24 edad de P. Adulta1/ 25 o más años trabajar Porcentaje de población que trabaja y estudia8/ 11.8 35.9 8.9 Porcentaje que no trabaja o estudia9/ 32.1 14.9 36.4 Fuente: INEC, 2020 En Costa Rica, el órgano que tiene la competencia en materia la población joven es el Consejo de la Persona Joven38, fue creado mediante la Ley Nº 8261 en el mes de mayo del 2002, su objetivo es posicionar el tema de la persona joven en la agenda de Gobierno y visualizar a la persona joven como un sujeto integral, merecedor de oportunidades para mejorar su calidad de vida. Esta normativa reconoce a la persona joven como un actor social y pretende brindarle participación y protagonismo en la realidad nacional. Esta normativa implicó un cambio de paradigma, su creación deroga la institucionalidad del Movimiento Nacional de Juventudes, ente que atendía a los y las jóvenes de nuestro país. En su lugar, aparece el Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven, como un órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Cultura Juventud y Deportes, el cual será rector de las Políticas Públicas de la Persona Joven. La Ley Nº 8261 en su artículo 10 crea el Sistema Nacional de la Juventud, el cual está conformado por: El Viceministro/a de la Juventud; El Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven; Los Comités Cantonales de la Persona Joven y la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven El Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven es nombrado como órgano rector de las Políticas Públicas para la persona joven. La Ley plantea que el Consejo definirá e instrumentará una Política Pública de la Persona Joven que les permita incorporarse en el desarrollo del país. Debe actuar como un órgano de consulta y asesoría de dependencias y entidades del Estado, de las municipalidades, de la sociedad civil y el sector privado, es así que fungirá como órgano oficial en materia de juventud, ante instituciones del Estado, municipalidades, sociedad civil y organizaciones privadas. No tiene ninguna política pública vigente. 38La información sobre el Concejo de la Persona Joven fue tomado de su WEB institucional. Disponible en https://cpj.go.cr/es/quienes-somos.php 105 8.3.3. Niñez y adolescencia. Esta población se incluyó como un sector vulnerable con bajo o ningún uso de los sistemas del Ministerio, pero son una población de interés para orientar acciones de cambio cultural en cuanto a la educación fiscal. Para lo cual deberá establecerse contacto con el Ministerio de Educación. 8.3.4. Adultos Mayores. En Costa Rica, el Concejo de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM), es el órgano rector en materia de envejecimiento y vejez en Costa Rica, con fundamento jurídico en la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor (Ley No. 7935), de desconcentración máxima y adscrito a la Presidencia de la República. Busca garantizar el mejoramiento en la calidad de vida de las personas adultas mayores mediante la formulación y ejecución de las políticas públicas integrales que generen la creación de condiciones y oportunidades para que las personas adultas mayores tengan una vida plena y digna. Se creó con los siguientes fines: ∙ Propiciar y apoyar la participación de la comunidad, la familia y la persona adulta mayor en las acciones para su desarrollo. ∙ Impulsar la atención de las personas adultas mayores por parte de las entidades públicas y privadas y velar por el funcionamiento adecuado de los programas y servicios destinados a ellas. ∙ Velar porque los fondos y sistemas de pensiones y jubilaciones mantengan su poder adquisitivo, para que cubran las necesidades básicas de sus beneficiarios. ∙ Proteger y fomentar los derechos de las personas adultas mayores referidos en el ordenamiento jurídico en general. En relación con la participación económica de esta población, según el INEC para el III Trimestre del 2019, la población adulta mayor (con 60 años o más) en Costa Rica se estimó en 837 822, de cuyo total 429 381 son mujeres. La mayor de esta población se ubica en la zona urbana 641 079. La fuerza económica se es igual 242 473, de la cual 230 505 está ocupada y de las cuales 79 104 son mujeres. Fuera de la Fuerza de Trabajo es de 595 349, de las cuales 345 875 son mujeres. La población adulta mayor ocupada es de 230 505, se ubica principalmente en el sector de comercio y servicios, de las cuales 69 379 son mujeres. En cuanto a la Calificación del Grupo Ocupacional, la mayor parte tiene una calificación media 139 136, de la cuales 50 533 son mujeres. La mayor parte de esta población se centra en el sector privado 208 928, de los cuales 70 088 son mujeres. La Clasificación según posición en el empleo principal, independiente 112 507 (49 666 son mujeres), mientras que independiente 117 998 (29 438). En relación con la clasificación, el mayor parte son de empleo informal (177 476, de los cuales 64 391 son mujeres) y en subempleo fue de 15.7 y 20.6 son mujeres. 106 8.3.5 Población LGTBIQ+ 39 El Ministerio de Saludo publicó una Guía Corta sobre la situación de derechos de las personas LGTBI en Costa Rica, donde se detalla sus derechos. Asimismo, el Ministerio de Hacienda cuenta con un comité de referencia al interno y también el país cuenta con un Comisionado en el Viceministerio de Diálogo Ciudadano del Ministerio de la Presidencia. 8.3.6 Personas con alguna discapacidad En Costa Rica, la población con alguna discapacidad se estimó según el Censo del 2011 en 452 849 personas. Por su parte, en cuanto a la distribución geográfica de la población con alguna discapacidad (, en Costa Rica el 50% se encuentra en la Gran Ã?rea Metropolitana (GAM), Resto de la Región Central el 11%, en la Huetar Atlántica el 9.6%, en la Región Brunca 8.5%, Región Chorotega 7.9%, Región Huetar Norte 7.3% y finalmente en la Región Pacífico Central se ubica el 5.7%. En Costa Rica, a partir del último Censo Nacional de Población y IV de Vivienda 2011 la población se indica que 40 según tipo de limitación las tres principales según porcentaje de incidencia (76%) son: ver aunque use anteojos, para el caminar y subir gradas; así como para oír. Al respecto, el detalle según tipo: â—? La principal discapacidad en el ámbito nacional es la visual bajo el tipo Limitación para ver, aunque use anteojos, la cual corresponde a un 5.8% de la población, pero no todos son ciegos. Esta capacidad representa dentro del 100% un 41.7%. â—? El segundo tipo de discapacidad es la Limitación para caminar o subir gradas, la cual está presente en un 1.6% de la población nacional y al interno del 100% de las capacidades representa el 23.3%. â—? El tercer tipo, según incidencia es la Limitación para oír, la cual corresponde a uno,7% de la población, y representa el 11% en el conjunto de discapacidades. Las siguientes cuatro, representan el 33% del conjunto de discapacidades. â—? Limitación para usar brazos y manos (3,3% en el ámbito nacional y para el conjunto de las discapacidades representa el 8.1%); 39 https://cpj.go.cr/es/quienes-somos.php 40Andrea Pérez Noguera. Resultados relevantes de Discapacidad: Censo 2011. Estadísticas del CNREE. Documento disponible en la WEB del CONAPDIS. Ubicación.http://www.conapdis.go.cr/documentacion/estadisticas/Analisis%20datos%20censo%202011%20di scapacidad.pdf. En este informe se advierte que Cabe aclarar que una persona podía indicar la existencia, de una, dos o más discapacidades, por lo que en caso de presentar dos o más quedaba contabilizada varias veces. 107 â—? Limitación tipo intelectual –retardo, síndrome Down, etc.- corresponde al 1.1% del porcentaje nacional y u 5.9% para el conjunto de los tipos de limitación. Seguido, por las Limitaciones para hablar se presenta en el 0,8% de la población nacional y un 4.9% para el conjunto. â—? Limitación de tipo mental (Bipolar, esquizofrenia, otros) se presente en el 0,6% de la población y representa el 4,5% del total. Por su parte, en relación con discapacidad en edades laborales y de aseguramiento, es de interés indicar que, A. Existen personas Asalariadas que presentan estos tipos de limitaciones. La mayor incidencia corresponde a las limitaciones para ver, aunque use anteojos o lentes (29.9%), en seguida la limitación para oír (21.6%), en un tercer lugar están muy similar las limitaciones para caminar o subir gradas (16.5%) y 16.3% limitación para la utilización de brazos y manos; con limitación para hablar 11%, tipo mental 9.1% y menor grado la de tipo intelectual son solo el 5.2%. B. Por Cuenta Propia voluntario o convenio. Presentan tres tipos principales, Limitación para oír (15.5%); Limitación para ver, aunque utilice lentes (15.2%); seguido por dificultad para caminar o usar gradas (14.2%). Posterior a estas, están otras tres con menor incidencia. Estas son: Mental (8.5%), para hablar (7.9%) e intelectual 4.9%. C. Régimen no contributivo (recibe pensión). El mayor porcentaje según limitación está en la de tipo intelectual (9.3%), seguida por la limitación para hablar (8.6%), Mental (7.2%). Con una incidencia similar las limitaciones para caminar o subir gradas (5.0%), utilizar brazos y manos (5.1%), para oír (3.4%) y para ver (1.8%). D. Pensionado de la CCSS. Las tres principales limitaciones son: para caminar o subir gradas (13.49%); utilizar brazos y manos (12.29%); en tercer lugar, de incidencia están para hablar (11.4%); la mental (11.2%); oír (9.0%) para ver 6.6%. E. Magisterio u otro. Caminar o subir gradas (13.4%); utilizar brazos o manos (12.2%); F. Asegurado familiar. Limitación intelectual (27,7%); para ver (25,8%); caminar o subir gradas (24,3%); usar brazos y manos (24,2%); oír (23,6%); hablar (22,2%) y tipo mental 21,8% G. Asegurado por el Estado. Intelectual (28,7%); Mental (26,9%); Hablar (23,7%); usar brazos y manos (14,9%); limitación para caminar (13,9%); para oír (12,5%), para ver y utilizar anteojos (7,7%). H. Otras formas. Limitación para ver (0,9%), oír, utilizar brazos y manos, intelectual, caminar o gradas (0,8%) y para hablar (0,7%). I. No tienen seguro. En relación con esta categoría, se ubican el tipo intelectual (14.8%); Mental (14.4%); hablar (13.8%); oír (13,6%). Con un punto más abajo están: usar brazos o manos (12.7%), ver, aunque utilice lentes o anteojos (12.5%). Por su parte, en relación con la participación de personas con alguna discapacidad y su participación en el segmento de económicamente activa, según el Censo el 2011 es de interés indicar al menos los siguientes aspectos: A. Existen 285 580 personas con discapacidad en edades entre 18 y 65 años, de los cuales 138 525 son hombre y 147 055 son mujeres. De las cuales, 132 423 personas, están dentro de la Población Económicamente Activa (PEA), de este total 67.61% son hombres (89 535) y las 42 888 mujeres, las cuales corresponden al 32. 38%. 108 B. De este total (132 423), la mayor parte 91.22 % (120 800) Trabajó durante una hora o más (sin contar los oficios domésticos de su hogar), de los cuales 81 416 son hombres y 39 384 son mujeres. C. No trabajó, pero tiene empleo (4.51%) es decir 5 977 personas, de la cuales 3901 son hombres y 2016 son mujeres. D. Buscó trabajo y había trabajado antes. Se registra un total de 5 111, de los cuales 3887 (son hombres) y 1 224 (mujeres). E. Buscó trabajo por primera vez. 535 personas, de la cuales 204 son mujeres y 331 son hombres. En cuanto a educación, en Costa Rica el Censo del 2011 evidenció que a mayor edad menor participación al nivel educativo de acorde a su edad. El porcentaje desciende de 74.6% entre las edades de 6 a 12 a 24.8 entre los 18 y 25 años. Al respecto, el grafico 1 brinda el detalle. Asimismo, en cuanto a analfabetismo, el 9.4% del total de la población con discapacidad no sabe leer ni escribir. Indica Pérez que, Si se analiza en forma regional, el menor porcentaje de personas con discapacidad analfabetas estaría en el Gran Ã?rea Metropolitana (GAM), cuyo porcentaje es 6.6%. Aumenta considerablemente en el resto del área metropolitana, Chorotega, Pacífico, Brunca, Huetar Atlántica con porcentajes entre 11% y 13%. La región Huetar Norte, es la que presenta mayor porcentaje de analfabetismo en personas con discapacidad; siendo de 15.2% de la población. Gráfico No.1 Costa Rica. Porcentaje de estudiantes con discapacidad cursando el nivel educativo de acorde a su edad. Por su parte, en cuanto al uso de tecnología, se consideró las personas con discapacidad que utilizaron en los tres meses previos al Censo 2011 algún tipo de tecnología. Al respecto, según los datos de la fuente consultada, la tecnología más utilizada es el celular con un uso del 52.6%, luego las computadoras con un 26.7% y 24.6% el internet. En relación con discapacidad y migración, según el censo del 2011 esta población es de 36 365, la mayor parte proviene de América Central (corresponde a un 81.42%), de las cuales 15 815 son mujeres y 13 797 son hombres. A continuación, mayor detalle en la siguiente tabla No.11 109 Tabla 11. Costa Rica. Cantidad de Migrantes con discapacidad por región de procedencia según sexo. Junio, 2011. Fuente original de la tabla: CNREE. Bas de datos PDQ-Explore. Centro Centroamericano de Población (CCP). Censo 2011. INEC. Fuente: Pérez, 2011. En cuanto a vivienda, el 68.37% tiene una tenencia de Casa Propia Pagada, el 12.63% Alquilada, Propia pagando a plazos (8.35%); Prestada por otro motivo (no paga) 4.85%; Prestada por motivo de trabajo 2.31%; Está en precario el 1.47%, en Vivienda Colectiva 1.11%, Otro 0,91%. Por su parte en cuanto a calidad, indica la fuente consultada que el 54.7% está en estado Bueno, el 32.1% en Regular y un 12. % Malo. 8.3.7. Personas migrantes y casos de humanidad (Refugio, Aseado, Apátrida, humanidad) UNHCR-ACNUR define las personas refugiadas como “aquellas que se han visto forzadas a huir de su país porque su vida, libertad o seguridad están en peligro. Ellas y ellos han sido víctimas de graves violaciones de sus derechos humanos, situaciones de conflicto armado o violenciaâ€?. Por su parte, tanto la Convención de 1951 sobre el Estatuto del Refugiado y la Ley nacional de Migración, una persona refugiada es quien, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad, ya que ahí no ha encontrado la protección requerida. El gobierno de Costa Rica es el responsable de determinar quién es reconocido como refugiado en el país41 En Costa Rica, el artículo 106 de la Ley de Migración y Extranjería (LGME) establece que se brindará protección como refugiado a toda persona que sufra fundados temores de ser perseguida por razones de género o por su orientación sexual. Actualmente, se estima que, en Costa Rica hay cerca de 5.000 personas reconocidas como refugiadas, la mayoría de ellas de nacionalidad colombiana, pero un número cada vez mayor de solicitantes de asilo es originario de los países del norte de Centroamérica que huyen de la violencia relacionada con las pandillas. 41UNHCR-ACNUR. Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Costa Rica) https://help.unhcr.org/costarica/preguntas-frecuentes 110 Otros países de origen son Nicaragua, Cuba y Venezuela (con un auge importante de solicitudes durante el 2017), aunque hay refugiados de 40 nacionalidades distintas. La población refugiada reside principalmente en zonas urbanas y la mayoría de ella está en una “situación prolongadaâ€? (tiene más de 10 años de haber llegado al país).42 Desde inicios del 2018, tras la crisis en Nicaragua aumentó la cantidad de personas que han llegado a Costa Rica, escapando de la violencia. Al respecto según, datos del ACNUR ha llegado al menos 55 mil personas.43 La condición de Refugio es un estatus migratorio regular que, permite no solo accede a permisos de trabajo sino a constituirse como contribuyente voluntario. Ahora bien, en Costa Rica la Dirección General podrá conocer y resolver en forma individual, por razones de humanidad, aquel caso que por sus particulares condiciones, suponga una especial situación de vulnerabilidad de la persona extranjera derivada de su condición etérea, género, discapacidad, entre otras, siendo su regularización migratoria condición necesaria para atender tal situación. Se considera como una persona apátrida a aquella que no es considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a la legislación de ese país. Corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la determinación de la condición de apátrida. La Dirección General de Migración y Extranjería procederá a la documentación de las personas apátridas con fundamento y previa presentación de la resolución emitida por la Cancillería. Con esta documentación podrá ejercer cualquier tipo de relación laboral remunerada o lucrativa por cuenta propia o en relación de dependencia con estricto apego a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico. Por su parte, la persona asilada es aquella persona extranjera perseguida en su país por delitos políticos o conexos, definidos por los convenios en materia de derechos humanos y tratados internacionales ratificados por Costa Rica, a quien se le otorgó el asilo en territorio nacional, es considerada como una persona asilada. Todos estos estatus permiten laboral y ser contribuyente, es una población que tiene condiciones especiales que es de interés atender a fin de contribuir a su formalidad económica. 8.3.8. Población en condición de pobreza En relación con la pobreza y su relación con la desigualdad, resultado del análisis del Estado de la Nación (2019) al respecto se indica que para el caso de Costa Rica: â—? La pobreza y la desigualdad económica tienen su origen principal en el mercado de trabajo, esto por cuanto, el 80% de los ingresos de los hogares proviene de los ingresos laborales. Aproximadamente la mitad de la desigualdad de ingresos se explica por factores asociados a la estructura productiva. 42 ACNUR, https://www.acnur.org/costa-rica.html 43Redacción BBC News Mundo. Los refugiados en Costa Rica por la crisis en Nicaragua: "No entiendo por qué nos odianâ€? 19 abril 2019. Ubicado en https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-47987329 111 Asimismo, que, existen fuertes y persistentes asimetrías territoriales y de género en materia de pobreza y desigualdad de ingresos. Así como, el estancamiento del indicador se relaciona con el hecho de que los ingresos de los hogares bajaron en casi todos los sectores a la vez. • La incidencia de la pobreza por ingreso se ha mantenido sin cambios significativos en los últimos veinticinco años, en un 20% de los hogares. Sin embargo, advierte este informe que, “…la población afectada no es siempre la misma: existe un constante flujo de grupos que entran y salen de esta condición, dependiendo de su situación laboral, pues cerca de un 13% de los hogares tiene ingresos que apenas sobrepasan la línea de pobreza.â€? (PEN,2019:47) El siguiente grafico contiene un detalle de la evolución de la pobreza según método de evaluación, abarca de un período del 2005 al 2018. Gráfico 2: Evolución de la incidencia de la pobreza, por método. Fuente: Gráfico 1.21: Evaluación de la incidencia de la pobreza, por método. (PEN,2019:47) 112 Se advierte que, en las últimas décadas ha habido cierto progreso en disminuir esas brechas, pero las diferencias intrarregionales han aumentado. • La desigualdad de ingresos creció considerablemente en los últimos veinticinco años. Hoy Costa Rica no solo es un país más desigual, sino que perdió la ventaja que tenía como una de las naciones más equitativas de Latinoamérica. Asimismo, se indica que, “…en un contexto de mediano plazo, las brechas entre zonas y regiones se han reducido y tienden a converger hacia el promedio nacional, lo cual refleja, sin embargo, un aumento en la desigualdad a lo interno de las regiones...â€? (PEN, 2019: 47) A manera de ejemplo de las diferencias territoriales, se presenta el siguiente gráfico No.3 elaborado por el PEN (2019), en cual se puede apreciar las diferencias en cuanto a la actividad productiva por región y el predominio productivo de la Central GAM. Gráfico No.3: Costa Rica: Tamaño de la actividad productiva por Región, 2017. 113 Fuente: PEN, 2019: 60 Otro elemento interesante para el análisis es la diferencia en las estructuras productivas entre las regiones y fundamental el conocer quiénes son los actores que están incluidos en los segmentos mayores. Por ejemplo, en el a, b y c está asociado a una agricultura distinta a la GAM expresada en la Norte y Caribe donde hay presencia de producción agroindustrial. Gráfico 4: Costa Rica: Tipología de las estructuras productivas regionales, según la distribución de los ingresos por concepto de ventas y sector económico para el 2017. 114 Fuente: PEN 2019:62, elaborado a partir de Capitulo 3, con datos del BCCR La política social ha podido reducir, cada vez con mayor fuerza, las desigualdades de ingreso provenientes del mercado laboral y complementar los ingresos estancados de los hogares, pero no consigue revertir las tendencias que surgen de la economía real. Asociado a este punto, se indica que ha habido un impacto positivo sobre la equidad social, lograda a partir de un amplio acervo de políticas sociales, de carácter universal, contributivo y focalizado. En este sentido, estas formas de enfrentar la desigualdad también significan una presión importante a los recursos públicos al tiempo que no ha cambios sustantivos en la economía real, la cual también está vinculada a las condiciones reales de captar mayores ingresos fiscales. Asimismo, como indica el mismo informe no todas estas políticas “son progresivas: h ay programas regresivos que de manera creciente consumen los recursos de la inversión socialâ€?. Sumado a tal como indica el Informe Estado de la Nación a “una fragmentación institucional que provoca duplicaciones, conflictos entre entidades y rigideces establecidas por un amplio conjunto de leyes. A ello se une la falta de seguimiento y evaluación de resultados.â€?, pero también hace la salvedad que en años recientes se ha generado nueva información que ha permitido empezar a evaluar esas políticas. Se concluye que, “… en la crítica coyuntura que hoy vive el país, persisten, y en algunos casos se profundizan, las tendencias estructurales antes mencionadas, con el agravante de que el desbalance en las finanzas públicas amenaza la sostenibilidad de la inversión social, el “dique de contenciónâ€? en materia de equidad e integración social.â€? (PEN, 2019:47) A continuación, Actividades de Preparación y Metodología del Proceso de Consultas a las Partes Interesadas en la Etapa de Diseño del Proyecto. 9. Actividades de Preparación y Metodología del Proceso de Consultas a las Partes Interesadas en la Etapa de Diseño del Proyecto El Ministerio de Hacienda mediante su Despacho designó un equipo de funcionarios y funcionarios representativos de las distintas direcciones para acompañar este proceso y quienes por su experiencia y funciones tiene un carácter de participación con “criterio expertoâ€? pero, además, aportando una visión integral del mismo. 9.1. Metodología general para la construcción del Plan Este equipo contó con apoyo externo para la definición de la metodología y el acompañamiento del proceso de evaluación social del cual se deriva el presente Plan. Al respecto, en términos metodológicos, es de interés acotar que este proceso se llevó a cabo desde una perspectiva epistemológica constructivista, desde un enfoque de investigación acción, se privilegió las técnicas de investigación social de tipo cualitativas, 115 orientadas a abrir espacios de diálogo entre distintos actores tanto internos como externos al Ministerio de Hacienda. Aspecto que no exime en las etapas posteriores en esta fase de formulación el apoyarse con otras de tipo cualitativas, las cuales se identificaron en el proceso de evaluación precisamente por la diversidad y cantidad de usuarios finales de sus sistemas. La figura No. 6 contiene el detalle de las distintas etapas de investigación previstas para llevar a cabo la Evaluación Social y la formulación de los marcos que le acompañarán, siendo el presente Plan de Participación de Partes Interesadas un resultado que corresponde la quinta fase, denominada “Elaboración, validación y ajuste del Plan del Participación de Partes Interesadas y que parte de los insumos de las fases anteriores. Figura No. 6. Fases metodológicas para llevar a cabo la Evaluación Social y el Plan de Partes Interesadas (indicada la fase correspondiente con una flecha) Fase I: Análisis de resultados de la Evaluaci Fase VI. Envío, revisión y Fase II Preparación de los aprobación por parte del instrumentos para la Banco Mundial y publicación recolección de la información por el Ministerio de Hacienda. Fase V Elaboración, validación y ajuste del Plan Fase III Recolección de del Participación de Partes Información Interesadas Fase IV Recepción, procesamiento y análisis de información recolectada Fuente: Elaboración propia a partir de adaptación de Acuña Sosa, K. Investigación Acción Participativa,2019. El equipo se reunió con el propósito de identificar las Partes Interesadas en este Proyecto; así como identificar qué acciones de consulta o participación con vinculantica al objetivo del Proyecto. Aquellos que corresponderían a los antecedentes En este sentido, considerando la escala nacional, su naturaleza y las competencias de este Ministerio, se concluyó que este proyecto tendrá de manera directa o indirecta una afectación en toda la población del país. ( en tanto espacios o actividades de trabajo, participación, diagnóstico con las partes interesadas). Nota especial sobre procesos consultivos previo al proyecto: Cabe mencionar que previo a la elaboración del Plan de Participación de Partes Interesadas y su primera etapa de consultas, el Ministerio de Hacienda ha venido realizando sesiones previas de trabajo con algunos sectores que, para efectos de este Proyecto, constituyen segmentos de la Partes Interesadas. Entre estas, se ubicó el Foro Nacional de Aduanas denominado “Construyendo la Aduana que queremosâ€?, realizado en 16 de noviembre del 2018. Se contó con el apoyo de la UCCAEP y con el Colegio de Ciencias Económicas, sede del evento. 116 El objetivo general del Foro fue identificar los principales aspectos de cambio en el Servicio Nacional de Aduanas (como sistema integral) y las acciones que permitan conseguirlo y como específicos los siguientes: (i.) Dar a conocer las acciones que han sido puestas en práctica en el Servicio Nacional de Aduanas y que inciden en un mejoramiento del servicio aduanero; (ii.) Evaluar el estado actual del Servicio Nacional de Aduanas, identificando las principales áreas que inciden en su eficiencia y (iii.) Proponer acciones de mejora en el Servicio Nacional de Aduanas para promover la actualización del servicio aduanero a nivel de infraestructura, capital humano y procesos. Se reconoce que este Foro permitió profundizar en aquellas áreas o temas previamente identificados que requieren de la implementación de cambios o mejoras. Asimismo, este encuentro permitió informar sobre las acciones que actualmente la administración ya ha puesto en desarrollo. Permitiendo así que los aportes de los participantes consideraran la realidad actual de la aduana costarricense. Las recomendaciones del foro están en línea con las actividades del proyecto. Por ese motivo, se considera que sus resultados deben ser tomados en cuenta como insumos de partes interesadas. La potencialidad en la divulgación y promoción del Proyecto con este sector podría también tener un efecto multiplicador y facilitaría el acceso a usuarios finales. El Proyecto contribuirá a dar más agilidad de los procesos y reducción de tiempos y costos en el comercio transfronterizo. Para ver resultados detallados del Foro, ver Anexos. 9.2 Actividades Preparatorias al Proceso de Consulta En este apartado se detalla las actividades preparatorias que se llevaron a cabo previo a la participación de las Partes Interesadas en la fase de diseño. En esta fase se dio la identificación de las partes interesadas, pueblos indígenas, población vulnerable y otras partes interesadas; la identificación de posibles beneficios, afectaciones o riesgos de estos en relación con el Proyecto; la elaboración de categorías para agrupar a las partes interesadas; se definió la propuesta de las sesiones de información y consulta que se debieron realizar; se definió la metodología para la sesiones y distribución de los equipos de trabajo; y finalmente, se dio la reparación del equipo y los materiales para las sesiones . La siguiente tabla No. 12, contiene un resumen de cada una de las etapas con su correspondiente descripción. 117 Tabla No. 12: Detalle de las fases con las acciones asociada y su correspondiente detalle. Fases Acciones Detalle Fase I: Diagnóstico a. Identificación de las partes La identificación de las partes interesadas del Equipo, el equipo llevó a cabo varias sesiones Mapeo de actores e interesadas, pueblos indígenas, participativas de trabajo, combinando un grupo representativo de las distintas áreas del Ministerio de identificación de las población vulnerable y otras partes Hacienda, como equipo que brindara un “criterio de expertoâ€? precisamente enlistando los principales Partes Interesadas del interesadas. usuarios de los sistemas y actores con los cuales se tiene contacto o no; así como, la población Proyecto indígena, vulnerable y otras partes interesadas. En este sentido, considerando la escala nacional, su naturaleza y las competencias de este Ministerio, se concluyó que este proyecto tendrá de manera directa o indirecta una afectación en toda la población del país. B. Identificación de posibles El equipo de trabajo llevó a cabo varias sesiones participativas recurriendo a un “criterio de expertoâ€? beneficios, afectaciones o riesgos de mediante las cuales se identificaron los posibles afectaciones o riesgos de estos en relación con el estos en relación con el Proyecto. Proyecto. Las sesiones de estos dos momentos (A y B) permitieron además caracterizar a estos sectores. C. Elaboración de categorías para A partir de las instancias, sectores identificados como partes interesadas y del primer acercamiento agrupar a las partes interesadas los posibles beneficios, afectaciones o riesgos de estos en relación con el proyecto. Se identificaron una diversidad de sectores e instancias, considerando la diversidad de actores con los cuales trabaja el Ministerio y el alcance de este Esto actores identificados en el momento A se agruparon en categorías con el interés de proyectar la cantidad de sesiones a realizar sino además a facilitar el diálogo en un espacio confortable de manera que fuese posible también para el equipo conocer la realidad de este. Fase II Preparación de D. Propuesta de las sesiones de Las sesiones propuestas fueron 9 pero no exime realizar otras en la medida que según el sector se los instrumentos para información y consulta que era requiera a fin de que esta evaluación y el marco queden lo más robustos. Teniendo como criterio la recolección de la necesario realizar facilitar la participación según la realidad de cada uno de estos sectores. información Otros dos elementos considerados como riesgos en la participación en estos dos meses, es que diciembre y enero son de vacaciones; asimismo, el país tendrá elecciones de alcalde en febrero del 2020. Asimismo, se tiene contemplado la realización de entrevistas cuando proceda o se considere pertinente para los fines. Todas las sesiones se realizaron en la Sala primer piso, Edificio Central Ministerio de Hacienda, la cual cuenta con las condiciones para su realización. E. Definición de metodología para la La sesión de información se concibió desde una posición epistemológica constructivista, desde un sesiones y distribución de los equipos enfoque de Investigación Acción Participativa y apoyándose de técnicas de recolección de información de trabajo cualitativas: “consulta a expertosâ€?, “taller participativoâ€? y se dotó de un cuestionario orientador para guiar la discusión al interno de los sectores con el interés de recolectar la información requerida para l 118 presente evaluación. En cada sesión se privilegió generar las condiciones para el diálogo con la ciudadanía en un marco de respeto, confianza y trasparencia. Buscando que las y los participaran comprendieran no solo el proyecto sino el sentido de este dentro de la coyuntura del país y del Ministerio; así como el instrumento con las preguntas para que fuera posible por ellos su utilización con sus colegas. Se definió como objetivo general definir los mecanismos de participación y consulta en las fases de implementación y cierre del Proyecto. Centrándose en los aspectos que requiere el Marco de Participación. La sesión tiene un carácter cualitativo, se utilizará como técnica de investigación “Taller Participativoâ€?, el cual se estructuró en tres momentos metodológicos: a.) Presentación del Proyecto; b.) Presentación de la guía de preguntas; c.) Plenaria para la retroalimentación; e.) Insumos para mecanismos de quejas y reclamos y d.) Definición del cómo se realizará la devolución de los resultados de esta sesión. En la sección a.) se presentará el Proyecto utilizando el apoyo de una presentación en formato de Power Point, la cual se estructuró alrededor de tres contenidos principales: antecedentes; Objetivos, componentes y sub componentes del Proyecto (avance del proceso de formulación) y Mecanismo de Quejas y Reclamos actual del Ministerio de Hacienda. Se tiene previsto, introducir pausas al finalizar cada contenido en caso que haya por parte de las personas participantes preguntas aclaratorias sobre los mismos. Las secciones b y c serán orientadas mediante un conjunto de preguntas para orientar la identificación de los aspectos claves requeridos para la formulación del Proyecto. Las preguntas orientadoras definidas para esta sesión se organizaron en los siguientes 5 ejes: (I) Conocimientos sobre el Proyecto; (II) Beneficios, efectos, oportunidades o riesgos; (III) Mecanismo de información y participación; (IV). Mecanismo de quejas y reclamo y (V) Devolución de los resultados de esta sesión. F. Preparación del equipo y los Al interno del equipo se definió la metodología en diciembre, en la primera semana de enero se revisó materiales para las sesiones. la metodología y la presentación que se utilizaría en las sesiones. Asimismo, se acordó que sería de importancia dar 8 días después de cada sesión para que las y los participantes a las sesiones pudiesen presentar el proyecto y abrir un espacio de discusión interna para valorar la propuesta. Siguiendo la guía de preguntas orientadora. Fase III Recolección G. Convocatoria e Implementación de Las convocatorias fueron firmadas por el Oficial Mayor del Ministerio de Hacienda y gestionadas por el de Información la sesiones con las partes interesadas. Despacho. Todas realizadas mediante oficios numerados y en el Informe Final de la Evaluación se incluirá en los anexos estos documentos de respaldo. Asimismo, se hicieron recordatorios de las sesiones y llamadas aquellos actores que no realizaron acuso de recibido. H. Tiempo para el trabajo de A los sectores participantes en las sesiones se les dio 8 días para informar y consultar a sus bases o 119 información y consulta al interno de los colegas para tener una perspectiva más concertada; así como permitir procesar la información sobre sectores. el Proyecto. Al interno del Ministerio de Hacienda (plataformas de intranet y del CIFH) este cuestionario será colgado para recibir la retroalimentación de las y los funcionarios. Este será acompañado de dos tutoriales, por un lado, una motivación y un video sobre el Proyecto. Asimismo, se abrirán los canales para responder a quienes desean mayor detalle. Fase IV Recepción, I. Recepción y procesamiento de la Los sectores referirán al Despacho las respuestas de los cuestionarios y estos serán procesados por procesamiento y información enviada por los sectores. el equipo del Ministerio de Hacienda análisis de información recolectada J. Análisis de la información Los resultados de este análisis serán socializados al interno del equipo y con cada uno de los sectores recolectada y socialización de que participaron, según se hay acordado. Asimismo, se elaborará una ayuda memoria, la cual será hallazgos. referida desde el Despacho. Fase V Elaboración, K. Elaboración del Marco de Los hallazgos de las sesiones, la información recolectada mediante cuestionarios y entrevistas serán validación y ajuste del Participación de Partes Interesadas incorporados al Marco de Partición de Partes Interesadas y al de Pueblos Indígenas, según Marco del Participación corresponda. de Partes Interesadas L. Validación a las partes interesadas Se convocará a un taller ampliado con las Partes interesadas para presentar los Marco de y del Marco de Participación de las Participación de Partes Interesadas. Partes Interesadas. M. Ajuste según la sesión de La propuesta de Marco será mejorada a partir de las observaciones o comentarios que surjan de la validación del Marco de Participación sesión de validación de Partes Interesadas Fase VI. Envío, N. Revisión y aprobación por parte del La versión revisada del Marco de Partes Interesadas será remitida al Banco para su aprobación y revisión y aprobación Banco Mundial y Publicación en la posterior a esta fase se publicará en la WEB del Ministerio de Hacienda. por parte del Banco página del Ministerio de Hacienda. Mundial y publicación por el Ministerio de Hacienda. Fuente: Elaboración propia 120 121 Durante el proceso de preparación, también se llevó a cabo un análisis de las necesidades de la Partes Interesadas para el proceso de consultas. La siguiente tabla No. 13 contiene un resumen de las necesidades. Tabla No. 13 Necesidades de las partes interesadas del Proyecto Grupo de partes Necesidades Medios de Necesidades específicas (Nota interesadas relacionadas con notificación 2) el idioma preferidos (Nota 1) - Información clara y concisa sobre el Proyecto para que se Gobierno de la oriente de manera adecuada Idioma oficial Canales oficiales República - Identificación de departamentos relevantes dentro se instituciones públicas. - Información clara y concisa sobre el Proyecto para que se Instituciones oriente de manera adecuada. descentralizadas no Idioma oficial Canales oficiales empresariales - Posibles visitas a territorios para consultar a entidades descentralizadas. - Información clara y concisa sobre el Proyecto para que se oriente de manera adecuada Gobierno locales Idioma oficial Canales oficiales - Posibles visitas a territorios para consultas y procesos participativos con entidades descentralizadas. 122 - Información clara y concisa Empresas Públicas no Idioma oficial Canales oficiales sobre el Proyecto para que se Financieras Nacionales oriente de manera adecuada - Información clara y concisa sobre el Proyecto para que se oriente de manera adecuada Empresas Financiera Idioma oficial Canales oficiales - Posibles visitas a territorios para Municipales consultas y procesos participativos con entidades descentralizadas. Carta / Correo Información clara y concisa sobre Instituciones Públicas Idioma oficial electrónico/ A el Proyecto para que se oriente Financieras. institución socia de manera adecuada Información clara y concisa sobre Instituciones Públicas Idioma oficial Canales oficiales el Proyecto para que se oriente Financieras Bancarias. de manera adecuada Idioma oficial/ Instituciones Públicas Información clara y concisa sobre Lenguaje Financieras no el Proyecto para que se oriente sencillo/comunicac Bancarias y Ahorro Canales oficiales de manera adecuada ión popular Instituciones Públicas Medios de Información clara y concisa sobre Financieras de Rectoría Idioma oficial comunicación el Proyecto para que se oriente y Supervisión. masiva de manera adecuada - Información clara y concisa sobre el Proyecto para que se oriente de manera adecuada Carta / Correo - Involucrar a uniones sindicalistas Funcionarios y Idioma oficial electrónico/ en los procesos de convocatoria y funcionarias sesiones de trabajo divulgación de información. - Proporcionar información de manera periódica sobre los avances del proyecto. Medos oficiales en coordinación con el Información clara y concisa sobre Despacho o a Sindicatos Idioma oficial el Proyecto para que se oriente de quien este manera adecuada encomiende. Medios oficinales, considerando las Adecuación según particularidades de Información clara y concisa sobre sector (Lenguaje este. La el Proyecto para que se oriente de sencillo y traducido Sector privado comunicación hacia manera adecuada cuando proceda) los gestores comunitarios se 123 debe realizar en coordinación con las instituciones socias que tienen competencia. Medios masivos, debe ser realizado Información clara y concisa sobre el Adecuación según Ciudadanía en coordinación Proyecto. Se recomienda la sector con Comunicación mediación cultural. institucional. Canales oficiales Información clara y concisa sobre que posee el avance y cumplimiento. Despacho y de este Asamblea Legislativa Idioma oficial cuando se requiera Se debe considerar una estrategia en coordinación específica para la presentación del con Comunicación proyecto ante la Asamblea. Institucional Medos oficiales en Información clara y concisa sobre coordinación con el Defensoría de la Idioma oficial avance y cumplimiento del Despacho o a República Proyecto, e implementación de los quien este planes de Participación. encomiende. Medos oficiales en coordinación con el Información clara y concisa sobre Contraloría de la Idioma oficial Despacho o a avance y cumplimiento sobre el República quien este Proyecto. encomiende. 124 Información clara, concisa y sencilla sobre avance y cumplimiento sobre el Proyecto. Adecuación según Se convocarán por medio de las Medios oficinales, e sector, idioma, instituciones socias identificadas. instituciones socias Población Vulnerable adecuaciones para focales personas con Se separarán en subgrupos con el identificadas. discapacidad. fin de abordar poblaciones con intereses parecidos. Se deberá considerar apoyo para el traslado o visitas a campo. Comisionados de Pueblos Indígenas, Medos oficiales en Información clara y concisa sobre Afrodescedendiente y coordinación con el avance y cumplimiento en función a Población LGTBIQ en el Idioma oficial Despacho o a acuerdos en relación con el sector , Ministerio de la quien este los cuales fueron consignados en Vicepresidencia encomiende. este PPPI Unidad Técnica de Consulta Indígena, Medos oficiales en adscrita a la Dirección Información clara y concisa sobre coordinación con el Nacional de Resolución Idioma oficial avance y cumplimiento sobre el Despacho o a Alterna de Conflictos Proyecto y Plan de Participación de quien este (Dinarac) del Ministerio Pueblos Indígenas. encomiende. Información clara, concisa y sencilla sobre avance y cumplimiento sobre Coordinación el Proyecto y Marco/Plan de de mediante la Unidad Pueblos Indígenas. Técnica de Líderes Indígenas, Consulta Indígena, Accesibilidad de ubicación de dirigentes, miembros de adscrita a la proceso de consulta, posibles comunidades indígenas, Traducción según Dirección Nacional visitas a terreno para acercamiento subgrupos de necesidad de Resolución con partes interesadas beneficiario/afectados Alterna de directamente. directos por el proyecto. Conflictos (Dinarac) del Ministerio Se separarán en subgrupos con el fin de abordar poblaciones con intereses parecidos. Líderes de Coordinación Información clara, concisa y sencilla organizaciones/comunid Traducción según mediante el sobre avance y cumplimiento sobre ades Afrodescendientes, necesidad Comisionado de el Proyecto dirigentes, miembros de Afrodescendientes 125 comunidades, subgrupos del Ministerio de la de beneficiario/afectados Presidencia Accesibilidad de ubicación de directos por el proyecto. proceso de consulta, posibles visitas a terreno para acercamiento con partes interesadas directamente. Se separarán en subgrupos con el fin de abordar poblaciones con intereses parecidos. Nota (1): Por ejemplo: correo electrónico, teléfono, radio, carta, y otros. Nota (2) Por ejemplo: accesibilidad, letras grandes, cuidado de niños, reuniones diurnas. Elaboración propia. 7. Programa de Participación de las Partes Interesadas 7.1 Propuesta y cronograma del Programa de Participación de las Partes Interesadas El Plan de Participación de las Partes Interesadas (PPPI) tiene el propósito de identificar las condiciones necesarias para contar con el involucramiento de los distintos sectores (tanto al interno como al externo) del Ministerio de Hacienda con el interés de recoger sus distintas perspectivas y recomendaciones con el interés de mejorar la propuesta mediante procesos participativos e inclusivos como una aspecto clave para conceptualizar un Proyecto lo más cercano a la realidad que pretende trasformar. Por otro lado, un segundo aspecto es definir también desde una perspectiva participativa el cómo se involucrará las posteriores fases de implementación y cierre. Insumos, que inciden en la definición del modelo de gobernanza del Proyecto de manera que alcance con éxito sus objetivos orientados a mejorar su gestión administrativa. A continuación, se detalla la propuesta de participación de las Partes Interesadas según fase del ciclo del proyecto, el tema de consultado, el método utilizado y la fecha de realización. Es de interés indicar que estos grupos se eligieron como “criterio expertoâ€? que permitiera contar con las distintas perspectivas sectoriales, esto debido a como se indicó el universo de actores que constituyen los y las destinatarias de los servicios hacendarios y/o personas usuarias finales de los sistemas del Ministerio de Hacienda. Tabla No.14 Temas de consulta y fechas de las consultas según Parte Interesada Periodo/Fecha Grupo de partes Etapa del Tema de consulta Método utilizado propuesta para la interesadas Proyecto consulta -Presentación del Personas Proyecto; Sesión Constante en funcionarias del Fase de diseño, oportunidades, participativas para ambas fases tanto Ministerio de implementación y riesgos amenazas la presentación del diseño como Hacienda no cierre que identifican; Proyecto y de implementación agremiados mecanismo de retroalimentación participación e 126 información en el marco de este. -Presentación del Personas Proyecto; Etapa de diseño: 15 funcionarias del oportunidades, Reuniones, de enero 2020 (T) Ministerio de Fase de diseño, riesgos amenazas sesiones de Etapa de Hacienda implementación y que identifican; información Implementación: agremiados a cierre mecanismo de participativas periódica según estructuras participación e cronograma. sindicales información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; Reuniones, Etapa de diseño:13 oportunidades, sesiones de de enero 2020 (M) Cámaras de Fase de diseño, riesgos amenazas información Etapa de empresarios e implementación y que identifican; participativas, Implementación: industriales cierre mecanismo de comunicaciones periódica según participación e oficiales cronograma. información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; Etapa de diseño: 13 oportunidades, Reuniones, de enero 2020 (M) Fase de diseño, riesgos amenazas Asociación de sesiones de Etapa de implementación y que identifican; consumidores información Implementación: cierre mecanismo de participativas periódica según participación e cronograma. información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; Etapa de diseño: 17 oportunidades, Reuniones, de enero 2020 (M) Fase de diseño, riesgos amenazas Auxiliares de la sesiones de Etapa de implementación y que identifican; función pública información Implementación: cierre mecanismo de participativas periódica según participación e cronograma. información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; Etapa de diseño:17 oportunidades, Operadores Reuniones, de enero 2020 (M) Fase de diseño, riesgos amenazas públicos y privados sesiones de Etapa de implementación y que identifican; de terminales información Implementación: cierre mecanismo de portuarias y aéreas participativas periódica según participación e cronograma. información en el marco de este. 127 -Presentación del Proyecto; Etapa de diseño: 20 oportunidades, Reuniones, de enero 2020 (M) Gestores Fase de diseño, riesgos amenazas sesiones de Etapa de comunitarios o implementación y que identifican; información Implementación: comunales cierre mecanismo de participativas periódica según participación e cronograma. información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; Etapa de diseño: 12 oportunidades, Reuniones, de enero 2020 (T) Fase de diseño, riesgos amenazas Colegios sesiones de Etapa de implementación y que identifican; profesionales información Implementación: cierre mecanismo de participativas periódica según participación e cronograma. información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; Etapa de diseño: 15 oportunidades, Reuniones, de enero 2020 (M) Fase de diseño, riesgos amenazas sesiones de Etapa de Cooperativas implementación y que identifican; información Implementación: cierre mecanismo de participativas periódica según participación e cronograma. información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; Etapa de diseño:15 oportunidades, Reuniones, de enero 2020 (M) Fase de diseño, riesgos amenazas sesiones de Etapa de Gobiernos Locales implementación y que identifican; información Implementación: cierre mecanismo de participativas periódica según participación e cronograma. información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; Etapa de diseño:18 oportunidades, Reuniones, de enero 2020 (T) Pequeñas y Fase de diseño, riesgos amenazas sesiones de Etapa de medianas implementación y que identifican; información Implementación: empresas cierre mecanismo de participativas periódica según participación e cronograma. información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; Reuniones, Fase de Etapa de oportunidades, sesiones de Economía informal implementación y implementación: II riesgos amenazas información cierre trimestre que identifican; participativas mecanismo de 128 participación e información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; oportunidades, Reuniones, Evasores (grandes, Fase de riesgos amenazas Etapa de sesiones de medianos y implementación y que identifican; implementación: II información pequeños) cierre mecanismo de Trimestre participativas participación e información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; oportunidades, Sesiones de Poder Fase de diseño, riesgos amenazas información, de Gestión por parte Legislativo/comisio implementación y que identifican; retroalimentación y del Despacho nes legislativas cierre mecanismo de comunicaciones participación e oficiales información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; Comunicación oportunidades, oficial con la Sector académico Fase de diseño, riesgos amenazas información del Fase de y centros de implementación y que identifican; Proyecto y un Implementación II investigación cierre mecanismo de canal para recibir Trimestre participación e su información en el retroalimentación marco de este. -Presentación del Proyecto; Rueda de presa y oportunidades, notas de prensa Fase de diseño, riesgos amenazas Fase de Medios de oficiales. Atención implementación y que identifican; Implementación I y comunicación de entrevistas en cierre mecanismo de II trimestre caso que se participación e soliciten. información en el marco de este. -Presentación del Proyecto; Sesiones de Etapa de diseño 22 oportunidades, información con las de enero, 2020 Fase de diseño, riesgos amenazas Población instituciones socias Etapa de implementación y que identifican; vulnerable con competencia Implementación: cierre mecanismo de según el sector de periódica según participación e población cronograma. información en el marco de este. 129 -Presentación del Sesiones de Proyecto; información y de oportunidades, construcción Etapa de diseño 28 riesgos amenazas conjunta con un de enero 2020 Fase de diseño, que identifican; carácter Etapa de Pueblos Indígenas implementación y mecanismo de participativo, Implementación: cierre participación e porque la consulta periódica según información en el en la norma cronograma. marco de este. nacional tiene otra connotación y con mediación cultural. Fuente: Elaboración propia. 7.2. Estrategia propuesta para las Consultas y la Divulgación de Información.44 En esta primera fase del ciclo de este Proyecto (formulación y diseño) se diseñó una estrategia para las consultas y la divulgación, la cual se estructuró en los siguientes cuatro componentes, esto con el fin de abarcar la mayor parte de las partes interesadas, otras partes interesadas y la población en condición de vulnerabilidad, pueblos indígenas y afrodescendientes. Estas son: A. Sesiones participativas de información y consulta a actores clave con criterio experto; B. Consulta y divulgación al interno del Ministerio de Hacienda; C. La información, consulta y divulgación de la información hacia la ciudadanía, Asamblea Legislativa/ comisión e Inclusión a población en condición de vulnerabilidad, pueblos indígenas y afrodescendientes, (figura No.8) Se recomienda replicar esta estrategia para las siguientes fases del proyecto, haciendo los ajustes necesarios dependiendo de la etapa en que se encuentre y las necesidades de las partes y del proyecto. 44 Adaptación para este Proyecto de la metodología propuesta en: Kathia Acuña Sossa (2019) Estrategias para la Consultas y la Divulgación de Información desde un enfoque de derechos humanos: el caso de inversión pública en Costa Rica. Artículo científico en proceso de publicación. Universidad de Costa Rica. 130 Figura No. 7 Componentes de Estrategia para consulta y divulgación de información Sesiones participativas a actores clave con criterio experto Inclusión a población en condición de Estrategia Dirigido al interno del Ministerio de vulnerabilidad, pueblos indígenas y Hacienda. afrodescendientes. Dirigido a la ciudadanía, decisores (Asamblea Legislativa/ comisiones, Concejo de Gobierno), fiscalizadores y medios de comunicación. Fuente. Elaboración propia. A continuación, se detallan las primeras tres primeras, mientras que la cuarta se desarrollará en el siguiente apartado de este documento. 7.2.1 Sesiones participativas de información y consulta a actores clave con “criterio expertoâ€?. Las sesiones tuvieron un carácter participativo, con la técnica de grupo focal, se les presentó el Proyecto (apoyo de una presentación en formato Power Point) con espacios para que las personas presentes hicieran preguntas en caso de ser necesario en cada componente o en el momento que lo tuvieran a bien. Luego se explicaba el instructivo, para cuyo llenado se brindó ocho días naturales de tiempo, de manera que la consulta se pudiese extender a otros (as) colegas del sector u organización. Las sesiones se estructuraron en tres momentos: el primero, dedicado a explicar el objetivo de interés de la sesión; posteriormente se presentaba la propuesta del Proyecto y el mecanismo actual de Quejas y Reclamos que tiene el Ministerio, esto con el interés de evaluar el grado de aplicabilidad para la fase de implementación del Proyecto. Posteriormente, de se abría un espacio de diálogo con los presentes y se concluía con la presentación del cuestionario de manera tal que fuera claramente comprendido y estar en condiciones de trabajarlo con otros fuera de la sesión y la coordinación para el envío y recepción de este por parte del Ministerio de Hacienda. En cada sesión se abordaron los siguientes temas: a.) Presentación del Proyecto; b.) Identificación de afectaciones, riesgos, oportunidades/ mitigación de riesgos, que puede acarrear el Proyecto para su sector. Aspectos que fueron cotejados con una primera identificación que se realizó en las sesiones de trabajo al 131 interno del MH en las dos últimas semanas laborales del mes de diciembre del 2019; d.) Mecanismo de participación e información para las fases de implementación y cierre y e.) Presentación del mecanismo de Queja, Reclamo actual que tiene el Ministerio de Hacienda, el cual pertenece a la Contraloría de Servicios, y esta a su vez a un sistema nacional cuyo seguimiento es realizado por el MIDEPLAN. Este último aspecto se detalla en el apartado 10 de este documento. A la fecha de cierre de este informe se han recibido la mayor parte y se está en un proceso avanzado de procesamiento. A continuación, el cuerpo del instructivo utilizado, el cual fue presentado con detalle (figura No. 8) Figura No.8 Cuerpo principal del instructivo utilizado en la estrategia de consulta. 132 Fuente: Ministerio de Hacienda 7.2.2 La información, consulta y divulgación de la información dirigida a lo interno del Ministerio de Hacienda. El componente de información, consulta y divulgación de información dirigido hacia el interno del Ministerio de Hacienda, está en proceso de construcción y se tiene previsto mantenerlo durante esta fase y también en las posteriores (implementación y posterior al cierre), precisamente con el interés de facilitar y acompañar la participación; así como, contribuir a facilitar y acompañar los procesos de gestión del cambio que se requerirán en el marco de la trasformación del Ministerio y en la prestación de los servicios hacendarios. Al interno del Ministerio de Hacienda se tiene como propuesta mediante plataformas de intranet y/o del CIFH colgar este cuestionario para recibir la retroalimentación de las y los funcionarios. Este componente se pensó, para apoyar la información, consulta al interno en todas las fases, pero también como parte de una estrategia orientada a acompañar los procesos de gestión cambio que demandará la trasformación del Ministerio. Este es una medida de mitigación ante la resistencia o bien el no dar el salto requerido las nuevas formas de gestión que vendrán producto de esta trasformación. Se tiene previsto que este componente hacia lo interno esté liderado por el CIFH en coordinación con Comunicación Institucional y aun no se ha definido la vinculación del Departamento de Capital Humano. Los medios propuestos de divulgación de información que resultan más apropiados y según la experiencia previa de trabajo en el Ministerio de Hacienda, son: 133 • Cápsulas de información del proyecto a los funcionarios y funcionarias vía correo institucional. • Utilización de las herramientas del Centro de Investigación y Formación Hacendaria, para remitir cuestionarios de retroalimentación del proyecto a la población hacendaria. 7.2.3 La información, consulta y divulgación de la información hacia la ciudadanía, Asamblea Legislativa/ comisiones legislativas, medios de comunicación e instituciones que pertenecen al Concejo de Gobierno. Como parte de este proceso de esta estrategia, se realizó una reunión con el Despacho y Comunicación Institucional mediante la cual se expuso la identificación de estas otras partes (16 de enero), con el interés de expresar los resultados de la identificación de partes interesadas; así como presentarles, la necesidad de compartir la información sobre el Proyecto para apoyar la consulta y divulgación de la información hacia: a.) La ciudadanía y población en general (sociedad preocupada por el tema fiscal, sectores evasores (voluntarios o no), contrabandistas –voluntarios o no-, contribuyentes voluntarios naturales, emprendimientos, sectores informales de la economía, evasores involuntarios – tienen dificultad para acceder a la información o sistemas del Ministerio por la existencia de brechas tecnológicas, geográficas o socio culturales-). b.) Asamblea Legislativa y comisiones legislativas vinculantes con la aprobación del Proyecto bajo la figura de (Ley de Contrato de Préstamo), c.) Instituciones que pertenecen al Concejo de Gobierno (espacio de participación política y de coordinación interinstitucional –algunas de las cuales se han identificado como usuarias finales de los sistemas porque ejecutan presupuestos, pero también porque tienen competencia con sectores de interés para este Proyecto-). d.) Medios de comunicación para contribuir a acceder e informar a los tres sectores anteriores y de manera indirecta también a las partes interesadas contempladas en las otros componentes de esta estrategia. Los medios de comunicación masivos y redes sociales son importantes considerando que la cobertura del Ministerio es a escala nacional e internacional (entre otros por las relaciones comerciales y destinatarios de los servicios hacendarios y/o usuarios finales de los sistemas que están fuera del país). Este componente se acordó que es gestionado por Comunicación Institucional en coordinación con el Despacho del Ministro de Hacienda y con el señor Ministro de manera directa. Manteniéndose esta misma distribución para lo referido al Proyecto con estos sectores. En cuanto al procesamiento de la información y devolución de toda la información recopilada, es de interés que sectores (incluidos en el segundo componente de esta estrategia), enviarán los resultados (cuestionarios llenos) al Despacho. A la fecha, respuestas de los cuestionarios y estos están siendo procesados por el equipo del Ministerio de Hacienda. Los resultados de este análisis serán socializados al interno del equipo y con cada uno de los sectores que participaron, según se haya acordado. Asimismo, se elaborará una ayuda memoria, la cual será 134 referida desde el Despacho. En relación con la realización de sesiones futuras, se ha identificado la importancia de utilizar distintas formas y medios de comunicación por la diversidad de la población que es usuaria final del Proyecto que se verá afectada (de manera positiva o negativa). Las formas identificadas de manera preliminar están: correspondencia oficial (o cartas), sesiones o reuniones; correos electrónicos, radios, periódicos, sitios WEB y medios de comunicación masiva (televisión, redes sociales, ruedas de prensa, aplicaciones, entre otras). 7.3. Estrategia propuesta para incorporar las observaciones de los grupos vulnerables45 La estrategia propuesta para incorporar las observaciones de los grupos en condición de vulnerabilidad, población indígena y afrodescendiente se estructuró en tres compontes: a.) Sesiones participativas con instituciones con competencia; b.) Modalidad mixta para los pueblos Indígenas y c.) Revisión bibliográfica para la identificación de información pertinente sobre el marco institucional en relación con estas poblaciones y de políticas públicas. (Ver figura No.9). Figura No. 9 Componentes de Estrategia para la inclusión a población en condición de vulnerabilidad, pueblos indígenas y afro descendientes. Sesiones participativas con instituciones con competencia Estrategia Revisión bibliográfica para la identificación de Mixta para el caso de los actores socioss y sus los pueblos indígenas politicas públlicas. Fuente: Elaboración propia. 45 Adaptación para este Proyecto de la metodología propuesta en: Kathia Acuña Sossa (2019) Estrategias para la Consultas y la Divulgación de Información desde un enfoque de derechos humanos: el caso de inversión pública en Costa Rica. Artículo científico en proceso de publicación. Universidad de Costa Rica. 135 A continuación, el detalle, 7.3.1 Sesiones participativas con instituciones con competencia en la promoción y protección de sus derechos.46 En cuanto a la estrategia para incorporar las observaciones de los grupos vulnerables, pueblos indígenas y población afrodescendientes en esta fase de formulación se definió la consulta no a la población vulnerable directamente, sino mediante las instituciones que tiene rectoría en la promoción y protección de sus derechos (quienes serían identificados como socias y otras partes interesadas). Asimismo, en cuanto a la población Afrodescendiente fue mediante su Comisionado en del Ministerio de la Presidencia. Se convocó a las instituciones gubernamentales con competencia y las cuales fueron identificadas como socios de este Proyecto. Justamente, para definir en conjunto como el Ministerio de Hacienda en el marco del proyecto puede conocer las necesidades de estos sectores para responder de mejor forma y no reproducir condiciones de desigualdad o exclusión por omisión. Se realizaron dos sesiones con carácter informativo, en las cuales se presentó el Proyecto, en esa oportunidad la invitación se dirigió a sus Despachos a fin que ubicaran a la persona contraparte para participar del taller, el cual no solo se realizó con el interés de identificar no solamente las preguntas del cuestionario, sino además conocer con cuales políticas orientadas a la inclusión económica (que sería la interacción con el Ministerio tanto en referido a tributos como a exoneraciones). 7.3.2 Modalidad Mixta para pueblos indígenas En el caso de los Pueblos indígena se involucró tanto a las instancias con competencia y en relación con el protocolo de consulta. Primero se realizaron tres sesiones con personas aportaran su criterio experto, a las cuales participaron líderes indígenas nacionales que participan (es decir figuras) en espacios de participación nacional e internacional. Seguidas de estas reuniones con líderes indígenas, se llevaron a cabo dos sesiones de trabajo con Pueblos Indígenas. Primero, se llevó a cabo el Taller de Servicios Hacendarios y Pueblos Indígenas de Costa Rica; Intercambio de Experiencias y Realidades en los Territorios Indígenas. El objetivo de este taller fue brindar información sobre los servicios que presta el Ministerio de Hacienda a la población en general, con un enfoque a la prestación de servicios en territorios indígenas, al igual que identificar brechas en estos servicios y oportunidades para adaptar estos servicios a las realidades de los territorios indígenas. Seguidamente, el Ministerio de Hacienda lideró un proceso participativo en donde presentó el Proyecto y el instrumento Marco de Participación de Pueblos Indígenas (MPPI) con el objetivo de consultar los contenidos de dicho instrumento y llegar a acuerdos para su implementación. Durante esta sesión, se lograron identificar riesgos, medidas de mitigación y oportunidades de inclusión que quedarán plasmadas tanto en la Evaluación Social como en el MPPI. 46 Al cierre de este informe se está en proceso de recepción de las retroalimentaciones vía cuestionarios. 136 Se acordó que se utilizará el Mecanismo General de Consulta de Costa Rica (Decreto Ejecutivo 40.932), en coordinación con el Ministerio de Justicia, para los procesos de consulta con Pueblos Indígenas durante la implementación del proyecto. En caso de existir territorios que no cuenten con instancias territoriales de consulta, como mandata el mecanismo, los procesos de consulta se construirán y acordarán con las comunidades. El Ministerio evaluará la posibilidad de continuar con las sesiones de consulta y diálogo con el fin de darle seguimiento a los acuerdos de estas sesiones. Finalmente, se dio la socialización del procedimiento de quejas y reclamos que actualmente utiliza la Contraloría de Servicios del Ministerio de Hacienda, a efectos de valorar si el mismo puede ser utilizado en el marco de implementación del proyecto o bien si este debe ser modificado. La sección de resultados de procesos consultivos muestra el detalle de los resultados de dichas sesiones de trabajo. 7.3.3 Revisión bibliográfica para la identificación de los actores socios y sus políticas públicas. Las dos modalidades anteriores, se complementaron con una tercera, la revisión bibliográfica permitió no solo caracterización (su situación actual), sino además el marco institucional y las políticas públicas vigentes con pertinencia para este Proyecto (por ejemplo, las orientadas a la inclusión económica, donde sería de interés valorar en qué grado los servicios hacendarios facilitan o limitan la inclusión económica de estas poblaciones). Una de la fuente de información más importante fueron las WEB institucionales y sus respectivas bibliotecas virtuales. de documentos. Para mayor detalle, esta información recolectada se encuentra en el apartado de caracterización de la población. 7.4. Resultados de los Procesos Participativos y de Consulta en la Etapa de Diseño del Proyecto Los principales resultados de estos procesos participativos y de consulta son los siguientes: Resultados de la Presentación del Proyecto Las sesiones permitieron dar a conocer el proyecto a distintos sectores y por diversos medios. También en este período el Ministro presentó a la ciudadanía la necesidad de la inversión, se realizaron una rueda de prensa hubo publicaciones en medios masivos nacionales y se hizo un seguimiento a medios en la semana siguiente y no se evidenciaron manifestaciones adversas a un préstamo en el marco de la coyuntura fiscal. Aspecto que podría explicarse porque existen un grado de consciencia en la población de la impronta del aumento de la recaudación fiscal, control del gasto público, pero desde una perspectiva justa. Que se logré mediante, una gestión por resultados mejorar la gestión de recaudación, que a su vea permita llegar a los grandes evasores. Ver en el anexo 4 dos ejemplos de artículos de período Se evidenció además que, el Ministerio cuenta con débiles canales de comunicación con algunos sectores que forman parte de su universo de destinatarios finales y/o usuarios finales de sus sistemas. Asimismo, que la complejidad de su quehacer y el alto tecnicismo (entre otros factores) limita el acceso de la información por parte de la población, lo cual se agrava si se suman otros elementos como no acceso al internet, distancia geográfica, lenguaje y otros aspectos socio culturales. Las sesiones contribuyeron a sensibilizar a los funcionarios que participaron como equipo contraparte sobre el 137 universo y diversidad de sectores / realidades de los destinatarios de los servicios y/o usuarios finales de sus sistemas; así como las brechas que limitan el acceso de estos a los sistemas hacendarios. Asociado a este punto, es un aumento en el conocimiento sobre los pueblos indígenas y su normativa. Asimismo, se identificaron algunas acciones previas de este proceso de información y consulta, las cuales era necesario capitalizar en esta fase de formulación para aprovechar estos esfuerzos y el contextualizar que este Proyecto es una de las políticas de repuesta del Ministerio (mostrar el continuum en la administración es clave para alcanzar la legitimidad de las acciones de transformación que se plantea desde el Ministerio). Entre estas está el Foro de Aduanas y el vínculo del Proyecto con las políticas públicas orientadas a la inclusión económica orientada hacia población vulnerable o con algún grado de desatención. Resultado sobre Discusiones de Identificación de Afectaciones, Riesgos, Mitigación de Riesgos, y Oportunidades Este proceso permitió identificar las posibles afectaciones, riesgos y oportunidades o medidas de mitigación desde una perspectiva participativa y que se ha incluido en la Evaluación Social del proyecto. Este proceso de recepción de insumos y procesamiento no ha finalizado, tanto las sesiones de discusión como la retroalimentación recibida (formularios llenos, ya recibidos), en la evaluación social se realizó un análisis de todos los comentarios realizados en las sesiones de consulta, los cuales fueron debidamente recopilados en la matriz de riesgos y del análisis se desprende las medidas de mitigación que se adoptarán durante la implementación del proyecto. A continuación, alguno de los comentarios generales y por partes interesadas, resultado de los procesos de consulta: Generales • No se identificó aversión al Proyecto, contrario a ello, se expresa desde distintas perspectivas la impronta de mejorar los servicios del Ministerio; • Se agradece el espacio de diálogo y se indican algunas deficiencias • En su totalidad expresan el interés en el Proyecto y la voluntad de apoyar la fase de implementación- • Se valora como una oportunidad para llegar a sectores con los cuales el Ministerio de Hacienda tiene poca relación. • Se tomó consciencia de la diversidad de actores y sus realidades. • Se visualizó aún más la realidad de algunos sectores, y el quehacer del Ministerio de Hacienda. • Las sesiones de información han sido valiosas para el equipo contraparte del Ministerio, como ejercicio de diálogo ciudadano • Oportunidad de potenciar el trabajo CIFH y de Comunicación para acompañar la gestión del cambio en el capital humano del Ministerio. • Mediante las sesiones se edificaron brechas en la gestión del Ministerio de Hacienda que es necesario considerar para que con el proceso trasformación no se corra el riesgo de reproducirlos. • Se identificaron como aspectos claves a considerar en el programa de Educación Fiscal 138 que desarrolla el Ministerio de Hacienda y buscar con ello incidir de manera afirmativa en el cambio cultural de evasión fiscal a contribución voluntaria. • Oportunidad del Ministerio de contribuir con recursos o instrumentos que faciliten el acceso a la información sobre la elaboración de los presupuestos y gasto público y de esta manera visualizar la transparencia en estos procesos (cuál es la recaudación, cómo se invierte y la visualización de los grados de ejecución de los presupuestos de las instituciones públicas). Información clave para la incidencia ciudadana y orientación al consumidor- • El Proyecto parte de un paradigma que busca la integración de sistemas, procesos, pero es clave trabajar en el cambio en las personas. • Un riesgo es que dure mucho en la Asamblea y sea muy modificado. • Un riesgo identificado es que dado el largo período de ejecución a la hora de implementarse este se encuentre desfasado a nivel tecnológico o en los procesos. • Los beneficios para país que se observan del Proyecto serían la integración en uso de las bases de datos de las diferentes direcciones del Ministerio de Hacienda y una optimización en la recaudación del impuesto, eficiencia en los servicios, control de gasto público y optimización de procesos. • Que no se logre superar la brecha digital que actualmente existe y que las ciudadanías no accedan correctamente a los servicios que brinda el Ministerio. • Que conjuntamente en una fase de implementación por parte del Ministerio se abran espacios tanto de comunicación como de información y capacitación. • Que se garantice la accesibilidad de los sistemas a toda la población y con especial atención a la población con discapacidad o limitaciones de lenguaje. Sector Público No Financiero • El país se verá beneficiado de manera positiva porque mediante el proyecto y la mejora de las gestiones se aumentará la recaudación fiscal. Siendo este último tema de importancia para los costarricense y existe conceso nacional. • El Proyecto beneficiará de manera directa y positiva las actuales acciones afirmativas que realiza el Ministerio de Hacienda. Lo anterior dado que, el Proyecto contribuirá al aumento de la recaudación fiscal y facilitará el acceso de las personas y sectores contribuyentes a los bienes y servicios de este Ministerio. Contribuyendo de manera indirecta a las acciones de reducción de pobreza, la formalización de pequeñas y medianas empresas; así como, la inclusión social de grupos vulnerables. • Beneficiará de manera positiva directa a las personas interesas en conocer sobre el Proyecto porque el Ministerio contará con una estrategia de comunicación que hará de conocimiento público con disposición de todos los intereses y de manera transparente la información del Proyecto. • Colegio de Contadores públicos. Identificó como beneficios los siguientes: Integración de los procesos de las diferentes direcciones (componente 1) y la Discusión del déficit fiscal, traducido a la reducción de impuestos a las personas contribuyentes (Componente 3). • El Colegio de Contadores Públicos indicó pérdida de información en este proceso de transformación del Ministerio. • Se reconoce con una oportunidad entre el Proyecto y este sector, el aval de este al reconocer la 139 potencialidad de aumentar los controles que faciliten la captación y el uso de los recursos; alcanzar a los grandes evasores en los cuales el proyecto va a contribuir; aumentar la recaudación fiscal, aumento en la percepción de los beneficios del aumento el ingreso público. • En relación con los Gobiernos locales y oficinas estatales que trabajan en los territorios serán afectados de manera positiva porque esta modernización de las gestiones tributarias y aduaneras pueden abrir espacios de nuevas acciones conjuntas, descentralizadas orientadas a mejorar el acceso a los sistemas, así como a los servicios del Ministerio. • Asimismo, se identificó como una oportunidad la potencial coordinación para la prestación de servicios para facilitar el acceso de información a las personas usuarios finales; así como el contribuir con la uniformidad de la información fiscal. • Es de interés indicar que en marco de la realización de esta Evaluación se invitó a una sesión de trabajo a la Unión Nacional de Gobiernos Locales, pero no se presentó. En su defecto, se está gestionando una entrevista. Actualmente, están a las puertas de las elecciones de alcaldes en la segunda semana de febrero. • Otra consideración importante es que se está trabajando junto al Despacho para abrir un espacio de diálogo con las instituciones vinculadas al componente de Egresos, concretamente a las ejecutoras del Presupuesto Nacional. • El Colegio de Contadores Públicos indicó en términos generales mejorar las WEB del Ministerio de Hacienda; asimismo de manera particular: Capacitar al personal sobre los procesos y atención a los contribuyentes (Componente 1) y Mejorar los procesos de capacitación (Componente 3). Sector Privado • Para el conjunto del sector, se valoró como una afectación positiva que mediante la transformación del Ministerio en el marco del Proyecto la gestión mejorará y esto favorecerá la reducción de tiempos y costos. • Asociación de Consumidores de Costa Rica indicaron que, los beneficios son incalculables para Costa Rica, se necesita de nuevas tecnologías informáticas, las cuales constituyen un eje trasversal de la gestión pública, especialmente en lo relacionado con los consumidores o ciudadanos. • Agentes de aduanas. La eficiencia y procesos aduaneros rediseñados no logre el objetivo esperado; Resistencia al cambio y Desconfianza de la seguridad de la plataforma. • Colegios Profesionales, en la sesión con estos actores se identificaron como riesgos la indiferencia si no se encuentra el beneficio. Que el proyecto solvente problemas internos, pero no logre enfocarse en el usuario externo (por ejemplo: el leguaje, lenguaje inclusivo). • Tramitadores no autorizados, los posibles riesgos es la no participación/indiferencia porque esta significa la formalidad y estos pueden percibirse afectados; 2. Aumento en la informalidad • Asociación de consumidores, identificaron como un riesgo para todos los componentes no disponer de recursos destinados a la participación y diálogo. El Proyecto en su fase de ejecución deberá prever recursos para facilitar la participación de estos sectores vulnerables para financiar transporte, alimentación y mediación cultural o de lenguaje. • Terminales aéreas o portuarias presenta diferentes riesgos a lo interno, en este sentido para JAPDEVA y CALDERA (una disminución de la actividad no represente un beneficio para el proyecto) y para el resto es contrario (no hay riesgo), en tanto, el aumento de la actividad 140 represente un beneficio para el Proyecto. • En relación con los participantes en el Foro de Aduanas mencionado, el riesgo radica en que no identifiquen ningún beneficio del Proyecto y esto se visualice como un efecto negativo con tendencia a entorpecer el mismo. • Colegio de Contadores públicos. Identificó como riesgos, los siguientes: Pedida de información; No contemplar la infraestructura tecnológica con la cual cuentan sus usuarios finales y No contar con personal capacitado y disponible en el servicio de Call Center de la Dirección de Tributación Directa que acompañe a los usuarios mientras se dan los cambios. • Auxiliares de la función pública (Participaron representantes de agentes de aduanas y de almacenes fiscales). Consideran que el Proyecto es una oportunidad para mejorar varios aspectos críticos en las gestiones aduanales. Entre las principales indicaron las siguientes: − Hacer más eficiente la gestión comercial internacional en relación con aplicación/desafectación de tratados − Aumentar la seguridad jurídica considerando criterios de clasificación arancelaria que se reciben por parte del Laboratorio Aduanero), centrándose en tema medulares. − Reducir la corrupción en aduanas. − Ubicar a los evasores (trabajar por riesgos) − Aumento de la digitalización y mejora del TICA − Trabajar en prevención y no solo represión fiscal − Reducción de filas − Mejorar el cálculo de impuestos − Mejorar la educación fiscal y diferenciar entre contrabando y evasión − Revertir la perspectiva de usuario/víctima de los sistemas de aduanas. − Facilidades en el cobro/pago de impuestos − Débil control aduanero en almacenes fiscales. − Revertir el mal uso del marchamo aduanero. − Mejorar la coordinación digital entre todas direcciones. − Equidad entre usuarios de los sistemas (expresaron que, por ejemplo, cuando entra un crucero en los puertos, estos tienen prioridad y los otros clientes deben esperar). Asimismo, se indicó como una oportunidad el abrir un espacio de diálogo y colaboración de este sector con el Ministerio de Hacienda. Al respecto, durante la sesión de trabajo en el marco de la presente Evaluación indicaron que tienen estudios y valoraciones que realizan47 sobre la gestión de aduanas y si bien se remiten al Ministerio nunca han recibido retroalimentación en relación a un diagnóstico de desempeño de las Aduanas el cual se envió conjuntamente tanto a la Dirección General de Aduanas como a la Asamblea Legislativa; asimismo, capitalizar la capacidad de proactividad de este sector indican forman parte de la Comisión de Auxiliares que son integrados por 12 cámaras y tienen agendas de trabajo. • Asociación de Consumidores de Costa Rica, indica que en el marco de la implementación del Proyecto, se abre una oportunidad para: - Mejorar los servicios de los contribuyentes; así como abrir una importante ventana para la información tributaria de los contribuyentes (Referido al Componente 1); 47 Estos documentos fueron solicitados y serán procesados e incorporados al próximo avance de esta Evaluación, esto por cuanto ingresaron al Ministerio en fecha posterior a la del cierre del presente informe. No obstante, los principales aspectos están contenidos en este avance. 141 - Mejorar la gestión aduanera es saludable para el país; facilitar que las personas usuarias hagan sus gestiones de manera digital y mejorar en la rapidez y eficacia de las importaciones (Referido al Componente 2) - Mejorar la inversión y el gasto público; así como, abrir ventanas digitales amigables para aumentar eficacia en las importaciones; claridad y transparencia en el gasto público (Referido al Componente 3) - Integración de tecnología de información de Ministerio de Hacienda y ampliar hacia el resto del sector público; así como la mejora en la gestión pública en general (Referido al Componente 4). - Proponen la creación de otro componente orientado al diálogo ciudadano, el cual lo desarrollan y orientado a la transparencia de la función pública. Su propuesta se incluye como anexo al presente informe. Funcionarios y Funcionarias del Ministerio de Hacienda y Sindicatos • Posibles afectaciones a funcionarios (as) en el caso de los procesos de reestructuración. • Que no se incluyan o tomen en cuenta los insumos y experiencias de los funcionarios en los procesos de modernización de los servicios que brinda el Ministerio de Hacienda, de modo que impacte significativamente en la facilitación y mejoramiento de los servicios que brinda la institución. • No hacer una adecuada gestión del cambio que prepare a los funcionarios (as) para responder a la transformación prevista; así como que, el Proyecto sea percibido como una amenaza en términos de un deterioro de las condiciones de empleo y de su ambiente laboral. • Gestión adecuada de la información para que el proceso sea transparente y que estas organizaciones tengan una participación constructiva. • Medios propuestos para difusión de información: o Cápsulas de información del proyecto a los funcionarios y funcionarias vía correo institucional. o Utilización de las herramientas del Centro de Investigación y Formación Hacendaria, para remitir cuestionarios de retroalimentación del proyecto a la población hacendaria. • Los procesos de consulta deben continuar durante la implementación. Los insumos de los funcionarios y funcionarias son importantes y serán fundamentales para la ejecución del proyecto. • El Proyecto es una oportunidad para facilitar el trabajo de los funcionarios (as) de Ministerio de Hacienda (aspectos expresados en la Evaluación de Desempeño-mejora en sistemas y capacitación, bienestar para el funcionario (a), salud ocupacional, infraestructura-); así como, al contemplar el cambio organizacional y tiene potencial de mejorar el ambiente laboral. • El CIFH y el trabajo que se viene realizando en relación con gestión del cambio son un recurso que podría acompañar los procesos de gestión del cambio considerados claves para responder a la transformación prevista. • La experiencia de Correos de Costa Rica en el país es una referencia que puede aportar con lecciones aprendidas al Proyecto. • Las y los funcionarios del Ministerio consideran que, mediante el proyecto se pueden ver afectar positivamente mediante procesos de captación interna del Recurso Humano del Ministerio. 142 Poblaciones Vulnerable • Serán beneficiados positivamente aquellas áreas geográficas, sectores económicos o comunidades que tiene una condición de desigualdad, o limitaciones para el acceso a los servicios del Ministerio en relación con las que en la actualidad gozan de mayor beneficio. • Esto por cuanto se reconoce que, si bien en la actualidad hay esfuerzos desde el Ministerio en relación con esta población existen importantes brechas que limitan no solo el acceso de estos a conformarse como contribuyentes sino, además al disfrute de los servicios del Ministerio de Hacienda. • Que no se incluyan en el proceso de modernización de los servicios que brinda el Ministerio de Hacienda, las necesidades de estas poblaciones vulnerables y que no se diseñe adecuadamente el proyecto de modo que impacte significativamente en la facilitación y mejoramiento de los servicios que brinda la institución. • No tomar en cuenta la realidad de estos usuarios y reproducir las brechas existentes. • No implementar un plan de trabajo previo al Proyecto que permita generar condiciones para la participación informada de las poblaciones indígenas y del Proyecto orientado a transformar el Ministerio considerando la realidad sociocultural, económica y política de estas poblaciones. • La no participación durante la implementación del proyecto, porque de participar significaría formalizar sus actividades económicas y por ende a nivel de cumplimiento en deberes formales tributarios, es por esta razón que consideran que pueden percibirse afectados. Brecha digital; Baja comunicación estos como personas usuarias finales; Alta desinformación fiscal; Ver reducida su gestión comercial debido a percibir un aumento de los costos. • En relación con la población menos favorecida / vulnerable se valoró que, considerando el alcance del Proyecto, su naturaleza y propósitos es necesario considerarlo como una oportunidad para generar acciones afirmativas desde la perspectiva de Derechos Humanos para que favorezcan la inclusión social de estos en la modernización de la gestión tributaria y aduanera. Considerando que debido a las actividades económicas que realizan, ya sean estas formales o informales, se trata de usuarios finales del Ministerio de Hacienda. • El Ministerio cuenta con instancias que trabajan con población vulnerable (LGTBIQ+ y Género) orientadas a la mejora en la atención a usuarios y usuarias; asimismo, con vinculación a instancias con competencia en relación con estos sectores. • El trabajo con la población vulnerable previo a la implementación del Proyecto se considera una oportunidad para contribuir mediante acciones afirmativas desde la gestión pública en el contexto de transformación como Ministerio; así como reducir la informalidad (que contribuye al aumento de recaudación) y sensibilizar sobre el acceso a las exenciones (dispensa de la obligación tributaria) que podrían facilitar sus actividades económicas. Poblaciones Indígenas RESULTADOS I. Notas: Taller sobre Servicios Hacendarios y Pueblos Indígenas Preguntas principales: ¿Cuáles son los retos principales y dificultad que se encuentran en territorios 143 indígenas con relación a los diversos servicios del Ministerio de Hacienda? ¿Cuáles son los principales sectores económicos que se ven afectador por los retos o dificultad para accesar dichos servicios? ¿Cuáles son algunas medidas de mitigación propuestas para atender estos riesgos y dificultad identificadas? Algunas conclusiones por servicio: Servicios de Tributación: • Fortalecer el programa de educación fiscal para que no sea un programa solo para maestros para implementar a nivel primario o secundario. Proponer un programa de educación fiscal más técnico para beneficiarios directos de los servicios, como pequeños y medianos empresarios, para informar sobre procesos como la inscripción de negocios en los sistemas de tributación, el tipo de tributos que pagarían y los procesos para hacerlo. • Considerar incluir en la evaluación social un análisis sobre el impacto del IVA (o impuestos en general) en los ingresos de poblaciones vulnerables. • En general, se requiere una estrategia de comunicación masiva (a población en general) que eduque sobre la reforma fiscal. Servicios Aduaneros • Para el Marco de Pueblos Indígenas, identificar sectores económicos que utilizan éstos servicios y que podrían verse afectados/beneficiados. • Verificar si hay agencias aduaneras indígenas. En caso tal de que existan, ofrecer capacitación. En caso de no haber, o de haber pocas, se pudiese considerar promover el ingreso de indígena a la carrera aduanera. • Promover los servicios de asesoría de la Dirección General de Aduanas a potenciales o actuales importadores y exportadores. • Promover un trabajo interinstitucional con ProComer para implementar programas de capacitación en comunidades indígenas para potenciales emprendimientos. Posibles apoyos para preparación de planes de negocio, crecimiento de emprendimientos y asesoría para exportaciones. Servicios Hacendarios • Una vez identificados los sectores económicos y potenciales beneficiarios en territorios indígenas, proponer posibles exoneraciones aplicables a dichos sectores. • Crear una herramienta de búsqueda fácil de las exenciones en la página web. Policía Fiscal • Los participantes expresaron preocupación con respecto al tráfico ilegal de productos en las zonas fronterizas con Panamá. En particular el tráfico de licor. • Se podría proponer el aumento de presencia de la policía fiscal en zonas indígenas. Sin embargo, también se podría proponer un mecanismo de vigilancia comunitario que pueda tener una coordinación con la policía de fronteras o policía fiscal. Comentarios Generales: • Se debe incluir dentro del proyecto campañas tanto de diseminación de información y educación fiscal para la población en general. II. Notas: Sesión Participativa para Socialización del Proyecto Hacienda Digital para el Bicentenario y Marco de Participación de Pueblos Indígenas MPPI: 144 • Para los procesos de consulta con Pueblos Indígenas, se seguirá el Mecanismo General de Consulta de Costa Rica, el cual se implementará en coordinación con el Ministerio de Justicia. • En caso de existir territorios que no cuenten con instancias territoriales de consulta, como mandata el mecanismo, los procesos de consulta se construirán y acordarán con las comunidades. Se espera recibir la retroalimentación de los participantes con respecto a los puntos que no se lograron tocar. 7.4.3 Mecanismo de participación e información para las fases de implementación y cierre. La Evaluación Social y la estrategia (consulta y divulgación) utilizada permitió segmentar el universo de en términos de sectores/poblaciones de las personas destinatarias de los servicios hacendarios y/o usuarios de los sistemas el Ministerio de Hacienda. Se recomienda continuar utilizándola y abrir espacios de diálogo ciudadano. Se recomienda, mantener informada a la población sobre el avance del proceso hasta su aprobación y luego del inicio, seguimiento a la ejecución, cierre y divulgación de los logros alcanzados; as {i como de las lecciones aprendidas. 7.4.4 Presentación del mecanismo de Queja, Reclamo actual que tiene el Ministerio de Hacienda, el cual pertenece a la Contraloría de Servicios, y esta a su vez a un sistema nacional cuyo seguimiento es realizado por el MIDEPLAN48. Estas sesiones permitieron validar el mecanismo actual y las oportunidades de mejora de dicho mecanismo para ser utilizado para el proyecto. Esta noticia salió publicada en un medio nacional, en el texto se informa sobre la necesidad de la inversión y la solicitud de los recursos al Banco Mundial.Enero,2020 7.5. Análisis de los comentarios Los resultados de las sesiones de consulta y participación de partes fue clave para la construcción de la matriz de riesgos presentada en la Evaluación Social. Durante las sesiones, la metodología orientó las discusiones hacia la identificación de riegos, afectaciones medidas de mitigación y oportunidades por sector. 48 Este último aspecto se detalla en el apartado 10 de este documento. 145 Las sesiones permitieron también dar a conocer el proyecto a distintos sectores y por diversos medios. También en este período el Ministro presentó a la ciudadanía la necesidad de la inversión, se realizaron una rueda de prensa hubo publicaciones en medios masivos nacionales y se hizo un seguimiento a medios en la semana siguiente y no se evidenciaron manifestaciones adversas a un préstamo en el marco de la coyuntura fiscal. Aspecto que podría explicarse porque existen un grado de consciencia en la población de la impronta del aumento de la recaudación fiscal, control del gasto público, pero desde una perspectiva justa. Que se logré mediante, una gestión por resultados mejorar la gestión de recaudación, que a su vea permita llegar a los grandes evasores. Ver en el anexo 4 dos ejemplos de artículos de período. Se evidenció además que, el Ministerio cuenta con débiles canales de comunicación con algunos sectores que forman parte de su universo de destinatarios finales y/o usuarios finales de sus sistemas. Asimismo, que la complejidad de su quehacer y el alto tecnicismo (entre otros factores) limita el acceso de la información por parte de la población, lo cual se agrava si se suman otros elementos como no acceso al internet, distancia geográfica, lenguaje y otros aspectos socio culturales. Las sesiones contribuyeron a sensibilizar a los funcionarios que participaron como equipo contraparte sobre el universo y diversidad de sectores / realidades de los destinatarios de los servicios y/o usuarios finales de sus sistemas; así como las brechas que limitan el acceso de estos a los sistemas hacendarios. Asociado a este punto, es un aumento en el conocimiento sobre los pueblos indígenas y su normativa. Asimismo, se identificaron algunas acciones previas de este proceso de información y consulta, las cuales era necesario capitalizar en esta fase de formulación para aprovechar estos esfuerzos y el contextualizar que este Proyecto es una de las políticas de repuesta del Ministerio (mostrar el continuum en la administración es clave para alcanzar la legitimidad de las acciones de transformación que se plantea desde el Ministerio). Entre estas está el Foro de Aduanas y el vínculo del Proyecto con las políticas públicas orientadas a la inclusión económica orientada hacia población vulnerable o con algún grado de desatención. Las sesiones a realizar con las Partes Interesadas, serán registradas en una ayuda de memoria, la cual será un documento público y respaldo del presente documento. Una vez finalizada estas sesiones, se realizará una devolución a los sectores que participaron esta podrá ser mediante una reunión o mediante una comunicación oficial, de igual forma se explicará el cómo fueron recopilados, examinados e incorporados en la fase de diseño. 146 7.6. Cronograma para Procesos de Consulta durante la Implementación del Proyecto Una primera fase de consultas se llevó a cabo durante de etapa de diseño del proyecto. Posteriormente en la medida que se vayan recolectando las observaciones se valorará la necesidad de realizar nuevamente consultas durante la etapa de implementación de nuevos actores o bien replicar los que ya se han consultado. Se propone el siguiente calendario para los primeros 3 años del proyecto, el cual deberá ser ajustado de acuerdo a las necesidades del proyecto en su etapa de ejecución. Actividad Cantidad Año 1 Año 2 Año 3 Fase II: Implementación del Q Q Q Q Q Q Q Q Q Q Q Q Proyecto 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 Reuniones de Socialización y Consulta de acuerdo a Categorías del PPPI Sector Público Financiero 15 Sector Público No Financiero 15 Sector Privado 20 Funcionarios del Ministerio de Hacienda 10 Poblaciones Vulnerables 10 Pueblos Indígenas 20 Poblaciones Afro-descendientes 15 7.7. Etapas futuras del proyecto Durante la implementación del proyecto se plantea continuar con la implementación del Plan de Participación de Partes Interesadas. Se recomienda revisar la metodología planteada a la fecha, y adaptarla al momento en el cual se encuentra el proyecto. Se recomienda dar prioridad a las consultas con poblaciones vulnerables, indígenas y afrodescendientes, las cuales deberán continuar durante la vida del proyecto. Los comentarios, recomendaciones y propuestas de las Partes Interesadas que correspondan a las fases de implementación deberán ser incluidas y tomadas en cuenta durante la ejecución de actividades, ya sea con actividades complementarias o con su incorporación en los términos de referencia de las contrataciones del proyecto. Para las etapas futuras se recomienda también lo siguiente: A. Mantener una comunicación con los sectores según la estrategia mediante la cual se les informe de los avances de la negociación hasta la aprobación, luego el inicio, avances durante el periodo de implementación, el cierre y luego devolución de resultados. 147 B. Crear un mecanismo de diálogo del Ministerio con los distintos sectores que expresaron el interés en mantener una relación cercana con el Ministerio y el Proyecto. Responsables, Contraloría de Servicios –CIFH y Comunicación institucional. C. Coordinar acciones entre Colegios de Profesionales, el CIFH, Educación Fiscal y Asociación de Consumidores para iniciar procesos de cooperación en los temas de cultura fiscal. 8. Recursos y responsabilidades vinculados a la implementación de actividades de participación de las partes interesadas 8.1. Recursos La Implementación del Plan de Participación de Partes Interesadas (PPPI) será liderada por el Especialista Social del Proyecto, quien coordinará con las instancias correspondientes del Ministerio de Hacienda, tales como la Dirección de Comunicación y el Centro de Investigación Hacendario. También deberá coordinar con los especialistas técnicos de cada área del Ministerio dependiendo de la temática que se vaya a discutir en el proceso participativo o de consulta. Los recursos para la contratación del Especialista Social están contemplados en la línea presupuestaria de la Unidad Coordinadora de Proyecto. Igualmente se requerirá de una inversión de aproximadamente US$ 200,000. Esto podrá variar a durante la implementación del proyecto y de acuerdo con las necesidades. A continuación, se detallan las actividades que requieren de presupuesto: Actividad # Unidad Costo/u Total Fase I: Preparación del Proyecto Reuniones de socialización del proyecto y consulta con Partes Interesadas priorizadas 9 Reuniones $ 50.00 $ 450.00 Proceso Participativo con Pueblos Indígenas para presentar el proyecto y el Marco de Participación de Pueblos Indígenas 1 Reuniones $ 3,000.00 $ 3,000.00 Visitas a campo (Territorios Indígenas) para iniciar procesos de pre-consulta 3 Visitas $ 1,000.00 $ 3,000.00 Sub Total Fase I $ 6,450.00 Fase II: Implementación del Proyecto 148 Reuniones de Socialización y Consulta de acuerdo con Categorías del PPPI Sector Público Financiero 15 Reuniones $ 50.00 $ 750.00 Sector Público No Financiero 15 Reuniones $ 50.00 $ 750.00 Sector Privado 20 Reuniones $ 50.00 $ 1,000.00 Funcionarios del Ministerio de Hacienda 10 Reuniones $ 50.00 $ 500.00 Poblaciones Vulnerables 10 Reuniones $ 50.00 $ 500.00 Pueblos Indígenas 20 Visitas $ 2,000.00 $ 40,000.00 Poblaciones Afro-descendientes 15 Visitas $ 2,000.00 $ 30,000.00 Preparación de material para divulgación (preparación y diagramación) 1 Monto fijo $10,000.00 $ 10,000.00 Anuncios en medios de comunicación 1 Monto fijo $ 120,000.00 $ 120,000.00 Sub Total Fase II $ 203,500.00 Mecanismo de Quejas y Reclamos Posible habilitación de línea telefónica Posible buzón de quejas en sucursales del Ministerio Sub Total MQR TOTAL $ 209,950.00 149 8.2. Funciones y responsabilidades de gestión del PPPI Las actividades relacionadas a la continua participación de partes interesadas del proyecto serán responsabilidad del Especialista Social del Proyecto, en coordinación con las Direcciones relevantes del Ministerio de Hacienda e informará sobre su desarrollo al Coordinador General del Proyecto. Para cada actividad se preparará un informe conteniendo información sobre resultado de las actividades o procesos de consulta. El mismo deberá contener como mínimo: • Participantes de la consulta o actividad (listas de asistencia) • Contenido de la actividad o de lo consultado • Resumen de preguntas, respuestas, recomendaciones o sugerencias • Resultados de valoración de potenciales impactos sociales del proyecto y posibles medidas de mitigación sugeridas De acuerdo con lo definido en el Plan de Compromisos Ambientales y Sociales, se requerirá de un especialista social a tiempo completo para asegurar la implementación y reportes de los instrumentos sociales del proyecto. Este especialista estará a cargo del proveer los insumos para los reportes semestrales al Banco sobre la implementación del PPPI. Reportes sobre Mecanismos de Quejas y Consultas: El especialista social también elaborará reportes con información sobre el funcionamiento del mecanismo de quejas y reclamos o sugerencias recibidas en el sistema de la Contraloría de Servicios y un reporte sobre su resolución. 9. Seguimiento y presentación de informes 9.1. Participación de las partes interesadas en las actividades de seguimiento • Mantener una comunicación con los sectores según la estrategia mediante la cual se les informe de los avances de la negociación hasta la aprobación, luego el inicio, avances durante el periodo de implementación, el cierre y luego devolución de resultados. • Crear un mecanismo de diálogo del Ministerio con los distintos sectores que expresaron el interés en mantener una relación cercana con el Ministerio y el Proyecto. Responsables, Contraloría de Servicios –CIFH y Comunicación institucional. • Coordinar acciones entre Colegios de Profesionales, el CIFH, Educación Fiscal y Asociación de Consumidores para iniciar procesos de cooperación en los temas de cultura fiscal. 9.2. Presentación de informes a los grupos de partes interesadas Al finalizar el proceso de recepción y procesamiento de los cuestionarios, preparar la información (según parte interesada) para hacer devoluciones de los resultados a todas las partes que participaron de este proceso (se recomienda seguir la misma estrategia utilizada en este proceso de consulta y difusión de información. Se valorará aquellos que pueden recibirlo mediante correo. Esta información debe expresar los pasos a seguir. 150 Estrategia Interna de Comunicación Como se mencionó anteriormente, el PPPI ha identificado a los funcionarios y funcionarias del Ministerio de Hacienda como una parte interesada clave para el proyecto. Por ello, se ha considerado detallar una estrategia específica para la comunicación y divulgación de información interna al Ministerio. Los medios propuestos de divulgación de información que resultan más apropiados y según la experiencia previa de trabajo en el Ministerio de Hacienda, son: • Cápsulas de información del proyecto a los funcionarios y funcionarias vía correo institucional. • Utilización de las herramientas del Centro de Investigación y Formación Hacendaria, para remitir cuestionarios de retroalimentación del proyecto a la población hacendaria. 10. Contraloría de Servicios a las personas usuarias y Mecanismo de Quejas y Reclamos En Costa Rica, las Contralorías de Servicios se inscriben dentro de los esfuerzos de promoción de una cultura de control y fiscalización de las instituciones que conforman la Administración Pública; así mismo, como brindan respuesta de esta forma a los principios de rendición de cuentas y transparencia que rigen la función pública. Al respecto, tal y como lo indica el MIDEPLAN (2019), la contraloría de servicios es un puente entre las personas usuarias y las instituciones, contribuyendo a propiciar un cambio positivo en la gestión pública mediante la innovación de los bienes y servicios, con base en los aportes que estos generan. Esta última creada con propósito de velar y promover el mejoramiento continuo y la innovación en los bienes y servicios públicos que se brindan, sumando para ello las acciones que desarrollan cada uno de los actores que lo integran. El fundamento jurídico de la Contraloría de Servicios es la Ley N° 9158 denominada “Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Serviciosâ€?, y su respectivo Reglamento Para mayor información sobre el Sistema Nacional de Contralorías de Servicio, ver anexo no.4 10.1 Contraloría de Servicios del Ministerio de Hacienda.49 El Ministerio de Hacienda cuenta con una Contraloría de Servicios, la cual resulta ser la instancia institucional que gestiona el Mecanismo de atención a quejas y reclamos. Tal y como se introdujo anteriormente, en Costa Rica, el fundamento jurídico de la Contraloría de Servicios es la Ley N° 9158 denominada “Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Serviciosâ€?, y su respectivo Reglamento. Ambos instrumentos regulan la creación y funcionamiento de estas instancias dentro 49Información suministrada por la Contraloría de Servicios. Referencia Oficio N° CSMH-029-2019, de fecha de 16 de diciembre del 2019. 151 de las instituciones públicas. Lo anterior, con la finalidad de garantizar los derechos de las personas usuarias de los servicios que brindan las distintas organizaciones y coadyuvar con la efectividad, la mejora continua e innovación en la prestación de los servicios, en este caso, para el Ministerio de Hacienda. Esta instancia ha de coadyuvar en la generación y promoción de una cultura de control y fiscalización en la prestación de los servicios en beneficio de las personas usuarias y sus derechos. De forma tal que, los servicios brindados por la institución, resulten ser de la más alta calidad, con procesos de mejora y buscando a la vez la simplificación de trámites. 10.1.2. Descripción del proceso actual de inconformidades, consultas, sugerencias y felicitaciones. El proceso de interposición de inconformidades, consultas, sugerencias y felicitaciones lo pueden realizar los ciudadanos mediante varios medios, entre los cuales se tiene a disposición: − El “Formulario Electrónicoâ€? que está disponible en la página web de Hacienda (http://contraloria.hacienda.go.cr/contraloria/) − De igual forma, se puede presentar de manera física, a través del “Formulario Impresoâ€?, que está disponible en las distintas oficinas donde se atienden a las personas usuarios. Mediante correo electrónico a la cuenta oficial de la Contraloría de Servicios: contraloria@hacienda.go.cr − Visita presencial del usuario a las oficinas de la Contraloría de Servicios, siendo este el medio menos utilizado en la actualidad. Una vez presentada denuncia, reclamo, queja, felicitación, entre otros, la Contraloría hace recepción de las gestiones por los medios mencionados. El Contralor de Servicios procede en el análisis preliminar de lo planteado por el usuario y define si es algo que deba gestionarse desde esta instancia, para lo cual hace la correspondiente asignación del caso a alguno de sus colaboradores para la debida atención. Caso contrario, si no es competencia de esta oficina, la gestión es redireccionada al área competente o desestimada en los casos donde lo señalado no corresponda a las funciones y competencias de las distintas Dependencias del Ministerio de Hacienda. Cuando la gestión es procedente, ésta es asignada a algún funcionario de la Contraloría, quien analiza lo planteado por el administrado y procede a realizar las investigaciones pertinentes, de forma tal que se logre una respuesta y solución a las expectativas, inquietudes o exigencias que el usuario planteó. Una vez aclarada la situación, el funcionario a cargo se comunica con el usuario para brindarle respuesta, la cual por lo general se hace vía correo electrónico. Cuando la gestión deba ser atendida de pleno por alguna otra oficina del Ministerio (por razones de competencia), la Contraloría hace la remisión total del caso al encargado de esa oficina, a lo cual le copia al administrado para que esté enterado de que su caso que va a ser abordado por otra instancia y que la respuesta no vendrá por parte de la Contraloría. En estos casos, la respuesta final que se brinde al usuario se debe copiar a la Contraloría para control, de forma tal que se logre garantizar de que la misma fue atendida en tiempo y se pueda cerrar la gestión. El plazo de respuesta es de la queja 10 días hábiles, dentro de los cuales estarían los 5 días hábiles que se le otorgan a las oficinas o funcionarios involucrados, para que brinden respuesta a la Contraloría de servicios 152 cuando se solicitan informes (artículo 43 de la Ley N° 9158). Ese plazo se puede extender más, dependiendo de la complejidad del tema que se trate, de lo cual se deberá informar al usuario que presentó la queja. La siguiente figura presenta el diagrama de la Contraloría de Servicios al momento de gestionar una solicitud. Accesos a la Vía Judicial Aunado a lo anterior el usuario puede interponer su queja, denuncia y/o reclamo en vía judicial cuando esta se refiera a algún delito, falta por parte de un funcionario que pueda haber generado responsabilidad civil o bien cuando considere que se le está violentando algún derecho constitucional, puede acudir al órgano constitucional. Así mismo en cuando considere que este departamento no está realizando una gestión satisfactoria puede interponer las denuncias, quejas o reclamos ante la dependencia a la cual pertenezca dentro del organigrama institucional o bien al Jerarca Institucional. 10.1.3. Mecanismo de Atención a Quejas y Reclamos del Proyecto El Mecanismo de Atención a Quejas y Reclamos es una herramienta que permite conocer y visibilizar las inquietudes, preocupaciones y manifestaciones que tienen las partes interesadas y afectadas por el proyecto con el fin de tener la oportunidad de fortalecer los servicios del proyecto y asegurar con éxito la implementación del proyecto. Este mecanismo se debe regir bajo los principios de transparencia, confidencialidad, responsabilidad, accesibilidad, diligencia, inclusión y objetividad. 153 Actualmente, se está evaluando la posibilidad de que la Contraloría de Servicios del Ministerio funcione como medio idóneo para la recepción de quejas, reclamos, o consultas que los ciudadanos y/o posibles afectados tengan sobre las implicaciones y alcances del proyecto, el proceso de interposición de inconformidades, consultas, sugerencias y felicitaciones para el proyecto se puede realizar mediante los mecanismos ya establecidos en el Ministerio de Hacienda, sean: − El “Formulario Electrónicoâ€? que está disponible en la página web de Hacienda (http://contraloria.hacienda.go.cr/contraloria/) − De igual forma, se puede presentar de manera física, a través del “Formulario Impresoâ€?, que está disponible en las distintas oficinas donde se atienden a las personas usuarios. Mediante correo electrónico a la cuenta oficial de la Contraloría de Servicios: contraloria@hacienda.go.cr − Visita presencial del usuario a las oficinas de la Contraloría de Servicios, siendo este el medio menos utilizado en la actualidad. i. Modificaciones Planteadas al actual Mecanismo Para el uso del “Formulario Electrónicoâ€? disponible en la página web, tendrían que realizarse algunas modificaciones de forma tal que una vez que el ciudadano vaya a presentar la gestión, pueda seleccionar un ítem o motivo acorde con el proyecto en desarrollo y sea de fácil identificación. Tomando como referencia que el actual formato fue concebido para la interposición de gestiones relacionadas íntimamente con “Calidad en el Servicioâ€?, podrían plantearse las siguientes 2 opciones de forma tal que se seleccione la más conveniente, tanto para el ciudadano como para la Contraloría de Servicios: Opción 1: Cuando el usuario ingrese al formulario se le despliegue una nueva opción a seleccionar en el apartado de “Tipo de Gestiónâ€?, cuyo nombre sería a definir, pero que tentativa mente podría ser: “Gestión relacionada al Proyectoâ€? Opción 2: En esta opción, se propone que el formulario provea dos alternativas de selección, una relativa al proyecto como tal y otra relacionada con la calidad de los servicios Si el ciudadano selecciona “Proyectoâ€?, se desplegaría un submenú con las siguientes opciones: Queja; Consulta y Sugerencia. Mientras que, si el ciudadano selecciona “Calidad de los servicios recibidosâ€?, se desplegarían las opciones que actualmente se encuentran (Queja, Sugerencia, Consulta y Felicitación). De esta manera, resultaría más sencillo para el interesado poder seleccionar y referirse al tema para el cual está ingresando a este formulario y para la Contraloría también, sería de fácil identificación para determinar a quién debe dirigir dicha gestión, en el eventual caso de que no pueda ser resuelta por esta instancia. Ello ayudaría también, al control de casos que se llevan para la confección de informes de seguimiento que deben realizarse mensual y anualmente. 154 ii. Procesamiento de las Quejas y Reclamos • Una vez presentada denuncia, reclamo, queja, la Contraloría daría recepción de las gestiones por los medios mencionados. El Contralor de Servicios procede en el análisis preliminar de lo planteado por el usuario y define si es algo relacionado al proyecto y si puede gestionarse desde esta instancia, para lo cual hace la correspondiente asignación del caso a alguno de sus colaboradores para la debida atención. • Caso contrario, si no puede resolverse en esta instancia, la gestión se redireccionaría al área técnica competente o a la Unidad Coordinadora de Proyecto (UCP). • Cuando la gestión es procedente, la instancia a la que fue asignada analizará lo planteado y procede a realizar las investigaciones pertinentes, de forma tal que se logre una respuesta y solución a las expectativas, inquietudes o exigencias que el usuario planteó. • Una vez aclarada la situación, el funcionario a cargo se comunica con el usuario para brindarle respuesta, la cual por lo general se hace vía correo electrónico. Se informaraÌ? a la parte interesada la fecha en la cual se daría respuesta a su queja o reclamo, misma que se le haráÌ? seguimiento para que pueda cerrarse en la fecha establecida y oportuna. Si la respuesta a una queja o reclamo no es posible dentro del término fijado, se le informará de manera escrita, al interesado el motivo de la demora y se le da a conocer la posible fecha definitiva en la cual se le daráÌ? solución o respuesta. Cuando la gestión deba ser atendida de pleno por alguna otra oficina del Ministerio (por razones de competencia), la Contraloría hace la remisión total del caso al encargado de esa oficina, a lo cual le copia al administrado para que esté enterado de que su caso que va a ser abordado por otra instancia y que la respuesta no vendrá por parte de la Contraloría. En estos casos, la respuesta final que se brinde al usuario se debe copiar a la Contraloría para control, de forma tal que se logre garantizar de que la misma fue atendida en tiempo y se pueda cerrar la gestión. Cuando la queja o reclamo no corresponda a las funciones y competencias de las distintas Dependencias del Ministerio de Hacienda, las mismas serán desestimadas y se le informará al usuario que la misma no corresponde. En caso de que el ciudadano no esté satisfecho con la resolución de la queja, se evaluará la posibilidad de incluir una segunda instancia a donde pueda dirigir dicha queja o reclamo. Acceso a Recursos en la Vía Judicial En caso tal de que el mecanismo no le proporcione al usuario una respuesta satisfactoria en ninguna de sus instancias, el usuario puede interponer su queja, denuncia y/o reclamo en vía judicial cuando esta se refiera a algún delito, falta por parte de un funcionario que pueda haber generado responsabilidad civil o bien cuando considere que se le está violentando algún derecho constitucional, puede acudir al órgano constitucional. Así mismo en cuando considere que este departamento no está realizando una gestión satisfactoria puede interponer las denuncias, quejas o reclamos ante la dependencia a la cual pertenezca dentro del organigrama institucional o bien al Jerarca Institucional. 155 Presupuesto para la Implementación del Mecanismo de Quejas y Reclamos para el Proyecto En relación con los recursos necesarios para gestionar el Mecanismo de Quejas y Reclamos del Proyecto, éstos vendrán del presupuesto ya establecido y asignado a la Contraloría de Servicios del Ministerio de Hacienda. Igualmente, en caso de que las gestiones para la resolución de quejas o reclamos implique el involucramiento a la Unidad Coordinadora de Proyecto, los recursos tanto humanos como financieros serán presupuestados en el componente de gestión del proyecto. 156 Bibliografía Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (AACUE). Acuerdo que establece asociación entre Centroamérica y la Unión Europea y sus Estados miembros, aprueba Enmienda al artículo XXI de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre" Aprobado mediante la Ley N° 9154 de fecha 03 de julio del 2013. Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio Aprobado mediante la Ley N° 7475-F del día 20 de diciembre de 1994, publicada en el Alcance N° 40 a La Gaceta N° 245 del día 26 de diciembre de 1994. Aprobación del Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Aprobación del Convenio 169 de la OIT Aprobado mediante Ley N° 7316 de 1992 Aprobación del Protocolo al Convenio Legislación Centroamericana sobre el Valor Aduanero de las mercancías Anexo B del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Arancel Centroamericano de Importación: aprobado mediante la Ley N° 7346 del 7 de junio de 1993 Banco Mundial (2017). Marco Ambiental y Social. 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Convenio sobre el Régimen Aduanero y Arancelario Centroamericano: Aprobado en Costa Rica por la Convenio 107 de la OIT aprobado mediante Ley N° 2330 de 1959 157 Convenio del Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano (ANEXO A: Arancel Centroamericano de Importación y la Resolución Nº 2 del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano: Aprobado por Ley N° 7017 del 16 de diciembre de 1985, Convenio Marco Para El Establecimiento De La Unión Aduanera Centroamericana aprobado por la Decreto 388-35-RE de la Presidencia de la República de enero de 2015 que nombra el Comisionado Presidencial para Asuntos de la Afro descendencia. Decreto ejecutivo 36776-RE del 30 de setiembre del 2011 Decreto Ejecutivo N° 33464 del 22 de noviembre del 2006 Decreto Ejecutivo N° 40932-MP-MJP, denominado “Mecanismo General de Consulta a Pueblos Indígenas Decreto Ejecutivo número 11938-E del 8 de octubre de 1980 Decreto legislativo número 9223 de marzo de 2014 sobre el “Reconocimiento de los Derechos de los Gestión de residuos electrónicos no patrimoniales. Código MH-DAF-PGAI-P-02. Habitantes del Caribe Surâ€? 15. Decreto número 38629-MCJ-MEP de setiembre de 2014 que declara la Puebla de los Pardos como sitio de asiento histórico de los afrodescendientes en Costa Rica. Decreto número 32338-MEP, de 2005 para el “Establecimiento de la Comisión Nacional de Estudios Afro Costarricensesâ€?, Decreto número 38114 de febrero de 2014 donde se aprueba la Política Nacional para una sociedad libre de racismo, discriminación racial y xenofobia 2014-2015 y su Plan de Acción. Estatuto de Servicio Civil Específicas Resolución N° 156-2006 (COMIECO-EX) Aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 33263 del día 21 de junio del 2006, publicado en La Gaceta N° 159 del 18 de agosto del 2006. Instituto Nacional de Estadística y Censos. Encuesta Continua de Empleo: Dinámica del mercado laboral costarricense III trimestre 2019 / INEC. N°1 --San José, C.R.: INEC 2019. Disponible en http://www.inec.cr/sites/default/files/documetos-biblioteca-virtual/reeceiiit2019.pdf Instituto Nacional de Estadística y Censos. Encuesta Continua de Empleo: Dinámica del mercado laboral costarricense III trimestre 2019 / INEC. N°1 --San José, C.R.: INEC 2019. Disponible en http://www.inec.cr/sites/default/files/documetos-biblioteca-virtual/reeceiiit2019.pdf Ley de Creación del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad", emitida en fecha 26 de mayo de 2015 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 123 de fecha 26 de junio de 2015 Ley General de la Administración Pública. Ley General de Telecomunicaciones 158 Ley Indígena Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Ley para la Gestión Integral de Residuos, N° 8839. Ley para mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal. Ley Reguladora de Exoneraciones Vigentes, Derogatorias y Excepciones. Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley Reguladora del Mercado de Valores Ley N° 8903 del 9 de noviembre de 2010, vigente a partir del 13 de enero del 2011 . Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Ley de Consolidación de Impuestos Selectivos de Consumo. Ley de Contratación Administrativa y sus reglamentos Ley de creación del CONAI Ley de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras (FATCA). Ley de eliminación de la discriminación racial en los programas educativos y en los medios de comunicación Ley de Impuesto de Traspaso de Bienes Inmuebles. Ley de Inscripción y cedulación indígena Declara la obligación del Estado de otorgar cédulas de identidad costarricense a los Engobes. Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos Ley de la diversidad étnica y lingüística Ley de la Jurisdicción Constitucional. Ley del Impuesto sobre bienes inmuebles. Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado. Ley del Impuesto sobre la Renta Ley del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda. Ley del Régimen Privado de Pensiones complementarias Ley General de Aduanas 159 Ley General de Control Interno. Ley General de la Administración Pública. Ley N° 6986 del 03 de mayo de 1985. MH-DAF-PRO06-PCD-002 Gestión Integral de Residuos del Ministerio de Hacienda (En actualización). Ministerio de Salud Pública (2018). Plan Nacional de Salud para Personas Afrodescendientes 2018-2021. Elaborado con OPS-OMS-Gobierno de la República y el Ministerio de Salud. Disponible en: https://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/biblioteca-de-archivos/sobre-el-ministerio/politcas-y-planes-en- salud/planes-en-salud/3909-plan-nacional-de-salud-para-personas-afrodecendientes/file Organización Mundial del Comercio, Ginebra 27 de noviembre 2014 y su anexo (acuerdo sobre facilitación del comercio) y crea Consejo Nacional de Facilitación del Comercio Aprobado mediante Ley N° 9430 del 04 de abril del 2017. Presidencia de la República. 2015-2018. Plan de Acción Decenio para la Afro descendencia Costa Rica. Comisionado para Asuntos de la Afro descendencia. Plan Nacional de Afrodescendientes, con el apoyo del Sistema de las Nacional de las Unidas de Costa Rica. Disponible en: https://presidencia.go.cr/wp- content/uploads/2015/10/PLAN-AFRODESCENDENCIA-DIAGRAMADO.pdf Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Guatemala)Protocolo de Guatemala Aprobado mediante la Ley N° 7629 del 26 de setiembre de 1996. Reglamento a la Ley General de Aduanas Reglamento Autónomo del Ministerio de Hacienda Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías, con su anexo de Reglas de Origen Redacción BBC News Mundo. Los refugiados en Costa Rica por la crisis en Nicaragua: "No entiendo por qué nos odianâ€? 19 abril 2019. Ubicado en https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-47987329 Reglamento Centroamericano sobre Medidas y Procedimientos Sanitarios y Fitosanitarios (Resolución N° 271- 2011 (COMIECO-LXI) del 2 de diciembre del 2011) Aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 37011-COMEX- MEIC-MAG del día 09 de enero del 2012, Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación. Decreto Ejecutivo N.° 35688 del 27 de noviembre de 2009. Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Hacienda. Decreto Ejecutivo N.° 35366 del 24 de junio de 2009. Reglamento de Procedimiento Tributario. Reglamento del Estatuto de Servicio Civil Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, N° 37567-S-MINAET-H. 160 Reglamento para la declaratoria de residuos de manejo especial, Nº 38272-S. Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos Electrónicos de Costa Rica, Nº 35993-S. República de Costa Rica (1949) Constitución Política de Costa Rica. Disponible en https://www.tse.go.cr/pdf/normativa/constitucion.pdf Secretaría Técnica de los ODS. (2016). Fuente original: Estado de ratificaciones en la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (2017), Ratificaciones de Costa Rica en la Organización UNHCR-ACNUR. Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Costa Rica) https://help.unhcr.org/costarica/preguntas-frecuentes Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica República Dominicana y los Estados Unidos de América: la Ley Nº 8622 del 21 de noviembre del 2007 Tratado General de Integración Económica Centroamericana: Aprobado por Ley N° 3150 del 29 de julio de 1963. 161 ANEXO No.1 Sistema Nacional de Contralorías de Servicio y otras consideraciones. . Figura 9 Conformación del Sistema Nacional de Contraloría de Servicios. 2018 Ubicación del Ministerio de Hacienda dentro del sistema nacional. Fuente: Adaptación a la Figura 1. Informe de gestión anual del Sistema Nacional de Contraloría de Servicios. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica. -- Vol. 2, n° 1 (2018 –). San José, CR: MIDEPLAN, 2019. Fuente original: MIDEPLAN/STSNCS. Octubre, 2019. Actualmente, el Sistema Nacional de Contraloría de Servicios está integrado por 90 entes, de los cuales el Ministerio de Hacienda es uno de estos y como el resto de sus pares, está obligado a presentar anualmente un informe anual de labores, el cual es un insumo para el Informe Anual de Gestión del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios. Aun, existen instituciones que no cuenta con contralorías de servicios. Este Mecanismo permite el trámite de inconformidades, reclamos, consultas, denuncia s, sugerencias o felicitaciones. Permitiendo, como lo indica MIDEPLAN50 (2019) contribuir a la cultura de control y fiscalización de las instituciones que conforman la administración pública. Respondiendo, a los principios de rendición de cuentas y transparencia que rigen la función pública. El MIDEPLAN emite un informe de labores a partir de los insumos en los cuales contribuyen los entres que tienen contralorías de servicios, más adelante en este apartado se presentan los principales hallazgos del informe publicado en octubre 2019 en el cual se evaluó la gestión de las Contralorías de Servicios durante 2018. Esta información se consideró de interés porque brinda recomendaciones de mejora, las cuales podrían ser consideradas para mejorar no solo la Contraloría de Servicios sino también el Mecanismo de Quejas y Reclamos que es de interés para el Proyecto. 50Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica. -- Vol. 2, n° 1 (2018 –). San José, CR: MIDEPLAN,2019. 162 Funciones de la Contraloría de Servicios del Ministerio de Hacienda Funciones de una Contraloría51. Las funciones son las siguientes: â—? Impulsar y verificar el cumplimiento de la efectividad de los mecanismos y procedimientos de comunicación a las personas usuarias, de manera tal que les permita contar con información actualizada en relación con los servicios que ofrece la organización respectiva, sus procedimientos y los modos de acceso. â—? Velar por el cumplimiento de las directrices y los lineamientos de política pública emitidos acorde con la presente ley, en materia de mejoramiento continuo e innovación de los servicios. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que se desarrollen y respondan a las necesidades específicas de la organización a la cual pertenece. â—? Presentar al jerarca de la organización un plan anual de trabajo que sirva de base para evaluar el informe anual de labores. Una copia de dicho plan deberá presentarse a la Secretaría Técnica a más tardar el 30 de noviembre de cada año. â—? Presentar a la Secretaría Técnica un informe anual de labores elaborado acorde con la guía metodológica propuesta por Mide plan, el cual deberá tener el aval del jerarca de la organización. Dicho informe será presentado durante el primer trimestre del año. â—? Elaborar y proponer al jerarca los procedimientos y requisitos de recepción, tramitación, resolución y seguimiento de las gestiones, entendidas como toda inconformidad, reclamo, consulta, denuncia, sugerencia o felicitación respecto de la forma o el contenido con el que se brinda un servicio, presentadas por las personas usuarias ante la contraloría de servicios, respecto de los servicios que brinda la organización. Dichos procedimientos y requisitos deberán ser públicos, de fácil acceso y su aplicación deberá ser expedita. â—? Atender, de manera oportuna y efectiva, las gestiones que presenten las personas usuarias ante la contraloría de servicios sobre los servicios que brinda la organización, con el fin de procurar la solución y orientación de las gestiones que planteen, a las cuales deberá dar respuesta dentro de los plazos establecidos en la presente ley y en la normativa vigente. â—? Vigilar el cumplimiento del derecho que asiste a las personas usuarias de recibir respuesta pronta a gestiones referidas a servicios, presentadas ante las organizaciones que los brindan, todo dentro de los plazos establecidos en la ley o en los reglamentos internos aplicables. â—? Evaluar, en las organizaciones que brindan servicios, la prestación de los servicios de apoyo y las ayudas técnicas requeridos por las personas con discapacidad, en cumplimiento de la legislación vigente en la materia. â—? Promover, ante el jerarca o ante las unidades administrativas, mejoras en los trámites y procedimientos del servicio que se brinda, en coordinación con el área de planificación y el oficial de simplificación de trámites (en el caso de las organizaciones públicas) nombrado para ese efecto por el jerarca, de conformidad con la 51 Artículo 14. Ley N° 9158 denominada “Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Serviciosâ€?. 163 legislación vigente; lo anterior con el fin de que ambos propongan las recomendaciones correspondientes y propicien el mejoramiento continuo e innovación de los servicios que presta la organización. â—? Emitir y dar seguimiento a las recomendaciones dirigidas a la administración activa respecto de los servicios que brinda la organización con el fin de mejorar su prestación, en búsqueda del mejoramiento continuo e innovación y de cumplimiento de las expectativas de las personas usuarias. Si la jefatura respectiva discrepa de dichas recomendaciones, dicha jefatura o la persona contralora de servicios deberá elevar el asunto a conocimiento del superior jerárquico de la organización, para la toma de decisiones. â—? Mantener un registro actualizado sobre la naturaleza y la frecuencia de las gestiones presentadas ante la contraloría de servicios, así como de las recomendaciones y las acciones organizacionales acatadas para resolver el caso y su cumplimiento o incumplimiento. â—? Informar al jerarca de la organización cuando las recomendaciones realizadas por la contraloría de servicios hayan sido ignoradas y, por ende, las situaciones que provocan inconformidades en las personas usuarias permanezcan sin solución. â—? Elaborar y aplicar, al menos una vez al año, instrumentos que permitan medir la percepción para obtener la opinión de las personas usuarias sobre la calidad de prestación de los servicios, grado de satisfacción y las mejoras requeridas; para ello contará con los recursos y el apoyo técnico de las unidades administrativas. â—? Informar a las personas usuarias sobre los servicios que brinda la contraloría de servicios. Realizar las investigaciones internas preliminares, de oficio o a petición de parte, sobre las fallas en la prestación de los servicios, con el fin de garantizar la eficiencia de las gestiones de la organización. Lo anterior, sin perjuicio de los procedimientos administrativos que la administración decida establecer para encontrar la verdad real de los hechos y que la contraloría de servicios permita a cualquier funcionario involucrado brindar explicaciones sobre su gestión, así como proteger sus derechos fundamentales. Aunado a lo anterior, las Contralorías de Servicios pueden realizar revisiones de oficio en procura del mejoramiento continuo e innovación de los servicios o a petición de parte, para realizar investigaciones, visitar las dependencias y requerir la información pertinente para el cumplimiento de sus funciones, pudiendo emitir conclusiones y recomendaciones como producto de las investigaciones que realicen, de conformidad con sus competencias52 Resultados del Informe de MIDEPLAN sobre el funcionamiento del Sistema Nacional de la Contraloría de Servicios. A continuación, se presenta los resultados del Informe del MIDEPLAN (2019) sobre el funcionamiento del Sistema Nacional de Contralorías, el cual aporta algunas consideraciones de interés para ser considerado en el fortalecimiento de la Contraloría de Servicios del Ministerio y del actual Mecanismo de Quejas y Reclamos. El Informe para el 2019 elaborado por el MIDEPLAN, para el grupo donde se ubica el Ministerio de Hacienda, 52En referencia a los artículos 15 y 16 de la Ley N° 9158 denominada “Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Serviciosâ€?. 164 se indica que del 75% del total de las inconformidades se destaca que las sub dimensiones de mayor peso fueron: Tramitología y gestión de procesos 41% y Atención a la persona usuaria 34%. A continuación, la siguiente tabla 15 contiene un resumen de las principales inconformidades que fueron atendidas. Tabla 15 contiene un resumen de las principales inconformidades que fueron atendidas. Sub dimensiones Aspectos manifestados como inconformidades. Tramitología y â—? Plazos excesivos o atrasos para la resolución de requerimientos. 
 gestión de procesos â—? Complejidad en la terminología o procedimientos. Falta de claridad, definición y comunicación previa de los requisitos o requisitos 
no autorizados. 
 â—? Dificultad en obtener citas a través de la página Web, Cal Center. Atención a la â—? 
 Falta de amabilidad, cortesía o educación del funcionario que atiende a la persona persona usuaria usuaria. 
 â—? Falta de interés por parte de los funcionarios en ayudar o atender a las personas usuarias, agresión psicológica, trato grosero. 
 â—? Abuso de autoridad de los funcionarios hacia las personas usuarias. â—? Dificultad de acceso telefónico, desatención de llamadas. 
 Fuente: Elaboración propia a partir de Informe de gestión anual del Sistema Nacional de Contraloría de Servicios. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica. -- Vol. 2, n° 1 (2018 –). San José, CR: MIDEPLAN, 2019. Fuente original: MIDEPLAN/STSNCS. Octubre, 2019. Continuando con el análisis de estos sistemas, MIDEPLAN (2019) llama la atención en relación con las inconformidades internas, las cuales son aquellas interpuestas por las mismas personas funcionarias de estas instituciones. Al respecto indica que, “…existen similitudes entre las inconformidades externas y las internas, lo cual, es un reflejo de que las problemáticas que se presentan en materia de gestión, no solamente afectan a la persona usuaria externa, sino a los mismos funcionarios institucionales. Asimismo, si bien las Inconformidades Internas no constituyen el foco de atención primordial de las Contralorías de Servicios, deben ser atendidas por las unidades organizacionales involucradas, ya que estas pueden repercutir en la calidad de la prestación del servicio público que se da a las personas usuarias.â€? (MIDEPLAN, 2019:27) En relación con el tipo de disconformidades internas, a continuación, se indican las contenidas en dicho informe. •Falta de respuesta a las solicitudes de información, sobre bienes y servicios, trámites, el estado de situación y de los resultados a la gestión planteada. • Excesivos tiempos de espera para resolución de trámites.
 • Incumplimientos de deberes.
 165 • Limitación de Acceso a los bienes y servicios.
 • Falta de amabilidad y cortesía por parte de los funcionarios. • Problemas con el orden y limpieza. • Entrega de información deficiente u obsoleta sobre los trámites y requisitos.
 • Desactualización del sitio web.
 •Falta de respuesta a las solicitudes de información, sobre bienes y servicios, trámites, el estado de situación y de los resultados a la gestión planteada. • Falta de claridad en la entrega de los requisitos.
 • Falta de conocimiento de los procesos institucionales.
 • Uso de red para aspectos no laborales. Este Informe del MIDEPLAN que ha venido siendo citado, también sistematizó aquellos otros medios que se han utilizado en la gestión de las contralorías de Servicios, las cuales se indican a continuación con el interés que en el marco de la implementación del Proyecto sean consideradas como acciones para fortalecer no solo el Mecanismo de Queja y Reclamo sino la misma Contraloría de Servicios. 53 La información se organizó según los siguientes temas: Medición de la percepción de la ciudadanía; Vías de comunicación con las personas usuarias; Iniciativas implementadas por las Contralorías de Servicios; Deficiencias y Logros alcanzados. A. Medición de la percepción de la ciudadanía. Se implementaron de nuevas estrategias para la medición de la percepción de las personas usuarias en relación con el servicio recibido (¡“¡Hay ir Notaâ€?, Yo Propongo! por medio del WhatsApp); Empleo de diferentes instrumentos (el cuestionario aplicado con el método de entrevista directa, la encuesta por medio de la página web institucional o en línea utilizando un código QR. 54 Asimismo, se recalca la necesidad de revisar los procedimientos institucionales, con miras a la calidad y mejoramiento continuo de los bienes y servicios públicos que se brindan. B. Vías de comunicación de las personas usuarias. Al respecto, se indica la combinación del uso de distintos medios, entre los cuales están â—? Correo electrónico/Facebook. Se fortaleció la atención de consultas por medio del correo electrónico y el Facebook, al igual que se promocionó el uso de las páginas web de las Contralorías de Servicios, procurando un mayor alcance a la ciudadanía. 53 Elaboración propia a partir de (MIDEPLAN, 2019: 28-30) 54 Se amplia en la fuente que este responde al inglés Quick Response code, "código de respuesta rápida", el cual es un sistema que permita el almacenar información, que se caracteriza por los tres cuadrados que se encuentran en las esquinas y que permiten detectar la posición del código al lector. Además, esta aplicación de escaneo se puede instalar en los teléfonos celulares). 166 â—? Redes Sociales. La utilización de las redes sociales ha permitido: − Obtener opiniones ciudadanas respecto a la gestión realizada por las instituciones públicas, ya que ha capturado las manifestaciones de sus inconformidades, reclamos, felicitaciones, comentarios u otros; − Es una forma de escucharlas, conocerlas y estar más cerca, en la búsqueda de responder a sus necesidades. − Facilitado que se generen publicaciones sobre temas de interés para las personas usuarias de los servicios institucionales, ya que en la actualidad son herramientas útiles y valiosas para difundir información, al constituirse en nuevas plataformas digitales de comunicación. â—? Chat institucional. Al respecto, se indicaron los siguientes: − Buzón de sugerencias (en formato físico y digital) − Elaboración de brochares y volantes, pizarra informativa (con afiches sobre la Ley 8220, derechos y deberes de las personas usuarias, trámites y servicios institucionales, así como información de las Contralorías de Servicios). Asimismo, se recomienda potenciarlas para su mejor aprovechamiento y obtención de un mayor alcance. â—? Las páginas WEB institucionales. Se indicaron los siguientes: − Medio importante para las Contralorías de Servicios, en tanto permite subir toda la información generada (planificación anual, informes estadísticos, de cierre de período y otros, fomentando la transparencia y divulgación de su existencia). − Contienen los formularios para hacer llegar sus inconformidades Asimismo, plantea que un espacio de preguntas frecuentes que ha mejorado la comunicación con las personas usuarias, lo cual ha incidido en que se descongestionen las centrales telefónicas. C. Iniciativas implementadas por las Contralorías de Servicios. Al respecto, se indican las siguientes: − Promoción de una cultura de calidad en la prestación de los bienes o servicios para reforzar el uso de buenas prácticas y hábitos en el actuar diario de los funcionarios, permitiéndoles colaborar con las instituciones, al brindar un trato óptimo y de calidad a las personas usuarias. − Se brindó al personal institucional, capacitaciones en valores y habilidades blandas, al igual que se les envió a través del correo electrónico, cápsulas informativas relacionadas con: atención y servicio a las personas usuarias, menores de edad que acompañan a las personas usuarias en la institución, atención de una persona usuaria difícil, servicio al adulto mayor, celebración del día internacional de las personas con discapacidad, entre otros − Limitaciones de personal, a pesar de que se prohíbe que sean unipersonales, la realidad es que no tienen asignado el mínimo establecido por Ley. 55 Clave reforzar el personal. 55El informe indica por ejemplo la limitación cuando la Contraloría de Servicios deben desplazarse a otros sitios, se crea molestia en las personas usuarias (al no ser atendidas y no les es posible cumplir a cabalidad la normativa legal que las regula, ni tener injerencia en competencias de asesoría, capacitación y promoción de sus funciones propias.) 167 − Las condiciones físicas y de recursos de las Contraloría de Servicios no son adecuadas.56 − También, se carece de contenido presupuestario para realizar diferentes actividades de capacitación, proyectos, entre otros. − Contar con Reglamentos Internos de Funcionamiento de las Contralorías de Servicios aprobados y publicados. − Recargo de otras funciones que devienen un debilitamiento de su quehacer (por ejemplo: Oficiales de Acceso a la Información, Oficinas de Información Ciudadana, en Comisiones Institucionales de Valores) D. Deficiencias. Se ubicaron las siguientes: − Existen dificultades entre las diferentes dependencias, para establecer vías de comunicación claras y precisas que propicien la atención oportuna y efectiva de las solicitudes de las personas usuarias. − Desatención telefónica en diferentes oficinas institucionales. − Línea 800, esta resulta ser en muchos de los casos insuficiente para atender la demanda de las personas usuarias en todo el país. − Algunas páginas web no contienen toda la información de los servicios, trámites y requisitos que brindan las instituciones (se carece aún de catálogos institucionales), al igual que faltan números telefónicos, direcciones, correos electrónicos, nombres de responsables de las oficinas regionales y horarios de atención al público. − Las oficinas en general de algunas instituciones no reúnen las condiciones necesarias de accesibilidad para el ingreso de las personas usuarias con discapacidad y no cuentan con espacios suficientes de parqueos para uso de las personas usuarias y funcionarios. − Oficinas regionales existen deficiencias en cuanto a: instalaciones, seguridad, recurso humano, materiales, recursos tecnológicos (equipos, software y conectividad), capacitación, estandarización de procedimientos, trámites, vías de comunicación y respaldo de la jefatura. − Falta de respuesta de parte de los Jerarcas, algunas coordinaciones y personas encargadas de procesos y subprocesos, para atender recomendaciones o solicitudes de información requeridas por las Contraloría de Servicios. En este Informe, se considera fundamental contar con el compromiso de las altas autoridades e involucramiento de los respectivos departamentos. E. Logros alcanzados. Se ubicaron las siguientes: − Se elaboró una propuesta de política institucional para la prestación de servicios inclusivos, con el fin de garantizar los derechos de las personas usuarias sin ningún tipo de discriminación, tomando en cuenta posibles condiciones particulares que pudieran ubicarles en una posición de vulnerabilidad. − El trabajo ejecutado desde estas instancias ha sido eficiente, de gran ayuda a las personas usuarias que se han acercado y de gran apoyo a la imagen institucional, por cuanto se han podido canalizar oportunamente la mayoría de los distintos tipos de gestiones. La participación en giras de algunas Contralorías de Servicios, facilita un contacto más cercano con las personas usuarias, pudiendo tener un panorama claro de las necesidades de las mismas y poder hacer recomendaciones puntuales. 56El informe indica por ejemplo como la falta privacidad para llevar a cabo la labor de atención de la mejor manera (las personas usuarias atendidas son vistas y escuchadas por otras personas). 168 Anexo N°2 Presentación Power Point 169 170 171 172 173 174 175 176 ANEXO N°3 Fotografías Sesión de información y consulta Fuente: Ministerio de Hacienda. Fotografía tomada por Comunicación Institucional. Sesión con representantes de las organizaciones sindicales dentro del Ministerio. Oficinas Centrales, San José Costa Rica. Enero, 2020 177 178 179